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Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 059/2026, Ciudad de México, miércoles 11 de marzo de 2026 (Edición Matutina)
March 11, 2026 · Secretaría de Hacienda y Crédito Público (CNBV y convocatorias SPC); Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Salud; Secretaría de las Mujeres; Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial; Archivo General de la Nación; Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores; Suprema Corte de Justicia de la Nación; Banco de México
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No. de publicación: 059/2026
Ciudad de México, miércoles 11 de marzo de 2026
CONTENIDO
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
Secretaría de Salud
Secretaría de las Mujeres
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial
Archivo General de la Nación
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
Suprema Corte de Justicia de la Nación
Banco de México
Avisos
2
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
INDICE
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
Oficio
mediante
el
cual
se
modifican
los
términos
de
la
autorización
para
la
organización y operación de Banco Regional, S.A. Institución de Banca Múltiple, Banregio
Grupo Financiero. .............................................................................................................................
4
SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES
Convenio de Coordinación que tiene por objeto establecer las bases para la instrumentación en la
formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación, actualización, seguimiento y, en su
caso, modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Atotonilco de
Tula, Hidalgo, que suscriben la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Estado
de Hidalgo y el Municipio de Atotonilco de Tula. ..............................................................................
5
Convenio de Coordinación que tiene por objeto establecer las bases para la instrumentación en la
formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación, actualización, seguimiento y, en su
caso, modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Tlanalapa,
Hidalgo, que suscriben la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Estado de
Hidalgo y el Municipio de Tlanalapa. ................................................................................................
17
SECRETARIA DE SALUD
Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de
transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar
acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de
Salud y el Estado de Tlaxcala. .........................................................................................................
29
Segundo Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de
transferencia de insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar
acciones en materia de salud pública en las entidades federativas, que celebran la Secretaría de
Salud y el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave. .....................................................................
44
SECRETARIA DE LAS MUJERES
Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Chiapas, que
tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la
Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género. ..................................................................................
60
Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Chihuahua,
que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados
al Instituto Chihuahuense de las Mujeres. ........................................................................................
64
Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Ciudad de México, que
tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la
Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México. .........................................................................
68
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
3
Convenio de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Coahuila de
Zaragoza, que tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos
otorgados a la Secretaría de las Mujeres del Estado de Coahuila de Zaragoza. .............................
72
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
Acuerdo por el que se modifica el diverso por el que se establecen los plazos de respuesta a
diversos trámites ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. ..........................................
76
ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
Aviso que da a conocer los instrumentos aprobados por el Consejo Nacional de Archivos durante
su segunda sesión ordinaria de 2025. ..............................................................................................
76
INSTITUTO
DEL
FONDO
NACIONAL
DE
LA
VIVIENDA
PARA
LOS
TRABAJADORES
Resolución por la que se aprueban las Modificaciones a las Reglas de Operación de los Órganos
y Comités Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores. ..........
78
PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
Sentencia dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la
Acción de Inconstitucionalidad 183/2024, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra
Sara Irene Herrerías Guerra. ............................................................................................................
99
ORGANISMOS AUTONOMOS
BANCO DE MEXICO
Tipo de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana. ........................................................................................................................
111
Tasas de interés interbancarias de equilibrio. ..................................................................................
111
Tasa de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario. ................................
111
AVISOS
Judiciales y generales. .....................................................................................................................
112
Convocatorias para concursos de plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. .......................................................................................................
131
El contenido, forma y alcance de los documentos publicados son estricta responsabilidad de su emisor.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
PODER EJECUTIVO
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
OFICIO mediante el cual se modifican los términos de la autorización para la organización y operación de Banco
Regional, S.A. Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Hacienda.- Secretaría de
Hacienda y Crédito Público.- Comisión Nacional Bancaria y de Valores.- Vicepresidencia de Normatividad.-
Dirección General de Autorizaciones al Sistema Financiero.- Vicepresidencia de Supervisión de Grupos e
Intermediarios Financieros B.- Dirección General de Supervisión de Grupos e Intermediarios Financieros E.-
Oficio Núm.: 312-3/708805/2026.- Exp.: CNBV.3S.1.312 (90).
ASUNTO: SE MODIFICAN LOS TÉRMINOS DE LA AUTORIZACIÓN PARA LA ORGANIZACIÓN Y OPERACIÓN DE
ESA ENTIDAD.
BANCO REGIONAL, S.A.
INSTITUCIÓN DE BANCA MÚLTIPLE
BANREGIO GRUPO FINANCIERO
Av. Pedro Ramírez Vázquez Núm. 200-12
Col. Parque Corporativo Uccaly
66278 San Pedro Garza García, Nuevo León
AT'N.:
LIC. HÉCTOR CANTÚ REYES
Director General
Mediante oficio 312-3/708623/2026 de fecha 28 de enero de 2026, esta Comisión aprobó a Banco
Regional, S.A. Institución de Banca Múltiple, Banregio Grupo Financiero (Banregio) la reforma a la
cláusula Octava de sus estatutos sociales, con motivo de la disminución de su capital social por la cantidad
de $93’029,430.00, para quedar en la suma total de $5,281’359,870.00, en términos del proyecto de acta de
asamblea general extraordinaria de accionistas, que acompañaron al escrito presentado el 27 de enero
de 2026.
Con
escrito
presentado
el
12
de
febrero
de
2026,
a
través
del
correo
electrónico
VPSupervisionGIFB@cnbv.gob.mx y, en cumplimiento al requerimiento contenido en el oficio referido en el
párrafo anterior, Banregio presentó copia certificada de la escritura pública 52,406 de fecha 29 de enero de
2026, otorgada ante la fe del licenciado Héctor Mauricio Villegas Garza, notario público número 122 de la
Ciudad de Monterrey e inscrita en el Registro Público de Comercio de esa misma ciudad el día 1 de febrero de
2026, en la que se formalizó la modificación estatutaria de que se trata.
Por lo anterior, con fundamento en el artículo 8, último párrafo de la Ley de Instituciones de Crédito (LIC),
esta Comisión tiene a bien modificar la Base Cuarta de la “Resolución por la que se autoriza la constitución y
operación de una institución de banca múltiple que se denominará Banco Regional de Monterrey, S.A.”,
contenida en oficio 101.-1888 emitido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público el 19 de noviembre de
1993, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 23 de noviembre de 1993, modificada por última vez
mediante oficio 312-3/66537/2018 emitido por esta autoridad el 30 de octubre de 2018 y publicado en el citado
Diario el 3 de diciembre de 2018, para quedar en los siguientes términos:
“…
CUARTA.- El capital social autorizado de Banco Regional, S.A., Institución de Banca
Múltiple, Banregio Grupo Financiero será de $6,892’000,000.00 (seis mil ochocientos
noventa y dos millones de pesos 00/100, moneda nacional), de los cuales, se encuentran
suscritos y pagados $5,281’359,870.00 (cinco mil doscientos ochenta y un millones
trescientos cincuenta y nueve mil ochocientos setenta pesos 00/100, moneda nacional).
…”
Asimismo, con fundamento en los artículos 8, último párrafo y 97 de la LIC y 19 de la Ley de la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores, se requiere a Banregio para que informe a esta autoridad la fecha de las
publicaciones realizadas en el Diario Oficial de la Federación y en dos periódicos de amplia circulación de su
domicilio social, del presente oficio de modificación, en un plazo de quince días hábiles contado a partir de la
fecha de las referidas publicaciones, las cuales deberán tramitarse dentro de los quince días hábiles
posteriores a la fecha de recepción de este oficio.
El presente oficio se emite con fundamento en los artículos 16, antepenúltimo párrafo de la Ley de la
Comisión Nacional Bancaria y de Valores; 14, 19, fracción X, 21, fracciones I, inciso c), II y III y último párrafo,
44, fracciones I y IV y 64, primer párrafo del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de
Valores.
Atentamente
Ciudad de México, a 2 de marzo de 2026.- Directora General de Autorizaciones al Sistema Financiero,
Lic. Aurora de la Paz Torres Arroyo.- Rúbrica.- Directora General de Supervisión de Grupos e Intermediarios
Financieros E, Lic. Gabriela Acevedo Mora.- Rúbrica.
(R.- 573583)
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DIARIO OFICIAL
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SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES
CONVENIO de Coordinación que tiene por objeto establecer las bases para la instrumentación en la formulación,
aprobación, expedición, ejecución, evaluación, actualización, seguimiento y, en su caso, modificación del Programa
de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Atotonilco de Tula, Hidalgo, que suscriben la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales, el Estado de Hidalgo y el Municipio de Atotonilco de Tula.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Medio Ambiente.-
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Convenio de Coordinación, en adelante “EL CONVENIO”, que tiene por objeto establecer las bases para la
instrumentación en la formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación, actualización, seguimiento
y, en su caso, modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del municipio de Atotonilco de
Tula, Hidalgo, en lo sucesivo "EL PROGRAMA", que suscriben por una parte el Ejecutivo Federal, por
conducto de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en adelante "LA SEMARNAT",
representada en este acto por Marina Robles García, Subsecretaria de Biodiversidad y Restauración
Ambiental, asistida por Rafael Obregón Viloria, Director General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento
Ecológico; por otra parte el Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en lo sucesivo “EL ESTADO”, a través de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo, representada en este acto por su Titular
Mónica Patricia Mixtega Trejo, asistida por Magdaleno Cervantes Bautista, Subsecretario de Política
Ambiental; y el municipio de Atotonilco de Tula, Hidalgo, en lo sucesivo “EL MUNICIPIO”, representado en
este acto por Yocelyn Tovar Mendoza, en su calidad de Presidenta Municipal Constitucional, asistida por
Martha Delia Monterrubio Hernández, en su carácter de Secretaria General Municipal; a quienes cuando
actúen de forma conjunta se les denominará “LAS PARTES”, sujetándose a los siguientes antecedentes,
declaraciones y cláusulas:
ANTECEDENTES
PRIMERO. El artículo 1, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
(CPEUM) dispone que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de
promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios
de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá
prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que
establezca la Ley.
SEGUNDO. El artículo 4, párrafo sexto, de la CPEUM, establece que: “Toda persona tiene derecho a un
medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, por lo que el Estado garantizará el respecto a este
derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo
dispuesto por la Ley”, siendo el Estado quien garantizará el respeto a este derecho, asimismo, señala que el
daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por
la ley.
TERCERO. El artículo 27 de la CPEUM, precisa que la nación debe regular, en beneficio social, el
aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una
distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país
y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia se dictarán las
medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos,
reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la
fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar
el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en términos de la ley
reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la
pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás
actividades económicas en el medio rural y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños
que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la propiedad.
CUARTO. El artículo 73, fracción XXIX-G, de la CPEUM establece que el Congreso de la Unión cuenta
con la facultad de expedir las leyes en materia de protección al ambiente, por lo que, en atención a dicho
precepto, el Congreso Federal emitió la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
(LGEEPA), ordenamiento legal que tiene como finalidad distribuir competencias a todos los órdenes de
gobierno en las materias señaladas.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
QUINTO. El artículo 115, fracción V, inciso g), de la CPEUM dispone que los municipios, en los términos
de las Leyes Federales y Estatales relativas, estarán facultados para participar en la creación y administración
de zonas de reservas ecológicas, y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en la
materia, a diferencia del inciso a), que les faculta para aprobar los planes de desarrollo urbano.
SEXTO. El Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, en su eje general 4, refiere que el segundo piso de la
Cuarta Transformación tiene como base el impulso de un desarrollo sustentable, es decir, lograr un equilibrio
entre desarrollo económico, social y ambiental que preserve el medio ambiente y evite un daño irreversible, al
tiempo que busca evitar que se agoten los recursos naturales y permitir su disfrute a las generaciones futuras.
Asimismo, el desarrollo sustentable requiere un enfoque integral en la protección y el uso responsable de los
recursos naturales. Por lo que es prioritario implementar políticas para reducir y revertir el daño ambiental,
proteger los ecosistemas estratégicos del país como bosques, selvas y cuerpos de agua y fomentar el
aprovechamiento de residuos mediante la economía circular.
SÉPTIMO. La Ley de Planeación, en sus artículos 3 y 9 determina que la planeación nacional del
desarrollo consiste en la ordenación racional y sistemática de acciones que, con base en el ejercicio de las
atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social,
política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, tiene como
propósito la transformación de la realidad del país de conformidad con las normas, principios y objetivos que
la Constitución Federal y las Leyes establecen; por lo cual, las dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal deberán planear y conducir sus actividades con perspectiva intercultural y de género y con
sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional de desarrollo, a fin de cumplir con la obligación
del Estado de garantizar que éste sea equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible.
OCTAVO. La Ley de Planeación, en sus artículos 33 y 34, faculta al Ejecutivo Federal para convenir con
los gobiernos de las entidades federativas la coordinación que se requiera para que éstos participen en
la planeación nacional del desarrollo y coadyuven, en el ámbito de sus respectivas competencias, a la
consecución de los objetivos de esta.
NOVENO. El artículo 2, fracción I, de LGEEPA, se considera de utilidad pública el ordenamiento ecológico
del territorio nacional en los casos previstos por la propia ley y las demás leyes aplicables, asimismo, el
artículo 15, fracción IX, de la mencionada ley señala la coordinación entre las dependencias y entidades de la
administración pública y los distintos niveles de gobierno y a la concertación con la sociedad como
indispensables para la eficacia de las acciones ecológicas.
DÉCIMO. El artículo 19 BIS, de la LGEEPA, enlista las modalidades de los programas de ordenamiento
ecológico como: I. General del territorio, II. Regionales, III. Locales y IV. Marinos, asimismo, de conformidad
con el artículo 20 BIS 4 de la LGEEPA, su expedición, tratándose de programas de ordenamiento ecológico
local, corresponde a las autoridades municipales, y en su caso por las demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México.
DÉCIMO PRIMERO. La Ley para la Protección al Ambiente del Estado de Hidalgo (LPAEH), establece en
sus artículos 8, fracciones VI y XXXIII y 21, que los Ayuntamientos tendrán atribuciones para formular, aprobar
y expedir los Programas de Ordenamiento Ecológico Local, así como el control y la vigilancia del uso y cambio
de uso del suelo establecido en estos programas. Por su parte, el artículo 12 de esta misma ley, determina
que los Programas Sectoriales de Medio Ambiente y Recursos Naturales, expedidos por el Titular del
Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos correspondientes, deberán tomar en cuenta los lineamientos y
estrategias contenidas en los Ordenamientos Ecológico del Territorio Regional y Local expedidos.
DÉCIMO SEGUNDO. La LPAEH, en su artículo 24, fracciones II, III y IV, establece que los programas de
ordenamiento ecológico local tendrán por objeto, entre otros: regular fuera de los centros de población el uso
de suelo, con el propósito de proteger el ambiente, preservar, restaurar y aprovechar de manera sustentable
los recursos naturales respectivos, fundamentalmente en la realización de actividades productivas y en la
localización de los asentamientos humanos; impulsar el manejo integrado de la cuenca; y establecer los
criterios de regulación ecológica para la protección, preservación, restauración y aprovechamiento sustentable
de los recursos naturales dentro y fuera de los centros de población, a fin de que sean considerados en los
planes o programas de desarrollo urbano correspondientes.
DÉCIMO TERCERO. La LPAEH, en su artículo 20, estipula que, en la formulación y evaluación de los
Programas de Ordenamiento Ecológico del Territorio, “EL ESTADO” promoverá la participación de los
municipios, pueblos indígenas, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, organizaciones sociales,
empresarios, instituciones académicas, de investigación y demás interesados, tomando en consideración
ciertos criterios. Por otro lado, el artículo 21 de la Ley de referencia, determina que le corresponderá al Titular
del Poder Ejecutivo del Estado expedir los Programas de Ordenamiento Ecológico Territorial Estatal y
Regionales y a los Ayuntamientos, expedir sus Programas de Ordenamiento Ecológico Territorial Local o
Municipal.
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DÉCIMO CUARTO. El Plan Estatal de Desarrollo de Hidalgo 2022 – 2028, establece cuatro Acuerdos
Generales que colocan al ser humano y sus derechos como el núcleo de toda acción pública y ponen en
relieve la nueva relación del pueblo con su gobierno, los cuales son: Acuerdo para un gobierno cercano, justo
y honesto; Acuerdo para el bienestar del pueblo; Acuerdo para el desarrollo económico; y el Acuerdo para el
desarrollo sostenible e infraestructura transformadora; por lo que dentro del marco normativo subraya que
el desarrollo estará firmemente asentado bajo los principios de honestidad, austeridad, legalidad, humanidad y
responsabilidad, retomando el proyecto de nación para consolidar la Cuarta Transformación en Hidalgo.
DÉCIMO QUINTO. El municipio de Atotonilco de Tula, Hidalgo, se localiza al sur de la entidad, entre los
paralelos 20° 16” y 20° 31” de latitud norte y los meridianos 99° 29” y 99° 52” de longitud oeste. Se encuentra
entre los 2000 y 2800 MSNM, colinda al Norte con los municipios de Tula de Allende y Atitalaquia; al Este con
Atitalaquia, Ajacuba y el Estado de México; al Sur con el Estado de México y Tepeji del Río de Ocampo; y al
Oeste con Tepeji del Río de Ocampo y Tula de Allende. Cuenta con una extensión territorial de 30.80 km2,
que equivale al 0.58 % del territorio hidalguense (INEGI, 2010).
DÉCIMO SEXTO. La Actualización del Plan Municipal de Desarrollo del Municipio de Atotonilco de Tula
2024-2027, se constituye de cuatro acuerdos fundamentales del ejercicio del Gobierno Municipal que son:
1)
Acuerdo por un Atotonilco de Tula Honesto y Seguro;
2)
Acuerdo por un Atotonilco con Bienestar Social;
3)
Acuerdo por el Crecimiento y Desarrollo Económico de los Atotonilquenses; y
4)
Acuerdo para un Atotonilco de Tula con Servicios Públicos de Calidad, Infraestructura Armónica y
Sostenible.
DÉCIMO SÉPTIMO. En ese sentido, los gobiernos federal, estatal y municipal, han decidido suscribir el
presente Convenio de Coordinación, al tenor de las siguientes Declaraciones y Cláusulas:
DECLARACIONES
I. Declara “LA SEMARNAT”, a través de su representante que:
1.
Es una dependencia del Ejecutivo Federal, integrante de la Administración Pública Federal, en
términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1, 2,
fracción I, 26, fracción VIII y 32 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
(LOAPF).
2.
De conformidad con lo establecido en las fracciones l, ll, III, V, V Bis, X, XVII del artículo 32 Bis de la
referida LOAPF, le corresponde, entre otros asuntos, fomentar la protección, restauración,
conservación de los ecosistemas y recursos naturales, bienes y servicios ambientales con el fin de
propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable, formular y conducir la Política Nacional en
materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra
dependencia; regular el uso, así como administrar y promover el aprovechamiento sustentable de los
recursos naturales que corresponden a la Federación; vigilar, promover y estimular, en coordinación
con las autoridades federales, estatales y municipales, el cumplimiento de las leyes, reglamentos,
normas oficiales mexicanas y estándares, así como programas relacionados con recursos naturales,
medio ambiente, agua, bosques, la atmósfera, suelos, biodiversidad y demás materias competencia
de la Secretaría; así como en su caso imponer las sanciones y ordenar las medidas de seguridad y
de urgente aplicación que resulten procedentes; promover el Ordenamiento Ecológico del Territorio
Nacional, en coordinación con los tres órdenes de gobierno con la participación de los particulares; y
concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración
del ambiente.
3.
De conformidad con el artículo 14, párrafo primero, de la LOAPF, al frente de cada Secretaría de
Estado habrá una persona Titular, quien, para el despacho de los asuntos de su competencia,
se auxiliará de las personas Titulares de las subsecretarías, de las Unidades de Administración y
Finanzas, de las jefaturas de unidad, de las direcciones, de las subdirecciones, de las jefaturas de
departamento, y demás personas funcionarias, en los términos que establezca el reglamento interior
respectivo y las disposiciones legales aplicables.
4.
De conformidad con los artículos 1, 3, apartado A, fracción I, 7, fracciones IV y XVI y 10, del
Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, dentro de las
Unidades Administrativas que integran “LA SEMARNAT”, se encuentra la Subsecretaría de
Biodiversidad y Restauración Ambiental (SBRA) y que, tiene como atribución, entre otras, suscribir
los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como aprobar el contenido y, en su
caso, las modificaciones de los programas de ordenamiento ecológico del territorio y marinos.
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5.
La Subsecretaria de Biodiversidad y Restauración Ambiental, Marina Robles García, fue nombrada
Subsecretaria de Biodiversidad y Restauración Ambiental en términos del nombramiento de fecha 12
de marzo de 2025, expedido por Alicia Isabel Adriana Bárcena Ibarra, Secretaría de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, nombramiento que no le ha sido revocado hasta la fecha y quien cuenta con
las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio con fundamento en lo estipulado por
los artículos 3, apartado A, fracción I, 7, fracción XVI, y 10, fracción I, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
6.
Dentro de las Unidades Administrativas que integra la Subsecretaría de Biodiversidad y Restauración
Ambiental en “LA SEMARNAT”, se encuentra la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y
Ordenamiento Ecológico, (DGGFSOE), la cual se encuentra facultada, entre otras, dirigir el apoyo
técnico y la participación que se otorgue en la elaboración, ejecución y, en su caso, aprobación de
los programas de ordenamiento ecológico, regionales, locales municipales y locales comunitarios, a
cargo de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México,
con la participación del Sector Ambiental, dirigir la elaboración y someter a consideración de la
Subsecretaría de Biodiversidad y Restauración Ambiental, los acuerdos mediante los cuales se
aprueban o modifican los programas de ordenamiento ecológico de los territorios y los marinos, así
como los acuerdos de aprobación o modificación conjunta con las entidades federativas, los
municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, según corresponda, de
los programas de ordenamiento ecológico regionales y locales, cuando en ellos haya quedado
incluida, total o parcialmente, una o más áreas naturales protegidas de competencia federal,
participar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, así
como con las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México,
en la articulación del ordenamiento ecológico con los programas de ordenamiento territorial,
desarrollo urbano, pesquero, acuícola, turístico o cualquier otro instrumento de política con incidencia
territorial, así como conducir la elaboración y promover, en el ámbito de competencia de la
Secretaría, instrumentos normativos en materia de aprovechamiento sustentable, conservación,
protección y restauración de los ecosistemas y sus recursos y de los suelos para el desarrollo
sustentable, lo anterior, de conformidad con los artículos 1, 3, apartado A fracción I, inciso d), 8, 9,
fracciones XV y XXIII, y 14 fracciones XXVIII y XXIX, del Reglamento Interior de la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales.
7.
Rafael Obregón Viloria, fue designado Director General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento
Ecológico, mediante nombramiento de fecha 9 de octubre de 2024, mismo que no le ha sido
revocado y quien cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio.
8.
Para efectos del presente Convenio, “LA SEMARNAT”, señala como domicilio el ubicado en avenida
Ejército Nacional, número 223, colonia Anáhuac I sección, demarcación territorial Miguel Hidalgo,
código postal 11320, en la Ciudad de México.
II. Declara "EL ESTADO", a través de su representante que:
1.
El Estado de Hidalgo, de conformidad con los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y el artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, es parte
integrante de la Federación, libre y soberano en lo que concierne a su régimen interior.
2.
Para el despacho de los asuntos que competen al Poder Ejecutivo, la Persona Titular del Poder
Ejecutivo del Estado se auxiliará de las dependencias y entidades de la Administración Pública de
conformidad a lo establecido al artículo 4 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el
Estado de Hidalgo.
3.
De conformidad con el artículo 17 fracción VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el
Estado de Hidalgo, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo es una
Secretaría de Gabinete del Poder Ejecutivo que integra la Administración Pública Central.
4.
De conformidad con lo establecido en las fracciones III, IV, XV, XVIII y XXVII del artículo 33 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo, le corresponde, entre otros
asuntos, la celebración de Convenios y Contratos para ejercer atribuciones y obligaciones que
deriven de los mismos, coadyuvar en la planeación para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de
proyectos productivos sostenibles; apoyar los programas, estrategias y acciones vinculadas con la
conservación y restauración de las áreas forestales degradadas y de amortiguamiento del Estado.
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DIARIO OFICIAL
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5.
Con fecha 05 de septiembre de 2022, el Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, Julio
Ramón Menchaca Salazar, nombró a Mónica Patricia Mixtega Trejo como Titular de la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo, de conformidad con las facultades que le
confieren el artículo 71 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y artículo 14 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo; quien a su vez cuenta con
las facultades para suscribir el presente en términos del artículo 10 fracción XVI del Reglamento
Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo.
6.
Con fecha 15 de septiembre de 2022, el Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, Julio
Ramón Menchaca Salazar, nombró a Magdaleno Cervantes Bautista como Subsecretario de Política
Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo, de conformidad con
las facultades que le confieren el artículo 71 fracción XII de la Constitución Política del Estado de
Hidalgo y artículo 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo,
quien a su vez cuenta con las facultades para suscribir el presente en términos de las fracciones II,
V, VI y XV del artículo 15 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales de Hidalgo.
7.
Para los efectos del presente Convenio, señala como domicilio el ubicado en calle Vicente Segura,
número 100, colonia Adolfo López Mateos, código postal 42094, Pachuca de Soto, Estado de
Hidalgo,
teléfonos
771
71-4
10-56,
71
4-50-87
y
71
8-63-77,
correo
electrónico
medio.ambiente@hidalgo.gob.mx.
III. Declara "El MUNICIPIO", a través de su representante que:
1.
De conformidad con los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y
102, 103 y 115 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, el Estado tendrá como base de su
división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre, siendo ésta una
entidad de carácter público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, autónoma en su
régimen interior y con libre administración de su hacienda.
2.
De conformidad con el artículo 8, fracciones VIII y XV y 20 Bis 4, de la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, corresponde a los Municipios la formulación y expedición de
los Programas de Ordenamiento Ecológico Local del Territorio, así como el control y la vigilancia
de uso y cambio de uso del suelo, establecidos en dichos programas.
3.
Según lo previsto en los artículos 122,123 y 124 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y
los artículos 2 y 29 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, cada municipio será
regido por un ayuntamiento de elección popular, que es el órgano de gobierno municipal integrado
por el Presidente, los Síndicos y los Regidores que establezca la Ley respectiva.
4.
En fecha 06 de junio de 2024, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, a través del Consejo Distrital
Electoral de Tepeji del Río de Ocampo, Hidalgo, otorgó la Constancia de Mayoría a Yocelyn Tovar
Mendoza, como Presidenta Municipal Constitucional de Atotonilco de Tula, Hidalgo; quien, en uso de
sus facultades, en fecha 06 de septiembre de 2024, otorgó nombramiento como Secretaria General
Municipal a Martha Delia Monterrubio Hernández.
5.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 115 fracción l de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 115, 142, 143 y 144 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; 57
fracciones VIII y XVI, 59, 60 fracción I, 63 y 98 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Hidalgo, la Presidenta Municipal Constitucional, Yocelyn Tovar Mendoza, asistida por la
Secretaria General Municipal, Martha Delia Monterrubio Hernández, están facultadas para suscribir
“EL CONVENIO”.
6.
La Presidenta Municipal Constitucional tiene la representación del Ayuntamiento, de conformidad con
lo establecido por los artículos 143 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y 63 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo.
7.
Mediante Sesión Extraordinaria número 2 del Ayuntamiento del Municipio de Atotonilco de Tula,
Hidalgo; de fecha Jueves 20 de febrero de 2025, se aprobó y autorizó a la Presidenta Municipal
Constitucional para suscribir “EL CONVENIO”, específicamente en su punto número VI del Orden
del Día.
8.
Para efectos del presente señala su domicilio en Avenida Industrial, sin número, Barrio de Boxfi,
Atotonilco de Tula, Estado de Hidalgo, Código Postal 42980.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
IV. Declaran "LAS PARTES", a través de sus representantes que:
1.
Reconocen mutuamente la personalidad con la que se ostentan para la suscripción de
“EL CONVENIO”.
2.
Es su voluntad suscribir “EL CONVENIO”, a fin de establecer las bases, los mecanismos y
compromisos de cada una de ellas para la instrumentación en la formulación, aprobación,
expedición, ejecución, evaluación, actualización, seguimiento y, en su caso, la modificación
de “EL PROGRAMA”, que abarcará la totalidad de su territorio y será el instrumento rector para
orientar de manera sustentable el uso del suelo, los asentamientos humanos, las actividades
productivas y el aprovechamiento de los recursos naturales dentro del territorio municipal.
En virtud de lo anterior, “LAS PARTES” suscriben “EL CONVENIO” conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de “EL CONVENIO”. “LAS PARTES” acuerdan que “EL CONVENIO” tiene por objeto
establecer las bases para la instrumentación en la formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación,
actualización, seguimiento, y en su caso, la modificación de “EL PROGRAMA”.
Para efectos de “EL CONVENIO”, el proceso de ordenamiento ecológico que instrumentarán
“LAS PARTES” abarca “EL PROGRAMA”, la agenda y la bitácora ambiental, mediante las cuales se evaluará
y dará seguimiento a su efectividad y cumplimiento.
Segunda. Cumplimiento del Objeto. “LAS PARTES” se comprometen, en el ámbito de sus respectivas
competencias, a desarrollar las siguientes acciones:
1.
Aportar los elementos y datos técnicos necesarios para el cumplimiento de “EL PROGRAMA”;
2.
Integrar de manera coordinada el modelo que sustente a “EL PROGRAMA”, las unidades de gestión
ambiental, usos del suelo, lineamientos ecológicos, criterios de regulación ecológica, y las estrategias
ecológicas aplicables al mismo; de conformidad con lo establecido en la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, su Reglamento en Materia de Ordenamiento Ecológico y las
demás disposiciones aplicables;
3.
Aprobar “EL PROGRAMA”, conforme a los instrumentos legales correspondientes, en el ámbito
competencial de “LAS PARTES”;
4.
Instrumentar una bitácora ambiental que permita llevar a cabo la evaluación permanente y
sistemática del proceso de ordenamiento ecológico, materia de “EL CONVENIO”, misma que sólo
podrá integrar la información que “LAS PARTES” hayan definido como pública de acuerdo con la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el marco jurídico que resulte
procedente; y
5.
Conducir sus acciones y compromisos adquiridos en el presente instrumento, dentro del marco de
sus competencias, facultades y ejercicio de atribuciones, considerando el nivel de gobierno, las
disposiciones normativas y estrategias derivadas a la evaluación, modificación, actualización,
expedición y ejecución de “EL PROGRAMA” y demás instrumentos, instancias y acciones que de
éste deriven”.
Tercera. Compromisos de “LA SEMARNAT”.
1.
Apoyar técnicamente y participar de manera coordinada, conforme al ámbito de su competencia, con
"LAS PARTES" para la instrumentación en la formulación, aprobación, expedición, ejecución,
evaluación, actualización, seguimiento, y en su caso, modificación de "EL PROGRAMA" y emitir las
recomendaciones que en su caso correspondan;
2.
Aportar los elementos y datos técnicos necesarios para el cumplimiento de los fines de
“EL CONVENIO”, así como promover, conforme al ámbito de su competencia, así como coordinar
con las dependencias y entidades paraestatales federales cuya cooperación se requiera, la
realización de las acciones que se detallen en los compromisos, anexos técnicos y de ejecución que
en su caso se suscriban;
3.
Conducir y ejecutar sus acciones, considerando las disposiciones y estrategias derivadas para la
instrumentación de la formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación, actualización,
seguimiento, y en su caso, la modificación de "EL PROGRAMA", en el marco de las respectivas
competencias, facultades y ejercicio de sus atribuciones legales;
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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4.
Apoyar la construcción de capacidades locales para que se formen cuadros con conocimientos para
la realización de estudios técnicos de formulación de programas de ordenamiento ecológico del
territorio, de su evaluación y modificación o actualización; e
5.
Impulsar el ordenamiento local como proceso participativo, inclusivo y corresponsable.}
6.
Participar con las demás partes del presente instrumento, atendiendo los compromisos, figuras
y acciones adquiridas en el presente instrumento, de acuerdo a las competencias, facultades y
ejercicio de atribuciones que señalan las disposiciones normativas aplicables.
Cuarta. Compromisos de “EL ESTADO”.
1.
Promover la transparencia del proceso de ordenamiento ecológico materia de “EL CONVENIO”,
mediante el acceso, publicación y difusión de la información generada, los métodos utilizados y
resultados obtenidos;
2.
Llevar a cabo las acciones necesarias a efecto de hacer compatibles la ordenación y regulación de
asentamientos humanos estatales con "EL PROGRAMA";
3.
Coordinarse con "LAS PARTES", con el fin de que se establezcan con claridad las bases y
mecanismos a que se sujetarán para la evaluación, modificación, actualización, expedición
y ejecución de "EL PROGRAMA";
4.
Promover la corresponsabilidad de sus sectores involucrados en la planeación ecológica del
territorio, a fin de establecer las bases y mecanismos a que se sujetarán para apoyar la evaluación,
modificación, actualización, expedición y ejecución de "EL PROGRAMA";
5.
Desarrollar programas de construcción de capacidades técnicas locales para la evaluación,
modificación, actualización, expedición y ejecución de programas de ordenamiento ecológico del
territorio, dirigido a las Instituciones Públicas de Educación Superior e Investigación; y
6.
Fomentar la congruencia de los planes, programas y acciones sectoriales en el Estado.
Quinta. Compromisos de “EL MUNICIPIO”.
1.
Conducir sus acciones en apego a la legislación jurídica aplicable en ordenamiento ecológico de
territorio, áreas naturales protegidas, unidades de gestión territorial sustentable, unidades de gestión
ambiental, así como en materias de competencia federal vinculadas con "EL PROGRAMA";
2.
Promover para la aprobación de "EL PROGRAMA" que se observen las formalidades establecidas en
la legislación aplicable y en los criterios establecidos en materia ambiental, en el ámbito de la
competencia de "LAS PARTES”;
3.
Realizar las acciones que les correspondan derivadas de la formulación, aprobación, expedición,
ejecución, evaluación y modificación de "EL PROGRAMA" y garantizar su aplicación en el ámbito de
su competencia;
4.
Difundir los avances y resultados de "EL PROGRAMA", previo, durante y posterior a la consulta
pública, con el propósito de lograr la participación corresponsable de la sociedad;
5.
Vigilar que en el ámbito de su competencia las concesiones, permisos, licencias, autorizaciones,
dictámenes y resoluciones cumplan con los lineamientos, las estrategias ecológicas y los criterios de
regulación ecológica contenidos en "EL PROGRAMA";
6.
Realizar las adecuaciones que se requieran a efecto de hacer compatibles los planes y programas de
desarrollo urbano de su competencia, con las disposiciones que resulten de "EL PROGRAMA", y
garantizar su aplicación en el ámbito de su competencia;
7.
Evaluar el desempeño de las políticas ambientales a partir de los indicadores ambientales que se
deriven de "EL PROGRAMA" y dar seguimiento a través de la Bitácora Ambiental;
8.
Dar preferencia a las instituciones públicas de educación superior e investigación, que demuestren
contar con las capacidades, para el desarrollo de estudios o construcción de programas de
ordenamiento
ecológico
del
territorio,
para
la
formulación
de
los
trabajos
derivados
de “EL CONVENIO”;
9.
Implementar una Bitácora Ambiental en los medios oficiales que fomenten la transparencia del
Proceso de Ordenamiento Ecológico materia de “EL CONVENIO”, mediante el acceso, publicación y
difusión de la información, y
10. Publicar el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del municipio de Atotonilco de Tula, Hidalgo,
en la Gaceta Municipal.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Sexta. De la instancia de coordinación entre “LAS PARTES”. Para la realización de las acciones y los
procedimientos objeto de “EL CONVENIO”, así como para el seguimiento y evaluación de “EL PROGRAMA”,
“LAS PARTES” convienen, en el ámbito de sus competencias, en desarrollar acciones tendentes a conformar
el Comité de Ordenamiento Ecológico Local Participativo del Municipio de Atotonilco de Tula, Hidalgo, en lo
sucesivo "EL COMITÉ", que deberá instalarse en un plazo no mayor a los 90 días naturales posteriores a la
firma de “EL CONVENIO”.
Los mecanismos y procedimientos para el funcionamiento de "EL COMITÉ", se sujetarán a lo dispuesto
por el Reglamento Interior que al efecto se emita, de conformidad con el artículo 71 del Reglamento de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Ordenamiento Ecológico, los
cuales deberán formularse en un plazo no mayor a 30 días naturales, contados a partir de la instalación de
"EL COMITÉ", incluyendo mecanismos equitativos y transparentes que promuevan la participación de sus
integrantes.
Séptima. De la integración de “EL COMITÉ”. “LAS PARTES” acuerdan que “EL COMITÉ”, al ser órgano
de representación social, sectorial e institucional, funciona en su conjunto, a través de dos órganos y una
asamblea general como autoridad máxima y mediante un reglamento interior, pero que no es limitativo para la
integración de actores y sectores con interés legítimo. “EL COMITÉ” cuenta con mecanismos de
representación social, sectorial e institucional relacionados con los usos de suelo que son regulados por los
instrumentos previstos por ley en el ámbito de asentamientos humanos y ecológicos, así como con un
reglamento que asegura la participación plural y constante. Motivos por los cuales, deberá integrarse por
representantes de los tres órdenes de gobierno y la participación representativa, inclusiva y efectiva de los
actores, organizaciones, comunidades indígenas, agrarias y demás sectores sociales, privado y académico
con intereses legítimos de carácter social, cultural, económico o ambiental en el territorio quienes serán
miembros permanentes de esta instancia de planeación, de igual forma se podrán considerar miembros
invitados. Así como, se promoverá y priorizará la integración y participación de la mujer, los jóvenes,
afrodescendientes de lugar y la inclusión de grupos vulnerables.
La integración y desempeño de las funciones de los miembros de “EL COMITÉ”, estarán sujetos a lo
descrito en la legislación vigente aplicable, así como lo dispuesto por su propio Reglamento Interior, que al
efecto se emita, el cual deberá promover mecanismos equitativos y transparentes que promueven la
participación de sus integrantes, haciendo énfasis que la participación de “LA SEMARNAT”, será de carácter
vinculante para el apoyo técnico para la formulación y la ejecución de los programas de ordenamiento
ecológico regional y local.
Octava. Funcionamiento de “EL COMITÉ”. “EL COMITÉ” se divide para su funcionamiento en dos
órganos:
1.
Órgano ejecutivo, en lo sucesivo “EL ÓRGANO EJECUTIVO”, responsable de la toma de decisiones
relativas a la instrumentación de las acciones, procedimientos y estrategias tendientes a la
formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación y modificación de “EL PROGRAMA”.
Dicho órgano estará integrado por “LAS PARTES” y será presidido por el municipio, además
representado por los tres órdenes de gobierno.
2.
Órgano técnico, en los sucesivo “EL ÓRGANO TÉCNICO”, responsable de la revisión, validación o,
en su caso, de la realización de los estudios y los demás insumos técnicos que se requieran en
“EL PROGRAMA”. Dicho Órgano estará conformado por al menos una persona representante de
cada una de las organizaciones que conforman los sectores social, comunitario, productivo y
académico que se hayan identificado en el área de objeto de “EL PROGRAMA”, conforme a las
previsiones establecidas en el Reglamento Interior de “EL COMITÉ” y contará con una persona
Coordinadora General designada por el consenso de las y los integrantes de “EL ÓRGANO
EJECUTIVO”.
“EL ÓRGANO EJECUTIVO”, con la participación de “EL ÓRGANO TÉCNICO”, establecerá los
mecanismos para la participación y validación social, que se requieran en las diferentes etapas de
los procesos de ordenamiento ecológico, que podrán incluir consultas públicas, talleres comunitarios,
sectoriales, reuniones de expertos para temas específicos y demás que se determinen en el Reglamento
Interior de “EL COMITÉ” para asegurar una participación social efectiva durante el proceso.
Novena. De las atribuciones y responsabilidades de “EL COMITÉ”. “LAS PARTES” acuerdan que las
funciones y responsabilidades de “EL COMITÉ” serán de acuerdo a lo establecido en los artículos 68, 69, 70 y
71 del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de
Ordenamiento Ecológico, así como, a lo siguiente:
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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1.
Definir las bases para “EL PROGRAMA”;
2.
Formular e integrar un plan de trabajo con relación al proceso de ordenamiento ecológico objeto de
“EL CONVENIO”, que deberán incluir de manera indicativa mas no limitativa los siguientes rubros:
a.
Los objetivos y metas que se pretenden alcanzar;
b.
La revisión del marco jurídico aplicable para la instrumentación de “EL PROGRAMA”;
c.
El cronograma de las actividades a realizar;
d.
Los órganos que llevarán a cabo las acciones que resulten de los Convenios de Coordinación,
incluyendo los de evaluación;
e.
Las bases para identificar los recursos materiales y demás necesarios para la realización de las
actividades previstas, así como los responsables de facilitarlos, y en su caso, aportarlos, y
f.
Los mecanismos para incorporar a la bitácora ambiental los resultados de la evaluación del
proceso de ordenamiento ecológico.
3.
Identificar los estudios, proyectos y programas existentes en la región, que deberán ser considerados
en evaluación, modificación, actualización, expedición y ejecución de “El PROGRAMA”;
4.
Gestionar ante las instancias responsables los estudios específicos que llegarán a requerirse durante
el proceso;
5.
Recibir y analizar las observaciones técnicas que se presenten, a efecto de que se consideren o se
desechen en “EL PROGRAMA”, y
6.
Realizar las demás acciones necesarias, en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de
los objetivos de “EL CONVENIO”.
“EL COMITÉ” dará seguimiento al cumplimiento de “EL CONVENIO” y los demás instrumentos que se
deriven del mismo. Una vez instalado deberá determinar los medios y los plazos mediante los cuales
se verificará el cumplimiento de los instrumentos mencionados. La información referida en el presente párrafo
deberá incorporarse a la bitácora ambiental.
Décima. Del proceso de ordenamiento ecológico local participativo. “LAS PARTES” acuerdan que el
proceso de ordenamiento ecológico local materia de “EL CONVENIO” deberá llevarse a cabo de manera
adaptativa que promueva:
1.
La participación social igualitaria, inclusiva, real y corresponsable de todos los actores, comunidades,
organizaciones, grupos y sectores que inciden en el territorio;
2.
La transparencia de los trabajos a desarrollar en el cumplimiento de los objetivos de “EL CONVENIO”
y del proceso de ordenamiento ecológico en general, mediante el acceso, la difusión y la publicidad
de la información a través de la bitácora ambiental, y la elaboración de talleres participativos, así
como durante la consulta pública;
3.
El intercambio de información veraz y oportuna, entre miembros de “EL COMITÉ”, a fin de fortalecer
el proceso;
4.
El rigor metodológico de los procesos de obtención de información, de análisis y de generación de
resultados;
5.
La instrumentación de procesos sistemáticos que permitan verificar los resultados;
6.
La generación de indicadores ambientales que permitan la evaluación continua del Proceso para
determinar la permanencia de los programas, su ajuste o la corrección de desviaciones en su
ejecución;
7.
La asignación de lineamientos, estrategias ecológicas y criterios de regulación ecológica con base en
la información disponible;
8.
El establecimiento de un sistema de monitoreo de “EL PROGRAMA”, y
9.
La permanencia o modificación de lineamientos, estrategias ecológicas y criterios de regulación
ecológica a partir del análisis de los resultados del monitoreo, y la incorporación en “EL PROGRAMA”
de los acuerdos internacionales como las metas Aichi del Plan Estratégico para la Diversidad
Biológica 2011-2020 (PNUMA), los Acuerdos de París de la Conferencia de las Partes de la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y los Objetivos de Desarrollo
Sustentable de la ONU, así como de aquellos instrumentos que resulten procedentes.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
El estudio técnico deberá realizarse conforme a lo establecido en los artículos 42 al 46, 57, 58, y del 62 al
66 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de
Ordenamiento Ecológico, con el propósito de incorporarlos al Sistema de Información sobre el Ordenamiento
Ecológico.
Décima primera. Del contenido de “EL PROGRAMA”. “EL PROGRAMA” deberá contener de manera
declarativa y no limitativa, lo siguiente:
1.
El Modelo de Ordenamiento Ecológico, integrado por el mapa de Unidades de Gestión Ambiental
(UGA) y los lineamientos ecológicos aplicables a cada UGA;
2.
Los usos del suelo compatibles e incompatibles asignados a cada UGA;
3.
Las políticas y estrategias ecológicas aplicables al Modelo de Ordenamiento Ecológico;
4.
Los criterios de regulación ecológica aplicables a las Unidades de Gestión Ambiental, y
5.
La agenda ambiental, que atienda la problemática socio ambiental local y la instrumentación de
"EL PROGRAMA", a través de “EL COMITÉ”.
6.
Lo relativo al control y vigilancia, así como a la participación social.
De igual forma, “LAS PARTES” convienen que el contenido de “EL PROGRAMA” deberá circunscribirse a
sus respectivas competencias.
Décima segunda. Del alcance de “EL PROGRAMA”. “LAS PARTES” se comprometen, en el ámbito de
sus competencias, a observar y aplicar las políticas, los usos del suelo, los lineamientos, las estrategias
ecológicas y criterios de regulación ecológicas y demás disposiciones que deriven de “EL PROGRAMA”,
previo al otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, dictámenes y toda resolución de
su competencia.
Además de lo anterior, “LAS PARTES” se comprometen a analizar y garantizar la congruencia y la
compatibilidad de los proyectos de obras públicas y demás actividades con incidencia territorial en el ámbito
de su competencia con las políticas, los usos del suelo, los lineamientos, la estrategia ecológica y criterios de
regulación ecológica aplicables de “EL PROGRAMA”.
Décima tercera. Del proceso de consulta pública o validación social. “LAS PARTES” se coordinarán a
través de “EL COMITÉ” para someter la propuesta de “EL PROGRAMA”, que resulte del proceso de
ordenamiento ecológico objeto de “EL CONVENIO”, para consulta pública que se llevará a cabo conforme a lo
señalado en las Leyes aplicables al proceso y, que deberá incluir al menos las siguientes acciones:
1.
Se realizarán talleres de planeación participativa para promover la participación social efectiva,
inclusiva y corresponsable;
2.
La publicación del aviso en un medio de difusión oficial, que para el efecto determinen
“LAS PARTES”, en el que se indiquen los lugares en donde se pueda consultar la propuesta
de “EL PROGRAMA” para consulta pública, así como los procedimientos para recibir las
observaciones que se emitan y la publicación en los estrados de la Presidencia Municipal; el aviso
deberá contener el procedimiento para recibir las observaciones, comentarios y manifestaciones que
puedan presentarse;
3.
Se establecerán los espacios y los medios donde el público podrá manifestar sus observaciones, y
4.
“EL COMITÉ” recibirá y analizará las observaciones que se presenten durante el proceso de consulta
pública, a efecto de que se consideren en “EL PROGRAMA”, y en caso de ser desechadas se
argumenten las razones técnicas o jurídicas para ello.
Décima cuarta. De la aprobación de “EL PROGRAMA”. Una vez concluido el proceso de Consulta
Pública, "EL COMITÉ" integrará las observaciones pertinentes, acordará y validará la versión de
“EL PROGRAMA”, que en términos de las Leyes aplicables deberá ser aprobado por “LAS PARTES” y
expedido por "EL MUNICIPIO".
Décima quinta. De la expedición y publicación de “EL PROGRAMA”. Una vez aprobado “EL PROGRAMA”
de forma conjunta por “LAS PARTES”, este será publicado en el Diario Oficial de la Federación y/o Periódico
Oficial del Estado de Hidalgo y/o en la Gaceta Municipal de acuerdo a la legislación vigente aplicable.
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DIARIO OFICIAL
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Décima sexta. De la difusión de “EL PROGRAMA”. “LAS PARTES”, independientemente de las demás
obligaciones que contrae a través de “EL CONVENIO”, difundirán “EL PROGRAMA” con el fin de lograr la
participación corresponsable de la sociedad en su cumplimiento.
Décima séptima. De las modificaciones a “EL PROGRAMA”. “EL COMITÉ” deberá reunirse por lo menos
una vez cada dos años, a partir de la fecha de la publicación de “EL PROGRAMA”, con el objetivo de revisar y
evaluar si es necesario realizar modificaciones y/o adecuaciones al mismo.
En todo caso, de conformidad con la legislación aplicable, “LAS PARTES” podrán proponer modificaciones
a “EL PROGRAMA” una vez que haya sido expedido, cuando se den entre otros, los siguientes casos:
1.
Los lineamientos, estrategias y criterios de regulación ecológica que contenga “EL PROGRAMA” que
ya no resulten necesarios o adecuados para la disminución de los conflictos ambientales y el logro de
los indicadores ambientales respectivos y cuando las modificaciones conduzcan a la disminución de
los impactos ambientales adversos ocasionados por las actividades productivas, los asentamientos
humanos y el aprovechamiento de recursos naturales, y
2.
Las perturbaciones en los ecosistemas causadas por fenómenos físicos o meteorológicos, que se
traduzcan en contingencias ambientales, que sean significativas y pongan en riesgo el
aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la conservación de los ecosistemas y la
biodiversidad.
En caso de que la legislación aplicable no prevea ningún mecanismo para la modificación, este seguirá el
mismo procedimiento para la formulación que le dio origen, asimismo, en caso de que no establezca plazo
para su actualización e independientemente de los casos citados anteriormente, “LAS PARTES” están de
acuerdo en que “el programa” deberá actualizarse en un periodo máximo de 6 años posteriores a su
expedición.
Décima octava. Del registro y seguimiento del proceso de “EL PROGRAMA”. “LAS PARTES” acuerdan
realizar, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias para llevar a cabo el registro, la evaluación
y el seguimiento continuo y sistemático de “EL PROGRAMA”, mediante la creación de una bitácora ambiental
cuyo objeto, contenido y especificaciones deberán sujetarse a los artículos 13, 14, 15 y 16 del Reglamento de
la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico.
En caso de requerirse algunas modificaciones derivadas de la evaluación y seguimiento de
“EL PROGRAMA”, éstas deberán de ser aprobadas por “EL COMITÉ” y registradas en la bitácora ambiental.
Décima novena. De los Compromisos Específicos, anexos técnicos y de ejecución. “LAS PARTES”
podrán ejecutar compromisos específicos, anexos técnicos y de ejecución que sean necesarios para el
cumplimiento de los fines del presente Convenio y de la legislación aplicable al mismo. Dichos actos deberán
especificar con precisión las acciones y metas a realizarse, la calendarización de éstas, las y los responsables
de su ejecución, la vigencia de los compromisos asumidos y, en su caso, los recursos financieros que se
destinarán para los anexos respectivos. Éstos podrán abarcar como mínimo:
1.
La identificación de los conflictos ambientales que deberán prevenir o resolverse mediante la
determinación de lineamientos, las estrategias ecológicas y los criterios de regulación ecológica de
“EL PROGRAMA”;
2.
Los procedimientos de acceso a la información y de participación social que deberán instrumentarse
en cada etapa del proceso de ordenamiento ecológico;
3.
Los procedimientos y los plazos para la revisión de “EL PROGRAMA”;
4.
Los indicadores que se utilizarán para evaluar el cumplimiento y efectividad de “El PROGRAMA”; y
5.
Las acciones para realizar la integración y operación de la bitácora ambiental.
“LAS PARTES” podrán apoyar financieramente los anexos técnicos y de ejecución en la medida de sus
posibilidades y conforme a su disponibilidad presupuestal.
Vigésima. De la coordinación y la concertación. Para la consecución del objeto de “EL CONVENIO”,
“LAS PARTES”, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán invitar a participar o suscribir
Convenios de coordinación o anexos de ejecución con otras dependencias o entidades de los gobiernos
federal, estatal o municipal, o bien, Convenios de Concertación con los sectores social o privado.
Dichos instrumentos legales deberán registrarse en la bitácora ambiental y contendrán las acciones
concretas a realizar, los recursos financieros, materiales y humanos que conforme a su disponibilidad
presupuestal aporten “LAS PARTES”, y el origen de estos, los responsables ejecutores de las acciones, los
tiempos, las formas en que se realizarán, la evaluación de resultados, las metas y beneficios que se
persiguen.
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DIARIO OFICIAL
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Vigésima primera. De las relaciones laborales. “LAS PARTES” convienen que el personal que cada una
designe, comisione o contrate con motivo de la ejecución de las actividades objeto del presente Convenio y de
los demás Convenios y anexos que del mismo pudieran llegar a derivar, se entenderá exclusivamente
relacionado con la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y
dirección, sin que de ello se derive la adquisición de algún tipo de derecho u obligación para las otras partes.
Por lo anterior no se crearán nexos de carácter laboral, civil, administrativos o de cualquier otra índole con
personas dependientes o contratadas por las otras partes, a quienes en ningún caso se les considerará como
patrones o sustitutos.
Vigésima segunda. Del acceso a la información y derechos de autor. “EL MUNICIPIO” promoverá la
participación social corresponsable y el acceso a la información en las distintas etapas de “EL CONVENIO”
a través de los procedimientos o medios que al efecto se determine en los términos de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo.
“LAS PARTES” acuerdan que los derechos de propiedad intelectual e industrial que pudiesen surgir de la
suscripción de “EL CONVENIO” serán definidos en los anexos técnicos y de ejecución, de conformidad a lo
establecido en el artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Vigésima tercera. De la publicación oficial. "LAS PARTES" deberán publicar “EL CONVENIO” en el Diario
Oficial de la Federación y/o Periódico Oficial del Estado de Hidalgo y/o Gaceta Municipal correspondiente, en
un plazo no mayor a 45 días hábiles posteriores a la firma de “EL CONVENIO”.
Vigésima cuarta. De las modificaciones, adiciones y revisión. “El CONVENIO” se podrá modificar durante
su vigencia, de común acuerdo entre “LAS PARTES” a través de “EL COMITÉ”, atendiendo a lo que al efecto
establezca su reglamento interior y en términos de las disposiciones legales que resulten aplicables. Las
modificaciones deberán aprobarse por consenso en “EL COMITÉ” y constar por escrito debidamente firmados
por los representantes facultados de “LAS PARTES” conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, así
como registrarse en la bitácora ambiental y surtirán efectos a partir de la fecha que se pacte.
Vigésima quinta. De la vigencia y revisión de “El CONVENIO”. Entrará en vigor el día de su firma y estará
vigente hasta el día 31 de agosto de 2028.
Vigésima sexta. Documentos integrantes de “El CONVENIO”. “LAS PARTES” convienen en que cualquier
documentación que se genere para los efectos de la ejecución, seguimiento y cumplimiento de
“EL CONVENIO”, será parte integrante del mismo.
Vigésima séptima. Terminación anticipada. “LAS PARTES” de común acuerdo, podrán dar por terminado
anticipadamente “EL CONVENIO”, conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan. La terminación
deberá constar por escrito, firmado por “LAS PARTES” que legalmente deban hacerlo, registrarse en la
bitácora ambiental y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción.
Para el caso de suscitarse alguna controversia generada por la interpretación o ejecución de
“EL CONVENIO”, no se afectará la vigencia de los Convenios Específicos que de él se deriven.
Vigésima octava. De la resolución de controversias. “LAS PARTES” convienen que, el presente Convenio
es de buena fe, por lo que cualquier controversia que se derive del mismo respecto a su interpretación,
operación, cumplimiento y ejecución será resuelta en amigable composición.
En el supuesto de que la controversia subsista y en caso de que la controversia no sea resuelta,
“LAS PARTES” se someterán a los Tribunales Competentes de la Ciudad de México.
Leído que fueron debidamente enteradas del alcance y contenido legal, “LAS PARTES” firman
“El CONVENIO” en seis ejemplares, en el municipio de Atotonilco de Tula, Hidalgo, a los quince días del mes
de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la SEMARNAT: Subsecretaria de Biodiversidad y Restauración
Ambiental, Marina Robles García.- Rúbrica.- Director General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento
Ecológico, Rafael Obregón Viloria.- Rúbrica.- Por el Estado: Secretaria de Medio Ambiente y Recursos
Naturales de Hidalgo, Mónica Patricia Mixtega Trejo.- Rúbrica.- Subsecretario de Política Ambiental,
Magdaleno Cervantes Bautista.- Rúbrica.- Por el Municipio: Presidenta Municipal Constitucional de
Atotonilco de Tula, Hidalgo, Yocelyn Tovar Mendoza.- Rúbrica.- Secretaria General Municipal, Martha Delia
Monterrubio Hernández.- Rúbrica.
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CONVENIO de Coordinación que tiene por objeto establecer las bases para la instrumentación en la formulación,
aprobación, expedición, ejecución, evaluación, actualización, seguimiento y, en su caso, modificación del Programa
de Ordenamiento Ecológico Local del Municipio de Tlanalapa, Hidalgo, que suscriben la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales, el Estado de Hidalgo y el Municipio de Tlanalapa.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Medio Ambiente.-
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
Convenio de Coordinación, en adelante “EL CONVENIO”, que tiene por objeto establecer las bases para la
instrumentación en la formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación, actualización, seguimiento
y, en su caso, modificación del Programa de Ordenamiento Ecológico Local del municipio de Tlanalapa,
Hidalgo, en lo sucesivo "EL PROGRAMA", que suscriben por una parte el Ejecutivo Federal, por conducto de
la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, en adelante "LA SEMARNAT", representada en este
acto por Marina Robles García, Subsecretaria de Biodiversidad y Restauración Ambiental, asistida por Rafael
Obregón Viloria, Director General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico; por otra parte el
Estado Libre y Soberano de Hidalgo, en lo sucesivo “EL ESTADO”, a través de la Secretaría de Medio
Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo, representada en este acto por su Titular Mónica Patricia Mixtega
Trejo, asistida por Magdaleno Cervantes Bautista, Subsecretario de Política Ambiental; y el municipio de
Tlanalapa, Hidalgo, en lo sucesivo “EL MUNICIPIO”, representado en este acto por Abril Martínez Portillo, en
su calidad de Presidenta Municipal Constitucional, asistida por Omar Mendoza Herrera, en su carácter de
Secretario General Municipal; a quienes cuando actúen de forma conjunta se les denominará “LAS PARTES”,
sujetándose a los siguientes antecedentes, declaraciones y cláusulas:
ANTECEDENTES
PRIMERO. El artículo 1, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
(CPEUM) dispone que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de
promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios
de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá
prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que
establezca la Ley.
SEGUNDO. El artículo 4, párrafo sexto, de la CPEUM, establece que: “Toda persona tiene derecho a un
medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar, por lo que el Estado garantizará el respecto a este
derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo
dispuesto por la Ley”, siendo el Estado quien garantizará el respeto a este derecho, asimismo, señala que el
daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por
la ley.
TERCERO. El artículo 27 de la CPEUM, precisa que la nación debe regular, en beneficio social, el
aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de hacer una
distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país
y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia se dictarán las
medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos,
reservas y destinos de tierras, aguas y bosques, a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la
fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población; para preservar y restaurar
el equilibrio ecológico; para el fraccionamiento de los latifundios; para disponer, en términos de la ley
reglamentaria, la organización y explotación colectiva de los ejidos y comunidades; para el desarrollo de la
pequeña propiedad rural; para el fomento de la agricultura, de la ganadería, de la silvicultura y de las demás
actividades económicas en el medio rural y para evitar la destrucción de los elementos naturales y los daños
que la propiedad pueda sufrir en perjuicio de la propiedad.
CUARTO. El artículo 73, fracción XXIX-G, de la CPEUM establece que el Congreso de la Unión cuenta
con la facultad de expedir las leyes en materia de protección al ambiente, por lo que, en atención a dicho
precepto, el Congreso Federal emitió la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
(LGEEPA), ordenamiento legal que tiene como finalidad distribuir competencias a todos los órdenes de
gobierno en las materias señaladas.
QUINTO. El artículo 115, fracción V, inciso g), de la CPEUM dispone que los municipios, en los términos
de las Leyes Federales y Estatales relativas, estarán facultados para participar en la creación y administración
de zonas de reservas ecológicas, y en la elaboración y aplicación de programas de ordenamiento en la
materia, a diferencia del inciso a), que les faculta para aprobar los planes de desarrollo urbano.
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SEXTO. El Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030, en su eje general 4, refiere que el segundo piso de la
Cuarta Transformación tiene como base el impulso de un desarrollo sustentable, es decir, lograr un equilibrio
entre desarrollo económico, social y ambiental que preserve el medio ambiente y evite un daño irreversible, al
tiempo que busca evitar que se agoten los recursos naturales y permitir su disfrute a las generaciones futuras.
Asimismo, el desarrollo sustentable requiere un enfoque integral en la protección y el uso responsable de los
recursos naturales. Por lo que es prioritario implementar políticas para reducir y revertir el daño ambiental,
proteger los ecosistemas estratégicos del país como bosques, selvas y cuerpos de agua y fomentar el
aprovechamiento de residuos mediante la economía circular.
SÉPTIMO. La Ley de Planeación, en sus artículos 3 y 9 determina que la planeación nacional del
desarrollo consiste en la ordenación racional y sistemática de acciones que, con base en el ejercicio de las
atribuciones del Ejecutivo Federal en materia de regulación y promoción de la actividad económica, social,
política, cultural, de protección al ambiente y aprovechamiento racional de los recursos naturales, tiene como
propósito la transformación de la realidad del país de conformidad con las normas, principios y objetivos que
la Constitución Federal y las Leyes establecen; por lo cual, las dependencias y entidades de la Administración
Pública Federal deberán planear y conducir sus actividades con perspectiva intercultural y de género y con
sujeción a los objetivos y prioridades de la planeación nacional de desarrollo, a fin de cumplir con la obligación
del Estado de garantizar que éste sea equitativo, incluyente, integral, sustentable y sostenible.
OCTAVO. La Ley de Planeación, en sus artículos 33 y 34, faculta al Ejecutivo Federal para convenir con
los gobiernos de las entidades federativas la coordinación que se requiera para que éstos participen en la
planeación nacional del desarrollo y coadyuven, en el ámbito de sus respectivas competencias,
a la consecución de los objetivos de esta.
NOVENO. El artículo 2, fracción I, de LGEEPA, se considera de utilidad pública el ordenamiento ecológico
del territorio nacional en los casos previstos por la propia ley y las demás leyes aplicables, asimismo, el
artículo 15, fracción IX, de la mencionada ley señala la coordinación entre las dependencias y entidades de la
administración pública y los distintos niveles de gobierno y a la concertación con la sociedad como
indispensables para la eficacia de las acciones ecológicas.
DÉCIMO. El artículo 19 BIS, de la LGEEPA, enlista las modalidades de los programas de ordenamiento
ecológico como: I. General del territorio, II. Regionales, III. Locales y IV. Marinos, asimismo, de conformidad
con el artículo 20 BIS 4 de la LGEEPA, su expedición, tratándose de programas de ordenamiento ecológico
local, corresponde a las autoridades municipales, y en su caso por las demarcaciones territoriales de la
Ciudad de México.
DÉCIMO PRIMERO. La Ley para la Protección al Ambiente del Estado de Hidalgo (LPAEH), establece en
sus artículos 8, fracciones VI y XXXIII y 21, que los Ayuntamientos tendrán atribuciones para formular, aprobar
y expedir los Programas de Ordenamiento Ecológico Local, así como el control y la vigilancia del uso y cambio
de uso del suelo establecido en estos programas. Por su parte, el artículo 12 de esta misma ley, determina
que los Programas Sectoriales de Medio Ambiente y Recursos Naturales, expedidos por el Titular del
Ejecutivo del Estado y los Ayuntamientos correspondientes, deberán tomar en cuenta los lineamientos y
estrategias contenidas en los Ordenamientos Ecológico del Territorio Regional y Local expedidos.
DÉCIMO SEGUNDO. La LPAEH, en su artículo 24, fracciones II, III y IV, establece que los programas de
ordenamiento ecológico local tendrán por objeto, entre otros: regular fuera de los centros de población el uso
de suelo, con el propósito de proteger el ambiente, preservar, restaurar y aprovechar de manera sustentable
los recursos naturales respectivos, fundamentalmente en la realización de actividades productivas y en la
localización de los asentamientos humanos; impulsar el manejo integrado de la cuenca; y establecer los
criterios de regulación ecológica para la protección, preservación, restauración y aprovechamiento sustentable
de los recursos naturales dentro y fuera de los centros de población, a fin de que sean considerados en los
planes o programas de desarrollo urbano correspondientes.
DÉCIMO TERCERO. La LPAEH, en su artículo 20, estipula que, en la formulación y evaluación de los
Programas de Ordenamiento Ecológico del Territorio, “EL ESTADO” promoverá la participación de
los municipios, pueblos indígenas, ejidos, comunidades, pequeños propietarios, organizaciones sociales,
empresarios, instituciones académicas, de investigación y demás interesados, tomando en consideración
ciertos criterios. Por otro lado, el artículo 21 de la Ley de referencia, determina que le corresponderá al Titular
del Poder Ejecutivo del Estado expedir los Programas de Ordenamiento Ecológico Territorial Estatal y
Regionales y a los Ayuntamientos, expedir sus Programas de Ordenamiento Ecológico Territorial Local o
Municipal.
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DÉCIMO CUARTO. El Plan Estatal de Desarrollo de Hidalgo 2022 – 2028, establece cuatro Acuerdos
Generales que colocan al ser humano y sus derechos como el núcleo de toda acción pública y ponen en
relieve la nueva relación del pueblo con su gobierno, los cuales son: Acuerdo para un gobierno cercano, justo
y honesto; Acuerdo para el bienestar del pueblo; Acuerdo para el desarrollo económico; y el Acuerdo para el
desarrollo sostenible e infraestructura transformadora; por lo que dentro del marco normativo subraya que el
desarrollo estará firmemente asentado bajo los principios de honestidad, austeridad, legalidad, humanidad y
responsabilidad, retomando el proyecto de nación para consolidar la Cuarta Transformación en Hidalgo.
DÉCIMO QUINTO. El municipio de Tlanalapa, Hidalgo, se localiza al sur de la entidad, entre los paralelos
20° 49´01” de latitud norte y 98° 36´ 07” de longitud oeste. Se encuentra a una altitud de 2,460 MSNM, colinda
al Norte con los Municipios Singuilucan y Zempoala; al Sur con el Estado de México y el Municipio de
Tepeapulco; al este con Tepeapulco, y al Oeste con el Estado de México y Zempoala. Cuenta con una
extensión territorial de 82.86 km2, que equivale al 0.40 % del territorio del estado de Hidalgo (INEGI, 2010).
DÉCIMO SEXTO. La Actualización del Plan Municipal de Desarrollo del Municipio de Tlanalapa 2024-
2027, se constituye de cuatro ejes fundamentales del ejercicio del Gobierno Municipal que son:
1)
Acuerdo Tlanalapa Seguro, con un Gobierno Cercano y Transparente;
2)
Acuerdo Bienestar Integral para todas y todos en Tlanalapa;
3)
Acuerdo Tlanalapa con Desarrollo Económico y Cultural Sostenido; y
4)
Acuerdo Desarrollo Sostenible e Infraestructura Integral en Tlanalapa.
DÉCIMO SÉPTIMO. En ese sentido, los gobiernos federal, estatal y municipal, han decidido suscribir el
presente Convenio de Coordinación, al tenor de las siguientes Declaraciones y Cláusulas:
DECLARACIONES
I. Declara “LA SEMARNAT”, a través de su representante que:
1.
Es una dependencia del Ejecutivo Federal, integrante de la Administración Pública Federal, en
términos de los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y 1, 2,
fracción I, 26, fracción VIII y 32 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal
(LOAPF).
2.
De conformidad con lo establecido en las fracciones l, ll, III, V, V Bis, X, XVII del artículo 32 Bis de la
referida LOAPF, le corresponde, entre otros asuntos, fomentar la protección, restauración,
conservación de los ecosistemas y recursos naturales, bienes y servicios ambientales con el fin de
propiciar su aprovechamiento y desarrollo sustentable, formular y conducir la Política Nacional en
materia de recursos naturales, siempre que no estén encomendados expresamente a otra
dependencia; regular el uso, así como administrar y promover el aprovechamiento sustentable de los
recursos naturales que corresponden a la Federación; vigilar, promover y estimular, en coordinación
con las autoridades federales, estatales y municipales, el cumplimiento de las leyes, reglamentos,
normas oficiales mexicanas y estándares, así como programas relacionados con recursos naturales,
medio ambiente, agua, bosques, la atmósfera, suelos, biodiversidad y demás materias competencia
de la Secretaría; así como en su caso imponer las sanciones y ordenar las medidas de seguridad y
de urgente aplicación que resulten procedentes; promover el Ordenamiento Ecológico del Territorio
Nacional, en coordinación con los tres órdenes de gobierno con la participación de los particulares; y
concertar acciones e inversiones con los sectores social y privado para la protección y restauración
del ambiente.
3.
De conformidad con el artículo 14, párrafo primero, de la LOAPF, al frente de cada Secretaría de
Estado habrá una persona Titular, quien, para el despacho de los asuntos de su competencia, se
auxiliará de las personas Titulares de las subsecretarías, de las Unidades de Administración y
Finanzas, de las jefaturas de unidad, de las direcciones, de las subdirecciones, de las jefaturas de
departamento, y demás personas funcionarias, en los términos que establezca el reglamento interior
respectivo y las disposiciones legales aplicables.
4.
De conformidad con los artículos 1, 3, apartado A, fracción I, 7, fracciones IV y XVI y 10, del
Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, dentro de las
Unidades Administrativas que integran “LA SEMARNAT”, se encuentra la Subsecretaría de
Biodiversidad y Restauración Ambiental (SBRA) y que, tiene como atribución, entre otras, suscribir
los documentos relativos al ejercicio de sus atribuciones, así como aprobar el contenido y, en su
caso, las modificaciones de los programas de ordenamiento ecológico del territorio y marinos.
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5.
La Subsecretaria de Biodiversidad y Restauración Ambiental, Marina Robles García, fue nombrada
Subsecretaria de Biodiversidad y Restauración Ambiental en términos del nombramiento de fecha 12
de marzo de 2025, expedido por Alicia Isabel Adriana Bárcena Ibarra, Secretaría de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, nombramiento que no le ha sido revocado hasta la fecha y quien cuenta con
las facultades suficientes para suscribir el presente Convenio con fundamento en lo estipulado por
los artículos 3, apartado A, fracción I, 7, fracción XVI, y 10, fracción I, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
6.
Dentro de las Unidades Administrativas que integra la Subsecretaría de Biodiversidad y Restauración
Ambiental en “LA SEMARNAT”, se encuentra la Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y
Ordenamiento Ecológico, (DGGFSOE), la cual se encuentra facultada, entre otras, dirigir el apoyo
técnico y la participación que se otorgue en la elaboración, ejecución y, en su caso, aprobación de
los programas de ordenamiento ecológico, regionales, locales municipales y locales comunitarios, a
cargo de las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México,
con la participación del Sector Ambiental, dirigir la elaboración y someter a consideración de la
Subsecretaría de Biodiversidad y Restauración Ambiental, los acuerdos mediante los cuales se
aprueban o modifican los programas de ordenamiento ecológico de los territorios y los marinos, así
como los acuerdos de aprobación o modificación conjunta con las entidades federativas, los
municipios y las demarcaciones territoriales de la Ciudad de México, según corresponda, de
los programas de ordenamiento ecológico regionales y locales, cuando en ellos haya quedado
incluida, total o parcialmente, una o más áreas naturales protegidas de competencia federal,
participar con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal competentes, así
como con las entidades federativas, municipios y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México,
en la articulación del ordenamiento ecológico con los programas de ordenamiento territorial,
desarrollo urbano, pesquero, acuícola, turístico o cualquier otro instrumento de política con incidencia
territorial, así como conducir la elaboración y promover, en el ámbito de competencia de la
Secretaría, instrumentos normativos en materia de aprovechamiento sustentable, conservación,
protección y restauración de los ecosistemas y sus recursos y de los suelos para el desarrollo
sustentable, lo anterior, de conformidad con los artículos 1, 3, apartado A fracción I, inciso d), 8, 9,
fracciones XV y XXIII, y 14 fracciones XXVIII y XXIX, del Reglamento Interior de la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales.
7.
Rafael Obregón Viloria, fue designado Director General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento
Ecológico, mediante nombramiento de fecha 9 de octubre de 2024, mismo que no le ha sido
revocado y quien cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente Convenio.
8.
Para efectos del presente Convenio, “LA SEMARNAT”, señala como domicilio el ubicado en avenida
Ejército Nacional, número 223, colonia Anáhuac I sección, demarcación territorial Miguel Hidalgo,
código postal 11320, en la Ciudad de México.
II. Declara "EL ESTADO", a través de su representante que:
1.
El Estado de Hidalgo, de conformidad con los artículos 40 y 43 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos y el artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, es parte
integrante de la Federación, libre y soberano en lo que concierne a su régimen interior.
2.
Para el despacho de los asuntos que competen al Poder Ejecutivo, la Persona Titular del Poder
Ejecutivo del Estado se auxiliará de las dependencias y entidades de la Administración Pública de
conformidad a lo establecido al artículo 4 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el
Estado de Hidalgo.
3.
De conformidad con el artículo 17 fracción VI de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el
Estado de Hidalgo, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo es una
Secretaría de Gabinete del Poder Ejecutivo que integra la Administración Pública Central.
4.
De conformidad con lo establecido en las fracciones III, IV, XV, XVIII y XXVII del artículo 33 de la Ley
Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo, le corresponde, entre otros
asuntos, la celebración de Convenios y Contratos para ejercer atribuciones y obligaciones que
deriven de los mismos, coadyuvar en la planeación para el desarrollo, ejecución y cumplimiento de
proyectos productivos sostenibles; apoyar los programas, estrategias y acciones vinculadas con la
conservación y restauración de las áreas forestales degradadas y de amortiguamiento del Estado.
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5.
Con fecha 05 de septiembre de 2022, el Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, Julio
Ramón Menchaca Salazar, nombró a Mónica Patricia Mixtega Trejo como Titular de la Secretaría de
Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo, de conformidad con las facultades que le
confieren el artículo 71 fracción XII de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y artículo 14 de
la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo; quien a su vez cuenta con
las facultades para suscribir el presente en términos del artículo 10 fracción XVI del Reglamento
Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo.
6.
Con fecha 15 de septiembre de 2022, el Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo, Julio
Ramón Menchaca Salazar, nombró a Magdaleno Cervantes Bautista como Subsecretario de Política
Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de Hidalgo, de conformidad con
las facultades que le confieren el artículo 71 fracción XII de la Constitución Política del Estado de
Hidalgo y artículo 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo,
quien a su vez cuenta con las facultades para suscribir el presente en términos de las fracciones II,
V, VI y XV del artículo 15 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales de Hidalgo.
7.
Para los efectos del presente Convenio señala como domicilio el ubicado en calle Vicente Segura,
número 100, colonia Adolfo López Mateos, código postal 42094, Pachuca de Soto, Estado de
Hidalgo,
teléfonos
771
71-4
10-56,
71
4-50-87
y
71
8-63-77,
correo
electrónico
medio.ambiente@hidalgo.gob.mx.
III. Declara "El MUNICIPIO", a través de su representante que:
1.
De conformidad con los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y
102, 103 y 115 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo, el Estado tendrá como base de su
división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre, siendo ésta una
entidad de carácter público, dotada de personalidad jurídica y patrimonio propio, autónoma en su
régimen interior y con libre administración de su hacienda.
2.
De conformidad con el artículo 8, fracciones VIII y XV y 20 Bis 4, de la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, corresponde a los Municipios la formulación y expedición de
los Programas de Ordenamiento Ecológico Local del Territorio, así como el control y la vigilancia
de uso y cambio de uso del suelo, establecidos en dichos programas.
3.
Según lo previsto en los artículos 122,123 y 124 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y
los artículos 2 y 29 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo, cada municipio será
regido por un ayuntamiento de elección popular, que es el órgano de gobierno municipal integrado
por el Presidente, los Síndicos y los Regidores que establezca la Ley respectiva.
4.
En fecha 06 de junio de 2024, el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo, a través del Consejo Distrital
Electoral de Actopan, Hidalgo, otorgó la Constancia de Mayoría a Abril Martínez Portillo, como
Presidenta Municipal Constitucional de Tlanalapa, Hidalgo; quien, en uso de sus facultades, en fecha
05 de septiembre de 2024, otorgó nombramiento como Secretario General Municipal a Omar
Mendoza Herrera.
5.
De acuerdo con lo establecido en los artículos 115 fracción l de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; 115, 142, 143 y 144 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; 57
fracciones VIII y XVI, 59, 60 fracción I, 63 y 98 fracción VII de la Ley Orgánica Municipal para el
Estado de Hidalgo, la Presidenta Municipal Constitucional, Abril Martínez Portillo, asistida por el
Secretario General Municipal, Omar Mendoza Herrera, están facultados para suscribir
“EL CONVENIO”.
6.
La Presidenta Municipal Constitucional tiene la representación del Ayuntamiento, de conformidad con
lo establecido por los artículos 143 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo y 63 de la Ley
Orgánica Municipal para el Estado de Hidalgo.
7.
Mediante la Quinta Sesión Ordinaria del Ayuntamiento del Municipio de Tlanalapa, Hidalgo; de fecha
7 de octubre de 2024, se aprobó y autorizó a la Presidenta Municipal Constitucional para suscribir
Convenios, específicamente en el punto cinco del orden del día.
8.
Para efectos del presente señala su domicilio en Palacio Municipal, sin número, Colonia Centro,
Tlanalapa, Hidalgo, código postal 43930.
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IV. Declaran "LAS PARTES", a través de sus representantes que:
1.
Reconocen mutuamente la personalidad con la que se ostentan para la suscripción de
“EL CONVENIO”.
2.
Es su voluntad suscribir “EL CONVENIO”, a fin de establecer las bases, los mecanismos y
compromisos de cada una de ellas para la instrumentación en la formulación, aprobación,
expedición, ejecución, evaluación, actualización, seguimiento y, en su caso, la modificación de
“EL PROGRAMA”, que abarcará la totalidad de su territorio y será el instrumento rector para orientar
de manera sustentable el uso del suelo, los asentamientos humanos, las actividades productivas y el
aprovechamiento de los recursos naturales dentro del territorio municipal.
En virtud de lo anterior, “LAS PARTES” suscriben “EL CONVENIO” conforme a las siguientes:
CLÁUSULAS
Primera. Objeto de “EL CONVENIO”. “LAS PARTES” acuerdan que “EL CONVENIO” tiene por objeto
establecer las bases para la instrumentación en la formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación,
actualización, seguimiento, y en su caso, la modificación de “EL PROGRAMA”.
Para efectos de “EL CONVENIO”, el proceso de ordenamiento ecológico que instrumentarán
“LAS PARTES” abarca “EL PROGRAMA”, la agenda y la bitácora ambiental, mediante las cuales se evaluará
y dará seguimiento a su efectividad y cumplimiento.
Segunda. Cumplimiento del Objeto. “LAS PARTES” se comprometen, en el ámbito de sus respectivas
competencias, a desarrollar las siguientes acciones:
1.
Aportar los elementos y datos técnicos necesarios para el cumplimiento de “EL PROGRAMA”;
2.
Integrar de manera coordinada el modelo que sustente a “EL PROGRAMA”, las unidades de gestión
ambiental, usos del suelo, lineamientos ecológicos, criterios de regulación ecológica, y las estrategias
ecológicas aplicables al mismo; de conformidad con lo establecido en la Ley General del Equilibrio
Ecológico y la Protección al Ambiente, su Reglamento en Materia de Ordenamiento Ecológico y las
demás disposiciones aplicables;
3.
Aprobar “EL PROGRAMA”, conforme a los instrumentos legales correspondientes, en el ámbito
competencial de “LAS PARTES”;
4.
Instrumentar una bitácora ambiental que permita llevar a cabo la evaluación permanente y
sistemática del proceso de ordenamiento ecológico, materia de “EL CONVENIO”, misma que sólo
podrá integrar la información que “LAS PARTES” hayan definido como pública de acuerdo con la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y el marco jurídico que resulte
procedente; y
5.
Conducir sus acciones y compromisos adquiridos en el presente instrumento, dentro del marco de
sus competencias, facultades y ejercicio de atribuciones, considerando el nivel de gobierno, las
disposiciones normativas y estrategias derivadas a la evaluación, modificación, actualización,
expedición y ejecución de “EL PROGRAMA” y demás instrumentos, instancias y acciones que de
éste deriven.
Tercera. Compromisos de “LA SEMARNAT”.
1.
Apoyar técnicamente y participar de manera coordinada, conforme al ámbito de su competencia, con
"LAS PARTES" para la instrumentación en la formulación, aprobación, expedición, ejecución,
evaluación, actualización, seguimiento, y en su caso, modificación de "EL PROGRAMA" y emitir las
recomendaciones que en su caso correspondan;
2.
Aportar los elementos y datos técnicos necesarios para el cumplimiento de los fines de
“EL CONVENIO”, así como promover, conforme al ámbito de su competencia, así como coordinar
con las dependencias y entidades paraestatales federales cuya cooperación se requiera, la
realización de las acciones que se detallen en los compromisos, anexos técnicos y de ejecución que
en su caso se suscriban;
3.
Conducir y ejecutar sus acciones, considerando las disposiciones y estrategias derivadas para la
instrumentación de la formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación, actualización,
seguimiento, y en su caso, la modificación de "EL PROGRAMA", en el marco de las respectivas
competencias, facultades y ejercicio de sus atribuciones legales;
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4.
Apoyar la construcción de capacidades locales para que se formen cuadros con conocimientos para
la realización de estudios técnicos de formulación de programas de ordenamiento ecológico del
territorio, de su evaluación y modificación o actualización; e
5.
Impulsar el ordenamiento local como proceso participativo, inclusivo y corresponsable.
6.
Participar con las demás partes del presente instrumento, atendiendo los compromisos, figuras
y acciones adquiridas en el presente instrumento, de acuerdo a las competencias, facultades y
ejercicio de atribuciones que señalan las disposiciones normativas aplicables.
Cuarta. Compromisos de “EL ESTADO”.
1.
Promover la transparencia del proceso de ordenamiento ecológico materia de “EL CONVENIO”,
mediante el acceso, publicación y difusión de la información generada, los métodos utilizados y
resultados obtenidos;
2.
Llevar a cabo las acciones necesarias a efecto de hacer compatibles la ordenación y regulación de
asentamientos humanos estatales con "EL PROGRAMA";
3.
Coordinarse con "LAS PARTES", con el fin de que se establezcan con claridad las bases y
mecanismos a que se sujetarán para la evaluación, modificación, actualización, expedición
y ejecución de "EL PROGRAMA";
4.
Promover la corresponsabilidad de sus sectores involucrados en la planeación ecológica del
territorio, a fin de establecer las bases y mecanismos a que se sujetarán para apoyar la evaluación,
modificación, actualización, expedición y ejecución de "EL PROGRAMA";
5.
Desarrollar programas de construcción de capacidades técnicas locales para la evaluación,
modificación, actualización, expedición y ejecución de programas de ordenamiento ecológico del
territorio, dirigido a las Instituciones Públicas de Educación Superior e Investigación; y
6.
Fomentar la congruencia de los planes, programas y acciones sectoriales en el Estado.
Quinta. Compromisos de “EL MUNICIPIO”.
1.
Conducir sus acciones en apego a la legislación jurídica aplicable en ordenamiento ecológico de
territorio, áreas naturales protegidas, unidades de gestión territorial sustentable, unidades de gestión
ambiental, así como en materias de competencia federal vinculadas con "EL PROGRAMA";
2.
Promover para la aprobación de "EL PROGRAMA" que se observen las formalidades establecidas en
la legislación aplicable y en los criterios establecidos en materia ambiental, en el ámbito de la
competencia de "LAS PARTES”;
3.
Realizar las acciones que les correspondan derivadas de la formulación, aprobación, expedición,
ejecución, evaluación y modificación de "EL PROGRAMA" y garantizar su aplicación en el ámbito de
su competencia;
4.
Difundir los avances y resultados de "EL PROGRAMA", previo, durante y posterior a la consulta
pública, con el propósito de lograr la participación corresponsable de la sociedad;
5.
Vigilar que en el ámbito de su competencia las concesiones, permisos, licencias, autorizaciones,
dictámenes y resoluciones cumplan con los lineamientos, las estrategias ecológicas y los criterios de
regulación ecológica contenidos en "EL PROGRAMA";
6.
Realizar las adecuaciones que se requieran a efecto de hacer compatibles los planes y programas de
desarrollo urbano de su competencia, con las disposiciones que resulten de "EL PROGRAMA", y
garantizar su aplicación en el ámbito de su competencia;
7.
Evaluar el desempeño de las políticas ambientales a partir de los indicadores ambientales que se
deriven de "EL PROGRAMA" y dar seguimiento a través de la Bitácora Ambiental;
8.
Dar preferencia a las instituciones públicas de educación superior e investigación, que demuestren
contar con las capacidades, para el desarrollo de estudios o construcción de programas
de ordenamiento ecológico del territorio, para la formulación de los trabajos derivados de
“EL CONVENIO”;
9.
Implementar una Bitácora Ambiental en los medios oficiales que fomenten la transparencia del
Proceso de Ordenamiento Ecológico materia de “EL CONVENIO”, mediante el acceso, publicación y
difusión de la información, y
10. Publicar el Programa de Ordenamiento Ecológico Local del municipio de Tlanalapa, Hidalgo, en la
Gaceta Municipal.
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Sexta. De la instancia de coordinación entre “LAS PARTES”. Para la realización de las acciones y los
procedimientos objeto de “EL CONVENIO”, así como para el seguimiento y evaluación de “EL PROGRAMA”,
“LAS PARTES” convienen, en el ámbito de sus competencias, en desarrollar acciones tendentes a conformar
el Comité de Ordenamiento Ecológico Local Participativo del Municipio de Tlanalapa, Hidalgo, en lo sucesivo
"EL COMITÉ", que deberá instalarse en un plazo no mayor a los 90 días naturales posteriores a la firma de
“EL CONVENIO”.
Los mecanismos y procedimientos para el funcionamiento de "EL COMITÉ", se sujetarán a lo dispuesto
por el Reglamento Interior que al efecto se emita, de conformidad con el artículo 71 del Reglamento de la Ley
General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en materia de Ordenamiento Ecológico, los
cuales deberán formularse en un plazo no mayor a 30 días naturales, contados a partir de la instalación de
"EL COMITÉ", incluyendo mecanismos equitativos y transparentes que promuevan la participación de sus
integrantes.
Séptima. De la integración de “EL COMITÉ”. “LAS PARTES” acuerdan que “EL COMITÉ”, al ser órgano
de representación social, sectorial e institucional, funciona en su conjunto, a través de dos órganos y una
asamblea general como autoridad máxima y mediante un reglamento interior, pero que no es limitativo para la
integración de actores y sectores con interés legítimo. “EL COMITÉ” cuenta con mecanismos de
representación social, sectorial e institucional relacionados con los usos de suelo que son regulados por los
instrumentos previstos por ley en el ámbito de asentamientos humanos y ecológicos, así como con un
reglamento que asegura la participación plural y constante. Motivos por los cuales, deberá integrarse por
representantes de los tres órdenes de gobierno y la participación representativa, inclusiva y efectiva de los
actores, organizaciones, comunidades indígenas, agrarias y demás sectores sociales, privado y académico
con intereses legítimos de carácter social, cultural, económico o ambiental en el territorio quienes serán
miembros permanentes de esta instancia de planeación, de igual forma se podrán considerar miembros
invitados. Así como, se promoverá y priorizará la integración y participación de la mujer, los jóvenes,
afrodescendientes de lugar y la inclusión de grupos vulnerables.
La integración y desempeño de las funciones de los miembros de “EL COMITÉ”, estarán sujetos a lo
descrito en la legislación vigente aplicable, así como lo dispuesto por su propio Reglamento Interior, que al
efecto se emita, el cual deberá promover mecanismos equitativos y transparentes que promueven la
participación de sus integrantes, haciendo énfasis que la participación de “LA SEMARNAT”, será de carácter
vinculante para el apoyo técnico para la formulación y la ejecución de los programas de ordenamiento
ecológico regional y local.
Octava. Funcionamiento de “EL COMITÉ”. “EL COMITÉ” se divide para su funcionamiento en dos
órganos:
1.
Órgano ejecutivo, en lo sucesivo “EL ÓRGANO EJECUTIVO”, responsable de la toma de decisiones
relativas a la instrumentación de las acciones, procedimientos y estrategias tendientes a la
formulación, aprobación, expedición, ejecución, evaluación y modificación de “EL PROGRAMA”.
Dicho órgano estará integrado por “LAS PARTES” y será presidido por el municipio, además
representado por los tres órdenes de gobierno.
2.
Órgano técnico, en los sucesivo “EL ÓRGANO TÉCNICO”, responsable de la revisión, validación o,
en su caso, de la realización de los estudios y los demás insumos técnicos que se requieran en
“EL PROGRAMA”. Dicho Órgano estará conformado por al menos una persona representante de
cada una de las organizaciones que conforman los sectores social, comunitario, productivo y
académico que se hayan identificado en el área de objeto de “EL PROGRAMA”, conforme a las
previsiones establecidas en el Reglamento Interior de “EL COMITÉ” y contará con una persona
Coordinadora General designada por el consenso de las y los integrantes de “EL ÓRGANO
EJECUTIVO”.
“EL ÓRGANO EJECUTIVO”, con la participación de “EL ÓRGANO TÉCNICO”, establecerá los
mecanismos para la participación y validación social, que se requieran en las diferentes etapas de
los procesos de ordenamiento ecológico, que podrán incluir consultas públicas, talleres comunitarios,
sectoriales, reuniones de expertos para temas específicos y demás que se determinen en el Reglamento
Interior de “EL COMITÉ” para asegurar una participación social efectiva durante el proceso.
Novena. De las atribuciones y responsabilidades de “EL COMITÉ”. “LAS PARTES” acuerdan que las
funciones y responsabilidades de “EL COMITÉ” serán de acuerdo a lo establecido en los artículos 68, 69, 70 y
71 del Reglamento de la Ley General de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de
Ordenamiento Ecológico, así como, a lo siguiente:
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1.
Definir las bases para “EL PROGRAMA”;
2.
Formular e integrar un plan de trabajo con relación al proceso de ordenamiento ecológico objeto de
“EL CONVENIO”, que deberán incluir de manera indicativa mas no limitativa los siguientes rubros:
a.
Los objetivos y metas que se pretenden alcanzar;
b.
La revisión del marco jurídico aplicable para la instrumentación de “EL PROGRAMA”;
c.
El cronograma de las actividades a realizar;
d.
Los órganos que llevarán a cabo las acciones que resulten de los Convenios de Coordinación,
incluyendo los de evaluación;
e.
Las bases para identificar los recursos materiales y demás necesarios para la realización de las
actividades previstas, así como los responsables de facilitarlos, y en su caso, aportarlos, y
f.
Los mecanismos para incorporar a la bitácora ambiental los resultados de la evaluación del
proceso de ordenamiento ecológico.
3.
Identificar los estudios, proyectos y programas existentes en la región, que deberán ser considerados
en evaluación, modificación, actualización, expedición y ejecución de “El PROGRAMA”;
4.
Gestionar ante las instancias responsables los estudios específicos que llegarán a requerirse durante
el proceso;
5.
Recibir y analizar las observaciones técnicas que se presenten, a efecto de que se consideren o se
desechen en “EL PROGRAMA”, y
6.
Realizar las demás acciones necesarias, en el ámbito de su competencia, para el cumplimiento de
los objetivos de “EL CONVENIO”.
“EL COMITÉ” dará seguimiento al cumplimiento de “EL CONVENIO” y los demás instrumentos que se
deriven del mismo. Una vez instalado deberá determinar los medios y los plazos mediante los cuales
se verificará el cumplimiento de los instrumentos mencionados. La información referida en el presente párrafo
deberá incorporarse a la bitácora ambiental.
Décima. Del proceso de ordenamiento ecológico local participativo. “LAS PARTES” acuerdan que el
proceso de ordenamiento ecológico local materia de “EL CONVENIO” deberá llevarse a cabo de manera
adaptativa que promueva:
1.
La participación social igualitaria, inclusiva, real y corresponsable de todos los actores, comunidades,
organizaciones, grupos y sectores que inciden en el territorio;
2.
La transparencia de los trabajos a desarrollar en el cumplimiento de los objetivos de “EL CONVENIO”
y del proceso de ordenamiento ecológico en general, mediante el acceso, la difusión y la publicidad
de la información a través de la bitácora ambiental, y la elaboración de talleres participativos, así
como durante la consulta pública;
3.
El intercambio de información veraz y oportuna, entre miembros de “EL COMITÉ”, a fin de fortalecer
el proceso;
4.
El rigor metodológico de los procesos de obtención de información, de análisis y de generación de
resultados;
5.
La instrumentación de procesos sistemáticos que permitan verificar los resultados;
6.
La generación de indicadores ambientales que permitan la evaluación continua del Proceso para
determinar la permanencia de los programas, su ajuste o la corrección de desviaciones en su
ejecución;
7.
La asignación de lineamientos, estrategias ecológicas y criterios de regulación ecológica con base en
la información disponible;
8.
El establecimiento de un sistema de monitoreo de “EL PROGRAMA”, y
9.
La permanencia o modificación de lineamientos, estrategias ecológicas y criterios de regulación
ecológica a partir del análisis de los resultados del monitoreo, y la incorporación en “EL PROGRAMA”
de los acuerdos internacionales como las metas Aichi del Plan Estratégico para la Diversidad
Biológica 2011-2020 (PNUMA), los Acuerdos de París de la Conferencia de las Partes de la
Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático y los Objetivos de Desarrollo
Sustentable de la ONU, así como de aquellos instrumentos que resulten procedentes.
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El estudio técnico deberá realizarse conforme a lo establecido en los artículos 42 al 46, 57, 58, y del 62 al
66 del Reglamento de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de
Ordenamiento Ecológico, con el propósito de incorporarlos al Sistema de Información sobre el Ordenamiento
Ecológico.
Décima primera. Del contenido de “EL PROGRAMA”. “EL PROGRAMA” deberá contener de manera
declarativa y no limitativa, lo siguiente:
1.
El Modelo de Ordenamiento Ecológico, integrado por el mapa de Unidades de Gestión Ambiental
(UGA) y los lineamientos ecológicos aplicables a cada UGA;
2.
Los usos del suelo compatibles e incompatibles asignados a cada UGA;
3.
Las políticas y estrategias ecológicas aplicables al Modelo de Ordenamiento Ecológico;
4.
Los criterios de regulación ecológica aplicables a las Unidades de Gestión Ambiental, y
5.
La agenda ambiental, que atienda la problemática socio ambiental local y la instrumentación de
"EL PROGRAMA", a través de “EL COMITÉ”.
6.
Lo relativo al control y vigilancia, así como a la participación social.
De igual forma, “LAS PARTES” convienen que el contenido de “EL PROGRAMA” deberá circunscribirse a
sus respectivas competencias.
Décima segunda. Del alcance de “EL PROGRAMA”. “LAS PARTES” se comprometen, en el ámbito de
sus competencias, a observar y aplicar las políticas, los usos del suelo, los lineamientos, las estrategias
ecológicas y criterios de regulación ecológicas y demás disposiciones que deriven de “EL PROGRAMA”,
previo al otorgamiento de concesiones, permisos, licencias, autorizaciones, dictámenes y toda resolución de
su competencia.
Además de lo anterior, “LAS PARTES” se comprometen a analizar y garantizar la congruencia y la
compatibilidad de los proyectos de obras públicas y demás actividades con incidencia territorial en el ámbito
de su competencia con las políticas, los usos del suelo, los lineamientos, la estrategia ecológica y criterios de
regulación ecológica aplicables de “EL PROGRAMA”.
Décima tercera. Del proceso de consulta pública o validación social. “LAS PARTES” se coordinarán a
través de “EL COMITÉ” para someter la propuesta de “EL PROGRAMA”, que resulte del proceso de
ordenamiento ecológico objeto de “EL CONVENIO”, para consulta pública que se llevará a cabo conforme a lo
señalado en las Leyes aplicables al proceso y, que deberá incluir al menos las siguientes acciones:
1.
Se realizarán talleres de planeación participativa para promover la participación social efectiva,
inclusiva y corresponsable;
2.
La publicación del aviso en un medio de difusión oficial, que para el efecto determinen
“LAS PARTES”, en el que se indiquen los lugares en donde se pueda consultar la propuesta
de “EL PROGRAMA” para consulta pública, así como los procedimientos para recibir las
observaciones que se emitan y la publicación en los estrados de la Presidencia Municipal; el aviso
deberá contener el procedimiento para recibir las observaciones, comentarios y manifestaciones que
puedan presentarse;
3.
Se establecerán los espacios y los medios donde el público podrá manifestar sus observaciones, y
4.
“EL COMITÉ” recibirá y analizará las observaciones que se presenten durante el proceso de consulta
pública, a efecto de que se consideren en “EL PROGRAMA”, y en caso de ser desechadas se
argumenten las razones técnicas o jurídicas para ello.
Décima cuarta. De la aprobación de “EL PROGRAMA”. Una vez concluido el proceso de Consulta
Pública, "EL COMITÉ" integrará las observaciones pertinentes, acordará y validará la versión de
“EL PROGRAMA”, que en términos de las Leyes aplicables deberá ser aprobado por “LAS PARTES” y
expedido por "EL MUNICIPIO".
Décima quinta. De la expedición y publicación de “EL PROGRAMA”. Una vez aprobado “EL PROGRAMA”
de forma conjunta por “LAS PARTES”, este será publicado en el Diario Oficial de la Federación y/o Periódico
Oficial del Estado de Hidalgo y/o en la Gaceta Municipal de acuerdo a la legislación vigente aplicable.
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Décima sexta. De la difusión de “EL PROGRAMA”. “LAS PARTES”, independientemente de las demás
obligaciones que contrae a través de “EL CONVENIO”, difundirán “EL PROGRAMA” con el fin de lograr la
participación corresponsable de la sociedad en su cumplimiento.
Décima séptima. De las modificaciones a “EL PROGRAMA”. “EL COMITÉ” deberá reunirse por lo menos
una vez cada dos años, a partir de la fecha de la publicación de “EL PROGRAMA”, con el objetivo de revisar y
evaluar si es necesario realizar modificaciones y/o adecuaciones al mismo.
En todo caso, de conformidad con la legislación aplicable, “LAS PARTES” podrán proponer modificaciones
a “EL PROGRAMA” una vez que haya sido expedido, cuando se den entre otros, los siguientes casos:
1.
Los lineamientos, estrategias y criterios de regulación ecológica que contenga “EL PROGRAMA” que
ya no resulten necesarios o adecuados para la disminución de los conflictos ambientales y el logro de
los indicadores ambientales respectivos y cuando las modificaciones conduzcan a la disminución
de los impactos ambientales adversos ocasionados por las actividades productivas, los
asentamientos humanos y el aprovechamiento de recursos naturales, y
2.
Las perturbaciones en los ecosistemas causadas por fenómenos físicos o meteorológicos, que se
traduzcan en contingencias ambientales, que sean significativas y pongan en riesgo el
aprovechamiento sustentable de los recursos naturales y la conservación de los ecosistemas y la
biodiversidad.
En caso de que la legislación aplicable no prevea ningún mecanismo para la modificación, este seguirá el
mismo procedimiento para la formulación que le dio origen, asimismo, en caso de que no establezca plazo
para su actualización e independientemente de los casos citados anteriormente, “LAS PARTES” están de
acuerdo en que “el programa” deberá actualizarse en un periodo máximo de 6 años posteriores a su
expedición.
Décima octava. Del registro y seguimiento del proceso de “EL PROGRAMA”. “LAS PARTES” acuerdan
realizar, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias para llevar a cabo el registro, la evaluación
y el seguimiento continuo y sistemático de “EL PROGRAMA”, mediante la creación de una bitácora ambiental
cuyo objeto, contenido y especificaciones deberán sujetarse a los artículos 13, 14, 15 y 16 del Reglamento de
la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente en Materia de Ordenamiento Ecológico.
En caso de requerirse algunas modificaciones derivadas de la evaluación y seguimiento de
“EL PROGRAMA”, éstas deberán de ser aprobadas por “EL COMITÉ” y registradas en la bitácora ambiental.
Décima novena. De los Compromisos Específicos, anexos técnicos y de ejecución. “LAS PARTES”
podrán ejecutar compromisos específicos, anexos técnicos y de ejecución que sean necesarios para el
cumplimiento de los fines del presente Convenio y de la legislación aplicable al mismo. Dichos actos deberán
especificar con precisión las acciones y metas a realizarse, la calendarización de éstas, las y los responsables
de su ejecución, la vigencia de los compromisos asumidos y, en su caso, los recursos financieros que se
destinarán para los anexos respectivos. Éstos podrán abarcar como mínimo:
1.
La identificación de los conflictos ambientales que deberán prevenir o resolverse mediante la
determinación de lineamientos, las estrategias ecológicas y los criterios de regulación ecológica de
“EL PROGRAMA”;
2.
Los procedimientos de acceso a la información y de participación social que deberán instrumentarse
en cada etapa del proceso de ordenamiento ecológico;
3.
Los procedimientos y los plazos para la revisión de “EL PROGRAMA”;
4.
Los indicadores que se utilizarán para evaluar el cumplimiento y efectividad de “El PROGRAMA”; y
5.
Las acciones para realizar la integración y operación de la bitácora ambiental.
“LAS PARTES” podrán apoyar financieramente los anexos técnicos y de ejecución en la medida de sus
posibilidades y conforme a su disponibilidad presupuestal.
Vigésima. De la coordinación y la concertación. Para la consecución del objeto de “EL CONVENIO”,
“LAS PARTES”, en el ámbito de sus respectivas competencias, podrán invitar a participar o suscribir
Convenios de Coordinación o anexos de ejecución con otras dependencias o entidades de los gobiernos
federal, estatal o municipal, o bien, Convenios de Concertación con los sectores social o privado.
Dichos instrumentos legales deberán registrarse en la bitácora ambiental y contendrán las acciones
concretas a realizar, los recursos financieros, materiales y humanos que conforme a su disponibilidad
presupuestal aporten “LAS PARTES”, y el origen de estos, los responsables ejecutores de las acciones, los
tiempos, las formas en que se realizarán, la evaluación de resultados, las metas y beneficios que se
persiguen.
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Vigésima primera. De las relaciones laborales. “LAS PARTES” convienen que el personal que cada una
designe, comisione o contrate con motivo de la ejecución de las actividades objeto del presente Convenio y de
los demás Convenios y anexos que del mismo pudieran llegar a derivar, se entenderá exclusivamente
relacionado con la parte que lo designó, comisionó o contrató, quedando bajo su absoluta responsabilidad y
dirección, sin que de ello se derive la adquisición de algún tipo de derecho u obligación para las otras partes.
Por lo anterior no se crearán nexos de carácter laboral, civil, administrativos o de cualquier otra índole con
personas dependientes o contratadas por las otras partes, a quienes en ningún caso se les considerará como
patrones o sustitutos.
Vigésima segunda. Del acceso a la información y derechos de autor. “EL MUNICIPIO” promoverá la
participación social corresponsable y el acceso a la información en las distintas etapas de “EL CONVENIO”
a través de los procedimientos o medios que al efecto se determine en los términos de la Ley General de
Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública y la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública para el Estado de Hidalgo.
“LAS PARTES” acuerdan que los derechos de propiedad intelectual e industrial que pudiesen surgir de la
suscripción de “EL CONVENIO” serán definidos en los anexos técnicos y de ejecución, de conformidad a lo
establecido en el artículo 83 de la Ley Federal del Derecho de Autor.
Vigésima tercera. De la publicación oficial. "LAS PARTES" deberán publicar “EL CONVENIO” en el Diario
Oficial de la Federación y/o Periódico Oficial del Estado de Hidalgo y/o Gaceta Municipal correspondiente, en
un plazo no mayor a 45 días hábiles posteriores a la firma de “EL CONVENIO”.
Vigésima cuarta. De las modificaciones, adiciones y revisión. “El CONVENIO” se podrá modificar durante
su vigencia, de común acuerdo entre “LAS PARTES” a través de “EL COMITÉ”, atendiendo a lo que al efecto
establezca su reglamento interior y en términos de las disposiciones legales que resulten aplicables. Las
modificaciones deberán aprobarse por consenso en “EL COMITÉ” y constar por escrito debidamente firmados
por los representantes facultados de “LAS PARTES” conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, así
como registrarse en la bitácora ambiental y surtirán efectos a partir de la fecha que se pacte.
Vigésima quinta. De la vigencia y revisión de “El CONVENIO”. Entrará en vigor el día de su firma y estará
vigente hasta el día 31 de agosto de 2028.
Vigésima sexta. Documentos integrantes de “El CONVENIO”. “LAS PARTES” convienen en que cualquier
documentación que se genere para los efectos de la ejecución, seguimiento y cumplimiento de
“EL CONVENIO”, será parte integrante del mismo.
Vigésima séptima. Terminación anticipada. “LAS PARTES” de común acuerdo, podrán dar por terminado
anticipadamente “EL CONVENIO”, conforme a los preceptos y lineamientos que lo originan. La terminación
deberá constar por escrito, firmado por “LAS PARTES” que legalmente deban hacerlo, registrarse en la
bitácora ambiental y surtirá efectos a partir de la fecha de su suscripción.
Para el caso de suscitarse alguna controversia generada por la interpretación o ejecución de
“EL CONVENIO”, no se afectará la vigencia de los Convenios Específicos que de él se deriven.
Vigésima octava. De la resolución de controversias. “LAS PARTES” convienen que, el presente Convenio
es de buena fe, por lo que cualquier controversia que se derive del mismo respecto a su interpretación,
operación, cumplimiento y ejecución será resuelta en amigable composición.
En el supuesto de que la controversia subsista y en caso de que la controversia no sea resuelta,
“LAS PARTES” se someterán a los Tribunales Competentes de la Ciudad de México.
Leído que fueron debidamente enteradas del alcance y contenido legal, “LAS PARTES” firman
“El CONVENIO” en seis ejemplares, en el municipio de Tlanalapa, Hidalgo, a los quince días del mes de
septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la SEMARNAT: Subsecretaria de Biodiversidad y Restauración
Ambiental, Marina Robles García.- Rúbrica.- Director General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento
Ecológico, Rafael Obregón Viloria.- Rúbrica.- Por el Estado: Secretaria del Medio Ambiente y Recursos
Naturales de Hidalgo, Mónica Patricia Mixtega Trejo.- Rúbrica.- Subsecretario de Política Ambiental,
Magdaleno Cervantes Bautista.- Rúbrica.- Por el Municipio: Presidenta Municipal Constitucional de
Tlanalapa, Hidalgo, Abril Martínez Portillo.- Rúbrica.- Secretario General Municipal, Omar Mendoza
Herrera.- Rúbrica.
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SECRETARIA DE SALUD
SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de
insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en
las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Tlaxcala.
02-CM-SaNAS-TLAX/2025
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA
REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 28 DE
MARZO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE
SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL
DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES; EL
DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA;
EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y
CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ
VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA
DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE
LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO
NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE
TLAXCALA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR
EL DR. RIGOBERTO ZAMUDIO MENESES, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO
PÚBLICO DESCENTRALIZADO SALUD DE TLAXCALA Y EL C.P. DAVID ÁLVAREZ OCHOA, SECRETARIO DE
FINANZAS A LAS QUE AL ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A
LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 28 de marzo de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD
PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos
presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los
artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA”
para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR,
que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en
“LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento
que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA
DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR
ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de
modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7;
así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”.
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III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del
“CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “… que el presente “CONVENIO
ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego
a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el
órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de
ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados
a “LA ENTIDAD” en términos de lo estipulado en el presente instrumento.
DECLARACIONES
I. “LAS PARTES” declaran que:
I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del
presente instrumento.
II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los
términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos
primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3,
4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
“SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el
carácter de subsidios, por la cantidad de $108,898,247.73 (CIENTO OCHO MILLONES OCHOCIENTOS
NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE PESOS 73/100 M.N.), para la realización de
acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones transversales, integrales y funcionales para el
cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de “LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $47,064,193.44 (CUARENTA Y SIETE
MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES PESO 44/100 M.N.), se radicarán a la
Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta establezca
para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”.
…
…
…
…
…
…
…
…
…
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Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de
$61,834,054.29 (SESENTA Y UN MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CINCUENTA Y
CUATRO PESOS 29/100 M.N.), serán entregados directamente a la Secretaría de Salud y Organismo Público
Descentralizado Salud de Tlaxcala.
…
…
…
…
…
…
…”
“TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. …
…
…
…
…
5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere
necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales,
a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación,
ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo
establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original
comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la
Cláusula Primera del presente instrumento.
6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e
insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente,
a “LA ENTIDAD”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en
el Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y
Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento
a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales
suministrados a “LA ENTIDAD”.
7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales
que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes y documentación
correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo
223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de
suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso
de inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes.
8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en
coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de
cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante “Portal
SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “LA ENTIDAD”.”
32
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
ANEXO 2
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública
E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE
ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
118,416.00
0.00
118,416.00
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
CS010
118,416.00
0.00
118,416.00
Subtotal
1,087,532.00
0.00
1,087,532.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
SIN CAMBIOS
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
33
P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
OB010
2,116,000.00
0.00
2,116,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
Subtotal
11,636,798.00
0.00
11,636,798.00
Total U008
14,893,961.76
0.00
14,893,961.76
U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
Total
47,064,193.44
61,834,054.29
108,898,247.73
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
34
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
ANEXO 3
RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”.
De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el
cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará
los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $47,064,193.44 (CUARENTA Y SIETE
MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y TRES PESO 44/100 M.N.), los cuales se
radicarán a la Secretaría de Finanzas de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta
establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA” conforme al
siguiente calendario.
Calendario
(Pesos)
MINISTRACIÓN
Mes
MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN
Primera
SIN CAMBIOS
Segunda
SIN CAMBIOS
Tercera
SIN CAMBIOS
Cuarta
Septiembre
2,234,416.00
GRAN TOTAL
47,064,193.44
Calendario Primera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa
Presupuestario y Programa de Acción Específico.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
…
Calendario Segunda Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Tercera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Cuarta Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
Atención a la Desnutrición Aguda
P018 Septiembre
118,416.00
Total Atención a la Desnutrición Aguda
118,416.00
Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
118,416.00
TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
118,416.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Enfermedades Cardiometabólicas
Enfermedades Cardiometabólicas
U008 Septiembre
2,116,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
2,116,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
2,116,000.00
TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
2,116,000.00
GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN
2,234,416.00
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
35
ANEXO 4
Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia
Social
en
Salud
-
Laboratorios
de
Comunicación de Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición
Aguda
7.1.1
25301
Sin clave de compendio | ATLC
Suplemento alimenticio
28,980.0000
1
28,980.00
0.00
7
Atención a la Desnutrición
Aguda
7.1.1
26102
Sin
clave
de
compendio
|
Gasolina para traslado ida y
vuelta para el seguimiento de la
estrategia
10,000.0000
3
30,000.00
0.00
TOTALES
680,480.00
2,469,031.76
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
36
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
33603
Sin clave de Compendio | Impresiones
de
PRONAM
-
VIAS
CLINICAS
CORAZONES MÉXICO
650,000.0000
1
0.00
650,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
33605
Sin clave de Compendio | Campaña de
difusión de material digital en redes,
radio y televisión
500,000.0000
1
0.00
500,000.00
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
37
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
25401
Sin
clave
de
Compendio
|
Electrocardiógrafos para unidades de
primer nivel
36,000.0000
6
0.00
216,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
54103
Sin clave de Compendio | vehículo tipo
SUV 4 cil para Supervisión operativa
con poliza de mantenimiento preventivo
750,000.0000
1
0.00
750,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
8,098,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
TOTALES
2,007,049.16
8,225,878.40
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
14,215,641.50
17,385,803.94
31,601,445.44
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
38
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
ANEXO 5
Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia
Social
en
Salud
-
Laboratorios
de
Comunicación
de
Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
12101
Promotor de la salud | Promotor
de la salud
19,812.0000
3
59,436.00
0.00
TOTALES
838,568.00
356,616.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
39
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
6,216,126.00
9,246,622.00
15,462,748.00
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
40
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
ANEXO 6
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
41
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Programa: Salud Sexual y Reproductiva
Componente: Salud Materna
Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas
SIN CAMBIOS
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y
disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico.
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
Programa: VIH y otras ITS
Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo:
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
Tlaxcala
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TRM
CN41474QPB
1
Tlaxcala
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TPT
CN41474QP2
1
Tlaxcala
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TNK
CN41474Q95
1
Tlaxcala
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21025
N/A
1
Tlaxcala
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21024
N/A
1
Tlaxcala
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21023
N/A
1
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021,
conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del
presente instrumento jurídico.
La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
42
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
ANEXO 7
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.7
Atención
a
la
Desnutrición Aguda
7.1.1
Resultado
Número de NN con DAM y
DAG que reciben tratamiento
con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN
con
DAM
y
DAG
con
tratamiento con ATLC
100
100
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
43
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas
SIN CAMBIOS
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”.
TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el
“CONVENIO PRINCIPAL”.
CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal
vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que,
en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre
de 2025.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del
mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.-
Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.-
Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora
General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de
Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control
del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia,
Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.-
Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Salud y Director
General del Organismo Público Descentralizado Salud de Tlaxcala, Dr. Rigoberto Zamudio Meneses.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, C.P. David Álvarez
Ochoa.- Rúbrica.
44
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio Específico de Coordinación en materia de transferencia de
insumos y ministración de recursos presupuestarios federales para realizar acciones en materia de salud pública en
las entidades federativas, que celebran la Secretaría de Salud y el Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
02-CM-SaNAS-VER/2025
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE
TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA
REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, SUSCRITO EL 23 DE
JULIO DE 2025, EN ADELANTE “CONVENIO MODIFICATORIO”, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO
FEDERAL, A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DE SALUD, A LA QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ
"LA SECRETARÍA", POR CONDUCTO DEL DR. RAMIRO LÓPEZ ELIZALDE, SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS DE
SALUD Y BIENESTAR POBLACIONAL, ASISTIDO POR EL DR. DANIEL ACEVES VILLAGRÁN, DIRECTOR GENERAL
DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA; LA DRA. ESTRELLA ALBARRÁN SUÁREZ, DIRECTORA DE PREVENCIÓN DE
ACCIDENTES DEL SECRETARIO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES;
EL DR. MIGUEL ÁNGEL LEZANA FERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA; EL DR. EMMANUEL
FERNÁNDEZ SÁNCHEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE LA TRANSFUSIÓN SANGUÍNEA;
EL DR. JUAN LUIS MOSQUEDA GÓMEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y
CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS; LA LIC. TERESA RAMOS ARREOLA, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO
NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA; EL DR. RAFAEL RICARDO VALDEZ
VAZQUEZ, DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES; LA
DRA. SAMANTHA GAERTNER BARNAD, DIRECTORA GENERAL DEL CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE
LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA; Y EL MTRO. FRANCISCO JOSÉ GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, COMISIONADO
NACIONAL DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES, POR LA OTRA PARTE, VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE, A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA ENTIDAD”, REPRESENTADO POR EL DR. VALENTÍN HERRERA
ALARCÓN, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE VERACRUZ
Y EL DR. MIGUEL SANTIAGO REYES HERNÁNDEZ, SECRETARIO DE FINANZAS Y PLANEACIÓN, A LOS QUE AL
ACTUAR DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, CONFORME A LOS ANTECEDENTES,
DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 23 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN
DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD
PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de ministrar insumos y recursos
presupuestarios federales, en carácter de subsidios, a “LA ENTIDAD” que le permitan en términos de los
artículos 9 y 13, apartado B de la Ley General de Salud, coordinar su participación con “LA SECRETARÍA”
para reforzar la realización de acciones en materia de salud pública, consideradas en el MAS-BIENESTAR,
que, contribuyan al cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros establecidos en
“LOS PROGRAMAS”, y a su adecuada instrumentación e implementación como parte del SNSP, documento
que en adelante se denominará “CONVENIO PRINCIPAL”.
II. Con fecha 24 de julio de 2025, “LA SECRETARÍA” y “LA ENTIDAD” celebraron el CONVENIO
MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA
DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR
ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, con el objeto de
modificar la cláusula Segunda, párrafos primero, segundo y décimo Segundo; los Anexos 1, 2, 3, 4, 5, 6 y 7;
así como eliminar el Anexo 8, del “CONVENIO PRINCIPAL”.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
45
III. Que, en la Cláusula DÉCIMA QUINTA, denominada MODIFICACIONES AL CONVENIO, del
“CONVENIO PRINCIPAL”, las partes acordaron lo que a la letra dice: “… que el presente “CONVENIO
ESPECÍFICO” podrá modificarse de común acuerdo y por escrito, sin alterar su estructura y en estricto apego
a las disposiciones jurídicas aplicables. Las modificaciones al “CONVENIO ESPECÍFICO” obligarán a sus
signatarios a partir de la fecha de su firma y deberán publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el
órgano de difusión oficial de “LA ENTIDAD”.
IV. Que “LAS PARTES” han determinado, modificar el “CONVENIO PRINCIPAL”, con la finalidad de
ajustar los montos de los recursos presupuestarios federales y/o insumos federales ministrados
a “LA ENTIDAD” en términos de lo estipulado en el presente instrumento.
DECLARACIONES
I. “LAS PARTES” declaran que:
I.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el “CONVENIO PRINCIPAL”.
II.2. Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del
presente instrumento.
II.3. Están de acuerdo en celebrar el presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, de conformidad con los
términos y condiciones que se estipulan en el mismo, al tenor de las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO. - El presente instrumento, tiene por objeto modificar las cláusulas Segunda, párrafos
primero, segundo y décimo segundo; eliminar el numeral 5 de la cláusula Tercera; modificar los Anexos 2, 3,
4, 5, 6 y 7; del “CONVENIO PRINCIPAL”, para quedar como sigue:
“SEGUNDA. - MINISTRACIÓN. - Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento,
“LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará a “LA ENTIDAD”, recursos federales con el
carácter de subsidios, por la cantidad de $349,235,553.10 (TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES PESOS 10/100
M.N.), para la realización de acciones en materia de salud pública, mediante intervenciones transversales,
integrales y funcionales para el cumplimiento de indicadores, metas para el bienestar y parámetros de
“LOS PROGRAMAS”.
Los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $93,110,264.83 (NOVENTA Y TRES
MILLONES CIENTO DIEZ MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 83/100 M.N.), se radicarán a la
Secretaría de Finanzas y Planeación de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva específica que ésta
establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito a “LA SECRETARÍA”.
…
…
…
…
…
…
…
…
…
46
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Los insumos federales que suministre “LA SECRETARÍA” a “LA ENTIDAD”, por un monto total de
$256,125,288.27
(DOSCIENTOS
CINCUENTA
Y
SEIS
MILLONES
CIENTO
VEINTICINCO
MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO PESOS 27/100 M.N.), serán entregados directamente a la Secretaría de
Salud y Servicios de Salud de Veracruz.
…
…
…
…
…
…
…”
“TERCERA. VERIFICACIÓN DEL DESTINO DE LOS RECURSOS FEDERALES. …
…
…
…
…
5. “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” practicará, cuando lo considere
necesario, visitas de supervisión o reuniones de seguimiento, las cuales, podrán ser virtuales o presenciales,
a efecto de observar el cumplimiento del objeto del presente instrumento, así como el destino, aplicación,
ejecución y comprobación de los recursos presupuestarios e insumos federales ministrados a “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD” queda obligada a la entrega del formato de certificación del gasto de acuerdo a lo
establecido en los Criterios para la comprobación del gasto, 2025; y en observancia a los Mecanismos de
cumplimiento de las obligaciones establecidas en el Convenio; debiendo exhibir la documentación original
comprobatoria y justificatoria del gasto, que sustente y fundamente la aplicación de los recursos citados en la
Cláusula Primera del presente instrumento.
6. Para la vigilancia, supervisión, seguimiento y evaluación de los recursos presupuestarios federales e
insumos federales que, en virtud de este instrumento son ministrados y suministrados, respectivamente, a “LA
ENTIDAD”, se deberán observar los Mecanismos de cumplimiento de las obligaciones establecidas en el
Convenio, que para tal efecto “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y
Bienestar Poblacional, en coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” establezca para apoyar el seguimiento
a la comprobación del gasto de los recursos presupuestarios federales ministrados e insumos federales
suministrados a “LA ENTIDAD”.
7. “LAS PARTES” acuerdan que, en caso de incumplimiento en la comprobación de los recursos federales
que sean transferidos a “LA ENTIDAD”, así como en la entrega de los informes y documentación
correspondiente, “LA SECRETARÍA”, a través de las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos
Desconcentrados responsables de cada uno de “LOS PROGRAMAS” conforme a lo dispuesto por el artículo
223 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, estará en aptitud de
suspender o cancelar la subsecuente ministración de recursos presupuestarios federales, dando aviso de
inmediato de dicha omisión a las autoridades fiscalizadoras federales y estatales competentes.
8. “LA SECRETARÍA” a través de la Subsecretaría de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, en
coordinación con las Unidades Administrativas u Órganos Administrativos Desconcentrados responsables de
cada uno de “LOS PROGRAMAS”, implementó un portal bajo el dominio spps.gob.mx, en adelante “Portal
SaNAS”, como mecanismo de comunicación, coordinación, control y seguimiento con “LA ENTIDAD”.”
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
47
ANEXO 2
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO ESPECÍFICO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE TRANSFERENCIA DE INSUMOS Y MINISTRACIÓN DE
RECURSOS PRESUPUESTARIOS FEDERALES PARA REALIZAR ACCIONES EN MATERIA DE SALUD PÚBLICA EN LAS ENTIDADES FEDERATIVAS QUE CELEBRAN, EL
EJECUTIVO FEDERAL, POR CONDUCTO DE “LA SECRETARÍA”, Y VERACRUZ DE IGNACIO DE LA LLAVE POR CONDUCTO DE “LA ENTIDAD”.
Identificación de “LOS PROGRAMAS” por Programa Presupuestario en materia de Salud Pública
E036 PROGRAMA DE VACUNACIÓN
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P016 PREVENCIÓN Y ATENCIÓN DEL VIH, SIDA Y OTRAS ITS
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
P018 PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE
ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
337,376.00
0.00
337,376.00
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
CS010
337,376.00
0.00
337,376.00
Subtotal
3,973,997.00
0.00
3,973,997.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
SIN CAMBIOS
48
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Miércoles 11 de marzo de 2026
P020 SALUD MATERNA, SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
U008 PREVENCIÓN Y CONTROL DE SOBREPESO, OBESIDAD Y DIABETES
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
OB010
7,692,000.00
0.00
7,692,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
Subtotal
19,406,614.00
0.00
19,406,614.00
Total U008
32,209,997.04
0.00
32,209,997.04
U009 VIGILANCIA EPIDEMIOLÓGICA
NO.
UNIDAD RESPONSABLE / PROGRAMA DE ACCIÓN
CLAVE DEL PROGRAMA
INSTITUCIONAL
MONTO MÁXIMO A CARGO DE "LA SECRETARÍA" (Pesos)
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
FEDERALES
INSUMOS FEDERALES
TOTAL
SIN CAMBIOS
Total
93,110,264.83
256,125,288.27
349,235,553.10
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
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49
ANEXO 3
RECURSOS FINANCIEROS CALENDARIO DE MINISTRACIONES DE “LOS PROGRAMAS”.
De conformidad con la cláusula SEGUNDA. – MINISTRACIÓN del presente CONVENIO, para el
cumplimiento del objeto del presente instrumento, “LA SECRETARÍA”, con cargo a su presupuesto, ministrará
los recursos presupuestarios federales hasta por un monto de $93,110,264.83 (NOVENTA Y TRES
MILLONES CIENTO DIEZ MIL DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO PESOS 83/100 M.N.), los cuales se
radicarán a la Secretaría de Finanzas y Planeación de “LA ENTIDAD”, en la cuenta bancaria productiva
específica que ésta establezca para tal efecto, misma que, debe ser informada por escrito
a “LA SECRETARÍA” conforme al siguiente calendario.
Calendario
(Pesos)
MINISTRACIÓN
Mes
MONTO HASTA EL QUE ASCENDERÁ LA MINISTRACIÓN
Primera
SIN CAMBIOS
Segunda
SIN CAMBIOS
Tercera
SIN CAMBIOS
Cuarta
Septiembre
8,029,376.00
GRAN TOTAL
93,110,264.83
Calendario Primera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros por Unidad Responsable, Programa
Presupuestario y Programa de Acción Específico.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
…
Calendario Segunda Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Tercera Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
SIN CAMBIOS
Calendario Cuarta Ministración.
Detalle de Recursos Financieros desagregado por Programa Presupuestario.
(Pesos)
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
Atención a la Desnutrición Aguda
P018 Septiembre
337,376.00
Total Atención a la Desnutrición Aguda
337,376.00
Total Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
337,376.00
TOTAL 310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
337,376.00
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
Enfermedades Cardiometabólicas
Enfermedades Cardiometabólicas
U008 Septiembre
7,692,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
7,692,000.00
Total Enfermedades Cardiometabólicas
7,692,000.00
TOTAL O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
7,692,000.00
GRAN TOTAL CUARTA MINISTRACIÓN
8,029,376.00
50
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ANEXO 4
Detalle de recursos materiales y servicios de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia
Social
en
Salud - Laboratorios de
Comunicación de Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición
Aguda
7.1.1
25301
Sin clave de compendio |
ATLC Suplemento alimenticio
247,940.0000
1
247,940.00
0.00
7
Atención a la Desnutrición
Aguda
7.1.1
26102
Sin clave de compendio |
Gasolina para traslado ida y
vuelta para el seguimiento de
la estrategia
10,000.0000
3
30,000.00
0.00
TOTALES
2,958,070.00
9,915,711.04
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
51
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
5
Programa Nacional de Prevención y Control de Infecciones Respiratorias Agudas (Neumonías, Influenza y COVID-19)
SIN CAMBIOS
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas*
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
33603
Sin clave de Compendio | Impresiones
de
PRONAM
-
VIAS
CLINICAS
CORAZONES MÉXICO
650,000.0000
1
0.00
650,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
33605
Sin clave de Compendio | Campaña de
difusión de material digital en redes,
radio y televisión
500,000.0000
1
0.00
500,000.00
52
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN / SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
33401
Sin
clave
de
Compendio
|
Capacitaciones regionales Programa de
Enfermedades
Cardiometabolicas
(PAE,SICSAM,PRONAM)
5,000,000.0000
1
0.00
5,000,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
25401
Sin
clave
de
Compendio
|
Electrocardiógrafos para unidades de
primer nivel
36,000.0000
22
0.00
792,000.00
7
Enfermedades
Cardiometabólicas
3.1.2
54103
Sin clave de Compendio | vehículo tipo
SUV 4 cil para Supervisión operativa
con poliza de mantenimiento preventivo
750,000.0000
1
0.00
750,000.00
SUBTOTAL PROGRAMA
0.00
13,848,000.00
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
TOTALES
3,684,352.96
14,791,230.80
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
31,293,709.30
34,556,185.03
65,849,894.33
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o modificaciones
* - presupuesto que se adiciona a lo establecido en el Convenio Específico
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
53
ANEXO 5
Detalle de recursos humanos de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1
Comunidades y municipios
SIN CAMBIOS
2
Estilos de vida saludables
SIN CAMBIOS
3
Indígenas
SIN CAMBIOS
4
Mercadotecnia Social en Salud -
Laboratorios de Comunicación de
Riesgos
SIN CAMBIOS
5
Personas en Movilidad
SIN CAMBIOS
6
SNSP
SIN CAMBIOS
7
Atención a la Desnutrición Aguda
7.1.1
12101
Promotor
de
la
salud
|
Promotor de la salud
19,812.0000
3
59,436.00
0.00
TOTALES
1,806,059.00
2,097,540.00
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
54
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN
ESPECÍFICO
ÍNDICE
PARTIDA
DESCRIPCIÓN DEL BIEN /
SERVICIO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
CASSCO
CAUSES
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL
NO.
PROGRAMA DE ACCIÓN ESPECÍFICO
ORIGEN DE LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS (PESOS)
SPSBP / INTERVENCIONES / RAMO 12
TOTAL
CASSCO
CAUSES
13,088,601.50
14,171,769.00
27,260,370.50
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
55
ANEXO 6
Relación de insumos federales enviados en especie por “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública.
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
56
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
FUENTE DE FINANCIAMIENTO
CONCEPTO
PRECIO UNITARIO
CANTIDAD
TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
GRAN TOTAL (PESOS)
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
Programa: Salud Sexual y Reproductiva
Componente: Salud Materna
Descripción del insumo/bien: Botellas de Suplementos de Micronutrientes Múltiples para Mujeres Embarazadas
SIN CAMBIOS
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de donativos otorgados a “LA SECRETARÍA”, conforme a los requisitos y
disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del presente instrumento jurídico.
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
Programa: VIH y otras ITS
Descripción del insumo/bien: Integración de equipos de cómputo:
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TNM
CN41474Q9F
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024DXV
CN41474Q8K
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024F31
CN41474Q9H
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2035CMN
CN41474QB0
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2035CMF
CN41474QD6
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TRW
CN41474Q9B
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024BHT
CN41474QB6
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024F05
CN41474Q98
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2035CKB
CN41474Q8P
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024F2K
CN41474Q9W
1
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
57
Entidad Federativa
Descripción
Marca
Modelo
No. Serie CPU
No. Serie Monitor
Cantidad
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024DZ2
CN41474Q9L
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024F24
CN41474QB2
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TQ8
CN41474Q8R
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2024BJN
CN41474Q8G
1
Veracruz
PERFIL "D3" ESCRITORIO INTERMEDIA
HP
PRODESK 400 G7 SFF
MXL2034TP5
CN41474Q9P
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21091
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21093
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21101
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21099
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21098
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21092
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-28087
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21082
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21081
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21085
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21084
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21083
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21078
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21079
N/A
1
Veracruz
NOBREAK TIPO I
KOBLENZ
5516 USB/R
21-04-21080
N/A
1
Nota: Los insumos/bienes a que hace referencia el presente apartado son derivados de los contratos DGRMSG-DCC-S-044-2021 y DGRMSG-DCC-D-055-2021,
conforme a los requisitos y disposiciones jurídicas aplicables, y serán suministrados a “LA ENTIDAD” para la operación de “LOS PROGRAMAS” con motivo del
presente instrumento jurídico.
La información de la distribución de los insumos/bienes se incluye sólo para efectos de la evaluación de la eficiencia y eficacia de "LOS PROGRAMAS".
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
58
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
ANEXO 7
Programas-Indicadores-Metas de “LOS PROGRAMAS” en materia de Salud Pública
310 DIRECCIÓN GENERAL DE POLÍTICAS EN SALUD PÚBLICA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE
INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
1
Políticas de Salud Pública y Promoción de la Salud
1.7
Atención
a
la
Desnutrición Aguda
7.1.1
Resultado
Número de NN con DAM y
DAG que reciben tratamiento
con ATLC
Número de NN diagnosticados
con DAM y DAG
Mide la proporción de NN
con
DAM
y
DAG
con
tratamiento con ATLC
100
100
315 SECRETARIADO TÉCNICO DEL CONSEJO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN DE ACCIDENTES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
316 DIRECCIÓN GENERAL DE EPIDEMIOLOGÍA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
K00 CENTRO NACIONAL PARA LA PREVENCIÓN Y CONTROL DEL VIH/SIDA Y HEPATITIS
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
L00 CENTRO NACIONAL DE EQUIDAD DE GÉNERO, SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
O00 CENTRO NACIONAL DE PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
1
Prevención y Control de Enfermedades Zoonóticas y Emergentes
SIN CAMBIOS
2
Control de Enfermedades Transmitidas por Vectores e Intoxicación por Veneno de Artrópodos
SIN CAMBIOS
3
Programa Nacional de Prevención y Control de las micobacteriosis (Tuberculosis y Lepra)
SIN CAMBIOS
4
Emergencias en Salud
SIN CAMBIOS
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
59
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
6
Programa de Acción Específico para la Prevención y Control de Enfermedades Respiratorias Crónicas
SIN CAMBIOS
7
Enfermedades Cardiometabólicas
SIN CAMBIOS
8
Programa de Acción Específico en Atención al Envejecimiento
SIN CAMBIOS
9
Prevención, Detección y Control de las Enfermedades Bucales
SIN CAMBIOS
10
Prevención y Control de Enfermedades Diarréicas Agudas
SIN CAMBIOS
R00 CENTRO NACIONAL PARA LA SALUD DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA
NO.
PROGRAMA
ÍNDICE
TIPO DE INDICADOR
NUMERADOR
DENOMINADOR
INDICADOR
META FEDERAL
META ESTATAL
SIN CAMBIOS
NOTA: “SIN CAMBIOS” – las cifras establecidas en el Convenio Específico no tienen ajustes o alteraciones
ÍNDICE: Representado por: Número de Estrategia. Número de Línea de Acción y Número de Actividad General
SEGUNDA. “LAS PARTES” acuerdan que, salvo por lo expresamente estipulado en el presente instrumento jurídico, todas las demás obligaciones del
“CONVENIO PRINCIPAL” permanecerán sin cambio alguno, por lo que reconocen y ratifican la plena vigencia y obligatoriedad del “CONVENIO PRINCIPAL”.
TERCERA. “LAS PARTES” convienen en que la ejecución del presente instrumento no constituye una novación de cualquier obligación establecida en el
“CONVENIO PRINCIPAL”.
CUARTA. “LAS PARTES” convienen en que, para la interpretación y cumplimiento del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, será aplicable el derecho federal
vigente y se someten irrevocablemente a la jurisdicción de los tribunales federales competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que,
en razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra razón, les pudiera corresponder.
QUINTA. El presente “CONVENIO MODIFICATORIO” empezará a surtir efectos a partir de la fecha de su firma, y se mantendrá en vigor hasta el 31 de diciembre
de 2025.
Estando enteradas “LAS PARTES” del contenido y alcance legal del presente “CONVENIO MODIFICATORIO”, lo firman por cuadruplicado a los dieciocho días del
mes de septiembre del año dos mil veinticinco.- Por la Secretaría: Subsecretario de Políticas de Salud y Bienestar Poblacional, Dr. Ramiro López Elizalde.- Rúbrica.-
Director General de Políticas en Salud Pública, Dr. Daniel Aceves Villagrán.- Rúbrica.- Director General de Epidemiología, Dr. Miguel Ángel Lezana Fernández.-
Rúbrica.- Firma en ausencia del Titular del Secretariado Técnico del Consejo Nacional para la Prevención de Accidentes, de conformidad con lo dispuesto en el
Artículo 57 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, Directora para la Prevención de Accidentes, Dra. Estrella Albarrán Suárez.- Rúbrica.- Directora
General del Centro Nacional de Equidad de Género, Salud Sexual y Reproductiva, Lic. Teresa Ramos Arreola.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de
Prevención y Control de Enfermedades, Dr. Rafael Ricardo Valdez Vázquez.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional para la Prevención y el Control
del VIH/SIDA y Hepatitis, Dr. Juan Luis Mosqueda Gómez.- Rúbrica.- Directora General del Centro Nacional para la Salud de la Infancia y la Adolescencia,
Dra. Samantha Gaertner Barnad.- Rúbrica.- Director General del Centro Nacional de la Transfusión Sanguínea, Dr. Emmanuel Fernández Sánchez.- Rúbrica.-
Comisionado Nacional de Salud Mental y Adicciones, Mtro. Francisco José Gutiérrez Rodríguez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Salud y Director General
de Servicios de Salud de Veracruz, Dr. Valentín Herrera Alarcón.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas y Planeación, Dr. Miguel Santiago Reyes Hernández.- Rúbrica.
60
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
SECRETARIA DE LAS MUJERES
CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Chiapas, que tiene como
objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de la Mujer e
Igualdad de Género.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría
de las Mujeres.
CC/PAIBIM/CHIS/0007/2025
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO
SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR
EL DOCTOR JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA
PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE CHIAPAS, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA
EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. ÓSCAR EDUARDO RAMÍREZ AGUILAR, ASISTIDO
POR LA SECRETARIA GENERAL DE GOBIERNO Y MEDIACIÓN, LA C. PATRICIA DEL CARMEN CONDE RUIZ, EL
SECRETARIO FINANZAS, EL C. MANUEL FRANCISCO ANTONIO PARIENTE GAVITO, Y LA SECRETARIA DE LA
MUJER E IGUALDAD DE GÉNERO, LA C. DULCE MARÍA RODRÍGUEZ OVANDO, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA
CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo
4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho
a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
61
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES” declara que:
I.1. Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2. Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, Doctor Juan Jesús
Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica
del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM.
I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que:
II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1o., 16 y 17 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas, el Estado
de Chiapas es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población,
libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y
popular.
II.2 El Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, el C. Óscar Eduardo Ramírez Aguilar, cuenta
con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 51 y 59 fracción XXXVIII de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; y, 5o.,
7o. y 9o. de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
II.3 La Secretaria General de Gobierno y Mediación, la C. Patricia del Carmen Conde Ruiz, acredita su
personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Óscar Eduardo Ramírez Aguilar,
Gobernador Constitucional del Estado de Chiapas, el 8 de diciembre de 2024, y manifiesta encontrarse
debidamente facultada para suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos
60 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 4o., 13, 30 fracción I y 31 fracciones
VII, XIII y XXXIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; así como 12, 14
fracciones XI y XXVII del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4 El Secretario de Finanzas, el C. Manuel Francisco Antonio Pariente Gavito, acredita su personalidad
mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Eduardo Ramírez Aguilar, Gobernador Constitucional
del Estado de Chiapas, el 8 de diciembre de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para la
firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 60 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 4o., 13, 30 fracción II y 32 fracciones XVII y LX de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado de Chiapas; así como 12 y 13 fracción VI del Reglamento Interior de
la Secretaría de Hacienda.
II.5 La Secretaria de la Mujer e Igualdad de Género, la C. Dulce María Rodríguez Ovando, acredita su
personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por el C. Eduardo Ramírez Aguilar, Gobernador
Constitucional del Estado de Chiapas, el 8 de diciembre de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente
facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 60 de la
62
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chiapas; 4o., 13, 30 fracción IV y 34 fracciones XV, XXIII
y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; así como 2o., 12 y 13
fracciones IV y XXIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Igualdad de Género del Estado de Chiapas.
II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Boulevard Andrés
Serra Rojas, Número 1090, piso 14, Colonia Paso Limón, Código Postal 29049, Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, y
con Registro Federal de Contribuyentes GEC8501013X9.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus
representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”.
III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no
media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del
consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se
establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada
dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” a la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género
beneficiada con el “PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, deberán transferirse a través de la Secretaría de Finanzas.
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que
impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo.
TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos
referidos en la cláusula anterior mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica
que para tal efecto proporcione la Secretaría de Finanzas de conformidad con el artículo 69 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos
beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de Finanzas,
misma que se compromete a transferir los recursos a la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género, en un
plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la TESOFE.
Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán
sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se aperture para tal efecto, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG.
En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente
“CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que
realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG.
Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales
se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del
presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $51,576,368.00 (cincuenta y un millones quinientos setenta y
seis mil trescientos sesenta y ocho pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya
hecho entrega previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a
nombre de “MUJERES”.
CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO”
será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el
seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las
personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
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“MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera,
Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la titular de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género,
la C. Dulce María Rodríguez Ovando, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes,
en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías
y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las
diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que
realice “MUJERES”.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD
FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir a la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género beneficiada del
“PROGRAMA” dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo, deberán ser devueltos por la
Secretaría de Finanzas a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la
solicitud efectuada por “MUJERES”.
OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de Finanzas,
dentro de 08 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar el reintegro a la TESOFE
de la totalidad de los reintegros recibidos por parte de la Secretaría de la Mujer e Igualdad de Género
beneficiada del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos obtenidos de
conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo.
Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Finanzas deberá mantener activa la cuenta bancaria
productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que la Secretaría de la Mujer e
Igualdad de Género beneficiada reciba el oficio de terminación o documento homólogo.
La Secretaría de Finanzas podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del
“PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente.
NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los
Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de
“LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su
entrada en vigor, y las modificaciones que sufra.
DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas
solidarias”.
DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el
presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación,
formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo.
DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación
y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula
anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales
competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles
por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo
de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández
Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús
Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional, Óscar Eduardo Ramírez
Aguilar.- Rúbrica.- Secretaria General de Gobierno y Mediación, Patricia del Carmen Conde Ruiz.- Rúbrica.-
Secretario de Finanzas, Manuel Francisco Antonio Pariente Gavito.- Rúbrica.- Secretaria de la Mujer e
Igualdad de Género, Dulce María Rodríguez Ovando.- Rúbrica.
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CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Chihuahua, que tiene como
objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados al Instituto Chihuahuense de
las Mujeres.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría
de las Mujeres.
CC/PAIBIM/CHIH/0008/2025
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS “MUJERES”, EN
LO SUCESIVO MUJERES, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNANDEZ MORA, ASISTIDA
POR EL DOCTOR JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA
OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIHUAHUA, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD
FEDERATIVA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA GOBERNADORA CONSTITUCIONAL, LA C. MARÍA
EUGENIA CAMPOS GALVÁN, ASISTIDA POR EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, EL C. SANTIAGO DE LA
PEÑA GRAJEDA, EL SECRETARIA DE HACIENDA, EL C. JOSÉ DE JESÚS GRANILLO VÁZQUEZ, Y LA DIRECTORA
GENERAL DEL INSTITUTO CHIHUAHUENSE DE LAS MUJERES, LA C. RAQUEL BRAVO OSUNA, A QUIENES
ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo
4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho
a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero 2025 se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos
del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), para el ejercicio fiscal 2025, en
lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
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artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES” declara que:
I.1. Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2. Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 1 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el presente
instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis fracciones IX y
XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, Doctor Juan Jesús
Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica
del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM.
I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que:
II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; y 1o., 2o. y 30 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua, el
Estado de Chihuahua es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y
población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano,
representativo y popular.
II.2 La Gobernadora Constitucional del Estado de Chihuahua, la C. María Eugenia Campos Galván, cuenta
con las facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 31 fracción II y 93 fracción XXXVII de la Constitución Política del Estado de Chihuahua; así como 1o.
fracción III y 20 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua.
II.3 El Secretario General de Gobierno, el C. Santiago de la Peña Grajeda, acredita su personalidad
mediante nombramiento expedido a su favor por la C. María Eugenia Campos Galván, Gobernadora
Constitucional del Estado de Chihuahua, el 16 de enero de 2023, y manifiesta encontrarse debidamente
facultado para suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo previsto en los artículos 94 de la
Constitución Política del Estado de Chihuahua; 2o. fracción I, 24 fracción I y 25 fracción XXVIII de la Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua; así como 1o., y 6o. fracciones XXI y XXVII del
Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno.
II.4 El Secretario de Hacienda, el C. José de Jesús Granillo Vázquez, acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por la C. María Eugenia Campos Galván, Gobernadora Constitucional del
Estado de Chihuahua, el 08 de septiembre de 2021, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para la
firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 94 de la Constitución Política
del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; 2o., fracción I, 24, fracción II, 26, fracción LVI de la Ley Orgánica
del Poder Ejecutivo del Estado de Chihuahua; así como los diversos 4o., 9o., fracciones VII y XXII del
Reglamento Interior de la Secretaría de Hacienda.
II.5 La Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, la C. Raquel Bravo Osuna, acredita su
personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por la C. María Eugenia Campos Galván,
Gobernadora Constitucional del Estado de Chihuahua, el 24 de julio de 2023, y manifiesta encontrarse
debidamente facultada para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos
94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Chihuahua; así como 15, fracciones XI y XV de
la Ley del Instituto Chihuahuense de las Mujeres y 18 fracción XVI del Reglamento Interior del Instituto
Chihuahuense de las Mujeres.
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II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Venustiano
Carranza, Número 601, Colonia Obrera, Código Postal 31350, Chihuahua, Chihuahua, y con Registro Federal
de Contribuyentes GEC981004RE5.
III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus
representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”.
III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no
media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del
consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se
establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada
dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” al Instituto Chihuahuense de las Mujeres (IMEF)
beneficiado con el “PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, deberán transferirse a través de Secretaría de Hacienda.
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que
impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo.
TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos
referidos en la cláusula anterior mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica
que para tal efecto proporcione la Secretaría de Hacienda de conformidad con el artículo 69 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos
beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de Hacienda,
misma que se compromete a transferir los recursos al Instituto Chihuahuense de las Mujeres (IMEF), en un
plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la TESOFE.
Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán
sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se aperture para tal efecto, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG.
En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente
“CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que
realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG.
Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales
se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del
presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $20,461,549.00 (veinte millones cuatrocientos sesenta y un mil
quinientos cuarenta y nueve pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho
entrega previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de
“MUJERES”.
CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO”
será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el
seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las
personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
“MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera,
Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la Directora General del Instituto Chihuahuense de las Mujeres, a
la C. Raquel Bravo Osuna, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
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SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes,
en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías
y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las
diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que
realice “MUJERES”.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD
FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir al Instituto Chihuahuense de las Mujeres (IMEF) beneficiado del
“PROGRAMA” dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo, deberán ser devueltos por la
Secretaría de Hacienda a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la
solicitud efectuada por “MUJERES”.
OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de Hacienda,
dentro de 8 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar el reintegro a la TESOFE de
la totalidad de los reintegros recibidos por parte del Instituto Chihuahuense de las Mujeres (IMEF) beneficiado
del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos obtenidos de conformidad con
lo establecido en los Lineamientos del mismo.
Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Hacienda del Estado de Chihuahua deberá mantener activa la
cuenta bancaria productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que el Instituto
Chihuahuense de las Mujeres (IMEF) beneficiado reciba el oficio de terminación o documento homólogo.
La Secretaría de Hacienda podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del
“PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente.
NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los
Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de
“LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su
entrada en vigor, y las modificaciones que sufra.
DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas
solidarias”.
DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el
presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación,
formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo.
DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación
y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula
anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales
competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles
por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo
de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández
Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús
Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernadora Constitucional, María Eugenia Campos
Galván.- Rúbrica.- Secretario General de Gobierno, Santiago de la Peña Grajeda.- Rúbrica.- Secretario de
Hacienda, José de Jesús Granillo Vázquez.- Rúbrica.- Directora General del Instituto Chihuahuense de las
Mujeres, Raquel Bravo Osuna.- Rúbrica.
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CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y la Ciudad de México, que tiene como
objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las Mujeres de
la Ciudad de México.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría
de las Mujeres.
CC/PAIBIM/CDMX/0032/2025
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO
SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR
EL C. JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA PARTE, EL
GOBIERNO DE LA CIUDAD DE MÉXICO, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”, REPRESENTADA EN ESTE
ACTO POR LA JEFA DE GOBIERNO, LA C. CLARA MARINA BRUGADA MOLINA, ASISTIDA POR EL SECRETARIO DE
ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, EL C. JUAN PABLO DE BOTTON FALCÓN, Y LA SECRETARIA DE LAS MUJERES DE
LA CIUDAD DE MÉXICO, LA C. DAPTNHE CUEVAS ORTIZ, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES
DENOMINARÁ “LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo
4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho
a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero de 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los
Lineamientos del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), para el ejercicio
fiscal 2025, en lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
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Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES” declara que:
I.1. Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal y 1o., del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2. Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, el C. Juan Jesús
Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica
del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM.
I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto, Número 209, Colonia San José Insurgentes,
Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes
SMU250101CS8.
II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que:
II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43, 116 y 122, apartado A, fracción V, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1o, numerales 1, 3 y 4, y 33 numeral 1 de la
Constitución Política de la Ciudad de México, la Ciudad de México, la Ciudad de México es una Entidad
Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y población, libre y soberano en cuanto a su
régimen interior, constituido como gobierno republicano, representativo y popular.
II.2 La Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, la C. Clara Marina Brugada Molina, cuenta con las
facultades suficientes para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos
32 apartado A, numeral 1, apartado C incisos q) y r) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 7,
párrafo primero, 10 fracciones XXI y XXII, 12 y 23, párrafo primero de la Ley orgánica del Poder Ejecutivo y de
la Administración Pública de la Ciudad de México; 13 y 15, fracciones XVII y XVIII del Reglamento Interior del
Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la ciudad de México.
II.3 El Secretario de Administración y Finanzas, el C. Juan Pablo de Botton Falcón, acredita su
personalidad mediante nombramiento expedido a su favor por la C. Clara Marina Brugada Molina, Jefa de
Gobierno de la Ciudad de México, el 05 de octubre de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultada
para la firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 33, numeral 1 de la
Constitución Política de la Ciudad de México; 11, fracciones I, II y XI 13 párrafo primero, 16, fracción, II, 18
párrafos primero y segundo, 20, fracción XXII y 27, fracción, XLIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de
la Administración Pública de la Ciudad de México; 7o., fracción, II y 20, fracciones XVII y XVIII del Reglamento
Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México, señalando que acude a la
firma del presente convenio única y exclusivamente para efectos de recibir los recursos que ministre de la
Federación en términos de lo dispuesto por el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
II.4 La Secretaria de las Mujeres, la C. Lydia Daptnhe Cuevas Ortiz, acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por la C. Clara Marina Brugada Molina, Jefa de Gobierno de la Ciudad de
México, el 05 de octubre de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultada para la firma del presente
“CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 33 numeral 1 de la Constitución Política de la
Ciudad de México; 11, fracción, I, 13 párrafo primero, 16 fracción XII, 18 párrafos primero y segundo, 20
fracciones XXII y XXV y 37 fracciones XIII y XXIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la
Administración Pública de la Ciudad de México; 7o, fracción XII y 20 fracción XVII y XVIII del Reglamento
Interior del Poder Ejecutivo de la Administración Pública de la Ciudad de México.
II.5 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Avenida Fray
Servando Teresa de Mier, Número 77, Colonia Centro Área 1, Código Postal 06000, Alcaldía Cuauhtémoc,
Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes GDF9712054NA.
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III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus
representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”.
III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no
media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del
consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se
establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada
dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” a la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México
(IMEF) beneficiada con el “PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, deberán transferirse a través de la Secretaría de Administración y Finanzas.
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que
impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo.
TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos
referidos en la cláusula anterior mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica
que para tal efecto proporcione la Secretaría de Administración y Finanzas a solicitud de la Secretaría de las
Mujeres de la Ciudad de México, de conformidad con el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental (LGCG).
La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos
beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de
Administración y Finanzas, misma que se compromete a transferir los recursos de manera presupuestal a la
Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México (IMEF), en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles
posteriores a su radicación por parte de la TESOFE.
Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán
sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se aperture para tal efecto, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG.
En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente
“CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que
realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG.
Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales
se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del
presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $15,545,851 (quince millones, quinientos cuarenta y cinco mil
ochocientos cincuenta y un pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho
entrega previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de
“MUJERES”.
CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO”
será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el
seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las
personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
“MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera,
Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la Titular de la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México,
la C. Lydia Daptnhe Cuevas Ortiz, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
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SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes,
en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías
y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las
diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que
realice “MUJERES”.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD
FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir a la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México (IMEF)
beneficiada del “PROGRAMA” dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo, deberán ser
devueltos por la Secretaría de Administración y Finanzas, previa solicitud de la Secretaría de las Mujeres, a la
TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles contados a partir de la solicitud efectuada por
“MUJERES”.
OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de
Administración y Finanzas, dentro de los 8 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá
realizar el reintegro a la TESOFE de la totalidad de los reintegros recibidos por parte de la Secretaría de las
Mujeres de la Ciudad de México (IMEF) beneficiada del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como
de los rendimientos obtenidos de conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo.
Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Administración y Finanzas deberá mantener activa la cuenta
bancaria productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que la Secretaría de
las Mujeres de la Ciudad de México (IMEF) beneficiada reciba el oficio de terminación o documento homólogo.
La Secretaría de Administración y Finanzas podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de
los recursos del “PROGRAMA” a solicitud de la Secretaría de la Mujeres de la Ciudad de México, una vez
concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente.
NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los
Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de
“LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su
entrada en vigor, y las modificaciones que sufra.
DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas
solidarias”.
DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el
presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación,
formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo.
DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación
y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula
anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales
competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles
por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo
de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández
Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús
Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Marina
Brugada Molina.- Rúbrica.- Secretario de Administración y Finanzas, Juan Pablo de Botton Falcón.-
Rúbrica.- Secretaria de las Mujeres, Lydia Daptnhe Cuevas Ortiz.- Rúbrica.
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CONVENIO de Colaboración que celebran la Secretaría de las Mujeres y el Estado de Coahuila de Zaragoza, que
tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada dispersión de los recursos otorgados a la Secretaría de las
Mujeres del Estado de Coahuila de Zaragoza.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Mujeres.- Secretaría
de las Mujeres.
CC/PAIBIM/COAH/0005/2025
CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, LA SECRETARÍA DE LAS MUJERES, EN LO
SUCESIVO “MUJERES”, REPRESENTADO POR SU TITULAR, MINERVA CITLALLI HERNÁNDEZ MORA, ASISTIDA POR
EL DOCTOR JUAN JESÚS GALICIA BRAVO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ASUNTOS JURÍDICOS, Y POR LA OTRA
PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE COAHUILA DE ZARAGOZA, EN LO SUCESIVO LA “ENTIDAD FEDERATIVA”,
REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL C. MANOLO JIMÉNEZ SALINAS,
ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, EL C. OSCAR PIMENTEL GONZÁLEZ, EL SECRETARIO DE
FINANZAS, EL C. JOSÉ ANTONIO GUTIÉRREZ RODRÍGUEZ, Y LA SECRETARIA DE LAS MUJERES, LA C. MAYRA
LUCILA VALDÉS GONZÁLEZ, A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ
“LAS PARTES”; QUE SE SUJETAN A LOS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
PRIMERO. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM), consagra en su artículo
4o. que la mujer y el hombre son iguales ante la ley y que el Estado garantizará el goce y ejercicio del derecho
a la Igualdad Sustantiva de las mujeres.
SEGUNDO. En ese contexto, a nivel internacional, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar
y Erradicar la Violencia contra la Mujer, consagra el derecho a que se respete la integridad física, psíquica y
moral de la mujer; así como la obligación del Estado a suministrar de manera progresiva, por medio de
entidades del sector público y privado los servicios especializados apropiados para la atención necesaria a la
mujer objeto de violencias.
TERCERO. El “DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal” publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 de
noviembre de 2024, por medio del cual se crea la Secretaría de las Mujeres, como dependencia de la
Administración Pública Federal, tiene a su cargo el despacho de los asuntos en materia de Igualdad
Sustantiva; transversalización de la perspectiva de género; prevención, atención y erradicación de las
violencias contra las mujeres, adolescentes y niñas, y sistema de cuidados.
En este sentido, la Secretaría de las Mujeres asume la operación del Programa para el Adelanto,
Bienestar e Igualdad de las Mujeres (PROABIM), así como del Programa de Apoyo a las Instancias de
Mujeres en las Entidades Federativas, (PAIMEF) y reconociendo que es indispensable contar con
infraestructura de alcance comunitario y local que ponga al centro las necesidades de las mujeres a lo largo
del territorio nacional, así como eficientar el gasto público, en conjunto con la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público (SHCP) han fusionado ambos programas en el Programa de Atención Integral para el
Bienestar de las Mujeres (PAIBIM).
CUARTO. El 28 de febrero 2025, se publicó en el DOF el Acuerdo por el que se emiten los Lineamientos
del Programa de Atención Integral para el Bienestar de las Mujeres (PAIBIM), para el ejercicio fiscal 2025, en
lo sucesivo el “PROGRAMA”.
QUINTO. El “PROGRAMA” tiene como objetivo general avanzar hacía un fortalecimiento institucional de
las IMEF para brindar atención integral a las mujeres, mediante el otorgamiento de subsidios y asesorías.
SEXTO. Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 74 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, el Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, puede
autorizar la ministración de los subsidios y transferencias que, con cargo a los presupuestos de las
dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, se aprueben en el Presupuesto de Egresos.
Asimismo, en el referido artículo se establece que las personas titulares de las dependencias y entidades, con
cargo a cuyos presupuestos se autorice la ministración de subsidios y transferencias, serán responsables, en
el ámbito de sus competencias, de que éstos se otorguen y ejerzan conforme a las disposiciones generales
aplicables.
SÉPTIMO. De acuerdo con lo señalado en el artículo 69 de la Ley General de Contabilidad
Gubernamental, los recursos federales sólo podrán ser transferidos por las dependencias y entidades de la
Administración Pública Federal a las tesorerías de las Entidades Federativas. Estas últimas, con base en los
artículos 2o., fracción I, y 40 de la Ley de Tesorería de la Federación; 7o., 51, 52 y 53 de su Reglamento,
están obligadas a transferir los fondos a las beneficiarias de los subsidios dentro del plazo estipulado para tal
efecto en los Lineamientos referidos en el antecedente CUARTO.
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Derivado de lo anterior, “LAS PARTES” manifiestan formalizar el presente instrumento bajo las siguientes:
DECLARACIONES
I. “MUJERES” declara que:
I.1. Es una dependencia del Ejecutivo Federal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 90 de la
CPEUM, y 1o., 2o., fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis, de la Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal (LOAPF) y 1o, del Reglamento Interior de la Secretaría de las Mujeres (RISM).
I.2. Su titular, Minerva Citlalli Hernández Mora, acredita su personalidad como Secretaria de las Mujeres
con el nombramiento expedido a su favor por la Doctora Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Constitucional
de los Estados Unidos Mexicanos, el 01 de enero de 2025; y cuenta con atribuciones para suscribir el
presente instrumento jurídico, con fundamento en los artículos 2o. fracción I, 26 fracción XXI y 42 Bis
fracciones IX y XVI de la LOAPF; y 3o., fracciones XV y XXXII del RISM.
I.3 El Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Representante Legal de “MUJERES”, Doctor Juan Jesús
Galicia Bravo, acredita su personalidad con el nombramiento expedido a su favor por la Consejería Jurídica
del Ejecutivo Federal y ratificado por la Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández Mora, el 01 de
enero de 2025, y cuenta con las atribuciones para suscribir convenios de conformidad con los artículos 2o.
fracción III, numeral 1; 5o. fracciones I y XIV; 11 fracciones II y VII del RISM.
I.4 Señala como domicilio legal para los efectos de este Convenio de Colaboración, en lo sucesivo
“CONVENIO”, el ubicado en Avenida Barranca del Muerto 209, Colonia San José Insurgentes, Alcaldía Benito
Juárez, Código Postal 03900, Ciudad de México, y con Registro Federal de Contribuyentes SMU250101CS8.
II. La “ENTIDAD FEDERATIVA” declara que:
II.1 Con fundamento en los artículos 40, 42, fracción I, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos; 1o., 2o. y 4o. de la Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza, el Estado de
Coahuila de Zaragoza es una Entidad Federativa que es parte integrante de la Federación, con territorio y
población, libre y soberano en cuanto a su régimen interior, constituido como gobierno republicano,
representativo y popular.
II.2 El Gobernador de Coahuila de Zaragoza, el C. Manolo Jiménez Salinas, cuenta con las facultades
suficientes para celebrar el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 75, 82
fracción V de Constitución Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; así como 2o. y 5o. de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.
II.3 El Secretario de Gobierno, el C. Oscar Pimentel González, acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por el C. Manolo Jiménez Salinas, Gobernador Constitucional del Estado
de Coahuila de Zaragoza, el 01 de diciembre de 2023, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para
suscribir el presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 86 de la Constitución
Política del Estado de Coahuila de Zaragoza; 4o., 18 fracción I, 19 fracción XX y 21 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza; así como 5o., 7o. y 8o. del Reglamento Interior
de la Secretaría de Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza.
II.4 El Secretario de Finanzas, el C. José Antonio Gutiérrez Rodríguez, acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por el C. Manolo Jiménez Salinas, Gobernador Constitucional del Estado
de Coahuila de Zaragoza, el 01 de diciembre de 2023, y manifiesta encontrarse debidamente facultado para la
firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 86 de la Constitución Política
del Estado de Coahuila de Zaragoza; 4o., 18 fracción II, 19 fracción XX y 22 fracción XXVII de la Ley Orgánica
de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza, así como 4o., 5o. 8o. y 9o. del Reglamento
Interior de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de Coahuila de Zaragoza.
II.5 La Secretaria de las Mujeres, la C. Mayra Lucila Valdés González, acredita su personalidad mediante
nombramiento expedido a su favor por el C. Manolo Jiménez Salinas, Gobernador Constitucional del Estado
de Coahuila de Zaragoza, el 1 de enero de 2024, y manifiesta encontrarse debidamente facultada para la
firma del presente “CONVENIO”, de acuerdo con lo establecido en los artículos 86 de la Constitución Política
del Estado de Coahuila de Zaragoza; así como 4o., 18 fracción XVII, 19 fracción XX y 33 Quinquies de Ley
Orgánica de la Administración Pública del Estado de Coahuila de Zaragoza.
II.6 Señala como domicilio legal para los efectos de este “CONVENIO”, el ubicado en Calle Castelar, Sin
Número, Zona Centro, Código Postal 25000, Saltillo, Coahuila de Zaragoza, y con Registro Federal de
Contribuyentes GEC890714J68.
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III. “LAS PARTES” declaran que:
III.1 Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica y capacidad legal que ostentan y las de sus
representantes, con la que comparecen a la suscripción del presente “CONVENIO”.
III.2 El presente “CONVENIO” no tiene cláusula alguna contraria a la ley y que para su celebración no
media coacción alguna; consecuentemente, carece de dolo, error, mala fe, o cualquier otro vicio del
consentimiento que pueda afectar, en todo o en parte, su validez.
III.3 Es su voluntad celebrar el presente “CONVENIO” en la forma, términos y condiciones que se
establecen en las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. El presente “CONVENIO” tiene como objetivo organizar y garantizar la adecuada
dispersión de los recursos otorgados por “MUJERES” a la Secretaría de las Mujeres del Estado de Coahuila
de Zaragoza beneficiada con el “PROGRAMA”, mismos que, con base en el artículo 69 de la Ley General de
Contabilidad Gubernamental, deberán transferirse a través de la Secretaría de Finanzas.
SEGUNDA. REDES COMUNITARIAS. Los Gobiernos Estatales implementarán acciones y estrategias que
impulsen y reconozcan a las mujeres líderes para promover la creación de redes comunitarias de apoyo.
TERCERA. FORMA DE ENTREGA DE LOS RECURSOS. Para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, “MUJERES”, a través de la Tesorería de la Federación (TESOFE), radicará los recursos
referidos en la cláusula anterior mediante transferencia de fondos a la cuenta bancaria productiva específica
que para tal efecto proporcione la Secretaría de Finanzas de conformidad con el artículo 69 de la Ley General
de Contabilidad Gubernamental (LGCG).
La radicación de recursos se podrá realizar hasta en tres ministraciones. Los montos, plazos y proyectos
beneficiarios de cada ministración serán informados vía oficio por “MUJERES” a la Secretaría de Finanzas,
misma que se compromete a transferir los recursos a la Secretaría de las Mujeres del Estado de Coahuila de
Zaragoza, en un plazo no mayor a quince (15) días hábiles posteriores a su radicación por parte de la
TESOFE.
Los recursos presupuestarios federales transferidos para el cumplimiento del objeto del presente
“CONVENIO”, no perderán su carácter de federal al ser ministrados a la IMEF; en consecuencia, estarán
sujetos en todo momento a las disposiciones federales que regulan su aplicación, control y ejercicio.
La transferencia de recursos federales a la IMEF se efectuará a través de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, a la cuenta bancaria productiva específica, que se aperture para tal efecto, en cumplimiento a
lo dispuesto en el artículo 69 párrafo primero de la LGCG.
En la referida cuenta se manejarán exclusivamente los recursos federales objeto del presente
“CONVENIO”, por lo que no podrán incorporarse dentro de ésta, recursos locales ni aportaciones que
realicen, en su caso, los beneficiarios del Programa, de conformidad con el artículo 69 de la LGCG.
Para el cumplimiento del objeto del presente instrumento la entrega de recursos presupuestarios federales
se realizará preferentemente dentro de los 30 (treinta) días hábiles posteriores a la fecha de celebración del
presente “CONVENIO”, por un monto de hasta $19,930,860.00 (diecinueve millones novecientos treinta mil
ochocientos sesenta pesos 00/100 M.N.), que se efectuará siempre y cuando, la “IMEF” haya hecho entrega
previamente del Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) en formato PDF y XML a nombre de
“MUJERES”.
CUARTA. VIGENCIA. “LAS PARTES” convienen en que el periodo de vigencia del presente “CONVENIO”
será a partir de la fecha de su suscripción y concluirá el 31 de diciembre de 2025.
QUINTA. SEGUIMIENTO, EVALUACIÓN Y CUMPLIMIENTO. “LAS PARTES” convienen que el
seguimiento, evaluación y cumplimiento del objeto del presente “CONVENIO” se realizará a través de las
personas servidoras públicas que para dichos efectos designe cada una de ellas, en el ámbito de sus
respectivas competencias.
“MUJERES” designa como la responsable del programa a la C. Viridiana Lorelei Hernandez Rivera,
Coordinadora General de Vinculación y Seguimiento, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
La “ENTIDAD FEDERATIVA” designa a la Secretaría de las Mujeres del Estado de Coahuila de Zaragoza,
la C. Mayra Lucila Valdés González, o la persona quien le sustituya en dicho cargo.
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SEXTA. CONTROL Y AUDITORÍA. Las instancias de control, auditoría y demás autoridades competentes,
en el ámbito de sus respectivas atribuciones, cuentan con facultades para practicar intervenciones, auditorías
y demás investigaciones, para verificar el cumplimiento del presente “CONVENIO”, así como el de las
diversas disposiciones establecidas en las leyes y normas en la materia, de forma independiente a las que
realice “MUJERES”.
En caso de haber manejos inadecuados de recursos o incumplimientos del marco normativo aplicable al
“PROGRAMA”, las diversas autoridades competentes, en el ámbito de sus respectivas atribuciones,
instrumentarán o promoverán la aplicación de las sanciones que resulten procedentes y las restituciones que,
en su caso, correspondan.
SÉPTIMA. DEVOLUCIÓN DE RECURSOS. Los recursos que, por causas ajenas a la “ENTIDAD
FEDERATIVA”, no se hayan podido transferir a la Secretaría de las Mujeres del Estado de Coahuila de
Zaragoza beneficiada del “PROGRAMA” dentro de los plazos establecidos en los Lineamientos del mismo,
deberán ser devueltos por la Secretaría de Finanzas a la TESOFE, en un plazo no mayor de diez (10) días
hábiles contados a partir de la solicitud efectuada por “MUJERES”.
OCTAVA. REINTEGRO DE RECURSOS NO DEVENGADOS POR LA IMEF. La Secretaría de Finanzas,
dentro de 08 (ocho) días naturales siguientes al cierre del ejercicio, deberá realizar el reintegro a la TESOFE
de la totalidad de los reintegros recibidos por parte de la Secretaría de las Mujeres del Estado de Coahuila de
Zaragoza (IMEF) beneficiada del “PROGRAMA” por recursos no devengados, así como de los rendimientos
obtenidos de conformidad con lo establecido en los Lineamientos del mismo.
Para efectos de lo anterior, la Secretaría de Finanzas deberá mantener activa la cuenta bancaria
productiva específica para el manejo de los recursos del “PROGRAMA”, hasta que la Secretaría de las
Mujeres del Estado de Coahuila de Zaragoza beneficiada reciba el oficio de terminación o documento
homólogo.
La Secretaría de Finanzas podrá cerrar la cuenta bancaria específica para el manejo de los recursos del
“PROGRAMA” una vez concluido el plazo de presentación de la Cuenta Pública correspondiente.
NOVENA. MODIFICACIONES. Siempre y cuando sea apegado a la normatividad aplicable y a los
Lineamientos del “PROGRAMA”, el presente “CONVENIO” podrá ser modificado por mutuo consentimiento de
“LAS PARTES” y formalizado a través de convenios modificatorios, en los que se especifique la fecha de su
entrada en vigor, y las modificaciones que sufra.
DÉCIMA. RELACIONES LABORALES. “LAS PARTES” convienen que el personal de cada una de ellas
que participe en el desarrollo de las actividades derivadas del presente “CONVENIO” se entenderá
exclusivamente relacionado con la parte que lo emplea, la cual asumirá totalmente las responsabilidades
laborales, civiles y de cualquier otro tipo, sin que por la colaboración puedan derivarse obligaciones legales a
cargo de la otra parte. En ningún caso “LAS PARTES” podrán ser consideradas “patrón sustituto u obligadas
solidarias”.
DÉCIMA PRIMERA. CONTROVERSIAS E INTERPRETACIÓN. “LAS PARTES” convienen en que el
presente “CONVENIO” es producto de la buena fe, por lo que se comprometen a realizar todas las acciones
necesarias para su cumplimiento. En caso de presentarse alguna discrepancia respecto de su interpretación,
formalización y/o cumplimiento, “LAS PARTES” lo resolverán por escrito y de mutuo acuerdo.
DÉCIMA SEGUNDA. JURISDICCIÓN. En caso de que subsistan discrepancias respecto la interpretación
y cumplimiento de este “CONVENIO” que no puedan resolverse conforme el proceso señalado en la cláusula
anterior, “LAS PARTES” acuerdan someterse expresamente a la jurisdicción de los Tribunales Federales
competentes en la Ciudad de México, renunciando a cualquier otra jurisdicción que pudiese corresponderles
por razón de sus domicilios presentes o futuros, o por cualquier otro motivo.
Leído que fue el presente “CONVENIO” y enteradas “LAS PARTES” de su contenido y alcance legal, lo
firman al margen y al calce las personas que en él intervienen, en la Ciudad de México, el dieciocho de marzo
de dos mil veinticinco, en 2 (dos) tantos.- Por Mujeres: Secretaria de las Mujeres, Minerva Citlalli Hernández
Mora.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de las Mujeres, Juan Jesús
Galicia Bravo.- Rúbrica.- Por la Entidad Federativa: Gobernador Constitucional, Manolo Jiménez Salinas.-
Rúbrica.- Secretario de Gobierno, Oscar Pimentel González.- Rúbrica.- Secretario de Finanzas, José
Antonio
Gutiérrez
Rodríguez.-
Rúbrica.-
Secretaria
de
las
Mujeres,
Mayra
Lucila
Valdés
González.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
INSTITUTO MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que se establecen los plazos de respuesta a diversos trámites
ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Economía.- Secretaría de
Economía.- Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial.
SANTIAGO NIETO CASTILLO, Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, con
fundamento en lo dispuesto por los artículos 1o., 2o., 14, 17, 22, fracción I y 59, fracciones I, V y XIV, de la
Ley Federal de las Entidades Paraestatales; 1, 5, 6, 8 y 10 de la Ley Federal de Protección a la Propiedad
Industrial; 1o., 3o. fracción II, 4o. y 6o. BIS, fracciones I y II del Reglamento del Instituto Mexicano de la
Propiedad Industrial; 1o., 4o., 5o. fracción II, y 10, fracciones I y II del Estatuto Orgánico del Instituto Mexicano
de la Propiedad Industrial, y
CONSIDERANDO
Que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, autoridad administrativa en materia de propiedad
industrial, es un organismo descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio con facultades para
tramitar y, en su caso, otorgar patentes de invención, registros de modelos de utilidad, diseños industriales y
esquemas de trazado de circuitos integrados.
Que con la finalidad de armonizar el marco normativo de propiedad industrial conforme a la política de
mejora regulatoria y así propiciar una mejora integral que implemente acciones de simplificación
administrativa, se expide el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO POR EL QUE SE ESTABLECEN LOS
PLAZOS DE RESPUESTA A DIVERSOS TRÁMITES ANTE EL INSTITUTO
MEXICANO DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL
ÚNICO.- Se reforma el artículo 11 del Acuerdo por el que se establecen los plazos de respuesta a
diversos trámites ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, para quedar como sigue:
Artículo 11.- En el examen de fondo de una solicitud de patente o de registro de modelo de utilidad, el
Instituto podrá emitir hasta un máximo de dos requerimientos, a efecto de que se precisen, aclaren, subsanen
omisiones, se hagan modificaciones o, en su caso, requerir información o documentación complementaria.
Durante el examen fondo de una solicitud la persona solicitante podrá pedir una reunión telemática
relacionada con el trámite de patente o de modelo de utilidad.
A la emisión del primer requerimiento derivado del examen fondo, el Instituto podrá proponer a la
persona solicitante una reunión telemática con la finalidad de analizar los impedimentos de protección
identificados respecto del estado de la técnica.
TRANSITORIOS
PRIMERO. El presente Acuerdo entrará en vigor a partir del siguiente día hábil al de su publicación en el
Diario Oficial de la Federación.
SEGUNDO. Los trámites ingresados con anterioridad a la publicación del presente Acuerdo se resolverán
de conformidad con la normatividad aplicable vigente en el momento de su presentación.
Ciudad de México, a 24 de febrero de 2026.- El Director General, Santiago Nieto Castillo.- Rúbrica.
(R.- 573585)
ARCHIVO GENERAL DE LA NACION
AVISO que da a conocer los instrumentos aprobados por el Consejo Nacional de Archivos durante su segunda
sesión ordinaria de 2025.
Al margen un logotipo, que dice: Consejo Nacional de Archivos.
El Presidente del Consejo Nacional de Archivos y titular del Archivo General de la Nación, con fundamento
en los artículos 64, párrafo segundo, y 65, fracción I, de la Ley General de Archivos; así como 12, fracción V,
y 32, párrafo segundo, del Reglamento del Consejo Nacional de Archivos, emite el siguiente:
AVISO QUE DA A CONOCER LOS INSTRUMENTOS APROBADOS POR EL CONSEJO NACIONAL DE
ARCHIVOS DURANTE SU SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA DE 2025
PRIMERO. Que el Consejo Nacional de Archivos durante su Segunda Sesión Ordinaria de 2025,
celebrada el 28 de noviembre de 2025, aprobó los siguientes instrumentos:
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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I.
La Guía para la Foliación de Documentos Históricos cuyo contenido puede consultarse en los
siguientes enlaces:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1043164/Gu_a_de_foliaci_n_para_documentos_hist
_ricos_2.pdf
www.dof.gob.mx/2026/AGN/Guia_foliacion.pdf
II.
Lineamientos de Valoración Documental para determinar la Baja o Transferencia Secundaria de los
Archivos de los Sujetos Obligados del Poder Ejecutivo Federal cuyo contenido puede consultarse en
los siguientes enlaces:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1043165/Lineamientos_de_valoraci_n_documental_
para_determinar_la_BD-TS_de_los_SO_del_PEF_3.pdf
www.dof.gob.mx/2026/AGN/Lineamientos_Valoracion_Documental.pdf
III.
La Guía básica para evaluar el estado de conservación de los documentos históricos cuyo contenido
puede consultarse en los siguientes enlaces:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1043166/Gu_a_b_sica_para_evaluar_el_estado_de
_conservaci_n_1.pdf
www.dof.gob.mx/2026/AGN/Guia_estado_conservacion.pdf
SEGUNDO. Que con el presente aviso se tienen por publicados los instrumentos referidos para todos los
efectos jurídicos a los que haya lugar.
Dado en la Ciudad de México, al 16 del mes de febrero de dos mil veintiséis.- El Presidente del Consejo
Nacional de Archivos y titular del Archivo General de la Nación, Carlos Enrique Ruiz Abreu.- Rúbrica; previa
validación del Director de Asuntos Jurídicos, Marco Palafox Schmid.- Rúbrica.
(R.- 573605)
AVISO
Se comunica que las cuotas por derechos de publicación son las siguientes:
Espacio
Costo
4/8 de plana
$11,372.00
1 plana
$22,744.00
1 4/8 planas
$34,116.00
2 planas
$45,488.00
Se informa que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) es el órgano encargado de emitir el
Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) a los usuarios de los trámites que presta el Diario Oficial de la
Federación por el pago de derecho por publicación, así como el pago de aprovechamientos por la compra de
ejemplares, de conformidad con lo establecido en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación.
Los comprobantes están disponibles para el contribuyente en la página de Internet www.sat.gob.mx sección
“Factura electrónica/Cancela y recupera tus facturas”, y posteriormente anotar el RFC del emisor SAT
970701NN3.
Es importante señalar que el SAT sólo emitirá los CFDI’s de aquellos recibos bancarios de pago de
contribuciones, productos y aprovechamientos federales en los que el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) se encuentre capturado de forma correcta en el recibo bancario con el que se realizó el pago.
El contribuyente que requiera orientación deberá dirigirse al SAT.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL
DE LA VIVIENDA PARA LOS TRABAJADORES
RESOLUCIÓN por la que se aprueban las Modificaciones a las Reglas de Operación de los Órganos y Comités
Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
Al margen un logotipo, que dice: Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.
RESOLUCIÓN POR LA QUE SE APRUEBAN LAS MODIFICACIONES A LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS
ÓRGANOS Y COMITÉS AUXILIARES DEL INSTITUTO DEL FONDO NACIONAL DE LA VIVIENDA PARA LOS
TRABAJADORES.
Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 10, fracciones IV y XIV, y 16, fracción V, de la Ley del
Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, la H. Asamblea General del Instituto
del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en su Sesión Extraordinaria número 140, celebrada
el 13 de febrero de 2026, aprobó:
RESOLUCIÓN
ÚNICO. Se REFORMAN los artículos 3, fracciones IV, IX, XIII, XIV, XV, XVI, XXV, XXVI, XXVII,XXVIII,
XXX y XXXIII, 5, fracciones IV y VI, 9, 10, primer párrafo, 11, 12, primer párrafo, 13, 14, primer párrafo, 16 a
24, 26, 29, 33 a 35, 39, 41, fracciones I, III, inciso “b”, IV, inciso “e”, VI inciso “b”, VII y VIII, 45, fracción XVII,
52, 56, 57, 58, primer párrafo, 59, 60, fracciones IV y XII, 61, 62, 63, 65, 66, 67; 68, fracción IV, 69, 70, 71,
segundo párrafo, 72, primer párrafo, 73, 74, primer y segundo párrafos, 75, 76, fracción VI, 77, 78, primer
párrafo, 79, 81, segundo párrafo, 82, segundo párrafo, 83, 85, 86, fracciones I, V y VII, 87, 88, 89, primer y
segundo párrafos, fracciones II y X, 91 y 92; ADICIONAN el artículo 3, con dos fracciones XVIII y XXI,
recorriéndose las fracciones subsecuentes; los artículos 21y 39, recorriéndose los artículos subsecuentes; el
ahora artículo 47, con dos fracciones XVII y XIX, recorriéndose las fracciones subsecuentes, y el ahora
artículo 55 con un penúltimo párrafo, recorriéndose el párrafo subsecuente; y DEROGAN la fracción XVII del
artículo 3, recorriéndose las fracciones subsecuentes para quedar como XVII a XXXV, el inciso “b” de la
fracción VIII del ahora artículo 35 y, el inciso “f” de la fracción IV del ahora artículo 43, de las Reglas de
Operación de los Órganos y Comités Auxiliares del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores, para quedar en los siguientes términos:
Artículo 3.- …
I. a V. …
VI. Conflicto de Interés: Situación que se presenta cuando los intereses personales, familiares o de
negocios de las personas integrantes de los Órganos y Comités Auxiliares, puedan afectar el desempeño
objetivo, independiente e imparcial de sus empleos, cargos, comisiones o funciones, como lo establece el
artículo 6o. de la Ley del Infonavit y el numeral 1, fracción V, del Código de Ética;
VII. a VIII. …
IX. Designación o Nombramiento: Acción realizada por la instancia competente, en ejercicio de sus
facultades, para que una persona forme parte de los Órganos o Comités auxiliares como Integrante
Propietaria o Integrante Suplente; en términos de lo establecido en las disposiciones aplicables.
X. a XII. …
XIII. Integrante en Funciones: Persona Propietaria o Suplente que forma parte de un Órgano o Comité
Auxiliar, actúa e interviene en las discusiones de asuntos competencia de estos últimos y ejerce el derecho de
voto de su representación;
XIV. Integrante Profesional: Persona Designada por el Consejo de Administración, a propuesta de una
representación para integrar el Comité de Inversiones y que cumple con un perfil técnico;
XV. Integrante Propietario: Persona Designada para participar en un Órgano o Comité Auxiliar con voz y
voto;
XVI. Integrante Suplente: Persona Designada que asiste a las sesiones del Órgano o Comité Auxiliar y
quien en ausencia de la persona Integrante Propietaria la representa con todos sus derechos y obligaciones;
XVII. a XXIII. …
XXIV. Ratificación: Acción realizada por la Asamblea General, respecto de las Designaciones o
Remociones de las personas integrantes del Comité de Auditoría en términos de la Ley del Infonavit;
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DIARIO OFICIAL
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XXV. Recomendación: Directriz no vinculante emitida por un Órgano o Comité Auxiliar, sobre la cual
deberá existir un pronunciamiento por parte de las instancias a quienes van dirigidas;
XXVI. …
XXVII. Remoción: Acción de suspender, de manera definitiva, del ejercicio de sus funciones a una
persona Integrante Propietaria o Integrante Suplente, en términos de lo establecido en la Ley y las presentes
Reglas;
XXVIII. Representaciones: Conjunto de personas que actúan en nombre del Gobierno Federal, las
Organizaciones de las Personas Trabajadoras y las Organizaciones de las Personas Empleadoras, ante el
Infonavit.
XXIX. …
XXX. SAOC: Plataforma electrónica denominada Sistema de Administración de Órganos Colegiados
mediante la cual la Secretaría General y la Secretaría Técnica, convocan y envían la información necesaria de
forma oficial a las personas integrantes de los Órganos y Comités Auxiliares;
XXXI. SAYECCR: Plataforma electrónica denominada Sistema de Administración y Enlace de las
Comisiones Consultivas Regionales mediante la cual, la Secretaría Técnica, convoca y envía la información
necesaria de forma oficial a las personas integrantes de las Comisiones Consultivas Regionales.
XXXII. a XXXIII. …
XXXIV. Separación Voluntaria: Es la decisión unilateral de la persona integrante de algún Órgano o
Comité Auxiliar de dejar el cargo para el cual fue designada, de manera anticipada; y
XXXV. Tarjeta Informativa: Es el documento elaborado por la Administración que contiene la información
precisa de los asuntos que se presentarán para conocimiento, dictaminación, opinión, Recomendación y/o
aprobación a los Órganos y Comités Auxiliares, haciendo referencia al tema, exposición del tema, fundamento
legal, periodicidad, área responsable, así como nombre y firma de la persona Titular del área responsable,
conforme al formato establecido por la Secretaría y, que formará parte integrante del Acta.
Artículo 5.- …
I. a III. …
IV. Firmar un acuerdo de confidencialidad respecto de la información que conozcan con motivo del
ejercicio de su encargo, al inicio y término de éste, y actuar conforme a sus estipulaciones en apego a la
normativa institucional y legislación que les sea aplicable, según la representación a la que pertenecen;
V. …
VI. Hacer uso responsable de la información que se reciba para las deliberaciones de los Órganos y
Comités Auxiliares de los que formen parte, conforme a lo dispuesto en el Código de Ética y demás
disposiciones jurídicas aplicables, incluidas las relativas a la materia de transparencia y acceso a la
información pública y protección de datos personales;
VII. a XI. …
Artículo 9.- Las personas Integrantes Propietarias e Integrantes Suplentes de la Asamblea General, el
Consejo de Administración, la Comisión de Vigilancia, el Comité de Auditoría, la Comisión de
Inconformidades, el Comité de Transparencia y de las Comisiones Consultivas Regionales, no podrán serlo
de algún otro Órgano o de los Comités de Inversiones y de Riesgos, salvo la persona Titular de la Dirección
General y el Titular de la Secretaría General que serán integrantes tanto de la Asamblea General como del
Consejo de Administración.
Artículo 10.- La Asamblea General se integrará por diez personas de cada Representación, de la forma
que establecen los artículos 7o. y 8o de la Ley del Infonavit, así como en términos de las bases para
determinar las organizaciones nacionales de personas trabajadoras y empleadoras que intervendrán en la
designación de las personas integrantes de la Asamblea General, emitidas por el Ejecutivo Federal, por
conducto de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
…
…
…
…
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Artículo 11.- La Asamblea General designará a las personas integrantes del Consejo de Administración y
de la Comisión de Vigilancia, a propuesta de las Representaciones, atendiendo a lo señalado en los artículos
12 y 17 de la Ley del Infonavit, según corresponda.
Artículo 12.- El Consejo de Administración estará integrado por doce personas Integrantes Propietarias y
sus respectivas Integrantes Suplentes, cuatro por cada una de las Representaciones.
…
Artículo 13.- La Comisión de Vigilancia se integrará de manera tripartita con nueve personas, Designadas
de la siguiente forma:
I. Tres a propuesta del Gobierno Federal;
II. Tres a propuesta de la Representación de las personas trabajadoras; y
III. Tres a propuesta de la Representación de las personas empleadoras.
Para cada persona Integrante Propietaria se designará una Integrante Suplente.
Artículo 14.- Las personas integrantes del Comité de Auditoría serán designadas por el Consejo de
Administración, previo Dictamen de la Comisión de Vigilancia, y deberán ser ratificadas por la Asamblea
General, de conformidad con los artículos 10, fracción XIII, 16, fracción XIII, 18, fracción XI, y 18 Bis, primer
párrafo, de la Ley del Infonavit.
…
Artículo 16.- Las personas integrantes de la Comisión de Inconformidades y del Comité de Transparencia
serán designadas por la Asamblea General, a propuesta de la Comisión de Vigilancia, previa propuesta de
cada Representación, en términos de los artículos 10, fracción XI, 18, fracción V, 25 y 25 Bis de la Ley del
Infonavit.
Artículo 17.- La Comisión de Inconformidades se integrará en forma tripartita, con una persona Propietaria
por cada representación y su respectiva Integrante Suplente.
Artículo 18.- El Comité de Transparencia estará conformado de manera tripartita, por una persona
Integrante Propietaria propuesta por cada representación con su respectiva Integrante Suplente. La
designación de ambas será realizada por la Asamblea General, a propuesta de la Comisión de Vigilancia y
durarán en su cargo seis años.
Artículo 19.- Las personas integrantes de los Comités Auxiliares serán designadas por el Consejo de
Administración, a propuesta de las Representaciones.
Artículo 20.- El Comité de Inversiones se conformará por una persona Integrante Profesional Propietaria
propuesta por cada Representación, con sus respectivas personas Integrantes Profesionales Suplentes,
mismas que no podrán formar parte de ningún Órgano u otro Comité Auxiliar. Para el caso de la
Representación del Gobierno Federal, la propuesta de designación estará a cargo de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público quien, adicionalmente a los requisitos previstos en los Artículos 7 y 8 de las
Reglas, deberá ser servidor público. Las personas Integrantes Profesionales Suplentes del Comité de
Inversiones deberán contar con los mismos requisitos y ser designadas mediante el mismo procedimiento que
las personas Integrantes Profesionales Propietarias.
Artículo 21.- El Comité de Riesgos, se conformará por dos personas Integrantes Propietarias propuestas
por cada Representación, con sus respectivas personas Integrantes Suplentes, mismas que no podrán formar
parte de ningún Órgano u otro Comité Auxiliar.
El Comité de Riesgos deberá mantener independencia de las Unidades de Negocio.
Artículo 22.- Las Representaciones procurarán que las personas Integrantes Propietarias y Suplentes
sean designadas por un periodo mínimo de 4 meses en el Órgano o Comité Auxiliar correspondiente.
Artículo 23.- La Secretaría deberá recibir del Ejecutivo Federal y de las Representaciones a más tardar 15
días previos a su designación, los perfiles y la documentación necesaria de las personas integrantes de los
Órganos y de los Comités Auxiliares, acorde a lo dispuesto en los artículos 7 y 8 de las Reglas. La Secretaría,
en el ejercicio de sus atribuciones como unidad de apoyo de los Órganos y Comités Auxiliares, previo a la
inclusión en el orden del día de las propuestas de designaciones a las que se refieren los artículos 11, 13 y
14, revisará los perfiles, informando el resultado de esta actividad a cada una de las Representaciones.
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Artículo 24.- Las personas integrantes de los Órganos o Comités Auxiliares durarán en su encargo un
periodo máximo de seis años.
La duración de las personas integrantes de los Comités Auxiliares será determinada por cada una de las
Representaciones que las propusieron, sin que ésta exceda el tiempo establecido en la Ley del Infonavit.
Para el caso del Comité de Inversiones, la designación de sus integrantes se hará en forma escalonada
por un periodo máximo de seis años. Para mantener el escalonamiento, cada Representación realizará su
designación con dos años de diferencia.
Artículo 25.- El Ejecutivo Federal y las Representaciones promoverán, en apego a las bases legales de su
conformación o en la legislación que le sea aplicable, el principio de equidad de género en las propuestas de
Designación de sus representantes para la conformación de los Órganos y de los Comités Auxiliares, en
términos del artículo 7 de las Reglas.
Las Representaciones promoverán el principio de equidad de género, impulsando preferentemente el
objetivo de alcanzar que por lo menos el treinta por ciento de los espacios correspondientes a su
Representación, sean ocupados por mujeres.
Artículo 27.- Las personas integrantes de los Órganos y de los Comités Auxiliares serán removidas
cuando lo decida la instancia competente, a petición por escrito de la representación que propuso su
Designación.
Las personas integrantes del Consejo de Administración, de la Comisión de Vigilancia, del Comité de
Auditoría y de las Comisiones Consultivas Regionales cuya remoción se haya solicitado por escrito, quedarán
inmediatamente suspendidas de sus funciones. Las personas Integrantes de los demás Órganos y Comités
Auxiliares cuya remoción se haya solicitado, quedarán suspendidas de sus funciones a partir del momento en
que la Secretaría les notifique por escrito.
La Remoción de las personas integrantes de los Órganos y de los Comités Auxiliares se sujetarán a lo
siguiente:
I. Las personas integrantes de la Asamblea General podrán removerse libremente a petición del Ejecutivo
Federal o de la organización nacional de personas trabajadoras o empleadoras que las haya designado, para
lo cual, quien ostente su representación legal, deberá presentar la solicitud correspondiente a la persona
Titular de la Dirección General.
II. Las personas integrantes del Consejo de Administración y de la Comisión de Vigilancia serán removidas
por la Asamblea General a petición de la Representación que las propuso, y por conducto de la persona
Titular de la Dirección General.
III. Las personas integrantes del Comité de Auditoría sólo podrán removerse por el Consejo de
Administración, previo Dictamen de la Comisión de Vigilancia, a petición de la representación que las propuso,
dicha remoción deberá ser presentada ante la Secretaría y ratificada por la Asamblea General.
En tanto se reúne el Consejo de Administración, las personas integrantes del Comité de Auditoría cuya
remoción se haya solicitado, quedarán de inmediato suspendidas en sus funciones y la persona Integrante
Suplente tomará su lugar.
IV. Las personas integrantes de los Comités Auxiliares serán removidas por el Consejo de Administración
a petición de la representación que las propuso, por conducto de la Secretaría, salvo lo previsto en la
siguiente fracción.
V. Las personas Integrantes Profesionales del Comité de Inversiones podrán ser removidas por
violaciones al Código de Ética en términos del artículo 31 del presente ordenamiento, por conducto de la
Secretaría. En tal caso, la representación correspondiente propondrá a una nueva persona integrante para
cubrir el periodo de aquella que haya sido removida, a efecto de respetar la designación escalonada a la que
se refiere el artículo 24.
VI. Las personas integrantes del Comité de Transparencia y de la Comisión de Inconformidades serán
removidas, a petición de la representación que las propuso, por la Asamblea General, previa propuesta de la
Comisión de Vigilancia.
En tanto se reúne la Asamblea General, las personas integrantes de los Órganos y de los Comités
Auxiliares cuya remoción se haya solicitado, quedarán de inmediato suspendidas en sus funciones.
VII. Las personas integrantes de las Comisiones Consultivas Regionales serán removidas por el Consejo
de Administración a petición de la representación que las propuso, por conducto de la Secretaría Técnica que
corresponda.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Artículo 28.- En el supuesto de que cualquier persona integrante de los Órganos o Comités Auxiliares
actualice un Conflicto de Interés, la persona Titular de la Dirección General podrá solicitar la suspensión
inmediata al Órgano encargado de su designación, la cual de aprobarse dará lugar a que la persona
Integrante Suplente entre en funciones.
En caso de que se compruebe el Conflicto de Interés, la persona integrante será removida de sus
funciones por el Órgano encargado de su designación de manera inmediata a efecto de iniciar el
procedimiento con las instancias correspondientes.
Artículo 30.- En el caso de suspensión o Remoción de alguna persona Integrante Propietaria, será
reemplazada por la Integrante Suplente, hasta en tanto no sea Designada una nueva Integrante Propietaria
por el Órgano facultado para ello. Dicha determinación deberá hacerse del conocimiento del Órgano
correspondiente en la sesión inmediata siguiente.
En caso de no contar con una Integrante Suplente, la Representación a la que le corresponda la vacante
realizará la propuesta de forma inmediata, asegurándose de que cumpla con los requisitos establecidos para
las Integrantes Propietarias o Profesionales, según corresponda.
Artículo 34.- La Asamblea General deberá reunirse por lo menos dos veces al año conforme a lo
siguiente:
I. La primera sesión ordinaria se celebrará dentro de los cuatro primeros meses del año para examinar y,
en su caso, aprobar al menos los siguientes asuntos:
a)
Estados financieros del Instituto que resulten de la operación en el último ejercicio, dictaminados por
una Auditoría Externa y aprobados por el Consejo de Administración;
b)
Dictamen de la Auditoría Externa sobre el ejercicio del presupuesto de gastos de administración,
operación y vigilancia del año anterior, aprobado por el Consejo de Administración;
c)
Dictamen de la Comisión de Vigilancia sobre el informe que le remita el Comité de Auditoría, con
relación a la situación que guarda el Sistema de Control Interno del Instituto;
d)
Informe anual de la Comisión de Vigilancia sobre el funcionamiento de los Órganos del Instituto a que
se refiere el artículo 40, fracción VII, de estas Reglas; e
e)
Informe anual de la persona Titular de la Dirección General sobre las actividades del ejercicio anterior
del Instituto y sobre la situación patrimonial y operativa del Instituto, así como de la financiera de sus
activos y pasivos, que contenga una evaluación respecto a la suficiencia de los flujos
correspondientes para cubrir la operación del Instituto para su envío al Congreso de la Unión y al
Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
II. La segunda sesión ordinaria se celebrará dentro de los últimos dos meses del año para examinar y, en
su caso, aprobar al menos los siguientes asuntos:
a)
Plan financiero, que incluirá los objetivos estratégicos, el programa de inversión habitacional, así
como las proyecciones financieras del Instituto a cinco años.
b)
Planes de labores y de financiamientos del Instituto para el siguiente año;
c)
Presupuesto de ingresos y egresos del siguiente año;
d)
Revisión anual de la evaluación y seguimiento de los Planes Financieros y Estratégicos del Instituto; y
e)
Calendario anual de sesiones ordinarias de los Órganos y de los Comités Auxiliares.
III. Independientemente de la sesión de que se trate, la Asamblea General podrá ocuparse además de los
siguientes asuntos:
a)
Hacer las Designaciones o Ratificaciones, así como las Remociones, de acuerdo con las atribuciones
que le confiere la Ley del Infonavit para los Órganos, salvo de la persona Titular de la Dirección
General, y de las personas integrantes de los Comités Auxiliares;
b)
Decidir sobre el establecimiento, funcionamiento, así como la modificación o supresión de las
Comisiones Consultivas Regionales del Instituto, señalándoles su jurisdicción;
c)
Aprobar e instruir la publicación de:
i.
Reglas de Operación de los Órganos y Comités Auxiliares del Instituto;
ii.
Estatuto Orgánico;
iii.
Código de Ética;
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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iv.
Normativa en materia de transparencia y acceso a la información pública conforme a la legislación
general y federal aplicable;
v.
Políticas generales en materia de crédito, arrendamiento social, administración inmobiliaria y
enajenación de vivienda;
vi.
Las políticas de organización de la contabilidad y auditoría interna del Instituto en términos del
artículo 66, fracción II, de la Ley del Infonavit, previo conocimiento del Consejo de Administración;
vii. Las políticas internas que establezcan los lineamientos y procedimientos relativos al manejo y, en su
caso, destrucción de los documentos relativos a las operaciones y servicios relacionados con la
actividad crediticia, las cuales deberán cumplir con lo que establece la Ley General de Archivos y el
artículo 36 de las Normas de Carácter Prudencial y Sanas Prácticas en Materia de Crédito Aplicables
al Infonavit, y
viii. El Balance Anual del Instituto en el Diario Oficial de la Federación y en dos de los diarios de mayor
circulación, dentro de los treinta días siguientes a la fecha en que sea aprobado.
d)
Operaciones del Instituto que, por su importancia, a juicio de alguna de las Representaciones, del
Consejo de Administración o de la persona Titular de la Dirección General, ameriten acuerdo expreso
de la Asamblea General;
e)
Conocer las denuncias que presenten los auditores externos sobre las irregularidades que detecten
en cumplimiento de las obligaciones que la Ley del Infonavit les impone;
f)
Conocer o aprobar, según corresponda, los informes y demás asuntos que le propongan otros
Órganos del Instituto;
g)
Resolver de manera definitiva sobre las Resoluciones del Consejo de Administración y de la
Comisión de Vigilancia suspendidas por la persona Titular de la Dirección General derivado del
ejercicio de su derecho de veto;
h)
Informe de seguimiento a las Recomendaciones de Asamblea General; y
i) Los demás que la Ley del Infonavit señala y los que sean necesarios para el cumplimiento de los fines
del Instituto, que no se encuentren reservados a otro Órgano de éste.
Artículo 35.- El Consejo de Administración tendrá las atribuciones que se le señalen en la Ley del
Infonavit y las adicionales que le señale la Asamblea General a través de las presentes Reglas de Operación,
o se desprendan de ellas.
Para efectos del ejercicio de las facultades conferidas al Consejo de Administración por la Ley del
Infonavit, la Administración deberá cumplir los requisitos establecidos en la normativa interna que resulte
aplicable a cada asunto y acompañar el Dictamen de los Comités Auxiliares, o Comités Internos que para tal
efecto determine la persona Titular de la Dirección General según corresponda. Sin perjuicio de lo anterior, se
observarán las reglas siguientes:
I. Para decidir sobre la inversión en valores del Instituto:
a)
La Administración presentará al Comité de Inversiones el dictamen del Comité Interno sobre la
propuesta de creación de nuevos fondos, los cuales podrán constituirse como contratos de
fideicomiso de acuerdo con las políticas del Instituto en la materia y la propuesta de marco de gestión
que regulará su administración y gestión;
b)
En su caso, el Comité de Inversiones dictaminará la creación de los nuevos fondos, propondrá al
Consejo de Administración el marco de gestión que corresponda; y
c)
La Administración deberá someter al Consejo de Administración, por conducto del Comité de
Inversiones, la autorización de la política y estrategia en materia de gestión de inversiones en valores
de los fondos del Instituto.
II. Para la presentación a la Asamblea General de las proyecciones financieras del Instituto a cinco años,
del presupuesto de ingresos y egresos, los planes de labores y de financiamientos, el plan financiero para el
siguiente año, el informe de la persona Titular de la Dirección General sobre las actividades del ejercicio
anterior del Instituto y el informe sobre la situación patrimonial y operativa del Instituto, así como de la
situación financiera de sus activos y pasivos, que contenga una evaluación respecto a la suficiencia de los
flujos correspondientes para cubrir la operación del Instituto para su presentación al Ejecutivo Federal, por
conducto de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y al Congreso de la Unión, así como los estados
financieros:
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a)
Los estados financieros anuales deberán ser dictaminados por una Auditoría Externa y aprobados
por el Comité de Auditoría para ser posteriormente turnados al Consejo de Administración para su
aprobación; y
b)
En su caso, el Consejo de Administración aprobará la presentación a la Asamblea General de los
documentos referidos en esta fracción.
III. Aprobar los estados financieros trimestrales en cuyo caso se deberá contar con la previa aprobación
del Comité de Auditoría.
IV. Para la presentación a la Asamblea General de modificaciones a las Reglas de Operación de los
Órganos y Comités Auxiliares del Instituto y el Estatuto Orgánico:
a)
La persona Titular de la Dirección General presentará ante el Consejo de Administración las
propuestas de modificaciones a las Reglas de Operación de los Órganos, así como el Estatuto
Orgánico del Instituto; y
b)
El Consejo de Administración, una vez recibida la propuesta normativa por la persona Titular de la
Dirección General, examinará y, en su caso, aprobará su presentación a la Asamblea General para
su aprobación.
V. Para la emisión de las políticas internas que establezcan los lineamientos y procedimientos relativos al
manejo y, en su caso, destrucción de los documentos relativos a las operaciones y servicios relacionados con
la actividad crediticia:
a)
La persona Titular de la Dirección General, a través del área de la Administración competente,
presentará ante el Comité de Riesgos la propuesta de las políticas internas;
b)
El Comité de Riesgos, una vez recibida la propuesta, examinará y en su caso, la presentará al
Consejo de Administración; y
c)
El Consejo de Administración, revisará y, en su caso, autorizará su presentación para aprobación a la
Asamblea General.
VI. Para la emisión, aprobación y revisión de normativa requerida para la aplicación del artículo 41 Bis de
la Ley del Infonavit:
a)
La persona Titular de la Dirección General presentará ante el Consejo de Administración la propuesta
de normativa.
b)
El Consejo de Administración, una vez recibida la propuesta normativa por la persona Titular de la
Dirección General, examinará y, en su caso, aprobará y ordenará su publicación.
c)
El Consejo de Administración, revisará al menos cada cinco años la normativa que se emita para
efectos del artículo referido.
VII. En relación con los cambios de normativa en materia de control interno:
a)
La Auditoría Interna presentará al Comité de Auditoría la propuesta de cambios a la normativa en
materia de control interno;
b)
El Comité de Auditoría remitirá a la Administración, por conducto de la Contraloría General, la
propuesta para que las áreas emitan sus comentarios y propuestas de ajuste;
c)
El Comité de Auditoría le presentará al Consejo de Administración los cambios o reformas
convenientes en materia de control interno; y
d)
El Consejo de Administración aprobará los cambios a lineamientos propuestos sobre control interno,
tomando en consideración la propuesta del Comité de Auditoría.
VIII. Respecto a la determinación de la tasa de interés que generará el saldo de la subcuenta de vivienda a
la que se refiere el artículo 39 de la Ley del Infonavit:
a)
Con base en la Política de Rendimiento a la Subcuenta de Vivienda, la Administración elaborará una
propuesta argumentada, justificada y motivada, sobre la tasa de interés relativa a esta fracción, y la
presentará a la persona Titular de la Dirección General, quien aprobará su presentación al Consejo
de Administración;
b)
El Consejo de Administración determinará la tasa de interés que generará el saldo de la subcuenta
de vivienda.
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IX. Para el establecimiento de los Comités Auxiliares necesarios, para el cumplimiento de sus funciones:
a)
Las personas integrantes del Consejo de Administración, de forma individual o por Representación,
podrán proponer la creación o eliminación de algún Comité Auxiliar;
b)
El Consejo de Administración estudiará la propuesta a efecto de delimitar sus funciones específicas;
c)
El Consejo de Administración, emitirá una Resolución que validará jurídicamente la creación o
eliminación del Comité Auxiliar; y
d)
Una vez que sea creado o eliminado un Comité Auxiliar, se modificarán las Reglas de Operación,
mismas que serán enviadas para aprobación de la Asamblea General.
X. Para la aprobación de las políticas generales y los lineamientos que delimiten los niveles de riesgo bajo
los cuales trabajará la Administración del Instituto:
a)
La Dirección General, a través del área competente, le enviará al Comité de Riesgos, una propuesta
sobre los objetivos, lineamientos y políticas generales para la Administración Integral de Riesgos, así
como de los Límites Globales de Exposición al Riesgo y los Límites Específicos de Exposición;
b)
El Comité de Riesgos dictaminará sobre los documentos y autorizará su presentación al Consejo de
Administración;
c)
El Consejo de Administración analizará y en su caso, aprobará las propuestas de políticas generales,
objetivos o lineamientos; y
d)
Para el caso de los límites aplicables a la gestión de inversiones en valores, el Comité de Riesgos
deberá emitir un Dictamen sobre las implicaciones de los referidos límites para cada clase de activo,
mismo que hará del conocimiento del Comité de Inversiones en forma previa a la presentación al
Consejo de Administración.
XI. Proponer a la Asamblea General, para su aprobación, las políticas generales en materia de crédito,
que incluyan, entre otros la originación y administración del crédito:
a)
La persona Titular de la Dirección General, a través del área de la Administración competente,
presentará al Consejo de Administración, para su consideración, las políticas en materia de
originación y administración del crédito; y
b)
El Consejo de Administración, una vez recibida la propuesta, examinará y en su caso, propondrá su
presentación a la Asamblea General para su aprobación.
XII. Para la aprobación del Manual de Crédito y las Reglas de Otorgamiento de Crédito:
a)
La persona Titular de la Dirección General, a través del área de la Administración competente,
presentará al Consejo de Administración el Manual de Crédito y las Reglas de Otorgamiento de
Crédito; y
b)
El Consejo de Administración, examinará y en su caso, aprobará y ordenará su publicación.
XIII. Conocer de los informes anuales sobre las problemáticas que hayan generado desviaciones de los
objetivos, lineamientos y políticas de originación y administración de crédito y de las acciones que se
implementaron para su solventación, así como respecto de los recursos humanos, materiales y económicos
que se destinen a garantizar una adecuada originación y administración de la cartera crediticia;
XIV. Aprobará la selección del evaluador independiente para la realización de la evaluación técnica del
cumplimiento de las Metodologías Internas, conforme a los requisitos de independencia, experiencia y
capacidad técnica establecidos en el Manual de Riesgos de Crédito;
XV. Conocer, cada veinticuatro meses, los resultados de la evaluación técnica sobre la efectividad de la
Metodología Interna de reservas por riesgo de extensión;
XVI. Para la autorización del porcentaje a aplicar a los activos ponderados por riesgo de crédito:
a)
La persona Titular de la Dirección General, a través del área de la Administración competente,
presentará al Consejo de Administración la propuesta de porcentaje a aplicar; y
b)
El Consejo de Administración, examinará y en su caso, aprobará para su aplicación a los activos
ponderados por riesgo de crédito.
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XVII. Para la aprobación de las Metodologías Internas y su uso, así como de las políticas y procedimientos
que formen parte integral de estas, se observará el procedimiento siguiente:
a)
La persona Titular de la Dirección General, a través del área de la Administración competente,
presentará al Comité de Riesgos la propuesta correspondiente para su análisis, a efecto de que, en
su caso, sea sometida a consideración del Consejo de Administración;
b)
El Consejo de Administración, examinará y en su caso, aprobará la propuesta para su posterior
remisión a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a fin de obtener la autorización
correspondiente; y
c)
En caso de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público emita observaciones o ajustes a las
Metodologías Internas, estas deberán someterse al Consejo de Administración para su aprobación.
XVIII. Conocer y aprobar los informes que le presente el Comité de Auditoría, así como los dictámenes de
la Comisión de Vigilancia, sobre la situación que guarda el sistema de control interno del Instituto, para la
determinación de las medidas procedentes;
XIX. Evaluar la opinión que le envíe la Comisión de Vigilancia sobre los informes remitidos por el Comité
de Auditoría; y
XX. Conocer la opinión que le envíe la Comisión de Vigilancia sobre los informes presentados por
cualquiera de las diferentes áreas de la Administración.
Artículo 36.- En términos del artículo 16, fracción XXI, de la Ley del Infonavit, para favorecer el eficiente
funcionamiento del Instituto, el Consejo de Administración contará, de manera enunciativa, más no limitativa,
con los siguientes Comités Auxiliares:
I. Comité de Inversiones; y
II. Comité de Riesgos.
Lo anterior, sin perjuicio de aquellos Comités Auxiliares que el Consejo de Administración determine crear.
Artículo 39.- El Comité de Riesgos tendrá por objeto auxiliar al Consejo de Administración para vigilar y
asegurar que la realización de las operaciones se ajuste a los objetivos, lineamientos y políticas para la
administración de Riesgos a los que se encuentra expuesto el instituto, así como los Riesgos de Crédito y los
Límites de Exposición al Riesgo de Crédito y, tendrá exclusivamente las siguientes funciones:
I. Examinará, dictaminará y, en su caso, propondrá para su aprobación al Consejo de Administración:
a)
Los objetivos, lineamientos y políticas para la Administración de Riesgos de Crédito;
b)
Los Límites de Exposición al Riesgo de Crédito;
c)
Los mecanismos para la implementación de acciones correctivas;
d)
Los casos o circunstancias especiales en las cuales se puedan exceder los Límites de Exposición al
Riesgo de Crédito;
e)
Las reservas a constituirse para asegurar la sustentabilidad financiera y operación del Instituto;
f)
Los procesos y procedimientos para aplicar las Metodologías Internas del Instituto;
g)
La metodología y procedimientos para identificar, medir, vigilar, limitar, controlar, informar y revelar
los riesgos de crédito, así como sus eventuales modificaciones;
h)
Los modelos, parámetros y escenarios que habrán de utilizarse para llevar a cabo la valuación,
medición y el control del riesgo de crédito;
i)
Las metodologías para la identificación, valuación, medición y control de los riesgos de crédito de las
nuevas operaciones, productos y servicios que el Instituto pretenda ofrecer al mercado;
j)
El Manual de Riesgos de Crédito de acuerdo con los objetivos, lineamientos y políticas;
k)
Las políticas internas que establezcan los lineamientos y procedimientos relativos al manejo y, en su
caso, destrucción de los documentos relativos a las operaciones y servicios relacionados con la
actividad crediticia, en términos del artículo 36 de las Normas de Carácter Prudencial y Sanas
Prácticas en Materia de Crédito Aplicables al Infonavit y las disposiciones jurídicas aplicable; y
l)
el diseño de los procesos de construcción, implementación y seguimiento de las Metodologías
Internas, así como las modificaciones necesarias. Verificando técnicamente su adecuada
implementación y seguimiento, informando al Consejo y a la Dirección General.
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II. Informar al Consejo, cuando menos trimestralmente, sobre la exposición al riesgo asumida por el
Instituto y los efectos que se podrían producir en su funcionamiento, estabilidad y solvencia, así como sobre
las desviaciones de los Límites de Exposición al Riesgo de Crédito y niveles de tolerancia al riesgo
establecidos;
III. Asegurar, en todo momento, el conocimiento por parte de todo el personal involucrado en la toma de
riesgos, de los Límites de Exposición al Riesgo de Crédito, así como los niveles de tolerancia al riesgo;
IV. Elaborar mensualmente el análisis del riesgo de crédito, considerando al efecto, las operaciones de
otorgamiento de crédito, considerando los Límites de Exposición al Riesgo de Crédito Aplicables y los Niveles
de Tolerancia;
V. Elaborar y presentar a la Dirección General y al Consejo, por lo menos una vez al año, pruebas de
estrés para complementar los modelos basados en datos históricos al incorporar escenarios extremos que
permitan al Infonavit identificar los impactos de forma prospectiva, con la finalidad de mejorar los procesos de
planificación y ayudarlo a definir sus Límites de Exposición al Riesgo de Crédito.
VI. Aprobar:
a)
Los sistemas de medición que permitan cuantificar las Pérdidas Esperadas de toda la Cartera
Crediticia propuestos por el área encargada de la Administración de Riesgos de Crédito;
b)
Informe mensual respecto a los resultados del Riesgo de la Cartera Crediticia, mismo que deberá
realizarse conforme a lo señalado en el artículo 46 de las Normas de Carácter Prudencias y Sanas
Prácticas en materia de Crédito aplicables al Instituto el cual, deberá presentarse para conocimiento
a la Comisión de Vigilancia y a la Dirección General, así como estar disponibles para la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores;
c)
Informe anual relativo a la Administración de Riesgos de Crédito, conforme a lo estipulado en el
artículo 47 de las Normas de Carácter Prudencial y Sanas Prácticas en materia de Crédito aplicables
al Instituto el cual, deberá presentarse para conocimiento a la Comisión de Vigilancia y al Comité de
Auditoría y, remitido a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores en un plazo máximo de 10 días
hábiles, posteriores a la fecha en que se compartió con dichos Órganos;
d)
Ajustar o autorizar que se excedan los Límites de Exposición al Riesgo de Crédito, de manera
excepcional cuando las condiciones y el entorno del Instituto así lo requieran previa aprobación del
Consejo;
e)
La clasificación de los créditos de acuerdo con su tipo o destino desagregándolos por nivel,
remitiéndolos para consideración del Consejo de Administración y su posterior envío a la Asamblea
General y a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, y
f)
El desarrollo, implementación y uso de los modelos por lo menos una vez al año.
VII. Conocer de los siguientes informes:
a)
Informes de los eventos contingentes en los que, por caso fortuito, se observe una desviación a los
Límites de Exposición al Riesgo e informar al Consejo de Administración y a la Dirección General;
b)
Informe mensual de los resultados de los análisis y proyecciones, así como el monto de las reservas
preventivas que corresponda constituir; y
c)
Informe anual de los resultados de las auditorías de Administración de Riesgos realizadas por la
Auditoría Interna.
VIII. Revisión anual de los métodos paramétricos para la aprobación;
IX. Dictaminar la propuesta de políticas internas que establezcan los lineamientos y procedimientos
relativos al manejo y, en su caso, destrucción de los documentos relativos a las operaciones y servicios
relacionados con la actividad crediticia para su presentación al Consejo de Administración y posterior envío a
la Asamblea General para su aprobación;
X. En relación con la administración de los riesgos distintos a los de crédito:
a)
Dictaminar para presentación y aprobación del Consejo de Administración la normativa,
metodologías, modelos y parámetros, así como su inclusión en el Manual de Administración de
Riesgos;
b)
Dictaminar para su presentación al Consejo de Administración los objetivos, lineamientos, políticas,
límites y niveles de tolerancia, y
c)
Tomar conocimiento de las propuestas de la Administración con relación al informe y revelación de
los distintos tipos de riesgos a los que se encuentra expuesto el Instituto, así como de las
estimaciones de impactos cuantitativos y cualitativos de las contingencias operativas.
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XI. Conocer y analizar los documentos, informes y/o estudios que le presente la Administración en los
términos de estas Reglas de Operación;
XII. Dar seguimiento a las Recomendaciones y Resoluciones emitidas por la Asamblea General y a las
Resoluciones del Consejo de Administración, en el ámbito de sus atribuciones;
XIII. Remitir al Consejo de Administración los asuntos en los que éste requiera un Dictamen emitido por
este Comité; y
XIV. Las demás que establezca el Consejo de Administración o la normativa en materia de riesgos.
Artículo 41.- La Comisión de Vigilancia tendrá las siguientes atribuciones y facultades:
I. Emitir un Plan de Trabajo Anual en el que se contemple el cumplimiento de la normativa aplicable;
II. Conocer y aprobar los Dictámenes emitidos por la Contraloría General, como instancia investigadora
auxiliar de la propia Comisión;
III. Proponer a la Asamblea General y al Consejo de Administración, en su caso, las medidas que juzgue
convenientes para mejorar el funcionamiento del Instituto, para lo cual podrá solicitar al Comité de Auditoría, el
análisis, información y revisión de aspectos sustantivos que estime pertinentes. La Administración
proporcionará a la Comisión de Vigilancia, la información de carácter estratégico necesaria para el
cumplimiento de esta función;
IV. Proponer a la Asamblea General las modificaciones al Código de Ética que sean elaboradas por la
Administración;
V. Vigilar que las personas integrantes de los Órganos y Comités Auxiliares actúen conforme a la
normativa aplicable y con apego al Código de Ética, para lo cual podrá emitir las Recomendaciones
pertinentes a la Representación que corresponda o, en su caso, recomendar su remoción;
VI. Establecer los criterios de evaluación del desempeño a los que estarán sujetos los Órganos del
Instituto y Comités Auxiliares, utilizando para tales efectos el informe que realiza esta Comisión a la Asamblea
General previsto en el artículo 18, fracción IV, de la Ley del Infonavit y fracción siguiente de esta Regla;
VII. Informar una vez al año a la Asamblea General sobre el funcionamiento de los Órganos del Instituto y
Comités Auxiliares;
VIII. Proponer a la Asamblea General la Designación o Remoción de las personas integrantes del Comité
de Transparencia y de la Comisión de Inconformidades, por conducto de la Representación correspondiente;
IX. Conocer la normativa del Comité de Transparencia y de la Comisión de Inconformidades y, vigilar su
actuación;
X. En los casos que a su juicio lo amerite, convocar a Asamblea General y hacer que se incluyan en el
orden del día de las sesiones de la Asamblea General y del Consejo de Administración, los asuntos que
considere convenientes;
XI. Emitir Dictamen sobre el informe que le remita el Comité de Auditoría en relación con la situación que
guarda el Sistema de Control Interno del Instituto, para su presentación al Consejo de Administración o a la
Asamblea General;
XII. Enviar al Consejo de Administración su Opinión, sobre los informes que se le presenten de manera
periódica por la Administración en el ámbito de sus atribuciones;
XIII. Enviar al Consejo de Administración su Opinión, respecto a protocolos a través de los cuales se
establecerán las directrices, con base en la normativa institucional vigente, así como las acciones
relacionadas con la atención, en tiempo y forma, por parte de la Administración a las auditorías practicadas
por las Entidades Fiscalizadoras competentes al Infonavit;
XIV. Dictaminar la propuesta para la Designación y Remoción de las personas integrantes del Comité de
Auditoría;
XV. Emitir criterios de operatividad, de atención y servicio a los que se deberá sujetar la Administración
respecto de los asuntos que conozca la Comisión de Inconformidades;
XVI. Dar seguimiento al cumplimiento de las Resoluciones de los Órganos y Comités Auxiliares;
XVII. Solicitar la opinión de terceros para el adecuado desempeño de sus funciones;
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XVIII. Conocer los Dictámenes que elabore la Comisión de Inconformidades con relación a las
controversias que se susciten sobre el valor de las prestaciones que las empresas estuvieren otorgando a las
personas trabajadoras en materia de vivienda, y resolver lo que a su juicio proceda;
XIX. Conocer el procedimiento iniciado por la Contraloría General, así como sus resultados, ante el
incumplimiento del Instituto respecto a los programas de autocorrección dentro del plazo de ejecución
establecido, derivado de irregularidades normativas en las operaciones crediticias del Instituto;
XX. Revisar, analizar y emitir opinión al Informe periódico sobre la situación financiera del Instituto y
remitirla al Consejo de Administración; y
XXI. Conocer de los siguientes informes en materia de crédito:
a)
Informe anual que presente la Dirección General sobre las problemáticas que hayan generado
desviaciones de los objetivos, lineamientos y políticas de originación y administración de crédito y de
las acciones que se implementaron para solventarlas, así como respecto de los recursos humanos,
materiales y económicos que se destinen a garantizar una adecuada originación y administración de
la cartera crediticia;
b)
Informe trimestral que presente la Dirección General sobre las desviaciones respecto de los
objetivos, lineamientos, políticas, procedimientos, estrategias y normatividad vigente en materia de
crédito;
c)
Informe mensual respecto de los resultados del Riesgo de la Cartera Crediticia;
d)
Informe anual relativo a la Administración de Riesgos de Crédito;
e)
Informe respecto de los resultados de las auditorías de Administración de Riesgos realizadas por la
Auditoría Interna aprobados por el Comité de Riesgos; e
f)
Informes de supervisión y vigilancia emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
XXII. Las demás a que se refiere la Ley y necesarias para el cumplimiento de los fines del Instituto.
Artículo 43.- El Comité de Auditoría tendrá las atribuciones y facultades que se enuncian a continuación:
I. En materia de administración de riesgos:
a)
Informar al Consejo de Administración y a la Dirección General, conforme a las disposiciones
aplicables emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, los resultados de las revisiones
que se practiquen al funcionamiento del Área competente en materia de riesgos y de las
evaluaciones a los enfoques y modelos de medición de riesgos;
b)
Informar aquellos riesgos que son identificados y expuestos en el Instituto de acuerdo con el marco
regulatorio;
c)
Evaluar el adecuado cumplimiento normativo respecto del manejo de los activos, pasivos y
patrimonio del Instituto y, en especial, la adecuada definición de riesgos y pasivos a largo plazo, en
función de su inserción en el sistema de pensiones e informar al Consejo de Administración;
d)
Conocer del Informe trimestral que presente la Dirección General sobre las desviaciones respecto de
los objetivos, lineamientos, políticas, procedimientos, estrategias y normatividad vigente en materia
de crédito;
e)
Aprobar el informe de resultados de las auditorías de Administración de Riesgos de Crédito
realizadas por la Auditoría Interna, y
f)
Conocer del informe anual de la Auditoría Interna respecto de las revisiones que realice en materia
de crédito.
II. …
III. …
a) …
b) Revisar y emitir opinión a la Dirección General, a la Comisión de Vigilancia y al Consejo de
Administración sobre el informe periódico de la situación financiera del Instituto;
c) a e) …
IV. …
a) a d) …
e) Revisión anual al documento que contenga las Políticas de organización de Auditoría Interna, y
autorizar cambios al mismo.
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V. …
VI. …
a) …
b) Verificar trimestralmente que el programa de auditoría interna se desempeñe de conformidad con
estándares de calidad adecuados en materia de controles internos;
c) a i) …
VII. …
VIII. En materia de información patrimonial, verificar la existencia y funcionamiento de un sistema integral
de información de la situación patrimonial de los funcionarios del Instituto, aprobado por el Consejo de
Administración a propuesta de la persona Titular de la Dirección General.
Artículo 47.- La persona Titular de la Auditoría Interna tendrá las siguientes atribuciones y facultades:
I. a XVI. …
XVII. Someter para consideración y aprobación del Comité de Auditoría el Estatuto que establezca las
políticas generales que se requieran para conducir el desarrollo de las actividades de auditoría interna, para
su equipamiento y su gestión administrativa;
XVIII. Realizar auditorías de la Administración de Riesgos de Crédito, cuando menos una vez al año, en
términos del artículo 48 de las Normas de Carácter Prudencial y Sanas Prácticas en Materia de Crédito
Aplicables al Infonavit;
XIX. Presentar al Comité de Auditoría para su aprobación el informe de auditorías en materia de crédito,
que permita establecer y dar seguimiento a procedimientos y controles relativos a las operaciones que
impliquen algún riesgo y a la observancia de los Límites de Exposición al Riesgo de Crédito;
XX. …
Artículo 54.- La Comisión de Inconformidades es el Órgano del Instituto competente para conocer de los
siguientes asuntos:
I. De las reclamaciones que reciba por parte de las personas empleadoras, las personas trabajadoras o
sus causahabientes y beneficiarias, cuando a juicio de éstas hubiesen recibido atención incorrecta, injusta o
negligente en el trámite de una solicitud ante la Administración, y se asegurará de su debida atención, en los
términos de la normativa correspondiente;
II. De los recursos que promuevan ante el Instituto, las personas empleadoras, las personas trabajadoras
o sus causahabientes y beneficiarias, en los términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley del
Infonavit, la normativa correspondiente y con sujeción a los criterios que, sobre el particular, emita la Comisión
de Vigilancia;
III. De las controversias que se susciten sobre el valor de las prestaciones que las empresas estuvieren
otorgando a las Personas Trabajadoras Derechohabientes, en materia de vivienda, para decidir si son
inferiores, iguales o superiores al porcentaje consignado en el artículo 136 de la Ley Federal del Trabajo y
poder determinar las aportaciones que deban enterar al Instituto o si quedan exentas de tal aportación.
Una vez tramitadas las controversias en los términos de la normativa respectiva, la Comisión de
Inconformidades presentará un Dictamen sobre las mismas a la Comisión de Vigilancia, que resolverá lo que
a su juicio proceda, y
IV. Respecto de los asuntos que no son competencia de la Comisión de Inconformidades, de acuerdo con
lo señalado en su Reglamento, serán remitidos a las áreas competentes, para que atiendan la Resolución
emitida en apego a las facultades señaladas en el Estatuto Orgánico del Infonavit.
Artículo 55.- …
…
Los requerimientos de información de la Comisión de Inconformidades son de observancia obligatoria para
la Administración y deberán ser atendidos dentro de los plazos que marca el Reglamento de la Comisión.
…
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Artículo 58.- La Asamblea General, a propuesta del Consejo de Administración, aprobará el
establecimiento y funcionamiento de las Comisiones Consultivas Regionales, determinando su jurisdicción y la
localidad en que haya de establecerse la sede de cada una de ellas, procurando que haya al menos una
Comisión por cada Delegación Regional. De igual forma, resolverá sobre su modificación o supresión, de
acuerdo con los estudios que al efecto le presente el Consejo de Administración.
Artículo 59.- Las Comisiones Consultivas Regionales se integrarán en forma tripartita con cuatro personas
Integrantes Propietarias por cada Representación, con sus respectivas Integrantes Suplentes.
Artículo 60.- El Consejo de Administración designará a las personas Integrantes Propietarias e
Integrantes Suplentes de las Comisiones Consultivas Regionales, de acuerdo con las propuestas de las
Representaciones correspondientes.
…
…
Artículo 61.- Las personas integrantes de las Comisiones Consultivas Regionales serán removidas o
ratificadas en el cargo cuando haya transcurrido el periodo para el que fueron nombradas o cuando lo decida
el Consejo de Administración, a petición de la Representación que propuso su Designación por conducto de la
Secretaría Técnica que corresponda.
Cuando se haya solicitado la Remoción de una persona Integrante Propietaria, quedará de inmediato
suspendida de sus funciones siendo reemplazada por la persona Integrante Suplente hasta en tanto no sea
nombrada una nueva persona Integrante Propietaria por el Consejo de Administración.
Artículo 62.- Las Comisiones Consultivas Regionales tendrán las siguientes atribuciones:
I. a III. …
IV. Ser portavoz de la Delegación Regional correspondiente ante sus Representaciones y ante las
autoridades Estatales y Municipales;
V. a XI. …
XII. Promover, en conjunto con la persona Titular de la Delegación Regional, la celebración de eventos
para que las Personas Trabajadoras Derechohabientes conozcan plenamente los productos y programas que
ofrece el Instituto, a efecto de que seleccionen libremente, el que más se acomode a sus necesidades y
posibilidades;
XIII. a XIX. …
Artículo 63.- Los Órganos y Comités Auxiliares sesionarán de forma ordinaria conforme se establezca en
el calendario anual que se apruebe en la última sesión del año anterior de la Asamblea General, o en su
defecto, en la fecha, la hora y el lugar que se hayan fijado en la sesión anterior del Órgano o Comité Auxiliar
correspondiente, de la siguiente forma:
I. La Asamblea General sesionará conforme a las disposiciones del artículo 34;
II. El Consejo de Administración, la Comisión de Vigilancia, el Comité de Auditoría, el Comité de
Transparencia y las Comisiones Consultivas Regionales sesionarán en forma ordinaria por lo menos una vez
al trimestre;
III. Los Comités de Inversiones y de Riesgos sesionarán en forma ordinaria una vez al mes.
En caso de que no se cuente con asuntos pendientes por desahogar, la Secretaría hará constar lo
conducente sin necesidad de emitir convocatoria, y
IV. La Comisión de Inconformidades sesionará en forma ordinaria por lo menos dos veces al mes.
Artículo 64.- Los Órganos y los Comités Auxiliares podrán convocar a sesiones extraordinarias en
cualquier momento, a través de la Secretaría o, en su caso, de la Secretaría Técnica, a petición de la
Presidencia, cuando la importancia y la urgencia del asunto a tratar así lo amerite, conforme a lo siguiente:
I. Para la Asamblea General, por la misma Asamblea, el Consejo de Administración y la Comisión de
Vigilancia.
La persona Titular de la Dirección General del Instituto y el Comité de Auditoría podrán solicitar al Consejo
de Administración que se convoque a sesión extraordinaria de la Asamblea General;
II. Para el Consejo de Administración y sus Comités Auxiliares y para la Comisión de Vigilancia, a petición
de la persona Titular de la Dirección General o de por lo menos dos personas integrantes del Órgano
correspondiente, de dos Representaciones distintas;
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III. Para el Comité de Auditoría, a petición de cualquiera de sus integrantes, de la persona Titular de la
Auditoría Interna, de la Auditoría Externa o la persona Titular de la Contraloría General;
IV. Para la Comisión de Inconformidades, a petición del Consejo de Administración, el Titular de la
Dirección General y el Secretario, así como por el Presidente en turno o dos de sus integrantes. En todo caso
será necesario que se encuentren reunidas las tres personas Integrantes Propietarias o sus respectivas
suplentes, y
V. Para las Comisiones Consultivas Regionales, por acuerdo de la propia Comisión o de las personas
integrantes de cuando menos dos de las Representaciones que integran la Comisión.
Para el caso del Comité de Transparencia, las sesiones extraordinarias podrán convocarse mediante
correo electrónico autorizado por las Representaciones, únicamente a efecto de que se ejerzan las facultades
contenidas en las leyes en materia de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos
Personales, dejando constancia de las deliberaciones, las cuales deberán ser asentadas en el Acta
correspondiente, misma que deberá ser firmada de manera autógrafa o electrónica, a más tardar en la sesión
ordinaria inmediata posterior.
Artículo 65.- Las sesiones ordinarias y extraordinarias de los Órganos y Comités Auxiliares podrán
celebrarse utilizando medios remotos de comunicación, cuando las circunstancias, por fuerza mayor o caso
fortuito, así lo ameriten. Aún y cuando la sesión sea celebrada de manera presencial, se permitirá la asistencia
por medios remotos de comunicación de las personas integrantes en lo individual, cuando así lo solicite.
Las sesiones extraordinarias de los Órganos y Comités Auxiliares podrán llevarse a cabo en libros, cuyas
votaciones se emitirán por correo electrónico y, se plasmarán en las Actas o Dictámenes correspondientes,
con los requisitos señalados en el artículo 78 de las presentes Reglas.
Artículo 67.- La Secretaría o, en su caso, la Secretaría Técnica deberá emitir la convocatoria con
anticipación a la sesión ordinaria correspondiente, en los siguientes términos:
I. Para la Asamblea General, con cinco días hábiles de anticipación, en un horario entre las 08:00 y las
19:00 horas, y previa publicación en el Diario Oficial de la Federación, en dos de los diarios de mayor
circulación y en la página de internet del Instituto;
II. Para el Consejo de Administración, Comités Auxiliares, la Comisión de Vigilancia, el Comité de
Auditoría, el Comité de Transparencia y las Comisiones Consultivas Regionales, con siete días hábiles de
anticipación, en un horario entre las 08:00 y las 19:00 horas, y
III. Para la Comisión de Inconformidades, hasta con 48 horas de anticipación.
La Secretaría o, en su caso, la Secretaría Técnica deberá de circular los documentos correspondientes a
los asuntos a tratar en las sesiones de cada Órgano o Comité Auxiliar en el mismo plazo de envío de la
convocatoria mediante el SAOC, el SAYECCR o, en su caso, utilizando medios remotos de comunicación
diversos, cuando por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, así lo ameriten, para lo cual, los
responsables de la información deberán entregarla bajo principios de integridad y consistencia técnica, con la
oportunidad necesaria y conforme a los plazos establecidos por la Secretaría o, en su caso, la Secretaría
Técnica.
En el supuesto de utilización de medios remotos diversos, una vez concluidas las circunstancias de fuerza
mayor o caso fortuito, la Secretaría o, en su caso, la Secretaría Técnica deberá cargar la documentación e
información en el SAOC o el SAYECCR para su debido control y registro.
Artículo 68.- Para el caso de las sesiones extraordinarias, la Secretaría o, en su caso, la Secretaría
Técnica deberá emitir la convocatoria en los siguientes términos:
I. Para la Asamblea General se podrán convocar en cualquier tiempo, a través del SAOC o mediante
correo electrónico de cada asambleísta registrado ante el Instituto para estos efectos;
II. Para el Consejo de Administración, Comités Auxiliares, la Comisión de Vigilancia, el Comité de
Auditoría, el Comité de Transparencia y las Comisiones Consultivas Regionales, preferentemente, con 48
horas de anticipación, y
III. Para la Comisión de Inconformidades y el Comité de Inversiones, con al menos 24 horas de
anticipación.
La Secretaría o, en su caso, la Secretaría Técnica deberá de circular los documentos correspondientes a
los asuntos a tratar en las sesiones de cada Órgano o Comité Auxiliar en el mismo plazo de envío de la
convocatoria mediante el SAOC, SAYECCR o, en su caso, utilizando medios remotos de comunicación
diversos, cuando por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, así lo ameriten, para lo cual, los
responsables de la información deberán de entregarla con la oportunidad necesaria.
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En el supuesto de utilización de medios remotos diversos, una vez concluidas las circunstancias de fuerza
mayor o caso fortuito, la Secretaría deberá cargar la documentación e información en el SAOC para su debido
control y registro.
Artículo 69.- Las sesiones ordinarias y extraordinarias de los Órganos o Comités Auxiliares podrán
convocarse y publicarse utilizando medios remotos de comunicación diversos al SAOC o el SAYECCR,
cuando por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, así lo ameriten. Dichas convocatorias y
publicaciones deberán de ajustarse, en cuanto a su contenido y requisitos establecidos en los artículos 67, 68
y 70 de las presentes Reglas.
En el supuesto de utilización de medios remotos diversos, una vez concluidas las circunstancias de fuerza
mayor o caso fortuito, la Secretaría o, en su caso, la Secretaría Técnica deberá cargar la documentación e
información en el SAOC o el SAYECCR para su debido control y registro.
Artículo 70.- Las convocatorias deberán contener como mínimo lo siguiente:
I. a III. …
IV. La firma de la Secretaría o, en su caso, de la Secretaría Técnica; y
V. …
Artículo 71.- El orden del día de las sesiones ordinarias y extraordinarias será elaborado por la Secretaría
o, en su caso, por la Secretaría Técnica.
Las personas integrantes de cada Órgano, Comité Auxiliar o la persona Titular de la Dirección General,
directamente o por conducto de la persona Titular del área de la Administración competente, podrán solicitar a
la Presidencia o a la Secretaría o, en su caso, a la Secretaría Técnica la incorporación de asuntos en el orden
del día.
Adicionalmente, podrá solicitar la incorporación de asuntos en el orden del día:
I. En el caso del Consejo de Administración y sus Comités Auxiliares: el Comité de Auditoría y la Comisión
de Vigilancia, a través de su Presidencia;
II. En el caso de la Comisión de Vigilancia: el Consejo de Administración, el Comité de Auditoría, el Comité
de Transparencia y la Comisión de Inconformidades;
III. En el caso del Comité de Auditoría: la persona Titular de la Auditoría Interna, la persona Titular de la
Auditoría Externa y la Contraloría General;
IV. Para el caso del Comité de Transparencia: la persona Titular de la Unidad de Transparencia; y
V. Para el caso del Comité de Inversiones: la Secretaría Ejecutiva del Grupo de Trabajo de Inversiones del
Infonavit o, en su caso, las áreas de la Administración competentes en términos del Estatuto Orgánico,
siempre que cuenten con autorización del Grupo referido.
La solicitud de inclusión de asuntos al orden del día se deberá de realizar quince días hábiles previos a la
sesión, para las áreas de la Administración del Instituto.
En el caso de que la solicitud provenga de algún Órgano o Comité Auxiliar, se deberá de realizar con siete
días de hábiles de anticipación a la celebración de la sesión.
Adicionalmente y de manera excepcional, la persona Titular de la Dirección General y las personas
representantes podrán solicitar la inclusión de un tema en cualquier momento anterior a la sesión, cuando
exista acuerdo tripartito.
En el caso de las sesiones extraordinarias, se podrá solicitar la inclusión de asuntos con un mínimo de
veinticuatro horas previas a la sesión.
Artículo 72.- Los Órganos y Comités Auxiliares quedarán válidamente constituidos cuando concurran a la
sesión, como mínimo, dos terceras partes de sus personas Integrantes Propietarias o Integrantes Suplentes
en funciones de Propietaria, con asistencia de las tres Representaciones, o mínimo una persona Integrante
Propietaria o Integrante Suplente en funciones de Propietaria, cuando el Órgano se integre por una persona
de cada una de las tres Representaciones.
De no reunir el quórum requerido, la sesión deberá efectuarse a más tardar al día hábil siguiente, en la
misma hora y el mismo lugar, con la presencia de al menos, una tercera parte de las personas Integrantes
Propietarias o Integrantes Suplentes en funciones de Propietaria, correspondientes a las tres
Representaciones.
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En caso de no integrarse el quórum señalado en el párrafo anterior, la sesión se efectuará en el lugar y
fecha consignados en la segunda convocatoria, con las personas integrantes presentes.
En cualquier momento a petición de alguna representación, la Secretaría o, en su caso, la Secretaría
Técnica verificará si se cuenta con el quórum necesario para continuar con la sesión; en caso contrario, las
personas representantes de los sectores podrán solicitar a la Presidencia su suspensión o cancelación, según
corresponda.
Artículo 73.- …
En caso de que la persona Integrante Suplente correspondiente no pueda asistir a la sesión o también
deba excusarse, se continuará con el análisis y resolución del asunto sin la participación de la Representación
respectiva, sin que ello afecte el quórum requerido para la instalación o continuación de la sesión
correspondiente.
Artículo 74.- La asistencia de las personas Integrantes Suplentes a las sesiones de los Órganos o
Comités Auxiliares será requerida solamente en caso de que la persona Integrante Propietaria no pueda
asistir; en tal caso, lo comunicará a la Secretaría o, en su caso, a la Secretaría Técnica, así como a la persona
Integrante Suplente para que asista en funciones de Propietaria, preferentemente dos días previos a la
celebración de la sesión. Las personas Integrantes Propietarias y sus respectivas Integrantes Suplentes
deberán informarse mutuamente acerca de los asuntos tratados en las sesiones del Órgano o Comité Auxiliar
a las que asistan.
…
Artículo 75.- Las sesiones de los Órganos y Comités Auxiliares se desarrollarán de la siguiente forma:
I. En su caso, anuncio de la Presidencia de la sesión, por la Secretaría o, en su caso, la Secretaría
Técnica;
II. Verificación del quórum por la Secretaría o, en su caso, la Secretaría Técnica;
III. Consideración y aprobación, en su caso, del orden del día;
IV. Consideración y, en su caso, aprobación y rúbrica del Acta de la sesión anterior, y
V. Discusión y aprobación, en su caso, de los asuntos comprendidos en el orden del día.
Los Órganos y Comités Auxiliares, con apoyo de la Secretaría o, en su caso, de la Secretaría Técnica,
darán seguimiento puntual en cada sesión a los compromisos, Recomendaciones y Resoluciones adoptados
en sesiones anteriores.
Durante las sesiones ordinarias, se deliberará sobre las cuestiones contenidas en el orden del día.
Cualquier otro tema distinto a lo establecido en la orden del día, tendrá que ser tratado bajo el rubro de
asuntos generales al final de la sesión. Durante las sesiones extraordinarias, no habrá asuntos generales.
Excepcionalmente, si se produjese algún hecho que alterase de forma sustancial el buen orden de la
sesión, o se dieran otras circunstancias extraordinarias que impidan su normal desarrollo, la Presidencia
podrá por sí, o a petición de la Secretaría o, en su caso, de la Secretaría Técnica o alguna representación,
determinar la suspensión de esta durante el tiempo que sea necesario para reestablecer las condiciones que
permitan su continuación.
La Asamblea General podrá ocuparse en sesiones extraordinarias, cuando no lo hubiera hecho en las
ordinarias correspondientes, de los asuntos a que se refiere la fracción III, del artículo 34 de estas Reglas de
Operación.
Artículo 76.- Los Órganos y Comités Auxiliares podrán, por mayoría de votos, constituirse en sesión
permanente para tratar los asuntos que convengan, a efecto de poder reanudarlos de forma expedita, en otro
momento.
La Presidencia de la sesión, por conducto de la Secretaría o, en su caso, de la Secretaría Técnica,
comunicará a las personas integrantes el momento de la reanudación de la sesión
…
…
Artículo 77.- Los asuntos presentados en cumplimiento a la normativa, Resoluciones, Recomendaciones,
Declaraciones, Tarjetas Informativas y posicionamientos entregados por cualquiera de las Representaciones
durante el desahogo de las sesiones de los Órganos se harán constar en el Acta o Dictamen correspondiente.
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La Asamblea General emitirá un documento adicional al Acta, que contendrá las Resoluciones que se
harán constar en documentos, cuya lectura y aprobación se llevará a cabo durante la sesión, mismos que
firmarán la Presidencia y la Secretaría.
Las Actas de la Asamblea General, el Consejo de Administración, el Comité de Auditoría y la Comisión de
Vigilancia, deberán ser suscritas por la persona que funja como Presidente de la sesión en turno y de la
Secretaría.
En el caso de las Actas de las sesiones extraordinarias del Comité de Transparencia, además de contener
la firma de las personas que funjan como Presidente y Secretario contendrán las firmas de las Personas
integrantes en Funciones.
Para el caso de las Actas de las Comisiones Consultivas Regionales, contendrán la firma de la persona
que funja como Presidente de la sesión en turno y la Secretaría Técnica.
Para el caso de las Actas de la Comisión de Inconformidades, además de contener la firma de la persona
que funja como Presidente de la sesión en turno y la Secretaría Técnica, contendrán las firmas de las
Personas integrantes en Funciones.
Para el caso del Comité de Riesgos, las actas contendrán las firmas de las Personas Integrantes en
Funciones y de las personas que funjan como Presidente y Secretario.
Los Órganos y Comités Auxiliares resolverán, en caso de considerarlo necesario, para el cumplimiento de
sus funciones, que cualquiera de los temas discutidos en las sesiones se turne para análisis de otro Órgano
competente.
Todos los documentos se consideran públicos, con excepción de aquellos correspondientes a los asuntos
a tratar en las sesiones de los Órganos o Comités Auxiliares que contengan un aviso de salvaguarda por parte
del área competente de la Administración, que justifique y acredite la sensibilidad del contenido y la
importancia de evitar su difusión. Lo anterior, sin perjuicio de las disposiciones jurídicas aplicables en materia
de transparencia y acceso a la información pública.
Para ello, el área competente de la Administración especificará los documentos o secciones que deberán
salvaguardarse al momento de la entrega de la información correspondiente para las sesiones de los Órganos
o Comités Auxiliares.
Le corresponderá a la Secretaría o, en su caso, a la Secretaría Técnica la elaboración de la versión
pública del Acta respectiva, atendiendo a lo especificado por las áreas competentes en el aviso de
salvaguarda.
Previo a la publicación de las Actas en el Portal Institucional deberá solicitarse a la Administración la
confirmación de la subsistencia de las circunstancias que dieron lugar al aviso de salvaguarda a que se refiere
el párrafo anterior o, en su caso, que la información sea considerada como pública, confidencial o reservada
en términos de las disposiciones jurídicas aplicables en materia de transparencia y acceso a la información
pública, lo que dará lugar a la elaboración de la versión pública correspondiente.
Artículo 78.- Las Actas de sesión de los Órganos y Comités Auxiliares deberán contar con los siguientes
elementos:
I. a V. …
VI. Nombre de las personas integrantes, de las personas asistentes y de la Secretaría o, en su caso, de la
Secretaría Técnica del Órgano o Comité Auxiliar que corresponda;
VII. a XIII. …
Artículo 79.- Las Actas, las Tarjetas Informativas y la documentación soporte de cada asunto deberán ser
distribuidas a través del SAOC, SAYECCR o, en su caso, utilizando medios remotos de comunicación
diversos, cuando por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, así lo ameriten, con la misma anticipación
que la convocatoria de la siguiente sesión ordinaria, para su aprobación. Una vez aprobadas y foliadas,
deberán suscribirse por la persona Titular de la Presidencia y de la Secretaría o, en su caso, de quien ocupe
la Secretaría Técnica.
Artículo 80.- La Secretaría o, en su caso, la Secretaría Técnica deberá asegurarse de que,
preferentemente, en un plazo máximo de dos meses a partir de su aprobación, las Actas sean digitalizadas y
publicadas en el Portal Institucional.
…
Artículo 81.- En la Asamblea General, cada Representación contará con un voto.
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Artículo 82.- …
Las votaciones de las personas integrantes serán nominales y en orden alfabético, siempre y cuando así
lo solicite la Secretaría o, en su caso, la Secretaría Técnica. Las decisiones serán tomadas por mayoría
simple.
Artículo 83.- …
Las personas integrantes de los Órganos y Comités Auxiliares no podrán abstenerse de participar en las
votaciones de los asuntos del orden del día, salvo que se encuentren en una situación que genere o pueda
generar Conflicto de Interés, conforme a la obligación de manifestarlo en términos del artículo 85, de estas
Reglas de Operación, de conformidad con el Código de Ética.
Artículo 84.- …
Para lo anterior, el Consejo de Administración o la Comisión de Vigilancia deberá determinar el plazo en el
que se deberá convocar a la Asamblea General, conforme a lo dispuesto en el artículo 67 de las presentes
Reglas de Operación.
Artículo 85.- En caso de que alguna persona integrante de los Órganos o Comités Auxiliares se encuentre
en una situación que genere o pueda generar Conflicto de Interés en los términos precisados por el Código de
Ética, tendrá la obligación de informarlo a la Comisión de Vigilancia para su calificación y deberá abstenerse
de conocer del asunto de que se trate y de participar en la deliberación y resolución de este, debiendo
participar la persona Integrante Suplente. En caso de que su ausencia pueda generar un empate, el asunto
deberá ser tratado en la siguiente sesión ordinaria, o en una sesión extraordinaria, si el caso es urgente,
debiendo participar en su lugar, la persona Integrante Suplente respectiva.
En cuanto tenga conocimiento del orden del día, la persona integrante que considere que se encuentra en
una situación que genere o pueda generar Conflicto de Interés, deberá informarlo con al menos dos días de
anticipación a la sesión correspondiente a la Presidencia del Órgano o Comité Auxiliar mediante escrito
dirigido a la Secretaría o, en su caso, a la Secretaría Técnica para su entrega a la Comisión de Vigilancia, así
como solicitar a la persona Integrante Suplente respectiva que asista en su lugar.
Si durante la deliberación de asuntos generales surgiera una situación que pudiera generar un Conflicto de
Interés en los términos precisados por el Código de Ética, la persona integrante en dicha situación tendrá la
obligación de informarlo al Pleno del Órgano correspondiente, debiendo abstenerse de participar en la
deliberación y resolución del asunto que se trate, por lo que abandonará la sesión y no emitirá su voto. La
Secretaría o, en su caso, la Secretaría Técnica del Órgano o Comité Auxiliar deberá asentar en el Acta o
Dictamen correspondiente dicha situación e informarla a la Comisión de Vigilancia para su desahogo.
Para el Comité de Inversiones, en el caso en que las personas Integrantes Profesionales Propietarias y
Suplentes de una misma Representación tengan que abstenerse de participar en una sesión o en algún
asunto listado en el orden del día, por encontrarse en una situación que genere o pueda generar Conflicto de
Interés, para este efecto se designará a una persona integrante de dicha Representación, quien tendrá
derecho de voz y voto únicamente para desahogar la sesión o el asunto de que se trate. Para que las
votaciones de la sesión o asunto tengan plena validez deberá hacerse constar en el Acta correspondiente la
designación del representante como Integrante en Funciones, así como la Declaración de éste en la que
exponga los motivos y razones que justifiquen el sentido de su votación.
En caso de Conflictos de Interés por parte de la persona Titular de la Dirección General, deberá excusarse
ante el Consejo de Administración, quien, en caso de ser procedente, encomendará el desahogo del asunto
en cuestión al área de la Administración que resulte competente de conformidad con el Estatuto Orgánico del
Instituto.
Artículo 87.- La presidencia de los demás Órganos o Comités Auxiliares se rotará cada sesión ordinaria
entre cada una de las Representaciones, correspondiendo el primer turno a la Representación gubernamental,
el segundo a la Representación de las personas trabajadoras y la tercera a la Representación de las personas
empleadoras.
En el caso de las sesiones extraordinarias, vía remota o presencial, le corresponderá la Presidencia a la
Representación que la haya ejercido durante la sesión ordinaria del mes que corresponda.
Para el caso de las sesiones de los Comités Auxiliares, la Presidencia corresponderá a la Representación
que ejerza la misma del Órgano al que auxilien.
Para el caso del Comité de Auditoría, el Comité de Transparencia, la Presidencia se rotará cada dos años.
Para el caso de la Comisión de Inconformidades, la Presidencia corresponderá en forma rotatoria,
bimestralmente, a cada una de las Representaciones que la integran.
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Artículo 88.- La Presidencia de los Órganos y Comités Auxiliares tendrá las siguientes atribuciones,
facultades y obligaciones:
I. Convocar a sesiones ordinarias y extraordinarias, por conducto de la Secretaría o, en su caso, de la
Secretaría Técnica;
II. a IV. …
V. Exhortar a las personas asistentes a las sesiones a mantener el orden durante su desarrollo;
VI. …
VII. Solicitar a la Secretaría o, en su caso, a la Secretaría Técnica, la reanudación de las sesiones
suspendidas o constituidas como permanentes; y
VIII. …
Artículo 89.- La Secretaría de los Órganos y Comités Auxiliares será desempeñada por la persona Titular
de la Secretaría General del Instituto, salvo la Comisión de Inconformidades, cuya Secretaría Técnica será
desempeñada por la persona titular de la Gerencia Secretaría Comisión de Inconformidades y de las
Comisiones Consultivas Regionales, por la persona titular del área encargada del apoyo jurídico en cada
Delegación Regional.
Artículo 90.- Para el desempeño de sus funciones las Secretarías Técnicas de las Comisiones
Consultivas Regionales contarán con el apoyo de un secretario auxiliar en los términos señalados en el
Manual de Operación correspondiente.
Artículo 91.- En el ejercicio de sus funciones la Secretaría de los Órganos y Comités Auxiliares, así como
las Secretarías Técnicas deberán sujetarse al principio de independencia y a los principios de actuación de
sus integrantes, procurando en todo momento desarrollar sus actividades, a efecto de hacer cumplir sus
determinaciones.
La Secretaría y las Secretarías Técnicas tendrán las siguientes facultades y obligaciones:
I. …
II. Enviar, con oportunidad y por medio del SAOC, el SAYECCR o, en su caso, utilizando medios remotos
de comunicación diversos, cuando por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito, así lo ameriten, a las
personas integrantes de los Órganos y Comités Auxiliares, la convocatoria y orden del día de cada sesión, así
como las Tarjetas informativas de cada asunto que deban conocer en la sesión respectiva.
Las Tarjetas Informativas de cada asunto podrán ser actualizadas cuando se traten de casos
excepcionales y con la justificación correspondiente, a través del SAOC, el SAYECCR o, en su caso,
utilizando medios remotos de comunicación diversos, cuando por circunstancias de fuerza mayor o caso
fortuito, así lo ameriten y, previo a la sesión, a efecto de reflejar información relevante, así como, en su caso,
las condiciones económicas y financieras correspondientes para la adecuada toma de decisiones.
En el caso del Comité de Inversiones, las Tarjetas Informativas podrán ser actualizadas sin necesidad de
presentar la justificación referida en el párrafo anterior;
III. a IX. …
X. Dar seguimiento a las Resoluciones tomadas por el Órgano o Comité Auxiliar y fungir como mediador
para consensar acuerdos entre las Representaciones y la Administración;
XI. a XIV. …
Artículo 93.- Con el carácter de invitadas permanentes, podrán asistir a las sesiones de los Órganos o
Comités Auxiliares, con voz, pero sin voto, las personas Integrantes Suplentes correspondientes que no se
encuentren en funciones, así como las que se anuncian a continuación:
I. En el caso de la Asamblea General: el personal directivo y las personas Titulares de las Delegaciones
del Instituto, las personas invitadas permanentes que designe el Gobierno Federal, así como cualquier otra
persona cuya asistencia autorice la Presidencia por juzgarla conveniente.
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II. En el caso del Comité de Inversiones: hasta dos representantes, con voz, pero sin voto, de cada una de
las Representaciones; la persona Titular de la unidad administrativa encargada de inversiones; la persona
Titular de la unidad administrativa encargada de riesgos; la persona Titular de la Auditoría Interna; las
personas integrantes del Comité de Auditoría y la persona Titular de la Contraloría General.
III. En el caso del Comité de Riesgos: la persona Titular de la unidad administrativa encargada de riesgos;
la persona Titular de la unidad administrativa encargada de inversiones; la persona Titular de la unidad
administrativa de crédito; y la persona Titular de la Auditoría Interna.
IV. En el caso del Comité de Auditoría: El personal de la Auditoría Externa e Interna y la persona Titular de
la Contraloría General.
V. En el caso de la Comisión de Vigilancia: la persona Titular de la Contraloría General y la persona Titular
de la Auditoría Interna.
VI. En el caso del Comité de Transparencia: las personas integrantes de la Comisión de Vigilancia; la
persona Titular de la Unidad de Transparencia; la persona Titular de la Contraloría General o la persona que
designe; la persona Titular de la Auditoría Interna y la persona Titular de la unidad administrativa encargada
de archivos.
VII. En el caso de la Comisión de Inconformidades: las personas integrantes de la Comisión de Vigilancia y
la persona Titular de la Contraloría General o la persona que designe.
VIII. En el caso de las Comisiones Consultivas Regionales, la persona Titular de la Delegación Regional
correspondiente, así como las personas Titulares de las Gerencias a su cargo cuya asistencia considere
conveniente.
La persona Titular de la Dirección General, a su juicio, podrá participar en las sesiones de los Órganos y
Comités Auxiliares, salvo en el caso de la Asamblea General y el Consejo de Administración a las cuales
asiste en su calidad de presidente con voz y voto.
Artículo 94.- Asimismo, podrán asistir a las sesiones de los Órganos o Comités Auxiliares, con el carácter
de invitados, las personas externas al Instituto, así como las personas trabajadoras que sean invitadas,
exclusivamente para el desahogo de los puntos del orden del día para los cuales fueron requeridos, siempre y
cuando el Órgano o Comité Auxiliar así lo autorice.
Las personas Titulares de Direcciones, Subdirecciones, Coordinaciones y la Contraloría General, tienen la
obligación de asistir a las sesiones de los Órganos o Comités Auxiliares a las que fueran convocadas y a las
que podrán hacerse acompañar de la persona Titular del área vinculada con alguno de los temas del orden
del día. De manera excepcional, por caso fortuito o fuerza mayor que imposibilite su asistencia, deberán
informar a la Secretaría o, en su caso, a la Secretaría Técnica de ser posible con tres días hábiles de
antelación a la celebración de la sesión que corresponda, el nombre y cargo de la persona trabajadora que
atenderá la convocatoria, la cual deberá contar con un nivel inmediato inferior a la misma.
La persona Titular de la Auditoría Externa del Infonavit podrá ser convocada a aquellas sesiones en las
que se discutan los estados financieros parciales del Instituto, en calidad de invitado con voz, pero sin voto,
debiendo abstenerse de estar presente respecto de aquellos asuntos del orden del día en los que tenga un
Conflicto de Interés o que puedan comprometer su independencia.
TRANSITORIOS
Primero. Las presentes modificaciones a las Reglas de Operación de los Órganos y Comités Auxiliares
del Infonavit entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Segundo. Las demás Disposiciones de las Reglas de Operación de los Órganos y Comités Auxiliares del
Infonavit, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 20 de junio de 2025 que no hubiesen sido objeto
de cambios en términos de la presente resolución, permanecerán vigentes.
Tercero. El Comité de Riesgos deberá ser instalado en los diez días hábiles posteriores a la aprobación
de las presentes Reglas por parte de la Asamblea General del Infonavit.
Cuarto. Se ordena su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Dado en la Ciudad de México, el día 13 de febrero de 2026.- Director General, Octavio Romero
Oropeza.- Rúbrica.
(R.- 573514)
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PODER JUDICIAL
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACION
SENTENCIA dictada por el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la Acción de
Inconstitucionalidad 183/2024, así como el Voto Concurrente de la señora Ministra Sara Irene Herrerías Guerra.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Suprema Corte de Justicia
de la Nación.- Secretaría General de Acuerdos.
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 183/2024
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
MINISTRA PONENTE: MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ
SECRETARIA: ARLIN MARIBEL PÉREZ PARADA
COLABORÓ: ANGÉLICA AMPARO FRANCO GUZMÁN
ÍNDICE
APARTADO
CRITERIO Y DECISIÓN
PÁG.
I.
COMPETENCIA.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es
competente para conocer de la presente acción de
inconstitucionalidad.
6
II.
PRECISIÓN DE LAS NORMAS
IMPUGNADAS.
Se impugnaron diversas disposiciones de las Leyes de
Ingresos de los Municipios de Tocatlán y Santa Isabel
Xiloxoxtla, Estado de Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2025,
publicadas el 28 de octubre de 2024, específicamente los
artículos 63, fracción VI, de Tocatlán, y 54, fracción XVI,
incisos a), b), c) y e), de Santa Isabel Xiloxoxtla, por
estimarse contrarios a la Constitución Federal.
7
III.
OPORTUNIDAD.
La acción de inconstitucionalidad se presentó de manera
oportuna.
8
IV.
LEGITIMACIÓN.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos presentó
la demanda, al estar facultada para impugnar leyes
estatales que vulneren derechos humanos, conforme al
artículo 105, fracción II, inciso g), constitucional.
8
V.
CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y
SOBRESEIMIENTO.
Los Poderes Legislativo y Ejecutivo estatales opusieron
improcedencia con base en los artículos 19, fracción VIII;
20, fracción II, y 65 de la Ley Reglamentaria de las
Fracciones I y II del Artículo 105 constitucional, al sostener
que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos
(CNDH) carecía de legitimación para promover la acción
por tratarse de materia tributaria y corresponder solo a
sujetos pasivos. El Tribunal Pleno desestimó la causal, ya
que el artículo 105, fracción II, inciso g), de la Constitución
Federal únicamente exige que la CNDH denuncie leyes
que vulneren derechos humanos, sin excluir normas
tributarias; además, al ser un medio de control abstracto,
no requiere la calidad de contribuyente.
Asimismo, se rechazó el argumento del Poder Ejecutivo
local de que solo promulgó la norma, conforme a la
jurisprudencia P./J. 38/2010,
No existiendo otros motivos de improcedencia ni oficiosos,
se entra al estudio de fondo.
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VI.
ESTUDIO DE FONDO.
El Tribunal Pleno declaró inconstitucional el artículo 63,
fracción VI, de la Ley de Ingresos del Municipio de
Tocatlán, por establecer un cobro de 1.06 UMA por la firma
de documentos oficiales sin justificar su proporcionalidad ni
relación con el costo real del servicio, vulnerando los
principios
de
legalidad,
seguridad
jurídica
y
proporcionalidad tributaria previstos en los artículos 16 y
31, fracción IV, constitucionales.
Asimismo, declaró la invalidez del artículo 54, fracción XVI,
inciso c), de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa
Isabel Xiloxoxtla, al prever una multa por realizar juegos de
azar en lugares públicos o privados, invadiendo la
competencia exclusiva del Congreso de la Unión en
materia de juegos y sorteos, conforme a los artículos 73,
fracción X, y 124 de la Constitución Federal.
Se invalidaron los incisos a), b) y e) del mismo precepto,
que imponían sanciones por conductas como “causar
escándalo”, “perturbar el orden” o “faltas a la moral”, por
ser conceptos imprecisos e indeterminados que vulneran el
principio de taxatividad previsto en el artículo 14
constitucional, al permitir un margen de discrecionalidad en
la actuación de la autoridad.
10
VII.
EFECTOS.
Se declara la invalidez de los artículos 63, fracción VI, de
la Ley de Ingresos del Municipio de Tocatlán y 54, fracción
XVI, incisos a), b), c) y e), de la Ley de Ingresos del
Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla, ambos del Estado de
Tlaxcala, para el Ejercicio Fiscal 2025.
Las declaratorias de invalidez decretadas surtirán sus
efectos a partir de la notificación de los puntos resolutivos
de esta sentencia al Congreso del Estado de Tlaxcala.
En virtud de que la declaratoria de invalidez es respecto de
disposiciones generales de vigencia anual, se exhorta al
Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala para que, en
posteriores medidas legislativas similares a las que fueron
analizadas en el apartado VI de esta sentencia, en el
marco de su libertad configurativa y tomando en cuenta las
consideraciones de esta sentencia, determine de manera
fundada y motivada, las cuotas o tarifas mediante un
método objetivo y razonable.
Finalmente, deberá notificarse la presente sentencia a los
Municipios
involucrados,
por
ser
las
autoridades
encargadas de la aplicación de las leyes de ingresos cuyas
disposiciones fueron declaradas inválidas.
17
VIII.
DECISIÓN.
PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción
de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez de los artículos 63,
fracción VI, de la Ley de Ingresos del Municipio de
Tocatlán y 54, fracción XVI, incisos a), b), c) y e), de la Ley
de Ingresos del Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla,
Tlaxcala, para el Ejercicio Fiscal 2025, expedida mediante
los Decretos Nos. 39 y 43, respectivamente, publicados en
el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el
veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro.
TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá
sus efectos a partir de la notificación de estos puntos
resolutivos al Congreso del Estado de Tlaxcala, en los
términos
precisados
en
el
apartado
VII
de
esta
determinación.
CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial
de la Federación, en el Periódico Oficial del Estado de
Tlaxcala, así como en el Semanario Judicial de la
Federación y su Gaceta.
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ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
183/2024
PROMOVENTE: COMISIÓN NACIONAL
DE LOS DERECHOS HUMANOS
Visto Bueno
Sra. Ministra
MINISTRA PONENTE: MARÍA ESTELA RÍOS GONZÁLEZ
Cotejó:
SECRETARIA: ARLIN MARIBEL PÉREZ PARADA
COLABORÓ: ANGÉLICA AMPARO FRANCO GUZMÁN
Ciudad de México. El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en sesión correspondiente al
veintiocho de octubre de dos mil veinticinco, emite la siguiente:
SENTENCIA
Mediante la cual se resuelve la acción de inconstitucionalidad 183/2024, promovida por la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos, en contra de los artículos 63, fracción VI, de la Ley de Ingresos del
Municipio de Tocatlán, y 54, fracción XVI, incisos a), b), c), y e), de la Ley de Ingresos del Municipio de
Santa Isabel Xiloxoxtla, del Estado de Tlaxcala, ambas para el Ejercicio Fiscal 2025, en contravención
de los artículos 14, 16 y 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
con base en los siguientes antecedentes y considerandos:
ANTECEDENTES
1.
Presentación de la demanda. El veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro, en el buzón judicial
de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, y recibido en la Oficina de Certificación Judicial y
Correspondencia el veintisiete siguiente.
2.
Órganos Legislativo y Ejecutivo que emitieron y promulgaron la norma.
Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala.
Poder Ejecutivo del Estado de Tlaxcala.
3.
Normas generales cuya invalidez se demanda.
Artículo 63, fracción VI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Tocatlán, para el Ejercicio Fiscal
2025.
Artículo 54, fracción XVI, incisos a), b), c), y e), de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa
Isabel Xiloxoxtla, para el Ejercicio Fiscal 2025.
Cuyos contenidos son los siguientes:
“Artículo 63. Los derechos a que se refiere este Capítulo, se causarán y se cobrarán al momento de
su solicitud o al de la entrega, cuando no sea posible determinar la extensión y número de los
documentos solicitados. Por la expedición de documentos oficiales por el Ayuntamiento de
manera impresa:
(…)
VI. Por la firma de documentos oficiales por parte del secretario del Ayuntamiento, 1.06 UMA.”.
“Artículo 54. Las multas por infracciones a que se refiere el Código Financiero, cuya responsabilidad
recae sobre los sujetos pasivos o presuntos sujetos pasivos de una prestación fiscal, serán
sancionadas cada una con las multas que se especifican, indicándose con las cifras el equivalente al
número de UMA cuantificable:
(…)
XVI. Por las infracciones que se cometan al orden público, se impondrán las sanciones siguientes:
a) Por causar escándalo con palabras altisonantes o de cualquier otra manera en la vía o lugares,
sea que el infractor se encuentre sobrio o en estado de ebriedad, 10 UMA;
b) Por perturbar el orden en actos cívicos, en ceremonias públicas o en locales abiertos al público
para cualquier actividad; patios de vecindad, condominios o vehículos de transporte colectivo,
10 UMA;
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c) Por realizar juegos de azar en lugares públicos o privados, 30 UMA;
(…)
e) Por faltas a la moral, 10 UMA.
[…]”.
4.
Fecha de publicación de la norma impugnada. El veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro, en el
Periódico Oficial del Estado de Tlaxcala.
5.
Preceptos constitucionales vulnerados. Artículos 14, 16 y 31, fracción IV, de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos.
6.
Conceptos de invalidez. La accionante hizo valer fundamentalmente lo siguiente:
Con relación al artículo 63, fracción VI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Tocatlán,
para el ejercicio fiscal 2025, la disposición impugnada establece un cobro injustificado y
desproporcionado, en contravención del principio de proporcionalidad tributaria previsto
en el artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, toda vez que la cuota fijada no guarda relación con el costo real que
representa para el Estado la prestación del servicio respectivo. El legislador local
excedió los límites de razonabilidad que rigen la potestad tributaria, pues los derechos
por certificación deben reflejar el gasto efectivo en que incurre la autoridad y no
constituir una fuente de lucro o recaudación adicional.
Con relación al artículo 54, fracción XVI, inciso c), de la Ley de Ingresos del Municipio
de Santa Isabel Xiloxoxtla, para el ejercicio fiscal 2025, se argumenta que la disposición
resulta inconstitucional, toda vez que la facultad para legislar en materia de juegos con
apuestas y sorteos corresponde de manera exclusiva al Congreso de la Unión, en
términos de lo dispuesto por el artículo 73, fracción X, de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos. En consecuencia, el Congreso local carece de
competencia para establecer sanciones o contribuciones vinculadas con dicha materia,
por tratarse de un ámbito reservado al legislador federal desde la reforma constitucional
publicada el 29 de diciembre de 1947, lo que torna inválida la norma impugnada al
invadir una esfera competencial de carácter federal.
En lo que respecta al artículo 54, fracción XVI, incisos a), b) y e), de la Ley de Ingresos
del Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla, para el ejercicio fiscal 2025, se advierte que
las disposiciones que sancionan conductas como “causar escándalo”, “perturbar el
orden” o “cometer faltas a la moral” resultan vagas, lo que otorga a la autoridad
administrativa un margen amplio para la imposición arbitraria de sanciones, en
contravención del principio de seguridad jurídica reconocido en los artículos 14 y 16 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Si bien el Congreso local
pudo haber perseguido fines legítimos vinculados con la preservación del orden público,
omitió establecer parámetros normativos objetivos y criterios de aplicación verificables,
por lo que las normas impugnadas constituyen restricciones desproporcionadas al
derecho de seguridad jurídica, al generar incertidumbre respecto del alcance de las
conductas sancionables y del tipo de infracciones que motivan la imposición de multas.
7.
Radicación y turno. Por proveído de la persona titular de la Presidencia de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, de veintisiete de noviembre de dos mil veinticuatro se registró la presente acción
de inconstitucionalidad con el número de expediente 183/2024, el cual fue turnado para su instrucción
correspondiente al Ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
8.
Admisión. Mediante acuerdo de cinco de diciembre de dos mil veinticuatro, se tuvo como autoridades
emisora y promulgadora del acto impugnado a los Poderes Legislativo y Ejecutivo, ambos del Estado de
Tlaxcala, respectivamente. Asimismo, se les concedió plazo de quince días para rendir su informe.
9.
Vista a la Fiscalía General de la República y a la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. En
términos del artículo 10, fracción IV, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con el proveído antes referido.
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10.
Informe del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala. Por escrito recibido en la Oficina de
Certificación Judicial y Correspondencia de esta Suprema Corte el veinte de enero de dos mil
veinticinco, la persona titular de la Presidencia de la Mesa Directiva del Congreso del Estado de
Tlaxcala, expresó sustancialmente lo siguiente:
Se actualiza la causal de improcedencia del artículo 19, fracción VIII, de la Ley Reglamentaria,
en relación con el diverso 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, pues la Comisión Nacional de los Derechos Humanos carece de legitimación
para solicitar la invalidez de normas de carácter tributario.
Señala que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos solo está legitimada para interponer
acciones de inconstitucionalidad, en términos del artículo 105, fracción II, inciso g), de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cuando las normas impugnadas
impliquen una vulneración directa a los derechos humanos reconocidos en la propia Constitución
Federal o en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte. En el caso
concreto, tal condición no se actualiza, por lo que no se satisface el presupuesto de procedencia
de la acción de inconstitucionalidad.
11.
Informe del Poder Ejecutivo del Estado de Tlaxcala. Mediante escrito recibido el treinta de enero de
dos mil veinticinco en esta Suprema Corte de Justicia de la Nación, la persona titular de la Consejería
Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Tlaxcala rindió su informe en el que argumentó básicamente
que la intervención del Poder Ejecutivo local en el proceso legislativo de las leyes impugnadas es
constitucional, pues no vulnera el pacto federal ni disposición alguna de la Constitución. Argumentó
además que la Comisión Nacional de los Derechos Humanos carece de legitimación para impugnar
normas de naturaleza fiscal, ya que sólo puede cuestionar normas generales vinculadas con los
derechos humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales de los que el
Estado Mexicano sea parte.
12.
Opinión de la Fiscalía General de la República y la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal. Se
abstuvieron de formular pedimento.
13.
Cierre de la instrucción. Por acuerdo de veinticinco de febrero de dos mil veinticinco, se declaró
cerrada la instrucción del asunto a efecto de elaborar el proyecto de resolución correspondiente.
14.
Returno. En proveído de cuatro de septiembre de dos mil veinticinco, la persona titular de la
Presidencia de esta Suprema Corte de Justicia de la Nación ordenó el envío de los autos a la ponencia
de la Ministra María Estela Ríos González para la elaboración del proyecto de resolución
correspondiente, lo anterior de acuerdo con el sexto transitorio del Acuerdo General 1/2025 (12a.) de
este Pleno.
I. COMPETENCIA.
15.
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación es competente para resolver la presente acción
de inconstitucionalidad en términos de lo dispuesto por los artículos 105, fracción II, inciso g),1 de la
Constitución General y 16, fracción I,2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación publicada
en el Diario Oficial de la Federación el veinte de diciembre de dos mil veinticuatro, así como el Punto
Segundo, fracción II3, del Acuerdo General 2/2025 (12a) de tres de septiembre de dos mil veinticinco,
del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
1 Artículo 105. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá, en los términos que señale la ley reglamentaria, de los asuntos
siguientes:
(…)
II. De las acciones de inconstitucionalidad que tengan por objeto plantear la posible contradicción entre una norma de carácter general y esta
Constitución.
(…)
g) La Comisión Nacional de los Derechos Humanos, en contra de leyes de carácter federal o de las entidades federativas, así como de
tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República, que vulneren los derechos humanos
consagrados en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que México sea parte. Asimismo, los organismos de protección de
los derechos humanos equivalentes en las entidades federativas, en contra de leyes expedidas por las Legislaturas;
(…)”
2 “Artículo 16. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conocerá funcionando en Pleno:
I. De las controversias constitucionales y acciones de inconstitucionalidad a que se refieren las fracciones I y II del artículo 105 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
(…)”
3 “SEGUNDO. Competencia reservada del Pleno de la SCJN. La SCJN conservará para su resolución: (…)
II. Las acciones de inconstitucionalidad, previstas en el artículo 105, fracción I, de la CPEUM, así como los recursos interpuestos en éstas.
(…)”.
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II. PRECISIÓN DE LAS NORMAS IMPUGNADAS.
“Artículo 63. Los derechos a que se refiere este Capítulo, se causarán y se cobrarán al momento de
su solicitud o al de la entrega, cuando no sea posible determinar la extensión y número de los
documentos solicitados. Por la expedición de documentos oficiales por el Ayuntamiento de
manera impresa:
(…)
VI. Por la firma de documentos oficiales por parte del secretario del Ayuntamiento, 1.06 UMA.”.
“Artículo 54. Las multas por infracciones a que se refiere el Código Financiero, cuya responsabilidad
recae sobre los sujetos pasivos o presuntos sujetos pasivos de una prestación fiscal, serán
sancionadas cada una con las multas que se especifican, indicándose con las cifras el equivalente al
número de UMA cuantificable:
(…)
XVI. Por las infracciones que se cometan al orden público, se impondrán las sanciones siguientes:
a) Por causar escándalo con palabras altisonantes o de cualquier otra manera en la vía o lugares,
sea que el infractor se encuentre sobrio o en estado de ebriedad, 10 UMA;
b) Por perturbar el orden en actos cívicos, en ceremonias públicas o en locales abiertos al público
para cualquier actividad; patios de vecindad, condominios o vehículos de transporte colectivo, 10
UMA;
c) Por realizar juegos de azar en lugares públicos o privados, 30 UMA
(…)
e) Por faltas a la moral, 10 UMA.”.
III. OPORTUNIDAD.
16.
La demanda, en términos del artículo 60 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo
105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos4, fue oportuna, ya que las normas
impugnadas se publicaron el lunes veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro y la acción de
inconstitucionalidad fue presentada el veintiséis de noviembre de dos mil veinticuatro, por lo que su
presentación se hizo dentro del plazo de treinta días naturales a que refiere el precepto citado.
IV. LEGITIMACIÓN.
17.
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos está legitimada para interponer la presente acción de
inconstitucionalidad, en términos, de los artículos 105, fracción II, inciso g), párrafo segundo, de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 15, fracciones I y XI, de la Ley de la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos y 18 de su Reglamento Interno.
V. CAUSAS DE IMPROCEDENCIA Y SOBRESEIMIENTO.
18.
Conforme a lo dispuesto por el artículo 105, fracción II, inciso g), de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos se encuentra facultada
para promover acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes federales o locales, así como de
tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado de la República,
cuando vulneren los derechos humanos reconocidos en la propia Constitución o en los tratados
internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.
4 “Artículo 60.- El plazo para ejercitar la acción de inconstitucionalidad será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a la
fecha en que la ley o tratado internacional impugnado sean publicados en el correspondiente medio oficial. Si el último día del plazo fuese
inhábil, la demanda podrá presentarse el primer día hábil siguiente. En materia electoral, para el cómputo de los plazos, todos los días son
hábiles”.
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19.
Si bien, la Comisión carece de facultades para impugnar normas tributarias por sí mismas, lo cierto es
que cuando estas tienen una estrecha relación con el ejercicio de derechos fundamentales como los
que se invocan en la demanda, es claro que está legitimada para impugnarlas pues debe prevalecer la
protección de los derechos humanos. En consecuencia, la Comisión Nacional de los Derechos
Humanos sí se encuentra legitimada para controvertir las normas impugnadas, pues aunque sean de
carácter tributario, funda su demanda en la violación a derechos fundamentales.5
20.
Por otra parte, es de desestimar el argumento del Poder Ejecutivo estatal, pues conforme a los artículos
61, fracción II, y 64, párrafo primero, de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la promulgación y publicación de una norma
integran el proceso de creación legislativa que otorga eficacia jurídica al ordenamiento, por lo que el
Poder Ejecutivo local al intervenir en la etapa conclusiva del procedimiento legislativo que da existencia
jurídica a la disposición, se encuentra invariablemente implicado en la emisión de la norma impugnada
en la presente acción de inconstitucionalidad, de ahí que debe responder por la conformidad de sus
actos frente a la Constitución General de la República.
21.
Sirve de apoyo lo establecido en la jurisprudencia P./J. 38/20106 de este Tribunal Pleno, de
rubro: “ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD. DEBE DESESTIMARSE LA CAUSA DE
IMPROCEDENCIA PLANTEADA POR EL PODER EJECUTIVO LOCAL EN QUE ADUCE QUE AL
PROMULGAR Y PUBLICAR LA NORMA IMPUGNADA SÓLO ACTUÓ EN CUMPLIMIENTO DE SUS
FACULTADES”. 7
22.
Al no existir otro motivo de improcedencia planteado por las partes ni advertirse alguno de oficio por
este Tribunal Pleno, se procede a realizar el estudio de fondo.
VI. ESTUDIO DE FONDO.
VI.I Cobro por la firma de documentos oficiales.
23.
En el caso, la norma impugnada, señala:
“Artículo 63. Los derechos a que se refiere este Capítulo, se causarán y se cobrarán al momento de
su solicitud o al de la entrega, cuando no sea posible determinar la extensión y número de los
documentos solicitados. Por la expedición de documentos oficiales por el Ayuntamiento de
manera impresa:
(…)
Por la firma de documentos oficiales por parte del secretario del Ayuntamiento, 1.06 UMA.”.
24.
El artículo 16 constitucional configura el principio de legalidad y seguridad jurídica, conforme al cual
nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones sino en virtud de
mandamiento escrito competente que funde y motive la causa legal del procedimiento, de tal manera
que toda obligación que se imponga a las personas debe estar debidamente fundada y motivada,
exigencia que también le corresponde al Poder Legislativo al expedir leyes.
5 Dicho criterio fue sostenido por el Tribunal Pleno, al resolver las acciones de inconstitucionalidad 18/2018 y 27/2018, por mayoría de seis
votos, en el tema de legitimación, en sesión del cuatro de diciembre de dos mil dieciocho.
6 “Si en una acción de inconstitucionalidad el Poder Ejecutivo Local plantea que dicho medio de control constitucional debe sobreseerse por lo
que a dicho Poder corresponde, en atención a que la promulgación y publicación de la norma impugnada las realizó conforme a las facultades
que para ello le otorga algún precepto, ya sea de la Constitución o de alguna ley local, debe desestimarse la causa de improcedencia
planteada, pues dicho argumento no encuentra cabida en alguna de las causales previstas en el artículo 19 de la Ley Reglamentaria de las
Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al cual remite el numeral 65 del mismo
ordenamiento, este último, en materia de acciones de inconstitucionalidad. Lo anterior es así, porque el artículo 61, fracción II, de la referida
Ley, dispone que en el escrito por el que se promueva la acción de inconstitucionalidad deberán señalarse los órganos legislativo y ejecutivo
que hubieran emitido y promulgado las normas generales impugnadas y su artículo 64, primer párrafo, señala que el Ministro instructor dará
vista al órgano legislativo que hubiere emitido la norma y al ejecutivo que la hubiere promulgado, para que dentro del plazo de 15 días rindan
un informe que contenga las razones y fundamentos tendentes a sostener la validez de la norma general impugnada o la improcedencia de la
acción. Esto es, al tener injerencia en el proceso legislativo de las normas generales para otorgarle plena validez y eficacia, el Poder Ejecutivo
Local se encuentra invariablemente implicado en la emisión de la norma impugnada en la acción de inconstitucionalidad, por lo que debe
responder por la conformidad de sus actos frente a la Constitución General de la República.”
7 Publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXXI, abril de dos mil diez, página 1419, registro
164865.
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25.
El artículo 31, fracción IV, señala que son obligaciones de los mexicanos contribuir al gasto público,
pero es su derecho fundamental que el cobro por los servicios que presta el Estado se haga de manera
proporcional y equitativa, con base en el principio de proporcionalidad tributaria que establece que el
cobro de los derechos a que se refiere la norma impugnada guarde correspondencia con el costo
efectivo de los servicios que los originan. Así lo ha establecido esta Suprema Corte de Justicia de la
Nación en la jurisprudencia de rubro “DERECHOS POR SERVICIOS. SU PROPORCIONALIDAD Y
EQUIDAD SE RIGEN POR UN SISTEMA DISTINTO DEL DE LOS IMPUESTOS” 8.
26.
En el caso que nos ocupa, para determinar que el Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala cumplió con
los principios de proporcionalidad, legalidad y seguridad jurídica que establecen los artículos 16 y 31
constitucionales, al establecer el cobro de derechos por la firma de documentos oficiales del secretario
del ayuntamiento, debió señalar cuáles fueron los motivos y procedimientos para establecer el costo
que le implicaba la ejecución del servicio, máxime si se toma en cuenta que entre las atribuciones del
secretario del ayuntamiento está la de suscribir documentos oficiales inherentes a sus funciones, sin
que, en principio, eso implique un costo adicional que deban cubrir las personas destinatarias de la
norma impugnada pues las actuaciones del secretario del ayuntamiento no implican un costo adicional
por su firma en el documento oficial respectivo.
27.
Así pues, en atención a que el legislador no cumplió con lo previsto en los artículos 16 y 31, fracción IV,
constitucionales al no motivar en forma alguna que el cobro previsto en la fracción VI del artículo 63 de
la Ley de Ingresos del Municipio de Tocatlán, Estado de Tlaxcala tuviera una relación razonable entre el
costo que suponen dichas actuaciones para el Estado y la tarifa prevista en el numeral impugnado, esto
es, la de una “1.06 UMA”, equivalente a $113.14 (CIENTO TRECE PESOS 14/100 M.N.), por la firma
de un documento, se concluye que dicha norma es inconstitucional por lo que es de declararse
su invalidez.
VI.II Incompetencia para legislar en materia de juegos y sorteos.
28.
En el caso, la norma impugnada establece:
“Artículo 54. Las multas por infracciones a que se refiere el Código Financiero, cuya responsabilidad
recae sobre los sujetos pasivos o presuntos sujetos pasivos de una prestación fiscal, serán
sancionadas cada una con las multas que se especifican, indicándose con las cifras el equivalente al
número de UMA cuantificable:
(…)
XVI. Por las infracciones que se cometan al orden público, se impondrán las sanciones siguientes:
(…)
c) Por realizar juegos de azar en lugares públicos o privados, 30 UMA.”
8 Jurisprudencia P./J. 2/98, de rubro y texto: “DERECHOS POR SERVICIOS. SU PROPORCIONALIDAD Y EQUIDAD SE RIGEN POR UN
SISTEMA DISTINTO DEL DE LOS IMPUESTOS. Las garantías de proporcionalidad y equidad de las cargas tributarias establecidas en el
artículo 31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que el legislador trata de satisfacer en materia de
derechos a través de una cuota o tarifa aplicable a una base, cuyos parámetros contienen elementos que reflejan la capacidad contributiva
del gobernado, se traduce en un sistema que únicamente es aplicable a los impuestos, pero que en manera alguna puede invocarse o
aplicarse cuando se trate de la constitucionalidad de derechos por servicios, cuya naturaleza es distinta de la de los impuestos y, por tanto,
reclama un concepto adecuado de esa proporcionalidad y equidad. De acuerdo con la doctrina jurídico-fiscal y la legislación tributaria, por
derechos han de entenderse: "las contraprestaciones que se paguen a la hacienda pública del Estado, como precio de servicios de
carácter administrativo prestados por los poderes del mismo y sus dependencias a personas determinadas que los soliciten", de tal
manera que para la determinación de las cuotas correspondientes por concepto de derechos ha de tenerse en cuenta el costo que
para el Estado tenga la ejecución del servicio y que las cuotas de referencia sean fijas e iguales para todos los que reciban servicios
análogos.”
2a. XXXIII/2010, de la Segunda Sala, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, tomo XXXI, junio de
2010, página 274, registro 164477. “DERECHOS. EL ARTÍCULO 5o., FRACCIÓN I, DE LA LEY FEDERAL RELATIVA, TRANSGREDE EL
PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA. La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha considerado que los derechos por la
prestación de servicios por parte del Estado son constitucionales, siempre y cuando exista una relación razonable entre el costo del servicio y
la cantidad que por éste se cobra al gobernado. En ese sentido, tratándose de copias certificadas, si el servicio prestado por el Estado
consiste en la expedición de las solicitadas por los particulares y el cotejo relativo con su original, por virtud del cual el funcionario público
certifica que aquéllas corresponden con su original que consta en los archivos respectivos, es evidente que dicho servicio no resulta
razonablemente congruente con el costo que para el Estado tiene su realización, esto es por la expedición de copias y certificación de cada
una de éstas; lo anterior, en razón de que en el mercado comercial el valor de una fotocopia fluctúa entre $0.50 y $2.00 aproximadamente,
conforme a las condiciones de oferta y demanda en cada contexto; de ahí que la correspondencia entre el servicio y la cuota no puede
entenderse como en derecho privado y, por tanto, no debe perseguirse lucro alguno con su expedición. En consecuencia, el artículo 5o.,
fracción I, de la Ley Federal de Derechos, que prevé la cuota de $13.69 (sin ajuste) y $14.00 (con ajuste) por la expedición de copias
certificadas de documentos, por cada hoja tamaño carta u oficio, transgrede el principio de proporcionalidad tributaria contenido en el artículo
31, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al no existir equivalencia razonable entre el costo del servicio y
la cantidad que cubrirá el contribuyente.”
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29.
La reforma constitucional de 1947 al artículo 73, fracción X, tuvo por objeto conferir expresamente al
Congreso de la Unión competencia exclusiva para legislar en materia de juegos con apuestas y sorteos,
lo que dio origen a la Ley Federal de Juegos y Sorteos, publicada el treinta y uno de diciembre del
mismo año. Dicha ley confiere a la Secretaría de Gobernación la atribución de autorizar, regular,
supervisar y sancionar la práctica de juegos con apuestas y sorteos, previendo incluso la imposición de
multas, arrestos, revocaciones de permisos y clausuras.
30.
A su vez, el artículo 124 constitucional dispone que las facultades que no estén expresamente
conferidas a los funcionarios federales se entienden reservadas a los Estados; por tanto, el legislador
local al establecer una sanción de 30 UMA por realizar juegos de azar en lugares públicos o privados
invade la competencia exclusiva del Congreso de la Unión en materia de juegos y sorteos.
31.
En consecuencia, al vulnerarse los artículos 73 y 124 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, procede declarar la invalidez del artículo 54, fracción XVI, inciso c), de la Ley de Ingresos
del Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla, Estado de Tlaxcala, para el ejercicio fiscal 2025.
VI.III Multas por conductas indeterminadas.
32.
La norma impugnada señala:
“Artículo 54. Las multas por infracciones a que se refiere el Código Financiero, cuya responsabilidad
recae sobre los sujetos pasivos o presuntos sujetos pasivos de una prestación fiscal, serán
sancionadas cada una con las multas que se especifican, indicándose con las cifras el equivalente al
número de UMA cuantificable:
(…)
XVI. Por las infracciones que se cometan al orden público, se impondrán las sanciones siguientes:
a)
Por causar escándalo con palabras altisonantes o de cualquier otra manera en la vía o
lugares, sea que el infractor se encuentre sobrio o en estado de ebriedad, 10 UMA;
b)
Por perturbar el orden en actos cívicos, en ceremonias públicas o en locales abiertos al
público para cualquier actividad; patios de vecindad, condominios o vehículos de
transporte colectivo, 10 UMA;
(…)
e)
Por faltas a la moral, 10 UMA.”.
33.
El artículo 14, párrafo tercero, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece
que “en los juicios del orden criminal queda prohibido imponer, por simple analogía o mayoría de razón,
pena alguna que no esté decretada por una ley exactamente aplicable al delito de que se trata”. De esta
disposición surge el principio de taxatividad, conforme al cual toda norma sancionadora debe describir
con precisión la conducta infractora y la consecuencia jurídica correspondiente.
34.
Aunque este principio tiene su origen en el derecho penal, resulta igualmente aplicable al derecho
administrativo sancionador, por ser expresión del ius puniendi del Estado. Este principio ha sido
reconocido por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la jurisprudencia P./J. 100/2006, de rubro:
“TIPICIDAD. EL PRINCIPIO RELATIVO, NORMALMENTE REFERIDO A LA MATERIA PENAL, ES
APLICABLE A LAS INFRACCIONES Y SANCIONES ADMINISTRATIVAS.”9
9 Emitida por Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Novena Época, Materia Constitucional, Administrativa con registro digital
174326, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta. Tomo XXIV, agosto de 2006, página 1667.
TIPICIDAD. EL PRINCIPIO RELATIVO, NORMALMENTE REFERIDO A LA MATERIA PENAL, ES APLICABLE A LAS INFRACCIONES Y
SANCIONES ADMINISTRATIVAS.
El principio de tipicidad, que junto con el de reserva de ley integran el núcleo duro del principio de legalidad en materia de sanciones, se
manifiesta como una exigencia de predeterminación normativa clara y precisa de las conductas ilícitas y de las sanciones correspondientes.
En otras palabras, dicho principio se cumple cuando consta en la norma una predeterminación inteligible de la infracción y de la sanción;
supone en todo caso la presencia de una lex certa que permita predecir con suficiente grado de seguridad las conductas infractoras y las
sanciones. En este orden de ideas, debe afirmarse que la descripción legislativa de las conductas ilícitas debe gozar de tal claridad y
univocidad que el juzgador pueda conocer su alcance y significado al realizar el proceso mental de adecuación típica, sin necesidad de
recurrir a complementaciones legales que superen la interpretación y que lo llevarían al terreno de la creación legal para suplir las
imprecisiones de la norma. Ahora bien, toda vez que el derecho administrativo sancionador y el derecho penal son manifestaciones de la
potestad punitiva del Estado y dada la unidad de ésta, en la interpretación constitucional de los principios del derecho administrativo
sancionador debe acudirse al aducido principio de tipicidad, normalmente referido a la materia penal, haciéndolo extensivo a las infracciones y
sanciones administrativas, de modo tal que si cierta disposición administrativa establece una sanción por alguna infracción, la conducta
realizada por el afectado debe encuadrar exactamente en la hipótesis normativa previamente establecida, sin que sea lícito ampliar ésta por
analogía o por mayoría de razón.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
35.
Las expresiones “causar escándalo”, “perturbar el orden” y “faltas a la moral” no cumplen con el
principio de taxatividad ya que son conceptos ambiguos e indeterminados que impiden a las personas
tener la seguridad y la certeza sobre la conducta que de cometerse es la merecedora de una sanción, lo
que da lugar, indefectiblemente, al ejercicio arbitrario de la autoridad en violación al principio de
taxatividad previsto en el artículo 14 constitucional ya descrito.
36.
Cabe precisar que las conductas referidas como causas para imponer multas, en los términos de la
norma que se analiza refieren a valoraciones subjetivas que dependen de criterios personales, sociales
o culturales. Lo que para una persona puede representar un “escándalo” o una “falta a la moral”, para
otra no. Tal indeterminación impide establecer con claridad los supuestos de infracción y faculta a la
autoridad para decidir, con base en percepciones subjetivas, cuándo una conducta resulta sancionable.
37.
Este Tribunal Pleno, en congruencia con lo anterior, ha sostenido, en las acciones de
inconstitucionalidad 94/2020 y 76/2023 y sus acumuladas 80/2023 y 83/2023,10 que las normas que
describen conductas sancionables mediante conceptos vagos o indeterminados, como “escándalos”,
“insultos” o “faltas al pudor” contravienen el principio de taxatividad, al no delimitar con precisión el
marco de actuación de la autoridad ni permitir a las personas conocer con certeza los comportamientos
sujetos a sanción.
38.
Asimismo, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte ha establecido, al resolver las acciones de
Inconstitucionalidad 191/2024 y 45/2024 y su acumulada 51/2024, que las normas municipales que
imponen multas por conductas como “causar escándalo con palabras altisonantes”, “escandalizar con
música estridente” o “incurrir en faltas a la moral” constituyen restricciones indebidas a la libertad de
expresión y manifestación protegidas por los artículos 6o. y 7o. constitucionales. Dichas fórmulas son
ambiguas, y carecen de parámetros objetivos, pues permiten que la autoridad sancione expresiones
conforme a criterios subjetivos de “orden público” o “moral”. Con ello, se otorga a los ayuntamientos un
poder de censura que inhibe la libre expresión y genera inseguridad jurídica, al no precisar cuándo una
manifestación deja de estar protegida para convertirse en infracción administrativa.
39.
Así pues, la disposición impugnada contraviene los artículos 6, 7 y 14 constitucionales, al no establecer
los elementos objetivos que definan las conductas sancionables ni los parámetros que orienten la
actuación de la autoridad, lo que genera incertidumbre jurídica y constituye una restricción indebida al
ejercicio de la libertad de expresión y a la libre manifestación de las ideas en el espacio público.
40.
Por tanto, este Tribunal Pleno concluye que el artículo 54, fracción XVI, incisos a), b) y e) de la Ley de
Ingresos del Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla, para el ejercicio fiscal 2025, es inconstitucional, por lo
que es de declarar su invalidez.
VII. EFECTOS.
41.
El artículo 73, en relación con los diversos 41, 43, 44 y 45 de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y
II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señalan que las
sentencias deben contener los alcances y efectos de estas, así como fijar con precisión los órganos
obligados a cumplirla, las normas generales respecto de las cuales opere y todos aquellos elementos
necesarios para su plena eficacia en el ámbito que corresponda; además, se debe fijar la fecha a partir
de la cual la sentencia producirá sus efectos.
42.
Atento a ello, se declara la invalidez de los artículos 63, fracción VI, de la Ley de Ingresos del Municipio
de Tocatlán y 54, fracción XVI, incisos a), b), c) y e), de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa
Isabel Xiloxoxtla, ambos del Estado de Tlaxcala, para el Ejercicio Fiscal 2025.
43.
Las declaratorias de invalidez decretadas surtirán sus efectos a partir de la notificación de los puntos
resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Tlaxcala.
44.
En virtud de que la declaratoria de invalidez recae sobre disposiciones generales de vigencia anual, se
exhorta al Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala para que, en medidas legislativas posteriores
similares a las analizadas en el apartado VI de esta sentencia, en uso de su libertad configurativa y con
base en las consideraciones aquí expuestas, determine de manera fundada y motivada las cuotas o
tarifas mediante un método objetivo y razonable.
45.
Finalmente, deberá notificarse la presente sentencia a los Municipios involucrados, por ser las
autoridades encargadas de la aplicación de las leyes de ingresos cuyas disposiciones fueron
declaradas inválidas.
10 Resuelta el once de diciembre de dos mil veintitrés, por mayoría de nueve votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros
Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Ortiz Ahlf, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Ríos Farjat, Laynez
Potisek y Presidenta Piña Hernández salvo por las normas alusivas a las conductas de riña, arrancón, gritos, ruidos, peleas y audio alto de
vehículos, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema 1.4, denominado “Por escándalos en la vía pública (gritos,
peleas, riñas, arrancones, insultar a transeúntes, audio alto en vehículos, ruidos, andar en estado de ebriedad)”.
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DIARIO OFICIAL
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VIII. DECISIÓN.
Por lo antes expuesto, el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelve:
PRIMERO. Es procedente y fundada la presente acción de inconstitucionalidad.
SEGUNDO. Se declara la invalidez de los artículos 63, fracción VI, de la Ley de Ingresos del Municipio
de Tocatlán y 54, fracción XVI, incisos a), b), c) y e), de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa
Isabel Xiloxoxtla, Tlaxcala, para el Ejercicio Fiscal 2025, expedida mediante los Decretos Nos. 39 y 43,
respectivamente, publicados en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el veintiocho de octubre
de dos mil veinticuatro.
TERCERO. La declaratoria de invalidez decretada surtirá sus efectos a partir de la notificación de
estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Tlaxcala, en los términos precisados en el apartado
VII de esta determinación.
CUARTO. Publíquese esta resolución en el Diario Oficial de la Federación, en el Periódico Oficial del
Estado de Tlaxcala, así como en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.
Notifíquese; por medio de oficio a las partes, así como los Municipios involucrados, por ser las
autoridades encargadas de la aplicación de las leyes de ingresos cuyas disposiciones fueron
declaradas inválidas y, en su oportunidad, archívese el expediente.
Así lo resolvió el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, apartándose de los párrafos 26 y 27, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama por
consideraciones distintas, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía apartándose del párrafo 25, Guerrero García y
Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en su tema 1,
denominado “Cobro por la firma de documentos oficiales”, consistente en declarar la invalidez del
artículo 63, fracción VI, de la Ley de Ingresos del Municipio de Tocatlán, Tlaxcala, para el Ejercicio
Fiscal 2025. Las personas Ministras Herrerías Guerra y Presidente Aguilar Ortiz anunciaron sendos
votos concurrentes.
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero
García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VI, relativo al estudio de fondo, en sus temas 2,
denominado “Incompetencia para legislar en materia de juegos y sorteos”, y 3, denominado “Multas por
conductas indeterminadas”, consistentes en declarar la invalidez del artículo 54, fracción XVI, incisos a),
b), c) y e), de la Ley de Ingresos del Municipio de Santa Isabel Xiloxoxtla, Tlaxcala, para el Ejercicio
Fiscal 2025. El señor Ministro Presidente Aguilar Ortiz anunció voto concurrente.
Se aprobó por unanimidad de nueve votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa
Betanzo, Ríos González, Esquivel Mossa, Batres Guadarrama, Ortiz Ahlf, Figueroa Mejía, Guerrero
García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VII, relativo a los efectos, consistente en 1)
determinar que la declaratoria de invalidez decretada surta a partir de la notificación de los puntos
resolutivos de esta sentencia al Congreso del Estado de Tlaxcala y 3) notificar la presente sentencia a
los municipios involucrados por ser las autoridades encargadas de la aplicación de las leyes de
ingresos cuyas disposiciones fueron declaradas invalidadas.
Se aprobó por mayoría de seis votos de las personas Ministras Herrerías Guerra, Espinosa Betanzo,
Ríos González, Figueroa Mejía en contra de exhortar al Congreso respectivo para que establezca un
método objetivo y razonable, Guerrero García y Presidente Aguilar Ortiz, respecto del apartado VII,
relativo a los efectos, consistente en 2) exhortar al Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala para que,
en medidas legislativas posteriores similares a las analizadas, en uso de su libertad configurativa y con
base en las consideraciones expuestas determine de manera fundada y motivada las cuotas o tarifas
mediante un método objetivo y razonable. Las señoras Ministras Esquivel Mossa, Batres Guadarrama y
Ortiz Ahlf votaron en contra.
El señor Ministro Presidente Aguilar Ortiz declaró que el asunto se revolvió en los términos precisados.
Firman el señor Ministro Presidente y la señora Ministra Ponente con el Secretario General de
Acuerdos, quien da fe.
Presidente, Ministro Hugo Aguilar Ortiz.- Firmado electrónicamente.- Ponente, Ministra María Estela
Ríos González.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos, Licenciado Rafael Coello
Cetina.- Rúbrica.
DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de catorce fojas útiles, en las que se
cuenta esta certificación, concuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente de la
sentencia emitida en la acción de inconstitucionalidad 183/2024, promovida por la Comisión Nacional de los
Derechos Humanos, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en su sesión del
veintiocho de octubre de dos mil veinticinco. Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial
de la Federación.- Ciudad de México, a doce de febrero de dos mil veintiséis.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
VOTO CONCURRENTE QUE FORMULA LA MINISTRA SARA IRENE HERRERÍAS GUERRA EN LA ACCIÓN DE
INCONSTITUCIONALIDAD 183/2024
El veintiocho de octubre de dos mil veinticinco el Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación declaró la invalidez, entre otras disposiciones, del artículo 63, fracción VI, de la Ley de Ingresos del
Municipio de Tocatlán, del Estado de Tlaxcala, para el Ejercicio Fiscal 2025, publicada en el Periódico Oficial
del Gobierno de esa entidad federativa el día veintiocho de octubre de dos mil veinticuatro.
Al respecto, sostuvo que el legislador no cumplió con los principios de proporcionalidad, legalidad y
seguridad jurídica contenidos en los artículos 16 y 31 constitucionales, ya que para establecer el cobro de
derechos por la firma de documentos oficiales por parte del Secretario del Ayuntamiento debió señalar cuáles
fueron el motivo y el procedimiento para determinar el costo que implicaba la ejecución del servicio. Aunado a
que entre las atribuciones del Secretario del Ayuntamiento está la de suscribir documentos oficiales inherentes
a sus funciones, sin que, en principio, eso implique un costo adicional que deban cubrir las personas
destinatarias de la norma impugnada.
Con base en las consideraciones expuestas, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
declaró la invalidez del pago de los derechos por la firma de un documento oficial por parte del Secretario del
Ayuntamiento previsto, en la fracción VI del artículo 63 de la Ley de Ingresos del Municipio de Tocatlán, del
Estado de Tlaxcala.
Si bien comparto la invalidez de la norma impugnada, estimo que su inconstitucionalidad deriva de que, al
establecer el pago de derechos por la firma de documentos oficiales por parte del Secretario del
Ayuntamiento, no prevé el número de hojas por el que se realizará el cobro del servicio prestado por la
autoridad, lo que vulnera el principio de seguridad jurídica.
El principio de seguridad jurídica, consagrado en la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, conlleva que el particular jamás se encuentre en una situación de incertidumbre jurídica y, por
tanto, en estado de indefensión. En ese sentido, el contenido esencial de este principio radica en “saber a qué
atenerse” respecto de la regulación normativa prevista en la ley y a la actuación de la autoridad.
Así, si la norma impugnada no precisa el número de hojas por el que se realizará el cobro de derechos por
la firma de documentos oficiales por parte del Secretario del Ayuntamiento, ello implica que la autoridad pueda
exigir el pago sin importar si se trata de un documento compuesto por una o varias hojas, lo que no es acorde
con el sentido y alcance del principio de seguridad jurídica, consagrada en nuestra Carta magna.
Por las razones expuestas, es que emito este voto concurrente.
Atentamente
Ministra Sara Irene Herrerías Guerra.- Firmado electrónicamente.- Secretario General de Acuerdos,
Lic. Rafael Coello Cetina.- Rúbrica.
DANIEL ÁLVAREZ TOLEDO, SECRETARIO GENERAL DE ACUERDOS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE
LA NACIÓN: CERTIFICA: Que la presente copia fotostática constante de dos fojas útiles, en las que se cuenta
esta certificación, concuerda fiel y exactamente con el original firmado electrónicamente del voto concurrente
que formula la señora Ministra Sara Irene Herrerías Guerra, en relación con la sentencia del veintiocho de
octubre de dos mil veinticinco, dictada por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en la acción
de inconstitucionalidad 183/2024, promovida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Se certifica
con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.- Ciudad de México, a doce de febrero
de dos mil veintiséis.- Rúbrica.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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BANCO DE MEXICO
TIPO de cambio para solventar obligaciones denominadas en moneda extranjera pagaderas en la
República Mexicana.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TIPO DE CAMBIO PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS
EN LA REPÚBLICA MEXICANA
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o. de la Ley Monetaria de los Estados Unidos
Mexicanos; 35 de la Ley del Banco de México, así como 8o. y 10 del Reglamento Interior del Banco de
México, y según lo previsto en el Capítulo V del Título Tercero de su Circular 3/2012, informa que el tipo
de cambio obtenido el día de hoy fue de $17.5037 M.N. (diecisiete pesos con cinco mil treinta y siete
diezmilésimos moneda nacional) por un dólar de los EE.UU.A.
La equivalencia del peso mexicano con otras monedas extranjeras se calculará atendiendo a la cotización
que rija para estas últimas contra el dólar de los EE.UU.A., en los mercados internacionales el día en que se
haga el pago. Estas cotizaciones serán dadas a conocer, a solicitud de los interesados, por las instituciones
de crédito del país.
Atentamente,
Ciudad de México, a 10 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Directora de Disposiciones de Banca
Central, Lic. María Teresa Muñoz Arámburu.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado,
Lic. Carlos Miguel Vélez Martínez.- Rúbrica.- Subgerente de Información de Mercados, Lic. Andrea Pérez
de Celis López.- Rúbrica.
TASAS de interés interbancarias de equilibrio.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASAS DE INTERÉS INTERBANCARIAS DE EQUILIBRIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio en moneda nacional (TIIE) a plazo de 28 días
obtenida el día de hoy, fue de 7.2282%; a plazo de 91 días obtenida el día de hoy, fue de 7.2711%; y a plazo
de 182 días obtenida el día de hoy, fue de 7.3336%.
Ciudad de México, a 10 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Directora de Disposiciones de Banca
Central, Lic. María Teresa Muñoz Arámburu.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado,
Lic. Carlos Miguel Vélez Martínez.- Rúbrica.- Subgerente de Información de Mercados, Lic. Andrea Pérez
de Celis López.- Rúbrica.
TASA de interés interbancaria de equilibrio de fondeo a un día hábil bancario.
Al margen un logotipo, que dice: Banco de México.- ''2026, Año de Margarita Maza Parada''.
TASA DE INTERÉS INTERBANCARIA DE EQUILIBRIO DE FONDEO A UN DÍA HÁBIL BANCARIO
El Banco de México, con fundamento en los artículos 8o y 10 del Reglamento Interior del Banco de México
y de conformidad con el procedimiento establecido en el Capítulo IV del Título Tercero de su Circular 3/2012,
informa que la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de Fondeo a un día hábil bancario en moneda
nacional determinada el día de hoy, fue de 6.97 por ciento.
Ciudad de México, a 9 de marzo de 2026.- BANCO DE MÉXICO: Directora de Disposiciones de Banca
Central, Lic. María Teresa Muñoz Arámburu.- Rúbrica.- Subgerente de Operaciones de Mercado,
Lic. Carlos Miguel Vélez Martínez.- Rúbrica.- Subgerente de Información de Mercados, Lic. Andrea Pérez
de Celis López.- Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
SECCION DE AVISOS
AVISOS JUDICIALES
Estados Unidos Mexicanos
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito
EDICTO
En el juicio de amparo directo 643/2025, promovido por Mariana Sandoval Igartúa, por propio derecho y en
su calidad de Notario Público número 33 del Estado de México, en contra de la sentencia de trece de agosto
de dos mil veinticinco, dictada por la Primera Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla del Tribunal Superior de
Justicia del Estado de México, en el toca 289/2025 de su índice y su ejecución atribuida a dicho Juzgado, se
emitió un acuerdo para hacer saber al tercero interesado Salvador Rosales Mora, que dentro de los treinta
días siguientes deberá comparecer, por conducto de quien legalmente le represente, debidamente
identificado, en las instalaciones que ocupan este Tribunal, sito en Avenida Doctor Nicolás San Juan,
Número 104, Colonia Ex Rancho Cuauhtémoc, código postal 50010, para ser debidamente emplazada al
juicio de referencia.
Atentamente
Toluca, Estado de México, 13 de enero de 2026.
Por Acuerdo del Magistrado Presidente, firma la Secretaria de Acuerdos del
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito, con residencia en Toluca
Licenciada Yamily Vázquez Camacho
Rúbrica.
(R.- 572859)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
EDICTO
En los autos del juicio de amparo número 399/2025, promovido por Edgar Emmanuel Tlaxcalteca Ignacio
contra actos del Juez Décimo Octavo Penal en la Ciudad de México, se ordenó emplazar por edictos a las
terceras interesadas de identidad reservada de iniciales J.R.I. y C.H.S.G., y se les concede un término de
treinta días contado a partir de la última publicación para que comparezcan a juicio a hacer valer sus derechos
y señalen domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, apercibidas que de no hacerlo, las
ulteriores notificaciones aún las de carácter personal, se practicarán por medio de lista.
Atentamente
Ciudad de México, a 12 de febrero de 2026.
Secretaria del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Penal en la Ciudad de México
María Carolina Ruíz López
Rúbrica.
(R.- 573106)
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO
En el juicio de amparo indirecto 334/2025, promovido por Alberto Soto Pérez, contra actos del Juez de
Ejecución de Sentencias Penales Itinerante de Puebla y otra autoridad, se ordenó emplazar a Miriam Josselyn
Soto Alameda, en su carácter de tercera interesada, por este medio. Se le hace saber que tiene treinta días
contados a partir de la última publicación de edictos, para comparecer a este juzgado a defender sus
derechos, si así conviniera a sus intereses, y señalar domicilio en San Andrés Cholula o zona conurbada, en
caso de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, se le harán por medio de lista.
San Andrés Cholula, Puebla, 15 de enero de 2026.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Víctor Hugo Díaz Jiménez
Rúbrica.
(R.- 573194)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito
San Francisco de Campeche, Campeche
EDICTO
En el juicio de amparo 1062/2025-IV-B, promovido por Erick Rodolfo Cruz Pacheco, apoderado legal de
Pedro Javier Carrillo, en contra de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Campeche y su
Presidente, residentes en esta ciudad, se emplaza a juicio a la persona moral Transporte Colectivo Rápidos
del Sureste Sociedad, Cooperativa de Responsabilidad Limitada de Capital Variable; tercera interesada en el
referido procedimiento judicial, en virtud de que se desconoce su domicilio. Cuenta con el plazo de treinta
días, contados a partir del día siguiente al de la última publicación del presente edicto para que concurran a
este juzgado a hacer valer lo que a sus intereses conviniere. Se le apercibe que de incumplir esto último, las
ulteriores notificaciones, aun las de carácter personal se le harán por estrados. San Francisco de Campeche,
Campeche, a tres de febrero de dos mil veintiséis.
Jueza Segundo de Distrito en el Estado de Campeche
Roxana Hernández López
Rúbrica.
(R.- 573207)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
EDICTO
Tercera interesada Plantilla Productiva Sociedad Anónima de Capital Variable.
En el juicio de amparo 2011/2025, promovido por María Candelaria Escobar Medina y Carlos Alberto
Hurtado Barajas, quien se ostenta como apoderado especial del finado trabajador Javier Escobar Enríquez,
por este medio se determinó emplazarla como tercera interesada; conforme al artículo 27, fracción III, inciso c)
de la Ley de Amparo, se le hace saber que puede apersonarse dentro del término de treinta días, contado a
partir del siguiente al de la última publicación de este edicto, a promover lo que a su interés estime pertinente,
y que en la secretaría de este Juzgado está a su disposición copia de la demanda de amparo; apercibida que
de no hacerlo, se seguirá el juicio sin su intervención y las ulteriores notificaciones, incluso las de carácter
personal se le practicarán por medio de lista.
Ciudad Judicial Federal, Zapopan, Jalisco, 31 de diciembre de 2025.
Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco
Andrés Manuel Magaña Gonzalez
Rúbrica.
(R.- 573208)
114
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Baja California,
con residencia en Tijuana
EDICTO
Emplazamiento de los terceros interesados:
Wendy Johana Chávez Alegría y Rosa María Macouzet León (ofendidos).
En el juicio de amparo número 560/2025, promovido por Ricardo Vargas Uribe, contra actos del Juez
Segundo de lo Penal de Primera Instancia del Partido Judicial de Tijuana y de otra autoridad, cuyos actos
reclamados lo constituyen “la negativa de parte de ambas autoridades en negar y declarar infundada la
solicitud de traslado con número de controversia 122/2023” en la causa penal 253/2024, por lo que se ordenó
emplazar a los terceros interesados Wendy Johana Chávez Alegría y Rosa María Macouzet León (ofendidos),
por edictos, haciéndoles saber que podrán apersonarse dentro de treinta días contados al siguiente de la
última publicación, apercibidos que de no hacerlo, las posteriores notificaciones les surtirán efectos por lista
en los estrados de este órgano jurisdiccional. Asimismo, se les informa que quedan a su disposición en este
juzgado, copia de la demanda y auto admisorio.
Atentamente
Tijuana, B.C., 22 de enero de 2026.
Secretaria del Juzgado Decimoquinto de Distrito en el Estado de Baja California,
con residencia en Tijuana
Ana Cecilia Díaz Unzueta
Rúbrica.
(R.- 573211)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco,
con residencia en Zapopan
EDICTO
JUICIO DE AMPARO 1556/2025-III
OK SANDALIAS SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, tercero interesado, en acatamiento a lo
ordenado en acuerdo de quince de diciembre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de amparo
1556/2025-III, promovido por Gustavo Santana López, contra actos de la Junta Especial número Dieciocho de
la Federal de Conciliación y Arbitraje en el Estado de Jalisco y otras autoridades; juicio de amparo en el cual
fue señalado como tercero interesado y se ordenó su emplazamiento por medio de edictos por ignorarse su
domicilio, en términos de los artículos 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo y 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo; haciéndosele saber al citado tercero
interesado que deberá comparecer dentro del término de treinta días, contados del siguiente al de la última
publicación, ante este Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco, con domicilio
en Anillo Periférico Pte. Manuel Gómez Morín número 7727, Edificio XA, piso 5, código postal 45010,
Zapopan, Jalisco; a efecto de promover lo que a su interés estime pertinente y deberá señalar domicilio en la
Zona Metropolitana de Guadalajara, Jalisco, para que se le practiquen las notificaciones personales,
apercibida de que en caso de no hacerlo, las ulteriores se harán por medio de lista que se fijaran en los
estrados de este órgano de control constitucional.
Zapopan, Jalisco, veintisiete de enero de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Octavo de Distrito en Materia de Trabajo en el Estado de Jalisco
Gilberto Enrique López Villagrán
Rúbrica.
(R.- 573212)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Decimoséptimo de Distrito
Xalapa, Veracruz
EDICTO
Tercero Interesado Martín Francois Salvatierra Mendoza.
En el lugar en que se encuentre, le hago saber:
En los autos del juicio de amparo 561/2025 promovido por Aranxa Garnica Oropeza, contra actos del Juez
Cuarto Mercantil, con residencia en Aguascalientes, Aguascalientes y otra autoridad, radicado en este
Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz, sito en Boulevard Culturas Veracruzanas
número 120, colonia Reserva Territorial, código postal 91096, nivel tres, edificio "C", con residencia en esta
ciudad, se le ha reconocido el carácter de tercero interesado y como se desconoce su domicilio actual, en
acuerdo de tres de febrero de dos mil veintiséis, se ordenó emplazarlo por edictos que deberán publicarse por
tres veces, de tres en tres días en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los
artículos 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo y 209 del Código Nacional de Procedimientos Civiles y
Familiares, aplicado supletoriamente, haciéndole saber que podrá presentarse dentro de los treinta días en
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DIARIO OFICIAL
115
este Juzgado de Distrito, contados a partir del siguiente al de la última publicación; apercibido que, de no
hacerlo, las posteriores notificaciones, se le harán por lista de acuerdos que se fije en los estrados de este
órgano jurisdiccional, quedando a su disposición en la Secretaría de este Juzgado de Distrito copia simple de
la demanda de amparo; asimismo, se hace de su conocimiento que la audiencia constitucional está prevista
para las DOCE HORAS DEL VEINTISIETE DE MARZO DOS MIL VEINTISÉIS; de igual forma, se le hace
saber que el acto reclamado por la parte quejosa en el juicio de amparo que se trata, se hace consistir en:
La retención de fondos en la cuenta bancaria número 1539725547, que -dice- fue ordenada por el Juez
Cuarto Mercantil, con residencia en la ciudad de Aguascalientes, Aguascalientes, y ejecutada por BBVA
MÉXICO, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero BBVA México.
Atentamente
Xalapa, Veracruz, tres de febrero de dos mil veintiséis.
El Secretario del Juzgado Decimoséptimo de Distrito en el Estado de Veracruz
Juan Pablo Suárez Lara
Rúbrica.
(R.- 573458)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa en el Estado de Jalisco
EDICTO
Para emplazar a
“FRANCISCO MIMO LANNOY”
Amparo Indirecto 1509/2024, promovido por Brenda Isabel Partida Rentería; acto reclamado: La resolución
de 31 de julio de 2024, dictada en el procedimiento administrativo 176/2023-C, por la que se le suspende de
sus labores por el término de tres días; Comisión de Honor y Justicia del Municipio de Guadalajara y otras;
deberá de comparecer dentro de treinta días hábiles, a este juzgado de Distrito para que se le corra traslado
con la demanda de amparo y otras constancias a efecto de que defienda sus derechos; con el apercibimiento
que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aun las personales se harán por lista. Publicación de
conformidad con el artículo 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo.
Zapopan, Jalisco, 27 de enero de 2026.
Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa
en el Estado de Jalisco, con residencia en Zapopan
Luis Ángel Gonzáles Plascencia
Rúbrica.
(R.- 573216)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Primero de Distrito en el Edo. de Campeche, Camp.
EDICTO
JUEZ PRIMERO DE DISTRITO EN EL ESTADO DE CAMPECHE, CAMPECHE, dentro del juicio de
amparo 1246/2025 III-A promovido por Luis Agustín Sánchez Rivas a través de su apoderado Gean Alberto
Peña, contra actos del Presidente de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Campeche, con
residencia en esta ciudad y actuario de su adscripción, se ordenó emplazar al tercero interesado PEDRO
RUBEN GARCÍA NOVELO, por medio de edictos. Asimismo, se hace del conocimiento del citado tercero
interesado, que cuenta con el término de treinta días para comparecer a este juicio constitucional a defender
sus derechos, mismos que surtirán sus efectos a partir de la última publicación de tales edictos, tal como lo
establece el artículo 30, fracción II, de la citada ley de la materia, en relación con el 209, fracción III, del
Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares de aplicación supletoria a la Ley de Amparo.
Campeche, Campeche, veinte de enero de dos mil veintiséis.
Juez Primero de Distrito en el Estado de Campeche
Lorena Cañez Holguin
Rúbrica.
(R.- 573217)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Sexto Circuito
San Andrés Cholula, Puebla
D-626/2024
EDICTO.
En el juicio de amparo directo D-626/2024, promovido por DANIEL RAMÍREZ OSORIO, contra la Primera
Sala en Materia Civil del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Puebla, a quien reclamó la resolución
dictada el veinte de mayo de dos mil veinticuatro, en el toca de apelación 198/2024; se ordena emplazar por
edictos a la tercera interesada CSCK 12 MEXCO I, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y
CAPITAL VARIABLE, de conformidad con lo previsto en los artículos 27, fracción III, inciso b) de la Ley de
Amparo y 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, haciéndole saber que deberá presentarse ante el
tribunal arriba citado, dentro del término de TREINTA DÍAS, contados a partir del siguiente al de la última
publicación, señalando domicilio para recibir notificaciones personales, apercibida que de no hacerlo las
subsecuentes se le harán mediante lista. Se manda fijar en la actuaría de este tribunal copia íntegra del
proveído de veintiocho de enero de dos mil veintiséis, por todo el tiempo del emplazamiento.
Atentamente
San Andrés Cholula, Puebla, seis de febrero de 2026.
La Secretaria de Tribunal
Alicia Guadalupe Díaz y Rea
Rúbrica.
(R.- 573289)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
“EDICTO”
EN EL JUICIO DE AMPARO DIRECTO CIVIL D.C.607/2025, PROMOVIDO POR LA PARTE QUEJOSA
SUCESIÓN A BIENES DE ROGELIO AGUILAR VIVEROS, CONTRA EL ACTO DE LA NOVENA SALA CIVIL
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO Y OTRA, RADICADO ANTE EL
SEXTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO, SE ORDENÓ EMPLAZAR
AL PRESENTE JUICIO DE AMPARO DIRECTO CIVIL A LA TERCERA INTERESADA ANGÉLICA OROZCO
JIMÉNEZ, PARA QUE COMPAREZCA ANTE ESTE ÓRGANO COLEGIADO EN EL PLAZO DE TREINTA
DÍAS CONTADO A PARTIR DE LA ÚLTIMA PUBLICACIÓN DEL PRESENTE EDICTO, QUE SE HARÁ DE
SIETE EN SIETE DÍAS, POR TRES VECES, EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN UNO
DE LOS PERIÓDICOS DE MAYOR CIRCULACIÓN NACIONAL, HACIÉNDOLE SABER QUE QUEDA A SU
DISPOSICIÓN EN ESTE TRIBUNAL COLEGIADO, LA COPIA SIMPLE DE LA DEMANDA DE AMPARO Y
QUE TIENE EXPEDITO SU DERECHO PARA OCURRIR ANTE ESTE ÓRGANO JURISDICCIONAL A
DEFENDER SUS DERECHOS Y DESIGNAR DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES EN
ESTA CIUDAD, APERCIBIDA QUE DE NO HACERLO, LAS SUBSECUENTES NOTIFICACIONES SE LE
HARÁN POR MEDIO DE LISTA, CON FUNDAMENTO EN EL ARTÍCULO 29 DE LA LEY DE AMPARO.
LO ANTERIOR PARA LOS EFECTOS LEGALES CONDUCENTES.
Ciudad de México, a 4 de febrero de 2026.
El Secretario de Acuerdos del Sexto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Abraham Mejía Arroyo
Rúbrica.
(R.- 573356)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
“2026, Año de Margarita Maza Parada”
EDICTOS
AL MARGEN, EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE: ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.- PODER
JUDICIAL DE LA FEDERACION. JUZGADO QUINTO DE DISTRITO EN MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD
DE MÉXICO.
TERCERO INTERESADO: ROBERTO VAQUEIRO ARENAS.
En los autos del juicio de amparo expediente 815/2025-V promovido Crisanto Víctor Escobar Escamilla
contra actos de la Novena Sala Civil del Poder Judicial de la Ciudad de México, y como no se conoce el
domicilio cierto y actual del tercero interesado Roberto Vaqueiro Arenas, se ha ordenado en proveído de
once de febrero de dos mil veintiséis, emplazarlo a juicio por medio de edictos, los que se publicara por tres
veces, de siete en siete días en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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circulación en la República Mexicana, ello en atención a lo dispuesto por el artículo 315 del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de Amparo. Quedan a su disposición, en la
Secretaría de este tribunal, copia simple de la demanda; asimismo, se le hace saber que cuenta con el
término de treinta días contados a partir de la última publicación de los edictos de mérito, para que ocurran
ante este Juzgado Federal a hacer valer sus derechos sí a su interés conviniere, y señale domicilio para oír y
recibir notificaciones en esta ciudad capital, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las
de carácter personal se le harán por lista de acuerdos de este órgano de control constitucional, y como está
ordenado en el proveído de once de febrero de dos mil veintiséis, se señalaron las diez horas del once de
marzo de dos mil veintiséis, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Atentamente
Ciudad de México, 17 de febrero de 2026.
El Secretario del Juzgado Quinto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Ángel Jiménez Márquez
Rúbrica.
(R.- 573587)
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla,
con residencia en San Andrés Cholula
EDICTO.
En el juicio de amparo indirecto 1158/2025, se ordenó emplazar por edictos a la parte tercera interesada
Alonso Gama Cabrera, lo anterior en términos de lo dispuesto por el artículo 27, fracción III, inciso c), de la
Ley de Amparo, en relación al diverso 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles; y se hace de su
conocimiento que Roberta Eugenio García y Ruth Sarahí Cornelio Méndez, en su carácter de ofendidas y en
representación de las personas menores de edad de iniciales R.E.L. Y R.I.E.C., promovierón juicio de amparo
indirecto contra actos del magistrado de la Décima Primera Sala Unitaria de lo Penal del Tribunal Superior de
Justicia del estado de Puebla, el acto reclamado es la resolución de diecisiete de septiembre del año dos mil
veinticinco, emitida en el toca 40/2025, haciéndole saber que cuentan con treinta días contados a partir de la
última publicación de edictos, para que se apersone al juicio y señale domicilio para oír y recibir notificaciones
en esta ciudad de Puebla o en su zona conurbada (San Pedro Cholula, San Andrés Cholula o Cuautlancingo),
ya que de no hacerlo, las subsecuentes notificaciones, incluso las de carácter personal, se le harán por lista
que se fije en este juzgado, sin ulterior acuerdo y el juicio de amparo seguirá conforme a derecho proceda;
queda a su disposición copia simple de la demanda e impresión del auto admisorio.
San Andrés Cholula, Puebla, veintitrés de diciembre de dos mil veinticinco.
Jueza Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de Puebla
Grecia Alejandra Gómez-Lamadrid Cabello
Rúbrica.
(R.- 573386)
Estados Unidos Mexicanos
Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Segundo Circuito
EDICTO
En el juicio de amparo directo 432/2025, promovido por Estela Rodríguez Rosas, por propio derecho,
contra actos de la Primera Sala Colegiada Civil de Tlalnepantla del Tribunal Superior de Justicia del Estado de
México, en el Toca 174/2025 y otra; se emitió un acuerdo para hacer saber a la tercera interesada María
de los Ángeles Pérez Gutiérrez, que dentro de los treinta días siguientes deberá comparecer debidamente
identificada en las instalaciones que ocupa este Tribunal, sito en Avenida Doctor Nicolás San Juan,
Número 104, Colonia Ex Rancho Cuauhtémoc, séptimo piso, código postal 50010, para ser debidamente
emplazada al juicio de referencia.
Atentamente
Toluca, Estado de México, 03 de febrero de 2026.
Por Acuerdo del Magistrado Presidente,
firma la Secretaria de Acuerdos del Cuarto Tribunal Colegiado
en Materia Civil del Segundo Circuito, con residencia en Toluca
Licenciada Yamily Vázquez Camacho
Rúbrica.
(R.- 573603)
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Mixto de Primera Instancia
Puruándiro, Michoacán
EDICTO
Juzgado Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puruándiro, Michoacán.
En acatamiento a lo ordenado en auto de fecha 13 trece de enero de este año, dictado dentro de las
Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar número 520/2025, sobre declaración de ausencia por
desaparición de Francisco Alcántar Armenta, promovidas por Mauricio Alcántar Tapia; se llama a
cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de declaración especial de ausencia de la
persona mencionada en líneas procedentes, para que comparezcan ante el juzgado actuante, a manifestar lo
que a sus intereses convenga y para los efectos legales correspondientes.
Puruándiro, Michoacán, a 13 trece de enero de 2026 dos mil veintiséis.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Paloma Tafolla Chávez
Rúbrica.
(E.- 000891)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial del Estado de Michoacán
Juzgado Mixto de Primera Instancia
Puruándiro, Michoacán
EDICTO
Juzgado Mixto de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puruándiro, Michoacán.
En acatamiento a lo ordenado en auto de fecha 13 trece de enero de este año, dictado dentro de las
Diligencias de Jurisdicción Voluntaria Familiar número 528/2025, sobre declaración de ausencia por
desaparición de David Carmona Cortez, promovidas por Ma. Guadalupe Carmona Cortes; se llama a
cualquier persona que tenga interés jurídico en el procedimiento de declaración especial de ausencia de la
persona mencionada en líneas procedentes, para que comparezcan ante el juzgado actuante, a manifestar lo
que a sus intereses convenga y para los efectos legales correspondientes.
Puruándiro, Michoacán, a 13 trece de enero de 2026 dos mil veintiséis.
La Secretaria de Acuerdos
Lic. Paloma Tafolla Chávez
Rúbrica.
(E.- 000892)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Juicio de Amparo 1246/2025
Amparo Indirecto 1246/2025
EDICTO.
Alfredo Vieyra Ángeles.
En el juicio de amparo número 1246/2025, promovido por Sylvia Margarita Casarrubias Ruiz, por propio
derecho; contra actos del Juez y Actuario, adscritos al Juzgado Vigésimo Cuarto de lo Civil de Proceso
Oral del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, en el que se reclamó todo lo actuado
dentro del juicio ejecutivo mercantil 154/2025, del índice del Juzgado antes citado; se advierte que no se
cuenta con el domicilio cierto y actual en donde pudiera ser emplazado el tercero interesado Alfredo Vieyra
Ángeles, pese a que, se agotaron todas las investigaciones y gestiones a las que este juzgado tiene acceso
para localizar el domicilio de dicha parte; en consecuencia, se ha ordenado emplazarlo por medio de edictos,
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
119
con fundamento en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo; quedando a disposición del
tercero interesado antes mencionado, en la Secretaría de este JUZGADO SEXTO DE DISTRITO EN
MATERIA CIVIL EN LA CIUDAD DE MÉXICO, copia simple de la demanda respectiva; asimismo, se hace de
su conocimiento que cuenta con un término de treinta días, que se computarán a partir de la última
publicación de los edictos de mérito, para que ocurra ante este órgano de control constitucional a hacer valer
sus derechos si a sus intereses conviniere y señale domicilio para oír y recibir notificaciones en esta Ciudad
de México, apercibido de que en caso de no hacerlo, las ulteriores notificaciones, aún las de carácter
personal se le harán por medio de lista de acuerdos que se publica en este órgano jurisdiccional.
Atentamente
Ciudad de México, 09 de enero de 2026.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Miguel Alejandro García Zavala
Firma Electrónica.
(R.- 573617)
Estados Unidos Mexicanos
Ciudad de México
Poder Judicial
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Juzgado Cuadragésimo Primero de lo Civil de Proceso Escrito
“2026, Año de Margarita Maza Parada”
EDICTO
JUZGADO CUADRAGÉSIMO PRIMERO DE LO CIVIL DE PROCESO ESCRITO
(Claudio Bernard No. 60, 4°. piso, Col. Doctores, Alcaldía Cuauhtémoc)
NOTIFICACIÓN A:
RODRIGO LEBOIS MATEOS
En los autos del juicio ESPECIAL MERCANTIL, promovido por CITIBANK, N.A., en contra de LEBOIS
MATEOS RODRIGO, expediente 286/2025, Secretaría “B” la C. Juez dictó proveídos que en lo conducente
dicen: “(…)” Ciudad de México, a veintinueve de mayo de dos mil veinticinco. “(…)” Se tiene por
presentado a CITIBANK, N.A., por conducto de sus apoderados, demandando en la vía ESPECIAL
MERCANTIL, la Homologación y Ejecución de las Sentencias Extranjeras precisadas en su escrito inicial.
“(…)” se admite la demanda en la VÍA INCIDENTAL. En consecuencia, dese vista con el presente Incidente
tanto al ejecutante CITIBANK, N.A., así como al ejecutado RODRIGO LEBOIS MATEOS. Se concede a las
partes un término individual de NUEVE DÍAS HÁBILES para que comparezcan ante este Juzgado, a exponer
defensas y ejercitar los derechos que les pudieren corresponder, así como para ofrecer las pruebas que
consideren pertinentes, debiendo señalar domicilio procesal dentro de esta Ciudad, apercibidos que, en caso
de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, incluso las personales, les surtirán sus efectos por medio
de su publicación en el Boletín Judicial. Una vez que las partes realicen sus manifestaciones, con las mismas,
dese vista al Ministerio Público de la adscripción para que manifieste lo que a su representación social
corresponda. “(…)” procédase a elaborar la correspondiente cédula de notificación para que, junto con
las copias simples de traslado debidamente selladas, cotejadas y rubricadas, sean turnadas al Secretario
Actuario, a fin de que proceda a emplazar a RODRIGO LEBOIS MATEOS, en el primer domicilio señalado
en el escrito inicial, el cual deberá agotarse, “(…)” Ciudad de México a cuatro de febrero del año dos
mil veintiséis. “(…)” y visto el contenido de los informes rendidos por diversas dependencias de los cuales se
desprende que no fue posible localizar a la parte demandada, “(…)” procédase a emplazar a la parte
demandada RODRIGO LEBOIS MATEOS por medio de edictos que se publicarán por tres veces, de siete
en siete días, en el “Diario Oficial” y en el periódico El Heraldo de México, para que comparezca en el plazo de
TREINTA DÍAS hábiles a recibir los traslados correspondientes y dentro de ese término a contestar la
demanda instaurada en su contra, término que empezará a contar a partir del día siguiente hábil de la última
publicación, "(...)" apercibida que de no hacerlo dentro del término conferido las subsecuentes notificaciones
aún las de carácter personal, le surtirán efectos por medio de Boletín Judicial y por Edictos cuando así
corresponda, “(…)” Notifíquese. - Así lo proveyó y firman electrónicamente la Jueza Cuadragésimo Primero de
lo Civil de Proceso Escrito de la Ciudad de México, Maestra ANA MERCEDES MEDINA GUERRA, ante su
C. Secretario de Acuerdos "B", Licenciado GILBERTO EDMUNDO OVANDO CAMACHO, que da fe. DOY FE.
Ciudad de México, a 10 de febrero de 2026.
Secretario de Acuerdos “B”
Lic. Gilberto Edmundo Ovando Camacho
Rúbrica.
(R.- 573290)
120
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo de Juicios Federales en el Estado de Puebla
San Andrés Cholula, Pue.
EDICTO
TERCERO INTERESADO.
Miguel Ángel Hernández Cruz.
En cumplimiento al proveído de veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco, dictado en el juicio de
amparo indirecto 1117/2023--VIII, promovido por Naydelin Esther Martínez Alvarado, contra actos del Juez de
lo Civil del Distrito Judicial de Huauchinango, Puebla, se tuvo como tercero interesado a Miguel Ángel
Hernández Cruz y en términos de los artículos 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo y 315 del Código
Federal de Procedimientos Civiles, quien a pesar de la búsqueda oficiosa de su domicilio, no se logró el
mismo, por lo que, se le mandó emplazar por medio de edictos, para que se apersone a este juicio dentro del
plazo de 30 días, contado a partir del siguiente al de la última publicación de este edicto; si pasado ese plazo
no comparece, las notificaciones subsecuentes, sin ulterior acuerdo, se le harán por lista.
Se le hace saber que se han fijado las trece horas con veinte minutos del veintisiete de enero de dos mil
veintiséis, para que tenga verificativo la audiencia constitucional.
Quedan a su disposición en la secretaría de este juzgado, copia simple de la demanda y auto admisorio,
siendo que este órgano jurisdiccional se encuentra ubicado en: Avenida Osa Menor número ochenta y dos,
piso trece, Ala Sur, Ciudad Judicial Siglo XXI, Reserva Territorial Atlixcáyotl, código postal 72810, en San
Andrés Cholula, Puebla.
Por tanto, el presente edicto deberá publicarse por 3 veces de 7 en 7 días hábiles en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República. Doy fe.
San Andrés Cholula, Puebla, veintinueve de diciembre de dos mil veinticinco.
El Secretario del Juzgado Sexto de Distrito en Materia de Amparo Civil, Administrativa
y de Trabajo y de Juicios Federales en el Estado de Puebla
Alejandro Manuel García Tapia
Rúbrica.
(R.- 573388)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
- EDICTO -
Al margen, el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Judicial de la Federación,.
Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México.
Tercero Interesado: Eduardo López Colmenero.
En los autos del juicio de amparo 103/2025-III, promovido por Mariana Gómez Ramírez, por propio
derecho, contra actos de la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia y del Juez Cuadragésimo
Cuarto de lo Civil, ambos de la Ciudad de México, este juzgado, al haber agotado la investigación
correspondiente y al desconocer el domicilio actual del referido tercero interesado Eduardo López Colmenero;
con fundamento en los artículos 27, fracción III, inciso c), de la Ley de Amparo y 315, del Código Federal de
Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la citada ley, se ordenó su emplazamiento al sumario por
medio de edictos mediante auto de dieciséis de junio del año próximo pasado, que se publicarán por tres
veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación, lo anterior para que en el término de treinta
días, contados a partir del siguiente al de la última publicación, el tercero interesado ocurra ante este juzgado
y haga valer sus derechos, por lo que se le hace del conocimiento que, ante el secretario de este juzgado,
queda a su disposición copia simple de la demanda de amparo y anexos, apercibido que, en caso de no
señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en esta ciudad, éstas se le harán por medio de lista.
En consecuencia, se hace la relación sucinta de la demanda, en la que la quejosa Mariana Gómez
Ramírez, reclama actos contra la Tercera Sala Civil del Tribunal Superior de Justicia y del Juez Cuadragésimo
Cuarto de lo Civil, ambos de la Ciudad de México, respecto a las sentencias interlocutorias de veintiuno de
febrero y cinco de agosto, ambas de dos mil veinticuatro, dictadas en el expediente 425/2009 y toca 684/2024,
respectivamente, mediante las cuales se declaró infundado el incidente de prescripción de ejecución de
sentencia, interpuesta por la demandada aquí quejosa Mariana Gómez Ramírez, la cual fue confirmada por la
referida sala responsable.
Atentamente
Ciudad de México, 23 de febrero de 2026.
Secretario del Juzgado Décimo de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Lic. Rafael Enrique Domínguez Bolaños
Rúbrica.
(R.- 573521)
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
121
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
A.D.C. 531/2025
EDICTOS
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
SECRETARÍA DE ACUERDOS.
JUICIO DE AMPARO DIRECTO 531/2025.
QUEJOSA: SOFIMEX, INSTITUCIÓN DE GARANTIAS, SOCIEDAD ANÓNIMA, POR CONDUCTO DE
SU APODERADO.
EMPLAZAMIENTO A: GRUPO SP DEL CARIBE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE.
En cumplimiento a lo ordenado por auto de diecisiete de febrero de dos mil veintiséis, y con fundamento
en el artículo 27, fracción III, inciso b), de la Ley de Amparo, y 315 del Código Federal de Procedimientos
Civiles, procédase a CITAR, NOTIFICAR Y EMPLAZAR A GRUPO SP DEL CARIBE, SOCIEDAD DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, por medio de EDICTOS a costa de la quejosa,
los cuales se publicarán por TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS HÁBILES, en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en la República, como lo dispone el precepto legal
en cita, haciéndole saber a Grupo SP del Caribe, Sociedad de Responsabilidad Limitada de Capital Variable,
por quien legalmente lo represente, que deberá presentarse dentro del término de treinta días, contados del
día siguiente al de la última publicación, ante este tribunal colegiado, a deducir sus derechos, quedando a su
disposición en la Secretaría de Acuerdos de este tribunal, copia de la demanda de amparo relativa al
expediente A.D.C. 531/2025, promovido por Sofimex, Institución de Garantias, Sociedad Anónima, por
conducto de su apoderado, contra los actos que reclama del Juzgado Cuadragésimo Primero de lo Civil de
Proceso Oral del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, consistente en la sentencia dictada el
quince de julio de dos mil veinticinco, en el juicio oral mercantil 448/2023, lo que se hace de su conocimiento,
para los efectos legales a que haya lugar.
PARA SU PUBLICACIÓN POR TRES VECES, DE SIETE EN SIETE DÍAS HÁBILES, EN EL DIARIO
OFICIAL DE LA FEDERACIÓN Y EN EL PERIÓDICO DE MAYOR CIRCULACIÓN EN LA REPÚBLICA,
ATENTO A LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 315 DEL CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS
CIVILES.
Ciudad de México, a diecisiete de febrero de dos mil veintiséis.
El C. Secretario de Acuerdos del Primer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito
Lic. Juan Carlos Díaz y Fuentes
Rúbrica.
(R.- 573584)
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles,
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
EDICTO
En los autos del concurso mercantil 18861/2025-III relativo al procedimiento de concurso mercantil
promovido por Agustín Fuentes Galicia, apoderado de Inmobiliaria y Constructora del Contadero, Sociedad
Anónima de Capital Variable y Daniela Fulgencio Rodon, la Jueza Segundo de Distrito en Materia de
Concursos Mercantiles con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana, el
día diecinueve de enero de dos mil veintiséis, dictó sentencia que declaró en concurso mercantil en etapa de
conciliación a la comerciante Baja Tensión de Occidente, Sociedad Anónima de Capital Variable; y declaró
abierta la etapa de conciliación por ciento ochenta y cinco días naturales; se estableció como fecha de
retroacción el VEINTICUATRO DE ABRIL DE DOS MIL VEINTICINCO, para los acreedores que no
122
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
corresponden al grado de subordinados; y, el VEINTIOCHO DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO para
los acreedores que se clasifican dentro del grado de subordinados; se determinó que dicha resolución
produce efectos de arraigo a la persona responsable de la administración de la comerciante para el solo
efecto de que no pueda separarse del lugar de su domicilio sin dejar, mediante mandato, apoderado
suficientemente instruido y expensado, así como la prohibición al comerciante de realizar operaciones de
enajenación o gravamen de los bienes principales de su empresa y de realizar transferencias de recursos o
valores a favor de terceros; se ordenó a la comerciante poner de inmediato a disposición del conciliador a fin
de que supervise conforme a su función, los libros, registros y demás documentos de la comerciante, así
como los recursos necesarios para sufragar las publicaciones y gastos de registro previstos en la ley
concursal; se ordenó a la comerciante, suspender el pago de los adeudos contraídos con anterioridad a la
fecha en que comience a surtir efectos la sentencia de concurso mercantil, salvo los que sean indispensables
para la operación ordinaria de la empresa; se ordenó que durante la etapa de conciliación se suspenda todo
mandamiento de embargo o ejecución contra los bienes y derechos del comerciante, con las excepciones a
que se refieren los artículos 65 y 69 de la Ley de Concursos Mercantiles.
El instituto Federal de Especialistas de Concursos Mercantiles, designó como conciliador a Héctor Romero
González, quien señaló como domicilio para cumplimiento de obligaciones el ubicado en Avenida Américas
número 1930, piso 2, interior 7, colonia Country Club, Guadalajara, Jalisco, y se le ordenó que inicie el
reconocimiento de créditos, lo que se hace del conocimiento de los acreedores de la concursada para que
aquellos que así lo deseen, le presenten solicitud de reconocimiento de sus créditos. La publicación de este
edicto surte efectos de notificación para quienes aún no hayan sido notificados en alguna forma diferente,
ordenada en la propia sentencia.
Atentamente
Ciudad de México, cinco de febrero de dos mil veintiséis.
La Secretaria del Juzgado Segundo de Distrito en Materia de Concursos Mercantiles,
con residencia en la Ciudad de México y jurisdicción en toda la República Mexicana
Marlene Sandra Chávez Reyes
Rúbrica.
(R.- 573597)
AVISO
Se informa que para la inserción de documentos en el Diario Oficial de la Federación, se deberán cubrir
los siguientes requisitos:
• Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación del
documento, fundando y motivando su petición conforme a la normatividad aplicable, con dos copias legibles.
• Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre
y firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
• Versión electrónica del documento a publicar, en formato Word, contenida en un solo archivo,
correctamente identificado.
• Comprobante de Recibo Bancario de Pago de Contribuciones, Productos y Aprovechamientos
Federales realizado ante cualquier institución bancaria o vía internet mediante el esquema de pago electrónico
e5cinco del SAT, con la clave de referencia 014001743 y la cadena de la dependencia 22010010000000.
El pago deberá realizarse invariablemente a nombre del solicitante de la publicación, en caso de personas
físicas y a nombre del ente público u organización, en caso de personas morales. El comprobante de pago se
presenta en original y copia simple. El original del pago queda bajo resguardo de esta Coordinación del Diario
Oficial de la Federación.
Nota: No se aceptarán recibos bancarios ilegibles; con anotaciones o alteraciones; con pegamento o cinta
adhesiva; cortados o rotos; pegados en hojas adicionales; perforados; con sellos diferentes a los de las
instituciones bancarias.
Todos los documentos originales, entregados al Diario Oficial de la Federación, quedarán resguardados en
sus archivos.
Las solicitudes de publicación de licitaciones para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y
Servicios, así como los Concursos a Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera, se podrán tramitar
a través de la herramienta “Solicitud de publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación a
través de medios remotos”, para lo cual además de presentar en archivo electrónico el documento a publicar,
el pago correspondiente (sólo en convocatorias para licitaciones públicas) y la e.firma de la autoridad emisora
del documento, deberá contar con el usuario y contraseña que proporciona la Coordinación del Diario Oficial
de la Federación.
Por ningún motivo se dará trámite a las solicitudes que no cumplan los requisitos antes señalados.
Teléfonos: 55 50 93 32 00 y 55 51 28 00 00, extensiones 35078 y 35079.
Atentamente
Diario Oficial de la Federación
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
123
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México
Procedimiento Especial de Declaración de Ausencia de José Javier Pérez Ontiveros
Expediente: 2756/2025
El treinta y uno de diciembre de dos mil veinticinco, se dictó sentencia definitiva en el Procedimiento
Especial de Declaración de Ausencia número 2756/2025 del índice del Juzgado Décimo Primero
de Distrito en Materia Civil en la Ciudad De México, promovido por Lourdes Mora García, en su carácter de
esposa del desaparecido José Javier Pérez Ontiveros, cuyo puntos resolutivos son del tenor literal siguiente:
“…SEXTO. PUBLICACIÓN. En cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 20 de la Ley Federal de
Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, una vez que la presente resolución cause
ejecutoria, se ordena la publicación de un extracto de esta mediante edictos.
Dicha publicación se realizará de forma gratuita —en términos del artículo 17 del citado ordenamiento y el
19-B de la Ley Federal de Derechos— en los siguientes medios:
1. Diario Oficial de la Federación.
2. Página electrónica del Órgano de Administración Judicial (anteriormente Consejo de la Judicatura
Federal).
3. Página electrónica de la Comisión Nacional de Búsqueda.
Para dar cumplimiento a lo anterior, una vez que esta determinación adquiera firmeza, se instruye a la
Secretaría de este Juzgado para que, en un plazo no mayor a tres días hábiles, emita la certificación
correspondiente a efecto de realizar la inscripción en el Registro Civil correspondiente1. Asimismo, deberá
remitir el edicto respectivo a las dependencias oficiales antes señaladas para su difusión inmediata.
Por lo expuesto, fundado y con apoyo además en lo establecido por los artículos 1º, 6º, 8º, 18, 20, 21 y
demás relativos de la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas, se:
RESUELVE:
PRIMERO. Ha sido procedente el procedimiento de Declaración Especial de Ausencia por Desaparición
promovido por Lourdes Mora García, respecto del señor José Javier Pérez Ontiveros, en su calidad de
cónyuge.
SEGUNDO. Se declara legalmente la ausencia de José Javier Pérez Ontiveros, con efectos retroactivos al
dos de abril de dos mil veinticuatro, fecha en que acontecieron los hechos de su desaparición, de conformidad
con lo establecido en el artículo 18 de la Ley Federal de la materia.
TERCERO. Se designa a Lourdes Mora García como representante legal de la persona desaparecida,
José Javier Pérez Ontiveros, la cual:
I. Deberá comparecer ante este juzgado a aceptar y protestar el cargo dentro de los tres días hábiles
siguientes a la notificación de la firmeza de esta determinación, en el entendido que de no hacerlo, procederá
nombrar a otra persona de conformidad con lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 23 de la Ley
Federal de Declaración Especial de Ausencia para Personas Desaparecidas.
II. Una vez aceptado el cargo, contará con un término de diez días para iniciar la formación del inventario
solemne de bienes.
III. Se le apercibe que la omisión en la formación del inventario o el incumplimiento de sus deberes de
administración será causa de remoción del encargo, sin perjuicio de imponerle una multa de hasta 120 UMAs,
en términos de lo razonado en el considerando quinto de esta resolución.
CUARTO. Se ordena la suspensión inmediata de cualquier acto de cobro, ejecución hipotecaria
o desalojo respecto de los bienes vinculados al ausente, la cual queda supeditada a la acreditación de la
titularidad, a saber:
1. Suspensión de pagos del crédito hipotecario del inmueble sito en la Manzana XIII, Lote 28, Privada
la Hera, en Tizayuca, Hidalgo (FOVISSSTE).
2. Predio 306z-4p1/1, Manzana 127, Santa Ana Mayorazgo, Otzolotepec, Estado de México, respecto de
la cual se dispone la anotación marginal preventiva en el Registro Público de la Propiedad correspondiente.
3. Cuentas localizadas en HSBC, México e INBURSA, respecto de las cuales se prohíbe el cobro de
comisiones e intereses moratorios desde el dos de abril de dos mil veinticuatro.
QUINTO. Se ordena a la Guardia Nacional y al Instituto de Seguridad Social al Servicio de los
Trabajadores del Estado (ISSSTE), la reinstalación administrativa de los derechos del ausente, quienes
deberán dejar sin efectos cualquier baja dictada tras la desaparición y garantizar el pago de haberes y
prestaciones a los beneficiarios de manera retroactiva.
_______________
1 Como lo prevé el ya invocado numeral 20, que a la letra establece:
“Artículo 20. La resolución que dicte el Órgano Jurisdiccional sobre la Declaración Especial de Ausencia
incluirá los efectos y las medidas definitivas para garantizar la máxima protección a la Persona Desaparecida
y los Familiares.
El Órgano Jurisdiccional solicitará a la secretaría del juzgado o su equivalente, la emisión de la
certificación correspondiente, a fin de que se haga la inscripción en el Registro Civil correspondiente, en un
plazo no mayor de tres días hábiles y se ordenará que la Declaratoria Especial de Ausencia se publique en el
Diario Oficial de la Federación, en la página electrónica del Poder Judicial de la Federación, así como en la de
la Comisión Nacional de Búsqueda, la cual será realizada de manera gratuita.”
124
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
SEXTO. Se garantiza la continuidad de la personalidad jurídica de José Javier Pérez Ontiveros, cuyos
familiares conservan el derecho de percibir las prestaciones y utilizar los bienes necesarios para su digna
subsistencia, sujetos a control judicial y rendición de cuentas establecidos en la parte considerativa.
SÉPTIMO. Se declara la inexigibilidad de obligaciones mercantiles y fiscales, así como la suspensión de
cualquier procedimiento judicial o administrativo en contra del ausente, a fin de evitar su indefensión.
OCTAVO. La presente resolución no exime a la Fiscalía General de la República ni a la Comisión Nacional
de Búsqueda de su obligación inalienable de continuar con las investigaciones y acciones de localización bajo
el principio de presunción de vida.
NOVENO. En caso de localización con vida, se procederá conforme al artículo 30 de la Ley Federal de la
materia, restituyendo bienes y derechos, previa rendición de cuentas. Si se acreditara desaparición deliberada
para evadir responsabilidades, se perderá el derecho a frutos y rentas, sin perjuicio de las responsabilidades
de índole civil y penal que procedan.
DÉCIMO. Una vez que quede firme esta sentencia publíquese por tres ocasiones un extracto de esta en el
Diario Oficial de la Federación, en la página del Órgano de Administración Judicial y de la Comisión Nacional
de Búsqueda de Personas de forma gratuita, la cual además deberá inscribirse en el Registro Civil
correspondiente en un plazo no mayor a tres días hábiles.
UNDÉCIMO. La presente resolución implica todos los efectos y medidas para proteger a la persona
desaparecida y sus familiares, en términos de lo razonado en los considerandos quinto y sexto de la
presente resolución.
Notifíquese personalmente a la parte promovente, por oficio al Fiscal Especializado para
la Investigación, Persecución de los Delitos en Materia de Desaparición Forzada y la Desaparición
Cometida por Particulares y Búsqueda de Personas Desaparecidas; Comisión Nacional de Búsqueda;
Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas; así como al Director del Instituto de Seguridad
y Servicios Sociales.
Así lo resolvió y firma el Juez Horacio Nicolás Ruiz Palma, Titular de este Juzgado Décimo Primero de
Distrito en Materia Civil en la Ciudad de México, ante Katya Cisneros González, secretaria que da fe”.
Ciudad de México, 31 de diciembre de 2025.
La Secretaria del Juzgado Décimo Primero de Distrito en Materia Civil la Ciudad de México
Katya Cisneros González
Rúbrica.
(E.- 000897)
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México
Décima Sala Civil
EDICTO
En los autos del cuaderno de amparo (III), relativo al toca 509/2017/3, derivado del juicio ESPECIAL
HIPOTECARIO, promovido por VILLASEÑOR NAVARRO ENRIQUE, en contra de MONROY DEL RÍO
LEONEL, expediente 697/2016, se emitieron los autos de veintiséis de agosto de dos mil veinticuatro; diez de
julio de dos mil veinticinco y nueve de enero de dos mil veintiséis, en los cuales se ordenó, emplazar mediante
edictos al tercero interesado SERGIO LUIS ÁVILA DÁVILA, por tres veces de siete en siete días hábiles,
con fundamento en la fracción II del Artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles de aplicación
supletoria a la Ley de la materia, en términos de su artículo 2° de la Ley de Amparo, los cuales son del
tenor siguiente:
“CUADERNO DE AMPARO DEL TOCA: 509/2017/3 (III)
CIUDAD DE MÉXICO, A NUEVE DE ENERO DE DOS MIL VEINTISÉIS.
Agréguese a su cuaderno de amparo el escrito signado por Jesús Octavio Guillén Martínez, en su carácter
de apoderado legal de ENRIQUE VILLASEÑOR NAVARRO, y anexos que acompaña; visto su contenido,
como lo solicita, elabórense los edictos a fin de emplazar al tercero interesado SERGIO LUIS ÁVILA
DÁVILA, en los términos a que alude al artículo 315 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de
aplicación supletoria a la Ley de Amparo, es decir, estos deberán ser redactados de modo preciso y conciso,
sintetizando las providencias que se ordenen publicar, evitando transcripciones literales, y señalándose
únicamente los puntos substanciales; hecho lo anterior, pónganse a disposición de la parte quejosa, por
conducto de persona autorizada, previa toma de razón y recibo que obre en autos, en el entendido de que,
una vez que surta efectos el presente proveído, quedan a su disposición del quejoso, los edictos en comento.
(...)
---------------- FIRMAS ----------------
-------------- OTRO AUTO ----------------
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
125
“CUADERNO DE AMPARO DEL TOCA: 509/2017/3 (III)
“CIUDAD DE MÉXICO, A DIEZ DE JULIO DE DOS MIL VEINTICINCO.
Agréguese a su cuaderno de amparo el correo electrónico del LICENCIADO SERGIO HENESSY LÓPEZ
SAAVEDRA, SUBDIRECTOR DE PREVENCIÓN DE RIESGOS EN LA EMISIÓN DE PASAPORTES Y
ATENCIÓN A AUTORIDADES DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES, por el que comunica
DGP 11386/2025, en atención a los oficios A-1648 y A-1045, e informa que no localizó registro a nombre de
SERGIO LUIS ÁVILA DÁVILA.
En tales condiciones, y toda vez que se agotaron la totalidad de los medios de investigación a fin de lograr
el emplazamiento del citado tercero interesado al juicio de amparo D.C. 663/2024, del índice del DÉCIMO
QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO, con fundamento en el
referido precepto, así como el numeral 315, fracción II, del Código Federal de Procedimientos Civiles de
aplicación supletoria a la ley de la materia, en términos de su artículo 2°, se ordena emplazar al tercero
interesado SERGIO LUIS ÁVILA DÁVILA, a través de edictos a costa de la parte quejosa, los cuales se
publicarán por tres veces de siete en siete días hábiles en el Diario Oficial de la Federación y en un periódico
de circulación nacional, para dar a conocer por esos medios a la referida tercera interesada, que tiene el plazo
de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación para comparecer al juicio de
amparo D.C. 663/2024 del índice del DÉCIMO QUINTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL
PRIMER CIRCUITO, ya que de no hacerlo, sin ulterior acuerdo, se le harán las subsecuentes notificaciones
por medio de lista que se fije en los estrados de esta Sala, la cual contendrá en síntesis la determinación
judicial que ha de notificarse, atento a lo preceptuado en el referido numeral de la Ley de Amparo.
(...)
----------------FIRMAS----------------
---------------- OTRO AUTO ----------------
“CUADERNO DE AMPARO DEL TOCA: 509/2017/3 (III)
[…]
CIUDAD DE MÉXICO, A VEINTISÉIS DE AGOSTO DE DOS MIL VEINTICUATRO.
Con copia certificada del escrito por el que se presenta la demanda de amparo y de ésta última, ambos
suscritos por Jesús Octavio Guillén Martínez, apoderado legal de ENRIQUE VILLASEÑOR NAVARRO;
fórmese y regístrese el cuaderno de amparo. Se tiene al quejoso reclamando de esta Sala la sentencia de
diez de julio de dos mil veinticuatro, dictada en el toca 509/2017/3, dictada en cumplimiento a la ejecutoria
pronunciada por el Décimo Quinto Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, en el recurso de
revisión 131/2024.
Como lo dispone la fracción II del artículo 178 de la Ley de Amparo, con la copia simple de la demanda de
amparo debidamente sellada, foliada, rubricada y cotejada, córrase traslado a los terceros interesados
LEONEL MONROY DEL RÍO y SERGIO LUIS ÁVILA DÁVILA.
(...)
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 178 de la Ley de Amparo RÍNDASE EL INFORME
JUSTIFICADO y remítanse a la Autoridad Federal la demanda de amparo, haciéndose constar al pie de su
última página, la fecha de su presentación y de la notificación a las partes del fallo reclamado, así como los
días inhábiles que mediaron entre ambas fechas.
(...)
------------------------ FIRMAS ------------------------
Para su publicación por tres veces de siete en siete días hábiles, en el DIARIO OFICIAL DE LA
FEDERACIÓN.
Ciudad de México, a 13 de enero de 2026.
El Secretario de Acuerdos de la Décima Sala Civil
Maestro Jorge Armando Flores Lazcarez
Rúbrica.
(R.- 572867)
126
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Estados Unidos Mexicanos
Poder Judicial de la Federación
Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Oaxaca,
con residencia en San Bartolo Coyotepec
EDICTO
Grupo Construcciones Alemán, Sociedad Anónima de Capital Variable o Grupo Construcciones de
Alemán, Sociedad Anónima de Capital Variable o Construcciones Alemán, Sociedad Anónima de Capital
Variable.
En el lugar en que se encuentre, en el juicio de amparo 350/2025, promovido por María Elena Uscanga
Lara, contra actos del Presidente de la Junta Especial Treinta y Dos de la Federal de Conciliación y Arbitraje
del Estado de Oaxaca, se encuentra en trámite en este Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Oaxaca,
ubicado en Privada de Aldama ciento seis, San Bartolo Coyotepec, Oaxaca, código postal 71256, ha sido
señalado como tercero interesado, se desconoce su domicilio actual, se ordenó emplazarlo por edictos, los
que deberán publicarse por tres veces, consecutivas, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la
Federación y en uno de los diarios de mayor circulación en la República Mexicana, haciéndole saber que
podrá presentarse dentro de treinta días hábiles, contados a partir del siguiente al de la última publicación, por
sí o por apoderado, apercibido que de no hacerlo, las ulteriores notificaciones le surtirán efectos por lista que
se publica en este Juzgado. Queda a su disposición la demanda; y se le hace de su conocimiento la audiencia
constitucional está para las once horas del veintitrés de febrero de dos mil veintiséis.
Atentamente
San Bartolo Coyotepec, Oaxaca; 28 de enero de 2026.
Secretario del Juzgado Cuarto de Distrito en el Estado de Oaxaca
Lic. Daniel Lira Gurrión
Rúbrica.
(R.- 572987)
AVISOS GENERALES
Banco de México
Procedimiento No. BM-SACRH-006-25-2
“2026, Año de Margarita Maza Parada”
RESUMEN DE LA CONVOCATORIA A LICITACIÓN PÚBLICA No. BM-SACRH-006-25-2
Banco de México, de conformidad con lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en los artículos 57 y 62, fracción IV, de la Ley del Banco de México, en las
Normas del Banco de México en materia de enajenación de bienes muebles y en las demás disposiciones
aplicables, convoca a todos los interesados en participar en la LICITACIÓN PÚBLICA NO. BM-SACRH-006-
25-2, con el objeto de enajenar acumuladores de su propiedad. El volumen de los desperdicios materia de
licitación es de aproximadamente 111,000.00 kg.
Las fechas previstas para llevar a cabo el procedimiento son las indicadas a continuación:
a)
Junta de Aclaraciones a la Licitación: El 19 de marzo de 2026.
b)
Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones: El 26 de marzo de 2026.
c)
Comunicación del Fallo: El 15 de abril de 2026.
La convocatoria respectiva, fue publicada el 06 de marzo de 2026 en la página de internet del Banco de
México,
en
la
siguiente
ruta:
https://www.banxico.org.mx/conociendo-banxico/licitaciones/licitaciones-
enajenaciones-ba.html
Ciudad de México, 11 de marzo de 2026.
Banco de México
Subgerente de Abastecimiento
a Caja y Recursos Humanos
Mtra. María Elena González Tirado
Rúbrica.
Analista de
Contrataciones
Daniel Gómez Acuña
Rúbrica.
Las personas que firman el presente instrumento se encuentran debidamente facultadas conforme a lo
dispuesto por los artículos 8, párrafos primero, segundo y tercero, 8, 10, 27 Bis, fracción I, y demás aplicables
del Reglamento Interior del Banco de México; Segundo, fracción VIII del Acuerdo de Adscripción de las
Unidades Administrativas del Banco de México; y 5, segundo párrafo de las Normas del Banco de México en
materia de enajenación de bienes muebles.
(R.- 573581)
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
127
Estados Unidos Mexicanos
Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Segunda Sala Regional en el Estado de México I
Expediente: 2205/24-11-02-9-OT
Actor: Alegratel, S.A. de C.V.
“EDICTO”
En los autos del juicio contencioso administrativo federal número 2205/24-11-02-9-OT, promovido por
ALEGRATEL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE CAPITAL VARIABLE, por conducto de su apoderado legal
JOSÉ CIRENIO MORALES MAGAÑA, se demandó la nulidad de la resolución contenida en el oficio
600-36-02-(46)-2024-10358, de veintisiete de agosto de dos mil veinticuatro, a través del cual, el
Administrador Desconcentrado Jurídico de México "2", resolvió el recurso de revocación interpuesto por
el actor, en el sentido de confirmar la liquidación contenida en el diverso 500 36 05 03 02 2022 8768, de ocho
de julio de dos mil veintidós, mediante el cual, el Administrador Desconcentrado de Auditoria Fiscal de
México "2", determinó un crédito fiscal en cantidad de $26'551,886.00 (veintiséis millones quinientos cincuenta
y un mil ochocientos ochenta y seis pesos 00/100 moneda nacional), por concepto de impuesto sobre la renta,
impuesto al valor agregado, actualización, recargos y multas, por el ejercicio fiscal del uno de enero
al treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete; asimismo, como renta gravable del reparto de utilidades,
por el ejercicio fiscal comprendido del uno de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil diecisiete, el
importe de $19'912,278.00 (diecinueve millones novecientos doce mil doscientos setenta y ocho pesos 00/100
moneda nacional).--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Ahora bien, el dieciséis de enero de dos mil veintiséis, se dictó un acuerdo en el que, con fundamento en los
artículos 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la materia; y 3,
fracción III, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo; se ordenó emplazar por edictos
a los terceros interesados, trabajadores de la empresa actora que estuvieron activos durante el ejercicio fiscal
de dos mil diecisiete, siguientes: Mauricio de Jesús Mejía Adame, Jorge Huerta Hernández, Ana María de
Guadalupe Villaseñor Lozano, Flor Iveth Zaldívar García, Gabriel Sandoval Fonseca, José Miguel Cárdenas
Tellez, Jesús Carlos Ramos López, Mauricio Guerrero Contreras, Guadalupe Vaca López, Omar Jair López
Hernández, Eufemia Ramírez Pérez, Diana Paulina Pérez Martínez, Antonio de Jesús Torres Bernal, Juan
Carlos Domínguez Martínez, Guillermo Gerardo Bernal García, Daniela Nataly Martínez Marín, Rogelio
Vázquez Ramírez, Javier Huerta Álvarez, Juan Carlos Pérez García, Perla Marisol Romero Flores, Carlos
Vázquez Villegas, Guillermo Pichardo Nava, Victor Manuel Calvo Almonte, Abraham Baños Medina, Javier
Ortega Prieto, Uriel Alejandro Ramírez García, José Antonio Ventura Nolasco, Norma Ruíz Medina, Edgar
Said Nava Barón, Carlos Velázquez Hernández, Jorge Luis Granados Tiburcio, Alma Alejandra Jimenez
Gutiérrez, Karina Sosa Bautista, Christian Rafael Jimenez Soto, Ivonne Monserrat Cajero Huesca, Yenifer
Anahí Estrada Sánchez, Antonio Rodríguez Herrera o a quien tenga su legal representación. En
consecuencia, se les informa que quedan a su disposición en la Actuaria adscrita a la Segunda Sala Regional
en el Estado de México I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, ubicada en "Avenida Primero de
Mayo, número 120, piso 6 (Torre 1 Fórum Naucalpan), Colonia San Andrés Atoto, Naucalpan de Juárez,
Estado de México, Código Postal 53500"; copia de la demanda respectiva y sus anexos. Por lo anterior, con
fundamento en los artículos 14, penúltimo párrafo; y 18, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso
Administrativo; así como el diverso 315, del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria, se les hace saber que tienen un término de treinta días hábiles contados a partir del día hábil
siguiente de la última publicación del Edicto ordenado, para que comparezcan por escrito, de conformidad con
el segundo numeral invocado, ante esta Segunda Sala Regional en el Estado de México I del Tribunal Federal
de Justicia Administrativa; apercibidos que, en caso de incumplimiento, se seguirá el juicio en rebeldía,
haciéndose las ulteriores notificaciones por rotulón.
Para su publicación por tres veces, de siete en siete días, en el Diario Oficial de la Federación y en uno de
los periódicos de mayor circulación dentro de la República Mexicana, a elección de la parte actora.
Naucalpan de Juárez, Estado de México, a diecinueve de enero de dos mil veintiséis.
La Magistrada Instructora de la Tercera Ponencia de la Segunda Sala Regional
en el Estado de México I del Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Mayra del Socorro Villafuerte Coello
Rúbrica.
La Secretaria de Acuerdos
Nora Gabriela López Suárez
Rúbrica.
(R.- 573282)
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
128
Auditoría Superior de la Federación
Cámara de Diputados
Unidad de Asuntos Jurídicos
Dirección General de Substanciación “A”
EDICTO
En los Procedimientos de Responsabilidad Administrativa iniciados por la Dirección General de Substanciación “A” de la Auditoría Superior de la Federación, por la
presunta comisión de faltas administrativas graves y actos de particulares vinculados con éstas, en los expedientes números DGSUB"A"/A.2/2291/02/2026, mediante
acuerdo del doce de febrero de dos mil veintiséis; DGSUB"A"/A.2/2303/02/2026, mediante acuerdo del dieciocho de febrero de dos mil veintiséis;
DGSUB"A"/A.2/1510/06/2025,
DGSUB"A"/A.2/1862/10/2025,
DGSUB"A"/A.2/1866/10/2025,
DGSUB"A"/A.2/1930/10/2025,
DGSUB"A"/A.2/1908/10/2025,
DGSUB"A"/A.2/1947/10/2025, DGSUB"A"/A.2/1969/10/2025 y DGSUB"A"/A.2/2072/11/2025, todos mediante acuerdo del veinte de febrero de dos mil veintiséis;
DGSUB"A"/A.2/1913/10/2025, DGSUB"A"/A.2/2019/11/2025, y DGSUB"A"/A.2/2209/01/2026, todos mediante acuerdo del veintitrés de febrero del dos mil veintiséis;
DGSUB"A"/A.2/2081/11/2025
y
DGSUB"A"/A.2/2151/12/2025,
ambos
mediante
acuerdo
del
veinticinco
de
febrero
de
dos
mil
veintiséis;
DGSUB"A"/A.2/2210/01/2026
y
DGSUB"A"/A.2/2242/01/2026,
ambos
mediante
acuerdo
del
veintiséis
de
febrero
de
dos
mil
veintiséis;
y
DGSUB"A"/A.2/2336/02/2026, mediante acuerdo del veintisiete de febrero de dos mil veintiséis, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 315 del Código Federal
de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria en términos del artículo 1 de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo, la cual a su vez es
supletoria de la Ley General de Responsabilidades Administrativas en su diverso 118, se ordenó, emplazar por medio de edictos a diversos presuntos responsables
para que comparezcan a las Audiencias Iniciales, en las siguientes fechas y horarios:
PRESUNTOS RESPONSABLES
PROCEDIMIENTO
FALTA
ADMINISTRATIVA
DÍA
HORA
FELIPE ALBERTO CAREAGA CAMPOS
DGSUB"A"/A.2/1510/06/2025
DESVÍO DE RECURSOS
PÚBLICOS
(Art. 54)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DIEZ HORAS CON
TREINTA MINUTOS
(10:30)
CONSEJO DE ORGANIZACIONES EMPRESAS
CAMPESINAS Y CAFETALERAS DE
VERACRUZ, A.C.
DGSUB"A"/A.2/1862/10/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71)
VEINTE (20) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DIEZ HORAS CON
CERO MINUTOS
(10:00)
INFORMATION MANAGEMENT SOLUTIONS,
S.C.
DGSUB"A"/A.2/1866/10/2025
UTILIZACIÓN DE
INFORMACIÓN FALSA
(Art. 69)
VEINTE (20) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DIEZ HORAS CON
CUARENTA Y CINCO
MINUTOS (10:45)
JELL CONSTRUCCIÓN INDUSTRIAL,
S.A. DE C.V.
DGSUB"A"/A.2/1913/10/2025
UTILIZACIÓN DE
INFORMACIÓN FALSA
(Art. 69)
VEINTE (20) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
ONCE HORAS CON
QUINCE MINUTOS
(11:15)
MAXIMINA GRACIELA ROMERO MONROY
DGSUB"A"/A.2/1930/10/2025
ABUSO DE FUNCIONES
(Art. 57)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
TRECE HORAS CON
CERO MINUTOS
(13:00)
INGENIERÍA ELÉCTRICA, ELECTRÓNICA Y
ELECTROMECÁNICA, S.A. DE C.V.
DGSUB"A"/A.2/2019/11/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71
VEINTE (20) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DOCE HORAS CON
CERO MINUTOS
(12:00)
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
129
JAZMÍN GARCÍA PAREDES
DGSUB"A"/A.2/2072/11/2025
ABUSO DE FUNCIONES
(Art. 57)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DOCE HORAS CON
CERO MINUTOS
(12:00)
ASESORES EN ESTRATEGIAS
COMERCIALES BIFFCO, S.A. DE C.V.
DGSUB"A"/A.2/2081/11/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71)
VEINTIUNO (21) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DIEZ HORAS CON
CERO MINUTOS
(10:00)
CORPORATIVO ASESCAP, S.C.
DGSUB"A"/A.2/2081/11/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71)
VEINTIUNO (21) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DIEZ HORAS CON
CUARENTA Y CINCO
MINUTOS (10:45)
DIRECCIÓN OBJETIVA CON VISIÓN DEL
NUEVO SIGLO, S.C.
DGSUB"A"/A.2/2081/11/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71)
VEINTIUNO (21) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
ONCE HORAS CON
TREINTA MINUTOS
(11:30)
IMPULSO FUNDAR, S.A. DE C.V.
DGSUB"A"/A.2/2081/11/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71)
VEINTIUNO (21) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DOCE HORAS CON
TREINTA MINUTOS
(12:30)
MANUEL ANTONIO ABURTO CÓRDOBA
DGSUB"A"/A.2/2151/12/2025
ABUSO DE FUNCIONES
(Art. 57)
VEINTE (20) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DOCE HORAS CON
CUARENTA Y CINCO
MINUTOS (12:45)
ZANDRA LUZ PARRA GONZÁLEZ
DGSUB"A"/A.2/2209/01/2026
ABUSO DE FUNCIONES
(Art. 57)
VEINTIUNO (21) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DOCE HORAS CON
CUARENTA Y CINCO
MINUTOS (12:45)
INFRAESTRUCTURA Y BIENESTAR
CORPORATIVO INCOR, S.A. DE C.V.
DGSUB"A"/A.2/2081/11/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DIEZ HORAS CON
CERO MINUTOS
(10:00)
LIZARDO MIJANGOS BÁEZ
DGSUB"A"/A.2/2210/01/2026
ABUSO DE FUNCIONES
(Art. 57)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DIEZ HORAS CON
QUINCE MINUTOS
(10:15)
LOGISTIC SOLUTIONS NAVA, S.C.
DGSUB"A"/A.2/2081/11/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DIEZ HORAS CON
CUARENTA Y CINCO
MINUTOS (10:45)
ENRIQUE LÓPEZ LARA MORALES
DGSUB"A"/A.2/2303/02/2026
ABUSO DE FUNCIONES
(Art. 57)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
ONCE HORAS CON
CERO MINUTOS
(11:00)
JHON ORLANDO GÓMEZ MARTÍNEZ
DGSUB"A"/A.2/1908/10/2025
ABUSO DE FUNCIONES
(Art. 57)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
ONCE HORAS CON
QUINCE MINUTOS
(11:15)
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
130
NYX CREANDO SOLUCIONES, S.A. DE C.V.
DGSUB"A"/A.2/2081/11/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
ONCE HORAS CON
CUARENTA Y CINCO
MINUTOS (11:45)
ENRIQUE LÓPEZ LARA MORALES
DGSUB"A"/A.2/2291/02/2026
ABUSO DE FUNCIONES
(Art. 57)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DOCE HORAS CON
QUINCE MINUTOS
(12:15)
INDUSTRIAS NOVALDEX DEL CENTRO,
S.A. DE C.V.
DGSUB"A"/A.2/2081/11/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
DOCE HORAS CON
TREINTA MINUTOS
(12:30)
BLANCA ESTELA COETO MATEO
DGSUB"A"/A.2/1947/10/2025
ABUSO DE FUNCIONES
(Art. 57)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
TRECE HORAS CON
QUINCE MINUTOS
(13:15)
CONSEJO REPRESENTATIVO AUTÓNOMO
DE JUSTICIA Y ESPERANZA, A.C.
DGSUB"A"/A.2/1969/10/2025
USO INDEBIDO DE
RECURSOS PÚBLICOS
(Art. 71)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
TRECE HORAS CON
CUARENTA Y CINCO
MINUTOS (13:45)
HÉCTOR GERARDO RODRÍGUEZ MEDRANO
DGSUB"A"/A.2/2242/01/2026
DESVÍO DE RECURSOS
PÚBLICOS
(Art. 54)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
ONCE HORAS CON
TREINTA MINUTOS
(11:30)
ENRIQUE LÓPEZ LARA MORALES
DGSUB"A"/A.2/2336/02/2026
ABUSO DE FUNCIONES
(Art. 57)
VEINTIDÓS (22) DE
MAYO DE DOS MIL
VEINTISÉIS (2026)
TRECE HORAS CON
TREINTA MINUTOS
(13:30)
Audiencias que se celebrarán en las oficinas que ocupa la Dirección General de Substanciación “A” de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Auditoría Superior de
la Federación, ubicadas en el sexto piso del edificio “A” situado en Carretera Picacho Ajusco, número 167, Colonia Ampliación Fuentes del Pedregal, C.P. 14110,
Alcaldía Tlalpan, Ciudad de México, para que rindan su declaración por escrito o verbalmente y ofrezcan las pruebas que estimen necesarias para su defensa;
asimismo, se les informa el derecho que tienen de no declarar en contra de sí mismas ni declararse culpables, así como su derecho a defenderse personalmente o por
conducto de su representante legal, y de ser asistidos por un defensor perito en la materia y que de no contar con un defensor, en caso de solicitarlo, les será
nombrado uno de oficio. De igual forma, se ponen a su disposición las copias de traslado, además de que podrán acudir a consultar las constancias que integran el
Expediente de Presunta Responsabilidad Administrativa correspondiente, en el domicilio antes señalado, en días hábiles y dentro del horario comprendido de las 9:00
a las 15:00 y de las 16:30 a las 18:30. Asimismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 305 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación
supletoria a la materia, se les hace saber que deberán señalar domicilio para oír y recibir notificaciones en la Ciudad de México, sede de la Auditoría Superior de la
Federación, apercibidas que de no hacerlo, las que se deban practicar posteriormente, inclusive las de carácter personal, se llevarán a cabo a través de rotulón que se
fijará en los estrados de la Auditoría Superior de la Federación. Si pasado el termino referido, no comparecen a la audiencia inicial, se seguirá el procedimiento,
haciéndoseles las ulteriores notificaciones por rotulón, las cuales contendrán, en síntesis, la determinación que ha de notificarse. Ciudad de México, a dos de marzo de
dos mil veintiséis, el Licenciado Isaid Rodríguez Esquivel, Director de Substanciación “A.2” de la Auditoría Superior de la Federación.- Rúbrica.
(R.- 573526)
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
131
CONVOCATORIAS PARA CONCURSOS DE PLAZAS
VACANTES DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA
EN LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
Secretaría de Gobernación
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación con fundamento en los artículos 21, 25,
26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 38, 39, 40 de su Reglamento publicado en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el 06 de septiembre de 2007 y con última reforma del 04 de enero de 2024; los artículos
243, 244, 245, 246 y 247 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia
de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el DOF el pasado 19 de diciembre
de 2025 (“Disposiciones”), así como a los Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la
Administración Pública Federal publicados en el DOF el 18 de septiembre de 2020, emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA 08/2026 de los concursos para ocupar los siguientes puestos del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
1.
Denominación y
Código de Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE RELACIONES LABORALES Y SINDICALES
04-810-1-M1C017P-0001540-E-C-M
Nivel
Administrativo
N33
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$64,854.00 (SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA
Y CUATRO PESOS M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION
CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción
del Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
SUPERVISAR EL PROCESO DE APLICACION DEL MARCO JURIDICO EN
MATERIA LABORAL, EN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA
SECRETARIA DE GOBERNACION, PARA COADYUVAR CON EL RESPALDO
Y FORTALECIMIENTO DE LOS BENEFICIOS Y OBLIGACIONES DE LOS
TRABAJADORES AL SERVICIO DE LA DEPENDENCIA.
2.
INSTRUMENTAR ACCIONES DE ANALISIS AL MARCO JURIDICO EN
MATERIA DE ATENCION DE REQUERIMIENTOS POR PARTE DE LAS
AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS Y EL SINDICATO NACIONAL DE
TRABAJADORES
DE
LA
SECRETARIA
DE
GOBERNACION,
PARA
IDENTIFICAR AREAS DE OPORTUNIDAD RESPECTO A LOS CAMBIOS Y/O
ACTUALIZACIONES
QUE
COADYUVEN
EN
LA
MEJORA
DE
LOS
PROCESOS DEL AREA.
3.
COORDINAR LAS TAREAS DE VIGILANCIA CON RESPECTO AL PROCESO
DE ANALISIS Y REVISION DE LAS CONDICIONES GENERALES DE
TRABAJO DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, PARA CONTAR CON
ELEMENTOS TECNICOS JURIDICOS QUE PERMITAN PROPONER A LAS
INSTANCIAS SUPERIORES, LAS MODIFICACIONES NECESARIAS.
4.
CONTROLAR LOS PROCESOS DE GESTION, REVISION E INTEGRACION
DE LA INFORMACION REQUERIDA POR LAS DIVERSAS AUTORIDADES
ADMINISTRATIVAS, EN MATERIA DE RECURSOS HUMANOS, CON EL FIN
COADYUVAR CON EL SEGUIMIENTO Y LAS RESPUESTAS QUE SE EMITAN
A AQUELLAS INSTANCIAS.
5.
COORDINAR LOS TRABAJOS DE ANALISIS DE LAS PETICIONES
PRESENTADAS POR EL SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA
SECRETARIA DE GOBERNACION, PARA CONTAR CON ELEMENTOS
DE JUICIO EN LA TOMA DE DECISIONES RESPECTO A LA ATENCION DE
AQUELLAS QUE RESULTEN PROCEDENTES, DE CONFORMIDAD CON LA
NORMATIVIDAD EN LA MATERIA.
6.
ESTABLECER ACCIONES DE CONSOLIDACION DE LAS RELACIONES
LABORALES ENTRE LA DEPENDENCIA, LOS TRABAJADORES, EL
SINDICATO
Y
LAS
AUTORIDADES
GLOBALIZADORAS,
A
FIN
DE
GARANTIZAR EL RESPETO A LOS DERECHOS, OBLIGACIONES Y
PRESTACIONES
DE
LOS
TRABAJADORES
AL
SERVICIO
DE
LA
SECRETARIA DE GOBERNACION.
132
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
7.
COORDINAR EL PROCESO RELACIONADO CON LA INFORMACION QUE
SE REMITE A LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS Y EL SINDICATO
NACIONAL DE TRABAJADORES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION,
CON EL FIN DE GARANTIZAR QUE CUMPLA CON LOS REQUISITOS
APEGADOS A LA NORMATIVIDAD EN LA MATERIA.
8.
SUPERVISAR EL DESARROLLO DE LOS PROYECTOS DE RESPUESTA
DIRIGIDOS A LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS, ASI COMO AL
SINDICATO
NACIONAL
DE
TRABAJADORES
DE
LA
SECRETARIA
DE GOBERNACION, CON EL OBJETIVO DE DEFINIR CRITERIOS DE
RESOLUCION
EN
MATERIA
LABORAL
A
RESPUESTAS
E
INVESTIGACIONES SOLICITADAS.
9.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIAS ECONOMICAS
DIRECCION Y DESARROLLO
DE RECURSOS HUMANOS
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
2.-
Denominación y
Código de Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE ESTRUCTURAS ORGANICAS Y OCUPACIONALES
04-810-1-M1C017P-0001646-E-C-J
Nivel
Administrativo
N33
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$64,854.00 (SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO PESOS M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME
AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción
del Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DESARROLLAR LOS ESQUEMAS DE TRABAJO DE EVALUACION SOBRE
MODIFICACIONES
A
LAS
ESTRUCTURAS
ORGANICAS
Y
OCUPACIONALES, A FIN DE SOMETER LOS PROCESOS OPERATIVOS
Y FUNCIONALES DEL AREA A LA APROBACION DE LAS INSTANCIAS
SUPERIORES.
2.
DIRIGIR LOS PROCEDIMIENTOS DE VERIFICACION Y ANALISIS EN
MATERIA DE MODIFICACION DE ESTRUCTURAS Y CREACION DE PLAZAS
EVENTUALES,
PARA
DETERMINAR
LA
VIABILIDAD
TECNICA
Y
NORMATIVA DE LAS PROPUESTAS ORGANIZACIONALES DE LAS
UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS DESCONCENTRADOS DE
LA SECRETARIA.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
133
3.
INSTRUMENTAR LOS PROCEDIMIENTOS Y CRITERIOS EN VALORACION Y
DEFINICION DE LA CARACTERISTICA OCUPACIONAL DE LOS PUESTOS
QUE CONFORMAN LAS ESTRUCTURAS DE LA DEPENDENCIA, PARA
GESTIONAR
LA
AUTORIZACION
DE
LOS
PUESTOS
DE
LIBRE
DESIGNACION Y DE GABINETE DE APOYO ANTE LA SECRETARIA DE LA
FUNCION PUBLICA.
4.
COORDINAR LOS MECANISMOS DE OPERACION DEL SISTEMA DE
APROBACION
Y
REGISTRO
DE
ESTRUCTURAS
OCUPACIONALES
(SAREO),
PARA
DAR
CUMPLIMIENTO
A
LOS
DISPOSICIONES
NORMATIVAS EN LA MATERIA SOBRE LA APROBACION DE PUESTOS
OPERATIVOS, EVENTUALES Y LOS QUE INTEGRAN ORGANOS Y
ENTIDADES NO SUJETOS A LA LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE
CARRERA.
5.
IMPLEMENTAR ACCIONES DE VERIFICACION DE LOS FORMATOS DE
ORIGEN DESTINO, ORGANIGRAMAS, CUADROS RESUMEN Y DEMAS
DOCUMENTACION QUE SUSTENTE LAS PROPUESTAS DE MODIFICACION
A
LAS
ESTRUCTURAS,
PARA
CONTAR
CON
EL
SOPORTE
EN
LOS TRAMITES Y GESTIONES DE AUTORIZACION Y REGISTRO DE LAS
ESTRUCTURAS ANTE LA SECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA.
6.
VERIFICAR LOS PROCESOS Y ACCIONES DE ORIENTACION A LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS,
ORGANOS
DESCONCENTRADOS
Y
ENTIDADES DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, A FIN DE QUE
CUENTEN CON LOS ELEMENTOS TECNICOS Y NORMATIVOS QUE LES
PERMITA
CONFORMAR
Y
PRESENTAR
SUS
PROYECTOS
DE
REESTRUCTURA
ORGANIZACIONAL
Y/O
CREACION
DE
PLAZAS
EVENTUALES.
7.
SUPERVISAR LOS PROCEDIMIENTOS DE CONFORMACION DE LOS
ESCENARIOS ORGANIZACIONALES EN EL SUBSISTEMA DE PLANEACION
DE LOS RECURSOS HUMANOS, QUE RESULTEN DE LAS RESTRUCTURAS
DE LAS UNIDADES U ORGANOS SUJETOS A LA LEY DEL SERVICIO
PROFESIONAL DE CARRERA, PARA ASEGURAR EL SUMINISTRO Y/O
ACTUALIZACION DE INFORMACION EN LA BASE DE DATOS DEL SISTEMA
RH-NET DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL DE CONFORMIDAD
CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE.
8.
DESAHOGAR LAS CONSULTAS DE CARACTER TECNICO Y NORMATIVO
EN TEMAS DE ESTRUCTURAS ORGANICAS Y OCUPACIONALES Y DE
CREACION DE PLAZAS EVENTUALES, PARA CONTRIBUIR EN LA
CONFORMACION DE LOS DIVERSOS PLANTEAMIENTOS QUE EN LAS
MATERIAS
PRESENTEN
LAS
UNIDADES
Y
ORGANOS
DESCONCENTRADOS.
9.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TERMINADO O PASANTE
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
134
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
MATEMATICAS
ANALISIS Y ANALISIS
FUNCIONAL
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y DIRECCION
DE EMPRESAS
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
3.
Denominación y
Código de Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE EVALUACION A LA PRESTACION DE SERVICIOS
04-810-1-M1C017P-0001813-E-C-S
Nivel
Administrativo
N33
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$64,854.00 (SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y
CUATRO PESOS M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME
AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción
del Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
INTEGRAR Y ANALIZAR LOS PROGRAMAS ANUALES DE SERVICIOS
PROPORCIONADOS A LA DIRECCION GENERAL, PARA GENERAR
INFORMACION QUE PERMITA EVALUAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS
DISPOSICIONES NORMATIVAS.
2.
EVALUAR LOS PROCESOS DE CONTRATACION DE LOS DIVERSOS
SERVICIOS QUE BRINDA LA DIRECCION GENERAL, PARA PROPONER
ACCIONES DE MEJORA CONTINUA QUE PERMITAN CONTAR CON
PROCESOS EFICIENTES.
3.
VALORAR LA PRESTACION DE SERVICIOS QUE BRINDA LA DIRECCION
GENERAL, A FIN DE PROMOVER ACCIONES EN EL USO RACIONAL DE
LOS RECURSOS ASIGNADOS.
4.
INSTRUMENTAR MECANISMOS DE CONTROL Y SEGUIMIENTO A LOS
DIVERSOS SERVICIOS PRESTADOS, PARA PRESENTAR INFORMES
EJECUTIVOS QUE CONTRIBUYAN A LA TOMA DE DECISIONES DEL JEFE
INMEDIATO.
5.
ESTABLECER VINCULOS DE COMUNICACION ENTRE LA INSTITUCION Y
PROVEEDORES DE SERVICIOS, PARA CONTAR CON INFORMACION QUE
PERMITA LA VALORACION DE COSTO-BENIFICIO DE LOS SERVICIOS.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir las
personas
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
135
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
4.
Denominación y
Código de Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE ATENCION A REQUERIMIENTOS Y SOLICITUDES
DE INFORMACION DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL
04-810-1-M1C016P-0001802-E-C-M
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS
PESOS M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME
AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción
del Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
SUPERVISAR EL ANALISIS DE LAS SOLICITUDES DE INFORMACION EN
MATERIA DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL, PARA CONSOLIDAR LA
DOCUMENTACION Y DATOS DE LAS DIVERSAS AREAS INTERNAS, QUE
PERMITAN LA INTEGRACION DE RESPUESTAS A LOS ORGANISMOS E
INSTITUCIONES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA.
2.
EVALUAR
TECNICA
Y
NORMATIVAMENTE
LOS
PROYECTOS
DE
RESPUESTA A LOS REQUERIMIENTOS DE INFORMACION EN MATERIA
DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL PRESENTADOS POR ORGANISMOS
FISCALIZADORES, SOLICITUDES DE ACCESO A LA INFORMACION, Y
ORGANOS DE APLICACION E IMPARTICION DE JUSTICIA, PARA
VERIFICAR QUE LAS RESOLUCIONES QUE SE EMITAN, SE ENCUENTREN
DENTRO EN APEGO AL MARCO LEGAL ESTABLECIDO.
3.
COORDINAR LA OPERACION DE LOS PROCESOS DE ANALISIS DE
INFORMACION DE LAS BASES DE DATOS Y DOCUMENTACION SOPORTE
DE LOS MOVIMIENTOS DE PERSONAL, PARA COADYUVAR EN LA
DETERMINACION DE LA PROCEDENCIA DE LAS SOLICITUDES DE
LICENCIAS Y PERMISOS CON Y SIN GOCE DE SUELDO FORMULADAS
POR LAS Y LOS TRABAJADORES DE BASE.
4.
EFECTUAR LA VALORACION Y ANALISIS DE LAS REINSTALACIONES DEL
PERSONAL
CUYA
RESOLUCION
DE
JUICIO
LABORAL
RESULTO
FAVORABLE, PARA PROPONER A LAS INSTANCIAS SUPERIORES,
ALTERNATIVAS DE LAS PLAZAS VACANTES CON VIABILIDAD TECNICA
QUE PUDIERAN SER UTILIZADAS.
5.
DESARROLLAR ACCIONES DE COORDINACION CON LAS AREAS
INTERNAS INVOLUCRADAS EN LA ATENCION DE SOLICITUDES SOBRE
LOS PROCEDIMIENTOS DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL, PARA
OBTENER LA INFORMACION NECESARIA QUE PERMITA ALLEGARSE DE
LOS
ELEMENTOS
QUE
SUSTENTEN
LAS
RESPUESTAS
A
LOS
REQUERIMIENTOS EN ESTA MATERIA.
6.
PARTICIPAR
EN
LA
INTEGRACION
DE
INFORMACION
SOBRE
MOVIMIENTOS DE PERSONAL EN CONGRUENCIA CON LOS DATOS DE
NOMINA,
PAGOS
Y
CONCILIACIONES,
PARA
ATENDER
LOS
REQUERIMIENTOS DE ORGANISMOS FISCALIZADORES Y DE APLICACION
E IMPARTICION DE JUSTICIA, ASI COMO DE ACCESO A LA INFORMACION
PUBLICA.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
7.
SUPERVISAR LA INTEGRACION Y ACTUALIZACION DE EXPEDIENTES
Y ARCHIVOS RELACIONADOS CON LA ATENCION A REQUERIMIENTOS Y
SOLICITUDES DE INFORMACION DE MOVIMIENTOS DE PERSONAL, PARA
CONTAR CON LA DOCUMENTACION SOPORTE Y DE CONSULTA SOBRE
LAS ACCIONES REALIZADAS EN LA MATERIA.
8.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO LAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir las
personas
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
5.
Denominación y
Código de Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE VINCULACION
04-810-1-M1C016P-0001803-E-C-M
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y
DOS PESOS M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME
AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción
del Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DESARROLLAR ACCIONES DE ORIENTACION TECNICA Y NORMATIVA EN
MATERIA DE ELABORACION DE INDICADORES DE GESTION CON LAS
INSTANCIAS DE LA SECRETARIA, PARA GARANTIZAR QUE LOS MISMOS
ESTEN ALINEADOS A LAS ESTRATEGIAS Y METAS ESTABLECIDAS EN
LOS PROGRAMAS SECTORIALES.
2.
EVALUAR CONJUNTAMENTE CON LAS INSTANCIAS RESPONSABLES DE
LA SECRETARIA, LOS INDICADORES Y SUS RESULTADOS EN LA
GESTION DE PROGRAMAS GUBERNAMENTALES, PARA APORTAR
CONOCIMIENTOS, ORIENTACION Y RETROALIMENTACION ENCAMINADA
A LA CONSECUCION DE LOS OBJETIVOS ESTABLECIDOS.
3.
COORDINAR LA VINCULACION INSTITUCIONAL ASOCIADA AL LOGRO DE
LAS METAS Y OBJETIVOS ESTABLECIDOS EN LOS PROGRAMAS
ANUALES DE TRABAJO, ASI COMO DE LOS COMPROMISOS QUE
DERIVEN DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO, PARA ASISTIR EN EL
CUMPLIMIENTO DE ESTAS RESPONSABILIDADES EN EL AMBITO DE LAS
UNIDADES RESPONSABLES Y ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA
SECRETARIA.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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4.
EFECTUAR CONSULTAS DE SEGUIMIENTO DE LOS AVANCES EN EL
CUMPLIMIENTO DE METAS Y PROGRAMAS ANUALES DE TRABAJO
ESTABLECIDOS POR LAS INSTANCIAS DE LA SECRETARIA, PARA
ELABORAR DIAGNOSTICOS QUE PERMITAN IDENTIFICAR DESVIACIONES
QUE PONGAN EN RIESGO LA CONSECUCION DE LOS OBJETIVOS
INSTITUCIONALES.
5.
CONFORMAR INFORMES EJECUTIVOS SOBRE EL ESTABLECIMIENTO DE
LINEAS DE TRABAJO ASOCIADAS A LOS OBJETIVOS ESTABLECIDOS EN
LOS
PROGRAMAS
ANUALES
DE
TRABAJO,
PARA
MANTENER
INFORMADAS A LAS INSTANCIAS COMPETENTES DE LAS ACCIONES
INSTRUMENTADAS.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes
(con base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
6.
Denominación y
Código de Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE NORMATIVIDAD
04-810-1-M1C015P-0001852-E-C-M
Nivel
Administrativo
N11
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$39,078.00 (TREINTA Y NUEVE SETENTA Y OCHO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción
del Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS HUMANOS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
APLICAR LOS PROCEDIMIENTOS DE ANALISIS DE LOS PLANTEAMIENTOS
EN
MATERIA
DE
NORMATIVIDAD
DE
RECURSOS
HUMANOS
Y
RELACIONES LABORALES, PARA COADYUVAR EN LA EMISION DE
RESOLUCIONES EN SU AMBITO DE COMPETENCIA.
2.
EFECTUAR
LOS
ESTUDIOS
DE
VIABILIDAD
TECNICA
DE
LOS
PLANTEAMIENTOS QUE INGRESAN POR DIVERSAS INSTANCIAS EN
MATERIA DE NORMATIVIDAD DE RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES
LABORALES, PARA PRESENTAR AL SUPERIOR JERARQUICO LOS
RESULTADOS DE LAS VALORACIONES OBTENIDAS.
3.
INSTRUMENTAR
ACCIONES
Y
TRABAJOS
DE
INTEGRACION
DE INFORMACION QUE GENERAN LOS PROYECTOS DE REGULACION DE
LOS RECURSOS HUMANOS Y LAS RELACIONES LABORALES, PARA
CONTAR CON DATOS TECNICOS QUE CONTRIBUYAN AL SEGUIMIENTO Y
EVALUACION DE LOS MISMOS.
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DIARIO OFICIAL
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4.
PROPORCIONAR INFORMACION Y ORIENTACION TECNICA Y/O JURIDICA
A LAS INSTANCIAS QUE LO REQUIERAN EN RELACION A LA
NORMATIVIDAD DE RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES LABORALES,
PARA COADYUVAR EN LA ELABORACION DE PROYECTOS QUE
REQUIERAN DICTAMINACION DEL AREA.
5.
GENERAR ESTUDIOS COMPARADOS DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE
SOBRE ADMINISTRACION DE RECURSOS HUMANOS Y RELACIONES
LABORALES, PARA DETECTAR ELEMENTOS DE CARACTER JURIDICO
QUE REPERCUTAN EN EL DESARROLLO DE LAS FUNCIONES DEL AREA.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes
(con base en
el catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y DIRECCION
DE EMPRESAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
Bases de Participación
1ª. Requisitos de participación.
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto, mismos que se señalan en la presente convocatoria.
La aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de
las personas, y lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. En virtud de lo
anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el
género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la
apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones,
las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las
responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo, para la pertenencia
al servicio.
Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales:
I.
Ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o ser persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar;
II.
No haber sido sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso;
III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en la administración pública;
IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministra o ministro de algún culto, y
V. No contar con inhabilitación para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
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DIARIO OFICIAL
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De conformidad con el artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
queda restringida la participación de quienes se ubiquen en los supuestos siguientes:
a)
Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra
la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar
equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón
de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y
b)
Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
2ª. Documentación requerida.
La Revisión y Evaluación de Documentos, comprendida en la Etapa “Revisión Documental.“, específicamente
en lo relativo al perfil del puesto, (escolaridad, áreas y años de experiencia) se llevará a cabo con base en los
documentos que presenten las personas candidatas para verificar que estén fehacientemente acreditados lo
requisitos legales, conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos
por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los cuales podrán ser consultados en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
Cuando les sea solicitado, las personas candidatas deberán presentar la siguiente documentación:
I.
Formatos impresos y requisitados para el Subsistema de Ingreso (llenar a máquina o computadora los
datos personales):
a)
Formato Revisión Documental;
b)
Formato Evaluación de la Experiencia;
c)
Formato Valoración del Mérito, y
d)
Formato Escrito Bajo Protesta
Dichos
formatos
podrán
ser
descargados
en
la
siguiente
liga
electrónica:
https://nc.segob.gob.mx/s/c9K9K7HZ3MS4K8z
II.
Invariablemente deberán exhibir la siguiente DOCUMENTACION EN ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA
LEGIBLE, acompañadas de copia simple tamaño carta por ambos lados cuando aplique:
a)
Hoja de bienvenida del portal TrabajaEn (pantalla inicial) legible donde aparezca claramente: su
nombre completo y escrito correctamente, así como su número de folio de participación en el
concurso del que se trate.
b)
Cédula de Identificación Fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual
contiene el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), misma que deberá coincidir con los datos
registrados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
c)
Clave Unica de Registro de Población (CURP) https://www.gob.mx/curp/, misma que deberá coincidir
con los datos registrados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
d)
Identificación oficial VIGENTE con fotografía y firma, considerando únicamente: Credencial para
Votar INE vigente, Pasaporte vigente o Cartilla del Servicio Militar Nacional con hoja de liberación.
e)
Acta de nacimiento, tarjeta de residente temporal o tarjeta de residente permanente, según
corresponda.
f)
Escrito bajo protesta de decir verdad, disponible para descargar en la liga electrónica que se le
indique en el mensaje de invitación, para el cual deberá llenar y firmar en caso de cumplir con los
requisitos enunciados en el mismo, manifestando:
i.
De conformidad al artículo 38, Fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos que no cuenta con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la
vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la
intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de
sus modalidades y tipos; no ser declarada persona deudora alimentaria morosa;
ii.
Ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de mis derechos o persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar;
iii. No haber sido sentenciada o sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso;
iv. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en la administración pública;
v.
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministra o ministro de algún culto, y
vi. No contar con inhabilitación para el servicio público ni encontrarme con algún otro impedimento
legal.
vii. La inexistencia de alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de intereses;
viii. No ser parte en algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u otra Institución, y
ix. No prestar servicios profesionales mediante un contrato de honorarios o desempeñar otro
empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldía,
órgano constitucional autónomo de carácter estatal o federal; o bien, en caso contrario,
comprobar que cuenta con la determinación de compatibilidad de empleos respectiva.
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DIARIO OFICIAL
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x.
De conformidad al artículo 16 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos,
en caso de declarar falsedad respecto de la información requerida para obtener un dictamen de
compatibilidad favorable a sus intereses o de no contar con el mismo, quedará sin efectos el
nombramiento o vínculo laboral conforme a las disposiciones aplicables. Lo anterior, sin perjuicio
de las acciones legales que tengan lugar.
xi. Que la documentación probatoria de escolaridad y experiencia referidas en el CV de TrabajaEn y
presentada para la etapa de Revisión Documental “Evaluación de la Experiencia y Valoración de
Mérito”, es auténtica y que ha sido expedida por las Instituciones correspondientes. Asimismo,
que da consentimiento para que el personal de la Dirección General de Recursos Humanos
(DGRH) realice las consultas necesarias ante las instituciones correspondientes con la única
finalidad de verificar el origen y autenticidad de los documentos presentados, los cuales no
tienen calidad de datos personales sensibles, conforme a la definición que les atribuye el artículo
2 fracción VI de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares;
xii. Que no se solicitó el examen de no gravidez y de VIH/SIDA como requisito para continuar en el
proceso de selección llevado a cabo por esta dependencia, y
xiii. Si es o no persona Servidora Pública de Carrera Titular.
g)
Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años);
h)
Dos impresiones del Currículum Vítae de TrabajaEn actualizado, detallando funciones específicas en
el apartado denominado “experiencias en el cargo, puesto o posición” de cada experiencia laboral
registrada, además del lugar y periodo en el que laboró.
i)
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
i.
En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance
Titulado, sólo serán válidos el Título o Cédula Profesional registrados ante la Secretaría de
Educación Pública en términos de las disposiciones aplicables, o en su defecto la “Autorización
Provisional para ejercer la Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General
de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. El Comité Técnico de Selección
determinará si acepta los documentos que acrediten que el título o cédula profesional está en
trámite, asimismo el plazo por el cual se aceptarán.
ii.
En caso de haber realizado estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente, la
constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
iii. Para los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará
Carta de Pasante expedida por la institución académica de procedencia o por la Secretaría de
Educación Pública, en su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber
cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
iv. En caso de que el requisito académico corresponda al nivel de bachillerato “Terminado o
Pasante”, las personas aspirantes deberán acreditar preferentemente con el certificado de
estudios oficial que indique que concluyó totalmente dicho nivel de estudios, de ser el caso
podrá acreditarlo con el nivel superior de Licenciatura con un documento oficial que indique que
tiene los estudios profesionales concluidos en su totalidad (por ejemplo: constancia de estudios
del 100% de créditos, título y/o cédula profesional).
v.
Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicite en el concurso de que se trate, para
los puestos de nivel de enlace y jefatura de departamento u homólogos se deberá comprobar
dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el perfil, sin opción a ser
comprobable por grado educativo distinto, mientras que para los puestos de nivel de
subdirección de área, dirección de área, dirección general u homólogos, se podrá comprobar
dicho requisito con el Título o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación
Pública en términos de las disposiciones aplicables, la “Autorización Provisional para ejercer
la Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General de Profesiones de la
Secretaría de Educación Pública que avale el grado de maestría o doctorado en las áreas
académicas afines al perfil de puesto conforme al Catálogo de Carreras en TrabajaEn.
vi. En lo que se refiere a la acreditación de la carrera genérica solicitada por el perfil del concurso
relacionada a la leyenda “Véase en el Catálogo de Carreras en TrabajaEn” publicada en la
convocatoria del Diario Oficial. La DGRH confrontará el comprobante de nivel de estudios
presentado por aquellas personas que aspiren contra las carreras genéricas solicitadas por el
perfil del puesto. En los casos, que los estudios referidos en el comprobante no sean
compatibles con alguna de las carreras genéricas contempladas por el perfil, se verificará contra
el Catálogo de Carreras publicado en el portal TrabajaEn, dentro del apartado “Documentación e
Información Relevante”. Cuando el nombre específico de la carrera presentada en el
comprobante por la persona candidata no aparezca dentro del alguna de las carreras genéricas
solicitadas por el perfil, se comparará contra el listado de las carreras específicas del catálogo, si
no apareciera, se procederá entonces conforme a la base 16ª fracción VI de estas mismas
bases.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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j)
Presentar constancias con las que acredite su Experiencia.
Para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto sujeto a concurso se
considerarán las evidencias que acrediten la fecha de inicio y fecha de término de los puestos que
manifestó en su currículum registrado en Trabajaen al momento de la inscripción, sólo se
considerarán los empleos que coincidan con las áreas de experiencia solicitadas en el perfil, la razón
social que señale dicho comprobante deberá coincidir con la denominación de la empresa o
institución para la cual laboró; podrán aceptarse una o varias constancias de las que se citan a
continuación:
i.
Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital (https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
ii.
Constancia de semanas cotizadas del IMSS con cadena original y sello digital.
(https//www.imss.gob.mx/trámites/immss02025a).
iii. Hoja única de servicios o equivalente, con firmas y sello de la institución que la expide.
iv. Constancias de Nombramiento o Nombramientos, acompañados del último recibo de pago o
bien con la Constancia de baja al puesto de cada Nombramiento exhibido.
v.
Constancias de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión de la
relación laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o con cadena digital.
vi. Cartas o convenio de Finiquito, en el que se indique la fecha de inicio y la fecha de conclusión de
la relación laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas y sello del emisor.
vii. Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios,
los cuales deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado,
funciones realizadas y firmas autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de
terminación anticipada, deberá anexar la constancia respectiva.
viii. Documento denominado: “Constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al
salario y subsidio para el empleo” o “Constancia de retenciones” emitidas por el SAT, mismas
que deberán indicar periodo laborado, firmas autógrafas y sello de retenedor, en caso de ser
electrónico, deberá de contener cadena original y sello digital.
ix. Recibos de pago, con datos de la institución o empresa que lo otorga, nombre de la persona
candidata, puesto y periodo de pago. Deberá presentar al menos 2 recibos por cada año
laborado. Sólo se computarán para el cumplimiento de los años de experiencia los periodos que
indiquen los recibos.
x.
Constancias de empleo en papel membretado u oficial, las cuales deberán especificar: fecha de
expedición, nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja,
indicando puesto(s) y/o funciones desempeñadas, con firma y cargo de la persona autorizada
para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y teléfonos de la institución o
empresa.
xi. Carta como persona Becaria, en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de expedición,
nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja, indicando funciones
desempeñadas, con firma y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica
con sello digital, con domicilio y teléfonos de la institución o empresa.
xii. Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social, acompañada del Historial que contiene la información de
capacitación, el cual podrá obtener accediendo con su usuario y contraseña al portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado “Mi historial”.
xiii. Constancia de término y/o Liberación de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales, únicamente
para los concursos de nivel de Enlace. Quienes aspiren a ellos, podrán presentar dicho
documento emitido por la Institución en la cual se haya realizado o por la Institución educativa
que lo haya liberado así como las fechas de inicio y término, o con las cuales se acrediten las
áreas generales de experiencia solicitadas en el perfil del puesto de que se trate.
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y/o término del empleo que se pretenda
comprobar, no serán considerados y no se computarán para el cálculo del tiempo de experiencia
para acreditar el requisito estipulado en el perfil del puesto que se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona moral que hayan
fungido como patrón de la persona candidata, por lo que no se aceptará cualquier documento emitido
en forma unilateral por el propio trabajador.
En caso de que los comprobantes de experiencia hayan sido expedidos en el extranjero o bien, que
se presenten en un idioma diferente al español, deberán ser acompañados de una traducción simple,
firmada por la persona candidata.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
k)
Presentar las constancias con las que acredite su Mérito.
Para la valoración del Mérito podrá presentar los documentos que lo comprueben tales como:
i.
Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas servidoras públicas de
carrera titulares, y se calificarán de acuerdo con las Calificaciones obtenidas en las evaluaciones
de desempeño anual. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en
la última evaluación del desempeño anual, por lo que podrá presentar la hoja resumen de la
última evaluación, que contiene la calificación final obtenida, ésta deberá presentar firma y sello
de la dependencia donde fue evaluada, o en su defecto podrá presentar la información de
evaluaciones de desempeño que obtenga desde Rhnet. Para obtener las calificaciones de la
evaluación de desempeño desde RHnet deberá ingresar con su usuario y contraseña al portal
www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección de Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en
Consulta Mis Evaluaciones del Desempeño, imprimir el listado de calificaciones, luego dar
clic en “Ver Resumen” de la última evaluación desempeño e imprimir el resumen. En caso de no
contar con su evaluación desde RHnet, deberá dirigirse al área de Recursos Humanos de su
dependencia, para obtener ayuda.
ii.
Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas servidoras públicas
de carrera titulares, y se califica a través del promedio de la calificación de las acciones de
capacitación obtenidas por el servidor público de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato
anterior; esta calificación está contenida en la hoja resumen de la última evaluación de
desempeño y deberá estar firmada y sellada por la institución emisora.
iii. Resultados de procesos de certificación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de
carrera titulares, y se calificará de acuerdo con el número de capacidades profesionales
certificadas vigentes obtenidas en puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera,
comprobables en la hoja resumen de la última evaluación del desempeño. En caso de haberse
certificado como persona servidora pública de carrera y no contar con su constancia, deberá
solicitarla en el área de Recursos Humanos de su dependencia.
iv. Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas candidatas en su labor
o campo de trabajo, a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o
fortalecieron las funciones de su área de trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron
beneficio a la ciudadanía, por lo que podrá presentar las constancias respectivas como:
certificaciones en competencias laborales o habilidades profesionales distintas a las del Servicio
Profesional de Carrera publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros)
relacionadas con su campo de experiencia. En ningún caso se considerarán logros de tipo
político o religioso.
v.
Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión
o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten alguno o varios
de los siguientes supuestos: fungir como persona presidenta, vicepresidenta o integrante
fundadora de asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de investigación,
gremiales, estudiantiles o de profesionistas); recibir un título honorífico o un grado académico
honoris causa, otorgado por universidades o instituciones de educación superior; o por
graduarse con mención honorífica o con alguna distinción. En ningún caso se considerarán
distinciones de tipo político o religioso.
vi. Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón otorgado a la persona
candidata por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado, debido a la consecución
de algún mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá
presentar las constancias que acrediten la obtención de un reconocimiento o premio otorgado a
nombre de la persona candidata; reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de
investigación, a nombre de la persona candidata; en congresos, coloquios o equivalentes;
reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público; primer, segundo o tercer lugar,
que haya sido obtenido en competencias o certámenes públicos y abiertos, distintos a los
concursos del SPC. En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político,
religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o
equivalente.
vii. Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los mejores resultados, que
sobresalen en una profesión, ajena al campo de trabajo, del resto del quienes participan en la
misma, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten contar con un Título o grado
académico obtenido en el extranjero, con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de
Educación Pública (SEP); patente a nombre de la persona candidata; servicio o misión realizada
en el extranjero; derechos de autor por obras publicadas a nombre de la persona candidata;
servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento de donativos).
En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
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DIARIO OFICIAL
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viii. Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el
perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o del grado
máximo de estudios, concluido con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel
de estudio y al grado de avance requerido en el perfil del puesto vacante en concurso, por lo que
podrá presentar constancias de Diplomados, constancias de terminación de estudios, Título o
cédula profesional de nivel licenciatura, especialidad, maestría o doctorado.
ix. Habla de lengua indígena: se refiere al conocimiento de una lengua —en este caso, una de las
68 lenguas indígenas―, a la capacidad de usarla apropiadamente en determinadas situaciones
sociales. En virtud de lo anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los
siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1: - Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que señala
que es hablante de una lengua indígena nacional. - Acreditación de competencias comunicativas
generales, expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali) o por alguna otra
instancia acreditada por esta misma institución (con un resultado regular o bueno). - Acreditación
o documento equivalente a cursos, no menores a 220 horas, que avalen, al menos, un nivel
básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes. -Materiales elaborados en lenguas
indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios,
etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente su
autoría. -Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o
ha sido parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de
lenguas indígenas. -Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la
interpretación o la atención en lengua indígena; o bien, mediante una traducción).
Nivel 2: - Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Inali o por
alguna otra instancia, acreditada por esta misma institución (con resultado excelente). -
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros, en alguna lengua indígena o sus variantes,
independientemente del campo de estudio del que se trate. En la presentación de estas
publicaciones se deberá acreditar fehacientemente su autoría. -Evidencias de trabajo que avalen
su experiencia como intérprete, mediador(a) bilingüe y/o traductor(a) de lenguas indígenas
(oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.)
En la presentación de estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
x.
Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
Acto voluntario, al tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que
se manifiesta la identificación propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente,
se calificará de acuerdo con la manifestación que realice la persona candidata en la revisión
documental durante el concurso, identificando por escrito de declaración de autoadscripción, el
nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
xi. Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento
de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos de
escolaridad y de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto
en concurso. Se calificará a la persona candidata que compruebe que al momento de la
publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.
xii. Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas candidatas que, a pesar de
presentar una discapacidad, cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia,
establecidos previamente en la descripción y perfil del puesto en concurso. Se calificará a la
persona candidata que se autoreconozca como persona con discapacidad. La persona
participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de su discapacidad.
l)
No obstante haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho
de solicitar la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión
curricular y documental en cualquier etapa del proceso; de no acreditarse su existencia o
autenticidad, se descalificará automáticamente, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la
Secretaría de Gobernación, que se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
Al término de la Revisión Documental y una vez firmados los formatos de la etapa de Revisión Documental,
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, por aquellas personas que intervengan en éste, se
estarán aceptando los términos y condiciones, así como los puntajes señalados.
3ª. Registro de personas aspirantes.
La inscripción o el registro de aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de Publicación
de la Convocatoria en el DOF, a través de la página TrabajaEn en la dirección: www.trabajaen.gob.mx.
Al aceptar las presentes Bases, se asignará un número de folio de participación para el concurso, que servirá
para formalizar la inscripción a éste e identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la
Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato de quienes participan.
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Programa del concurso:
Fase o Etapa
Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria
11 de marzo del 2026
Registro de personas aspirantes y Revisión curricular
(en la herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 11 al 25 de marzo del 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
El 26 de marzo del 2026
Examen de Conocimientos Técnicos
A partir del 30 de marzo de 2026
Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal
A partir del 30 de marzo de 2026
Revisión Documental.
De conformidad con lo referido en el Apartado:
2ª. Documentación requerida.
A partir del 30 de marzo de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 30 de marzo de 2026
Evaluación de Habilidades
A partir del 30 de marzo de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
A partir del 30 de marzo de 2026
Determinación
A partir del 30 de marzo de 2026
En razón del número de aspirantes que participen en cada una de estas fases o Etapas, podrán estar sujetos
a cambios sin previo aviso, el orden de las mismas, las fechas y horarios; por lo que se recomienda dar
seguimiento al concurso a través de sus mensajes del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx de manera
puntual.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se realizará en las mismas fechas
y horarios en su totalidad. Sin embargo, en caso de no contar con el suficiente espacio físico para aplicar una
herramienta de evaluación como se señaló, la DGRH podrá aplicarla de manera diferida en grupos, pero en
ningún caso se diferirá a una sola persona.
Si el índice de participación es de más de 250 personas, para la etapa de Evaluación de Conocimientos
Técnicos, la DGRH podrá dividir la aplicación de la evaluación en los días hábiles que resulten necesarios,
siempre y cuando éstos sean continuos y se anexe al expediente respectivo la evidencia documental
fehaciente, del total de registros de inscripción en el proceso.
4ª. Temarios.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados únicamente en la
convocatoria difundida en el portal www.trabajaen.gob.mx.
5ª. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Gobernación comunicará a cada persona aspirante, la fecha, hora, lugar y/o medio en que
deberá aplicar las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, exclusivamente a través de
la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes”.
Es importante mencionar que la DGRH de esta Secretaría, aplicará las herramientas de evaluación en
instalaciones propias, para el ingreso al inmueble se permitirá únicamente el acceso con la documentación
solicitada y bolígrafo, sin bolsas, mochilas o cualquier otro artículo adicional.
De conformidad con el artículo 254 de las “Disposiciones” la invitación se enviará con al menos dos días
hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto. En dichos comunicados, se especificará la
duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el tiempo de tolerancia para el inicio de
todos los exámenes, será de diez minutos, considerando como hora referencial la hora oficial de la Ciudad
de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de recepción.
Toda persona aspirante deberá considerar las previsiones necesarias de tiempo e imprevistos para sus
traslados ya que, de acuerdo con el principio de igualdad de oportunidades, NO procederá la reprogramación
de las fechas y horarios para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de las o de los
candidatos bajo ningún motivo. Transcurrido dicho tiempo no se permitirá por ningún motivo la aplicación de
ninguna de las etapas.
Quienes por decisión propia registren su participación para dos o más concursos en esta Secretaría y las
etapas de éstos sean programados el mismo día, hora y lugar; con la finalidad de hacer prevalecer el principio
de imparcialidad del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
deberán elegir el concurso por el cual continuará su participación, ya que una vez iniciada la sesión, por
ningún motivo se aplicarán exámenes y/o evaluaciones después de transcurrido el tiempo de tolerancia de la
etapa en proceso, razón por la cual, no podrá aplicarse más de una evaluación de manera simultánea.
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La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán lo siguiente:
I. ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 70, en una escala
de 0 a 100 sin decimales. Las personas que acrediten el examen de conocimientos técnicos podrán realizar la
segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal, cuya calificación se promediará con la del examen de conocimientos técnicos para obtener la
calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un
resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse en la fecha, lugar y
hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal, será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Los resultados aprobatorios de cada examen tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en
que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
En aquellos casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de
resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos Técnicos, éstos tendrán vigencia de un año, en
relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los
conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en posibilidad de atender las solicitudes de quienes hubieran
aplicado las Evaluaciones de Conocimientos Técnicos en esta Dependencia del Ejecutivo Federal en la plaza
de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos
mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarse expresamente mediante escrito fundamentado y
firmado autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo establecido para el
registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido a quien funja como persona Secretaría
Técnica
del
Comité
Técnico
de
Selección
y
enviado
a
la
siguiente
dirección
electrónica:
reclutamiento1@segob.gob.mx. La solicitud podrá ser atendida de manera favorable siempre y cuando se
trate del mismo puesto, temario y bibliografía. El escrito deberá incluir el nombre del puesto, número de
concurso y código de puesto de aquel resultado al que solicite la revalidación.
En caso de que una persona aspirante requiera revisión del examen de Conocimientos Técnicos, deberá
solicitarla a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página
de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a quien funja como persona Secretaría Técnica del
Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx.
Es importante señalar que, únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta
aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados. No procederá la revisión
respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
Respecto a las calificaciones obtenidas en el Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, el resultado obtenido estará vigente por un año a partir del registro de calificaciones y
aplicará para todos los concursos de la Administración Pública Federal si es igual o mayor a 60 puntos de
100, en caso de que el resultado obtenido sea inferior a 60 puntos de 100, y la persona candidata desee
renunciar al mismo, deberá remitir su solicitud a la cuenta de correo trabajaen@buengobierno.gob.mx, que
administra la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Con respecto a la aplicación de evaluaciones para las personas aspirantes que pudieran presentar alguna
discapacidad sensorial visual, y a petición de la persona interesada, se podrá designar a personal del área de
reclutamiento y selección para asistirla, dando lectura en voz alta de la totalidad de preguntas y opciones
de respuesta para que, de este modo, cuente con los elementos operativos para dar respuesta a la evaluación
de que se trate. En caso de que alguna persona aspirante presente algún tipo de discapacidad no
considerado en las presentes bases de participación, que pudiera representar un obstáculo en su
participación, será atendido conforme a la 15ª base de participación “Disposiciones generales”.
A. Procedimiento para el registro y aplicación del Examen de Conocimientos Técnicos es el
siguiente:
a)
Personal del área de Ingreso iniciará la revisión de los documentos 10 minutos antes de la hora de la
cita y revisará quien es la última persona que llegó considerando el tiempo de tolerancia de 10
minutos posteriores a la cita, tomando como referencia el reloj del equipo de cómputo de recepción;
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b)
Se revisarán los 2 documentos en los términos solicitados en la convocatoria y mensaje de invitación:
impresión de la página de bienvenida de Trabajaen legible que refleje su nombre escrito
correctamente y folio, e identificación oficial vigente (Credencial para Votar INE vigente, Pasaporte
vigente o Cartilla del Servicio Militar Nacional con hoja de liberación) y su respectiva copia legible; en
caso de contar con los elementos descritos, serán sellados y se permitirá el acceso al inmueble.
En este acto se indicará el piso y sala al que deberán presentarse.
c)
Una vez en las salas de aplicación de evaluaciones, se dará la indicación del momento en que se
procederá a la captura de datos en el Sistema de Control de Evaluaciones por parte de las personas
candidatas, para lo que requerirá de los datos de CURP y RFC, que se encuentran en su página de
bienvenida de Trabajaen. Se procederá a verificar que los datos descritos sean correctos;
d)
Ante el incumplimiento de los documentos en los términos solicitados y/o no se presente en la fecha
y horario señalados (considerando el tiempo máximo de tolerancia de 10 minutos), no será registrada
persona alguna;
e)
Una vez que las personas aspirantes ingresen a la sala de evaluaciones de la DGRH, personal del
área de reclutamiento y selección asignará un equipo de cómputo en la sala “C” y procederá a su
registro en la lista de asistencia. Todas las personas aspirantes deberán resguardar sus dispositivos
electrónicos. De conformidad con el artículo 227 de las “Disposiciones” en su fracción III
“No se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD,
memorias portátiles como discos duros, discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas,
calculadoras; así como cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar,
reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la
convocatoria se autorice o se requiera su utilización como medio de apoyo para la evaluación.
Estos dispositivos serán resguardados en sobres de seguridad destinados a ese efecto, durante el
tiempo que dure la evaluación respectiva.
B. Procedimiento para el registro y aplicación del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal:
a)
Las personas candidatas deberán presentarse con los 2 documentos en los términos solicitados en la
convocatoria y mensaje de invitación: página de bienvenida de Trabajaen legible que refleje su
nombre y folio impreso e identificación oficial vigente (Credencial para Votar INE vigente, Pasaporte
vigente o Cartilla del Servicio Militar Nacional con hoja de liberación) y su respectiva copia legible.
b)
Los datos de Correo electrónico y contraseña con los que ingresa a su cuenta personal en el portal
electrónico Trabajaen, siendo estos últimos elementos indispensables para la aplicación de la
evaluación; de ser incorrectos o no contar con ellos, no podrá realizar esta etapa.
c)
La Evaluación de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, se aplicará a
través del Módulo Generador de Exámenes administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, en las instalaciones de la DGRH de la Secretaría de Gobernación.
C. Evaluaciones de habilidades
La subetapa de evaluación de habilidades no tiene calificación mínima aprobatoria, considerando para los
cálculos del sistema de puntuación la calificación obtenida de 0 a 100 sin decimales. Asimismo, se informa
que estas evaluaciones se obtienen de pruebas psicométricas, por lo que no existe temario o guía de estudio.
Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores aplicadas en concursos de la Secretaría de
Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas capacidades
a evaluar.
La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefatura Departamento corresponderá al
Nivel Intermedio, reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados mientras que para
el rango de Subdirección corresponderá al Nivel Ejecutivo de las mismas habilidades (Trabajo en Equipo y
Orientación a Resultados). Para los rangos de Dirección de Area y Dirección General corresponderá el Nivel
Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados arrojados en esta
etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de estos se exprese con decimales, éstos no se
redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO serán motivo
de descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se reflejará para todos los procesos
de ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel Intermedio o Nivel
Ejecutivo, tiempo en que la persona aspirante podrá:
a)
Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando
correspondan al mismo nivel, y
b)
Los resultados de la evaluación de las habilidades de la SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en que se den a conocer a través de Trabajaen.
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Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad del
desarrollo de un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de evaluación que conlleve a
la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos, se establece el
siguiente criterio:
Los resultados obtenidos en las evaluaciones de habilidades de SEGOB serán irrenunciables durante el año
de su vigencia.
II.
ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO
Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como
la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte.
De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los elementos que se
calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
-
Orden en los puestos desempeñados;
-
Duración en los puestos desempeñados;
-
Experiencia en el Sector público;
-
Experiencia en el Sector privado;
-
Experiencia en el Sector social;
-
Nivel de responsabilidad;
-
Nivel de remuneración;
-
Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante, y
-
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
-
Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrara titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación
del desempeño anual como persona servidora pública de carrera titular.
-
Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad
de personas servidoras públicas de carrara titulares
-
Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrara titulares
-
Logros;
-
Distinciones;
-
Reconocimientos o premios;
-
Actividad destacada en lo individual;
-
Otros estudios;
-
Habla de lengua indígena;
-
Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana;
-
Perspectiva de juventudes, y
-
Personas con discapacidad.
III. ETAPA DE ENTREVISTA
A. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones serán considerados para elaborar el
listado de personas candidatas con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación
para la etapa de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación
establecidos en la Secretaría de Gobernación, basada en los artículos 271 y 272 de las “Disposiciones”.
B. Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización y del CTS de la Secretaría de Gobernación,
pasarán a la etapa de Entrevista, las tres personas candidatas con puntuaciones más altas en estricto
apego al orden de prelación registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo con el
orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de
las personas candidatas que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de personas
candidatas que se continuaría entrevistando, será como mínimo de tres y sólo se entrevistarían, en caso
de NO contar al menos con una persona finalista de entre las tres personas candidatas ya entrevistadas.
C. El Comité Técnico de Selección sesionará por medios remotos de comunicación electrónica.
Las personas aspirantes podrán solicitar que su participación se realice en las instalaciones de la DGRH,
o bien, fuera de ellas.
Será requisito indispensable para quienes participen en esta etapa, notificar a través de correo electrónico a
las cuentas: reclutamiento1@segob.gob.mx y asalazar@segob.gob.mx la elección de desarrollarla dentro o
fuera de la DGRH con anticipación.
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En caso de optar por la participación dentro de las instalaciones de la DGRH deberá presentarse la persona
candidata dentro del tiempo de tolerancia (10 minutos) con los siguientes elementos:
a)
Pantalla del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de participación impreso;
b)
Formato de Notificación de Ingreso, impreso y firmado por la persona candidata;
c)
Identificación oficial vigente original y copia,
En caso de optar por la participación fuera de las instalaciones de la DGRH adjuntar al correo de notificación:
a)
Manifestar que se cuenta con los elementos técnicos necesarios para el óptimo desarrollo de la etapa;
b)
Pantalla del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de participación;
c)
Formato de Notificación de Ingreso, en formato PDF y firmado por la persona candidata;
d)
Identificación oficial vigente digitalizada, y
e)
Será obligación de la persona candidata: contar con el espacio adecuado, funcional y cómodo para la
realización de la etapa (iluminación, ventilación, tranquilidad, espacio, sin distracciones); contar con
equipo electrónico con las especificaciones técnicas requeridas para el adecuado desarrollo de la etapa
(cámara web, micrófono, audio, internet con velocidad de 20 MB cuando menos, preferentemente equipo
de cómputo).
Al realizar la entrevista por medios remotos de comunicación electrónica fuera de las instalaciones de la
DGRH, la persona aspirante acepta los términos mencionados sin responsabilidad para la Secretaría de
Gobernación de: la falla del equipo electrónico, del uso inadecuado de la plataforma destinada para tales
efectos, de problemas técnicos y/o inconvenientes que pudieran presentarse y que limiten o impidan el
desarrollo de la entrevista; aceptando las calificaciones que resulten de cada etapa.
En caso de que no contar con equipo electrónico con las especificaciones técnicas señaladas para su
participación virtual, las personas aspirantes podrán acudir a las instalaciones de la DGRH de la Secretaría de
Gobernación, ubicadas en Río Amazonas No. 91, Col. Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc, a desahogar la
etapa vía remota con los integrantes del CTS.
D. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección en la Entrevista utilizará el modelo
CERP, el cual está basado en competencias que contempla los siguientes elementos:
-
Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento (favorable
o adverso).
-
Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones (simple o
compleja).
-
Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas (sin impacto o con impacto).
-
Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento
(protagónica o como miembro de equipo).
La entrevista permitirá la interacción de cada una de las personas integrantes del Comité Técnico de
Selección con la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y
conocimientos vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso,
considerando con los elementos arriba señalados, las preguntas serán las mismas para cada una de las
personas candidatas y quedarán plasmadas en el reporte individual.
Se considerarán finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
consideradas personas aptas para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 40, fracción II de su
Reglamento.
IV. ETAPA DE DETERMINACION:
En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación declarando:
A. Ganador o ganadora del concurso: a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el
proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva. La persona que funja como Presidenta
del CTS, persona superior jerárquica del puesto en concurso, podrá por una sola vez y bajo su estricta
responsabilidad, vetar durante la determinación a la persona finalista seleccionada por las demás
personas integrantes del CTS para ocupar el puesto, fundando y motivando debidamente su
determinación en el acta correspondiente, en cuyo caso el CTS elegirá a la persona que ocupará el
puesto entre las restantes personas finalistas.
B. A la persona finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto
sujeto a concurso en el supuesto de que, por causas ajenas a la dependencia, quien hubiese resultado
ganador o ganadora, señalado en el inciso anterior:
a)
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto, o
b)
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
C. Desierto el concurso.
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D. La puntuación final se conforma con la suma de los puntajes obtenidos en las etapas del concurso,
señaladas en la 6ª base, Reglas de Valoración General y Sistema de Puntuación, de la presente
convocatoria, por lo que la prelación sólo indica el puntaje obtenido hasta antes de la entrevista, que
servirá para establecer el orden en el que presentarán la entrevista las personas candidatas.
La Determinación que resuelva el CTS se realizará con base en la calificación definitiva obtenida por cada
persona finalista. Lo anterior a efecto de señalar que las calificaciones individuales obtenidas en etapas
previas por si solas, no significan que el CTS, deba considerar persona ganadora a la persona candidata
que pase en los primeros lugares a la entrevista, sino a la persona finalista con el puntaje total más alto.
E. La determinación del concurso constará en el acta que suscriba el CTS y en ella se precisarán, en caso
de existir, las personas finalistas del concurso para efecto de su integración a la reserva de aspirantes,
los resultados obtenidos por estos en cada una de las etapas, así como las conclusiones de la propia
determinación y, en su caso, el veto fundado y motivado por quien presida el CTS.
6ª. Reglas de Valoración General y Sistema de Puntuación
El listado de aspirantes en orden de prelación se integrará de acuerdo con los resultados obtenidos por los
puntajes más altos en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente Sistema de
Puntuación General
Etapa
Subetapa
Total por
Subetapa
Total por
etapa
II. Exámenes de
conocimientos y
evaluaciones de
habilidades
Examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal
30
50
Exámenes de conocimientos técnicos
Evaluación de habilidades
20
III. Evaluación de la
experiencia y
valoración del mérito
de los candidatos
Evaluación de la experiencia
10
20
Valoración del mérito de los candidatos
10
IV. Entrevistas
-
30
30
TOTAL
100
* Se asignará un puntaje único de 10 puntos para aspirantes a puestos de nivel de Enlace, de conformidad
con lo señalado en el artículo 231 de las “Disposiciones”.
7ª. Publicación de Resultados
Los resultados de los concursos serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx máximo
dentro de los 3 días hábiles posteriores a la aplicación de cada etapa.
8ª. Reserva de Aspirantes
Las personas que hayan sido entrevistadas por el Comité Técnico de Selección que no resulten ganadoras del
concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de Aspirantes del Cuerpo
de Función o puesto de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año, contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Las personas finalistas estarán en posibilidad de convocarse durante el periodo que dure su permanencia en
la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el
Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en concursos bajo la
modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes.
9ª. Declaración de Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso
por las siguientes causas:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II.
Porque ninguna de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerada finalista (70 puntos), o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos del Comité Técnico de Selección.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
10ª. Cancelación de Concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de los puestos en los supuestos siguientes:
I.
Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la
ocupación del puesto de que se trate o,
II.
El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a
laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna
persona o,
III. Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del
puesto en cuestión.
11ª. Principios del Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y de las “Disposiciones”.
12ª. De los motivos de descarte.
De conformidad con el artículo 36 Bis, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en
la Administración Pública Federal, cuando una persona no cumpla con algún requisito establecido en la
convocatoria, no podrá continuar su participación en el proceso de selección, y se le deberá notificar el motivo
y el fundamento de esta determinación.
Serán considerados motivos de descarte en las Etapas II, III y IV establecidas en el artículo 34 del
RLSPCAPF:
Etapa II “Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. Para el inicio de todas las etapas, el tiempo
de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como hora referencial la
oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de
recepción.
•
Para la etapa del Examen de Conocimientos Técnicos:
i.
El registro incorrecto del folio de participación en el Sistema de Control de Evaluaciones, por lo que
es estricta responsabilidad de la persona aspirante, la correcta captura de sus datos en el sistema de
aplicación de la evaluación.
ii.
El uso de material de consulta, impreso o digital durante la aplicación de evaluaciones.
iii. El uso de dispositivos electrónicos durante la aplicación de la evaluación.
•
Que como resultado de la evaluación de Conocimientos Técnicos, se obtenga una calificación inferior a
70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
•
Que del promedio obtenido del “Examen de conocimientos técnicos” y el “Examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal” se obtenga una calificación inferior a 60, en una escala
de 0 a 100 sin decimales.
•
El uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles
como discos duros, discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como
cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar,
registrar o almacenar las evaluaciones.
•
Incurrir en conductas que contravengan a los principios rectores del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal en contra del resto de las personas aspirantes o de las personas
encargadas de la aplicación de la etapa.
Etapa III “Evaluación de la experiencia y valoración del mérito de los candidatos”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. En caso de que los documentos
presentados no cubran con estos requisitos será motivo de descarte del concurso. Para el inicio de todas
las etapas, el tiempo de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como
hora referencial la oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo
del área de recepción.
•
Al momento de cotejar la documentación original o copia certificada solicitada para la etapa,
el RFC presentado no coincida con el registro reflejado en la cuenta de la persona candidata
(Hoja de Bienvenida) en el portal www.trabajaen.gob.mx.
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DIARIO OFICIAL
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•
Al momento de cotejar la documentación original o copia certificada solicitada para la etapa,
el CURP presentado no coincida con el registro reflejado en la cuenta de la persona candidata
(Hoja de Bienvenida) en el portal www.trabajaen.gob.mx.
•
No presentar documento original y/o copia certificada legible de alguno de los elementos enlistados en la
3ª Base de Participación de la presente Convocatoria denominada “Documentación requerida” así como
las especificaciones señaladas en ésta.
•
No acreditar fehacientemente su identidad y los requisitos establecidos en el perfil del puesto y en las
bases de la convocatoria a través de constancias originales conforme a lo registrado en el Catálogo de
Puestos y Catálogo de Experiencia de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
•
No acreditar la escolaridad solicitada en el perfil del puesto a concursar.
•
No acredita la experiencia solicitada en el perfil del puesto a concursar.
Etapa IV “Entrevistas”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. Para el inicio de todas las etapas, el tiempo
de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como hora referencial la
oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de
recepción.
•
No contar con los elementos que permitan el óptimo desarrollo de esta etapa: espacio adecuado,
funcional y cómodo para la realización de la etapa (iluminación, ventilación, tranquilidad, espacio, sin
distracciones); contar con equipo electrónico con las especificaciones técnicas requeridas para el
adecuado desarrollo de la etapa (cámara web, micrófono, audio, internet con velocidad de 20 MB cuando
menos, preferentemente equipo de cómputo). En caso de presentar inconsistencias que impidan el
desarrollo de la etapa, el CTS considerará esta situación como una inasistencia.
13ª. Resolución de dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas aspirantes formulen con relación a
los puestos y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico en el número 551102-6000,
Ext. 16158, 16157, 16200 y 16135, con un horario de atención de lunes a viernes 10:00 a 14:00 horas y de
16:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario y el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, así como la solicitud para la renuncia a los resultados aprobatorios de los exámenes de
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para
el Servicio Público en la cuenta de correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx.
14ª. Inconformidades
Aquellas personas concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Organo Interno de Control
en la Secretaría de Gobernación, en Calle Bahía de Santa Bárbara número 193, Pisos 3, 4 y 5, Colonia
Verónica Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11300, Ciudad de México, en términos de lo
dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su
Reglamento.
15ª. Procedimiento para reactivación de folios
Una vez cerrada la Etapa I: Revisión Curricular, la persona participante tendrá 1 día hábil, siguiente a la fecha
de cierre de la Etapa I, para enviar su escrito de petición de reactivación de folio al correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, en un horario de 9:00 a 18:00 horas. Cualquier solicitud que se presente
posterior al periodo y horario señalado, no será procedente.
I. La solicitud que se remita, vía correo electrónico, deberá contener un archivo en PDF con la siguiente
documentación anexa:
A. Escrito de solicitud, el cual deberá contar con las siguientes características:
a)
Deberá de dirigirlo al Comité Técnico de Selección respectivo;
b)
Colocar la fecha en que se realiza la solicitud;
c)
Justificación del porqué considera se debe reactivar su folio;
d)
Número de Folio de Rechazo que le proporciono el sistema Trabajaen (ejemplo: RX-99999);
e)
Indicar la dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y
resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo;
f)
Indicar el número de fojas útiles en su escrito de petición, y
g)
Nombre y firma de la persona solicitante.
B. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo;
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Miércoles 11 de marzo de 2026
C. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones
que ha presentado y sus vigencias, y
D. Escaneo en formato PDF de los documentos probatorios de su experiencia laboral y escolaridad, con las
características indicadas en la 2ª base de participación de la presente convocatoria;
II. De conformidad al artículo 261 de las “Disposiciones” no será procedente la reactivación de folios cuando:
A. La persona candidata cancele voluntaria o involuntariamente su participación en el concurso.
B. Exista duplicidad de registros en TrabajaEn.
Adicionalmente no será procedente en caso de:
A. No cumplir con alguno de los requisitos que se mencionan en el apartado I de éste mismo numeral 15ª.
B. En caso de que el Comité Técnico de Selección al realizar el análisis y revisión de la solicitud, identifique
que no cumple con los requisitos que solicite el perfil del puesto.
Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el CTS procederá al descarte de la persona
candidata.
III. Recibidas las solicitudes de reactivación de folios, la persona Secretaría Técnica del Comité Técnico de
Selección, convocará en un término no mayor a 10 días hábiles a sesión del Comité Técnico de Selección, a
efecto de analizar y determinar la procedencia o no, de la solicitud la persona participante.
La DGRH, notificará a la persona participante el acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección.
16ª. Disposiciones generales
I.
En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes de la Secretaría de Gobernación.
II.
Las personas aspirantes de responsabilizarán de los traslados y gastos erogados como consecuencia de
su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente Convocatoria sin responsabilidad
alguna a cargo de la Secretaría de Gobernación.
III. Los datos personales de quienes concursan son confidenciales, aun después de concluido el concurso.
IV. Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de servidora o servidor público de carrera
titular, para poder nombrarse en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación
necesaria que acredite haberse separado del cargo anterior, toda vez que no puede permanecer activa o
activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo
11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
V. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre la persona ganadora de concurso,
deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará
renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre quienes se hubieran determinado
finalistas con la siguiente calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75,
fracción I de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
VI. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección conforme a las disposiciones aplicables.
VII. En el supuesto de que, durante el desahogo del proceso de selección, las autoridades sanitarias llegaran
a emitir disposiciones para prevenir contagios relacionados con cualquier contingencia sanitaria, éstas se
harán del conocimiento de las personas participantes, quienes deberán cumplir con las medidas que se
indiquen en el respectivo mensaje de invitación (por ejemplo: uso de cubrebocas obligatorio,
sana distancia).
VIII. Todos los comunicados relacionados con la presente convocatoria se enviarán a través de la plataforma
Trabajaen, por lo que el día, hora y lugar en la que se deberán presentar las personas aspirantes a las
etapas del procedimiento de selección, así como para la entrega de documentos, será notificado a través
de su centro de mensajes del portal de Trabajaen con al menos dos días hábiles de anticipación, por lo
que es responsabilidad de las personas participantes dar seguimiento a dicho portal.
Ciudad de México, a 25 de marzo de 2026.
"Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio"
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, firma la Secretaria Técnica y
Subdirectora de Evaluación Técnica de Proyectos
Lic. Edith Silvia Palacios Islas
Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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Secretaría de Gobernación
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Gobernación con fundamento en los artículos 21, 25,
26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 38, 39, 40 de su Reglamento publicado en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el 06 de septiembre de 2007 y con última reforma del 04 de enero de 2024; los artículos
243, 244, 245, 246 y 247 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia de
Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, publicado en el DOF el pasado 19 de diciembre
de 2025 (“Disposiciones”), así como a los Lineamientos en materia de Austeridad Republicana de la
Administración Pública Federal publicados en el DOF el 18 de septiembre de 2020, emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA y ABIERTA 09/2026 de los concursos para ocupar los siguientes puestos del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
1.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE DESARROLLO DE SISTEMAS
04-813-1-M1C017P-0000347-E-C-K
Nivel
Administrativo
N33
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$64,854.00 (SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
PESOS M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
SUPERVISAR LOS PROCESOS DE ANALISIS EN MATERIA DE PROYECTOS
ESTRATEGICOS
DE
TECNOLOGIAS
DE
LA
INFORMACION,
PARA
CONTRIBUIR EN LA GENERACION DE PROPUESTAS DE INNOVACION EN EL
DESARROLLO DE SISTEMAS, METODOLOGIAS Y SOLUCIONES MOVILES DE
LA SECRETARIA.
2.
COORDINAR EL DESARROLLO DE ACCIONES DE MEJORA EN LA
OPERACION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION, METODOLOGIAS Y
MANTENIMIENTO A SOLUCIONES MOVILES DE LA SECRETARIA DE
GOBERNACION, PARA CONTRIBUIR EN LA EJECUCION ESTANDARIZADA
DE LOS PROCESOS SUSTANTIVOS Y ADMINISTRATIVOS DE SUS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS DESCONCENTRADOS.
3.
SUPERVISAR LOS PROCESOS DE DESARROLLO E IMPLANTACION DE
SISTEMAS DE INFORMACION, PARA CONTAR CON MEDIOS ELECTRONICOS
DE
COMUNICACION
Y
HERRAMIENTAS
DE
VANGUARDIA
EN
LA
SECRETARIA DE GOBERNACION.
4.
INSTRUMENTAR ACCIONES DE SEGUIMIENTO A LA ATENCION DE
LAS RECOMENDACIONES DE CARACTER TECNICO CON RESPECTO A LA
ADMINISTRACION DE SISTEMAS IMPLEMENTADOS EN LA SECRETARIA,
PARA CONTAR CON ELEMENTOS TECNICOS EN EL PROCESO DE
ELABORACION Y DICTAMINACION DE ESTUDIOS DE FACTIBILIDAD.
5.
COORDINAR LOS TRABAJOS DE MONITOREO Y VERIFICACION DE LOS
SISTEMAS DE INFORMACION, METODOLOGIAS Y MANTENIMIENTO A
SOLUCIONES
MOVILES
IMPLANTADOS
EN
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA,
PARA
ASEGURAR
SU
OPERACION
CONFORME
A
LAS
POLITICAS
ESTABLECIDAS EN LOS PROYECTOS EN LA MATERIA.
6.
SUPERVISAR LAS TAREAS DE ORIENTACION Y DE CAPACITACION A LOS
USUARIOS DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION DE LA SECRETARIA EN
MATERIA
DE
PROYECTOS
TECNOLOGICOS,
CON
EL
FIN
DE
PROPORCIONAR LAS HERRAMIENTAS TECNICAS QUE COADYUVEN EN EL
DESARROLLO DE LAS FUNCIONES ADMINISTRATIVAS Y SUSTANTIVAS DE
LA DEPENDENCIA.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
7.
COORDINAR EL PROCESO DE EVALUACION SOBRE LOS RESULTADOS
OBTENIDOS DE LOS SISTEMAS DE INFORMACION DE LA SECRETARIA DE
GOBERNACION, PARA CONTAR CON ELEMENTOS QUE PERMITAN
IDENTIFICAR MEJORAS EN SU OPERACION.
8.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
COMPUTACION E
INFORMATICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
MATEMATICAS
CIENCIA DE LOS
ORDENADORES
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LOS
ORDENADORES
CIENCIAS TECNOLOGICAS
PROCESOS TECNOLOGICOS
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
2.-
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE NORMATIVIDAD E INTEGRACION DE PROYECTOS
04-813-1-M1C017P-0000350-E-C-K
Nivel
Administrativo
N33
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$64,854.00 (SESENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
PESOS M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
COORDINAR EL PROCESO DE COMPILACION DE NORMAS Y POLITICAS EN
MATERIA
DE
TECNOLOGIAS
DE
LA
INFORMACION
Y
TELECOMUNICACIONES, PARA CONTAR CON ELEMENTOS LEGALES QUE
PERMITAN PROPONER LINEAMIENTOS Y POLITICAS EN LA INTEGRACION
DE
LOS
PROYECTOS
TECNOLOGICOS
DE
LA
SECRETARIA
DE
GOBERNACION.
2.
INSTRUMENTAR ACCIONES DE DIFUSION Y VIGILANCIA DE LAS POLITICAS,
NORMAS Y LINEAMIENTOS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y
COMUNICACIONES, PARA ASEGURAR SU APLICACION Y CUMPLIMIENTO
POR
PARTE
DE
LAS
UNIDADES
RESPONSABLES
Y
ORGANOS
ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA.
3.
SUPERVISAR
LAS
TAREAS
DE
ANALISIS
CON
RESPECTO
A
LA
INTEGRACION DE LOS AVANCES DE LOS PROYECTOS TECNOLOGICOS
ACEPTADOS EN EL PROGRAMA INSTITUCIONAL DE
DESARROLLO
INFORMATICO, PARA INFORMAR EL ESTATUS DE CADA UNO DE ELLOS A
LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS DESCONCENTRADOS DE
LA SECRETARIA.
4.
COORDINAR EL PROCESO DE INTEGRACION DE LOS DIFERENTES
PROYECTOS
TECNOLOGICOS
INSCRITOS
EN
EL
PROGRAMA
INSTITUCIONAL
DE
LA
SECRETARIA
DE
GOBERNACION,
PARA
DETERMINAR SU VIABILIDAD TECNICA Y NORMATIVA QUE CONTRIBUYA AL
LOGRO DE LAS METAS Y OBJETIVOS DE LA DEPENDENCIA.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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5.
INSTRUMENTAR LOS PROCESOS DE REVISION DE CONTRATOS Y
CONVENIOS RELACIONADOS CON EL DESARROLLO DE PROYECTOS
TECNOLOGICOS DE LA SECRETARIA, PARA ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO
DE
LAS
CONDICIONES
TECNICAS
ESTABLECIDAS
EN
DICHOS
INSTRUMENTOS.
6.
SUPERVISAR EN COORDINACION CON LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y
ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION LA
EVALUACION TECNICA Y LA RECEPCION DE LOS BIENES Y PRESTACION
DE LOS SERVICIOS OTORGADOS POR LOS PROVEEDORES, A FIN DE
ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE ENTREGA
ESTABLECIDAS EN LOS CONTRATOS Y/O CONVENIOS DERIVADOS DE LOS
PROYECTOS TECNOLOGICOS DE LA INSTITUCION.
7.
FORMALIZAR
LAS
ACCIONES
DE
DETECCION
Y
GESTION
DE
CAPACITACION EN MATERIA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y
COMUNICACIONES, ANTE LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES, PARA
COADYUVAR
EN
LA
ATENCION
DE
NECESIDADES
TECNICAS
DE
FORMACION A LA DIRECCIONGENERAL DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y COMUNICACIONES.
8.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ELECTRICA Y ELECTRONICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INFORMATICA
ADMINISTRATIVA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LOS
ORDENADORES
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
3.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES DEL SERVICIO
PUBLICO PARA LA PARTICIPACION SOCIAL
04-521-1-M1C016P-0000136-E-C-T
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME
AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
PARTICIPACION Y CONSULTAS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
RECOMENDAR
ESTRATEGIAS
DE
VINCULACION
ENTRE
ACTORES
GUBERNAMENTALES Y NO GUBERNAMENTALES, CON LA FINALIDAD DE
INTERCAMBIAR EXPERIENCIAS Y BUENAS PRACTICAS QUE FORTALEZCAN
LA CONSTRUCCION DE CIUDADANIA Y LA RESPONSABILIDAD SOCIAL DE
LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LOS TRES ORDENES DE GOBIERNO
DE MEXICO.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
2.
PROPONER LA IMPLEMENTACION DE CAMPAÑAS DE DIFUSION DE
LA
IDENTIDAD
NACIONAL
Y
DE
LA
IMPORTANCIA
DE
LA
CORRESPONSABILIDAD ENTRE LA CIUDADANIA Y GOBIERNO, CON EL
PROPOSITO DE FORTALECER LA GOBERNANZA DEMOCRATICA.
3.
DESARROLLAR INSTRUMENTOS DE DIAGNOSTICO DE LA DIMENSION
SOCIOEMOCIONAL
DE
LOS
SERVIDORES
PUBLICOS
Y
DE
SU
RESPONSABILIDAD SOCIAL, CON LA FINALIDAD DE FORTALECER LOS
VINCULOS ENTRE CIUDADANIA Y GOBIERNO.
4.
DAR SEGUIMIENTO A LOS PROYECTOS DE FORMA CONJUNTA CON LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL,
QUE FOMENTEN LAS HABILIDADES Y CAPACIDADES SOCIOEMOCIONALES
Y DE PENSAMIENTO CRITICO Y CREATIVO EN LOS SERVIDORES
PUBLICOS, PARA FORTALECER LA CONVIVENCIA DEMOCRATICA Y LA
CONSTRUCCION DE CIUDADANIA EN MEXICO.
5.
SUPERVISAR
LAS
ACCIONES
DE
VINCULACION
CON
ACTORES
GUBERNAMENTALES Y NO GUBERNAMENTALES SOBRE LA FORMULACION
DE ACCIONES Y DESARROLLO DE PROYECTOS EN MATERIA DE
RESPONSABILIDAD SOCIAL, CON LA FINALIDAD DE QUE LOS SERVIDORES
PUBLICOS PARTICIPEN EN ACCIONES VOLUNTARIAS ORIENTADAS AL
BIENESTAR COLECTIVO Y LA DEMOCRACIA PARTICIPATIVA.
6.
FORMULAR MESAS, TALLERES, FOROS O CUALQUIER OTRA ACTIVIDAD
PARA EL ANALISIS Y DIFUSION DE TEMATICAS RELACIONADAS CON LA
INTERACCION ENTRE CIUDADANIA Y GOBIERNO, A FIN DE CONTRIBUIR
A LA CONSTRUCCION DE CIUDADANIA EN EL PAIS.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
SOCIOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PERIODISMO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
EDUCACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS SOCIALES
RELACIONES PUBLICAS
SOCIOLOGIA
PROBLEMAS SOCIALES
CIENCIA POLITICA
INSTITUCIONES POLITICAS
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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POLITICA SECTORIAL
CULTURA
CIENCIA POLITICA
VIDA POLITICA
CIENCIA POLITICA
OPINION PUBLICA
ETICA
ETICA DE GRUPO
CIENCIA POLITICA
SISTEMAS POLITICOS
HISTORIA
HISTORIA GENERAL
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO INTERNACIONAL
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
4.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE DISEÑO Y FOMENTO DE INSTRUMENTOS DE
COORDINACION Y VINCULACION
04-522-1-M1C016P-0000091-E-C-T
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
CAPACITACION, CULTURA Y
CONSTRUCCION DE CIUDADANIA
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
SUPERVISAR
EL
DISEÑO
Y
DESARROLLO
DE
PROPUESTAS
DE
MECANISMOS DE ACUERDO, CONSENSO Y OTROS INSTRUMENTOS
JURIDICOS ENTRE LA SUBSECRETARIA Y LOS PODERES DE LA UNION,
ORGANISMOS AUTONOMOS, ENTIDADES FEDERATIVAS Y MUNICIPIOS,
CON
LA
INICIATIVA
PRIVADA,
INSTITUCIONES
EDUCATIVAS,
ASOCIACIONES
RELIGIOSAS,
GREMIALES
Y
PRODUCTIVAS,
E
INSTITUCIONES U ORGANISMOS NACIONALES E INTERNACIONALES
PUBLICOS,
PRIVADOS
Y
SOCIALES,
PARA
COADYUVAR
EN
EL
FORTALECIMIENTO DE LOS INSTRUMENTOS DE COORDINACION Y
VINCULACION INTERINSTITUCIONALES.
2.
INSTRUMENTAR LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS REQUERIDOS
POR LA UNIDAD GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS DE LA SECRETARIA DE
GOBERNACION, PARA CONTRIBUIR EN QUE SE CUENTE CON LA OPINION,
APROBACION, Y DICTAMEN DE LA PROCEDENCIA DE LOS INSTRUMENTOS
DE COORDINACION Y VINCULACION JURIDICA CON LAS INSTITUCIONES
PUBLICAS
Y
PRIVADAS
EN
LAS
MATERIAS
DE
DESARROLLO
DEMOCRATICO, PARTICIPACION SOCIAL Y ASUNTOS RELIGIOSOS.
3.
VIGILAR LOS PROCESOS DE SUSCRIPCION Y REGISTRO DE LOS
ACUERDOS, CONVENIOS Y CONSENSOS QUE SE GENEREN CON
LOS PODERES DE LA UNION, ORGANISMOS AUTONOMOS, ENTIDADES
FEDERATIVAS,
MUNICIPIOS,
Y
DEMAS
ACTORES
NACIONALES
E
INTERNACIONAL ACTUALIZADOS ES EN LAS MATERIAS COMPETENCIA DE
LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO DEMOCRATICO, PARTICIPACION
SOCIAL
Y
ASUNTOS
RELIGIOSOS,
PARA
CONTAR
CON
LOS
INSTRUMENTOS DE COORDINACION Y VINCULACION ACTUALIZADOS
SOBRE LAS ACTIVIDADES QUE REALIZA LA SUBSECRETARIA.
4.
COORDINAR LAS ESTRATEGIAS DE LA ORGANIZACION Y SUPERVISION
DEL SEGUIMIENTO DE LA SISTEMATIZACION DEL ACERVO DOCUMENTAL
DE LOS PROCESOS PARTICIPATIVOS DE LA SUBSECRETARIA DE
DESARROLLO DEMOCRATICO, PARTICIPACION SOCIAL Y ASUNTOS
RELIGIOSOS, PARA GARANTIZAR LA TRANSPARENCIA EN LA RENDICION
DE CUENTAS Y LA ACCESIBILIDAD DE LA INFORMACION.
158
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
5.
INSTRUMENTAR MECANISMOS EN LOS PROCESOS DE SISTEMATIZACION
DEL
ACERVO
DE
INFORMACION
DE
LOS
INSTRUMENTOS
DE
COORDINACION Y VINCULACION DE LA SUBSECRETARIA DE DESARROLLO
DEMOCRATICO, PARTICIPACION SOCIAL Y ASUNTOS RELIGIOSOS, PARA
CONTAR CON HERRAMIENTAS DE CONSULTA Y APOYO EN LA TOMA DE
DECISIONES.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ANTROPOLOGIA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
MATEMATICAS - ACTUARIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
SOCIOLOGIA POLITICA
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
159
5.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE COORDINACION DE ACCIONES DE FORMACION
ORIENTADA A LA COMUNIDAD
04-542-1-M1C016P-0000022-E-C-T
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
PREVENCION SOCIAL Y LA
RECONSTRUCCION DEL TEJIDO
SOCIAL
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DESARROLLAR
LA
METODOLOGIA
DE
IDENTIFICACION
DE
LAS
NECESIDADES DE CONOCIMIENTO ENPREVENCION SOCIAL DEL DELITO Y
LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL, PARA CONTRIBUIR EN EL
DISEÑO DE ACCIONES DE CAPACITACION EN LA MATERIA.
2.
COMPROBAR QUE LA PROPUESTA DE PROGRAMA DE GENERACION DEL
CONOCIMIENTO ATIENDA LAS NECESIDADES IDENTIFICADAS, PARA
FAVORECER LOS TEMAS VINCULADOS A LA PREVENCION SOCIAL DEL
DELITO Y LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL.
3.
COORDINAR EL DESARROLLO DE CONTENIDOS SOBRE LA GENERACION
DEL CONOCIMIENTO Y HERRAMIENTAS DIDACTICAS EN PREVENCION
SOCIAL DEL DELITO Y LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL, PARA
COADYUVAR EN LAS ACCIONES IMPLEMENTADAS EN LA MATERIA.
4.
VERIFICAR LOS CONTENIDOS Y MATERIALES DE PROGRAMAS DE
GENERACION DEL CONOCIMIENTO YA EXISTENTES, PARA DETERMINAR
SU CONGRUENCIA Y PERTINENCIA EN MATERIA DE PREVENCION SOCIAL
DEL DELITO Y LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL.
5.
ORIENTAR LA ALINEACION DE LOS CONTENIDOS DE GENERACION
DEL CONOCIMIENTO EN TEMAS VINCULADOS CON PREVENCION SOCIAL
DEL DELITO Y LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL, PARA SU
IMPLEMENTACION EN DIFERENTES MODALIDADES.
6.
PROPONER ALIANZAS CON DIFERENTES ACTORES RELATIVAS AL DISEÑO
DE PROYECTOS QUE COADYUVEN A LA GENERACION DEL CONOCIMIENTO
EN PREVENCION SOCIAL DEL DELITO Y LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO
SOCIAL, PARA FORTALECER LOS ESPACIOS DE COMUNICACION EN LA
MATERIA.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
EDUCACION Y HUMANIDADES
EDUCACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
EDUCACION Y HUMANIDADES
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
PEDAGOGIA
TEORIA Y METODOS
EDUCATIVOS
PSICOLOGIA
PSICOLOGIA GENERAL
PSICOLOGIA
PSICOPEDAGOGIA
160
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
6.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE COOPERACION E INTERCAMBIO DE INFORMACION
04-542-1-M1C016P-0000045-E-C-T
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
PREVENCION SOCIAL Y LA
RECONSTRUCCION DEL TEJIDO
SOCIAL
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
COORDINAR LA APLICACION DE ESTRATEGIAS DE COOPERACION
TECNICA
E
INTERCAMBIO
DE
INFORMACION
CON
ORGANISMOS
GUBERNAMENTALES
Y
DIFERENTES
ACTORES
SOCIALES,
QUE
DISMINUYAN
LA
VULNERABILIDAD
SOCIAL
Y
CONTRIBUYAN
AL
DESARROLLO DE CAPACIDADES LOCALES QUE DETONEN PROCESOS DE
RESILIENCIA COMUNITARIA, PARA CONTRIBUIR EN LA PREVENCION
SOCIAL DEL DELITO Y LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL.
2.
INSTRUMENTAR ACCIONES QUE CONTRIBUYAN AL DIALOGO ENTRE LAS
COMUNIDADES Y SU DIVERSIDAD CULTURAL, PARA COADYUVA EN EL
FORTALECIMIENTO DE CAPACIDADES LOCALES CON ACTORES SOCIALES
EN
MATERIA
DE
PREVENCION
SOCIAL
DEL
DELITO
Y
LA
RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL.
3.
DESARROLLAR MECANISMOS DE COORDINACION Y/O COOPERACION
TECNICA
CON
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
Y
ORGANOS
ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS, PARA DISEÑAR ESTRATEGIAS
EN LA ATENCION DE TEMAS COMPETENCIA DE LA DIRECCION GENERAL
DE PREVENCION SOCIAL DEL DELITO Y LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO
SOCIAL.
4.
SUPERVISAR EL PROCESO DE SEGUIMIENTO A LAS ESTRATEGIAS Y
ACCIONES
IMPLEMENTADAS
DE
COOPERACION
TECNICA,
PARA
CONSTRUIR INSTRUMENTOS DE MEDICION DE LOS PROCESOS DE
RESILIENCIA Y CAPACIDADES COMUNITARIAS, QUE CONTRIBUYAN A LA
PREVENCION SOCIAL DEL DELITO Y LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO
SOCIAL.
5.
DESARROLLAR PARAMETROS QUE PERMITAN LA COMPILACION Y EL
ANALISIS DE PRACTICAS RELEVANTES SOBRE LA DISMINUCION DE LA
VULNERABILIDAD DE GRUPOS SOCIALES, EN COORDINACION CON
ORGANISMOS GUBERNAMENTALES Y DIFERENTES ACTORES SOCIALES,
PARA ASEGURAR ACCIONES DE COHESION SOCIAL, PREVENCION SOCIAL
DEL DELITO Y RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL.
6.
INSTRUMENTAR ACCIONES DE PROMOCION Y DIFUSION DE PRACTICAS
SOBRE COOPERACION TECNICA E INTERCAMBIO DE INFORMACION CON
ORGANISMOS GUBERNAMENTALES Y DIFERENTES SECTORES SOCIALES,
PARA PROPORCIONAR INSUMOS QUE CONTRIBUYAN A LA PREVENCION
SOCIAL DEL DELITO Y A LA RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL.
7.
FACILITAR
LOS
INSUMOS
TECNICO-NORMATIVOS
Y
CRITERIOS
LOGISTICOS DE COOPERACION E INTERCAMBIO DE INFORMACION, PARA
COADYUVAR EN EL DISEÑO DE MECANISMOS QUE PERMITAN LA
CONFORMACION Y OPERACION DE REDES COMUNITARIAS EN MATERIA
DE CULTURA DE LA LEGALIDAD, COHESION SOCIAL, PREVENCION SOCIAL
DEL DELITO Y RECONSTRUCCION DEL TEJIDO SOCIAL.
8.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
161
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
SOCIOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ANTROPOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA INTERNACIONAL
SOCIOLOGIA
SOCIOLOGIA DE LOS
ASENTAMIENTOS HUMANOS
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
7.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE ALMACENES
04-812-1-M1C015P-0000377-E-C-N
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS MATERIALES Y
SERVICIOS GENERALES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DIRIGIR LA OPERACION DE LOS PROCESOS DE REVISION DE LOS BIENES
QUE ENTREGAN LOS PROVEEDORES AL ALMACEN, PARA ASEGURAR QUE
CUMPLEN CON LAS CONDICIONES, CANTIDADES Y TERMINOS PREVISTOS
EN LAS ORDENES DE COMPRA.
2.
IMPLEMENTAR METODOLOGIAS EN LA ATENCION DE LAS SOLICITUDES DE
RECURSOS MATERIALES QUE OBRAN EN EL ALMACEN, PARA REGULAR
LOS MECANISMOS DE RESPUESTA A LAS SOLICITUDES DE LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
Y
ORGANOS
DESCONCENTRADOS
DE
LA
DEPENDENCIA.
162
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
3.
ESTABLECER
LINEAMIENTOS
RELATIVOS
A
LA
RECEPCION,
ALMACENAMIENTO
Y
SUMINISTRO
DE
BIENES
ADQUIRIDOS
Y/O
ALMACENADOS, PARA CONTRIBUIR EN LA ENTREGA OPORTUNA DE LOS
MISMOS
A
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
Y
ORGANOS
DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION.
4.
INSTRUMENTAR MEDIDAS Y ACCIONES QUE AUXILIEN A DIVERSAS
INSTANCIAS EN EL REQUISITADO DE LA DOCUMENTACION RELATIVA A LA
ENTRADA O SALIDA DE BIENES DEL ALMACEN, PARA PROMOVER EL
CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES.
5.
COORDINAR LA FORMULACION Y EJECUCION DE LOS PROGRAMAS DE
APROVISIONAMIENTO DE BIENES ADQUIRIDOS, PARA GARANTIZAR EL
SUMINISTRO DE LOS MISMOS A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y
ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA DEPENDENCIA.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
EDUCACION Y HUMANIDADES
EDUCACION
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE
MATERIALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION INDUSTRIAL
Y POLITICAS
GUBERNAMENTALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
8.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE SEGURIDAD Y SERVICIOS
04-812-1-M1C016P-0000966-E-C-Y
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS MATERIALES Y
SERVICIOS GENERALES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
COORDINAR
LOS
SERVICIOS
DE
MENSAJERIA
Y
PAQUETERIA,
SUMINISTRO DE AGUA, GAS L.P., ALIMENTACION, ENTRE OTROS, PARA
GARANTIZAR
LA
OPERATIVIDAD
DIARIA
DE
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA
DE GOBERNACION.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
163
2.
DIRIGIR LA OPERACION DE LOS PROCESOS DE REVISION, REGISTRO
Y ACCESO A LAS INSTALACIONES DE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y
ORGANOS DESCONCENTRADOS, PARA ASEGURAR EL INGRESO DE
PERSONAL AUTORIZADO A SUS LUGARES DE TRABAJO EN CONDICIONES
SEGURAS.
3.
IMPLEMENTAR METODOLOGIAS EN LA ATENCION DE LOS ASUNTOS
RELATIVOS A LA PRESTACION DE SERVICIOS GENERALES Y EN EL CASO
DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA EN LAS EVENTUALIDADES QUE SE
PRESENTEN EN LA PERIFERIA DE LAS INSTALACIONES, PARA REGULAR Y
EFICIENTAR LOS MECANISMOS DE RESPUESTA ANTE SITUACIONES DE
RIESGO.
4.
SUPERVISAR QUE LOS SERVICIOS GENERALES CUMPLAN CON LAS
POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA MATERIA, PARA
GARANTIZAR EL USO RACIONAL DE LOS RECURSOS ASIGNADOS, DE
CONFORMIDAD CON LAS MEDIDAS Y PROGRAMAS DE AUSTERIDAD Y
RACIONALIDAD APLICABLES.
5.
VIGILAR LAS MEDIDAS Y ACCIONES QUE AUXILIEN A LAS INSTANCIAS EN
LA SOLICITUD DE SERVICIOS DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA AL PERSONAL
DE LAS AREAS ANTE LA PRESENCIA DE CONTINGENCIAS AL INTERIOR DE
LAS UNIDADES RESPONSABLES, PARA GARANTIZAR LOS SERVICIOS
DE APOYO QUE REQUIERAN DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES
JURIDICAS Y PROCEDIMIENTOS APLICABLES.
6.
COORDINAR LOS PROCEDIMIENTOS DE INTEGRACION Y GENERACION
DE REPORTES RESPECTO AL MONITOREO DE LAS ACTIVIDADES DE
PROTECCION, AUXILIO, SALVAGUARDA Y VIGILANCIA, PARA CONTAR CON
LAS EVIDENCIAS Y REGISTRO DE LA OPERACION DE LOS CUERPOS DE
SEGURIDAD.
7.
DESARROLLAR EL CONTROL Y SEGUIMIENTO DEL FUNCIONAMIENTO DE
LOS SISTEMAS ELECTRONICOS Y DE COMUNICACION IMPLEMENTADOS
POR LOS CUERPOS DE SEGURIDAD DE LAS INSTALACIONES, PARA
CONTAR CON EL SERVICIO DE VIGILANCIA INTRAMUROS EN LA
SECRETARIA DE GOBERNACION.
8.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TERMINADO O PASANTE
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES INDUSTRIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIAS ECONOMICAS
DIRECCION Y DESARROLLO
DE RECURSOS HUMANOS
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
164
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
9.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE ADMINISTRACION DE CAPITAL HUMANO
04-812-1-M1C016P-0001103-E-C-M
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS MATERIALES Y
SERVICIOS GENERALES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
COORDINAR LOS PROCESOS DE GESTION DE LOS MOVIMIENTOS DE
ALTAS, BAJAS, PROMOCIONES, ENTRE OTROS, DEL PERSONAL ADSCRITO
A LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS
GENERALES, PARA COADYUVAR CON EL AREA DE ADSCRIPCION A QUE
CUENTE POR EL PERSONAL IDONEO EN LA OPERACION DE LOS
PROCESOS DE TRABAJO.
2.
SUPERVISAR EL DESARROLLO DE LAS ACCIONES DE ACTUALIZACION DE
LA ESTRUCTURA ORGANICA Y OCUPACIONAL, ASI COMO DE LAS
DESCRIPCIONES Y PERFILES DE PUESTOS QUE CONFORMAN LA
DIRECCION
GENERAL
DE
RECURSOS
MATERIALES
Y
SERVICIOS
GENERALES, CON EL FIN DE MANTENER LA ALINEACION DEL PERSONAL
ADSCRITO AL AREA DE ADSCRIPCION CON LAS ATRIBUCIONES QUE LE
CONFIERE LA NORMATIVIDAD VIGENTE.
3.
INSPECCIONAR EL PROCESO DE FORMULACION DE RESPUESTA A LAS
SOLICITUDES DE INFORMACION JURIDICA SOBRE PROCEDIMIENTOS
ADMINISTRATIVOS DEL PERSONAL DE LA DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, A FIN DE ATENDER
LOS REQUERIMIENTOS DENTRO DE LOS PLAZOS ESTABLECIDOS EN LA
NORMATIVIDAD APLICABLE EN LA MATERIA.
4.
COORDINAR LOS MECANISMOS DE CONCILIACION E INTEGRACION DE LA
INFORMACION RESPECTO A LAS INCIDENCIAS, FALTAS Y RETARDOS DEL
PERSONAL ADSCRITO A LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS
MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES, A FIN DE GESTIONAR ANTE LA
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS LOS DESCUENTOS
APLICABLES AL PERSONAL.
5.
INSTRUMENTAR
ACCIONES
DE
COORDINACION
CON
LAS
AREAS
ADSCRITAS A LA DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES Y
SERVICIOS GENERALES CON RESPECTO A LA INTEGRACION DE
NECESIDADES DE CAPACITACION DEL PERSONAL, CON EL PROPOSITO DE
DAR CUMPLIMIENTO CON LAS HORAS CAPACITACION OBLIGATORIAS
ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVIDAD EN LA MATERIA.
6.
SUPERVISAR EL PROCESO DE ATENCION A LOS REQUERIMIENTOS DE LA
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS EN MATERIA DE
EVALUACION DEL DESEMPEÑO, METAS INDIVIDUALES, Y EL SEGUIMIENTO
A LOS RESULTADOS DE LA ENCUESTA DE CLIMA Y CULTURA
ORGANIZACIONAL DEL AREA DE ADSCRIPCION, PARA CONTRIBUIR CON
PROPUESTAS DE MEJORA QUE CONTRIBUYAN AL LOGRO DE LOS
OBJETIVOS Y METAS ESTABLECIDAS.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TERMINADO O PASANTE
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ELECTRICA Y ELECTRONICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA CIVIL
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ARQUITECTURA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
NAVAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
165
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS DE LAS ARTES Y
LAS LETRAS
ARQUITECTURA
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIAS TECNOLOGICAS
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ELECTRICAS
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LA
CONSTRUCCION
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
10.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE OPERACIONES
04-812-1-M1C016P-0001111-E-C-N
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS MATERIALES Y
SERVICIOS GENERALES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
SUPERVISAR
EL
PROCESO
DE
LA
PROGRAMACION
DE
LOS
PROCEDIMIENTOS DE LICITACION CON RELACION A LA CONTRATACION
DE BIENES INFORMATICOS Y DE TELECOMUNICACIONES, ASI COMO
LOS
SERVICIOS
EN
GENERAL
QUE
REQUIERE
LA
SECRETARIA
DE GOBERNACION, PARA CONTRIBUIR EN LA ADJUDICACION DE
CONFORMIDAD CON LOS REQUERIMIENTOS DE LAS DIVERSAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
Y
ORGANOS
DESCONCENTRADOS
DE
LA
DEPENDENCIA.
2.
COORDINAR
LOS
PROCEDIMIENTOS
DE
CONTRATACION
EN
SUS
MODALIDADES DE ADJUDICACION DIRECTA, INVITACION A CUANDO
MENOS TRES PERSONAS Y/O LICITACION PUBLICA, PARA GARANTIZAR EL
APEGO A LA NORMATIVIDAD VIGENTE EN LA MATERIA.
3.
PARTICIPAR EN LOS ACTOS DERIVADOS DE LOS PROCEDIMIENTOS DE
ADQUISICION Y LA CONTRATACION DE BIENES Y SERVICIOS, QUE SE
LLEVEN A CABO MEDIANTE LICITACION PUBLICA E INVITACION A CUANDO
MENOS TRES PERSONAS, CON EL FIN DE ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO
CON LA NORMATIVIDAD VIGENTE APLICABLE EN LA MATERIA.
4.
SUPERVISAR
LA
ELABORACION
DE
LOS
DICTAMENES
TECNICOS
DESARROLLADOS POR LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS
ADMINISTRATIVOS
DESCONCENTRADOS
DE
LA
SECRETARIA
DE
GOBERNACION, PARA VERIFICAR LA EVALUACION DE LA INFORMACION
LEGAL,
ADMINISTRATIVA
Y
ECONOMICA,
QUE
PRESENTAN
LOS
PROVEEDORES EN APEGO CON LA NORMATIVIDAD EN LA MATERIA.
5.
COORDINAR LAS ACCIONES DE REVISION E INTEGRACION DE LOS
EXPEDIENTES RELACIONADOS CON LOS DIVERSOS PROCEDIMIENTOS DE
CONTRATACION, PARA ASEGURAR LA CLASIFICACION Y DOCUMENTACION
DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN LA NORMATIVIDAD APLICABLE.
6.
INSTRUMENTAR MECANISMOS DE ACTUALIZACION DE LA INFORMACION
EN EL SISTEMA GRP SAP, CON EL PROPOSITO DE CONTAR CON UNA
HERRAMIENTA DE APOYO EN EL SEGUIMIENTO DE PUNTA A PUNTA DE
LOS PROCEDIMIENTOS DE REQUISICION DE BIENES Y/O SERVICIOS.
166
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
7.
DESARROLLAR MECANISMOS DE EVALUACION DE LAS ESTADISTICAS
EMITIDAS POR EL SISTEMA GRP SAP, CON RESPECTO A LAS TENDENCIAS
EN EL EJERCICIO DEL GASTO, CARGAS DE TRABAJO, CUMPLIMIENTO DEL
PROGRAMA ANUAL DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS,
PARA GENERAR LOS INFORMES QUE COADYUVEN EN LA TOMA DE
DECISIONES DE LA INSTANCIA SUPERIOR.
8.
COORDINAR EL PROCESO DE ELABORACION DE LOS PROYECTOS
DE CONVOCATORIAS DE LOS DIVERSOS BIENES Y SERVICIOS EN LA
MODALIDAD DE LICITACION PUBLICA Y/ O INVITACION A CUANDO MENOS
TRES PERSONAS, PARA GARANTIZAR QUE DICHAS CONVOCATORIAS
CUMPLEN CON LOS CRITERIOS TECNICOS Y NORMATIVOS EN LA
MATERIA.
9.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
MERCADOTECNIA Y
COMERCIO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
ACTIVIDAD ECONOMICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
11.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE RIESGOS EN MATERIA DE
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
04-813-1-M1C016P-0000341-E-C-K
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
INSTRUMENTAR LOS PROCESOS DE REVISION Y ANALISIS DE GESTION DE
RIESGOS EN MATERIA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, PARA
COADYUVAR CON LA EMISION DE DICTAMENES TECNICOS DE LAS
SOLICITUDES DE LAS UNIDADES ADSMINISTRATIVAS Y ORGANOS
ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
167
2.
IMPLEMENTAR METODOLOGIAS DE ANALISIS Y ATENCION DE LOS
RIESGOS DE SEGURIDAD DE LAS TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION,
CON EL FIN DE REGULAR LOS MECANISMOS DE RESPUESTA A LAS
SOLICITUDES
DE
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
Y
ORGANOS
DESCONCENTRADOS
SOBRE
LA
INCORPORACION
DE
NUEVAS
HERRAMIENTAS TECNOLOGICAS.
3.
SUPERVISAR EL DESARROLLO DE LAS ETAPAS QUE CONFORMAN LOS
PROGRAMAS DE SEGURIDAD DE LA INFORMACION, PARA ASEGURAR QUE
SE REALICEN EN APEGO A LOS LINEAMIENTOS, CRITERIOS Y TERMINOS
ESTABLECIDOS.
4.
INSTRUMENTAR
MEDIDAS
Y
ACCIONES
DE
COORDINACION
CON
INSTANCIAS
EN
MATERIA
DE
SEGURIDAD
INFORMATICA
DE
LAS
PROPUESTAS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, PARA PROMOVER
EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES TECNICAS Y JURIDICAS
APLICABLES.
5.
DESARROLLAR ESTUDIOS DE LA INFORMACION SOBRE LOS PROGRAMAS
Y LINEAMIENTOS TECNICOS EN MATERIA DE ANALISIS DE RIESGOS
Y SEGURIDAD DE LA INFORMACION, PARA EVALUAR LAS REPERCUSIONES
Y LA VIABILIDAD DE SU APLICACION EN EL DESARROLLO DE LOS
TRABAJOS DEL AREA.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TERMINADO O PASANTE
Area de General
Carrera Genérica
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
DISEÑO
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
COMPUTACION E
INFORMATICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ELECTRICA Y ELECTRONICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LOS
ORDENADORES
CIENCIAS ECONOMICAS
APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIAS DE
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
12.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE PROYECTOS ESTRATEGICOS DE
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
04-813-1-M1C016P-0000342-E-C-K
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
INSTRUMENTAR MEDIDAS Y ACCIONES DE APOYO A LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS Y ORGANOS ADMINISTRATIVOS DESCONCENTRADOS
EN LA DEFINICION Y CONSTRUCCION DE PROYECTOS ESTRATEGICOS DE
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, PARA PROMOVER EL CUMPLIMIENTO
DE LAS DISPOSICIONES TECNICAS Y JURIDICAS APLICABLES.
168
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
2.
COORDINAR LOS PROCEDIMIENTOS DE INTEGRACION, REVISION Y
ANALISIS
DEL
MARCO
LEGAL
ORIENTADO
A
LA
ALINEACION,
ELABORACION DE PROYECTOS ESTRATEGICOS Y CONTINUIDAD DE
LAS OPERACIONES DE LAS TECNOLOGIAS DE INFORMACION DE LA
DEPENDENCIA,
DE
CONFORMIDAD
CON
EL
PLAN
NACIONAL
DE
DESARROLLO, PARA EVALUAR LAS REPERCUSIONES QUE INCIDEN EN EL
DESARROLLO DE LOS PROCESOS DEL AREA.
3.
SUPERVISAR EL DESARROLLO DE LAS ETAPAS QUE CONFORMAN LOS
PROGRAMAS SOBRE ALINEACION ESTRATEGICA DE LAS TECNOLOGIAS
DE LA INFORMACION, PARA ASEGURAR QUE SE REALICEN EN APEGO A
LOS LINEAMIENTOS, CRITERIOS Y TERMINOS ESTABLECIDOS.
4.
INSTRUMENTAR LOS PROCESOS DE REVISION Y ANALISIS DE LOS
PLANTEAMIENTOS EN MATERIA DE PROYECTOS ESTRATEGICOS DE
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, PARA CONTRIBUIR EN LA EMISION
DE LOS DICTAMENES TECNICOS SOBRE LAS PROPUESTAS PRESENTADAS
POR LAS AREAS DE LA DEPENDENCIA.
5.
SUPERVISAR LAS TAREAS DE EVALUACION DE LOS PROYECTOS
ESTRATEGICOS DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION, CON EL FIN DE
CONSTRUIR HERRAMIENTAS DE MEDICION SOBRE LA FACTIBILIDAD EN LA
EJECUCION DE DICHOS PROYECTOS, Y EN SU CASO IDENTIFICAR
DESVIACIONES.
6.
COORDINAR LA APLICACION DE METODOLOGIAS EN LA ATENCION DE LOS
ASUNTOS RELATIVOS A LA CONTINUIDAD DE OPERACIONES CON LA
IMPLEMENTACION DE PROYECTOS ESTRATEGICOS DE TECNOLOGIAS DE
LA
INFORMACION,
PARA
COADYUVAR
EN
HOMOGENEIZAR
LOS
MECANISMOS DE RESPUESTA A LAS SOLICITUDES DE LAS AREAS DE LA
SECRETARIA.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TERMINADO O PASANTE
Area de General
Carrera Genérica
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
COMPUTACION E
INFORMATICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
DISEÑO
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ELECTRICA Y ELECTRONICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LOS
ORDENADORES
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIAS DE
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
CIENCIAS ECONOMICAS
APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
169
13.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE INDICADORES DE TIC´S
04-813-1-M1C016P-0000346-E-C-K
Nivel
Administrativo
N31
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$53,692.00 (CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS PESOS
M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
COORDINAR
LOS
TRABAJOS
DE
ANALISIS
DE
INDICADORES
DE
DESEMPEÑO DE LA INFRAESTRUCTURA DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y COMUNICACIONES, A FIN DE CORROBORAR QUE LAS
INVERSIONES EN PROYECTOS TERCERIZADOS CUMPLEN LOS OBJETIVOS
QUE ORIGINARON SU ADQUISICION.
2.
IMPLEMENTAR METODOLOGIAS DE SEGUIMIENTO DE LA EVOLUCION
DE INDICADORES DE DESEMPEÑO DE LA INFRAESTRUCTURA DE
TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION Y COMUNICACIONES, PARA CONTAR
CON LA INFORMACION QUE PERMITA LA PLANEACION Y CONTROL DE
INVERSIONES Y GASTOS EN PROYECTOS DE TIC.
3.
INSPECCIONAR LA OPERACION DE LOS PROCESOS DE REVISION Y
ANALISIS
DE
LOS
INDICADORES
DE
DESEMPEÑO
DE
LA
INFRAESTRUCTURA
DE
TECNOLOGIAS
DE
LA
INFORMACION
Y
COMUNICACIONES, PARA EVALUAR SU IMPACTO EN EL LOGRO DE METAS
Y OBJETIVOS ESTRATEGICOS DE LA DIRECCION GENERAL.
4.
INSTRUMENTAR MEDIDAS DE CONTROL Y EVALUACION DEL ESTADO QUE
GUARDAN LA INFRAESTRUCTURA DE TECNOLOGIAS DE LA INFORMACION
Y COMUNICACIONES, PARA GENERAR INDICADORES DE IDENTIFICACION
DE MEDIDAS PREVENTIVAS O CORRECTIVAS QUE CONTRIBUYAN A
GARANTIZAR LA CONTINUIDAD EN LAS OPERACIONES Y EL RENDIMIENTO
DE LOS SERVICIOS.
5.
COORDINAR EL DESARROLLO DE INDICADORES QUE REFLEJEN EL GRADO
DE ADOPCION DE LOS PROCESOS OPERATIVOS EN MATERIA DE
INFRAESTRUCTURA
DE
TECNOLOGIAS
DE
LA
INFORMACION
Y
COMUNICACIONES, PARA PROMOVER EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS
Y ORDENAMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL MARCO JURIDICO APLICABLE.
6.
SUPERVISAR LAS ACCIONES RELATIVAS AL DISEÑO DE INDICADORES DEL
DESEMPEÑO DE LOS ESQUEMAS DE TRAZABILIDAD DE LOS SERVICIOS Y
BIENES EN MATERIA DE INFRAESTRUCTURA DE TECNOLOGIAS DE LA
INFORMACION Y COMUNICACIONES, PARA DESARROLLAR ACCIONES
PREVENTIVAS Y CORRECTIVAS DIRIGIDAS A LA ATENCION DE LOS
USUARIOS DE BIENES Y SERVICIOS TECNOLOGICOS.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
COMPUTACION E
INFORMATICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIAS DE
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
170
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
14.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE COORDINACION EN MATERIA
DE COMUNICACION SOCIAL
04-272-1-M1C015P-0000016-E-C-Q
Nivel
Administrativo
N22
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$46,039.00 (CUARENTA Y SEIS MIL TREINTA Y NUEVE PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
NORMATIVIDAD DE
COMUNICACION
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
IMPLEMENTAR MECANISMOS DE VINCULACION CON LAS UNIDADES DE
COMUNICACION SOCIAL DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, ASI COMO CON LOS MEDIOS
MASIVOS DE COMUNICACION, PARA CONTRIBUIR EN LA COORDINACION
DE LAS ACCIONES DE DIFUSION DEL GOBIERNO FEDERAL.
2.
INSTRUMENTAR ACCIONES DE REVISION CONJUNTA DE LOS MENSAJES
QUE EL GOBIERNO FEDERAL DIRIGE A LA POBLACION CON LAS UNIDADES
DE COMUNICACION SOCIAL DE LAS DEPENDENCIAS, PARA CONOCER EL
IMPACTO SOCIAL DE SUS CONTENIDOS.
3.
INSTAURAR ACCIONES DE CONTROL Y VALORACION DE LA EFECTIVIDAD
DE LAS CAMPAÑAS GUBERNAMENTALES, PARA ELABORAR ESTUDIOS QUE
PERMITAN EL DESARROLLO DE LAS ESTRATEGIAS CONJUNTAS CON
DIVERSAS DEPENDENCIAS EN MATERIA DE DIFUSION DE PROGRAMAS Y
CAMPAÑAS.
4.
COLABORAR
CON
LAS
ENTIDADES
Y
DEPENDENCIAS
DE
LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL Y EN SU CASO CON LOS GOBIERNOS
DE LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, MUNICIPIO O DELEGACIONES EN LA
DIFUSION DE CAMPAÑAS, PARA CONTRIBUIR EN EL CUMPLIMIENTO DE
LAS METAS ESTABLECIDAS.
5.
INTEGRAR LAS PROPUESTAS EN MATERIA DE BASES DE COORDINACION
CON LOS MEDIOS MASIVOS DE COMUNICACION, PARA CONTRIBUIR EN LA
GENERACION DE ACUERDOS QUE PERMITAN EL LOGRO DE OBJETIVOS EN
MATERIA DE DIFUSION DE LAS CAMPAÑAS GUBERNAMENTALES EN LOS
MEDIOS.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TERMINADO O PASANTE
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PERIODISMO
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIAS ECONOMICAS
DIRECCION Y DESARROLLO
DE RECURSOS HUMANOS
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
171
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
15.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE DESARROLLO DE PROGRAMAS
Y ESTRATEGIAS PARA EL DESARROLLO
DE CAPACIDADES SOCIALES
04-521-1-M1C015P-0000112-E-C-T
Nivel
Administrativo
N22
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$46,039.00 (CUARENTA Y SEIS MIL TREINTA Y NUEVE PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
PARTICIPACION Y CONSULTAS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
PROPONER PROGRAMAS DE CAPACITACION Y ACCIONES EN MATERIA DE
CONSTRUCCION DE CIUDADANIA INCLUSIVA QUE PUEDAN INCLUIRSE EN
ACCIONES DE LOS TRES ORDENES DE GOBIERNO, CON LA FINALIDAD DE
FORTALECER CAPACIDADES SOCIALES QUE PROMUEVAN UNA SOCIEDAD
INCLUSIVA Y LA CORRESPONSABILIDAD ENTRE ESTADO Y SOCIEDAD.
2.
SUPERVISAR LAS ACCIONES DE PROMOCION DE LAS CAPACIDADES,
ACTITUDES Y PRACTICAS DE SOLIDARIDAD, GENEROSIDAD, CUIDADO
MUTUO Y RESPETO DE LA DIGNIDAD HUMANA, PARA CONSTRUIR UNA
CIUDADANIA
INCLUSIVA
QUE
PROMUEVE
MEJORES
FORMAS
DE
CONVIVENCIA Y PROCESAMIENTO EFECTIVO DE LAS DIFERENCIAS Y
CONFLICTOS.
3.
DESARROLLAR METODOLOGIAS DE CAPACITACION EN MATERIA DE
CONSTRUCCION
DE
CIUDADANIA
QUE
PROPICIEN
VINCULOS
E
INFLUENCIAS POSITIVAS EN LAS PERSONAS Y AUTORIDADES, CON LA
FINALIDAD DE CONTRIBUIR A LA DEMOCRACIA Y BIENESTAR COLECTIVO.
4.
VERIFICAR LA IMPLEMENTACION Y SEGUIMIENTO DE PROGRAMAS Y
ESTRATEGIAS SOBRE EL DESARROLLO DE CAPACIDADES SOCIALES, CON
EL
PROPOSITO
DE
CONOCER
LOS
AVANCES
Y
RESULTADOS
EN DIVERSOS AMBITOS POR LOS TRES ORDENES DE GOBIERNO EN
CONJUNTO
CON
ACTORES
SOCIALES
Y
ORGANISMOS
NO
GUBERNAMENTALES.
5.
ORGANIZAR EN COLABORACION CON EL SECTOR ACADEMICO Y LAS
ORGANIZACIONES SOCIALES, MESAS DE TRABAJO Y FOROS DE
TRANSFERENCIA DE METODOLOGIAS, PARA INTEGRAR PROGRAMAS
DE CAPACITACION EN MATERIA DE CONSTRUCCION DE CIUDADANIA Y
ANALIZAR MEJORES PRACTICAS DE LAS CAPACITACIONES Y ACCIONES
IMPLEMENTADAS.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
172
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
EDUCACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DEMOGRAFIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS SOCIALES
RELACIONES PUBLICAS
SOCIOLOGIA
PROBLEMAS SOCIALES
CIENCIA POLITICA
INSTITUCIONES POLITICAS
POLITICA SECTORIAL
CULTURA
CIENCIA POLITICA
OPINION PUBLICA
ETICA
ETICA DE GRUPO
HISTORIA
HISTORIA GENERAL
CIENCIA POLITICA
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIA POLITICA
SISTEMAS POLITICOS
CIENCIA POLITICA
VIDA POLITICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO INTERNACIONAL
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
16.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE DESARROLLO DE CAPACIDADES
CIUDADANAS PARA GRUPOS PRIORITARIOS
04-521-1-M1C015P-0000143-E-C-T
Nivel
Administrativo
N22
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$46,039.00 (CUARENTA Y SEIS MIL TREINTA Y NUEVE PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
PARTICIPACION Y CONSULTAS
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
SUPERVISAR MECANISMOS DE COORDINACION CON DIVERSOS ACTORES
DE
LA
SOCIEDAD,
CON
LA
FINALIDAD
DE
DESARROLLAR
EL
FORTALECIMIENTO
DE
LA
INTERRELACION
ENTRE
CIUDADANIA,
GOBIERNO Y LOS GRUPOS DE ATENCION PRIORITARIA.
2.
PROPONER ACCIONES DE SENSIBILIZACION, FORMACION Y DIFUSION
SOBRE LA IMPORTANCIA DEL CUIDADO SOCIAL DE LOS GRUPOS EN
SITUACION DE VULNERABILIDAD, PARA COADYUVAR A LA INCLUSION
SOCIAL Y AL RESPETO DE LA DIGNIDAD HUMANA.
3.
DESARROLLAR
METODOLOGIAS
DE
EVALUACION
DE
TECNICAS
PEDAGOGICAS, PARA PROPONER MEJORAS EN LA IMPLEMENTACION DE
PROGRAMAS Y ACCIONES EN MATERIA DE CAPACIDADES CIUDADANAS
DE GRUPOS PRIORITARIOS.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
173
4.
COORDINAR
ACCIONES
DE
SENSIBILIZACION
Y
FORMACION,
EN
CONJUNTO
CON
INSTITUCIONES
GUBERNAMENTALES
Y
NO
GUBERNAMENTALES RELATIVAS AL DESARROLLO DE CAPACIDADES
CIUDADANAS, PARA FORTALECER LA RESPONSABILIDAD SOCIAL ANTE
LOS GRUPOS PRIORITARIOS, QUE COADYUVEN AL DESARROLLO DE
CONDUCTAS DEMOCRATICAS.
5.
EVALUAR LAS INVESTIGACIONES APLICADAS DE IDENTIFICACION DE
COMPORTAMIENTOS
EXCLUYENTES
Y
DISCRIMINATORIOS
DE
LOS
GRUPOS PRIORITARIOS, PARA REORIENTAR ACCIONES QUE COADYUVEN
AL RESPETO E INCLUSION SOCIAL DE NIÑAS, NIÑOS, JOVENES, MUJERES
E INDIGENAS.
6.
PROPONER MESAS, TALLERES, FOROS, CONGRESOS O CUALQUIER OTRA
ACTIVIDAD DE DIFUSION, DIVULGACION O CAPACITACION EN MATERIA DE
DESARROLLO DE CAPACIDADES SOCIALES EN NIÑAS, NIÑOS, JOVENES,
MUJERES E INDIGENAS, PARA PROPICIAR SU INVOLUCRAMIENTO EN LOS
ASUNTOS PUBLICOS Y COMUNITARIOS.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
MERCADOTECNIA Y
COMERCIO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES COMERCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
GOBIERNO Y ASUNTOS
PUBLICOS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
SOCIOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
EDUCACION
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS TECNOLOGICAS
PROCESOS TECNOLOGICOS
CIENCIA POLITICA
ANALISIS DE INTELIGENCIA
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
ANTROPOLOGIA
ANTROPOLOGIA SOCIAL
CIENCIAS SOCIALES
RELACIONES PUBLICAS
CIENCIA POLITICA
RELACIONES
INTERNACIONALES
SOCIOLOGIA
CAMBIO Y DESARROLLO
SOCIAL
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
174
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
POLITICA SECTORIAL
CULTURA
CIENCIA POLITICA
OPINION PUBLICA
SOCIOLOGIA
SOCIOLOGIA GENERAL
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
17.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE ADQUISICIONES B
04-812-1-M1C015P-0001125-E-C-N
Nivel
Administrativo
N22
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$46,039.00 (CUARENTA Y SEIS MIL TREINTA Y NUEVE PESOS M.N.) MONTO DE
LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
RECURSOS MATERIALES Y
SERVICIOS GENERALES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DESARROLLAR ACCIONES DE CONTRATACION DE SERVICIOS GENERALES
A TRAVES DE LICITACIONES PUBLICAS, INVITACIONES A CUANDO MENOS
TRES PERSONAS Y ADJUDICACIONES DIRECTAS CON FUNDAMENTO EN EL
ARTICULO 42 DE LA LAASSP, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA
NORMATIVIDAD VIGENTE Y APLICABLE.
2.
VERIFICAR EL REGISTRO EN COMPRANET DE LOS PROCEDIMIENTOS
DE ADQUISICION Y CONTRATACION DE SERVICIOS, CON LA FINALIDAD DE
DAR CUMPLIMIENTO A LA NORMATIVIDAD VIGENTE Y APLICABLE.
3.
VIGILAR
LOS
SISTEMAS,
PROCEDIMIENTOS
Y
MECANISMOS
DE
ADQUISICION Y CONTRATACION DE SERVICIOS, PARA ASEGURAR LA
ATENCION OPORTUNA DE LOS REQUERIMIENTOS DE LAS UNIDADES Y
ORGANOS DESCONCENTRADOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION.
4.
SUPERVISAR LA INTEGRACION DE LOS EXPEDIENTES DE CONTRATACION
REALIZADOS POR EL AREA EN MATERIA DE SERVICIOS, PARA DAR
CUMPLIMIENTO A LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y
SERVICIOS DEL SECTOR PUBLICO Y SU REGLAMENTO EN MATERIA DE
INFORMACION Y VERIFICACION.
5.
PROGRAMAR CON LAS AREAS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, EL
ANALISIS Y REVISION DE SUS LOS EXPEDIENTES DE SOLICITUDES DE
CONTRATACION EN MATERIA DE SERVICIOS, A FIN DE ORIENTARLAS A
QUE LA INTEGRACION CUMPLA CON LOS CRITERIOS Y NORMAS
ESTABLECIDAS.
6.
FORMULAR LAS CONSULTAS ANTE LA SECRETARIA DE LA FUNCION
PUBLICA CON RESPECTO A LAS BASES DE LICITACION Y CONTRATACION
DE SERVICIOS, PARA ASEGURAR QUE DICHOS PROCESOS SE REALICEN
EN APEGO A CRITERIOS DE IMPARCIALIDAD Y TRANSPARENCIA.
7.
COORDINAR LAS LABORES DE REVISION Y FORMALIZACION DE PEDIDOS
DE LAS CONTRATACIONES AUTORIZADAS, PARA CONTAR CON LOS
SERVICIOS
QUE
SE
REQUIERAN
EN
ESTRICTO
APEGO
A
LA
NORMATIVIDAD.
8.
PRESENTAR
A
LA
PERSONA
TITULAR
DE
LA
DIRECCION
DE
ADQUISICIONES, LA INFORMACION RELACIONADA CON LOS SERVICIOS,
PARA
DAR
ATENCION
A
REQUERIMIENTOS
EN
MATERIA
DE
TRANSPARENCIA Y REVISIONES POR PARTE DE CUALQUIER ORGANO
FISCALIZADOR.
9.
SUPERVISAR LA ELABORACION DE INFORMES, REPORTES O CUALQUIER
OTRO DOCUMENTO DERIVADO DE LAS FUNCIONES Y CONTRATACIONES
DE SERVICIOS, PARA PROVEER DE LA INFORMACION COMPROBATORIA
DE LAS ACTIVIDADES REALIZADAS EN LA MATERIA.
10. ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
175
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
TURISMO
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
DISEÑO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
18.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE ATENCION A CONFLICTOS SOCIALES Y POLITICOS
04-217-1-M1C015P-0000075-E-C-T
Nivel
Administrativo
N21
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$44,946.00 (CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS
PESOS M.N.) MONTO DE LA REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE
PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
ANALISIS Y PROSPECTIVA PARA
LA POLITICA INTERIOR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
INSTRUMENTAR ACCIONES DE RECOPILACION Y SEGUIMIENTO DE
INFORMACION EN MATERIA DE CONFLICTOS SOCIALES Y POLITICOS QUE
SE PRESENTEN EN EL PAIS, A FIN DE COADYUVAR EN LA FORMULACION
DE ESTUDIOS Y DIAGNOSTICOS QUE APOYEN LA TOMA DE DECISIONES
RESPECTO A LA ATENCION DE DICHOS CONFLICTOS.
2.
SUPERVISAR EL PROCESO DE REVISION Y ANALISIS DE LA INFORMACION
DE LOS PLANTEAMIENTOS SOBRE TEMAS POLITICOS Y SOCIALES QUE
PONGAN EN RIESGO LA ESTABILIDAD DE LA POBLACION, PARA
PROPORCIONAR ELEMENTOS EN EL DISEÑO DE ESTRATEGIAS EN LA
ATENCION DE LOS MISMOS.
3.
COORDINAR
ACCIONES
DE
VINCULACION
CON
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS, ORGANOS DESCONCENTRADOS, DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, RESPONSABLES
DE LA ATENCION DE LOS CONFLICTOS DE POLITICA INTERIOR, PARA
CONTRIBUIR
EN
EL
ESTABLECIMIENTO
DE
ESTRATEGIAS
DE
CANALIZACION Y DESAHOGO DE LOS CONFLICTOS.
4.
GENERAR INFORMES DE SEGUIMIENTO A LAS ACCIONES IMPLEMENTADAS
EN
LA
SOLUCION
DE
CONFLICTOS
POLITICO-SOCIALES,
PARA
PROPORCIONAR ELEMENTOS TECNICOS QUE PERMITAN EVALUAR EL
GRADO DE AVANCE DE LAS PROBLEMATICAS PRESENTADAS.
5.
SUPERVISAR EL PROCESO DE DISEÑO DE NUEVOS PRODUCTOS DE
INFORMACION EN COORDINACION CON LAS INSTANCIAS COMPETENTES,
PARA CONTAR CON HERRAMIENTAS QUE FACILITEN LA ATENCION DE LOS
TEMAS DE GOBERNABILIDAD DEMOCRATICA Y POLITICA INTERIOR.
6.
EVALUAR LAS ACCIONES DE SEGUIMIENTO A LOS PROCESOS DE
ATENCION DE LOS CONFLICTOS POLITICO-SOCIALES QUE SE PRESENTAN
EN EL PAIS, PARA IDENTIFICAR LA POSTURA Y POSICIONAMIENTO DE LA
SECRETARIA DE GOBERNACION EN LA CIUDADANIA.
7.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
176
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
19.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE INTEGRACION DOCUMENTAL
04-111-1-M1C015P-0000187-E-C-Q
Nivel
Administrativo
N11
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$39,078.00 (TREINTA Y NUEVE SETENTA Y OCHO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
COMUNICACION SOCIAL
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
COORDINAR
ACCIONES
DE
RECOPILACION
DE
LA
INFORMACION
GENERADA EN LOS MEDIOS DE COMUNICACION ESCRITA, PARA LA
IDENTIFICACION DE PROBLEMAS EMERGENTES EN LA ESFERA DE
COMPETENCIA DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION.
2.
SUPERVISAR EL ANALISIS Y SINTESIS DE LA INFORMACION EMITIDA EN
LOS MEDIOS IMPRESOS, PARA PROPORCIONAR DOCUMENTOS DE
INTERES A LOS FUNCIONARIOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION,
QUE FACILITEN LA TOMA DE DECISIONES.
3.
VERIFICAR LA INTEGRACION DE DOCUMENTOS INFORMATIVOS SOBRE
TEMAS CRITICOS DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, PUBLICADOS EN
MEDIOS ESCRITOS, PARA SU CONOCIMIENTO Y DIFUSION A LAS AREAS DE
LA DEPENDENCIA, A FIN DE QUE CONOZCAN EL IMPACTO DEL QUEHACER
INSTITUCIONAL Y LOS PUNTOS DE VISTA DE LOS DIVERSOS ACTORES
QUE INTERVIENEN EN LA VIDA POLITICA NACIONAL.
4.
COORDINAR LA REVISION DE LOS MEDIOS DE COMUNICACION ESCRITA,
PARA SELECCIONAR POR GENEROS DE OPINION LA INFORMACION
REFERENTE A LA SECRETARIA DE GOBERNACION Y DETERMINAR POR
TEMAS DE COYUNTURA LA ACTUALIZACION DEL BANCO DE DATOS.
5.
VIGILAR EL PROCESO DE CONTROL Y ARCHIVO DE LAS PUBLICACIONES
EN MEDIOS DE COMUNICACION ESCRITA DE LOS TEMAS DE INTERES Y/O
COMPETENCIA DE LA SECRETARIA DE GOBERNACION, PARA ENRIQUECER
EL BANCO DE DATOS Y ACERVO DOCUMENTAL DE LA DIRECCION
GENERAL DE COMUNICACION SOCIAL.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
177
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
20.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE INTEGRACION Y ANALISIS DE INFORMACION
04-217-1-M1C015P-0000062-E-C-T
Nivel
Administrativo
N11
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$39,078.00 (TREINTA Y NUEVE SETENTA Y OCHO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
ANALISIS Y PROSPECTIVA PARA
LA POLITICA INTERIOR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
DESARROLLAR ANALISIS Y ESTUDIOS LEGISLATIVOS, PARA IDENTIFICAR
ELEMENTOS DE CONTENIDO, PRESENTACION, VIABILIDAD Y EN SU CASO
DE DESAHOGO DE LOS ASUNTOS SOBRE PROGRAMAS SOCIALES Y
POLITICOS
EN
CONGRUENCIA
CON
ORDENAMIENTOS
JURIDICOS
APLICABLES.
2.
INSTRUMENTAR MECANISMOS DE RECOPILACION Y COMPILACION DE
INFORMACION EN EL SEGUIMIENTO DE PROGRAMAS SOCIALES Y
POLITICOS, PA1RA ANALIZAR LA CONGRUENCIA Y HOMOGENEIDAD CON
EL ORDEN JURIDICO NACIONAL.
3.
IMPLEMENTAR MECANISMOS DE IDENTIFICACION DE ALCANCES Y LIMITES
DE PROYECTOS DE INICIATIVAS DE LEY, PARA LA REALIZACION DE
DIAGNOSTICOS SITUACIONALES Y VIABILIDAD DE PROGRAMAS SOCIALES
Y POLITICOS.
4.
PARTICIPAR CONJUNTAMENTE CON LAS UNIDADES DE LA DEPENDENCIA,
EN LA IDENTIFICACION Y CLASIFICACION DE LAS DIFERENTES VARIABLES
DE
ESTUDIO
SOBRE
DIAGNOSTICOS
SITUACIONALES,
PARA
LA DETERMINACION DE LA BUSQUEDA DE CONSENSOS, ASI COMO DE LA
VIABILIDAD DE PROPUESTAS DE PROGRAMAS SOCIALES Y POLITICOS.
5.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
EDUCACION Y HUMANIDADES
ARTES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
178
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
21.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE PROGRAMAS DE GOBERNABILIDAD
04-219-1-M1C015P-0000027-E-C-G
Nivel
Administrativo
N11
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$39,078.00 (TREINTA Y NUEVE SETENTA Y OCHO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
EVALUACION DE ESCENARIOS DE
GOBERNABILIDAD
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
APLICAR LOS PROCEDIMIENTOS DE ANALISIS DE LA INFORMACION DE
PROGRAMAS DE GOBERNABILIDAD, PARA COADYUVAR EN LA EMISION DE
RESOLUCIONES EN EL AMBITO DE LA DIRECCION GENERAL.
2.
EFECTUAR
LOS
ESTUDIOS
DE
VIABILIDAD
TECNICA
DE
LOS
PLANTEAMIENTOS QUE INGRESAN DE DIVERSAS INSTANCIAS EN MATERIA
DE PROGRAMAS DE GOBERNABILIDAD, PARA PRESENTAR AL SUPERIOR
JERARQUICO LOS RESULTADOS DE LAS VALORACIONES OBTENIDAS.
3.
INSTITUIR
LAS
ACCIONES
Y
TRABAJOS
DE
INTEGRACION
DE
INFORMACION QUE GENERAN LOS PROGRAMAS DE GOBERNABILIDAD,
PARA
CONTAR
CON
DATOS
TECNICOS
QUE
CONTRIBUYAN
AL
SEGUIMIENTO Y EVALUACION DE LOS MISMOS.
4.
PROPORCIONAR INFORMACION Y ORIENTACION TECNICA Y/O JURIDICA A
LAS INSTANCIAS QUE LO REQUIERAN EN RELACION A LOS PROGRAMAS
DE GOBERNABILIDAD, PARA COADYUVAR EN LA ELABORACION DE
PROYECTOS QUE REQUIERAN DICTAMINACION DEL AREA.
5.
GENERAR ESTUDIOS COMPARADOS DE LA NORMATIVIDAD APLICABLE EN
TEMAS
DE
GOBERNABILIDAD,
PARA
DETECTAR
ELEMENTOS
DE
CARACTER JURIDICO QUE REPERCUTAN EN EL DESARROLLO DE LAS
FUNCIONES DEL AREA.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
179
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
22.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE EVALUACION DE ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y
CAMPAÑAS GUBERNAMENTALES A
04-272-1-M1C015P-0000051-E-C-A
Nivel
Administrativo
N11
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$39,078.00 (TREINTA Y NUEVE SETENTA Y OCHO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
NORMATIVIDAD DE
COMUNICACION
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
SUPERVISAR EL PROCESO DE ANALISIS Y EVALUACION DE LOS
PROGRAMAS Y CAMPAÑAS DEL SECTOR AMBIENTAL, SEGURIDAD SOCIAL,
SALUD, COMUNICACION, MARINA, HACENDARIO Y ENERGETICO, PARA
VERIFICAR
EL
CUMPLIMIENTO
DEL
ACUERDO
POR
EL
QUE
SE
ESTABLECEN LOS LINEAMIENTOS, ESTRATEGIAS, NORMAS, POLITICAS Y
CRITERIOS EN MATERIA DE DIFUSION.
2.
COORDINAR Y EVALUAR LAS ESTRATEGIAS DE LOS ENTES PUBLICOS
PERTENECIENTES A LOS SECTORES A CARGO, CON EL PROPOSITO
DE CONTRIBUIR EN LOS PROCESOS DE PLANEACION Y PROGRAMACION
DE LA DIFUSION ESTRATEGICA DE LAS CAMPAÑAS Y PROGRAMAS
GUBERNAMENTALES DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
3.
VIGILAR LOS TRABAJOS DE ANALISIS Y LOS PROYECTOS DE RESPUESTA
A
LAS
SOLICITUDES
DE
AUTORIZACION
DE
LAS
ESTRATEGIAS,
PROGRAMAS Y CAMPAÑAS DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, PARA COMPROBAR QUE SE
ENCUENTREN
EN
ESTRICTO
APEGO
A
LA
NORMATIVIDAD
EN
COMUNICACION SOCIAL.
4.
COORDINAR EL PROCESO DE ANALISIS Y EVALUACION DE LOS OBJETIVOS
ESTABLECIDOS EN LAS ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y CAMPAÑAS DE
COMUNICACION DE LOS SECTORES QUE TIENE ASIGNADOS, PARA
CONSTATAR QUE DERIVEN DEL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO Y/O DE
LOS PROGRAMAS SECTORIALES O ESPECIALES CORRESPONDIENTES.
5.
INSTRUMENTAR ACCIONES DE SEGUIMIENTO A LA IMPLEMENTACION DE
LAS ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y CAMPAÑAS GUBERNAMENTALES EN EL
EJERCICIO FISCAL VIGENTE, PARA VERIFICAR QUE SE ENCUENTREN EN
ESTRICTO APEGO A LA NORMATIVIDAD EN COMUNICACION SOCIAL.
6.
SUPERVISAR LAS ACCIONES DE APOYO TECNICO OTORGADO A LAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL,
PARA COADYUVAR EN LA PLANEACION Y DIFUSION DE SUS CAMPAÑAS
GUBERNAMENTALES.
7.
COORDINAR LOS MECANISMOS DE ENLACE CON LAS AREAS DE
COMUNICACION SOCIAL DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL DE LOS SECTORES QUE TIENE A SU
CARGO,
PARA
DETERMINAR
DE
MANERA
CONJUNTA
LOS
REQUERIMIENTOS
DE
APOYO
EN
MATERIA
DE
EVALUACION
DE
ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y CAMPAÑAS DEL GOBIERNO FEDERAL.
8.
SUPERVISAR
EL
PROCESO
DE
OPERACION
DEL
SISTEMA
DE
INFORMACION DE NORMATIVIDAD DE COMUNICACION (SINC), PARA
ASEGURAR LA ATENCION DE LAS SOLICITUDES Y RESULTADO DE LAS
EVALUACIONES A LAS ESTRATEGIAS Y PROGRAMAS DE COMUNICACION
SOCIAL Y DE PROMOCION Y PUBLICIDAD DE LAS DEPENDENCIAS Y
ENTIDADES DEL SECTOR ASIGNADO.
9.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
180
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
EDUCACION Y HUMANIDADES
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
MERCADOTECNIA Y
COMERCIO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
SOCIOLOGIA
SOCIOLOGIA GENERAL
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
CIENCIA POLITICA
SISTEMAS POLITICOS
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
SOCIOLOGIA
CAMBIO Y DESARROLLO
SOCIAL
SOCIOLOGIA
PROBLEMAS SOCIALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIA POLITICA
OPINION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
AUDITORIA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
23.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE OPERACION DE ACCIONES INTEGRALES
04-516-1-M1C015P-0000041-E-C-T
Nivel
Administrativo
N11
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$39,078.00 (TREINTA Y NUEVE SETENTA Y OCHO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
VINCULACION CON
ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO
DEMOCRATICO
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
SUPERVISAR LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES QUE FORTALEZCAN Y
CONSOLIDEN LA VINCULACION ENTRE SOCIEDAD CIVIL Y DEPENDENCIAS
DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, CON EL FIN DE ASEGURAR LA
COLABORACION Y PARTICIPACION DE LAS ORGANIZACIONES EN EL
DESARROLLO DEMOCRATICO DEL PAIS.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
181
2.
COORDINAR
LA
ELABORACION
DE
LOS
CRONOGRAMAS
SOBRE
LA IMPLEMENTACION DE ACCIONES INTEGRALES RELATIVAS A LA
VINCULACION CON SOCIEDAD CIVIL, PARA CONTAR CON HERRAMIENTAS
QUE COADYUVEN EN EL SEGUIMIENTO DE LAS POLITICAS EN MATERIA DE
COOPERACION CON LAS ORGANIZACIONES.
3.
DESARROLLAR MECANISMOS DE EVALUACIONES DE DISEÑO O DE
GESTION DE ACCIONES, ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y PROYECTOS
RELACIONADOS CON LAS ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD CIVIL, PARA
CONSTRUIR HERRAMIENTAS DE MEJORA DE LOS PROCESOS Y LA TOMA
DE DECISIONES.
4.
INSTRUMENTAR ESTRATEGIAS DE MONITOREO DE LAS ACCIONES
INTEGRALES REALIZADAS EN EL TERRITORIO NACIONAL COMO PARTE DE
LAS ACTIVIDADES DE VINCULACION CON LA SOCIEDAD CIVIL, PARA
OBTENER INFORMACION SOBRE LOS RESULTADOS DE PROSPECTIVA QUE
COADYUVEN A LA TOMA DE DECISIONES.
5.
COORDINAR EL DESARROLLO DE SEMINARIOS, CAPACITACIONES O
MESAS DE TRABAJO CON ACTORES SOCIALES Y/O SERVIDORES
PUBLICOS, PARA CONTRIBUIR EN LA REALIZACION DE ACCIONES,
ESTRATEGIAS,
PROGRAMAS
O
PROYECTOS
RELATIVOS
A
LA
IMPLEMENTACION
DE
LAS
POLITICAS
DE
VINCULACION
ENTRE
ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL Y SOCIEDAD CIVIL.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ANTROPOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
SOCIOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION Y
PERIODISMO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICA Y GESTION SOCIAL
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ETNOLOGIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
OPINION PUBLICA
SOCIOLOGIA
GRUPOS SOCIALES
ANTROPOLOGIA
ANTROPOLOGIA SOCIAL
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
182
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
24.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE PROSPECTIVA PARA LA INCIDENCIA SOCIAL
04-516-1-M1C015P-0000042-E-C-T
Nivel
Administrativo
N11
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$39,078.00 (TREINTA Y NUEVE SETENTA Y OCHO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
VINCULACION CON
ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO
DEMOCRATICO
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
SUPERVISAR LOS TRABAJOS DE RECOPILACION DE INFORMACION QUE
APOYE EN LA CONSTRUCCION DE METODOLOGIAS E INSTRUMENTOS,
PARA COADYUVAR EN LA CONDUCCION DE LAS RELACIONES ENTRE
SOCIEDAD CIVIL Y EL GOBIERNO FEDERAL.
2.
INSTRUMENTAR LOS PROCESOS DE ANALISIS DE LOS RESULTADOS DE
INVESTIGACIONES, ESTUDIOS Y DIAGNOSTICOS PROSPECTIVOS, SOBRE
LAS RELACIONES ENTRE SOCIEDAD CIVIL Y LA ADMINISTRACION PUBLICA
FEDERAL, A FIN DE IDENTIFICAR AREAS DE OPORTUNIDAD QUE PERMITAN
MEJORAS EN LOS PROCESOS Y CREAR ACCIONES INTEGRALES DE
COOPERACION.
3.
DESARROLLAR METODOLOGIAS DE EVALUACION DE LOS ASPECTOS
NORMATIVOS, ESTADISTICOS E HISTORICOS RELACIONADOS CON LAS
POLITICAS DE VINCULACION CON LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD
CIVIL, PARA HOMOLOGAR LA CONSTRUCCION DE ACCIONES INTEGRALES
EN EL AMBITO DE LA DIRECCION GENERAL DE VINCULACION CON
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL.
4.
DESARROLLAR LAS ACCIONES QUE PERMITAN LA PARTICIPACION DE LA
DIRECCION GENERAL EN COLOQUIOS, CONFERENCIAS Y MESAS DE
TRABAJO, ACERCA DE LA VINCULACION ENTRE SOCIEDAD CIVIL Y
ADMINISTRACION
PUBLICA
FEDERAL,
PARA
COADYUVAR
EN
LA
COMPILACION DE DATOS QUE CONSTRUYAN Y FOMENTEN ACTIVIDADES
DE COLABORACION CON LAS ORGANIZACIONES CIVILES.
5.
COORDINAR
MECANISMOS
DE
EVALUACION
DE
LAS
ACCIONES
INTEGRALES QUE PERMITAN LA IDENTIFICACION DE LA INCIDENCIA
SOCIAL DE LAS POLITICAS DE VINCULACION, CON EL FIN DE DETECTAR Y
PROMOVER ASPECTOS DE MEJORAS EN LAS LABORES DE GOBIERNO
SOBRE LA PARTICIPACION DE LAS ORGANIZACIONES EN LA VIDA POLITICA
DEL PAIS.
6.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ANTROPOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
183
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
HUMANIDADES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ARQUITECTURA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
SOCIOLOGIA
COMUNICACIONES
SOCIALES
CIENCIA POLITICA
SOCIOLOGIA POLITICA
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
TEORIA Y METODOS
GENERALES
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
25.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE COOPERACION CON REDES TEMATICAS
04-516-1-M1C015P-0000046-E-C-T
Nivel
Administrativo
N11
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$39,078.00 (TREINTA Y NUEVE SETENTA Y OCHO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
VINCULACION CON
ORGANIZACIONES DE LA
SOCIEDAD CIVIL Y DESARROLLO
DEMOCRATICO
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
INSTRUMENTAR MECANISMOS DE COMUNICACION CON ACTORES DE LA
SOCIEDAD CIVIL INTERESADOS EN PARTICIPAR EN LOS PROYECTOS DE
PROMOCION A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL DE VINCULACION CON
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, PARA COADYUVAR EN EL
LOGRO DE LAS METAS Y OBJETIVOS EN COMUN.
2.
ESTABLECER LA PLANIFICACION MENSUAL CON RESPECTO A LOS
CONTENIDOS A TRATAR EN LOS PROYECTOS DE PROMOCION A CARGO
DE LA DIRECCION GENERAL DE VINCULACION CON ORGANIZACIONES DE
LA SOCIEDAD CIVIL, PARA FORTALECER LOS PROGRAMAS EN MATERIA
DE COOPERACION.
3.
COORDINAR EL PROCESO DE DISEÑO DE ESTRATEGIAS DE PROMOCION
CON
RELACION
A
LOS
TRABAJOS
Y
PROGRAMAS
DE
LAS
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, A FIN DE CONTRIBUIR EN EL
LOGRO DE SUS LAS METAS Y OBJETIVOS.
4.
SUPERVISAR LAS TAREAS DE SEGUIMIENTO Y ACTUALIZACION A LOS
TEMAS DE INTERES Y COYUNTURA, A FIN DE PROVEER INFORMACION DEL
ESTADO QUE GUARDAN LOS CONFLICTOS, POLITICOS, SOCIALES Y
CIVILES ASIGNADOS QUE PERMITA DEFINIR ALTERNATIVAS DE TRABAJO
EN CONJUNTO CON LA SOCIEDAD Y EN LA RESOLUCION DE LOS TEMAS.
5.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
184
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
SOCIOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
RELACIONES
INTERNACIONALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
EDUCACION Y HUMANIDADES
COMUNICACION GRAFICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
26.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE INTEGRACION DOCUMENTAL
04-811-1-M1C015P-0000433-E-C-O
Nivel
Administrativo
N11
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$39,078.00 (TREINTA Y NUEVE SETENTA Y OCHO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL DE
PROGRAMACION Y
PRESUPUESTO
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
SUPERVISAR LOS TRABAJOS DE VERIFICACION Y ANALISIS RELATIVOS A
LA
DOCUMENTACION
COMPROBATORIA
Y
JUSTIFICATIVA
DE
LOS
SERVICIOS Y BIENES CONTRATADOS, ASI COMO AQUELLOS POR
CONCEPTO DE ARRENDAMIENTO Y OBRA PUBLICA, PARA COADYUVAR EN
EL CONTROL DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL DE LA DEPENDENCIA.
2.
VIGILAR LA INTEGRACION DOCUMENTAL DE LAS CUENTAS POR LIQUIDAR
CERTIFICADAS Y DE LOS EXPEDIENTES DE PAGO, PARA ASEGURAR SU
ENTREGA Y REGISTRO EN EL AREA CONTABLE.
3.
COMUNICAR LAS OBSERVACIONES EFECTUADAS A LA DOCUMENTACION
COMPROBATORIA Y JUSTIFICATIVA DEL GASTO A LA VENTANILLA UNICA,
PARA CONTRIBUIR EN LA CONSECUCION DEL TRAMITE DE PAGO
RESPECTIVO.
4.
COORDINAR LA REVISION Y PROGRAMACION DE LOS PAGOS A
PROVEEDORES CONTRA RECURSOS DEL FONDO DE DESASTRES
NATURALES (FONDEN), PARA COADYUVAR EN EL CUMPLIMIENTO DE LOS
COMPROMISOS
DERIVADOS
DE
EMERGENCIAS
DE
DESASTRES
NATURALES Y ATENCION A LA POBLACION.
5.
SUPERVISAR EL TRAMITE DE LIBERACION DEL PAGO A TRAVES DEL
SISTEMA SAP/R3, PARA ASEGURAR LA DISPONIBILIDAD DEL RECURSO
PRESUPUESTAL EN EL PAGO A PROVEEDORES.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
185
6.
VERIFICAR EL PROCESO DE RECUPERACION DEL GASTO DEL FONDEN,
PARA CONTAR CON LA SUFICIENCIA PRESUPUESTAL Y REGULARIZACION
DEL MISMO.
7.
REPRESENTAR A LA DIRECCION GENERAL EN LOS SUBCOMITES
REVISORES DE BASES PARA LOS PROCESOS DE ADQUISICIONES Y
OBRAS, A FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS
EN LA MATERIA.
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
27.
Denominación
y Código de
Puesto
SUBDIRECTOR (A) DE ESTUDIOS COMPARATIVOS
EN MATERIA DE JUSTICIA ESTATAL
04-921-1-M1C015P-0000013-E-C-T
Nivel
Administrativo
N11
SUBDIRECCION DE AREA
Número de
vacantes
UNA (01)
Remuneración
Bruta mensual
$39,078.00 (TREINTA Y NUEVE SETENTA Y OCHO PESOS M.N.) MONTO DE LA
REMUNERACION CONFORME AL MANUAL DE PERCEPCIONES 2025
Adscripción del
Puesto
DIRECCION GENERAL PARA EL
FORTALECIMIENTO DE LOS
TRIBUNALES SUPERIORES Y LAS
PROCURADURIAS ESTATALES
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Funciones
Principales
1.
GENERAR ENLACES DE COORDINACION CON LOS DIFERENTES ACTORES
INVOLUCRADOS EN MATERIA DE JUSTICIA EN LOS ESTADOS, A EFECTO
DE FORTALECER LAS ACCIONES DEL GOBIERNO FEDERAL EN EL MARCO
DEL SISTEMA DE JUSTICIA.
2.
DESARROLLAR ACCIONES DE COOPERACION CON LAS INSTITUCIONES
ENCARGADAS DE LA IMPARTICION Y PROCURACION DE JUSTICIA EN LOS
ESTADOS, PARA DAR ATENCION PUNTUAL Y OPORTUNA A LOS ASUNTOS
DE SU COMPETENCIA.
3.
EVALUAR LOS RESULTADOS DE LA VINCULACION INTERINSTITUCIONALES
SOBRE EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA DE JUSTICIA, PARA
COADYUVAR EN EL MEJORAMIENTO DE LAS INSTITUCIONES DE
PROCURACION E IMPARTICION DE JUSTICIA EN LAS DIFERENTES
ENTIDADES DEL PAIS.
4.
FORMULAR
ESTUDIOS COMPARATIVOS EN MATERIA DE JUSTICIA
ESTATAL, PARA DISPONER DE DATOS QUE SUSTENTE LA TOMA DE
DECISIONES POR PARTE DE LAS AUTORIDADES DE LA DIRECCION
GENERAL.
5.
ATENDER LAS DEMAS FUNCIONES QUE LAS DISPOSICIONES LEGALES Y
REGLAMENTARIAS LE ATRIBUYAN EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA,
ASI COMO AQUELLAS QUE LE CONFIERA EL JEFE INMEDIATO.
186
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Perfil que
deberán cubrir
las personas
aspirantes (con
base en el
catálogo de
TrabajaEn)
Escolaridad:
Nivel de Estudios: LICENCIATURA O PROFESIONAL
Grado de avance: TITULADO
Area de General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICA Y GESTION SOCIAL
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
POLITICAS PUBLICAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
GOBIERNO Y ASUNTOS
PUBLICOS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
Experiencia
Laboral:
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIA POLITICA
INSTITUCIONES POLITICAS
CIENCIA POLITICA
VIDA POLITICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
SOCIOLOGIA
PROBLEMAS SOCIALES
Capacidades
Gerenciales
1. ORIENTACION A RESULTADOS SISEPHSUB
2. TRABAJO EN EQUIPO SISEPHSUB
NIVEL 3 SUBDIRECCION DE AREA
Capacidades
Técnicas
VEASE EL TEMARIO A DETALLE EN LA CONVOCATORIA
PUBLICADA EN EL PORTAL www.trabajaen.gob.mx
Bases de Participación
1ª. Requisitos de participación.
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto, mismos que se señalan en la presente convocatoria.
La aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1º de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de
las personas, y lo dispuesto en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación. En virtud de lo
anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el
género, la edad, las discapacidades, la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la
apariencia física, las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones,
las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la situación familiar, las
responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes penales o cualquier otro motivo, para la pertenencia
al servicio.
Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales:
I.
Ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o ser persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar;
II.
No haber sido sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso;
III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en la administración pública;
IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministra o ministro de algún culto, y
V. No contar con inhabilitación para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
De conformidad con el artículo 38, fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
queda restringida la participación de quienes se ubiquen en los supuestos siguientes:
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
187
a)
Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal; contra
la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar
equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón
de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos, y
b)
Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
2ª. Documentación requerida.
La Revisión y Evaluación de Documentos, comprendida en la Etapa “Revisión Documental.“, específicamente
en lo relativo al perfil del puesto, (escolaridad, áreas y años de experiencia) se llevará a cabo con base en los
documentos que presenten las personas candidatas para verificar que estén fehacientemente acreditados lo
requisitos legales, conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos
por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los cuales podrán ser consultados en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
Cuando les sea solicitado, las personas candidatas deberán presentar la siguiente documentación:
I.
Formatos impresos y requisitados para el Subsistema de Ingreso (llenar a máquina o computadora los
datos personales):
a) Formato Revisión Documental;
b) Formato Evaluación de la Experiencia;
c) Formato Valoración del Mérito, y
d) Formato Escrito Bajo Protesta
Dichos
formatos
podrán
ser
descargados
en
la
siguiente
liga
electrónica:
https://nc.segob.gob.mx/s/c9K9K7HZ3MS4K8z
II.
Invariablemente deberán exhibir la siguiente DOCUMENTACION EN ORIGINAL O COPIA CERTIFICADA
LEGIBLE, acompañadas de copia simple tamaño carta por ambos lados cuando aplique:
a)
Hoja de bienvenida del portal TrabajaEn (pantalla inicial) legible donde aparezca claramente: su
nombre completo y escrito correctamente, así como su número de folio de participación en el
concurso del que se trate.
b)
Cédula de Identificación Fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, la cual
contiene el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), misma que deberá coincidir con los datos
registrados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
c)
Clave Unica de Registro de Población (CURP) https://www.gob.mx/curp/, misma que deberá coincidir
con los datos registrados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
d)
Identificación oficial VIGENTE con fotografía y firma, considerando únicamente: Credencial para
Votar INE vigente, Pasaporte vigente o Cartilla del Servicio Militar Nacional con hoja de liberación.
e)
Acta de nacimiento, tarjeta de residente temporal o tarjeta de residente permanente, según
corresponda.
f)
Escrito bajo protesta de decir verdad, disponible para descargar en la liga electrónica que se le
indique en el mensaje de invitación, para el cual deberá llenar y firmar en caso de cumplir con los
requisitos enunciados en el mismo, manifestando:
i.
De conformidad al artículo 38, Fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos que no cuenta con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la
vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la
intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en cualquiera de
sus modalidades y tipos; no ser declarada persona deudora alimentaria morosa;
ii.
Ser persona ciudadana mexicana en pleno ejercicio de mis derechos o persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar;
iii. No haber sido sentenciada o sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso;
iv. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en la administración pública;
v.
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministra o ministro de algún culto, y
vi. No contar con inhabilitación para el servicio público ni encontrarme con algún otro impedimento
legal.
188
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
vii. La inexistencia de alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de intereses;
viii. No ser parte en algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u otra Institución, y
ix. No prestar servicios profesionales mediante un contrato de honorarios o desempeñar otro
empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldía,
órgano constitucional autónomo de carácter estatal o federal; o bien, en caso contrario,
comprobar que cuenta con la determinación de compatibilidad de empleos respectiva.
x.
De conformidad al artículo 16 de la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos,
en caso de declarar falsedad respecto de la información requerida para obtener un dictamen de
compatibilidad favorable a sus intereses o de no contar con el mismo, quedará sin efectos el
nombramiento o vínculo laboral conforme a las disposiciones aplicables. Lo anterior, sin perjuicio
de las acciones legales que tengan lugar.
xi. Que la documentación probatoria de escolaridad y experiencia referidas en el CV de TrabajaEn y
presentada para la etapa de Revisión Documental “Evaluación de la Experiencia y Valoración de
Mérito”, es auténtica y que ha sido expedida por las Instituciones correspondientes. Asimismo,
que da consentimiento para que el personal de la Dirección General de Recursos Humanos
(DGRH) realice las consultas necesarias ante las instituciones correspondientes con la única
finalidad de verificar el origen y autenticidad de los documentos presentados, los cuales no
tienen calidad de datos personales sensibles, conforme a la definición que les atribuye el artículo
2 fracción VI de la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares;
xii. Que no se solicitó el examen de no gravidez y de VIH/SIDA como requisito para continuar en el
proceso de selección llevado a cabo por esta dependencia, y
xiii. Si es o no persona Servidora Pública de Carrera Titular.
g)
Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (únicamente en el caso de hombres hasta los 40 años);
h)
Dos impresiones del Currículum Vítae de TrabajaEn actualizado, detallando funciones específicas en
el apartado denominado “experiencias en el cargo, puesto o posición” de cada experiencia laboral
registrada, además del lugar y periodo en el que laboró.
i)
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
i.
En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance
Titulado, sólo serán válidos el Título o Cédula Profesional registrados ante la Secretaría de
Educación Pública en términos de las disposiciones aplicables, o en su defecto la “Autorización
Provisional para ejercer la Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General
de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. El Comité Técnico de Selección
determinará si acepta los documentos que acrediten que el título o cédula profesional está en
trámite, asimismo el plazo por el cual se aceptarán.
ii.
En caso de haber realizado estudios en el extranjero, deberá presentar invariablemente, la
constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
iii. Para los casos en los que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará
Carta de Pasante expedida por la institución académica de procedencia o por la Secretaría de
Educación Pública, en su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber
cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
iv. En caso de que el requisito académico corresponda al nivel de bachillerato “Terminado o
Pasante”, las personas aspirantes deberán acreditar preferentemente con el certificado de
estudios oficial que indique que concluyó totalmente dicho nivel de estudios, de ser el caso
podrá acreditarlo con el nivel superior de Licenciatura con un documento oficial que indique que
tiene los estudios profesionales concluidos en su totalidad (por ejemplo: constancia de estudios
del 100% de créditos, título y/o cédula profesional).
v.
Para cubrir el requisito de la carrera genérica que se solicite en el concurso de que se trate, para
los puestos de nivel de enlace y jefatura de departamento u homólogos se deberá comprobar
dicho requisito con el grado escolar específico señalado en el perfil, sin opción a ser
comprobable por grado educativo distinto, mientras que para los puestos de nivel de
subdirección de área, dirección de área, dirección general u homólogos, se podrá comprobar
dicho requisito con el Título o Cédula Profesional registrados en la Secretaría de Educación
Pública en términos de las disposiciones aplicables, la “Autorización Provisional para ejercer la
Profesión por el Título en Trámite” expedida por la Dirección General de Profesiones de
la Secretaría de Educación Pública que avale el grado de maestría o doctorado en las áreas
académicas afines al perfil de puesto conforme al Catálogo de Carreras en TrabajaEn.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
189
vi. En lo que se refiere a la acreditación de la carrera genérica solicitada por el perfil del concurso
relacionada a la leyenda “Véase en el Catálogo de Carreras en TrabajaEn” publicada en la
convocatoria del Diario Oficial. La DGRH confrontará el comprobante de nivel de estudios
presentado por aquellas personas que aspiren contra las carreras genéricas solicitadas por el
perfil del puesto. En los casos, que los estudios referidos en el comprobante no sean
compatibles con alguna de las carreras genéricas contempladas por el perfil, se verificará contra
el Catálogo de Carreras publicado en el portal TrabajaEn, dentro del apartado “Documentación e
Información Relevante”. Cuando el nombre específico de la carrera presentada en el
comprobante por la persona candidata no aparezca dentro del alguna de las carreras genéricas
solicitadas por el perfil, se comparará contra el listado de las carreras específicas del catálogo,
si no apareciera, se procederá entonces conforme a la base 16ª fracción VI de estas
mismas bases.
j)
Presentar constancias con las que acredite su Experiencia.
Para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto sujeto a concurso se
considerarán las evidencias que acrediten la fecha de inicio y fecha de término de los puestos que
manifestó en su currículum registrado en Trabajaen al momento de la inscripción, sólo se
considerarán los empleos que coincidan con las áreas de experiencia solicitadas en el perfil, la razón
social que señale dicho comprobante deberá coincidir con la denominación de la empresa o
institución para la cual laboró; podrán aceptarse una o varias constancias de las que se citan
a continuación:
i.
Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital (https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
ii.
Constancia de semanas cotizadas del IMSS con cadena original y sello digital.
(https//www.imss.gob.mx/trámites/immss02025a).
iii. Hoja única de servicios o equivalente, con firmas y sello de la institución que la expide.
iv. Constancias de Nombramiento o Nombramientos, acompañados del último recibo de pago o
bien con la Constancia de baja al puesto de cada Nombramiento exhibido.
v.
Constancias de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión de la
relación laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o con cadena digital.
vi. Cartas o convenio de Finiquito, en el que se indique la fecha de inicio y la fecha de conclusión de
la relación laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas y sello del emisor.
vii. Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios,
los cuales deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado,
funciones realizadas y firmas autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de
terminación anticipada, deberá anexar la constancia respectiva.
viii. Documento denominado: “Constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados, crédito al
salario y subsidio para el empleo” o “Constancia de retenciones” emitidas por el SAT, mismas
que deberán indicar periodo laborado, firmas autógrafas y sello de retenedor, en caso de ser
electrónico, deberá de contener cadena original y sello digital.
ix. Recibos de pago, con datos de la institución o empresa que lo otorga, nombre de la persona
candidata, puesto y periodo de pago. Deberá presentar al menos 2 recibos por cada año
laborado. Sólo se computarán para el cumplimiento de los años de experiencia los periodos que
indiquen los recibos.
x.
Constancias de empleo en papel membretado u oficial, las cuales deberán especificar: fecha de
expedición, nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja,
indicando puesto(s) y/o funciones desempeñadas, con firma y cargo de la persona autorizada
para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y teléfonos de la institución
o empresa.
xi. Carta como persona Becaria, en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de expedición,
nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja, indicando funciones
desempeñadas, con firma y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica
con sello digital, con domicilio y teléfonos de la institución o empresa.
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xii. Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por la Secretaría
del Trabajo y Previsión Social, acompañada del Historial que contiene la información de
capacitación, el cual podrá obtener accediendo con su usuario y contraseña al portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado “Mi historial”.
xiii. Constancia de término y/o Liberación de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales, únicamente
para los concursos de nivel de Enlace. Quienes aspiren a ellos, podrán presentar dicho
documento emitido por la Institución en la cual se haya realizado o por la Institución educativa
que lo haya liberado así como las fechas de inicio y término, o con las cuales se acrediten las
áreas generales de experiencia solicitadas en el perfil del puesto de que se trate.
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y/o término del empleo que se pretenda
comprobar, no serán considerados y no se computarán para el cálculo del tiempo de experiencia
para acreditar el requisito estipulado en el perfil del puesto que se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona moral que hayan
fungido como patrón de la persona candidata, por lo que no se aceptará cualquier documento emitido
en forma unilateral por el propio trabajador.
En caso de que los comprobantes de experiencia hayan sido expedidos en el extranjero o bien, que
se presenten en un idioma diferente al español, deberán ser acompañados de una traducción simple,
firmada por la persona candidata.
k)
Presentar las constancias con las que acredite su Mérito.
Para la valoración del Mérito podrá presentar los documentos que lo comprueben tales como:
i.
Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas servidoras públicas de
carrera titulares, y se calificarán de acuerdo con las Calificaciones obtenidas en las evaluaciones
de desempeño anual. De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en
la última evaluación del desempeño anual, por lo que podrá presentar la hoja resumen de la
última evaluación, que contiene la calificación final obtenida, ésta deberá presentar firma y sello
de la dependencia donde fue evaluada, o en su defecto podrá presentar la información de
evaluaciones de desempeño que obtenga desde Rhnet. Para obtener las calificaciones de la
evaluación de desempeño desde RHnet deberá ingresar con su usuario y contraseña al portal
www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección de Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en
Consulta Mis Evaluaciones del Desempeño, imprimir el listado de calificaciones, luego dar clic
en “Ver Resumen” de la última evaluación desempeño e imprimir el resumen. En caso de no
contar con su evaluación desde RHnet, deberá dirigirse al área de Recursos Humanos de su
dependencia, para obtener ayuda.
ii.
Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas servidoras públicas
de carrera titulares, y se califica a través del promedio de la calificación de las acciones de
capacitación obtenidas por el servidor público de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato
anterior; esta calificación está contenida en la hoja resumen de la última evaluación de
desempeño y deberá estar firmada y sellada por la institución emisora.
iii. Resultados de procesos de certificación: Aplica sólo para personas servidoras públicas de
carrera titulares, y se calificará de acuerdo con el número de capacidades profesionales
certificadas vigentes obtenidas en puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera,
comprobables en la hoja resumen de la última evaluación del desempeño. En caso de haberse
certificado como persona servidora pública de carrera y no contar con su constancia, deberá
solicitarla en el área de Recursos Humanos de su dependencia.
iv. Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas candidatas en su labor
o campo de trabajo, a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron, optimizaron o
fortalecieron las funciones de su área de trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron
beneficio a la ciudadanía, por lo que podrá presentar las constancias respectivas como:
certificaciones en competencias laborales o habilidades profesionales distintas a las del Servicio
Profesional de Carrera publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros)
relacionadas con su campo de experiencia. En ningún caso se considerarán logros de tipo
político o religioso.
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DIARIO OFICIAL
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v.
Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión
o actividad individual, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten alguno o varios
de los siguientes supuestos: fungir como persona presidenta, vicepresidenta o integrante
fundadora de asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de investigación,
gremiales, estudiantiles o de profesionistas); recibir un título honorífico o un grado académico
honoris causa, otorgado por universidades o instituciones de educación superior; o por
graduarse con mención honorífica o con alguna distinción. En ningún caso se considerarán
distinciones de tipo político o religioso.
vi. Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón otorgado a la persona
candidata por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado, debido a la consecución
de algún mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá
presentar las constancias que acrediten la obtención de un reconocimiento o premio otorgado a
nombre de la persona candidata; reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de
investigación, a nombre de la persona candidata; en congresos, coloquios o equivalentes;
reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público; primer, segundo o tercer lugar,
que haya sido obtenido en competencias o certámenes públicos y abiertos, distintos a los
concursos del SPC. En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político,
religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o
equivalente.
vii. Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los mejores resultados, que
sobresalen en una profesión, ajena al campo de trabajo, del resto del quienes participan en la
misma, por lo que podrá presentar las constancias que acrediten contar con un Título o grado
académico obtenido en el extranjero, con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de
Educación Pública (SEP); patente a nombre de la persona candidata; servicio o misión realizada
en el extranjero; derechos de autor por obras publicadas a nombre de la persona candidata;
servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento de donativos).
En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o religioso.
viii. Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el
perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o del grado
máximo de estudios, concluido con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel
de estudio y al grado de avance requerido en el perfil del puesto vacante en concurso, por lo que
podrá presentar constancias de Diplomados, constancias de terminación de estudios, Título o
cédula profesional de nivel licenciatura, especialidad, maestría o doctorado.
ix. Habla de lengua indígena: se refiere al conocimiento de una lengua —en este caso, una de las
68 lenguas indígenas―, a la capacidad de usarla apropiadamente en determinadas situaciones
sociales. En virtud de lo anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los
siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1: - Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que señala
que es hablante de una lengua indígena nacional. - Acreditación de competencias comunicativas
generales, expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali) o por alguna otra
instancia acreditada por esta misma institución (con un resultado regular o bueno). - Acreditación
o documento equivalente a cursos, no menores a 220 horas, que avalen, al menos, un nivel
básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes. -Materiales elaborados en lenguas
indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios,
etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar fehacientemente su
autoría. -Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o
ha sido parte de procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de
lenguas indígenas. -Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados a la
interpretación o la atención en lengua indígena; o bien, mediante una traducción).
Nivel 2: - Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Inali o por
alguna otra instancia, acreditada por esta misma institución (con resultado excelente). -
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros, en alguna lengua indígena o sus variantes,
independientemente del campo de estudio del que se trate. En la presentación de estas
publicaciones se deberá acreditar fehacientemente su autoría. -Evidencias de trabajo que avalen
su experiencia como intérprete, mediador(a) bilingüe y/o traductor(a) de lenguas indígenas
(oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.)
En la presentación de estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
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Miércoles 11 de marzo de 2026
x.
Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
Acto voluntario, al tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que
se manifiesta la identificación propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente,
se calificará de acuerdo con la manifestación que realice la persona candidata en la revisión
documental durante el concurso, identificando por escrito de declaración de autoadscripción, el
nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
xi. Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento
de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos de
escolaridad y de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto
en concurso. Se calificará a la persona candidata que compruebe que al momento de la
publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.
xii. Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas candidatas que, a pesar de
presentar una discapacidad, cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia,
establecidos previamente en la descripción y perfil del puesto en concurso. Se calificará a la
persona candidata que se autoreconozca como persona con discapacidad. La persona
participante deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de su discapacidad.
l)
No obstante haber cubierto los puntos referidos, la Secretaría de Gobernación se reserva el derecho
de solicitar la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la revisión
curricular y documental en cualquier etapa del proceso; de no acreditarse su existencia o
autenticidad, se descalificará automáticamente, o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la
Secretaría de Gobernación, que se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
Al término de la Revisión Documental y una vez firmados los formatos de la etapa de Revisión Documental,
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, por aquellas personas que intervengan en éste, se
estarán aceptando los términos y condiciones, así como los puntajes señalados.
3ª. Registro de personas aspirantes.
La inscripción o el registro de aspirantes a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de Publicación
de la Convocatoria en el DOF, a través de la página TrabajaEn en la dirección: www.trabajaen.gob.mx.
Al aceptar las presentes Bases, se asignará un número de folio de participación para el concurso, que servirá
para formalizar la inscripción a éste e identificación durante el desarrollo del proceso hasta antes de la
Entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar el anonimato de quienes participan.
Programa del concurso:
Fase o Etapa
Fecha o plazo
Publicación de Convocatoria
11 de marzo del 2026
Registro de personas aspirantes y Revisión curricular (en la
herramienta www.trabajaen.gob.mx)
Del 11 al 25 de marzo del 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
El 26 de marzo del 2026
Examen de Conocimientos Técnicos
A partir del 30 de marzo de 2026
Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal
A partir del 30 de marzo de 2026
Revisión Documental.
De conformidad con lo referido en el Apartado: 2ª.
Documentación requerida.
A partir del 30 de marzo de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 30 de marzo de 2026
Evaluación de Habilidades
A partir del 30 de marzo de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
A partir del 30 de marzo de 2026
Determinación
A partir del 30 de marzo de 2026
En razón del número de aspirantes que participen en cada una de estas fases o Etapas, podrán estar sujetos
a cambios sin previo aviso, el orden de las mismas, las fechas y horarios; por lo que se recomienda dar
seguimiento al concurso a través de sus mensajes del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx de manera
puntual.
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se realizará en las mismas fechas
y horarios en su totalidad. Sin embargo, en caso de no contar con el suficiente espacio físico para aplicar una
herramienta de evaluación como se señaló, la DGRH podrá aplicarla de manera diferida en grupos, pero en
ningún caso se diferirá a una sola persona.
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DIARIO OFICIAL
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Si el índice de participación es de más de 250 personas, para la etapa de Evaluación de Conocimientos
Técnicos, la DGRH podrá dividir la aplicación de la evaluación en los días hábiles que resulten necesarios,
siempre y cuando éstos sean continuos y se anexe al expediente respectivo la evidencia documental
fehaciente, del total de registros de inscripción en el proceso.
4ª. Temarios.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán publicados únicamente en la
convocatoria difundida en el portal www.trabajaen.gob.mx.
5ª. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Gobernación comunicará a cada persona aspirante, la fecha, hora, lugar y/o medio en que
deberá aplicar las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, exclusivamente a través de
la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx, en el rubro "Mis Mensajes”.
Es importante mencionar que la DGRH de esta Secretaría, aplicará las herramientas de evaluación en
instalaciones propias, para el ingreso al inmueble se permitirá únicamente el acceso con la documentación
solicitada y bolígrafo, sin bolsas, mochilas o cualquier otro artículo adicional.
De conformidad con el artículo 254 de las “Disposiciones” la invitación se enviará con al menos dos días
hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto. En dichos comunicados, se especificará la
duración máxima de cada evaluación; así mismo, se informa que el tiempo de tolerancia para el inicio de
todos los exámenes, será de diez minutos, considerando como hora referencial la hora oficial de la Ciudad
de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de recepción.
Toda persona aspirante deberá considerar las previsiones necesarias de tiempo e imprevistos para sus
traslados ya que, de acuerdo con el principio de igualdad de oportunidades, NO procederá la reprogramación
de las fechas y horarios para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de las o de los
candidatos bajo ningún motivo. Transcurrido dicho tiempo no se permitirá por ningún motivo la aplicación de
ninguna de las etapas.
Quienes por decisión propia registren su participación para dos o más concursos en esta Secretaría y las
etapas de éstos sean programados el mismo día, hora y lugar; con la finalidad de hacer prevalecer el principio
de imparcialidad del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal,
deberán elegir el concurso por el cual continuará su participación, ya que una vez iniciada la sesión, por
ningún motivo se aplicarán exámenes y/o evaluaciones después de transcurrido el tiempo de tolerancia de la
etapa en proceso, razón por la cual, no podrá aplicarse más de una evaluación de manera simultánea.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa
"Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán lo siguiente:
I. ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 70, en una escala
de 0 a 100 sin decimales. Las personas que acrediten el examen de conocimientos técnicos podrán realizar la
segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal, cuya calificación se promediará con la del examen de conocimientos técnicos para obtener la
calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un
resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse en la fecha, lugar y
hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal, será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Los resultados aprobatorios de cada examen tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en
que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
En aquellos casos donde la plaza en concurso comparta perfil, requisitos legales y funciones, tratándose de
resultados aprobatorios de los exámenes de Conocimientos Técnicos, éstos tendrán vigencia de un año, en
relación con el puesto sujeto a concurso, siempre y cuando, no cambie el temario con el cual se evaluaron los
conocimientos de que se trate, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 35 del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
A fin de que la Secretaría de Gobernación esté en posibilidad de atender las solicitudes de quienes hubieran
aplicado las Evaluaciones de Conocimientos Técnicos en esta Dependencia del Ejecutivo Federal en la plaza
de que se trate, y requieran la revalidación del resultado aprobatorio del examen de conocimientos
mencionada en el párrafo anterior, deberá manifestarse expresamente mediante escrito fundamentado y
firmado autógrafamente, el cual deberá ser enviado por correo electrónico en el periodo establecido para el
registro de aspirantes al concurso. El escrito deberá ser dirigido a quien funja como persona Secretaría
Técnica
del
Comité
Técnico
de
Selección
y
enviado
a
la
siguiente
dirección
electrónica:
reclutamiento1@segob.gob.mx. La solicitud podrá ser atendida de manera favorable siempre y cuando se
trate del mismo puesto, temario y bibliografía. El escrito deberá incluir el nombre del puesto, número de
concurso y código de puesto de aquel resultado al que solicite la revalidación.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
En caso de que una persona aspirante requiera revisión del examen de Conocimientos Técnicos, deberá
solicitarla a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a quien funja como persona Secretaría Técnica del
Comité Técnico de Selección y enviado a la siguiente dirección electrónica: reclutamiento1@segob.gob.mx.
Es importante señalar que, únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta
aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados. No procederá la revisión
respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
Respecto a las calificaciones obtenidas en el Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, el resultado obtenido estará vigente por un año a partir del registro de calificaciones y
aplicará para todos los concursos de la Administración Pública Federal si es igual o mayor a 60 puntos de
100, en caso de que el resultado obtenido sea inferior a 60 puntos de 100, y la persona candidata desee
renunciar al mismo, deberá remitir su solicitud a la cuenta de correo trabajaen@buengobierno.gob.mx, que
administra la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Con respecto a la aplicación de evaluaciones para las personas aspirantes que pudieran presentar alguna
discapacidad sensorial visual, y a petición de la persona interesada, se podrá designar a personal del área de
reclutamiento y selección para asistirla, dando lectura en voz alta de la totalidad de preguntas y opciones
de respuesta para que, de este modo, cuente con los elementos operativos para dar respuesta a la evaluación
de que se trate. En caso de que alguna persona aspirante presente algún tipo de discapacidad no
considerado en las presentes bases de participación, que pudiera representar un obstáculo en su
participación, será atendido conforme a la 15ª base de participación “Disposiciones generales”.
A. Procedimiento para el registro y aplicación del Examen de Conocimientos Técnicos es el siguiente:
a)
Personal del área de Ingreso iniciará la revisión de los documentos 10 minutos antes de la hora de la cita
y revisará quien es la última persona que llegó considerando el tiempo de tolerancia de 10 minutos
posteriores a la cita, tomando como referencia el reloj del equipo de cómputo de recepción;
b)
Se revisarán los 2 documentos en los términos solicitados en la convocatoria y mensaje de invitación:
impresión de la página de bienvenida de Trabajaen legible que refleje su nombre escrito correctamente y
folio, e identificación oficial vigente (Credencial para Votar INE vigente, Pasaporte vigente o Cartilla del
Servicio Militar Nacional con hoja de liberación) y su respectiva copia legible; en caso de contar con los
elementos descritos, serán sellados y se permitirá el acceso al inmueble. En este acto se indicará el piso
y sala al que deberán presentarse.
c)
Una vez en las salas de aplicación de evaluaciones, se dará la indicación del momento en que se
procederá a la captura de datos en el Sistema de Control de Evaluaciones por parte de las personas
candidatas, para lo que requerirá de los datos de CURP y RFC, que se encuentran en su página de
bienvenida de Trabajaen. Se procederá a verificar que los datos descritos sean correctos;
d)
Ante el incumplimiento de los documentos en los términos solicitados y/o no se presente en la fecha y
horario señalados (considerando el tiempo máximo de tolerancia de 10 minutos), no será registrada
persona alguna;
e)
Una vez que las personas aspirantes ingresen a la sala de evaluaciones de la DGRH, personal del área
de reclutamiento y selección asignará un equipo de cómputo en la sala “C” y procederá a su registro en la
lista de asistencia. Todas las personas aspirantes deberán resguardar sus dispositivos electrónicos.
De conformidad con el artículo 227 de las “Disposiciones” en su fracción III “No se permitirá el uso de
teléfonos celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como
discos duros, discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como cualquier
otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o
almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o se requiera su
utilización como medio de apoyo para la evaluación. Estos dispositivos serán resguardados en sobres de
seguridad destinados a ese efecto, durante el tiempo que dure la evaluación respectiva.
B. Procedimiento para el registro y aplicación del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal:
a)
Las personas candidatas deberán presentarse con los 2 documentos en los términos solicitados en la
convocatoria y mensaje de invitación: página de bienvenida de Trabajaen legible que refleje su nombre y
folio impreso e identificación oficial vigente (Credencial para Votar INE vigente, Pasaporte vigente o
Cartilla del Servicio Militar Nacional con hoja de liberación) y su respectiva copia legible.
b)
Los datos de Correo electrónico y contraseña con los que ingresa a su cuenta personal en el portal
electrónico Trabajaen, siendo estos últimos elementos indispensables para la aplicación de la evaluación;
de ser incorrectos o no contar con ellos, no podrá realizar esta etapa.
c)
La Evaluación de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, se aplicará a través del
Módulo Generador de Exámenes administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en las
instalaciones de la DGRH de la Secretaría de Gobernación.
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DIARIO OFICIAL
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C. Evaluaciones de habilidades
La subetapa de evaluación de habilidades no tiene calificación mínima aprobatoria, considerando para los
cálculos del sistema de puntuación la calificación obtenida de 0 a 100 sin decimales. Asimismo, se informa
que estas evaluaciones se obtienen de pruebas psicométricas, por lo que no existe temario o guía de estudio.
Los resultados aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores aplicadas en concursos de la Secretaría de
Gobernación y que continúen vigentes, serán considerados cuando correspondan a las mismas capacidades
a evaluar.
La aplicación de pruebas de habilidades para el rango de Enlace y Jefatura Departamento corresponderá al
Nivel Intermedio, reflejándose resultados de Trabajo en Equipo y Orientación a Resultados mientras que para
el rango de Subdirección corresponderá al Nivel Ejecutivo de las mismas habilidades (Trabajo en Equipo y
Orientación a Resultados). Para los rangos de Dirección de Area y Dirección General corresponderá el Nivel
Ejecutivo y se reflejará en las habilidades de Liderazgo y Visión Estratégica. Los resultados arrojados en esta
etapa serán en una escala de 0 a 100, cuando el promedio de estos se exprese con decimales, éstos no se
redondearán y se tomará el valor inmediato inferior para su captura en el sistema y NO serán motivo
de descarte. La vigencia de las evaluaciones de habilidades de la SEGOB se reflejará para todos los procesos
de ingreso, toda vez que se trate de las mismas evaluaciones gerenciales de Nivel Intermedio o Nivel
Ejecutivo, tiempo en que la persona aspirante podrá:
a)
Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades siempre y cuando
correspondan al mismo nivel, y
b)
Los resultados de la evaluación de las habilidades de la SEGOB tendrán vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en que se den a conocer a través de Trabajaen.
Para garantizar la igualdad de oportunidades; la competencia por mérito; el reducir al mínimo la posibilidad del
desarrollo de un proceso de aprendizaje sobre los reactivos de las herramientas de evaluación que conlleve a
la invalidación de sus resultados, y sin coartar la posibilidad de participar en otros concursos, se establece el
siguiente criterio:
Los resultados obtenidos en las evaluaciones de habilidades de SEGOB serán irrenunciables durante el año
de su vigencia.
II. ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO
Los resultados obtenidos en las subetapas de: evaluación de la experiencia y valoración del mérito, así como
la etapa de entrevistas, serán consideradas en el sistema de puntuación general y no implican el descarte.
De conformidad con la Metodología y Escalas de Calificación para la Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito, emitidas por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, los elementos que se
calificarán para la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
-
Orden en los puestos desempeñados;
-
Duración en los puestos desempeñados;
-
Experiencia en el Sector público;
-
Experiencia en el Sector privado;
-
Experiencia en el Sector social;
-
Nivel de responsabilidad;
-
Nivel de remuneración;
-
Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante, y
-
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
-
Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrara titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación
del desempeño anual como persona servidora pública de carrera titular.
-
Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrara titulares
-
Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrara titulares
-
Logros;
-
Distinciones;
-
Reconocimientos o premios;
-
Actividad destacada en lo individual;
-
Otros estudios;
-
Habla de lengua indígena;
-
Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana;
-
Perspectiva de juventudes, y
-
Personas con discapacidad.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
III. ETAPA DE ENTREVISTA
A. Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones serán considerados para elaborar el
listado de personas candidatas con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación
para la etapa de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación
establecidos en la Secretaría de Gobernación, basada en los artículos 271 y 272 de las “Disposiciones”.
B. Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización y del CTS de la Secretaría de Gobernación,
pasarán a la etapa de Entrevista, las tres personas candidatas con puntuaciones más altas en estricto
apego al orden de prelación registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo con el
orden de prelación, accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de
las personas candidatas que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de personas
candidatas que se continuaría entrevistando, será como mínimo de tres y sólo se entrevistarían, en caso
de NO contar al menos con una persona finalista de entre las tres personas candidatas ya entrevistadas.
C. El Comité Técnico de Selección sesionará por medios remotos de comunicación electrónica.
Las personas aspirantes podrán solicitar que su participación se realice en las instalaciones de la DGRH,
o bien, fuera de ellas.
Será requisito indispensable para quienes participen en esta etapa, notificar a través de correo electrónico
a las cuentas: reclutamiento1@segob.gob.mx y asalazar@segob.gob.mx la elección de desarrollarla dentro o
fuera de la DGRH con anticipación.
En caso de optar por la participación dentro de las instalaciones de la DGRH deberá presentarse la persona
candidata dentro del tiempo de tolerancia (10 minutos) con los siguientes elementos:
a)
Pantalla del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de participación impreso;
b)
Formato de Notificación de Ingreso, impreso y firmado por la persona candidata;
c)
Identificación oficial vigente original y copia,
En caso de optar por la participación fuera de las instalaciones de la DGRH adjuntar al correo de notificación:
a)
Manifestar que se cuenta con los elementos técnicos necesarios para el óptimo desarrollo de la etapa;
b)
Pantalla del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de participación;
c)
Formato de Notificación de Ingreso, en formato PDF y firmado por la persona candidata;
d)
Identificación oficial vigente digitalizada, y
e)
Será obligación de la persona candidata: contar con el espacio adecuado, funcional y cómodo para la
realización de la etapa (iluminación, ventilación, tranquilidad, espacio, sin distracciones); contar con
equipo electrónico con las especificaciones técnicas requeridas para el adecuado desarrollo de la etapa
(cámara web, micrófono, audio, internet con velocidad de 20 MB cuando menos, preferentemente equipo
de cómputo).
Al realizar la entrevista por medios remotos de comunicación electrónica fuera de las instalaciones de la
DGRH, la persona aspirante acepta los términos mencionados sin responsabilidad para la Secretaría de
Gobernación de: la falla del equipo electrónico, del uso inadecuado de la plataforma destinada para tales
efectos, de problemas técnicos y/o inconvenientes que pudieran presentarse y que limiten o impidan el
desarrollo de la entrevista; aceptando las calificaciones que resulten de cada etapa.
En caso de que no contar con equipo electrónico con las especificaciones técnicas señaladas para su
participación virtual, las personas aspirantes podrán acudir a las instalaciones de la DGRH de la Secretaría de
Gobernación, ubicadas en Río Amazonas No. 91, Col. Cuauhtémoc, Alcaldía Cuauhtémoc, a desahogar la
etapa vía remota con los integrantes del CTS.
D. Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección en la Entrevista utilizará el modelo
CERP, el cual está basado en competencias que contempla los siguientes elementos:
-
Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento(favorable o adverso).
-
Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones (simple o compleja).
-
Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas (sin impacto o con impacto).
-
Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento (protagónica o
como miembro de equipo).
La entrevista permitirá la interacción de cada una de las personas integrantes del Comité Técnico de
Selección con la persona candidata, para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y
conocimientos vinculados con el servicio público y con las funciones del puesto sujeto a concurso,
considerando con los elementos arriba señalados, las preguntas serán las mismas para cada una de las
personas candidatas y quedarán plasmadas en el reporte individual.
Se considerarán finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
consideradas personas aptas para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 40, fracción II de su
Reglamento.
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DIARIO OFICIAL
197
IV. ETAPA DE DETERMINACION:
En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación declarando:
A. Ganador o ganadora del concurso: a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el
proceso de selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva. La persona que funja como Presidenta
del CTS, persona superior jerárquica del puesto en concurso, podrá por una sola vez y bajo su estricta
responsabilidad, vetar durante la determinación a la persona finalista seleccionada por las demás
personas integrantes del CTS para ocupar el puesto, fundando y motivando debidamente su
determinación en el acta correspondiente, en cuyo caso el CTS elegirá a la persona que ocupará el
puesto entre las restantes personas finalistas.
B. A la persona finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto
sujeto a concurso en el supuesto de que, por causas ajenas a la dependencia, quien hubiese resultado
ganador o ganadora, señalado en el inciso anterior:
a)
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto, o
b)
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
C. Desierto el concurso.
D. La puntuación final se conforma con la suma de los puntajes obtenidos en las etapas del concurso,
señaladas en la 6ª base, Reglas de Valoración General y Sistema de Puntuación, de la presente
convocatoria, por lo que la prelación sólo indica el puntaje obtenido hasta antes de la entrevista, que
servirá para establecer el orden en el que presentarán la entrevista las personas candidatas.
La Determinación que resuelva el CTS se realizará con base en la calificación definitiva obtenida por cada
persona finalista. Lo anterior a efecto de señalar que las calificaciones individuales obtenidas en etapas
previas por si solas, no significan que el CTS, deba considerar persona ganadora a la persona candidata
que pase en los primeros lugares a la entrevista, sino a la persona finalista con el puntaje total más alto.
E. La determinación del concurso constará en el acta que suscriba el CTS y en ella se precisarán, en caso
de existir, las personas finalistas del concurso para efecto de su integración a la reserva de aspirantes,
los resultados obtenidos por estos en cada una de las etapas, así como las conclusiones de la propia
determinación y, en su caso, el veto fundado y motivado por quien presida el CTS.
6ª. Reglas de Valoración General y Sistema de Puntuación
El listado de aspirantes en orden de prelación se integrará de acuerdo con los resultados obtenidos por los
puntajes más altos en su esquema general de evaluación, de conformidad con el siguiente Sistema de
Puntuación General
Etapa
Subetapa
Total por
Subetapa
Total por
etapa
II. Exámenes de
conocimientos y
evaluaciones de
habilidades
Examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal
30
50
Exámenes de conocimientos técnicos
Evaluación de habilidades
20
III. Evaluación de
la experiencia y
valoración del
mérito de los
candidatos
Evaluación de la experiencia
10
20
Valoración del mérito de los candidatos
10
IV. Entrevistas
-
30
30
TOTAL
100
* Se asignará un puntaje único de 10 puntos para aspirantes a puestos de nivel de Enlace, de conformidad
con lo señalado en el artículo 231 de las “Disposiciones”.
7ª. Publicación de Resultados
Los resultados de los concursos serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx máximo
dentro de los 3 días hábiles posteriores a la aplicación de cada etapa.
8ª. Reserva de Aspirantes
Las personas que hayan sido entrevistadas por el Comité Técnico de Selección que no resulten ganadoras del
concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Aptitud, se integrarán a la Reserva de Aspirantes del Cuerpo
de Función o puesto de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año, contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Las personas finalistas estarán en posibilidad de convocarse durante el periodo que dure su permanencia en
la reserva de aspirantes y tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos
por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Gobernación, a participar en concursos bajo
la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes.
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DIARIO OFICIAL
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9ª. Declaración de Concurso Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar desierto un concurso
por las siguientes causas:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II.
Porque ninguna de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerada finalista (70 puntos), o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos del Comité Técnico de Selección.
10ª. Cancelación de Concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de los puestos en los supuestos siguientes:
I.
Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la
ocupación del puesto de que se trate o,
II.
El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere para dar cumplimiento a
laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna
persona o,
III. Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo del
puesto en cuestión.
11ª. Principios del Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y de las “Disposiciones”.
12ª. De los motivos de descarte.
De conformidad con el artículo 36 Bis, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, cuando una persona no cumpla con algún requisito establecido en la
convocatoria, no podrá continuar su participación en el proceso de selección, y se le deberá notificar el motivo
y el fundamento de esta determinación.
Serán considerados motivos de descarte en las Etapas II, III y IV establecidas en el artículo 34 del
RLSPCAPF:
Etapa II “Exámenes de conocimientos y evaluaciones de habilidades”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. Para el inicio de todas las etapas, el tiempo
de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como hora referencial la
oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de
recepción.
•
Para la etapa del Examen de Conocimientos Técnicos:
i.
El registro incorrecto del folio de participación en el Sistema de Control de Evaluaciones, por lo que
es estricta responsabilidad de la persona aspirante, la correcta captura de sus datos en el sistema de
aplicación de la evaluación.
ii.
El uso de material de consulta, impreso o digital durante la aplicación de evaluaciones.
iii. El uso de dispositivos electrónicos durante la aplicación de la evaluación.
•
Que como resultado de la evaluación de Conocimientos Técnicos, se obtenga una calificación inferior a
70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
•
Que del promedio obtenido del “Examen de conocimientos técnicos” y el “Examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal” se obtenga una calificación inferior a 60, en una escala
de 0 a 100 sin decimales.
•
El uso de teléfonos celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles
como discos duros, discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como
cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar,
registrar o almacenar las evaluaciones.
•
Incurrir en conductas que contravengan a los principios rectores del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal en contra del resto de las personas aspirantes o de las personas
encargadas de la aplicación de la etapa.
Etapa III “Evaluación de la experiencia y valoración del mérito de los candidatos”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. En caso de que los documentos
presentados no cubran con estos requisitos será motivo de descarte del concurso. Para el inicio de todas
las etapas, el tiempo de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como
hora referencial la oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo
del área de recepción.
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DIARIO OFICIAL
199
•
Al momento de cotejar la documentación original o copia certificada solicitada para la etapa,
el RFC presentado no coincida con el registro reflejado en la cuenta de la persona candidata
(Hoja de Bienvenida) en el portal www.trabajaen.gob.mx.
•
Al momento de cotejar la documentación original o copia certificada solicitada para la etapa,
el CURP presentado no coincida con el registro reflejado en la cuenta de la persona candidata
(Hoja de Bienvenida) en el portal www.trabajaen.gob.mx.
•
No presentar documento original y/o copia certificada legible de alguno de los elementos enlistados en la
3ª Base de Participación de la presente Convocatoria denominada “Documentación requerida” así como
las especificaciones señaladas en ésta.
•
No acreditar fehacientemente su identidad y los requisitos establecidos en el perfil del puesto y en las
bases de la convocatoria a través de constancias originales conforme a lo registrado en el Catálogo de
Puestos y Catálogo de Experiencia de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
•
No acreditar la escolaridad solicitada en el perfil del puesto a concursar.
•
No acredita la experiencia solicitada en el perfil del puesto a concursar.
Etapa IV “Entrevistas”:
•
No presentarse en la fecha, hora, lugar y/o medios señalados en el mensaje de invitación remitido a su
cuenta personal del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx. Para el inicio de todas las etapas, el tiempo
de tolerancia para el ingreso será únicamente de diez minutos, considerando como hora referencial la
oficial de la Ciudad de México, misma que se podrá rectificar en el equipo de cómputo del área de
recepción.
•
No contar con los elementos que permitan el óptimo desarrollo de esta etapa: espacio adecuado,
funcional y cómodo para la realización de la etapa (iluminación, ventilación, tranquilidad, espacio, sin
distracciones); contar con equipo electrónico con las especificaciones técnicas requeridas para el
adecuado desarrollo de la etapa (cámara web, micrófono, audio, internet con velocidad de 20 MB cuando
menos, preferentemente equipo de cómputo). En caso de presentar inconsistencias que impidan el
desarrollo de la etapa, el CTS considerará esta situación como una inasistencia.
13ª. Resolución de dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas aspirantes formulen con relación a
los puestos y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, así como un módulo de atención telefónico en el número 551102-6000,
Ext. 16158, 16157, 16200 y 16135, con un horario de atención de lunes a viernes 10:00 a 14:00 horas y de
16:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario y el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, así como la solicitud para la renuncia a los resultados aprobatorios de los exámenes de
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para
el Servicio Público en la cuenta de correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx.
14ª. Inconformidades
Aquellas personas concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Organo Interno de Control
en la Secretaría de Gobernación, en Calle Bahía de Santa Bárbara número 193, Pisos 3, 4 y 5,
Colonia Verónica Anzures, Alcaldía Miguel Hidalgo, Código Postal 11300, Ciudad de México, en términos de
lo dispuesto por la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su
Reglamento.
15ª. Procedimiento para reactivación de folios
Una vez cerrada la Etapa I: Revisión Curricular, la persona participante tendrá 1 día hábil, siguiente a la fecha
de cierre de la Etapa I, para enviar su escrito de petición de reactivación de folio al correo electrónico
reclutamiento1@segob.gob.mx, en un horario de 9:00 a 18:00 horas. Cualquier solicitud que se presente
posterior al periodo y horario señalado, no será procedente.
I. La solicitud que se remita, vía correo electrónico, deberá contener un archivo en PDF con la siguiente
documentación anexa:
A. Escrito de solicitud, el cual deberá contar con las siguientes características:
a)
Deberá de dirigirlo al Comité Técnico de Selección respectivo;
b)
Colocar la fecha en que se realiza la solicitud;
c)
Justificación del porqué considera se debe reactivar su folio;
d)
Número de Folio de Rechazo que le proporciono el sistema Trabajaen (ejemplo: RX-99999);
e)
Indicar la dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición, que será evaluada y
resuelta por el Comité Técnico de Selección respectivo;
f)
Indicar el número de fojas útiles en su escrito de petición, y
g)
Nombre y firma de la persona solicitante.
200
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
B. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio de rechazo;
C. Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe, si es el caso, las evaluaciones
que ha presentado y sus vigencias, y
D. Escaneo en formato PDF de los documentos probatorios de su experiencia laboral y escolaridad, con las
características indicadas en la 2ª base de participación de la presente convocatoria;
II. De conformidad al artículo 261 de las “Disposiciones” no será procedente la reactivación de folios cuando:
A. La persona candidata cancele voluntaria o involuntariamente su participación en el concurso.
B. Exista duplicidad de registros en TrabajaEn.
Adicionalmente no será procedente en caso de:
A. No cumplir con alguno de los requisitos que se mencionan en el apartado I de éste mismo numeral 15ª.
B. En caso de que el Comité Técnico de Selección al realizar el análisis y revisión de la solicitud, identifique
que no cumple con los requisitos que solicite el perfil del puesto.
Cuando se advierta la duplicidad de registros en TrabajaEn, el CTS procederá al descarte de la persona
candidata.
III. Recibidas las solicitudes de reactivación de folios, la persona Secretaría Técnica del Comité Técnico de
Selección, convocará en un término no mayor a 10 días hábiles a sesión del Comité Técnico de Selección, a
efecto de analizar y determinar la procedencia o no, de la solicitud la persona participante.
La DGRH, notificará a la persona participante el acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección.
16ª. Disposiciones generales
I.
En el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes de la Secretaría de Gobernación.
II.
Las personas aspirantes de responsabilizarán de los traslados y gastos erogados como consecuencia de
su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente Convocatoria sin responsabilidad
alguna a cargo de la Secretaría de Gobernación.
III. Los datos personales de quienes concursan son confidenciales, aun después de concluido el concurso.
IV. Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de servidora o servidor público de carrera
titular, para poder nombrarse en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación
necesaria que acredite haberse separado del cargo anterior, toda vez que no puede permanecer activa o
activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo
11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
V. Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre la persona ganadora de concurso,
deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser así se considerará
renuncia a su ingreso, por lo que el Comité podrá optar por elegir entre quienes se hubieran determinado
finalistas con la siguiente calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75,
fracción I de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
VI. Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección conforme a las disposiciones aplicables.
VII. En el supuesto de que, durante el desahogo del proceso de selección, las autoridades sanitarias llegaran
a emitir disposiciones para prevenir contagios relacionados con cualquier contingencia sanitaria, éstas se
harán del conocimiento de las personas participantes, quienes deberán cumplir con las medidas que se
indiquen en el respectivo mensaje de invitación (por ejemplo: uso de cubrebocas obligatorio, sana
distancia).
VIII. Todos los comunicados relacionados con la presente convocatoria se enviarán a través de la plataforma
Trabajaen, por lo que el día, hora y lugar en la que se deberán presentar las personas aspirantes a las
etapas del procedimiento de selección, así como para la entrega de documentos, será notificado a través
de su centro de mensajes del portal de Trabajaen con al menos dos días hábiles de anticipación, por lo
que es responsabilidad de las personas participantes dar seguimiento a dicho portal.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
"Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio"
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, firma el Secretario Técnico y
Subdirector de Análisis de Informes del Servicio Profesional de Carrera
Lic. Ignacio Chávez Torres
Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
201
Secretaría de Gobernación
Comité Técnico de Selección de la Coordinación General de la Comisión
Mexicana de Ayuda a Refugiados de la Secretaría de Gobernación
REFERENCIA No. COMAR / 01 / 2026
El Comité Técnico de Selección de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a
Refugiados, con fundamento en los artículos 21, 22, 25, 26, 28, 37 y 75, fracciones III y VII de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF) y 17, 18, 32 fracción II, 34,
35, 36, 37, 38, 39 y 40 de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 04 de enero de
2024, así como en los artículos 241, 242, 243, 246, 247 y 253 al 282 de las Disposiciones generales
en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicadas en el DOF el 12 de julio de
2010, con última reforma el pasado 19 de diciembre de 2025 (Disposiciones).
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al
Sistema Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal de los siguientes puestos vacantes:
Nombre del Puesto:
DIRECTOR DE ATENCION Y VINCULACION INSTITUCIONAL
Código del Puesto:
04-N00-1-M1C019P-0000148-E-C-T
Nivel Administrativo:
M23
Número de vacantes
01
Percepción Mensual
Bruta:
$85,968.00 (OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO
PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) DE ACUERDO EN EL TABULADOR DE
SUELDOS Y SALARIOS BRUTOS DEL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DE
LOS SERVIDORES PUBLICOS DE MANDO Y DE ENLACE DE LAS
DEPENDENCIAS Y SUS EQUIVALENTES EN LAS ENTIDADES EMITIDO POR
LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO.
Adscripción del
Puesto:
COORDINACION GENERAL DE LA
COMISION MEXICANA DE AYUDA A
REFUGIADOS
Sede
CIUDAD DE
MEXICO
Funciones
Principales:
1.
ESTABLECER MECANISMOS DE EVALUACION DE LAS AREAS DE
OPORTUNIDAD DE LAS ACCIONES EN MATERIA DE REFUGIO QUE SE
HAN IMPLEMENTADO EN LA COORDINACION GENERAL DE LA
COMISION MEXICANA DE AYUDA A REFUGIADOS, PARA MEJORAR LA
ASISTENCIA INSTITUCIONAL QUE SE OTORGA A LAS PERSONAS QUE
BUSCAN PROTECCION EN NUESTRO PAIS.
2.
DEFINIR EL DISEÑO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE ATENCION A LAS
SOLICITUDES
DE
ASISTENCIA
INSTITUCIONAL,
ASUNTOS
MIGRATORIOS Y DE REUNIFICACION FAMILIAR, PARA CONTRIBUIR EN
LA ATENCION DE LAS NECESIDADES Y LEGALIZACION DE LA
ESTANCIA
DE
REFUGIADOS,
SOLICITANTES
DE
REFUGIO
Y
EXTRANJEROS QUE RECIBEN PROTECCION COMPLEMENTARIA.
3.
CONDUCIR LOS PROCESOS DE CONCERTACION Y VINCULACION CON
INSTITUCIONES,
ORGANISMOS
INTERNACIONALES
Y
DE
LA
SOCIEDAD CIVIL QUE BRINDAN ASISTENCIA A REFUGIADOS, PARA
FAVORECER EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS PERSONAS EN
SITUACION DE REFUGIO EN EL PAIS.
4.
INSTRUMENTAR MECANISMOS DE EVALUACION DE LA INFORMACION
CORRESPONDIENTE
A
LOS
DERECHOS
HUMANOS
DE
LOS
SOLICITANTES DE REFUGIO, REFUGIADOS Y EXTRANJEROS QUE
RECIBEN PROTECCION COMPLEMENTARIA Y LAS ACCIONES DE
ASISTENCIA DE LA COMISION MEXICANA DE AYUDA A REFUGIADOS,
PARA PROPORCIONAR ELEMENTOS TECNICOS QUE CONTRIBUYAN
AL DESARROLLO DE CAMPAÑAS DE DIFUSION DE LOS SERVICIOS
DESTINADOS A LA ATENCION DE DICHA POBLACION.
5.
COORDINAR LA CONFORMACION DE INFORMES DE ACTIVIDADES Y
AVANCES DE LAS ACCIONES EN VINCULACION Y ASISTENCIA EN
MATERIA DE AYUDA A SOLICITANTES DE REFUGIO, REFUGIADOS Y
EXTRANJEROS QUE RECIBEN PROTECCION COMPLEMENTARIA, PARA
MANTENER INFORMADAS A LAS INSTANCIAS SUPERIORES DE LA
COORDINACION GENERAL.
202
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
6.
DIRIGIR
EVALUACIONES
DE
LAS
DIVERSAS
SITUACIONES
DE VULNERABILIDAD QUE PRESENTAN PERSONAS SOLICITANTES DE
REFUGIO, REFUGIADOS Y EXTRANJEROS QUE RECIBEN PROTECCION
COMPLEMENTARIA, PARA EMITIR A LAS INSTANCIAS SUPERIORES,
LAS RECOMENDACIONES INMEDIATAS DE ASISTENCIA SOCIAL, QUE
GARANTICE LA SEGURIDAD DE ESTOS GRUPOS.
Perfil y Requisitos:
ESCOLARIDAD:
LICENCIATURA
O
PROFESIONAL
GRADO DE
AVANCE:
TITULADO
CARRERA GENERICA:
-
DERECHO
-
RELACIONES INTERNACIONALES
-
CIENCIAS
POLITICAS
Y
ADMINISTRACION
PUBLICA
EXPERIENCIA
LABORAL
7 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA:
-
DERECHO INTERNACIONAL
-
RELACIONES INTERNACIONALES
-
DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
ADMINISTRACION PUBLICA
CAPACIDADES
PROFESIONALES
-
LIDERAZGO
-
NEGOCIACION
VISION ESTRATEGICA
IDIOMAS
INGLES AVANZADO
OTROS
NO APLICA
Conformación de la
prelación para
acceder a la
entrevista con el
Comité de Selección
A. EN CASO DE SER MENOR O IGUAL A 3 CANDIDATOS(AS), SE
ENTREVISTARA A TODOS.
B. EN CASO DE SER MAYOR A 3 CANDIDATOS, SE ENTREVISTARAN POR
ORDEN DE PRELACION COMO UN MAXIMO DE 10 CANDIDATOS(AS).
Nombre del Puesto:
JEFE DE DEPARTAMENTO DE PROTECCION 3
Código del Puesto:
04-N00-1-M1C014P-0000191-E-C-Y
Nivel Administrativo:
O11
Número de vacantes
01
Percepción Mensual
Bruta:
$ 26,005.00 (VEINTISEIS MIL CINCO PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) DE
ACUERDO CON EL TABULADOR DE SUELDOS Y SALARIOS BRUTOS DEL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE
MANDO Y DE ENLACE DE LAS DEPENDENCIAS Y SUS EQUIVALENTES EN
LAS ENTIDADES EMITIDO POR LA SECRETARIA DE HACIENDA
Y CREDITO PUBLICO.
Adscripción del
Puesto:
COORDINACION GENERAL DE LA
COMISION MEXICANA DE AYUDA A
REFUGIADOS
Sede
CIUDAD DE
MEXICO
Funciones
Principales:
1.
RECABAR INFORMACION ACERCA DE LA SITUACION SOCIOPOLITICA
Y DE DERECHOS HUMANOS, DE LOS PAISES DE ORIGEN DE LOS
SOLICITANTES DE LA CONDICION DE REFUGIADO EN SITUACION DE
VULNERABILIDAD, A FIN DE VERIFICAR LA VERACIDAD Y OBJETIVIDAD
DE LA INFORMACION DECLARADA EN LAS ENTREVISTAS
2.
ENTREVISTAR A LOS SOLICITANTES DEL RECONOCIMIENTO DE LA
CONDICION
DE
REFUGIADO,
BAJO
LOS
CRITERIOS
DE
LOS
PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS, CON EL OBJETIVO DE OBTENER
LA INFORMACION REQUERIDA PARA EL ANALISIS DE CADA UNA DE
LAS SOLICITUDES.
3.
ANALIZAR LA INFORMACION DE LOS CASOS QUE SE PRESENTAN
A FIN DE EMITIR UNA OPINION TECNICA QUE APOYE EN LA
DETERMINACION SI UNA PERSONA REUNE LOS ELEMENTOS, PARA
SER
RECONOCIDA
COMO
REFUGIADA
O
SE
LE
OTORGUE
PROTECCION COMPLEMENTARIA.
4.
REALIZAR LAS NOTIFICACIONES DE RESOLUCION A LAS SOLICITUDES
DE RECONOCIMIENTO DE LA CONDICION DE REFUGIADO, PARA DAR
CONCLUSION AL PROCEDIMIENTO DE CONFORMIDAD CON LA
NORMATIVIDAD APLICABLE.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
203
5.
OPERAR LAS RELACIONES DE COLABORACION ESTABLECIDAS CON
LAS DEPENDENCIAS E INSTANCIAS QUE, CONFORME A SUS
FACULTADES,
PARTICIPAN
EN
EL
PROCEDIMIENTO
DE
RECONOCIMIENTO DE LA CONDICION DE REFUGIADO, PARA DAR
CUMPLIMIENTO A LA NORMATIVIDAD ESTABLECIDA.
6.
IMPARTIR CAPACITACION A LAS INSTANCIAS QUE CANALIZAN Y
ATIENDEN A SOLICITANTES DEL RECONOCIMIENTO DE LA CONDICION
DE
REFUGIADO,
CON
EL
PROPOSITO
DE
COMPARTIR
CONOCIMIENTOS Y EXPERIENCIAS SOBRE EL TEMA.
7.
PARTICIPAR EN LAS REUNIONES DE ELEGIBILIDAD, CON EL
PROPOSITO DE PRESENTAR Y ANALIZAR LOS CASOS INDIVIDUALES,
ASI COMO DAR SEGUIMIENTO A LAS RECOMENDACIONES DE LA
SUPERIORIDAD.
8.
INTEGRAR LA INFORMACION DE LAS ACTUACIONES EN EXPEDIENTES
INDIVIDUALES DE LOS SOLICITANTES DEL RECONOCIMIENTO DE LA
CONDICION DE REFUGIADO, PARA EL RESGUARDO CONFIDENCIAL
DE LA INFORMACION QUE LOS CONFORMA, ASI COMO PARA SU
PRESENTACION ANTE LA SUPERIORIDAD.
Perfil y Requisitos:
ESCOLARIDAD:
LICENCIATURA
O
PROFESIONAL
GRADO DE
AVANCE:
TERMINADO A
PASANTE
CARRERA GENERICA:
-
DERECHO
-
RELACIONES INTERNACIONALES
-
CIENCIAS
POLITICAS
Y
ADMINISTRACION
PUBLIC
EXPERIENCIA
LABORAL
2 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA:
-
RELACIONES INTERNACIONALES
-
ADMINISTRACION PUBLICA
-
DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
-
DERECHO INTERNACIONAL
CAPACIDADES
PROFESIONALES
-
ORIENTACION A RESULTADOS
-
TRABAJO EN EQUIPO
IDIOMAS
EL OCUPANTE DEL PUESTO DEBE LEER, HABLAR Y
ESCRIBIR EL IDIOMA INGLES EN EL NIVEL
AVANZADO.
OTROS
NO APLICA
Conformación de la
prelación para
acceder a la
entrevista con el
Comité de Selección
A. EN CASO DE SER MENOR O IGUAL A 3 CANDIDATOS(AS), SE
ENTREVISTARA A TODOS.
B. EN CASO DE SER MAYOR A 3 CANDIDATOS, SE ENTREVISTARAN POR
ORDEN DE PRELACION COMO UN MAXIMO DE 10 CANDIDATOS(AS).
Nombre del Puesto:
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ASISTENCIA B
Código del Puesto:
04-N00-1-M1C014P-0000181-E-C-Y
Nivel Administrativo:
O11
Número de vacantes
01
Percepción Mensual
Bruta:
$ 26,005.00 (VEINTISEIS MIL CINCO PESOS 00/100 MONEDA NACIONAL) DE
ACUERDO CON EL TABULADOR DE SUELDOS Y SALARIOS BRUTOS DEL
PRESIDENTE DE LA REPUBLICA Y DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE
MANDO Y DE ENLACE DE LAS DEPENDENCIAS Y SUS EQUIVALENTES EN
LAS ENTIDADES EMITIDO POR LA SECRETARIA DE HACIENDA
Y CREDITO PUBLICO.
Adscripción del
Puesto:
COORDINACION GENERAL DE LA
COMISION MEXICANA DE AYUDA A
REFUGIADOS
Sede
CIUDAD DE
MEXICO
Funciones
Principales:
1.
ANALIZAR LAS SOLICITUDES QUE PRESENTEN LOS EXTRANJEROS DE
SU RECONOCIMIENTO DE CONDICION DE REFUGIADOS, PARA
DETERMINAR SI CUMPLEN CON LOS CRITERIOS NORMATIVOS
PARA SU AUTORIZACION
2.
APLICAR CUESTIONARIOS DE ASISTENCIA A LOS EXTRANJEROS,
PARA
DETECTAR
LAS
NECESIDADES
PRIORITARIAS
DE
LOS
REFUGIADOS Y PROYECTAR LOS APOYOS A OTORGAR.
204
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
3.
ANALIZAR
SOLICITUDES
DE
REUNIFICACION
FAMILIAR
A
REFUGIADOS, CON LA FINALIDAD DE BRINDAR ASISTENCIA EN LOS
TRAMITES NECESARIOS DE LOS CASOS QUE SE PRESENTEN ANTE
LAS INSTANCIAS COMPETENTES.
4.
ESTABLECER RELACIONES DE VINCULACION INSTITUCIONAL Y CON
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL, PARA ATENDER LAS
NECESIDADES DE ASISTENCIA DE LOS SOLICITANTES, REFUGIADOS
Y BENEFICIARIOS DE PROTECCION COMPLEMENTARIA.
5.
DAR
SEGUIMIENTO
A
LA
ASISTENCIA
INSTITUCIONAL
PROPORCIONADA
A
LOS
REFUGIADOS
Y
BENEFICIARIOS
DE
PROTECCION COMPLEMENTARIA, PARA CORROBORAR QUE ESTA
POBLACION SE ESTA INTEGRANDO AL PAIS Y RECIBE LA ATENCION
SOCIAL ADECUADA.
6.
REALIZAR ESTUDIOS DE LA INFORMACION DE REFUGIADOS Y
BENEFICIARIOS DE PROTECCION COMPLEMENTARIA DEL ESTADO,
PARA
CONOCER
LA
PROBLEMATICA
QUE
ENFRENTA
ESTA
POBLACION Y COADYUVAR EN LA ELABORACION DE ALTERNATIVAS
DE SOLUCION.
Perfil y Requisitos:
ESCOLARIDAD:
LICENCIATURA
O
PROFESIONAL
GRADO DE
AVANCE:
TITULADO
CARRERA GENERICA:
-
CIENCIAS
POLITICAS
Y
ADMINISTRACION
PUBLICA
-
RELACIONES INTERNACIONALES
-
DERECHO
EXPERIENCIA
LABORAL
2 AÑOS
AREA DE EXPERIENCIA:
-
RELACIONES INTERNACIONALES
-
DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
-
ADMINISTRACION PUBLICA
CAPACIDADES
PROFESIONALES
-
ORIENTACION A RESULTADOS
-
TRABAJO EN EQUIPO
IDIOMAS
EL OCUPANTE DEL PUESTO DEBE LEER, HABLAR Y
ESCRIBIR EL IDIOMA INGLES NIVEL AVANZADO
OTROS
NO APLICA
Conformación de la
prelación para
acceder a la
entrevista con el
Comité de Selección
A. EN CASO DE SER MENOR O IGUAL A 3 CANDIDATOS(AS), SE
ENTREVISTARA A TODOS.
B. EN CASO DE SER MAYOR A 3 CANDIDATOS, SE ENTREVISTARAN POR
ORDEN DE PRELACION COMO UN MAXIMO DE 10 CANDIDATOS(AS).
BASES DE PARTICIPACION
1ª.
Requisitos de
participación
Podrán participar los(as) ciudadanos que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto y los establecidos en las presentes bases de
participación. Asimismo, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes
requisitos legales señalados en el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal.
1) Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a)
cuya condición migratoria permita la función a desarrollar;
2) No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
3) Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
4) No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto y
5) No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro
impedimento legal o administrativo;
6) De igual forma, se deberá presentar y acreditar las evaluaciones que se indica en
cada caso.
Precisando que de conformidad con lo establecido en el Artículo 38, fracción VII de
la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no podrán participar los
(las) ciudadanos (as) que se encuentran en alguno de los supuestos siguientes:
1.
Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la
intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en
cualquiera de sus modalidades y tipos.
2.
Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
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DIARIO OFICIAL
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Por lo que, cualquier persona que se encuentre en alguno o ambos supuestos
precisados, no podrá ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio
público.
En la aplicación de las presentes Bases se atiende lo dispuesto en el artículo 1° de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala prohibición de
todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de las personas, y lo dispuesto
en la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
En virtud de lo anterior, no existirá discriminación por razón de origen étnico o
nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades,
la condición social, económica, de salud o jurídica, la religión, la apariencia física,
las características genéticas, la situación migratoria, el embarazo, la lengua, las
opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación política, el estado civil, la
situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes
penales o cualquier otro motivo, para la pertenencia al servicio.
Previo a la aplicación de cada una de las etapas, se informará a cada una de las
personas aspirantes que deberán enviar en formato PDF la hoja de bienvenida de
TrabajaEn, Identificación oficial vigente (credencial para votar, pasaporte o cédula
profesional
No
electrónica),
RFC
y
CURP
actualizada
al
correo
cmogollan@segob.gob.mx a fin de que se identifiquen plenamente de lo contrario
será motivo de descarte.
I. El o (la) aspirante deberá descargar e instalar en su equipo de cómputo,
la aplicación que será indicada en el mensaje de invitación a través de la
plataforma de TrabajaEn, asimismo, deberá contar con equipo de cómputo con
acceso a internet, micrófono y cámara web, ya que algunas etapas se podrán
realizar a distancia y/o mediante vía videoconferencia.
II. En caso de que alguna de las etapas se realice a través de medios remotos las
especificaciones de la solicitud de la documentación para la aplicación de las etapas
a través de medios remotos, serán indicadas en el mensaje de invitación, no
obstante, también se utilizará el servicio de almacenamiento Drive.
2ª.
Documentación
requerida
La Revisión y Evaluación de Documentos, específicamente en lo relativo al perfil del
puesto, se llevará a cabo conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas
de Experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (Trabajaen).
Cuando le sea solicitado, los(las) candidatos(as) deberán presentar y/o enviar
escaneados en formato PDF, en carpeta comprimida almacenamiento drive los
documentos originales o copias certificadas legibles, en la forma, fecha y hora
establecidos en el mensaje que al efecto reciban en su Centro de mensajes de
Trabajaen.
Los documentos escaneados se entregarán por medios electrónicos en carpeta
de almacenamiento Drive o carpeta comprimida nombrándola con el folio de
participación y nombre completo de la persona candidata, la cual deberá contar con
las siguientes características:
-
Escaneado individual de cada documento original en formato PDF, en resolución
media, a color.
-
No se aceptarán fotografías de documentos guardadas en formato PDF.
-
Si el documento tiene información por ambos lados, el escaneo debe incluir
ambas caras.
-
Debe ser legible y visualizarse completo.
-
Idéntico al documento original.
No será válida, y será motivo de descarte, la entrega de cualquier documento o
archivo electrónico que no cumpla con las características indicadas en el
párrafo anterior. La documentación requerida, que se enlista a continuación, deberá
entregarse en el orden siguiente:
1.
Documento de Bienvenida de Trabajaen, como comprobante de folio asignado
por dicho portal electrónico para participar en el concurso de que se trate.
2.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: Credencial para
Votar o Pasaporte vigente o Cédula Profesional con fotografía y firma.
Cabe señalar que, si la credencial para votar no se encuentra vigente en
términos de los criterios establecidos por el Institucional Nacional Electoral,
No será aceptada como medio de identificación oficial.
206
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
3.
Acta de nacimiento y/o documento migratorio, que le permita a la persona
candidata, si fuera el caso, la ocupación legal del puesto de que se trate.
4.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
-
En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con
grado de avance Titulado(a), el mismo se acreditará con la exhibición del
título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso,
mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente,
expedida por dicha autoridad, en los términos de las disposiciones
aplicables.
Asimismo, se aceptará Maestría o Doctorado en el nivel terminado y/o
pasante en las áreas académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y
cuando, la persona que concursa cuente con algún título o cédula
profesional de nivel licenciatura registrado en la Secretaría de Educación
Pública y que se encuentre contenido en alguna de las áreas de
conocimientos relacionadas en el Catálogo de Carreras de la Secretaría
de la Función Pública.
-
Se tendrá por cubierta la calidad de “Terminado o Pasante”, presentando:
Carta de Pasante expedida por la institución educativa de procedencia
(sin adeudo de materias por acreditar) o por la Secretaría de Educación
Pública, o el documento oficial con el que se acredite haber cubierto el
100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
-
Se tendrá por cubierta la calidad de “Titulado”, presentando: Título o Cédula
Profesional expedidos por las autoridades competentes, según el nivel de
estudios solicitado, con excepción de nivel “Preparatoria o Bachillerato”,
para el cual se aceptará el Certificado de terminación de estudios emitido
por la institución educativa.
-
Se tendrá por cubierta la calidad de “Preparatoria o Bachillerato”,
presentando: Título, Cédula Profesional y/o Carta de Pasante expedida por
la institución educativa de procedencia o por la Secretaría de Educación
Pública, o el documento oficial con el que se acredite haber cubierto el
100% de los créditos nivel de estudios Profesionales por las autoridades
competentes.
El CTS determinó que para efectos de acreditar el nivel Licenciatura con
grado de avance Titulado(a), NO se aceptará la constancia o acta de
presentación y/o acreditación del examen profesional, ni cualquier otro
documento similar para acreditar que la expedición del título y/o cédula
profesional se encuentran en trámite. (El CTS, determinará los casos en los
que aceptará los documentos con los que se podrá acreditar el nivel
licenciatura con grado de avance Titulado(a), así como el plazo por el cual
se aceptarán). En el caso de haber realizado estudios en el extranjero,
deberá presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento
oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública, Lo anterior de
conformidad con el artículo 229 de las Disposiciones generales en materia
de recursos humanos de la Administración Pública Federal.
-
Para los casos que el puesto requiera “Carrera Técnica o Comercial” y en
el campo de carrera genérica se indique “No aplica”, se aceptará, según el
grado de avance requerido el Título o cédula profesional de licenciatura, así
como terminado o pasante, incluyendo licenciatura, maestría o doctorado,
obtenido en cualquier carrera genérica de las que se señalen en el Catálogo
de Carrera de Trabajaen.
-
Para los casos en que el requisito académico señale "Carrera Técnica o
Comercial con secundaria terminada”, o “Carrera Técnica o Comercial con
Preparatoria terminada o Normal terminada”, con grado de avance Titulado,
se deberá presentar además del Título o la Cédula profesional registrados
por la Secretaría de Educación Pública, el certificado de Secundaria o el
certificado de Preparatoria, o de nivel medio superior o de Normal
Terminada, según corresponda.
5.
Escrito bajo protesta de decir verdad, el cual deberá llenar y firmar en caso de
cumplir con los requisitos enunciados en el mismo, manifestando:
a)
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o
extranjero(a) cuya condición migratoria permita la función a desarrollar;
No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito
doloso; No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro(a) de culto;
No estar inhabilitado(a) para el servicio público; y que la documentación
presentada en auténtica.
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DIARIO OFICIAL
207
b)
No haber sido beneficiado(a) por algún Programa de Retiro Voluntario en la
Administración Pública Federal, y en caso afirmativo manifestar en que año,
y en que dependencia, quedando sujeto(a) a lo dispuesto en la
normatividad aplicable emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.
c)
No encontrase en alguno de los supuestos señalados en el artículo 38
fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
d)
No existe alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de
interés.
e)
No forma parte de algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u
otra institución.
f)
No presta servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o
desempeña otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública
Federal, estatal, municipal, alcaldía.
6.
Constancia de Situación Fiscal, expedida por la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, el cual contiene el Registro Federal de Contribuyentes (RFC).
7.
Clave Unica de Registro de Población (CURP).
8.
Presentar las constancias con las que se acredite su Experiencia.
9.
Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada (Varones hasta los 40 años).
Para acreditar las áreas y años de experiencia solicitadas para el puesto sujeto a
concurso, se considerarán las evidencias que acrediten la fecha de inicio y la
fecha de término de los puestos que manifestó en su currículum registrado
en Trabajaen al momento de su inscripción, ya que la revisión se hará con base en
dicho currículum y sólo se considerarán los empleos que coincidan con las áreas de
experiencia solicitadas en el perfil de puesto sujeto a concurso, por lo que deberá
presentar para cada empleo los documentos que comprueben el periodo laborado,
desde su inicio hasta su fin, y la razón que señale dicho comprobante deberá
coincidir con la denominación de la empresa o institución para la cual laboró, para lo
cual se aceptarán una o varias constancias de las que se citan a continuación:
a)
Hojas únicas de servicios con firmas y sello de la institución que la expide.
b)
Constancias de nombramiento o Nombramientos, acompañados del último
recibo de pago o bien con la Constancia de baja al puesto de cada
Nombramiento exhibido.
c)
Expediente
electrónico
único
del
ISSSTE
con
sello
digital
(https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
d)
Constancia de semanas cotizadas del IMSS con cadena original y sello digital.
(http://www.imss.gob.mx/tramites/imss02025a).
e)
Cartas de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión
de la relación laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o
con cadena digital, teléfonos de contacto y en su caso link de la empresa
(no se aceptarán cartas de recomendación).
f)
Cartas o convenio Finiquito, en el que se indique día, mes y año tanto del
ingreso como de la baja, puesto(s) desempeñado(s), con firmas autógrafas y
sello del emisor.
g)
Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales
por honorarios, los cuales deberán especificar día, mes y año de inicio y
conclusión del servicio prestado, funciones realizadas y firmas autógrafas de
quienes intervinieron en el contrato. En caso de terminación anticipada deberá
anexar la constancia respectiva.
h)
Documento denominado: "Constancias de sueldos, salarios, conceptos
asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo", o "Constancia de
retenciones" emitidas por el SAT, mismas que deberán indicar periodo laborado,
firmas autógrafas y sello de retenedor, en caso de ser electrónico deberá de
contener cadena original y sello digital.
i)
Recibos de pago en papel membretado u oficial, con datos de la institución o
empresa que otorga el pago, nombre del candidato, puesto y periodo de pago.
Para comprobar el tiempo laborado con recibos de pago deberá presentar al
menos 6 recibos por cada año laborado o 3 si la relación laboral fue menor.
Dichos recibos deberán comprobar el inicio y el fin del año o de la relación
laboral, por lo que sólo se computarán para el cumplimiento de los años de
experiencia los periodos que indiquen los recibos.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
j)
Constancias de empleo en papel membretado u oficial, las cuales deberán
especificar: fecha de expedición, nombre completo del (de la) candidato(a), día,
mes y año de ingreso y baja, indicando puesto(s) y/o funciones desempeñadas,
con firma y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica
con sello digital, con domicilio y teléfonos de la institución o empresa.
k)
Carta como Becario(a) en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de
expedición, nombre completo del (de la) candidato(a), día, mes y año de ingreso
y baja, indicando funciones desempeñadas, con firma y cargo de la persona
autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y
teléfonos de la institución o empresa. Sólo se aceptará hasta por un máximo de
1 año.
l)
Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por la
Secretaría del Trabajo y Previsión Social, acompañada del Historial
que contiene la información de la capacitación, el cual podrá obtener
accediendo
con
su
usuario
y
contraseña
al
portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado de “Mi
historial” (aplica sólo para niveles de enlace).
m) Liberación de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la
Institución en la cual se haya realizado o por la Institución educativa que la haya
liberado y con las cuales se acrediten las áreas generales de experiencia, sólo
se acreditarán 6 meses para servicio social y hasta 6 meses para prácticas
profesionales (aplica sólo para niveles de enlace).
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y/o término
(dd/mm/aaaa) del empleo, así como cartas de recomendación que pretende
comprobar no serán válidos, por lo que no se computarán para el cálculo de los años
con los que se acredite el cumplimiento del perfil del puesto de que
se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona
moral que hayan fungido como patrón de la persona candidata, por lo que no se
aceptará cualquier documento emitido en forma unilateral por el propio trabajador;
así como algún otro documento que no esté enlistado arriba, para acreditar la
experiencia laboral requerida.
Asimismo, toda documentación emitida en idioma diferente al español, deberá
acompañarse de la traducción respectiva, firmada por la persona candidata
10. Presentar las constancias con las que acredite su Mérito.
Para la valoración del Mérito podrá presentar los documentos que lo
comprueben tales como:
a)
Resultado de la evaluación del desempeño: Aplica sólo para personas
servidoras públicas de carrera titulares, y se calificarán de acuerdo con las
Calificaciones obtenidas en las evaluaciones de desempeño anual.
De manera específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en
la última evaluación del desempeño anual, por lo que podrá presentar su
hoja resumen de la última evaluación de desempeño, que contiene la
calificación final de desempeño obtenida, misma que deberá de estar
firmada y sellada por la dependencia donde fue evaluada, o en su defecto
podrá presentar la información de evaluaciones de desempeño que obtenga
desde Rhnet.
Para obtener las calificaciones de la evaluación de desempeño
desde la plataforma de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
deberá
ingresar
con
su
usuario
y
contraseña
al
portal
https://evaluacion.buengobierno.gob.mx/,
dirigirse
a
la
sección
de
Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta Mis
Evaluaciones del Desempeño, imprimir el listado de calificaciones, luego
dar clic en “Ver Resumen” de la última evaluación desempeño e imprimir el
resumen.
b) Resultados de las acciones de capacitación: Aplica sólo para personas
servidoras públicas de carrera titulares, y se califica a través del promedio
de la calificación de las acciones de capacitación obtenidas por el servidor
público de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior, por lo que
podrá presentar las constancias respectivas, o bien la hoja resumen de su
última evaluación de desempeño, que contiene la calificación de la
capacitación recibida, misma que deberá de estar firmada y sellada
por la institución.
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DIARIO OFICIAL
209
c)
Resultados de procesos de certificación: Aplica sólo para personas
servidoras públicas de carrera titulares, y se calificará de acuerdo con las
capacidades profesionales certificadas, a través del número de capacidades
profesionales certificadas vigentes logradas por las personas servidoras
públicas de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio Profesional de
Carrera, para lo cual podrán entregar las constancias emitidas por la
institución donde se señalen las capacidades certificadas y su vigencia.
En caso de haberse certificado como persona servidora pública de carrera y
no contar con su constancia, deberá solicitarla en el área de Recursos
Humanos de su dependencia.
d) Logros: Se refiere al alcance de un objetivo relevante de las personas
candidatas en su labor o campo de trabajo, a través de aportaciones que
mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área
de trabajo, el logro de metas estratégicas que aportaron beneficio a la
ciudadanía, por lo que podrá presentar las constancias respectivas como:
certificaciones en competencias laborales o habilidades profesionales
distintas a las del Servicio Profesional de Carrera, publicación especializada
(gacetas, revistas, prensa o libros) relacionadas con su campo de
experiencia. En ningún caso se considerarán logros de tipo político o
religioso.
e)
Distinciones: Se refiere al honor o trato especial concedido a una persona
por su labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá presentar las
constancias que acrediten alguno o varios de los siguientes supuestos:
fungir como presidente(a), vicepresidente(a) o integrante fundador(a)
de asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de
investigación, gremiales, estudiantiles o de profesionistas); recibir un título
honorífico o un grado académico honoris causa, otorgado por universidades
o instituciones de educación superior; o por graduarse con mención
honorífica o con alguna distinción. En ningún caso se considerarán
distinciones de tipo político o religioso.
f)
Reconocimientos o premios: Se refiere a la recompensa o galardón
otorgado a la persona candidata por agradecimiento o reconocimiento al
esfuerzo realizado debido a la consecución de algún mérito o servicio en su
labor, profesión o actividad individual, por lo que podrá presentar las
constancias que acrediten la obtención de un reconocimiento o premio
otorgado a nombre de la persona candidata; reconocimiento por
colaboración, ponencias o trabajos de investigación, a nombre de la
persona candidata; en congresos, coloquios o equivalentes; reconocimiento
o premio por antigüedad en el servicio público; primer, segundo o tercer
lugar, que haya sido obtenido en competencias o certámenes públicos y
abiertos, distintos a los concursos del SPC. En ningún caso se considerarán
reconocimientos o premios de tipo político, religioso o que sean resultado
de la suerte, a través de una selección aleatoria, sorteo o equivalente.
g) Actividad destacada en lo individual: Se refiere a la obtención de los
mejores resultados, que sobresalen en una profesión, ajena al campo de
trabajo, del resto del quienes participan en la misma, por lo que podrá
presentar las constancias que acrediten contar con un Título o grado
académico obtenido en el extranjero, con reconocimiento de validez oficial
por la Secretaría de Educación Pública (SEP); patente a nombre de la
persona candidata; servicio o misión realizada en el extranjero; derechos de
autor por obras publicadas a nombre de la persona candidata; servicio
de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento de
donativos). En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo
político o religioso.
h) Otros estudios: Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los
requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De manera
específica, a través del estudio o del grado máximo de estudios, concluido
con reconocimiento de validez oficial, que sea adicional al nivel de estudio y
al grado de avance requerido en el perfil del puesto vacante en concurso,
por lo que podrá presentar constancias de Diplomados, constancias de
terminación de estudios Título o cédula profesional de nivel licenciatura,
especialidad, maestría o doctorado.
210
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
i)
Habla de lengua indígena: se refiere al conocimiento de una lengua en este
caso, una de las 68 lenguas indígenas, a la capacidad de usarla
apropiadamente en determinadas situaciones sociales. En virtud de lo
anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los siguientes,
tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1: - Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de
origen, que señala que es hablante de una lengua indígena nacional.
Acreditación de competencias comunicativas generales, expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (Inali) o por alguna otra instancia
acreditada por esta misma institución (con un resultado regular o bueno).
Acreditación o documento equivalente a cursos, no menores a 220 horas,
que avalen, al menos, un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o
sus variantes. -Materiales elaborados en lenguas indígenas (material
didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios,
etcétera.) En la presentación de estos materiales se deberá acreditar
fehacientemente su autoría. -Acreditación o documento equivalente que
demuestre que la persona participante es o ha sido parte de procesos de
formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de lenguas
indígenas.
-Certificado
de
competencia
laboral
(con
estándares
relacionados a la interpretación o la atención en lengua indígena; o bien,
mediante una traducción).
Nivel 2: - Acreditación de competencias comunicativas generales expedida
por el Inali o por alguna otra instancia, acreditada por esta misma institución
(con resultado excelente). -Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o
libros, en alguna lengua indígena o sus variantes, independientemente del
campo
de
estudio
del
que
se
trate.
En la presentación de estas publicaciones se deberá acreditar
fehacientemente su autoría. -Evidencias de trabajo que avalen su
experiencia como intérprete, mediador(a) bilingüe y/o traductor(a) de
lenguas
indígenas
(oficios
de
notificación,
textos
traducidos,
reconocimientos de participación, etcétera.) En la presentación de estas
evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
j)
Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o
afromexicana. Acto voluntario, al tener un vínculo cultural, histórico, político,
lingüístico o de otro tipo, en el que se manifiesta la identificación propia
como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente, se calificará de
acuerdo con la manifestación que realice la persona candidata en la
revisión documental durante el concurso, identificando por escrito de
declaración de autoadscripción, el nombre del pueblo o comunidad indígena
o afromexicana a la que se autoadscriba.
k)
Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se
considera como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su
carrera profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia
establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en
concurso. Se calificará a la persona candidata que compruebe que al
momento de la publicación del concurso su edad no sobrepase los 30 años.
l)
Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas candidatas
que, a pesar de presentar una discapacidad, cumplan con los requisitos de
escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y
perfil del puesto en concurso. Se calificará a la persona candidata que se
autoreconozca como persona con discapacidad. La persona participante
deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de su
discapacidad.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables,
será motivo de descarte del concurso cuando la persona candidata:
NO se presente a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y
lugar que le sean señalados a través de su centro de mensajes de Trabajaen;
NO presente los originales de cualquiera de los documentos antes descritos en la
forma, fecha, hora y lugar que se le indique, a través de su centro de mensajes
de Trabajaen.
Que se encuentre en alguno de los supuestos señalados en la fracción VII del
artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
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DIARIO OFICIAL
211
Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática,
la constancia o solicitud de expedición o reexpedición de duplicados, o de reposición
con motivo del robo, destrucción o extravío de cualquiera de los documentos
descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquiera de los datos registrados
por los(las) aspirantes en Trabajaen o de la documentación mencionada ya sea
durante la revisión documental, o en cualquier etapa del proceso; o de NO exhibirse
para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean requeridos, será
motivo de descarte del concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad
para la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, la
cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
La Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados,
mantiene una política de igualdad de oportunidades libre de discriminación por
razones de edad, género, cultura, condición económica, origen étnico, apariencia
física, características genéticas, embarazo, preferencias sexuales, condiciones de
salud, discapacidad, religión, estado civil, o por cualquier otro motivo que atente
contra la dignidad humana, en atención a lo cual en ningún caso serán requeridos
exámenes de gravidez y/o de VIH/SIDA, para participar en el concurso y en su caso
para llevar a cabo la contratación.
NOTA: SE SOLICITARA QUE PREVIO A LA APLICACION DE ESTA ETAPA, SE
HAGAN LLEGAR LOS DOCUMENTOS DIGITALIZADOS EN FORMATO PDF A LA
CUENTA DE CORREO ELECTRONICO cmogollan@segob.gob.mx, ADICIONAL E
INEVITABLEMENTE DEBERA PRESENTARSE LA DOCUMENTACION PARA SU
COTEJO, EL ORIGINAL Y LA COPIA SIMPLE,
3ª.
Registro de
candidatos(as)
La inscripción o el registro de los(las) candidatos(as) a un concurso, se podrá
realizar a partir de la fecha de publicación de esta Convocatoria en la página
de Trabajaen, la cual asignará a los(las) candidatos(as) un número de folio de
participación para el concurso una vez que los(las) mismos(as) hayan aceptado
sujetarse a las presentes bases, y que servirá para formalizar la inscripción al
concurso de la plaza de que se trate y de identificación durante el desarrollo del
proceso hasta antes de la Entrevista que haga el Comité Técnico de Selección; lo
anterior, con el fin de asegurar el anonimato de los(as) candidatos(as).
Al momento de que los y las candidatos(as) registren su participación el Sistema de
Trabajaen, se realizará de forma automática la revisión curricular, asignando un folio
de participación en aquellos casos en que la información capturada en su Currículum
sea compatible con el perfil del puesto vacante o un folio de rechazo que lo
descartará del concurso.
Para continuar en concurso se deberán acreditar cada una de las etapas y demás
requisitos establecidos en la presente convocatoria.
El concurso se conducirá a partir del siguiente calendario, la Coordinación General
de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados podrá modificar dentro de los
plazos establecidos, el lugar, fecha y hora programados para desahogar cada etapa
y subetapa, por lo que se recomienda dar seguimiento a los mensajes a través
del Centro de mensajes de Trabajaen. La aplicación de las evaluaciones
consideradas en el proceso de selección se realizará preferentemente en las mismas
fechas y horarios a todos(as) los(as) candidatos(as) que continúen en el concurso a
fin de garantizar la igualdad de oportunidades.
CALENDARIO DEL CONCURSO
Fase o Etapa
Fecha o plazo
Publicación de convocatoria.
11 de marzo de 2026
Registro de candidatos(as) y
Revisión curricular.
Del 11 de marzo al 25
de marzo 2026
Recepción de solicitudes para
Reactivación de folios.
26 de marzo 2026
Examen de Conocimientos Técnicos
A partir del 01 de abril del 2026
Examen de conocimientos Generales
de la Administración Pública Federal
Evaluación de Habilidades.
Revisión Documental.
Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito.
Entrevista por el Comité Técnico de Selección.
Determinación.
Si se presenta alguna situación no prevista en estas bases, se informará a todos(as)
los(las) candidatos(as) a través del portal trabajaen.gob.mx.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
4ª.
Temarios
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de Conocimientos serán
publicados en la convocatoria de la página www.trabajaen.gob.mx
Para el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal
deberá consultar la página https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/
Las guías de estudio para las Evaluaciones de Habilidades se encuentran
disponibles con el nombre de “Guía de Estudio para las Evaluaciones de Habilidades
en Trabajaen.www.trabajaen.gob.mx
5ª.
Presentación de
evaluaciones
La Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados,
comunicará a cada candidato(a), la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse
para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del
concurso, a través de su Centro de mensajes en Trabajaen. El mensaje de invitación
para participar en dichas evaluaciones se enviará con al menos dos días hábiles de
anticipación de conformidad con lo señalado en el artículo 254 de las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
vigente.
En dicha comunicación, se especificará la duración aproximada de cada aplicación,
así como el tiempo de tolerancia para el inicio del examen y/o evaluaciones,
considerando como hora referencial la que indiquen los equipos de cómputo de la
Dirección General de Recursos Humanos de la Secretaría de Gobernación. Una vez
trascurrido el tiempo de tolerancia, por ningún motivo se aplicará el examen y/o
evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el examen y/o las evaluaciones si el o la
participante no presentan la documentación requerida.
Sin excepción alguna, serán motivo de descarte, sin responsabilidad para el Comité
Técnico de Selección o para la Coordinación General de la Comisión Mexicana
de Ayuda a Refugiados, además de los que se señalen en cada etapa del
procedimiento, los siguientes supuestos: cuando el(la) candidato(a) no se presenten
en la fecha, lugar y hora señaladas en el mensaje de invitación que reciba por medio
de su centro de mensajes del portal de Trabajaen; cuando el(la) candidato(a) se
presente sin los documentos solicitados en dicho mensaje o no estén legibles o
estén incompletos o cortados; cuando se presente una vez transcurrido el tiempo de
tolerancia señalado en el mensaje de invitación; abandone la sala antes de concluir
la evaluación correspondiente; se le sorprenda consultando apuntes; tomando
fotografías o audios de cualquier tipo o reproduciendo por cualquier vía el contenido
de la evaluación de que se trate; o bien, no acredite la etapa correspondiente.
Quienes por decisión propia registren su participación para dos o más concursos en
esta Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados y las
etapas de éstos sean programados en el mismo día, hora y lugar; con propósito de
hacer prevalecer el principio de imparcialidad del Sistema del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, deberán elegir el concurso por el
cual continuará su participación, ya que una vez iniciada la sesión, por ningún motivo
se aplicarán exámenes o evaluaciones después haber transcurrido el tiempo de
tolerancia de la etapa en proceso, razón por la cual, no podrá aplicarse más de una
evaluación de manera simultánea.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la
aprobación de la Etapa “Revisión Curricular”, y en lo subsecuente se contemplará lo
siguiente:
a)
ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS TECNICOS, EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA
FEDERAL Y EVALUACIONES DE HABILIDADES.
La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la
primera correspondiente al Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya
calificación mínima aprobatoria es de 70, en una escala de 0 a 100 sin
decimales; obtener una calificación menor a la establecida es motivo de
descarte, las personas que acrediten el examen de conocimientos técnicos
podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal.
Examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, la
calificación mínima aprobatoria para todos los rangos será 70 puntos, en una
escala de 0 a 100 puntos, sin decimales.
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En caso de que el resultado entre el “Examen de Conocimientos Técnicos” del
“Examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal” sea
menor a 70 de 100, el sistema procederá al descarte de la persona candidata.
Será motivo de descarte el hecho de no presentarse en la fecha, lugar y hora
señalados en el mensaje de Trabajaen.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, será la
proporcionada por la Dirección General de Gestión para las Personas
Servidoras Públicas al Servicio de la Sociedad, de la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno.
Los resultados aprobatorios obtenidos tendrán una vigencia de un año, contado
a partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de Trabajaen, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Para el caso del Examen de conocimientos técnicos del puesto, la persona
candidata deberá solicitar el reconocimiento de la vigencia a través de la
Dirección General de Gestión para las Personas Servidoras Públicas al Servicio
de la Sociedad, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, a más tardar
un día posterior al cierre de inscripciones del concurso que corresponda,
siempre y cuando se trate del mismo puesto, temario y bibliografía.
En caso de no contar con una respuesta respecto en la solicitud correspondiente
previo a los(las) aspirantes que hubiesen solicitado el reflejo de los resultados
obtenidos con anterioridad, deberán presentarse a la evaluación el mismo día
que el resto al inicio de la subetapa de examen de conocimientos técnicos, de
los(las) participantes; lo anterior, a fin de dar cumplimiento con el artículo 18
fracción II, del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, los(las) candidatos(as) podrán participar en otros concursos sin
tener que sujetarse nuevamente en la aplicación de examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un
resultado aprobatorio, dicho resultado se verá reflejado de forma automática en
el portal de Trabajaen.
De conformidad con el artículo 265 de las Disposiciones generales en materia
de recursos humanos de la Administración Pública Federal, que a la letra
señala:
“En los casos en que el Comité Técnico de Selección determine la revisión de
exámenes, ésta sólo podrá efectuarse con respecto de la correcta aplicación de
las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que
ello implique la entrega de los reactivos ni de las opciones de respuesta.
En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de
evaluación”, al respecto y en caso de que un(a) candidato(a) requiera revisión
del examen de conocimientos técnicos del puesto o del examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal ésta deberá ser
solicitada a través de un escrito firmado autógrafamente, dentro de un plazo
máximo de dos días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la
página de Trabajaen. El escrito de solicitud de revisión de examen de
conocimientos deberá precisar para cuál de los exámenes requiere la revisión y
deberá contener el folio de participación, nombre, correo electrónico y firma de
la persona candidata y ser dirigido a la L.C. Jessica Ruiz Hernández, Secretaría
Técnica del Comité Técnico de Selección y se entregará en Calle 10 No. 167
Col. Granjas San Antonio C.P. 09070, Alcaldía Iztapalapa, CDMX en un horario
de 9:00 a 15:00 horas.
Una vez que la Secretaría Técnica reciba la solicitud, verificará que cumpla con
lo requerido en el párrafo anterior, de no ser así, se comunicará a la persona
candidata que la solicitud no fue procedente. En caso de que la solicitud cumpla
con los requisitos aquí señalados, la Secretaría Técnica convocará al Comité
Técnico de Selección para que sesione dentro de los 5 días hábiles posteriores
a su recepción, una vez que el Comité Técnico de Selección determine lo
conducente, la Secretaría Técnica comunicará la respuesta a la persona
solicitante a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
Es importante señalar que en cumplimiento al artículo 265 de las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, arriba señalado, únicamente se hará dicha revisión en lo que respecta
a la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o
procedimientos utilizados, no podrán entregarse los reactivos ni las opciones de
respuesta, en ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o de los
criterios de evaluación.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Las herramientas que, esta Dependencia aplicará para las evaluaciones de
habilidades, serán las proporcionadas por la Dirección General de Gestión para
las Personas Servidoras Públicas al Servicio de la Sociedad, de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, mismas que para su consulta se encuentran en
la plataforma de Trabajaen, la evaluación de habilidades no será motivo de
descarte, tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en que se
den a conocer a través de Trabajaen, tiempo en el cual los(las) candidatos(as)
podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de
habilidades, siempre y cuando correspondan a las mismas habilidades a evaluar
y hayan sido aplicadas a través de las herramientas proporcionadas por la
Dirección General de Gestión para las Personas Servidoras Públicas al Servicio
de la Sociedad, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. Los resultados
obtenidos no serán motivo de descarte, salvo el hecho de no presentarse en la
fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
La Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, aplicará
las herramientas de evaluación en sus instalaciones y/o en las instalaciones de la
Dirección General de Recursos Humanos (DGRH) de la Secretaría de Gobernación
(SEGOB), o en su caso, en los centros de evaluación autorizados.
ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO:
La Etapa de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito se desahogará
bajo un esquema presencial, por lo que, en un primer momento el(la) candidato(a)
deberá enviar digitalizados en formato PDF y en carpeta comprimida, mediante la
utilización de tecnologías de información y comunicación los documentos requeridos
en la 2a. base de participación de esta Convocatoria, de conformidad con el mensaje
de invitación que reciba a través de su centro de mensajes de Trabajaen,
posteriormente deberá acudir en la fecha, lugar y hora señalados en dicho mensaje
de invitación, donde deberá presentar para cotejo los originales de los documentos
enviados y firmar las cédulas de evaluación correspondientes a la etapa.
Será motivo de descarte cuando el(la) candidato(a) NO proporcione la
documentación requerida en la forma, fecha y horario establecido en el mensaje de
invitación que se emita a través de Trabajaen para tal efecto, NO presentarse en la
fecha, lugar y hora que sea citado para concluir con la Etapa, así como no presentar
el currículum de Trabajaen, que se encuentre en alguno de los supuestos señalados
en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como la NO presentación del original de cualquiera de los
documentos que se describen en esta Convocatoria, incluido el hecho de que la
carrera específica con la que se pretenda acreditar la carrera genérica o lo que se
establece en el del puesto en concurso no se encuentre contenida en el Catálogo de
Carreras que en la fecha de la revisión documental consulte en Trabajaen el
personal de la Dirección de Administración y Finanzas de la CGCOMAR, así como
no acreditar las áreas de experiencia requeridas en el perfil del puesto.
Los resultados obtenidos serán considerados en el Sistema de Puntuación General.
Esta Etapa se acreditará con las evidencias documentales que se indican en la
Actualización de la Metodología y de las escalas de calificación, para operar los
mecanismos, para la evaluación de la experiencia y la valoración del mérito del
servicio profesional de carrera, que podrá consultar en www.trabajaen.gob.mx,
dando clic en la liga Documentos e Información Relevante.
De conformidad con dicha Metodología, los elementos que se calificarán para la
Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
• Orden en los puestos desempeñados.
• Duración en los puestos desempeñados.
• Experiencia en el Sector público.
• Experiencia en el Sector privado.
• Experiencia en el Sector social.
• Nivel de responsabilidad.
• Nivel de remuneración.
• Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del
puesto vacante.
• En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los
siguientes:
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DIARIO OFICIAL
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•Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes
participan en calidad de servidores(as) públicos(as) de carrera titulares, en cuyo
caso podrá presentar la última evaluación del desempeño anual como servidor(a)
público(a) de carrera titular.
•Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes
participan en calidad de servidores(as) públicos(as) de carrera titulares.
•Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan
en calidad de servidores(as) públicos(as) de carrera titulares.
• Logros.
• Distinciones.
• Reconocimientos o premios.
• Actividad destacada en lo individual.
• Otros estudios.
• Habla de Lengua Indígena.
•Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o
afromexicana.
• Perspectiva de juventudes.
• Persona con discapacidad
Para constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada en
Trabajaen, y aquella que se muestre para acreditar cualquier etapa, se deberá
presentar el currículum de Trabajaen, la Coordinación General de la Comisión
Mexicana de Ayuda a Refugiados, en los casos que lo considere pertinente, podrá
solicitar referencias, realizar consultas y cruce de información con los registros
públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades correspondientes.
En los casos en que no se acredite su autenticidad se descartará al (a la)
candidato(a), o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección
y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Coordinación
General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados la cual se reserva el
derecho de ejercer las acciones legales procedentes.
En observancia del principio de igualdad de oportunidades no procederá la
reprogramación de las fechas para la aplicación de cualquiera de las etapas del
concurso a petición de los(las) candidatos(as).
6ª.
Etapa de
entrevista
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán
considerados para elaborar el listado de aspirantes con los resultados más altos a fin
de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con las
reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la Coordinación
General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, basada en los artículos
271 y 275 de las Disposiciones.
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización de la Coordinación General
de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, pasarán a la etapa de Entrevista,
los(as) tres candidatos(as) con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de
prelación registrado. En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo con el
orden de prelación, accederán a la etapa de entrevista el primer lugar, el segundo
lugar y la totalidad de candidatos(as) que se continuarán entrevistando, será como
mínimo de tres y sólo se entrevistarían, en caso de no contar al menos con un
finalista de entre los(as) candidatos(as) ya entrevistados.
El Comité Técnico de Selección podrá sesionar por medios remotos de
comunicación electrónica, cuando así resulte conveniente.
Para la evaluación de la entrevista, el Comité Técnico de Selección considerará los
criterios siguientes:
•
Contexto:
Toda
situación,
entorno
o
circunstancias
que
rodean
un
acontecimiento.
•
Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de
decisiones.
•
Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas.
•
Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte de una situación
o evento.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
La etapa de la entrevista podrá ser realizada de manera remota, considerando los
siguientes pasos:
a)
Se citará a los(as) candidatos(as) vía Trabajaen, para el desahogo de la etapa
de manera remota; ocupando la aplicación que se envía vía portal de Trabajaen,
en una fecha y horario determinados. El mensaje de invitación, contendrá las
instrucciones y especificaciones del equipo necesarias para el desarrollo
de la etapa.
b) El (la) candidato(a) registrará asistencia mostrando frente a la cámara los
documentos que acrediten su identidad, así como su RFC y CURP; y presentará
la Etapa de Entrevista.
c)
La Secretaría Técnica presentará a los integrantes del Comité y se les indicará
el orden de los cuestionamientos será en primera instancia el (la) Presidente(a),
posteriormente el o la Representante de la Representante de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno y finalmente la Secretaría técnica.
d) Una vez concluidas las preguntas con el candidato(a), se concluirá la Sesión
con el (la) mismo(a) y se le enviará vía correo electrónico, el formato de
Encuesta de satisfacción que emite la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno y enviar por ese mismo medio a la brevedad al correo:
cmogollan@segob.gob.mx que confirmará la asistencia a dicha etapa.
7ª.
Etapa de
Determinación
Se considerarán finalistas a los(as) candidatos(as) que acrediten el Puntaje Mínimo
de Aptitud en el Sistema de Puntuación General que consiste en una calificación de
70, en una escala de 0 a 100 sin decimales.
En esta etapa, el Comité Técnico de Selección resuelve el proceso de un concurso,
mediante la emisión de su determinación declarando:
a)
Ganador (a) del concurso: el o la finalista que obtenga la calificación más alta en
el proceso de selección, es decir, a la de mayor Calificación Definitiva, y;
b) Al/La finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a
ocupar el puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas
a la dependencia, el (la) ganador (a) señalado en el inciso anterior:
I.
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto
en la Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o
II.
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la
fecha señalada, o
III. Desierto el concurso.
8ª.
Reglas de
Valoración y
Sistema de
puntuación
El listado de candidatos(as) en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los
resultados obtenidos por aquellos con el puntaje más alto en su esquema general de
evaluación, de conformidad con el siguiente Sistema de Puntuación General:
Puntajes de Ponderación por Reglas de Valoración General
• Nivel Enlace (Evaluación de conocimientos técnicos y conocimientos generales de
la Administración pública federal 30 (exámenes de conocimientos), habilidades 20,
Experiencia 10, Valoración del Mérito 10, Entrevista 30).
•
Nivel
Jefe
de
Departamento
(Evaluación
de
conocimientos
técnicos
y conocimientos generales de la Administración pública federal 30 (exámenes de
conocimientos), habilidades 20, Experiencia 10, Valoración del Mérito 10,
Entrevista 30).
• Nivel Subdirector de Area (Evaluación de conocimientos técnicos y conocimientos
generales de la Administración pública federal 30 (exámenes de conocimientos),
habilidades 20, Experiencia 10, Valoración del Mérito 10, Entrevista 30).
• Nivel Director de Area (Evaluación de conocimientos técnicos y conocimientos
generales de la Administración pública federal 30 (exámenes de conocimientos),
habilidades 20, Experiencia 10, Valoración del Mérito 10, Entrevista 30).
• Nivel Director General (Evaluación de conocimientos técnicos y conocimientos
generales de la Administración pública federal 30 (exámenes de conocimientos),
habilidades 20, Experiencia 10, Valoración del Mérito 10, Entrevista 30).
Se asignará un puntaje único de 15 puntos para todos (as) los (las) aspirantes a
puestos de Enlace, de conformidad con lo señalado en el artículo 231 de las
Disposiciones.
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DIARIO OFICIAL
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9ª.
Publicación de
resultados
Los resultados a lo largo del concurso serán publicados en el portal
www.trabajaen.gob.mx, identificándose con el número de folio asignado para cada
candidato (a).
De conformidad con la obligación de trasparencia establecida en la fracción XIV del
artículo 70 de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública,
se informa que los resultados de los concursos publicados en esta dependencia se
actualizan de manera trimestral conforme a lo establecen los lineamientos en la
materia y pueden consultarse en el portal de obligaciones de transparencia (SIPOT).
En la siguiente dirección electrónica https://www.plataformadetransparencia.org.mx/
10ª.
Reserva de
Aspirantes
Los(as) candidatos(as) entrevistados(as) por los miembros del Comité Técnico de
Selección que no resulten ganadores(as) del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo
de Aptitud, se integrarán a la Reserva de Aspirantes de la rama de cargo o puesto
de que se trate, teniendo una permanencia en la misma de un año, contado a partir
de la publicación de los resultados finales del concurso de que se trate.
Los candidatos(as) finalistas estarán en posibilidad de ser convocados(as) durante el
periodo que dure su permanencia en la reserva de aspirantes y tomando en cuenta
la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidos por el Comité Técnico de
Profesionalización de la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda a
Refugiados, a participar en concurso bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la
reserva de aspirantes.
11ª.
Declaración de
Concurso
Desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 40 del Reglamento, declarar desierto un concurso por las siguientes causas:
I.
Porque ningún candidato se presente al concurso;
II.
Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación
para ser considerado finalista, o
III. Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o
bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico
de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva convocatoria.
12ª.
Cancelación de
Concurso
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso de las plazas en los
supuestos siguientes:
a)
Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa
que restrinja la ocupación del puesto de que se trate o,
b) El puesto de que se trate se apruebe como libre designación o bien se considere
para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en
su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona o,
c)
Cuando el Comité Técnico de Profesionalización determine que se modifica o
suprime del catálogo del puesto en cuestión.
13ª.
Principios del
Concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia,
objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de
género, sujetándose el desarrollo proceso y la determinación del Comité Técnico
de Selección, a las Disposiciones de LSPCAPF, su Reglamento y de las
Disposiciones.
14ª.
Resolución de
Dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que el (la) aspirante
formulen con relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra
disponible el correo electrónico: cmogollan@segob.gob.mx, así como un módulo de
atención telefónico en el número 5552098800 extensiones. 31220 y el cual estará
funcionando de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 hrs.
15ª.
Inconformidades
Los (las) concursantes podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de
Especialidad en Quejas, Denuncias e Investigaciones del ramo Gobernación, en
calle Bahía de Santa Bárbara N° 193, Pisos 1, 2 y 3, Col. Verónica Anzures,
C.P. 11300, Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, en términos de lo dispuesto
en LSPCAPF y su Reglamento.
16ª.
Procedimiento
para
reactivación de
Folios
La reactivación de folio sólo será procedente cuando sean causas imputables al
sistema, una vez cerrado el proceso de inscripción al concurso, el aspirante tendrá
1 día hábil a partir de la fecha de cierre para presentar su escrito de petición de
reactivación de folio en la Coordinación General de la Comisión Mexicana de Ayuda
a Refugiados, ubicada en Calle de Londres No. 102, piso 3.½, Col. Juárez, Alcaldía
Cuauhtémoc, C.P. 06600 en Ciudad de México, dentro del horario de 10:00 a 14:00
horas.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
El escrito referido deberá incluir:
•
Pantallas impresas del portal www.trabajaen.gob.mx donde se observe su folio
de rechazo;
•
Pantallas impresas del portal www.trabajen.gob.mx donde se observe, si es el
caso, las evaluaciones que ha presentado y sus vigencias;
•
Justificación del porqué considera se deba reactivar su folio;
•
Original y Copia de los documentos comprobatorios de su experiencia laboral y
escolaridad;
•
Indicar la dirección física y electrónica donde puede recibir la respuesta a su
petición, que será evaluada y resulta por el Comité Técnico de Selección
respectivo.
De conformidad con el artículo 268 e las Disposiciones.
No será procedente la reactivación de folios cuando las causas del descarte sean
imputables a la aspirante, como serían:
a)
La renuncia al concurso por parte de la aspirante;
b) Duplicidad de registros y la cancelación en el sistema imputables al aspirante.
c)
Cuando se advierta la duplicidad de registro en TrabajaEn, el CTS advertirá a
los aspirantes de dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la
información y preservar un único registro. Los casos que se presenten bajo el
supuesto anterior se informarán a la Unidad para que, en su caso, determine
las medidas que resulten pertinentes en base en el artículo 269 de las
Disposiciones. Recibidas las solicitudes de reactivación de folios, la Secretaría
Técnica del Comité Técnico de Selección convocará en un término no mayor a
10 días hábiles a sesión de Comité Técnico de Selección, a efecto de analizar y
determinar la procedencia o no, de la solicitud del aspirante. La Coordinación
General de la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados, notificará a la
aspirante el Acuerdo emitido por el Comité Técnico de Selección.
17ª.
Disposiciones
generales
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes de la Coordinación
2.
Los datos personales de las concursantes son confidenciales aun después de
concluido el concurso.
3.
Cuando el/la ganador(a) del concurso tenga el carácter de servidor(a) público(a)
de carrera titular, para poder ser nombrado(a) en el puesto sujeto a concurso,
deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado,
toda vez que no puede permanecer activo(a) en ambos puestos, así como
de haber cumplido la obligación que le señala fracción VIII del artículo 11 de
LSPCAPF.
4.
Una vez que el Comité Técnico de Selección haya resuelto sobre el/la
candidato(a) ganador(a), éste(a) deberá presentarse a laborar en la fecha y hora
indicada por la dependencia; de no ser así se considerará renuncia a su ingreso,
por lo que el Comité podrá optar por elegir entre los (as) finalistas a la siguiente
con la calificación más alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60
fracciones I y 75, fracción I de LSPCAPF.
5.
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el
Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
6.
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica, sin
embargo se podrán modificar las fechas indicadas cuando así resulte necesario
o en razón del número de aspirantes que se registren, y notificación
correspondiente a los aspirantes a través del portal: www.trabajaen.gob.mx.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Gobernación
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
La Secretaria Técnica del Comité Técnico de Selección
Jefa de Departamento de Recursos Humanos y Materiales
L.C. Jessica Ruiz Hernández
Rúbrica.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
219
Secretaría de Hacienda y Crédito Público
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 1152
“IGUALDAD ENTRE MUJERES Y HOMBRES, BAJO LOS PRINCIPIOS RECTORES DE IGUALDAD Y NO
DISCRIMINACION”, CONFORME AL ARTICULO 1° FRACCION III DE LA LEY FEDERAL
PARA PREVENIR Y ELIMINAR LA DISCRIMINACION
DIRIGIDA A TODA PERSONA INTERESADA, QUE DESEE INGRESAR AL SERVICIO PROFESIONAL
DE CARRERA CONSIDERANDO EL CRITERIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACION
El Comité Técnico de Selección en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en los
artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 09 de enero de 2006;
17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 de su Reglamento, última reforma publicada en el DOF el 04 de enero de 2024;
230, 241, 242, 243, 246, 247, 253, 254, 255, 256 y 271 del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado en
el DOF el 19 de diciembre de 2025; emite la siguiente Convocatoria Pública y Abierta dirigida a toda persona
interesada en ingresar al Servicio Profesional de Carrera, para ocupar los siguientes puestos vacantes en la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público:
Nombre del Puesto:
Subdirección de Implementación y Análisis del Desempeño
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-419-1-M1C017P-0000232-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel (Grupo/Grado):
N33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$64,854.00 (Sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta
y cuatro pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Política y Estrategia para Resultados
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto tiene personal a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere conocimientos específicos para
el desarrollo de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
220
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 4 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal:
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar: Sí
Frecuencia: A veces
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Establecer mecanismos de coordinación con las entidades federativas, los
municipios y las DTCDMX para el análisis y mejora de su desempeño en la
ejecución del ciclo presupuestario, mediante la aplicación de instrumentos
de diagnóstico y seguimiento de la implementación del PbR-SED en el
ámbito local, con el propósito de identificar avances, rezagos y áreas de
oportunidad en la consolidación de dicho enfoque y orientar acciones hacia
la mejora del desempeño del gasto público en los tres órdenes de gobierno.
2.
Aplicar la metodología establecida para analizar el avance en la
implementación y operación del PbR-SED en los gobiernos subnacionales,
mediante la consolidación, sistematización y análisis de la información
remitida por estos, con el propósito de generar un análisis que permita
dimensionar el nivel de institucionalización del enfoque de resultados en el
ámbito local, proponer líneas de acción para su fortalecimiento, e integrar
el informe correspondiente.
3.
Proponer mecanismos para la recopilación e integración de información
acerca de la implementación del PbR-SED en las entidades federativas, los
municipios y las DTCDMX, mediante el diseño de instrumentos de
levantamiento de datos, su validación metodológica y la habilitación de una
plataforma digital en relación con la recopilación de datos y evidencia
documental, con el propósito de producir información útil que permita
retroalimentar a los gobiernos subnacionales y fortalecer el desempeño del
gasto público en los tres órdenes de gobierno.
4.
Proponer ajustes metodológicos a los instrumentos de diagnóstico y
seguimiento del PbR-SED en los gobiernos subnacionales, mediante el
análisis de su desempeño en ejercicios previos y la revisión de referentes
técnicos nacionales e internacionales, con el propósito de garantizar su
vigencia, pertinencia y alineación con el enfoque de resultados.
5.
Proponer estrategias para el fortalecimiento de capacidades institucionales
en materia de PbR-SED en los gobiernos de las entidades federativas, los
municipios y las DTCDMX, mediante el análisis de los hallazgos del informe
sobre los avances en la implementación y operación del PbR-SED y otros
estudios, la identificación de prácticas exitosas, la generación de espacios
de intercambio entre gobiernos subnacionales y la coordinación con actores
clave, a fin de contribuir a la consolidación de este enfoque en el ámbito
subnacional y mejorar el desempeño del gasto público.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
221
6.
Generar productos informativos acerca de la implementación del PbR-SED
en los gobiernos subnacionales, mediante la integración, procesamiento y
análisis
de
la
información
remitida
por
estos
y
otras
fuentes
complementarias, así como el uso de herramientas de visualización, con el
propósito de difundirlos y ponerlos a disposición de la ciudadanía y los
tomadores de decisiones, y así, orientar la toma de decisiones de gasto y
fortalecer la transparencia presupuestaria.
7.
Coordinar sesiones de retroalimentación con los gobiernos subnacionales
sobre los resultados del informe sobre la implementación y operación del
PbR-SED, mediante la preparación de materiales técnicos y el análisis
anticipado de hallazgos, con el propósito de fomentar el diálogo, la
apropiación de resultados y la mejora continua del ciclo presupuestario.
8.
Efectuar el seguimiento a la participación de las entidades federativas,
municipios y DTCDMX en la entrega de la información sobre los avances en
la implementación y operación del PbR-SED, mediante la interlocución
institucional, y la atención de dudas técnicas, con el propósito de asegurar
su cobertura, oportunidad y representatividad del análisis que realice.
9.
Efectuar la integración del informe sobre el avance en la implementación y
operación del PbR-SED en los gobiernos subnacionales, mediante el
análisis de la información aportada por las entidades federativas, municipios
y DTCMX, con el fin de entregarlo en tiempo y forma al Congreso de la
Unión y cumplir con la normatividad en la materia.
10. Colaborar en el diseño de contenidos de capacitación dirigidos a los
gobiernos subnacionales en materia de PbR-SED, mediante la identificación
de brechas técnicas, patrones de rezago y necesidades específicas
detectadas en el diagnóstico sobre la implementación y operación del
PbR-SED y en el proceso de integración del informe, así como en otros
análisis y espacios de interlocución con estos, a efecto de asegurar que las
acciones formativas de la UPER incorporen una perspectiva local,
respondan a los contextos territoriales y fortalezcan la apropiación del
enfoque PbR-SED en los distintos órdenes de gobierno.
Nombre del Puesto:
Subdirección de Legislación en Impuestos Indirectos A
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-312-1-M1C017P-0000221-E-C-A
Rama de Cargo:
Normatividad y Gobierno
Nivel (Grupo/Grado):
N33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$64,854.00 (Sesenta y cuatro mil ochocientos cincuenta
y cuatro pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Legislación Tributaria
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones.
Puestos subordinados: El puesto cuenta con personal bajo su mando.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 4 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
222
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Sistema General de las Contribuciones y Derecho Administrativo
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal.
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar: Sí
Frecuencia: A veces
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Por reformas jurídicas en materia de su competencia y/o en su caso, Resolución
Miscelánea Fiscal.
Funciones:
1.
Supervisar y proponer en la elaboración de los proyectos de iniciativas de
ley o decretos y proyectos de reglamentos, acuerdos y decretos en materia
del Impuesto al Valor Agregado, así como los proyectos de reglas generales
y otras disposiciones de carácter fiscal en dicha materia, en coordinación
con las unidades administrativas competentes en la formulación de la
Política
de
Ingresos
Federales,
mediante
la
evaluación
de
los
planteamientos y de las definiciones de política tributaria que se pretendan
implementar, a fin de determinar y consolidar un marco legal que permita
regular diversos supuestos en dicha materia, así como la recaudación del
Impuesto al Valor Agregado.
2.
Colaborar en la orientación jurídica a las entidades federativas cuando lo
soliciten, en la elaboración de sus ordenamientos fiscales, verificando que
no contravengan las disposiciones en la materia del Impuesto al Valor
Agregado, mediante el análisis de la información que se presente y la
emisión de comentarios a sus anteproyectos, con la finalidad de que su
aplicación sea armónica con el marco normativo vigente.
3.
Colaborar en la orientación que se brinda a las unidades administrativas de
la Secretaría, del Servicio de Administración Tributaria, de la Agencia
Nacional de Aduanas de México y de otras dependencias de la
Administración Pública Federal, mediante el análisis de la información que
se presente y del marco normativo aplicable, para establecer la adecuada
interpretación y aplicación de la legislación en materia del Impuesto al Valor
Agregado, con el fin de proponer medidas para la pronta y expedita
administración de justicia en dicha materia, que sean acordes con la política
tributaria vigente.
4.
Diagnosticar las problemáticas y opiniones vertidas por las dependencias y
entidades de la Administración Pública Federal, proponiendo, en su caso,
las medidas de política impositiva que deben instrumentarse, con el objetivo
de establecer la adecuada aplicación de las disposiciones jurídicas en
materia del Impuesto al Valor Agregado.
5.
Diagnosticar las problemáticas y opiniones vertidas por los diversos grupos
o sectores sociales, mediante el análisis de los hechos o planteamientos
formulados sobre cada caso concreto, y proponer las medidas que se
deben tomar respecto del tratamiento a dichos grupos o sectores sociales,
en relación con el Impuesto al Valor Agregado, con la finalidad de que su
aplicación sea armónica con el marco normativo aplicable.
6.
Proponer para aprobación superior los anteproyectos de convenios y
acuerdos en materia de coordinación fiscal federal, mediante la
interpretación de las disposiciones jurídicas aplicables que busquen atender
las circunstancias actuales de los sectores de contribuyentes, con la
finalidad de emitir las opiniones jurídicas y formular medidas que faciliten
la operación y recaudación en materia del Impuesto al Valor Agregado.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
223
7.
Proponer y supervisar en la formulación de los proyectos de iniciativas
de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos o resoluciones en materia del
Impuesto al Valor Agregado, así como de iniciativas de leyes o decretos
que se presenten ante el Congreso de la Unión en dicha materia, que sean
sometidos a su consideración, mediante el análisis jurídico de las
propuestas contenidas en dichos proyectos, con la finalidad de emitir
opinión respecto de su viabilidad o impacto en las materias de su
competencia.
8.
Proponer la emisión de opiniones en materia del Impuesto al Valor
Agregado, respecto de los proyectos de resoluciones de carácter fiscal
derivados de las medidas de política impositiva que deben instrumentarse,
así como las necesarias para su aplicación, mediante el análisis jurídico de
las propuestas contenidas en dichos proyectos, con el fin de plantear
estrategias que fortalezcan la correcta interpretación y aplicación de la
legislación en dicha materia.
9.
Colaborar en las investigaciones y estudios de derecho comparado en
materia del Impuesto al Valor Agregado, mediante la evaluación de la
legislación extranjera y su similitud con las disposiciones nacionales, así
como la revisión de diversas fuentes, tales como doctrina, criterios
jurisprudenciales y sitios web gubernamentales, con el fin de conocer los
distintos esquemas jurídicos aplicables que pueden servir para la
formulación de propuestas en las referidas materias.
10. Colaborar con las unidades administrativas competentes de la Secretaría y
del Servicio de Administración Tributaria en el diseño de las formas oficiales
de avisos, declaraciones y demás documentos requeridos por las
disposiciones fiscales, en materia de Impuesto al Valor Agregado,
evaluando las propuestas presentadas por otras unidades administrativas
de la Secretaría, y elaborando diseños de política impositiva acordes al
marco jurídico aplicable, con la finalidad de proponer los instrumentos
necesarios para el cumplimiento de obligaciones en los términos de la
legislación fiscal vigente.
Nombre del Puesto:
Subdirección de Estudios Económicos Contables Internacionales
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-312-1-M1C016P-0000214-E-C-A
Rama de Cargo:
Normatividad y Gobierno
Nivel (Grupo/Grado):
N31
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$53,692.00 (Cincuenta y tres mil seiscientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Legislación Tributaria
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones.
Puestos subordinados: El puesto tiene personal a su cargo, por lo que se
requiere liderazgo para el logro de objetos institucionales.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 4 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Sistema General de las Contribuciones y Derecho Administrativo
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF)
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar: Sí
Frecuencia: A veces
Horario de trabajo: Mixto
Periodos Especiales de Trabajo: Sí
En Reforma Fiscal Anual y Resolución Miscelánea y negociaciones y reuniones
de organismos internacionales.
Funciones:
1.
Coordinar la formulación de anteproyectos de reforma a la legislación
nacional, sus reglamentos, resoluciones misceláneas y criterios normativos,
mediante la evaluación de la normativa vigente y las recomendaciones
emitidas por organizaciones internacionales, con el objeto de implementar
una Política Fiscal Internacional aplicable a Impuestos Nacionales, en
especial, al Impuesto Sobre la Renta.
2.
Colaborar en la representación de la Secretaría como persona delegada en
la Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE) y
demás organizaciones internacionales, mediante la coordinación del apoyo
en la participación de las reuniones llevadas a cabo por los grupos de
trabajo de dichas Organizaciones Internacionales, con el fin de vigilar los
intereses del país ante la comunidad internacional.
3.
Investigar las lagunas jurídicas que existan en la legislación nacional
aplicables a operaciones internacionales, mediante la evaluación de
la normativa nacional, con la finalidad de definir situaciones de erosión a la
base gravable de impuestos en México y el traslado de utilidades a países
de baja o nula tributación y promover su prevención.
4.
Colaborar en la emisión de los criterios de política fiscal aplicables a las
empresas multinacionales que realizan operaciones internacionales,
supervisando la elaboración de estudios respecto de la legislación nacional
e internacional vigente, a fin de determinar el correcto cumplimiento de las
disposiciones fiscales y evitar que trasladen sus utilidades a otros países
disminuyendo el pago de impuestos en México.
5.
Diagnosticar estrategias de implementación y seguimiento del proyecto
BEPS elaborado por la OCDE y aplicar un análisis de las recomendaciones
de dicho proyecto y las características de nuestro sistema jurídico, mediante
la investigación y el análisis de las disposiciones fiscales vigentes, con el
objetivo de determinar la viabilidad y la forma en que se deben de introducir
las mejores prácticas internacionales en materia fiscal en México.
6.
Coordinar
los
estudios
de
derecho
comparado
de
las
distintas
contribuciones y generar el análisis de las legislaciones nacionales de
distintos países, incluyendo el sistema jurídico al que pertenecen y los
factores sociales, económicos y políticos que le dieron origen, mediante el
diagnóstico de dichas disposiciones, con la finalidad de colaborar en
la Subsecretaría de Hacienda y Crédito Público a la implementación de las
mejores prácticas internacionales.
7.
Efectuar el análisis de las propuestas de adición, modificación o eliminación
de disposiciones fiscales que estén relacionadas a la Política Fiscal
Internacional, presentadas por organismos empresariales y sociales, y por
parte del Congreso de la Unión, así como representar a la Subsecretaría de
Hacienda y Crédito Público ante dichos organismos privados y públicos,
mediante la evaluación del material proporcionado, con el fin de vigilar los
intereses de la federación y evitar menoscabar la recaudación del país.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
225
8.
Generar el material técnico para la negociación de tratados internacionales
en materia fiscal, mediante la compilación e integración de los documentos,
a fin de determinar la información que permita fijar la postura de nuestro
país en dichas negociaciones.
9.
Programar los estudios sobre las áreas de riesgo que pudieran generar un
uso indebido de los instrumentos internacionales en materia fiscal que se
pretenda negociar por el Estado Mexicano y del marco jurídico fiscal
existente, mediante la definición de la legislación fiscal, con la finalidad de
establecer las medidas que deban implementarse respecto a la Política
Tributaria Internacional.
Nombre del Puesto:
Subdirección de Monitoreo de Indicadores de Desempeño
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-419-1-M1C015P-0000237-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel (Grupo/Grado):
N22
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$46,039.00 (Cuarenta y seis mil treinta y nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Política y Estrategia para Resultados
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto tiene personal a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere conocimientos específicos para
el desarrollo de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y Administrativas
Política y Gestión Social
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 4 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Econometría
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencia Política
Ciencias Políticas
226
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal.
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar: Sí
Frecuencia: A veces
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Supervisar el cumplimiento metodológico en los indicadores de desempeño,
mediante la revisión de consistencia de líneas base, metas y fórmulas, en
relación con las disposiciones establecidas para tal efecto, con el propósito
de asegurar su calidad técnica y comparabilidad en el tiempo de manera
que arrojen información útil para fortalecer el proceso presupuestario.
2.
Coordinar la integración de información de seguimiento de los Instrumentos
de Desempeño, mediante el establecimiento de formatos homologados y
herramientas digitales, para facilitar el análisis programático que permita
orientar la toma de decisiones presupuestarias.
3.
Efectuar análisis respecto de los indicadores de desempeño, mediante la
revisión y seguimiento de los reportes periódicos de avance, con el
propósito de evaluar la eficiencia y efectividad del gasto público y contribuir
a un ejercicio más trasparente de los recursos públicos.
4.
Establecer mecanismos de monitoreo estratégico, mediante revisión técnica
transversal de indicadores establecidos por las dependencias y entidades
en los instrumentos de seguimiento del desempeño, para detectar
oportunamente desviaciones y áreas de mejora, a fin de hacerlas del
conocimiento de las instituciones y promover su cumplimiento.
5.
Proponer lineamientos de monitoreo de indicadores, mediante guías
técnicas actualizadas y la identificación de áreas de oportunidad en las
disposiciones vigentes, con el propósito de normar y estandarizar el reporte
por parte de las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal.
6.
Coordinar el reporte de cumplimiento de metas por parte de las
dependencias y entidades, mediante la difusión de las fechas y formatos
establecidas para tal fin, con el propósito de alimentar informes de
desempeño, en cumplimiento de la normatividad aplicable.
7.
Promover la mejora de la información de los Instrumentos de Seguimiento
del Desempeño y la normatividad aplicable, mediante recomendaciones
derivadas de los procesos de monitoreo, para fortalecer la calidad de los
instrumentos, en el marco del Presupuesto basado en Resultados.
8.
Establecer la vinculación entre los diferentes niveles de indicadores,
mediante la definición de matrices de resultados y cadenas de valor, con el
propósito de alinear la información de desempeño de los programas
presupuestarios a la gestión para resultados en beneficio de la sociedad.
9.
Generar estadísticas clave de desempeño y difundir buenas prácticas de
monitoreo, mediante integración de bases de datos validadas, impartición
de talleres y capacitaciones, para promover su utilización en informes
sectoriales o institucionales y promover el aprendizaje institucional.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
227
Nombre del Puesto:
Subdirección de Diseño de Documentos de Seguimiento
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-419-1-M1C015P-0000239-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel (Grupo/Grado):
N22
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$46,039.00 (Cuarenta y seis mil treinta y nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Política y Estrategia para Resultados
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto tiene personal a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere conocimientos específicos para
el desarrollo de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 4 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Contabilidad
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF)
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
228
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar: Sí
Frecuencia: A veces
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Coordinar el diseño metodológico de los instrumentos de seguimiento,
mediante criterios técnicos homologados, con el propósito de asegurar la
coherencia en la generación de documentos programáticos.
2.
Supervisar la alineación de documentos de seguimiento, mediante la
verificación de su consistencia con la planeación estratégica, la clasificación
funcional y los objetivos institucionales, para fortalecer la calidad del diseño
programático.
3.
Compilar los elementos técnicos normativos del seguimiento del
desempeño, mediante la sistematización de lineamientos, manuales y
formatos, con el propósito de facilitar su aplicación en las dependencias
y entidades.
4.
Coordinar la integración de documentos de seguimiento en la plataforma
institucional, mediante procesos digitales estandarizados, para garantizar la
trazabilidad del desempeño institucional.
5.
Colaborar con las dependencias y entidades en el diseño de documentos
de seguimiento, mediante asistencia técnica especializada, para fortalecer
sus capacidades de programación.
6.
Evaluar los contenidos técnicos de los documentos de seguimiento,
mediante análisis cruzado con indicadores y matrices programáticas, para
asegurar su vinculación con los resultados esperados.
7.
Coordinar el acompañamiento institucional en procesos de revisión de
documentos, mediante asesoría y revisión conjunta con unidades
responsables, con el propósito de fortalecer el cumplimiento de estándares
técnicos.
8.
Establecer la vinculación de los instrumentos de seguimiento con la
estructura programática nacional, mediante análisis funcional y estratégico,
con el propósito de asegurar la alineación del gasto con las prioridades
nacionales.
9.
Difundir criterios de calidad en el diseño de documentos de seguimiento,
mediante sesiones de capacitación, documentación técnica y guías
institucionales, para promover el uso adecuado de los instrumentos del PbR
y del SED.
Nombre del Puesto:
Subdirección de Análisis y Monitoreo de Gasto Federalizado
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-419-1-M1C015P-0000236-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel (Grupo/Grado):
N22
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$46,039.00 (Cuarenta y seis mil treinta y nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Política y Estrategia para Resultados
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto tiene personal a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere conocimientos específicos para
el desarrollo de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
229
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Geografía
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 4 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal.
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar: Sí
Frecuencia: A veces
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Integrar los anexos correspondientes al ejercicio, destino y resultados de los
Recursos Federales Transferidos en los Informes sobre la Situación
Económica, las Finanzas Públicas y la Deuda Pública, así como la
información acerca de las modificaciones a los indicadores de desempeño
de los Programas presupuestarios (PP) de Gasto Federalizado, incluidos
los Fondos de Aportaciones Federales, mediante la estructuración y análisis
de la información reportada y descargada del SRFT, y la revisión de los
instrumentos de seguimiento del desempeño, las modificaciones reportadas
en el sistema de información administrado por la UPER para tal fin y los
indicadores vigentes en ejercicios fiscales anteriores, con la finalidad de
cumplir con lo dispuesto en la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria y demás normatividad en la materia.
2.
Supervisar la calidad de la información reportada en el SRFT por
los ejecutores del gasto de las entidades federativas, los municipios y las
DTCDMX, mediante la revisión, el análisis y la retroalimentación de la
información reportada, con el propósito de que cumpla con los estándares
de calidad previstos en la normatividad aplicable.
230
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
3.
Colaborar en la definición de métricas y criterios metodológicos para
monitorear y evaluar el ejercicio, destino y resultados de los recursos
federales transferidos, mediante la revisión de metodologías, marco
normativo, bibliografía y bases de datos disponibles, el análisis de
la información reportada en el SRFT y de fuentes complementarias, y la
coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal y demás áreas competentes de la SHCP, con el propósito de contar
con mecanismos objetivos de análisis y valoración que faciliten la
identificación de áreas de mejora y permitan proponer acciones orientadas
a fortalecer la eficiencia y el desempeño del gasto federalizado, en el marco
del ciclo presupuestario.
4.
Aplicar la metodología acordada para evaluar la calidad de la información
reportada por las entidades federativas, los municipios y las DTCDMX,
mediante la consolidación y análisis de la información del SRFT, y así,
identificar variaciones, detectar áreas de mejora y generar productos de
difusión que se compartan con los gobiernos subnacionales y estén
disponibles para la ciudadanía, con el fin fortalecer el proceso de reporte y
promover su mejora continua.
5.
Generar productos informativos y conjuntos de datos abiertos sobre el
ejercicio, destino y resultados de los recursos federales transferidos,
mediante la integración, procesamiento y análisis de la información
disponible en el SRFT y otras fuentes complementarias, con el propósito de
difundirlos y ponerlos a disposición de la ciudadanía y los tomadores
de decisiones para orientar la toma de decisiones de gasto federalizado y
fortalecer la transparencia presupuestaria y la rendición de cuentas.
6.
Diagnosticar los factores que inciden en los rezagos y deficiencias de la
información sobre el ejercicio, destino y resultados de los recursos federales
transferidos a los gobiernos subnacionales, mediante el análisis sistemático
de la información reportada en el SRFT y otras fuentes complementarias,
así como de los esquemas de organización y operación de los gobiernos
subnacionales en la gestión de los Recursos Federales Transferidos, con el
propósito de identificar áreas críticas y proponer estrategias que mitiguen su
impacto y fortalezcan la calidad, oportunidad y utilidad de la información.
7.
Servir en la atención de dudas, aclaraciones y solicitudes de asistencia
técnica respecto del reporte de recursos en el SRFT, incluidos aspectos
de usuario, mediante el seguimiento puntual a incidencias, la generación de
respuestas técnicas fundamentadas y la sistematización de consultas
recurrentes, vía correo electrónico o telefónica, a fin de contribuir a que los
gobiernos subnacionales realicen un reporte oportuno y de calidad sobre
los Recursos Federales Transferidos.
8.
Opinar en el proceso de revisión técnica de los Instrumentos de
Seguimiento del Desempeño, los Instrumentos de Diseño, así como los
Términos de Referencia de las evaluaciones a Programas Presupuestarios
de Gasto Federalizado, mediante el análisis de criterios metodológicos,
operativos y normativos aplicables, en coordinación con las áreas
competentes de la UPER, con el propósito de asegurar su congruencia
técnica con los objetivos y alcances del ciclo presupuestario bajo el enfoque
de resultados del PbR-SED, y consecuentemente, mejorar el monitoreo del
gasto federalizado.
9.
Generar materiales de capacitación y de apoyo normativo, metodológico y
operativo sobre gasto federalizado y reporte de los recursos federales
transferidos, incluido el uso del SRFT, en coordinación con las áreas
competentes de la UPER, mediante la identificación de áreas de
oportunidad, el análisis de buenas prácticas, la revisión de errores
recurrentes en los reportes, y la adecuación de contenidos pedagógicos a
distintos perfiles de usuarios, con el propósito de fortalecer la cobertura
y calidad de la información reportada por los gobiernos subnacionales, y,
consecuentemente, contar con información útil, oportuna y relevante para la
toma de decisiones en materia de gasto federalizado.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
231
Nombre del Puesto:
Subdirección de Evaluación “B”
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-419-1-M1C015P-0000238-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel (Grupo/Grado):
N22
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$46,039.00 (Cuarenta y seis mil treinta y nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Política y Estrategia para Resultados
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere conocimientos específicos para
el desarrollo de sus funciones.
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Geografía
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 4 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Teoría Económica
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF)
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Habilidades:
Liderazgo y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
232
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Efectuar las revisiónes para analizar la viabilidad de las solicitudes de
recursos del patrimonio del Fideicomiso para la Evaluación de los Fondos
de Aportaciones Federales (FIDEFAF), para el financiamiento de
evaluaciones a los Fondos de Aportaciones Federales, mediante la revisión
de la documentación técnica y normativa correspondiente, con el fin de que
las propuestas puedan ser presentadas ante el Comité Técnico del
FIDEFAF.
2.
Integrar las decisiones y acuerdos tomados en el Comité Técnico del
Fideicomiso para la Evaluación de los Fondos de Aportaciones Federales
(FIDEFAF), mediante la elaboración de las actas correspondientes a cada
sesión de este Comité, con la finalidad de que se plasmen los acuerdos
referentes a la autorización del pago de evaluaciones a Fondos de
Aportaciones Federales con recursos del mecanismo o cualquier otro tema
que se discuta en las sesiones del Comité.
3.
Generar la información necesaria para verificar el correcto ejercicio de los
recursos del patrimonio del Fideicomiso para la Evaluación de los Fondos
de Aportaciones Federales (FIDEFAF), mediante la notificación a los
funcionarios que correspondan de los acuerdos tomados en el Comité
Técnico del mecanismo, para el pago correspondiente a las evaluaciones y
al desarrollo de metodologías de evaluación autorizadas, con la finalidad de
que se liberen los recursos alcanzar los objetivos del FIDEFAF.
4.
Diseñar y proponer instrumentos y metodologías para la evaluación de
fondos de aportaciones federales, mediante la identificación y análisis
de experiencias y metodologías aplicadas a nivel nacional e internacional,
con el fin de generar información estratégica para la toma de decisiones en
el diseño e implementación de dichos fondos.
5.
Efectuar la coordinación y el seguimiento de evaluaciones estratégicas a
fondos de aportaciones federales a realizarse en el marco del Programa
Anual de Evaluación, mediante la identificación de las necesidades de
información de distintos actores o de las prioridades nacionales, con el fin
de contribuir al incremento de la efectividad de los ejercicios de evaluación
a dichos fondos.
6.
Emitir opinión técnica sobre propuestas y ejercicios de evaluaciones a
fondos de aportaciones federales sujetas a incorporarse al Programa Anual
de Evaluación, mediante su revisión conceptual y metodológica, con el fin
de incrementar la calidad y objetividad de la información del desempeño
sobre dichos fondos.
7.
Proporcionar orientación a las instancias coordinadoras de los fondos de
aportaciones federales, para la adecuada interpretación y uso de los
informes de análisis y valoración de dichos fondos, mediante la ejecución
de estrategias que incrementen las capacidades de interpretación y uso de
la información, a efecto de incidir en la mejora del Ramo General 33, en su
conjunto.
8.
Proponer la definición de documentos normativos y metodológicos
vinculados a la evaluación de enfoques transversales, mediante la
realización de ejercicios de investigación, documentación y análisis, con el
objeto de asegurar la efectividad de los ejercicios de evaluación en dicha
materia e incrementar su utilidad.
9.
Verificar que las evaluaciones realizadas por los gobiernos locales a los
recursos federales transferidos cumplan con los requisitos mínimos de
contenido al que refiere la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad
Hacendaria, por medio del seguimiento del sistema de información que se
determine, con el fin de incrementar la calidad y objetividad de las
evaluaciones realizadas en el ámbito local.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
233
Nombre del Puesto:
Departamento de Asuntos Legislativos en la Cámara de Senadores
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-418-1-M1C015P-0000126-E-C-P
Rama de Cargo:
Asuntos Jurídicos
Nivel (Grupo/Grado):
O33
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Asuntos Jurídicos de Egresos
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Puestos subordinados: El puesto cuenta con personal a su cargo.
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Con Título
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencias Económicas
Apoyo Ejecutivo y/o Administrativo
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos (CT):
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (CGAPF)
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Periodos especiales de trabajo: Sí
Horario amplio en el periodo de elaboración del Proyecto de Presupuesto de
Egresos de la Federación y de negociación del Presupuesto de Egresos de la
Federación en la Cámara de Diputados. Además de contribuir al análisis de las
propuestas de modificación al marco constitucional y legal de carácter federal
que se presente en el Congreso de la Unión o que elabore el Ejecutivo Federal.
Observaciones
Paquetería informática: Word, Power Point y Excel
Nivel de dominio: Intermedio
Funciones:
1.
Efectuar el estudio del contenido de las solicitudes que realizan los
Diputados de los Congresos Locales, respecto de exhortos u oficios, por
los cuales se requiere información o acciones a realizar en diversos rubros,
mediante el análisis de su apego con el marco jurídico aplicable, con el
objeto de contribuir a la correcta y oportuna atención de las mismas.
2.
Generar los proyectos de las opiniones en materia jurídico presupuestaria,
respecto de las iniciativas de ley o decretó, proyectos de puntos de
acuerdo, dictámenes de las comisiones legislativas del Senado y minutas
de la Cámara de Diputados, mediante el análisis integral de la propuesta
legislativa, a efecto de asegurar que la postura institucional de la Secretaría
se encuentre debidamente sustentada en la legalidad y en los principios de
responsabilidad hacendaria.
234
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
3.
Efectuar comentarios jurídicos al proyecto de la Ley de Ingresos de la
Federación para cada ejercicio fiscal y dar seguimiento del proceso
legislativo hasta su publicación, mediante el análisis de la información que
la integra, a fin de fortalecer la legalidad en la administración y ejecución del
gasto público.
4.
Aportar orientación con la Procuraduría Fiscal de la Federación, otras
unidades administrativas, tanto de la Secretaría o de la Administración
Pública Federal, en la elaboración de instrumentos jurídicos de carácter
general, en el ámbito de la competencia de la Subsecretaría de Egresos,
mediante el análisis de la información que los integra y verificando su
armonía con la legislación vigente, a fin de fortalecer la legalidad en la
administración y ejecución del gasto público.
5.
Generar y proponer, a petición de la Procuraduría Fiscal de la Federación,
alternativas de redacción a los dictámenes que serán sometidos a discusión
y votación en cada una de las comisiones del Congreso de la Unión,
mediante el estudio integral de la propuesta, para evitar el impacto
presupuestario en detrimento del ejercicio del gasto, en apego a las
disposiciones establecidas en la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria.
6.
Efectuar el seguimiento a las iniciativas de leyes o decretos, presentados en
el Senado de la República, que tengan repercusión en las materias
competencia de la Subsecretaría de Egresos, a través de un monitoreo
legislativo permanente, la identificación oportuna de propuestas relevantes,
el análisis de sus posibles implicaciones presupuestarias, así como la
integración de insumos técnicos que permitan anticipar sus efectos, para
salvaguardar los intereses institucionales en materia de gasto público.
7.
Revisar los actos y documentos jurídicos que son competencia de la
Subsecretaría de Egresos, así como apoyar jurídicamente a ésta en el
ejercicio de sus atribuciones, mediante la evaluación técnica de
instrumentos jurídicos, verificando su apego a la legislación vigente, así
como la atención de consultas legales por parte de las áreas operativas, a
fin de proporcionar certeza jurídica en las decisiones institucionales,
prevenir riesgos legales y fortalecer la legalidad en la administración y
ejecución del gasto público.
8.
Organizar las funciones que realizan las personas prestadoras del servicio
social, horarios, inicio y conclusión, definiendo específicamente sus
actividades y apoyo, con la finalidad de que su servicio sea de
provecho para la institución y enriquecedor para la persona prestadora
del servicio social.
9.
Analizar a petición de la Procuraduría Fiscal de la Federación, los
dictámenes que serán sometidos a discusión y votación en cada una de
las comisiones del Congreso de la Unión, mediante el estudio integral de la
propuesta, con el fin de determinar si tienen impacto jurídico presupuestario
y, en su caso, emitir opinión, y así, guardar congruencia con el Plan
Nacional de Desarrollo, con la Ley Federal de Presupuesto y
Responsabilidad Hacendaria y demás disposiciones jurídicas aplicables.
Nombre del Puesto:
Departamento de Análisis de Datos e Integración de Información
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-419-1-M1C014P-0000247-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel (Grupo/Grado):
O23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Política y Estrategia para Resultados
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere conocimientos específicos para
el desarrollo de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
235
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas-Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Geografía
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal.
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Analizar bases de datos presupuestarias y de desempeño, mediante el uso
de herramientas estadísticas, lenguajes de programación y técnicas de
inteligencia artificial, con el fin de identificar patrones, tendencias y
desviaciones relevantes para el monitoreo del gasto público.
2.
Compatibilizar fuentes de información heterogénea y generar conjuntos de
datos analíticos y tableros de control pre procesados, mediante procesos
automatizados, normalización de estructuras, correspondencia de claves,
scripts automatizados y herramientas de visualización, con el fin de
construir repositorios consolidados que alimenten los sistemas analíticos
institucionales.
3.
Validar la consistencia y calidad de los datos recibidos, mediante la
aplicación de reglas de negocio, pruebas de integridad y controles de
calidad, con el propósito de asegurar la confiabilidad de los insumos
analíticos.
236
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
4.
Sistematizar metadatos y documentación técnica, mediante la elaboración y
actualización de catálogos, diccionarios y bitácoras de cambios, con
el propósito de preservar la trazabilidad y facilitar el uso eficiente de la
información.
5.
Desarrollar códigos para automatizar procesos de limpieza y transformación
de datos, mediante lenguajes como Python o R y la integración con
plataformas de orquestación, a fin de reducir tiempos de procesamiento y
minimizar errores humanos.
6.
Implementar modelos predictivos sobre el desempeño presupuestario,
mediante técnicas de procesamiento masivo de datos y validación cruzada
de resultados, con el propósito de anticipar desviaciones y apoyar la toma
de decisiones proactiva.
7.
Preparar reportes periódicos de calidad de datos, mediante el cruce de
indicadores de integridad, completitud y exactitud y la actualización de los
repositorios
de
código
y
documentación,
a
fin
de
proporcionar
retroalimentación continua a las unidades responsables de captura.
8.
Entablar la definición de requisitos de información con los usuarios finales y
asegurar el cumplimiento de políticas de seguridad y privacidad de datos en
los procesos analíticos,
mediante sesiones de levantamiento
de
necesidades, validación de prototipos y aplicación de lineamientos y
controles establecidos, con el objetivo de asegurar la pertinencia de los
productos analíticos, proteger la información sensible y mitigar riesgos
institucionales.
Nombre del Puesto:
Departamento de Análisis de Políticas para la Administración de Riesgos
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-214-1-M1C014P-0000245-E-C-A
Rama de Cargo:
Normatividad y Gobierno
Nivel (Grupo/Grado):
O23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere de conocimientos específicos
para el desempeño de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Seguros y Fianzas
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas - Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencias Económicas
Administración de Proyectos de Inversión y
Riesgo
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Evaluación
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
237
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Derecho Financiero y Políticas Públicas
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal.
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Disponibilidad para viajar: Sí
Frecuencia: A veces
Horario de trabajo: Mixto
Observaciones
Paquetería informática: Office, Internet
Nivel de dominio: Básico
Funciones:
1.
Brindar apoyo al superior jerárquico para realizar las propuestas de
opiniones técnicas que le sean requeridas, integrando y analizando la
información requerida, con la finalidad de generar los insumos necesarios
para la elaboración de dichas opiniones.
2.
Recabar la documentación requerida por el superior jerárquico relacionada
con instrumentos y mecanismos para la administración de riesgos para
catástrofes que en forma anual o multianual estén vigentes, mediante
solicitudes a las áreas internas de la USPSS, con la finalidad de que se
apliquen los procedimientos de acuerdo a la normatividad.
3.
Identificar las autorizaciones, organización, operación y funcionamiento de
las instituciones de seguros relacionadas con el ramo de riesgos para
catástrofes, integrando un acervo de información, con la finalidad de que la
Coordinación de Seguros y Fianzas evalúe las mejores opciones de
protección de este tipo de riegos para el país.
4.
Brindar apoyo para la gestión de instrumentos y mecanismos de
transferencia de riesgos para catástrofes, mediante la captura y análisis
de información necesaria, con la finalidad de que estos cumplan con los
procesos y cuenten con los recursos necesarios para su implementación.
5.
Organizar normatividades y lineamientos oficiales en materia de
administración de riesgos para catástrofes, para que, mediante su análisis y
compilación, se encuentren a disposición para su seguimiento y estudio,
con la finalidad de aportar insumos e información que permitan mejorar la
protección del patrimonio federal.
6.
Gestionar información para atender solicitudes de las entidades públicas o
privadas, nacionales o internacionales, que participen en el funcionamiento
de los instrumentos y mecanismos de administración de riesgos para
catástrofes, mediante solicitudes a las dependencias e instituciones que
puedan proveer de información, con la finalidad de aportar insumos para
elaborar las respuestas correspondientes.
7.
Brindar apoyo al superior jerárquico en las actividades de planeación y
evaluación que sean requeridas a la Coordinación de Seguros y Fianzas,
mediante el llenado de informes y formatos, con la finalidad de documentar
el desempeño de dicha Coordinación.
Nombre del Puesto:
Departamento de Diseño de Evaluaciones
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-419-1-M1C014P-0000250-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel
(Grupo/Grado):
O23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Política y Estrategia para Resultados
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
238
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere conocimientos específicos para
el desarrollo de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas-Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencia Política
Administración Pública
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal.
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Proponer criterios técnicos para la elaboración de términos de referencia
para evaluaciones, mediante el análisis técnico de prácticas nacionales e
internacionales, para orientar el desarrollo y contratación de evaluaciones.
2.
Proporcionar información relevante para el diseño de metodologías para la
evaluación de programas presupuestarios y de políticas públicas, a través
del análisis de estudios e investigaciones en la materia, modelos
estadísticos y econométricos que permitan la medición objetiva de aspectos
relevantes sobre el diseño, la operación y los resultados de los programas y
políticas, a fin de garantizar la generación de información relevante, para
propiciar el logro de los objetivos del gobierno y el ejercicio eficaz y eficiente
del gasto público.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
239
3.
Proponer los Términos de Referencia a emplearse para la evaluación de los
programas presupuestarios considerados en el Programa Anual de
Evaluación, mediante el análisis y la revisión de metodologías y estudios
internacionales para la evaluación de políticas públicas y programas
presupuestarios, a fin de obtener información de utilidad que permita la
consolidación del Sistema de Evaluación del Desempeño en el marco del
Presupuesto basado en Resultados.
4.
Sugerir los programas presupuestarios que deban incluirse en el Programa
Anual de Evaluación, con base a las necesidades de evaluación que
informen las dependencias y entidades de la Administración Pública
Federal, así como las evaluaciones mandatadas en los Programas Anuales
de Evaluación de años anteriores y otra información que se defina en la
metodología, con el objeto de contar con información que permita medir
el desempeño de los programas presupuestarios.
5.
Informar sobre las disposiciones y directrices necesarias para la operación
del Programa Anual de Evaluación, mediante la propuesta de generación de
oficios y reuniones de trabajo con las áreas de evaluación y en su caso con
los ejecutores de los programas presupuestarios a evaluar, con la finalidad
de hacer de su conocimiento el marco legal, la metodología y directrices
para realizar el ejercicio de evaluación.
6.
Organizar estrategias de retroalimentación metodológica con instancias
evaluadoras, mediante reuniones y la emisión de comunicaciones, para
obtener información adicional para la actualización de metodologías de
evaluación.
7.
Desarrollar los documentos de valoración técnica de los informes finales de
las evaluaciones establecidas en el Programa Anual de Evaluación, a través
del establecimiento de criterios para la valoración de la calidad de los
informes finales, con el objeto de impulsar la calidad de los informes finales.
8.
Gestionar la actualización permanente de la información presentada en el
Portal de Transparencia Presupuestaria, en el módulo de evaluaciones,
mediante la solicitud al área correspondiente de la Unidad de Política y
Estrategia para Resultados, con la finalidad de poner a disposición de la
ciudadanía y cualquier otro interesado información relevante sobre los
programas presupuestarios.
Nombre del Puesto:
Departamento de Monitoreo a Indicadores del Desempeño
Vacante(s):
1 (Una)
Código del Puesto:
06-419-1-M1C014P-0000251-E-C-L
Rama de Cargo:
Evaluación
Nivel
(Grupo/Grado):
O23
Conforme al Tabulador Actualizado de Sueldos y Salarios Brutos de la
Presidencia de la República y de las Personas Servidoras Públicas de Mando y
de Enlace de las Dependencias y sus Equivalentes en las Entidades de la
Administración Pública Federal. (Anexo 3A)
Percepción Mensual
Bruta:
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Unidad
Administrativa:
Unidad de Política y Estrategia para Resultados
Sede(s) o Radicación:
Ciudad de México
Aspectos Relevantes
del Puesto:
Trabajo técnico calificado: El puesto requiere conocimientos específicos para
el desarrollo de sus funciones.
Declaración de la situación patrimonial: Sí
Perfil y Requisitos
Escolaridad y Areas de Conocimiento Nivel Académico: Licenciatura o Profesional
Grado de Avance: Terminado o Pasante
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Naturales y Exactas
Matemáticas-Actuaría
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Políticas y Administración Pública
Ciencias Sociales y Administrativas
Ciencias Sociales
Ciencias Sociales y Administrativas
Computación e Informática
Ciencias Sociales y Administrativas
Comunicación
Ciencias Sociales y Administrativas
Contaduría
240
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Ciencias Sociales y Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y Administrativas
Economía
Ciencias Sociales y Administrativas
Finanzas
Ciencias Sociales y Administrativas
Geografía
Ciencias Sociales y Administrativas
Administración Pública
Ingeniería y Tecnología
Ingeniería
Experiencia Laboral Mínimo de Años de Experiencia: 2 años
Areas de Experiencia
Area General
Area de Experiencia
Ciencia Política
Administración Pública
Ciencia Política
Ciencias Políticas
Ciencias Económicas
Evaluación
Ciencias Económicas
Econometría
Ciencias Económicas
Economía General
Ciencias Económicas
Política Fiscal y Hacienda Pública Nacionales
Ciencias Económicas
Organización Industrial y Políticas
Gubernamentales
Ciencias Económicas
Economía Internacional
Ciencias Económicas
Administración
Ciencias Económicas
Economía Sectorial
Ciencias Jurídicas y Derecho
Derecho y Legislación Nacionales
Ciencias Económicas
Actividad Económica
Competencias o
Capacidades
Profesionales:
•
Conocimientos Técnicos:
a)
Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP
b)
Igualdad de Género
c)
Cultura, Etica y Reglas de Integridad y
d)
Marco Jurídico Administrativo Presupuestario y Proceso Presupuestario
del Gasto Público Federal
•
Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal.
(Ver temario en las bases de participación)
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Habilidades:
Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo
Valor en el Sistema de Puntuación General 20%
Experiencia:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Mérito:
Valor en el Sistema de Puntuación General 10%
Entrevista:
Valor en el Sistema de Puntuación General 30%
Requerimientos o
condiciones
específicas:
Horario de trabajo: Mixto
Funciones:
1.
Supervisar el grado de alineación de los indicadores con los objetivos
estratégicos y el seguimiento de los indicadores de desempeño
institucional, mediante esquemas de análisis cruzado con instrumentos de
planeación y la revisión periódica y análisis sistemático de resultados
reportados, para verificar su consistencia y utilidad en la gestión
presupuestaria.
2.
Analizar los avances físicos y financieros de los programas presupuestarios,
mediante el cruce de información de seguimiento y desempeño, para
evaluar su congruencia con los objetivos programáticos.
3.
Generar reportes técnicos de resultados de indicadores, mediante
herramientas de sistematización, visualización y análisis, con el propósito
de apoyar la toma de decisiones y retroalimentar la planeación.
4.
Diseñar propuestas de mejora a los procesos de monitoreo, mediante
diagnósticos técnicos y recomendaciones metodológicas, para fortalecer la
efectividad del seguimiento institucional.
5.
Brindar acompañamiento técnico a dependencias y entidades, mediante
asesoría especializada y mesas de trabajo, para mejorar la calidad de los
indicadores y su seguimiento.
6.
Coordinar la integración de los resultados del monitoreo institucional,
mediante la consolidación de insumos técnicos y validaciones cruzadas,
para generar evidencia útil para los procesos presupuestarios.
7.
Proponer ajustes metodológicos a los indicadores existentes, mediante
estrategias de capacitación y fortalecimiento institucional y la evaluación de
su desempeño histórico y viabilidad técnica, para mejorar su utilidad y
representatividad.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
241
BASES DE PARTICIPACION
1a. Requisitos de participación.
Podrán participar las personas ciudadanas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos
para el puesto y aquellos establecidos en las bases de la convocatoria. Adicionalmente se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales: (Art. 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal).
1.
Persona de nacionalidad mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o persona extranjera cuya
condición migratoria permita la función a desarrollar.
2.
No haber sido persona sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso.
3.
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público.
4.
No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro/a de algún culto.
5.
No encontrarse como persona inhabilitada para el servicio público, ni con algún otro impedimento legal o
administrativo, así como presentar y acreditar las evaluaciones que se indica para cada caso.
2a. Documentación requerida.
La Revisión y Evaluación de Documentos específicamente en lo relativo al perfil del puesto,
(escolaridad, áreas y años de experiencia) se llevará a cabo con base en los documentos que presenten las
personas candidatas para verificar que estén fehacientemente acreditados los requisitos legales, así como
los establecidos en la convocatoria respectiva, y conforme a los Catálogos de Carreras y de Campos y Areas
de Experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en el portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx, así como, únicamente las asentadas en el currículum de TrabajaEn que registró para
aplicar para la(s) vacante(s) de su interés.
La documentación requerida, será la siguiente:
1.
Currículum Vítae máximo 3 cuartillas actualizado, con fotografía y números telefónicos de los empleos
registrados incluyendo el actual, en los que se detallen claramente, funciones específicas del puesto o
puestos ocupado(s) y período(s) en el(los) cual(es) laboró.
2.
Acta de nacimiento y/o documento migratorio que permita la función a desarrollar.
3.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto.
A. En los casos en que el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance:
Con Título, sólo serán válidos el Título Profesional y/o Cédula Profesional registrados en la
Secretaría de Educación Pública, en términos de las disposiciones aplicables; en dichos casos, los
miembros del Comité Técnico de Selección (CTS) determinaron que para efectos de acreditar el nivel
Licenciatura con grado de avance: Con Título, no se aceptará ningún otro documento con el que se
pretenda acreditar que la expedición del Título y/o Cédula Profesional se encuentran en trámite y se
refiera a uno distinto al descrito con anterioridad.
B. En los casos en que el perfil del puesto establezca como requisito el nivel académico de Licenciatura
o Técnico Superior Universitario, con grado de avance: terminado o pasante, sólo se aceptará para
acreditar tal carácter el certificado total o constancia de terminación de estudios, o carta de pasante
en los que se indique que cuenta con el 100% de créditos, los cuales deberán contener: sello y/o
firma del área correspondiente de la institución educativa, reconocida por la Secretaría de Educación
Pública.
C. Para los casos en que el perfil del puesto establezca como requisito el nivel académico de Carrera
Técnica, con grado de avance: Con Título, se aceptará Título y/o Cédula Profesional, de este nivel de
estudios; o bien, el perfil requiera Nivel Medio Superior, con grado de avance: Terminado o Pasante,
sólo se aceptará certificado de estudios, o carta de pasante, o constancia de terminación de estudios,
mismos que deberán indicar que cuenta con el 100% de créditos; y contener el sello y/o firma del
área correspondiente de la Institución Educativa. Asimismo, se aceptará cualquiera de los
documentos académicos que se mencionan en el apartado B, incluyendo aquellos de estudios de
Licenciatura o Técnico Superior Universitario, que estén en proceso o sin concluir.
Para los apartados B y C las personas candidatas deberán firmar bajo protesta de decir verdad que
el documento de escolaridad presentado es auténtico, en el formato establecido para tal efecto.
D. Cuando en una convocatoria el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance:
Con Título, se aceptará el grado de Maestría o Doctorado, con grado de avance: Con Título,
terminado o pasante en las áreas académicas definidas en el perfil del puesto, conforme al artículo
221 tercer párrafo del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de
recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025;
para tal efecto, la persona candidata deberá contar con algún Título o cédula profesional de nivel
licenciatura en alguna de las áreas de conocimientos relacionadas en el catálogo de carreras de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, en estos casos, los estudios de licenciatura no serán
considerados en la Valoración del Mérito, en el “Elemento de Otros Estudios”.
E. En el supuesto de las personas candidatas que hayan realizado sus estudios en planteles propios o
incorporados a la Universidad Nacional Autónoma de México, deberán completar, firmar y entregar al
operador de ingreso el formato denominado “Solicitud de Validación y/o Verificación”, mediante el
cual autoriza a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público su autenticación ante la Dirección
General de Administración Escolar de la UNAM. El formato se obtiene en la liga:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp.
242
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
F.
En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, de conformidad con el Artículo 221 segundo
párrafo del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025, se deberá
presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la
Secretaría de Educación Pública.
Con relación a los documentos emitidos por la UNAM, la Dirección General de Administración
Escolar de dicha institución únicamente validará los siguientes documentos: Certificado de Estudios,
Título Profesional, Grado, Constancia de Historia Académica e Historia Académica; por lo que para
comprobar el nivel académico de los apartados B y C, sólo se aceptarán estos documentos.
G. Para los concursos de esta convocatoria los miembros de los Comités Técnicos de Selección
acordaron realizar la Etapa III, del procedimiento de selección, Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito; así como, la Revisión y Evaluación Documental de manera presencial.
En los casos de los apartados B, C, D y F, las personas candidatas deberán completar, firmar y
entregar al operador de ingreso de la Secretaría el formato del “Escrito de Autenticidad del
Documento de Escolaridad”, con el propósito de manifestar bajo protesta de decir verdad que el
documento es auténtico. El formato se obtiene en la liga:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp.
4.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, debiendo ser: credencial para votar o pasaporte
(vigentes) o cédula profesional.
5.
Escrito de Carta Protesta en el que manifieste decir verdad, de ser persona de nacionalidad mexicana en
pleno ejercicio de sus derechos o persona extranjera cuya condición migratoria permita la función a
desarrollar; no haber sido persona sentenciada con pena privativa de libertad por delito doloso; tener
aptitud para el desempeño de las funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico ni
ser ministro/a de culto; no encontrarse como persona inhabilitada para el servicio público, ni con algún
otro impedimento legal; no formar parte de algún juicio de cualquier naturaleza, en contra de ésta u otra
Institución; manifestar la inexistencia de alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de
intereses; en apego Artículo 71, inciso e) del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicado el 19 de
diciembre de 2025, que no presta servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o
desempeña otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal, en el gobierno de alguna
entidad federativa, municipio, demarcación territorial, órgano constitucional autónomo de carácter estatal
o federal; o bien, tramitar el dictamen de compatibilidad respectivo, y, en caso contrario, que cuenta con
el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo, el cual le será solicitado en caso de ser la persona
contratada; manifestar bajo protesta de decir verdad en los formatos, que para tal efecto le proporcionen
los Operadores de Ingreso de la Dirección General de Recursos Humanos, denominados “Carta protesta
de decir verdad” y de “Referencias Laborales”, que no se encuentra en alguno de los supuestos a que
hace referencia el artículo 38, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
conforme al Artículo 71, inciso a) del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de
2025, los cuales deberán estar debidamente requisitados, firmados autógrafamente y acompañados, al
momento de presentarse a la revisión y evaluación de documentos; de las evidencias documentales que
a continuación se mencionan:
a)
Constancia de NO Registro de Deudor Alimentario Moroso, la cual podrá obtener al ingresar a la
página oficial de la Dirección General del Registro Civil de la Consejería Jurídica y de Servicios
Legales
del
Gobierno
de
la
Ciudad
de
México,
y
cuya
liga
electrónica
es:
https://deudoresalimentarios.rcivil.cdmx.gob.mx/, si ya cuenta con Llave CDMX, ingrese su usuario y
contraseña dé clic en ingresar, requisite los datos solicitados (nombre(s), apellido paterno, apellido
materno y fecha de nacimiento), finalmente dé clic en buscar y descargue la constancia. Si no cuenta
con Llave CDMX, siga las instrucciones de cómo puedes consultarlo en línea.
b)
Para el Estado de México y demás Entidades Federativas que a la fecha cuenten con datos de
deudores alimentarios en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA), incluyendo la
Ciudad de México, podrá consultar y obtener dicho certificado ingresando a la siguiente liga
electrónica: RNOA-SNDIF. Seleccione el Estado de su residencia, ingrese su CURP, dé clic en
solicitar certificado, descargue e imprima el documento.
Podrá generar el certificado, dentro del periodo contado a partir del día posterior al término de la
Etapa I Registro de las personas candidatas y Revisión Curricular, hasta el día de la fecha prevista
para su revisión documental, presentándolo en formato impreso, a efecto de acreditar que no se
encuentra en el supuesto de haber sido declarado como persona deudora alimentaria morosa.
c)
En caso de que su Entidad Federativa de residencia no se encuentre en operación en la herramienta
tecnológica del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias (RNOA) del Sistema Nacional para el
Desarrollo Integral de la Familia (SNDIF), deberá presentar pantalla impresa de la Lista Nominal que
resulte de la consulta que efectúe al ingresar al portal digital de la Lista Nominal del Instituto Nacional
Electoral (INE), mediante la liga electrónica https://listanominal.ine.mx/scpln, en la cual deberá
introducir los datos de su credencial para votar con fotografía vigente para realizar la consulta; dicha
evidencia (Pantalla) deberá ser con fecha de emisión dentro del periodo contado a partir del día
posterior al término de la Etapa I Registro de las personas candidatas y Revisión Curricular, hasta el
día de la fecha prevista para su revisión documental, para obtener esta evidencia es esencial contar
con credencial para votar vigente.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
243
Es importante mencionar que, en caso de que se compruebe que la persona candidata se encuentre bajo
alguno de los supuestos contemplados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, no podrá ser considerada como candidata para ocupar cualquier empleo,
cargo o comisión en el servicio público, por lo que automáticamente su participación, será descartada del
concurso público y abierto de que se trate. Lo anterior, con base en lo establecido en el cuarto párrafo
del Oficio Circular SRCI/UPRH/0010/2023 de fecha 11 de agosto de 2023, emitido por la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
La NO PRESENTACION de las constancias respectivas será causa de descarte del concurso.
El
formato
denominado
“Carta
Protesta
de
Decir
Verdad”,
se
obtiene
en
la
liga:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp.
Que no haya participado en un programa de separación que le impida reingresar a la Administración
Pública Federal, en los términos de dicho programa, conforme al Artículo 71, inciso d) del ACUERDO por
el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
En el caso de aspirantes que se hayan apegado a un Programa de Separación en la Administración
Pública Federal, su alta estará sujeta a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la
Unidad de Diseño Presupuestario, Control y Seguimiento del Gasto de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público. Ver el Formato en:
http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp
Cabe señalar que, si se detecta que alguno de los datos proporcionados no es verídico; o bien, que
alguno de los documentos presentados no es auténtico, será motivo de descarte.
6.
Experiencia Laboral, para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto presentar
las constancias conforme haya registrado su trayectoria laboral en el currículum vítae de TrabajaEn, se
aceptarán: hojas únicas de servicios, constancias de servicios, constancias de nombramientos, cartas
finiquito, constancias de baja, contratos de servicios profesionales por honorarios, altas y bajas al IMSS,
documento de semanas cotizadas al IMSS de la persona asegurada vía electrónica, o el emitido por la
subdelegación del IMSS que le corresponda, altas y bajas al ISSSTE, impresión del expediente
electrónico del ISSSTE, Hoja de Periodos Cotizados ISSEMYM/EDOMEX, Constancia de Retenciones y
Deducciones, recibos de pago (presentar los recibos de pago o los documentos mencionados con los que
se compruebe la consecutividad de los años laborados), declaraciones del Impuesto Sobre la Renta,
declaraciones patrimoniales, actas constitutivas de empresas, poderes notariales, constancias de empleo
expedidas en hojas membretadas con dirección, números telefónicos firma y/o sello, conteniendo: nombre
completo de la persona candidata, periodo laborado, percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas.
Se aceptará el documento de Liberación del Servicio Social emitido por la Institución Educativa, o Carta,
Oficio o Constancia de Término de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales, Estancias Profesionales,
Estadías Profesionales, Residencias Profesionales, Modelo Dual, emitidos por la Institución en la que se
hayan realizado y con las cuales se acrediten las áreas generales de experiencia y hasta un año de
experiencia máximo por ambas trayectorias, de los solicitados en el perfil del puesto por el cual se
concurse. Sólo se aceptarán cartas que acrediten experiencia como Becario/a hasta por un máximo de 6
meses. Asimismo, se aceptará la Constancia de Capacitación, expedida por la STPS con apoyo del
Representante del Centro de Trabajo o Tutor, a los(as) aprendices egresados(as) del Programa Jóvenes
Construyendo el Futuro al terminar los 12 (doce) meses de capacitación, misma que podrá obtener
accediendo con su usuario y contraseña al portal https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/
en el apartado de "Mi historial", y con la que podrá comprobar las áreas generales de experiencia y
acreditar un año de experiencia laboral adquirida.
El documento de acreditación en estos supuestos deberá incluir además de los datos de identificación
necesarios, el periodo de prestación, las funciones desempeñadas o el proyecto en que participó.
No se aceptarán cartas de recomendación como constancia para acreditar la experiencia laboral
requerida. Asimismo, toda documentación emitida en el extranjero en idioma diferente al español,
invariablemente deberá acompañarse de la traducción oficial respectiva.
Para estar en posibilidad de realizar la Verificación de Referencias Laborales, la persona candidata
deberá requisitar en el formato denominado Referencias Laborales de cuando menos una referencia
laboral comprobable respecto de cada uno los empleos con los que se acrediten los años de experiencia
requeridos para el puesto que se concurse, proporcionando nombre de la empresa o institución, domicilio
completo, nombre, cargo, correo electrónico y teléfono del jefe inmediato; así como, el periodo laborado,
puesto, sueldo y motivo de separación.
Para la verificación de las Referencias Laborales, se tomará los 2 últimos empleos proporcionados por la
persona candidata, los cuales se verificará ante la instancia correspondiente, sin embargo, en caso de no
obtener respuesta de alguno de ellos, se podrán considerar empleos anteriores acreditados para obtener
al menos 2 verificaciones. Manifestar que no desempeña otro empleo, cargo o comisión en la
Administración Pública Federal y, en caso contrario, que cuenta con el dictamen de compatibilidad
empleo respectivo.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Para la Evaluación de la Experiencia revisar las Metodologías de aplicación de los exámenes de
conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio
Profesional de Carrera, vigentes a partir del 20 de diciembre de 2025, disponible en
www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante.
7.
Cédula de Identificación Fiscal (RFC) y Clave Unica de Registro de Población (CURP).
8.
Presentar las constancias con las cuales acredite los Méritos con los que cuenta, tales como: evidencias
de logros, distinciones, reconocimientos o premios obtenidos en el ejercicio profesional, actividad
destacada en lo individual, otros estudios, habla de lengua indígena, auto adscripción a un pueblo o
comunidad indígena o afrodescendiente o afromexicana, perspectiva de juventudes y personas con
discapacidad; asimismo, en caso de ser persona Servidora Pública de Carrera Titular, las calificaciones
de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio fiscal inmediato anterior, el número
de capacidades profesionales certificadas vigentes y resultados de las evaluaciones del desempeño, de
acuerdo a las Metodologías de aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la
experiencia y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera, vigentes a partir
del 20 de diciembre de 2025, disponible en www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e
Información Relevante.
9.
Escritos de Aviso de Privacidad (Integral y Simplificado) en el que la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público informa a la persona titular las características principales del tratamiento al que serán sometidos
sus datos personales, los cuales corresponden a datos de identificación, contacto, laborales, académicos,
migratorios y sobre procedimientos judiciales o seguidos en forma de juicio, a fin de dar cumplimiento a la
Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados, Título Segundo,
Capítulo I, artículos 26 al 28, así como la denominación del Capítulo II, del Título Segundo, de la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 5 de julio de 2010, Ultima Reforma del 26 enero del 2024. Así como, lo
señalado en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. Ver en: http://www.gob.mx/shcp/documentos/formatos-del-spc-en-la-shcp
10. Pantalla de Bienvenida del Sistema “TrabajaEn” impresa, con la finalidad de acreditar el número de folio
(9 dígitos) así como el asignado por el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx, al aspirante para el
concurso de que se trate.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será motivo de descarte del concurso la no
presentación de las personas candidatas a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que
les sean señalados, a través del portal electrónico de TrabajaEn; así como, la no presentación física de la
documentación requerida en original y copia en el domicilio establecido de esta Secretaría en la fecha, hora
y/o lugar que la Dirección de Reclutamiento y Selección determine para tal efecto. En el cotejo de originales,
bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de éstos, copia fotostática o constancia de trámite de los
documentos descritos, ni el acta levantada con motivo de robo, destrucción o extravío.
De no acreditarse, a juicio de los operadores de ingreso de la Dirección de Reclutamiento y Selección,
cualquiera
de
los
datos
registrados
por
las
personas
candidatas
en
el
portal
electrónico
www.trabajaen.gob.mx, de los que exhiban en la revisión curricular y documental, o en cualquier etapa del
proceso; o de no exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y lugar que sean requeridos, se descalificará
automáticamente a la persona candidata o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de
selección y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, está comprometida a respetar y garantizar los derechos
humanos y dar un trato igualmente digno en la participación de los concursos, así como, actuar sin
discriminación de ninguna índole. Asimismo, en ningún caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de
VIH/SIDA, para participar en los concursos y en su caso para llevar a cabo la contratación.
3a. Registro de las personas candidatas.
La inscripción o el registro de las personas candidatas a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
publicación de esta convocatoria, a través de la página electrónica http://www.trabajaen.gob.mx/
www.trabajaen.gob.mx, la cual llevará a cabo en forma automática la revisión y filtro curricular, asignando un
folio de participación, o de rechazo que las descartará del concurso, previa aceptación a sujetarse a las
presentes bases. Las personas candidatas que obtengan un número de folio de participación, les servirá para
formalizar la inscripción al concurso de la plaza de que se trate y para identificación durante el desarrollo del
proceso hasta antes de la entrevista que hagan los miembros del Comité Técnico de Selección; lo anterior,
con el fin de asegurar el anonimato de las personas candidatas.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
245
Programa del concurso:
Fase o Etapa
Fecha
Publicación del Concurso
11 de marzo de 2026
Fase o Etapa
Plazo
Registro de las personas candidatas
y Revisión Curricular
Del 11 al 25 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
Los miembros del Comité Técnico de Selección no
autorizaron la reactivación de folios por causas
imputables a las personas candidatas.
Fase o Etapa
La aplicación de las siguientes etapas podrá
llevarse a cabo a partir del periodo que se
señala a continuación.
Examen de Conocimientos Técnicos (CT)
Del 26 de marzo al 08 de junio de 2026
Examen de Conocimientos Generales
de la APF (CG)
Evaluación de Habilidades
Del 26 de marzo al 08 de junio de 2026
Revisión y Evaluación Documental
Del 26 de marzo al 08 de junio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Del 26 de marzo al 08 de junio de 2026
Entrevista por los miembros del Comité
Técnico de Selección
Del 26 de marzo al 08 de junio de 2026
Determinación
Del 26 de marzo al 08 de junio de 2026
Las Etapas del proceso de selección de los puestos incluidos en esta convocatoria se llevarán a cabo en
razón del número de las personas candidatas que se registren en los concursos; por lo que, las fechas
indicadas podrán estar sujetas a cambio sin previo aviso, o bien, por causas de fuerza mayor, por lo que se
recomienda dar seguimiento a los mismos a través del portal electrónico www.trabajaen.gob.mx en el
apartado de “Mis Mensajes” y de la cuenta de correo electrónico registrada por cada persona candidata.
En concordancia a lo establecido en el Artículo 226, tercer párrafo del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025, en caso de no contar con el suficiente espacio físico para aplicar una herramienta
de evaluación a todas las personas candidatas de un concurso, la DGRH podrá aplicarla en diferentes
momentos, pero en ningún caso a una sola persona candidata.
En caso de presentarse inconformidades o alguna solicitud de revisión de examen, se informará a la persona
candidata, a través de la cuenta de correo ingreso_shcp@hacienda.gob.mx y/o se le notificará a través del
portal www.trabajaen.gob.mx; por otra parte, si se presenta alguna situación no prevista en estas bases, se
informará a las personas candidatas a través de los mismos medios.
4a. Temarios.
Los temarios relativos al examen de Conocimientos Técnicos serán publicados en los portales
www.trabajaen.gob.mx, en www.hacienda.gob.mx y en la página de intranet de la SHCP, o en su caso, se
harán llegar a las personas candidatas a través de su correo electrónico cuando así lo requieran.
El temario para el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, estará disponible
y
en
permanente
actualización
en
la
página
del
portal
electrónico
de
TrabajaEn
(https://www.trabajaen.gob.mx), dando clic en el apartado de Documentos e Información Relevante.
5a. Presentación de Evaluaciones.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público comunicará a cada persona candidata, la fecha, hora y lugar en
que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del
concurso, a través de la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, en el apartado "Mis Mensajes"; en el
entendido de que, será motivo de descarte del concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados,
lo cual será notificado por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del portal electrónico
www.trabajaen.gob.mx.
Se sugiere a las personas candidatas, considerar las previsiones necesarias de tiempo e imprevistos para sus
traslados ya que la tolerancia máxima respecto a la hora en que se tenga programado el inicio de cada etapa
será de diez minutos considerando como hora referencial la que indiquen los equipos de cómputo de la
Dirección de Reclutamiento y Selección. Transcurrido dicho término, no se permitirá el acceso a las salas de
aplicación a las personas candidatas que lleguen después del horario señalado en el mensaje de invitación
que le fue enviado mediante el portal electrónico de TrabajaEn, quedando descartadas del concurso.
De conformidad con el Artículo 254 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025, la
invitación se enviará con al menos 2 días hábiles de anticipación a la fecha y hora prevista al efecto.
En dichos comunicados, se especificará la duración máxima de cada evaluación.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Por ningún motivo, se podrá establecer como centro de evaluación el espacio físico que el participante tiene
asignado dentro de la dependencia para el desarrollo de sus funciones. No se permitirá el uso de teléfonos
celulares, computadoras, tabletas, reproductores de CD y DVD, memorias portátiles como discos duros,
discos grabables y memorias USB, cámaras fotográficas, calculadoras; así como, cualquier otro dispositivo,
libro o documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las
evaluaciones, salvo que en el perfil y requisitos del puesto se autorice o se requiera su utilización como medio
de apoyo para la evaluación, lo anterior en apego a los párrafos II y III del Artículo 227 del ACUERDO por el
que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplarán las siguientes premisas:
La sub etapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
examen de Conocimientos Técnicos (CT) del puesto y la segunda al examen de Conocimientos generales
de la Administración Pública Federal (CG), cuyo orden de aplicación, fue ratificado por el Comité Técnico de
Profesionalización en su Primera Sesión Extraordinaria de 2026, mediante Acuerdo CTP-E-03 0126 de fecha
19 de enero de 2026 y vigente a partir del 20 de enero del mismo año.
El examen de conocimientos técnicos (CT), se aplicará mediante la Plataforma Integral de Evaluaciones
Armstrong en las instalaciones de la SHCP, la calificación mínima aprobatoria será de 70 en una escala
de 0 a 100 sin decimales y será motivo de descarte; para presentar este examen las personas candidatas
deberán entregar en formato impreso los siguientes documentos: Pantalla de Bienvenida del Sistema
TrabajaEn y original del RFC y la CURP e identificarse mediante credencial para votar con fotografía
vigente, cédula profesional con fotografía expedida por la Dirección General de Profesiones de la SEP o
Pasaporte vigente.
Las personas que acrediten el examen de conocimientos técnicos, podrán realizar el examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal (CG), el cual se aplicará mediante el
Módulo generador de exámenes de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno en las instalaciones de
la SHCP, la calificación mínima aprobatoria para todos los rangos será de 70 puntos y se verá reflejada
en el sistema en una escala de 0 a 100 sin decimales; para presentar este segundo examen las personas
candidatas deberán entregar en formato impreso los siguientes documentos: Pantalla de Bienvenida del
Sistema TrabajaEn, original del RFC y de la CURP e identificarse mediante credencial para votar con
fotografía vigente, cédula profesional con fotografía expedida por la Dirección General de Profesiones de
la SEP o Pasaporte vigente.
Asimismo, para presentar esta evaluación será indispensable que los participantes traigan la
contraseña de acceso a su cuenta de correo de TrabajaEn, ya que sólo con ésta podrán ingresar
al examen, de lo contrario no presentarán esta evaluación, y será motivo de descarte.
El resultado ponderado del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y el
resultado ponderado del examen de conocimientos técnicos serán sumados, con el objetivo de obtener
los puntos de la Subetapa de Exámenes de conocimientos. El resultado obtenido deberá ser igual o
superior a 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales. En caso de obtener un resultado menor a 70 en la
sumatoria, el sistema procederá al descarte.
El resultado obtenido con calificación aprobatoria en el examen de conocimientos técnicos, tendrá una
vigencia de un año, contado a partir del día en que se dé a conocer a través del portal electrónico de
TrabajaEn, tiempo en el cual las personas candidatas podrán participar en otros concursos sin tener que
sujetarse a la evaluación de conocimientos, siempre y cuando se trate del mismo puesto, examen,
temario y bibliografía, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
El resultado obtenido en el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal,
igual o superior a 70, será considerado como aprobatorio, se verá reflejado de forma automática en el
portal de TrabajaEn y tendrá una vigencia de un año, contado a partir del día en que se dé a conocer, a
través del portal electrónico de TrabajaEn, tiempo en el que las personas candidatas podrán participar en
otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de este examen.
El examen de conocimientos técnicos, versará sobre los siguientes 4 puntos:
A) Estructura, Organización y Funcionamiento de la SHCP.
B) Igualdad de Género.
C) Cultura, Etica y Reglas de Integridad.
D) Conocimientos Técnicos del Puesto.
El temario para el examen de conocimientos técnicos se puede consultar en los temas y subtemas
contenidos en el temario del puesto; y los tres siguientes en la Guía de Referencia para el Estudio del
Examen de Ingreso versión abril 2025.
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DIARIO OFICIAL
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Internet:
Biblioteca:
https://www.gob.mx/shcp/documentos/guias-y-manuales-del-spc-en-la-shcp
Documento:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/991612/Guia_de_Referencia_para_el_Estudio_del_Examen_
de_Ingreso_Abril2025.pdf
Intranet:
Biblioteca:
https://intranet.hacienda.gob.mx/SitePages/Servicio_Profesional_de_Carrera.aspx
Documento:
https://intranet.hacienda.gob.mx/intra_bibdoc_contenidos/Programas_Institucionales/SPC/Subsistema_
ingreso/Guia_estudio_ingreso_2025.pdf
El temario para el examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal se puede
consultar en:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
La aplicación de los exámenes de conocimientos técnicos y de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal se realizará conforme a los Avisos Protocolarios, establecidos.
Las calificaciones obtenidas en los exámenes de conocimientos técnicos serán registrados en forma
manual por el operador de ingreso en el sistema RH-Net; mientras que las obtenidas en el examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal, se verán reflejadas de manera automática
en el sistema RH-Net al concluir la evaluación, y obtener así los puntos de la sub etapa de exámenes de
conocimientos, para que en conjunto con las demás evaluaciones se obtenga el orden de prelación de las
personas candidatas que se sujetarán a la etapa de entrevista.
En caso de que exista un error en la captura de la calificación obtenida por una persona candidata en el
examen de conocimientos técnicos, el operador de ingreso podrá revertir el resultado previa notificación a
los miembros del Comité Técnico de Selección.
Si durante la aplicación de la Subetapa de conocimientos de la Etapa II, se detectan inconsistencias en el
RFC y/o en la CURP, de la persona candidata, se le notificará que, deberá realizar la solicitud de
corrección de datos ante la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno al correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx; anexando los siguientes documentos: Identificación oficial vigente con
fotografía y firma, Cédula Fiscal y CURP. En caso de que, al inicio de la Etapa III Evaluación de la
Experiencia y la Valoración del Mérito, no presente las evidencias documentales con las correcciones
respectivas, se procederá a descartar a la persona candidata.
La sub etapa de evaluación de habilidades no será motivo de descarte, conforme a lo establecido por el
Comité Técnico de Profesionalización en su Primera Sesión Extraordinaria de 2026, mediante Acuerdo
CTP-E-03 0126, de fecha 19 de enero de 2026 y vigente a partir del 20 de enero del mismo año.
Las calificaciones obtenidas se sumarán a las otras evaluaciones para determinar el orden de prelación
de las personas candidatas que se sujetarán a entrevista, por lo que los resultados de las evaluaciones
serán considerados en el Sistema de Puntuación General, es decir, se les otorgará un puntaje.
Las evaluaciones de habilidades se llevan a cabo en línea mediante herramientas psicométricas de
medición, administradas por la SHCP. Los resultados obtenidos tendrán vigencia de un año, contado a
partir del día en que se den a conocer a través de TrabajaEn, tiempo en el cual las personas candidatas
podrán participar en otros concursos de esta Secretaría sin tener que sujetarse a la evaluación de
habilidades, siempre y cuando sean las mismas y correspondan al mismo nivel de dominio y rango
del puesto y hayan sido evaluadas a través de las herramientas proporcionadas por la SHCP. El resultado
de las mismas se verá reflejado en una escala de 0 a 100 puntos sin decimales.
Los resultados obtenidos en las sub etapas de evaluación de la experiencia y valoración del mérito serán
consideradas en el sistema de puntuación general y serán motivo de descarte en los siguientes
supuestos:
•
La no presentación del original para su cotejo de cualquiera de los documentos para comprobar los
requisitos del perfil del puesto conforme a lo que se describe en la base 2a. “Documentación
requerida”.
•
En los casos en que la carrera específica con la que, la persona candidata, pretenda acreditar la carrera
genérica del perfil del puesto en el que está concursando, no se encuentre contenida en el Catálogo de
Carreras en TrabajaEn; y, tampoco, al realizar la consulta mediante la cuenta personal del operador
de ingreso en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
Asimismo, la Dirección General de Recursos Humanos para constatar la autenticidad de la información y
documentación incorporada en TrabajaEn, y aquella para acreditar la presente etapa, realizará consultas
y cruce de información a los registros públicos o acudirá directamente con las instancias y autoridades
correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se descartará a la persona candidata y
se ejercerán las acciones legales procedentes, conforme al Artículo 266 Segundo Párrafo del ACUERDO por
el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
La aplicación de los exámenes y evaluaciones de la Etapa II del procedimiento de selección, se realizará en
las instalaciones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, ubicada en Calzada de la Virgen 2799,
Edificio “D”, Planta baja y Segundo Nivel, Ala Norte, Colonia CTM Culhuacán, C.P. 04480, Alcaldía Coyoacán.
La duración aproximada de cada evaluación es de 2 horas. Las evaluaciones podrán aplicarse de manera
diferida dentro de las fechas establecidas en esta convocatoria, de acuerdo a las necesidades del servicio,
pero en ningún caso se diferirá a una sola persona candidata, conforme al Artículo 226, tercer párrafo del
ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la
Administración Pública Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
Conforme a lo establecido en por el Comité Técnico de Profesionalización, en su Primera Sesión
Extraordinaria de 2026, mediante Acuerdo CTP-E-03 0126, de fecha 19 de enero de 2026 y vigente a partir
del 20 de enero del mismo año, para llevar a cabo la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito,
se utilizarán las Metodologías de aplicación de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia
y la valoración del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera, emitidas por la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno vigentes a partir del 20 de diciembre del 2025.
Los elementos que se calificarán en la Evaluación de la Experiencia serán los siguientes:
•
Orden en los puestos desempeñados.
•
Duración en los puestos desempeñados.
•
Experiencia en el Sector público.
•
Experiencia en el Sector privado.
•
Experiencia en el Sector social.
•
Nivel de responsabilidad.
•
Nivel de remuneración.
•
Relevancia de funciones o actividades.
•
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán en la Valoración del Mérito, serán los siguientes:
•
Resultados de las evaluaciones del desempeño.
•
Resultados de las acciones de capacitación.
•
Resultados de procesos de certificación.
•
Logros. (Las publicaciones sólo se aceptarán cuando sean de la autoría de la persona candidata).
•
Distinciones.
•
Reconocimientos o premios.
•
Actividad destacada en lo individual.
•
Otros estudios: Se aceptará diplomado (con calificaciones por Módulo o Total), especialidad, título
profesional o grado académico emitido por la Institución Educativa: Federal, Estatal, Descentralizada o
Particular, en este último caso el documento deberá contener la autorización o reconocimiento de validez
oficial por parte de la Secretaría de Educación Pública; conforme a los artículos 1°, 3° y 23, fracciones I y
IV de la Ley Reglamentaria del Artículo 5° Constitucional relativo al ejercicio de las profesiones en la
Ciudad de México y 11, 12 y 14 de su Reglamento.
•
Habla de Lengua Indígena. Lenguas Indígenas / Conocimiento de lenguas Indígenas.
•
Auto adscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana. Acto voluntario, al
tener un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo, en el que se manifiesta la
identificación propia como integrante de un pueblo indígena o afrodescendiente. La persona participante
manifestará en el documento que para tal fin se le proporcione, si se identifica como integrante de un
pueblo o comunidad indígena mencionando a cuál; así como si se identifica como afromexicano o
afrodescendiente.
•
Perspectiva de juventudes. Aplicable para aquellas personas cuya edad no sobrepase los 30 años al
momento de la publicación del concurso. La persona participante manifestará en el documento que para
tal fin se le proporcione, si contaba con 30 años o menos al momento de su registro al concurso en el que
participa.
•
Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que presenten una discapacidad, en los
términos señalados en la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad. La persona
participante, manifestará en el documento que para tal fin se le proporcione, si se autoreconoce y
describe como una persona con algún tipo de discapacidad de acuerdo al catálogo de discapacidades.
De acuerdo con el Artículo 241, segundo párrafo del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el 19 de
diciembre de 2025, las bases, las condiciones y los requisitos establecidos en las convocatorias no podrán
modificarse durante el desarrollo del concurso. Como excepción a lo anterior, en los casos en que por
cualquier motivo se vean interrumpidos los términos y plazos previstos en la convocatoria o cuando la Unidad
de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, determine suspender el
servicio de RHnet y de TrabajaEn, se reprogramarán las fechas en que continuarán los plazos o términos
previstos y, por los medios señalados en ésta, los CTS comunicarán la reprogramación de fechas a los
aspirantes, en estricta observancia de los principios rectores del Sistema. Por lo tanto, no procederá la
reprogramación de las fechas para la aplicación de cualquiera de las Etapas del concurso a petición
de las personas candidatas.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
249
En caso de que una persona candidata requiera revisión del examen de conocimientos técnicos, ésta deberá
ser solicitada a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a la Secretaría Técnica del Comité Técnico de Selección
y enviado a la siguiente dirección electrónica: ingreso_shcp@hacienda.gob.mx. Es importante señalar, que
únicamente se hará la revisión de exámenes en lo que respecta a la correcta aplicación de las herramientas
de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, no así procederá la revisión respecto del contenido o de
los criterios de evaluación, de acuerdo con el Artículo 265, del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025.
Asimismo, en caso de que una persona candidata requiera revisión del examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal, se le mostrará la pantalla del Módulo generador de exámenes
administrado por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, y si aun así persiste en su pretensión, deberá
solicitarla a través de un escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de los resultados en la página de
www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser dirigido a la Dirección General de Gestión para los Servidores
Públicos al Servicio de la Sociedad de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, o al siguiente correo
electrónico: trabajaen@buengobierno.gob.mx. Es importante señalar, que la revisión se hará únicamente en lo
que respecta a la correcta aplicación de la herramienta de evaluación, métodos o procedimientos utilizados,
no así procederá la revisión respecto del contenido o de los criterios de evaluación.
ETAPA DE ENTREVISTA:
El Comité Técnico de Selección determinará el lugar en que se llevará a cabo la Etapa de Entrevista.
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones, serán considerados para elaborar el
listado de las personas candidatas con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para
la etapa de entrevista, de acuerdo con las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, basadas en el Artículo 271 del ACUERDO por el que se establecen
las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicados el 19 de diciembre de 2025.
Por acuerdo de los miembros del Comité Técnico de Profesionalización, pasarán a la etapa de Entrevista, las
cinco personas candidatas con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado,
cuando el universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación,
accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de las personas candidatas
que compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de personas candidatas que se continuarían
entrevistando, que preferentemente será de tres y sólo se entrevistarían en caso de no contar al menos con
un finalista de entre las personas candidatas ya entrevistadas. Las personas candidatas que, al final de la
etapa III cuente con menos de 40 puntos en la escala de 0 a 100 sin decimales, no serán consideradas para
la entrevista, toda vez que no obtendría los 70 puntos que se requieren para acreditar el puntaje mínimo de
calificación, que establece el artículo 230, fracción V, VI y VII del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025.
Los miembros del Comité Técnico de Selección podrán sesionar por medios remotos de comunicación
electrónica, cuando así resulte conveniente.
Para la evaluación de la entrevista, los miembros del Comité Técnico de Selección considerarán el criterio
siguiente:
•
Contexto, (favorable o adverso)
•
Estrategia (simple o compleja)
•
Resultado (sin impacto o con impacto)
•
Participación (protagónica o como miembro de equipo)
ETAPA DE DETERMINACION:
Se considerarán finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
sistema de puntuación general, esto es, que hayan obtenido un resultado aceptable (70 puntos) para ser
considerados aptos para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la Ley, 36
párrafo tercero de su Reglamento y Artículo 230, fracción VII del ACUERDO por el que se establecen las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal, publicados el
19 de diciembre de 2025.
250
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
En esta etapa los miembros del Comité Técnico de Selección resuelven el proceso de selección, mediante la
emisión de su determinación, declarando:
a)
La persona ganadora del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el
proceso de selección, es decir, a la de mayor calificación definitiva, y
b)
A la persona candidata finalista con la siguiente mayor calificación definitiva, que podrá llegar a ocupar el
puesto sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la Dependencia, la ganadora
señalada en el inciso anterior:
I.
Comunique a la Dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto, o
II.
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c)
Desierto el concurso.
6a. Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación.
El listado de las personas candidatas en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados
obtenidos por aquéllas con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el
Sistema de Puntuación General ratificado por los miembros del Comité Técnico de Profesionalización en su
Primera Sesión Extraordinaria, mediante Acuerdo CTP-E-03 0126, de fecha 19 de enero de 2026 y vigente a
partir del 20 de enero del mismo año:
Sistema de Puntuación General
Etapa
Enlace
Jefatura de
Departamento
Subdirección
de Area
Dirección
de Area
Dirección
General
Etapa II
(Examen de
Conocimientos
Técnicos y Examen
de Conocimientos
Generales de la
APF)
30
30
20
20
10
Evaluación de
Habilidades
20
20
20
20
20
Etapa III
Evaluación de
Experiencia
10
10
20
20
30
Valoración del
Mérito
10
10
10
10
10
Etapa IV
Entrevista
30
30
30
30
30
Total
100
100
100
100
100
DETERMINACION
7a. Publicación de Resultados.
Los resultados de los concursos, serán publicados en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
8a. Reserva de Personas Candidatas.
Las personas candidatas entrevistadas por los miembros del Comité Técnico de Selección que no resulten
ganadoras del concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación (70 puntos), se integrarán a la Reserva
de Personas Candidatas de la rama de cargo o puesto de que se trate, teniendo una vigencia de permanencia
en la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que se
trate.
Las personas candidatas finalistas estarán en posibilidad de ser convocadas durante el periodo que dure su
vigencia de permanencia en la Reserva de Aspirantes tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas
de cargo establecidos por el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público, a participar en concursos bajo la modalidad de convocatoria dirigida a la reserva de personas
candidatas cuando así lo prevengan los miembros del Comité Técnico de Selección.
9a. Declaración de Concurso Desierto.
Los miembros del Comité Técnico de Selección podrán, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, declarar
desierto un concurso por las siguientes causas:
I.
Porque ninguna persona candidata se presente al concurso;
II.
Porque ninguna de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerada finalista (70 puntos); o
III. Porque sólo una persona candidata finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o
bien, no obtenga la mayoría de los votos de los miembros del Comité Técnico de Selección.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
251
En caso de declararse desierto el concurso, el Comité Técnico de Selección debe determinar el momento en
que deberá convocarse nuevamente a concurso, de conformidad con la última reforma del Reglamento de la
LSPC publicada en el DOF el 04 de enero de 2024.
10a. Cancelación de Concurso.
Los miembros del Comité Técnico de Selección podrán cancelar el concurso de las plazas en los supuestos
siguientes:
I.
Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición legal expresa que restrinja la
ocupación del puesto de que se trate, o
II.
El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus
derechos a alguna persona, o
III. Los miembros del Comité Técnico de Profesionalización determinen que se modifica o suprime del
Catálogo el puesto en cuestión.
11a. Principios del Concurso.
En el portal www.dof.gob.mx podrá consultarse la convocatoria, los detalles sobre el concurso y los puestos
vacantes. Los datos personales de las personas candidatas son confidenciales, aun después de concluido el
concurso. Las personas candidatas se responsabilizarán de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria sin
responsabilidad alguna a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación de los miembros del Comité Técnico de Selección, a las disposiciones de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su Reglamento y al ACUERDO por el que se
establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicados el 19 de diciembre de 2025.
12a. Resolución de dudas:
A efecto de garantizar la atención y resolución de las dudas que las personas candidatas formulen con
relación a las plazas y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico
ingreso_shcp@hacienda.gob.mx o bien el número telefónico 553688 5344, con un horario de atención de
lunes a viernes de 09:00 a 15:00 horas.
13a. Inconformidades:
Las personas candidatas podrán presentar cualquier inconformidad, ante el Area de Denuncias e
Investigaciones en el Ramo Hacienda, ubicado en Calzada de la Virgen 2799, Edificio A, Segundo Piso,
Ala Poniente, Colonia C.T.M. Culhuacán, Alcaldía de Coyoacán, C.P. 04480, Ciudad de México, con horario
de atención de 9:00 a 15:00 y de 16:30 a 18:00 horas en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y la última reforma del Reglamento de la LSPC
publicada en el DOF el 04 de enero de 2024.
14a. Revocaciones.
Una vez que se comuniquen los resultados del concurso, las personas interesadas estarán en aptitud jurídica
de interponer mediante escrito el Recurso de Revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, en sus instalaciones situadas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735,
Primer Piso, Ala Sur, Colonia Guadalupe Inn, Alcaldía Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en un
horario que va de las 09:00 a las 18:00 horas en días hábiles; lo anterior, conforme a los artículos 76, 77 y 78
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, 97 y 98 de su Reglamento,
o depositando dicho escrito en el Servicio Postal Mexicano conforme al artículo 42 de la Ley Federal de
Procedimiento Administrativo.
15a. Procedimiento para la Reactivación de Folios.
En caso de que el descarte de un folio se deba a errores del Sistema o de captura u omisiones involuntarias
por parte de los operadores de ingreso de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, dentro de los 03 días
hábiles posteriores en que se haya originado o se detecte el descarte, se enviarán a los miembros del Comité
Técnico de Selección los soportes documentales.
Los miembros del Comité Técnico de Selección de esta Secretaría, por unanimidad o por mayoría de votos,
podrá determinar bajo su responsabilidad en cualquier etapa del concurso la reactivación de folios, conforme a
lo siguiente:
a)
Dentro de los 03 días hábiles posteriores en que se haya originado o detectado el descarte de un folio, las
personas interesadas podrán solicitar su reactivación, en un horario de 9:00 a 18:00 horas, al correo
electrónico: comite_tecnico@hacienda.gob.mx, con copia al de: ingreso_shcp@hacienda.gob.mx,
siempre y cuando las causas del descarte no sean imputables a las mismas.
b)
Dentro de los 05 días hábiles posteriores a la solicitud de reactivación de un folio, los miembros del
Comité Técnico de Selección sesionarán para determinar la procedencia o improcedencia de la petición.
252
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Las personas candidatas que requieran la aclaración de dudas sobre la reactivación de un folio, deberán
dirigirse a comite_tecnico@hacienda.gob.mx, con copia a ingreso_shcp@hacienda.gob.mx, dentro de los 05
días hábiles posteriores a la fecha en que se les informe de la reactivación de un folio.
La reactivación de folios no será procedente cuando:
I.
La persona candidata cancele su participación en el concurso, y
II.
Exista duplicidad de registros en TrabajaEn.
16a. Disposiciones generales.
1.
Los aspectos relevantes y otros requerimientos de los puestos vacantes de la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público se pueden consultar en:
a)
El portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
b)
La página electrónica https://www.gob.mx/shcp/archivo/documentos?idiom=es&filter_origin=archive,
(Dar clic en Búsqueda avanzada, ingresa tú búsqueda con la palabra “Convocatoria” seguido
de la fecha de publicación, establece el periodo de búsqueda y dar clic en Buscar para encontrar la
información de su interés).
En la Intranet (Personal interno de la SHCP) ingrese a la página electrónica:
https://intranet.hacienda.gob.mx/intra_bibdoc_contenidos/Programas_Institucionales/SPC/Subsistema_
ingreso/Convocatorias_2025.pdf; y dar clic en la convocatoria de su interés, para localizar el puesto
deseado; o bien, en:
https://intranet.hacienda.gob.mx/intra_bibdoc_contenidos/Programas_Institucionales/SPC/Subsistema_
ingreso/Convocatorias_2026.pdf
2.
Asimismo, podrá consultar las Bases de Participación de los puestos vacantes de la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público en:
a)
La página electrónica www.gob.mx/shcp/documentos/bases-de-participacion-de-convocatorias-del-
spc-en-la-shcp?idiom=es-MX, localice en el apartado de DOCUMENTOS el número de convocatoria
de su interés y dé clic en la flecha se encuentra a la derecha.
3.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de persona servidora pública de carrera
titular, para poder ser nombrada en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación
necesaria que acredite haberse separado del puesto que venía ocupando, toda vez que no puede
permanecer activa en ambos puestos; así como, previo a su registro, haber cumplido con la obligación
que le señala fracción VIII del artículo 11 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal.
4.
Una vez que los miembros del Comité Técnico de Selección hayan resuelto sobre la persona candidata
ganadora, ésta deberá presentarse a laborar en la fecha y hora indicada por la dependencia; de no ser
así se considerará como renuncia a su ingreso, por lo que los miembros del Comité Técnico de Selección
podrán optar por elegir de entre las personas candidatas finalistas al o la siguiente con la calificación más
alta. Lo anterior en apego a los artículos 28, 60 fracción I y 75, fracción I de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
5.
Los datos personales que se registren durante el reclutamiento, la selección, así como las
inconformidades y los recursos de revocación serán considerados confidenciales aun después de
concluidos éstos, en todo caso, deberán observarse las disposiciones en materia de protección,
tratamiento, difusión, transmisión y distribución de datos personales que resulten aplicables.
6.
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por los miembros del Comité
Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
Los miembros del Comité Técnico de Selección
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por acuerdo de los miembros de los Comités Técnicos de Selección, firma la Secretaria Técnica
Subdirectora de Exámenes Técnicos y Comités de Selección
Lic. Sandra Luz Torres Olivares
Firma Electrónica.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
253
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA
No. SEMARNAT/2026/04
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)
con fundamento en los artículos 21, 23, 24, 26, 28, 29, 74, segundo párrafo y 75, fracción III y VII de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF); 17, 18, 32, fracción II, 34,
del Reglamento (RLSPCAPF), última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 04 de
enero de 2024 y 219, 241, 242, 243, 244, 246, 254 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal (Disposiciones), publicado
en el DOF el 19 de diciembre de 2025, emite la siguiente: CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA
SEMARNAT/2026/04 dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al Sistema de Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada de los siguientes puestos vacantes:
Nombre del Puesto
ENLACE DE APLICACIONES DE NOMINA
Código de Puesto
16-510-1-E1C011P-0000562-E-C-M
Nivel Administrativo
P23
ENLACE
Número de vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$21,116 (Veintiún mil ciento dieciséis pesos 00/100 M.N.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA EVENTUAL
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO HUMANO Y ORGANIZACION
Objetivo
QUE LOS REQUERIMIENTOS E INNOVACIONES EN EL ESQUEMA
INFORMATICO RELACIONADO CON LA NOMINA TENGAN UNA MEJORA
CONTINUA PARA LAS DISTINTAS AREAS DE LA DGDHO.
Funciones
Principales
1.- GENERAR REPORTES DE NOMINA QUE REQUIERAN LOS USUARIOS,
IFAI,
ETC.,
MEDIANTE
LA
HERRAMIENTA
INFORMATICA
CRYSTAL
REPORTS, QUE TENGAN UN FIN PROPIO Y/O SEAN COMPLEMENTARIOS
MEDIANTE LA BASE DE DATOS DE NOMINA E INTERFACES A FIN DE
FACILITAR LA INFORMACION REQUERIDA.
2.- FORMULAR Y ACTUALIZAR EL MANUAL DEL USUARIO PARA LOS
DISTINTOS PROCESOS QUE COMPRENDE LA NOMINA, CONSOLIDANDO
UN ESQUEMA MEJORADO DE LAS SUBTAREAS QUE SE REALIZAN.
3.- ANALIZAR Y ESTRUCTURAR APLICACIONES Y/O HERRAMIENTAS DE
CARACTER INFORMATICO A TRAVES DEL SISTEMA DE NOMINA META4,
CON BASE EN LOS REQUERIMIENTOS DE LOS USUARIOS, PARA
FACILITAR EL DESEMPEÑO DE LOS PROCESOS DE LA NOMINA.
4.-
CAPACITAR,
IMPLEMENTAR
Y
ASESORAR
A
USUARIOS
DE
APLICACIONES GENERADAS Y/O CREADAS EN EL SISTEMA DE NOMINA
META4.
5.- GENERAR INFORMES DIRIGIDOS A LA ASEGURADORA METLIFE SOBRE
EL PAGO TRIMESTRAL Y QUINCENAL DE PRIMAS POTENCIADAS
CONTEMPLANDO EL DESGLOSE POR EMPLEADO.
6.- INFORMAR A LA ASEGURADORA METLIFE TRIMESTRALMENTE LAS
LICENCIAS MEDICAS SIN GOCE DE SUELDO.
7.- FORMULAR LOS LISTADOS POR PERCEPCION Y DEDUCCION POR EL
PAGO DE NOMINA QUINCENAL Y ENTERAR VIA CORREO ELECTRONICO A
LAS DELEGACIONES A FIN DE QUE APLIQUEN EL IMPUESTO SOBRE
NOMINA.
8.- DETERMINAR LAS ALTAS, BAJAS Y MODIFICACIONES DE NIVELES
SALARIALES O DATOS PERSONALES, GENERAR LAS INTERFACES
NECESARIAS A FIN DE ENTERAR A LA CONSAR DE LOS DISTINTOS
MOVIMIENTOS DE CADA UNO DE LOS EMPLEADOS DE MANERA
QUINCENAL Y ENTREGAR LOS ARCHIVOS ELECTRONICOS AL AREA
ENCARGADA DE INGRESARLOS EN EL SISTEMA CORRESPONDIENTE.
9.- PROPONER HERRAMIENTAS INFORMATICAS Y ALTERNATIVAS DE
MODERNIZACION DE LOS PROCESOS NOMINA.
10.- APLICAR LOS CALCULOS EN EL SISTEMA SIGA (ANEXOS) PARA EL
PAGO DE LAUDOS Y REMITIR LOS ARCHIVOS ELECTRONICOS QUE SE
GENEREN DE DICHOS MOVIMIENTOS AL AREA AUTORIZADA DE ENVIAR A
LA CONSAR LA INFORMACION
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TERMINADO O PASANTE
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y
TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
INGENIERIA Y
TECNOLOGIA
FINANZAS
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E
INFORMATICA
EDUCACION Y
HUMANIDADES
COMPUTACION E
INFORMATICA
INGENIERIA Y
TECNOLOGIA
COMPUTACION E
INFORMATICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
INGENIERIA Y
TECNOLOGIA
INGENIERIA
Experiencia
Laboral
3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LOS
ORDENADORES
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LAS
TELECOMUNICACIONES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE EMPRESAS
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA
NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: NO APLICA
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del Puesto
SUBDIRECTOR DE INGRESO
Código de Puesto
16-510-1-M1C016P-0000533-E-C-M
Nivel Administrativo
N31
Subdirección de Area
Número de vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$53,692 (Cincuenta y tres mil seiscientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA TITULAR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO HUMANO Y ORGANIZACION
Objetivo
COORDINAR LOS PROCESOS PARA EL INGRESO DE PERSONAL A
PUESTOS VACANTES EN LA SEMARNAT CON EL PERFIL COMPATIBLE
VALORES Y ETICA DE SERVICIO A TRAVES DE EVALUACIONES OBJETIVAS
Y TRASPARENTES BASANDOSE EN LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES,
ACCESO POR MERITOS E IMPARCIALIDAD.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
255
Funciones
Principales
1.- OPERAR LAS NORMAS, POLITICAS Y PROCEDIMIENTOS EN MATERIA
DE INGRESO DEL CAPITAL HUMANO EN OFICINAS CENTRALES Y
DELEGACIONES EN LOS ESTADOS.
2.- COORDINAR LA OPERACION DEL SUBSISTEMA DE INGRESO DE LOS
PUESTOS SUJETOS AL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN
OFICINAS CENTRALES Y DELEGACIONES EN LOS ESTADOS, DE ACUERDO
A LAS DISPOSICIONES LEGALES ESTABLECIDAS.
3.- COORDINAR LA OPERACION DEL PROCESO DE INGRESO DE
PERSONAL A PUESTOS DE GABINETE DE APOYO, LIBRE DESIGNACION Y
PERSONAL
OPERATIVO
DE
CONFIANZA
DE
ACUERDO
A
LA
NORMATIVIDAD ESTABLECIDA PARA TAL FIN.
4.- DISEÑAR E INSTRUMENTAR ESTRATEGIAS PARA LA APLICACION DE
PROYECTOS ESPECIALES DE
EVALUACION DEL TALENTO HUMANO EN LA SECRETARIA.
5.- ACTUALIZAR LAS TECNICAS, METODOLOGIAS E INSTRUMENTOS DE
EVALUACION DEL TALENTO HUMANO QUE SE APLICAN PARA EL INGRESO
DE PERSONAL.
6.- DISEÑAR E IMPLEMENTAR MECANISMOS DE CONTROL DE LA
INFORMACION DE LOS PROCESOS
APLICADOS PARA EL INGRESO DE PERSONAL A LA SECRETARIA.
7.- PROPONER MECANISMOS PARA EVALUAR LA EFECTIVIDAD DE LOS
PROCESOS APLICADOS PARA EL INGRESO DE PERSONAL EN OFICINAS
CENTRALES Y DELEGACIONES FEDERALES.
8.- ASESORAR A LOS USUARIOS INTERNOS Y EXTERNOS SOBRE EL
PROCESO DE INGRESO DE PERSONAL A LA SECRETARIA.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
EDUCACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS SOCIALES
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
EDUCACION Y HUMANIDADES
EDUCACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
EDUCACION Y HUMANIDADES
PSICOLOGIA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
Experiencia
Laboral
3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION
PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
DIRECCION Y
DESARROLLO DE
RECURSOS HUMANOS
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y
DIRECCION DE
EMPRESAS
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA
NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: NO APLICA
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
256
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
BASES DE PARTICIPACION
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección (CTS) a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), al Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal (RLSPCAPF) y al ACUERDO por el que se
establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, (Disposiciones).
1a. REQUISITOS DE PARTICIPACION.
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para
el puesto y los establecidos en las presentes bases de participación. Asimismo, se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales señalados en el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
1.
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición
migratoria permita la función a desarrollar;
2.
No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
3.
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
4.
No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro(a) de algún culto, y
5.
No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal o
administrativo
De igual forma, se deberán presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso.
En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la
Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida
cada año por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
No podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas que se encuentren ubicadas en los
supuestos establecidos en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, que a la letra establece:
Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:
…
VII. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal;
contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia
familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en
razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de
elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Finalmente, se solicita a los y las participantes que antes de realizar su inscripción al concurso verifiquen las
carreras genéricas específicas, así como el área general y el área de experiencia requeridas en el perfil del
puesto publicado en el portal.
2a. DOCUMENTACION REQUERIDA.
La Revisión y Evaluación de Documentos, específicamente en lo relativo al perfil del puesto, se llevará a cabo
conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos por la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (Trabajaen).
Cuando le sea solicitado, las personas candidatas deberán enviar escaneados en formato PDF, en carpeta
comprimida los documentos originales o copias certificadas legibles, en la forma, fecha y hora establecidos en
el mensaje que al efecto reciban en su Centro de mensajes de Trabajaen.
Los documentos escaneados se entregarán por medios electrónicos en carpeta comprimida nombrándola con
el folio de participación y nombre completo de la persona candidata, la cual deberá contar con las siguientes
características:
- Escaneado individual de cada documento original en formato PDF, en resolución media, preferentemente
a color.
- No se aceptarán fotografías de documentos guardadas en formato PDF.
- Si el documento tiene información por ambos lados, el escaneo debe incluir ambas caras.
- Debe ser perfectamente legible y visualizarse completo.
- Idéntico al documento original.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
257
No será válida, y será motivo de descarte, la entrega de cualquier documento o archivo electrónico que no
cumpla con las características indicadas en el párrafo anterior. La documentación requerida, que se enlista a
continuación deberá entregarse en el orden siguiente:
1. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
2. Formato del Currículum Vítae que emite el portal de www.trabajaen.gob.mx, en el que se detalle la
experiencia y el mérito.
3. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para votar con fotografía o
pasaporte).
4. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 o según corresponda.
5. Comprobante de domicilio (recibos de luz, agua, impuesto predial o teléfono fijo). No mayor a tres meses de
vigencia de haberse expedido.
6.-Currículum Vítae actualizado preferentemente con fotografía digital, máximo 3 cuartillas (distinto al de
Trabajaen), con números telefónicos de los empleos registrados incluyendo el actual, en los que se detallen
claramente, funciones desempeñadas y periodo en el cual laboró para cada puesto ocupado.
7.- Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. Conforme lo establecido en el
artículo 221 de las Disposiciones, se determina lo siguiente:
- En los casos en que el requisito académico sea nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), el mismo
se acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública (SEP) y/o, en su
caso, mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en los
términos de las disposiciones aplicables.
Se aceptará título registrado ante la SEP o cédula profesional del grado de Maestría o Doctorado, en las áreas
académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, la persona que concursa cuente con algún
título o cédula profesional de nivel licenciatura registrado en la SEP, y que se encuentre contenido en alguna
de las áreas de conocimientos relacionadas en el Catálogo de Carreras de la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno.
- Se tendrá por cubierta la calidad de “Terminado o Pasante”, presentando: Carta de Pasante expedida por la
institución educativa de procedencia o por la SEP, o el documento oficial con el que acredite haber cubierto el
100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
- Para el caso de que el perfil del puesto solicite nivel “Preparatoria o Bachillerato” en el grado de avance
titulado o terminado o pasante, se aceptará el Certificado de terminación de estudios emitido por la institución
educativa.
- En el caso de estudios realizados en el extranjero, deberá presentarse invariablemente la constancia de
validez o reconocimiento oficial que expida la SEP. Lo anterior de conformidad con el artículo 221 de las
Disposiciones.
-Para el caso de los puestos cuyo perfil indique nivel de Bachillerato, se asumirá como cubierto el perfil si el
aspirante demuestra mediante Constancia de estudios, Carta de pasantía y/o Título de nivel Licenciatura que
cuenta con un nivel superior al requerido en el perfil sin necesidad de requerir copia del Certificado de
Bachillerato.
-Se aceptará constancia expedida por la institución educativa que acredite que el Certificado de bachillerato
se encuentra en proceso de expedición, la cual deberá indicar fecha de elaboración, datos de la institución
educativa, sello, nombre completo de la persona interesada, datos académicos, nombre, cargo y firma de la
persona responsable de emitir el documento y la fecha de entrega del Certificado.
- Cuando el requisito académico señale Carrera Técnica o Comercial, o Técnico Superior Universitario, se
tendrá por cubierto dicho requisito con la presentación del título o cédula en las carreras solicitadas o bien
presentando el Título o Cédula profesional registrada ante la Dirección General de Profesiones, del nivel de
Licenciatura en las mismas carreras que solicita el perfil del puesto vacante.
- Cuando el perfil de puesto solicite nivel Licenciatura en el grado Titulado, se aceptarán las constancias
expedidas por las instituciones educativas donde se especifique que el Título de Licenciatura y/o Maestría
correspondientes se encuentren en trámite, con una vigencia máxima de un año a la fecha de publicación del
concurso, entendiéndose que la persona ha finalizado totalmente el proceso respectivo a la titulación, dicha
constancia deberá indicar fecha de elaboración, datos de la institución educativa, nombre completo de la
persona interesada, datos académicos y nombre y cargo de la persona responsable de emitir el documento.
8.-
Cédula
de
datos
fiscales,
obtenida
desde
el
portal
del
SAT,
en
el
siguiente
vínculo
https://www.cloudb.sat.gob.mx/datosfiscales/ (la Cédula de Situación Fiscal, no será aceptada).
9.- Clave Unica de Registro de Población (CURP).
10.- Cartilla del Servicio Militar Nacional liberada, para hombres de 40 años o menos.
11.- Presentar las constancias con las que acredite su Experiencia.
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Miércoles 11 de marzo de 2026
Para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto sujeto a concurso, se considerarán
las evidencias que acrediten la fecha de inicio y la fecha de término de los puestos que manifestó en su
currículum registrado en Trabajaen al momento de su inscripción, ya que la revisión se hará con base
en dicho currículum y sólo se considerarán los empleos que coincidan con las áreas de experiencia solicitadas
en el perfil del puesto sujeto a concurso, por lo que deberá presentar para cada empleo los documentos que
comprueben el periodo laborado, desde su inicio hasta su fin; es importante señalar que la razón social que
señalen dichos documentos deberá coincidir con la denominación de la empresa o institución para la cual
laboró, para lo cual se aceptarán una o varias constancias de las que se citan a continuación:
a)
Hojas únicas de servicios con firmas y sello de la institución que la expide.
b)
Constancias de nombramiento o Nombramientos, acompañados del último recibo de pago o bien con la
Constancia de baja al puesto de cada Nombramiento exhibido.
c)
Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital (https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
d)
Constancia
de
semanas
cotizadas
del
IMSS
con
cadena
original
y
sello
digital.
(http://www.imss.gob.mx/trámites/imss02025a).
e)
Constancias de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión de la relación
laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o con cadena digital.
f)
Cartas o convenio Finiquito, en el que se indique día, mes y año tanto del ingreso como de la baja,
puesto(s) desempeñado(s), con firmas autógrafas.
g)
Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios, los
cuales deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado, funciones
realizadas y firmas autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de terminación anticipada
deberá anexar la constancia respectiva.
h)
Recibos de pago en papel membretado u oficial, con datos de la institución o empresa que otorga el
pago, nombre de la persona candidata, puesto y periodo de pago. Para comprobar el tiempo laborado con
recibos de pago deberá presentar al menos 3 recibos por cada año laborado o 2 si la relación laboral fue
menor. Dichos recibos deberán comprobar el inicio y el fin del año o de la relación laboral, por lo que sólo
se computarán para el cumplimiento de los años de experiencia los periodos que indiquen los recibos.
i)
Constancias de empleo en papel membretado u oficial, preferentemente con sello las cuales deberán
especificar: fecha de expedición, nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y
baja, indicando puesto(s) y/o funciones desempeñadas, con firma autógrafa y cargo de la persona
autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y teléfonos de la institución o
empresa.
Para los niveles de enlace se aceptará:
j)
Carta como Becario(a) en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de expedición, nombre completo
de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja, indicando funciones desempeñadas, con firma
autógrafa y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con
domicilio y teléfonos de la institución o empresa. Sólo se aceptará hasta por un máximo de 1 año.
k)
Constancia del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, expedida por la Secretaría del Trabajo y
Previsión Social, acompañada del Historial que contiene la información de la capacitación, el cual podrá
obtener
accediendo
con
su
usuario
y
contraseña
al
portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado de “Mi historial”.
l)
Liberación de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se haya
realizado o por la Institución educativa que la haya liberado y con las cuales se acrediten las áreas
generales de experiencia, sólo se acreditarán 6 meses para servicio social y hasta 6 meses para
prácticas profesionales.
Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y/o término del empleo que pretende comprobar
no serán válidos, por lo que no se computarán para el cálculo de los años con los que se acredite el
cumplimiento del perfil del puesto de que se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona moral que hayan fungido
como patrón de la persona candidata, por lo que no se aceptará cualquier documento emitido en forma
unilateral por el propio trabajador, así como algún otro documento que no esté enlistado arriba, para acreditar
la experiencia laboral requerida.
Asimismo, toda documentación emitida en idioma diferente al español, deberá acompañarse de la traducción
respectiva, firmada por la persona candidata.
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DIARIO OFICIAL
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12.- Para realizar la Evaluación de la Valoración al Mérito, las y los candidatas/os serán evaluados de
conformidad con la escala establecida en la Metodología y Escalas de Calificación – Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, publicada por la Dirección General de Gestión para los Servidores
Públicos al Servicio de la Sociedad de la APF disponible en www.trabajaen.gob.mx y deberán presentar
evidencias de logros (certificaciones en competencias laborales; publicaciones especializadas), Distinciones
(haber ostentado u ostentar la presidencia, vicepresidencia, de alguna asociación o ser miembro fundador;
contar con título o grado académico honoris causa; graduación con honores o distinción), Reconocimientos o
premios (reconocimiento por colaboraciones, ponencias o trabajos de investigación; premio de antigüedad en
el servicio público; primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos), Actividades
destacadas en lo individual (título o grado académico en el extranjero reconocido por la SEP; derechos de
autorales o patentes a nombre del aspirante; servicio o misiones en el extranjero; servicios de voluntariado,
filantropía o altruismo), Otros estudios (diplomados; especialidades o segundas licenciaturas; maestría
o doctorado) y Habla de la Lengua Indígena, Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena o
afrodescendiente o afromexicana, Perspectiva de juventudes y Persona con discapacidad de conformidad con
la metodología y escalas de calificación publicada en el portal de Trabajaen.
La presentación de evidencia documental para la sub etapa de valoración de mérito es opcional para las
personas candidatas.
13.- Escrito bajo protesta de decir verdad, disponible para descarga en la liga electrónica
https://www.gob.mx/semarnat/documentos/servicio-profesional-de-carrera-dof-2026?idiom=es, el cual deberá
llenar y firmar en caso de cumplir con los requisitos enunciados en el mismo, manifestando:
a) Ser ciudadano/a mexicano/a en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; no
pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio público,
ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así como que la documentación presentada es auténtica.
b) No haber sido beneficiado(a) por algún Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal,
y en caso afirmativo manifestar en qué año, y en qué dependencia, quedando sujeto(a) a lo dispuesto en la
normatividad aplicable emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
c) No encontrarse en alguno de los supuestos señalados en el artículo 38 fracción VII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
d) No existe alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de intereses.
e) No forma parte de algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u otra institución.
f) No presta servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o desempeña otro empleo, cargo o
comisión en la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldía, Organo Constitucional Autónomo
de carácter estatal o federal.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la LSPCAPF, su RLSPCAPF y demás disposiciones aplicables, será motivo de
descarte del concurso que la persona candidata:
NO se presente a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que le sean señalados a
través de su centro de mensajes de Trabajaen.
NO presente los originales de cualquiera de los documentos antes descritos en la forma, fecha, hora y lugar
que se le indique, a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
Que se encuentre en alguno de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática, la constancia o solicitud
de expedición o reexpedición de duplicados, o de reposición con motivo del robo, destrucción o extravío de
cualquiera de los documentos descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquiera de los datos registrados por los(las) aspirantes en
Trabajaen o de la documentación mencionada ya sea durante la revisión documental, o en cualquier etapa del
proceso, o de NO exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean requeridos,
será motivo de descarte del concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección
y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la SEMARNAT, la cual se reserva el
derecho de ejercer las acciones legales procedentes.
La SEMARNAT mantiene una política de igualdad de oportunidades y sin discriminación por el origen étnico o
nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social,
económica, de salud física o mental, jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la
situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación
política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes
penales o cualquier otro motivo, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, en atención a lo cual en
ningún caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de VIH/SIDA, para participar en el concurso y en su
caso para llevar a cabo la contratación.
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3a. REGISTRO DE ASPIRANTES.
De conformidad con lo establecido en el artículo 238 de las Disposiciones, cualquier persona podrá incorporar
en Trabajaen, sin que medie costo alguno, su información personal, curricular y profesional, con el fin de
participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su interés.
La inscripción o el registro de las personas candidatas a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
publicación de esta Convocatoria en la página de Trabajaen, la cual asignará a las personas candidatas un
número de folio de participación para el concurso una vez que las mismas hayan aceptado sujetarse a las
presentes bases, y que servirá para formalizar la inscripción al concurso del puesto vacante y de identificación
durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista que haga el CTS; lo anterior, con el fin de
asegurar el anonimato de las personas candidatas.
Al momento de que las personas candidatas registren su participación el Sistema de Trabajaen, se realizará
de forma automática la revisión curricular, asignando un folio de participación en aquellos casos en que la
información capturada en su Currículum sea compatible con el perfil del puesto vacante o un folio de rechazo
que lo descartará del concurso.
Para continuar en concurso se deberán acreditar cada una de las etapas y demás requisitos establecidos en
la presente Convocatoria.
La revisión curricular efectuada a través del filtro curricular de Trabajaen se llevará a cabo, sin perjuicio de la
revisión y evaluación de la documentación que las personas candidatas deberán presentar para acreditar que
cumplen con los requisitos establecidos en la Convocatoria.
REACTIVACION DE FOLIOS: El CTS no autorizó la reactivación de folios por causas imputables a los(las)
aspirantes.
4a. DESARROLLO DEL CONCURSO Y PRESENTACION DE EVALUACIONES.
De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento: El procedimiento de selección de los
aspirantes comprenderá las siguientes etapas:
I. Revisión curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades; III. Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, IV. Entrevistas, y V. Determinación.
Etapas que se desahogarán de acuerdo a las siguientes fechas:
Etapa
Periodo de desahogo
Publicación de convocatoria
11 de marzo de 2026
Registro de aspirantes y Revisión Curricular
Del 11 al 25 de marzo de 2026
Examen de conocimientos
A partir del 30 de marzo de 2026
Evaluación de habilidades
A partir del 30 de marzo de 2026
Revisión y evaluación documental
A partir del 30 de marzo de 2026
Evaluación de la experiencia y valoración del mérito
A partir del 30 de marzo de 2026
Entrevista con el Comité Técnico de Selección
A partir del 30 de marzo de 2026
Determinación del candidato/a ganador/a
A partir del 30 de marzo de 2026
La Dirección General de Desarrollo Humano y Organización a través de la Dirección de Ingreso y
Administración de Capital Humano podrá modificar dentro de los plazos establecidos, el lugar, fecha y hora
programados para desahogar cada etapa y subetapa, por lo que se recomienda dar seguimiento a los
mensajes que se generen con tal motivo a través del Centro de mensajes de Trabajaen. La aplicación de
las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se realizará, preferentemente, en las mismas
fechas y horarios a todas las personas candidatas que continúen en el concurso a fin de garantizar la igualdad
de oportunidades.
5a. TEMARIOS.
Los temarios que deben estudiar para los Exámenes de Conocimientos pueden ser consultados a partir de la
fecha de publicación de la presente Convocatoria en las siguientes direcciones electrónicas.
Para el examen de Conocimientos Técnicos:
https://www.gob.mx/semarnat/documentos/servicio-profesional-de-carrera-dof-2026?idiom=es
Para el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Las dudas relacionadas se atenderán conforme lo establecido en la base número 14a. de las presentes Bases
de participación.
6a. EVALUACIONES.
La SEMARNAT comunicará a cada candidato(a), la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la
aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de su Centro de
mensajes en Trabajaen. El mensaje de invitación para participar en dichas evaluaciones se enviará con al
menos dos días hábiles de anticipación de conformidad con lo señalado en el artículo 254 de las
Disposiciones.
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DIARIO OFICIAL
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En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de
tolerancia para el inicio del examen y/o evaluaciones considerando como hora referencial la que indiquen los
equipos de cómputo en las oficinas centrales de la Ciudad de México de la SEMARNAT. Una vez trascurrido
el tiempo de tolerancia, por ningún motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el
examen y/o las evaluaciones si la persona participante no presenta la documentación requerida.
Sin excepción alguna, serán motivo de descarte, sin responsabilidad para el CTS o para la SEMARNAT,
además de los que se señalen en cada etapa del procedimiento, los siguientes supuestos: cuando el(la)
candidato(a) no se presente en la fecha, lugar y hora señaladas en el mensaje de invitación que reciba por
medio de su centro de mensajes del portal de Trabajaen; cuando el(la) candidato(a) se presente sin los
documentos solicitados en dicho mensaje o no estén legibles o estén incompletos o cortados; cuando se
presente una vez transcurrido el tiempo de tolerancia señalado en el mensaje de invitación; abandone la sala
antes de concluir la evaluación correspondiente; se le sorprenda consultando apuntes o páginas de internet;
tomando fotografías o audios de cualquier tipo o reproduciendo por cualquier vía el contenido de la evaluación
de que se trate; o bien, no acredite la etapa correspondiente.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa "Revisión
Curricular", y en lo subsecuente se contemplará lo siguiente:
ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS Y EVALUACIONES DE HABILIDADES:
La SEMARNAT, comunicará a través de Trabajaen por lo menos con dos días hábiles de anticipación a cada
aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de la subetapa de Exámenes de
Conocimientos, la cual constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al Examen de conocimientos
técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin decimales;
obtener una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten el examen de
conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación se promediará con la del examen de
conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una
escala de 0 a 100, un resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse
en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
Los resultados aprobatorios del examen de conocimientos técnicos tendrán vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en la que se den a conocer los resultados en Trabajaen y será sujeto de reconocimiento
siempre que no cambie el temario con el cual se evaluó el conocimiento, por lo que, en caso de existir
diferencia entre los temarios, no se podrá replicar el resultado obtenido en el concurso anterior.
La persona candidata deberá solicitar el reconocimiento de la vigencia de la calificación del examen de
conocimientos técnicos a través de la cuenta de correo electrónico: ingreso.spc@semarnat.gob.mx, en el
periodo establecido para el registro de aspirantes al concurso.
El correo mediante el cual se solicite el reconocimiento de la vigencia de este examen, deberá contener el
nombre completo y firma de la persona candidata, el nombre del puesto y el folio del concurso en el que está
actualmente participando, así como el nombre del puesto, el folio de participación del concurso en el que
aprobó el examen de conocimientos técnicos y la fecha de su aplicación.
El Secretario Técnico, verificará que se haya solicitado en el plazo señalado, que contenga la información
solicitada y que se trate del mismo temario en ambos puestos. El reconocimiento de la calificación estará
condicionado al cumplimiento de lo anterior. En caso de ser procedente se verá reflejada la calificación en el
concurso de mérito en Trabajaen.
En caso de no contar con una respuesta respecto a la solicitud correspondiente previo al inicio de la subetapa
de examen de conocimientos técnicos, las personas aspirantes que hubiesen solicitado el reflejo
de los resultados obtenidos con anterioridad, deberán presentarse a la evaluación el mismo día que el resto
de las personas participantes; lo anterior, con la finalidad de dar cumplimiento con el artículo 18 fracción II, del
RLSPCAPF.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, las personas
candidatas podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un resultado igual o
superior a 70 puntos, dicho resultado será considerado como aprobatorio y se verá reflejado de forma
automática en el portal de Trabajaen.
Los resultados aprobatorios del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal
aplicados en los procesos de selección tendrán vigencia de un año, los resultados no aprobatorios tendrán
vigencia de dos días naturales contados a partir del registro de los resultados en el portal Trabajaen.
Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal.
Evaluación de Habilidades. -La herramienta para aplicar las evaluaciones de habilidades, será proporcionada
por esta Dependencia.
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Los resultados aprobatorios (70 puntos), tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en que
se den a conocer los resultados a través de Trabajaen, y hasta la fecha de publicación de la convocatoria
en la que solicite el reconocimiento del resultado, tiempo en el cual las personas candidatas podrán participar
en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando correspondan a
las mismas habilidades a evaluar y hayan sido aplicadas a través de la misma herramienta proporcionada por
la Dependencia.
La persona candidata deberá solicitar el reconocimiento de la vigencia de las evaluaciones de habilidades a
través de la cuenta de correo electrónico: ingreso.spc@semarnat.gob.mx, a más tardar un día hábil posterior
al cierre de las inscripciones.
El correo mediante el cual se solicite el reconocimiento de la vigencia de estas evaluaciones, deberá contener
el nombre completo y firma de la persona candidata, el nombre del puesto y el folio del concurso en el que
está actualmente participando, así como el nombre del puesto, el folio de participación del concurso en el que
aprobó las evaluaciones de habilidades y la fecha de su aplicación.
El Secretario Técnico, verificará que se haya solicitado en el plazo señalado, que contenga la información
solicitada y que se trate de las mismas habilidades en ambos puestos. El reconocimiento de la calificación
estará condicionado al cumplimiento de lo anterior, así como de la aprobación de los exámenes de
conocimientos. En caso de ser procedente se verá reflejada la calificación en el concurso de mérito en
Trabajaen. En caso contrario se le notificará la improcedencia y deberá presentarse a la evaluación
correspondiente.
ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO:
La Etapa de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito se desahogará bajo un esquema mixto:
presencial y a distancia, por lo que en un primer momento el(la) candidato(a) deberá enviar digitalizados en
formato PDF y en carpeta comprimida, mediante la utilización de tecnologías de información y comunicación
los documentos requeridos en la 2a. base de participación de esta Convocatoria, de conformidad con el
mensaje de invitación que reciba a través de su centro de mensajes de Trabajaen, posteriormente deberá
acudir en la fecha, lugar y hora señalados en dicho mensaje de invitación, donde deberá presentar para cotejo
los originales de los documentos enviados y firmar las cédulas de evaluación correspondientes a la etapa.
Será motivo de descarte cuando el(la) candidato(a) NO proporcione la documentación requerida en la forma,
fecha y horario establecido en el mensaje de invitación que se emita a través de Trabajaen para tal efecto, NO
presentarse en la fecha, lugar y hora que sea citado para concluir con la Etapa, que se encuentre en alguno
de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como la NO presentación del original de cualquiera de los documentos que se describen en
esta Convocatoria cuando le sea requerido, incluido el hecho de que la carrera específica con la que se
pretenda acreditar la carrera genérica del puesto en concurso no se encuentre contenida en el Catálogo de
Carreras que en la fecha de la revisión documental, consulte el evaluador en Trabajaen. Así como no acreditar
las áreas de experiencia requeridas en el perfil del puesto.
Los resultados obtenidos serán considerados en el Sistema de Puntuación General.
Esta etapa se acreditará conforme a la metodología establecida por la Unidad de Políticas para el Servicio
Público para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, que podrá consultar en
www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante.
De conformidad con dicha Metodología, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia
serán los siguientes:
• Orden en los puestos desempeñados.
• Duración en los puestos desempeñados.
• Experiencia en el sector público.
• Experiencia en el sector privado.
• Experiencia en el sector social.
• Nivel de responsabilidad.
• Nivel de remuneración.
• Relevancia de funciones o de las actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante.
• En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
• Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrera titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación
del desempeño anual como personas servidoras públicas de carrera Titular.
• Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrera titulares.
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• Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de personas
servidoras públicas de carrera titulares.
• Logros.
• Distinciones.
• Reconocimientos o premios.
• Actividad destacada en lo individual.
• Otros estudios.
• Habla de Lengua Indígena.
• Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
• Perspectiva de juventudes.
• Persona con discapacidad.
Las calificaciones serán establecidas por el área de la Dirección General de Desarrollo Humano y
Organización (DGDHO) responsable del proceso y serán verificadas por el CTS, conforme a lo establecido en
el artículo 270 de las Disposiciones.
Conforme lo establecido en el artículo 231 de las Disposiciones, para los concursos de nivel de enlace deberá
registrarse en la subetapa de evaluación de la experiencia, un puntaje único de 100.
Para constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada en Trabajaen, y aquella que se
muestre para acreditar cualquier etapa, la DGDHO, en los casos que lo considere pertinente, podrá solicitar
referencias, realizar consultas y cruce de información con los registros públicos o acudirá directamente con las
instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se descartará a
la persona candidata, o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el
nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la SEMARNAT, la cual se reserva el derecho de
ejercer las acciones legales procedentes.
En observancia del principio de igualdad de oportunidades no procederá la reprogramación de las fechas para
la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de personas candidatas.
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones serán considerados para elaborar el
listado de personas candidatas con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación para la
etapa de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación establecidos en
la por el Comité Técnico de Profesionalización (CTP) de la SEMARNAT, sustentadas en las Disposiciones
vigentes.
De conformidad con las reglas de valoración establecidas por el CTP, pasarán a la etapa de Entrevista, las
tres personas candidatas con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado,
cuando el universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación,
accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar, y la totalidad de personas candidatas que
compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de personas candidatas que se continuarían
entrevistando, será de tres y sólo se entrevistarían en caso de NO contar al menos con una persona finalista
de entre las tres personas candidatas ya entrevistadas.
De conformidad con el artículo 272 de las Disposiciones, el CTS podrá sesionar por medios remotos de
comunicación electrónica, a través de videoconferencia, en cuyo caso, las entrevistas se desahogarán a
distancia para los miembros de CTS y de manera presencial para las personas candidatas, para lo cual
deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se indiquen, de acuerdo con el mensaje de invitación que
reciban a través de su centro de mensajes de Trabajaen. Con excepción de las vacantes que correspondan a
las Oficinas de representación, en las cuales se desahogará la entrevista a distancia también para las
personas candidatas.
El CTS, para verificar si la persona candidata reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto sujeto
a concurso, identificará las evidencias que le permitan en un primer momento considerarla finalista e incluso,
en un segundo momento, determinarle ganadora del concurso.
El CTS considerará en la Entrevista el criterio CERP, el cual es un modelo basado en competencias que
contempla los siguientes elementos:
•
Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento.
•
Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones.
•
Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas.
•
Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento.
La entrevista permitirá la interacción de cada uno de las y los miembros del CTS con la persona candidata,
para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y conocimientos vinculados con el servicio
público y con las funciones del puesto sujeto a concurso, considerando con los elementos arriba señalados,
las preguntas serán las mismas para cada una de las personas candidatas y quedarán plasmadas en
el reporte individual de entrevista, el cual se realizará utilizando el formato establecido para tales efectos, con
el que cada miembro del CTS calificará a cada persona candidata en una escala de 0 a 100 sin decimales.
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DIARIO OFICIAL
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Se considerarán finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un resultado mínimo de 70 (considerando una
escala de 0 a 100 decimales) para ser consideradas aptas para ocupar el puesto sujeto a concurso en
términos de los artículos 32 de la LSPCAPF y 40, fracción II del RLSPCAPF.
ETAPA DE DETERMINACION:
En esta etapa el CTS resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:
a) Ganador(a) del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, a la de mayor Calificación Definitiva. La persona titular de la Presidencia en el CTS, podrá,
por una sola vez y bajo su estricta responsabilidad, vetar durante la determinación a la persona finalista
seleccionada por las demás personas integrantes del CTS para ocupar el puesto, fundando y motivando
debidamente su determinación en el acta correspondiente, en cuyo caso el CTS elegirá a la persona que
ocupará el puesto de entre las restantes finalistas.
b) A la persona finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto
sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a)
en el inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión
de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
Es importante señalar que la puntuación final se conforma con la suma de los puntajes obtenidos en las
etapas del concurso señaladas en el apartado de Reglas de valoración general y sistema de puntuación, de
las Bases de participación de la presente convocatoria, por lo que la prelación sólo indica el puntaje obtenido
hasta antes de la entrevista, que servirá para establecer el orden en el que pasarán a entrevista las personas
candidatas, la Determinación que llevará a cabo el CTS se realizará con base en la calificación definitiva
obtenida por cada finalista. Lo anterior a efecto de señalar que las calificaciones individuales obtenidas en
etapas previas, por si solas no significan que el CTS, deba considerar ganadora a la persona candidata que
pase en los primeros lugares a la entrevista, sino a la finalista con el puntaje total más alto.
La determinación del concurso constará en el acta que suscriba el CTS y en ella se precisarán, en caso de
existir, las personas finalistas del concurso para efecto de su integración a la reserva de aspirantes
de la dependencia, los resultados obtenidos por estos en cada una de las etapas, así como las conclusiones
de la propia determinación y, en su caso, el veto fundado y motivado por la persona titular de la Presidencia
del CTS, conforme a lo establecido en el artículo 282 de las Disposiciones.
7a. REGLAS DE VALORACION GENERAL Y SISTEMA DE PUNTUACION.
El listado de personas candidatas en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos
por aquéllas con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el Sistema de
Puntuación General aprobado por el CTP.
REGLAS DE VALORACION:
REGLAS DE VALORACION:
1.
Se aplicará un examen de conocimientos técnicos y un examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal.
2.
El Examen de conocimientos técnicos tienen una calificación mínima aprobatoria de 80, en una
escala de 0 a 100 puntos, quienes acrediten el este examen tendrán derecho a presentar el examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, para acreditar la subetapa de
exámenes de conocimientos el promedio de ambos exámenes deberá ser igual o mayor a 70 puntos,
en una escala de 0 a 100, sin decimales.
3.
Las calificaciones obtenidas en las evaluaciones de habilidades no serán motivo de descarte, sus
resultados se considerarán en el sistema general de puntuación.
4.
No serán requeridas personas especialistas que auxilien al CTS, en el desarrollo de la etapa de
Entrevistas.
5.
El número mínimo de las personas candidatas a entrevistar será de tres, si el universo lo permite.
En caso de que el número de personas que llegaron a esta etapa fuera menor a tres, se entrevistará
a todas.
6.
El número de personas que se continuarán entrevistando será de tres, en caso de no contar con al
menos un finalista de entre las personas candidatas ya entrevistadas, conforme a lo previsto en el
artículo 36 del Reglamento.
7.
El puntaje mínimo de la calificación definitiva para ser consideradas finalistas será igual o superior a
70 puntos, en una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales.
8.
CTS podrá determinar reglas específicas de valoración, apegándose a lo establecido en el artículo
234 de las Disposiciones.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
265
SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL:
Etapa
Puntos
II. Examen de Conocimientos Técnicos y Examen
de Conocimientos Generales de la APF
30
II. Evaluación de Habilidades
15
III. Evaluación de Experiencia
15
III. Valoración de Mérito
10
IV. Entrevistas
30
Total
100
8a. PUBLICACION DE RESULTADOS.
Los resultados del concurso serán publicados en el portal electrónico de Trabajaen.
La DGDHO, difundirá en Trabajaen, en orden de prelación de mayor a menor, identificando por número de
folio a las personas finalistas del concurso, la calificación definitiva de cada persona candidata, la cual podrá
consultarse en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, dar clic en “Información y búsqueda de
Concursos”, luego en “Información sobre Concursos”, colocar el número de folio de participación en la sección
derecha denominada “Seguimiento de un Concurso por Folio de Concursante” y dar clic en enviar.
9a. RESERVA DE ASPIRANTES.
Las personas candidatas entrevistadas por los integrantes CTS que no resulten ganadoras del concurso y
obtengan el puntaje mínimo de 70 en el Sistema de Puntuación General, se integrarán a la reserva de
aspirantes de la rama de cargo y rango concursado de que se trate, teniendo una vigencia de permanencia en
la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso en cuestión.
Las personas aspirantes finalistas estarán en posibilidad de ser convocadas durante el periodo que dure su
vigencia de permanencia en la reserva de aspirantes, tomando en cuenta el rango y ramas de cargo, a
participar en concursos bajo la modalidad de Convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes cuando así lo
determine el CTS.
10a. DECLARACION DE CONCURSO DESIERTO.
El CTS podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del RLSPCAPF, declarar desierto el
concurso por las siguientes causas:
I. Porque ninguna de las personas candidatas se presente al concurso,
II. Porque ninguna de las personas de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de calificación para
ser considerada finalista (70 puntos), o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del CTS.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva Convocatoria o bien ocuparse por
movimiento lateral.
11a. CANCELACION DE CONCURSO.
El CTS podrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 293 de las Disposiciones, cancelar el concurso
de un puesto en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie la orden de una autoridad competente, exista resolución o disposición legal expresa que
restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o
II. Cuando el puesto de que se trate se apruebe como de libre designación; o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a
alguna persona, o
III. Cuando el CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo de Puestos, el puesto en cuestión.
El acuerdo del CTS, además de publicarse en el Diario Oficial de la Federación, se comunicará a las personas
candidatas mediante su centro de mensajes de Trabajaen.
266
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
12a. DISPOSICIONES GENERALES.
1. En el portal https://www.gob.mx/semarnat/documentos/servicio-profesional-de-carrera-dof-2026?idiom=es y
www.trabajaen.gob.mx se podrán consultar temario y bibliografías de los puestos vacantes.
2. Los datos personales de las y los concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso.
3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su
participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria
4. Las personas participantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Denuncias e Investigaciones
del Organo Interno de Control en la SEMARNAT, ubicada en Av. Ejército Nacional 223, Col. Anáhuac I
Sección. C.P. 11320 Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, en términos de lo dispuesto por los artículos
69, fracción X, de la LSPCAPF y 95 del RLSPCAPF, en un horario de 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes.
5. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección en sesión extraordinaria dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha en que se tenga
conocimiento del hecho y conforme a las disposiciones aplicables, informando a los candidatos participantes a
través de “Trabajaen” la determinación de dicho Comité.”
6. Conforme a lo previsto en los artículos 76 y 77 de la LSPCAPF, las personas interesadas podrán interponer
recurso de revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno,
en sus instalaciones situadas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735, Colonia Guadalupe Inn,
Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en horario de las 09:00 a las 15:00 horas en días hábiles.
7. Por ningún motivo se permitirá la aplicación de evaluaciones a los aspirantes que se presenten fuera de los
horarios establecidos para tales efectos.
8. Tratándose de puestos adscritos en la Ciudad de México, la aplicación de las evaluaciones (conocimientos,
habilidades) será presencial, y la evaluación de la experiencia y valoración de mérito de las personas
candidatas, así como, así como las entrevistas se llevará a cabo de forma mixta (presencial y a distancia).
El desahogo presencial se realizará en las instalaciones de esta Secretaría, ubicadas en Av. Ejército Nacional
223, Col. Anáhuac I Secc. C.P. 11320 Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
13a. REGLAS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de las Disposiciones, los datos personales que se
registren en la operación del Sistema o en los sistemas informáticos que determine la Unidad de Políticas para
el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, durante el reclutamiento y la selección y
las herramientas de evaluación, las inconformidades y los recursos de revocación, serán considerados
confidenciales aun después de concluidos éstos, de conformidad con las disposiciones aplicables.
14a. RESOLUCION DE DUDAS.
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas aspirantes formulen con relación a
los puestos y el desarrollo del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico:
ingreso.spc@semarnat.gob.mx, o bien el número telefónico: (55) 5490-0900 Exts. 14515, 14589, 14546 y
15544 con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, así
como la solicitud para la renuncia a los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos generales
o evaluaciones de habilidades, deberán dirigirse a la Dirección General de Gestión para los Servidores
Públicos al Servicio de la Sociedad, al correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección de la Secretaria de Medio Ambiente y Recursos Naturales
La Secretaria Técnica
Ing. Gloria Yáñez Rodríguez
Rúbrica.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
267
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA
No. SEMARNAT/2026/05
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT)
con fundamento en los artículos 21, 23, 24, 26, 28, 29, 74, segundo párrafo y 75, fracción III y VII de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF); 17, 18, 32, fracción II, 34,
del Reglamento (RLSPCAPF), última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 04 de
enero de 2024 y 219, 241, 242, 243, 244, 246, 254 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal (Disposiciones), publicado
en el DOF el 19 de diciembre de 2025, emite la siguiente: CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA
SEMARNAT/2026/05 dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al Sistema de Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada de los siguientes puestos vacantes:
Nombre del
Puesto
ENLACE DE NULIDAD Y FINANZAS EN LAS ORES
Código de
Puesto
16-114-1-E1C014P-0000215-E-C-P
Nivel
Administrativo
P21
ENLACE
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$17,681 (Diecisiete mil seiscientos ochenta y un pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA EVENTUAL
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
UNIDAD COORDINADORA DE OFICINAS DE REPRESENTACION Y GESTION
TERRITORIAL
Objetivo
REGISTRAR Y ARCHIVAR LOS PROCEDIMIENTOS DE LO CONTENCIOSO Y
ASESORIAS JURIDICAS QUE REALICEN LAS OFICINAS DE REPRESENTACION EN
LOS ACTOS JURIDICOS DE LOS QUE SEA PARTE, PARA SU RESGUARDO Y
CONTROL.
Funciones
Principales
1.- OPERAR EL CONTROL DE GESTION DE LA DOCUMENTACION QUE INGRESA A
LA
COORDINACION,
A
EFECTO
DE
REMITIRLO
A
LAS
AREAS
PARA
SU ATENCION.
2.- REGISTRAR LOS RECURSOS DE REVISION TURNADOS A LA UNIDAD
COORDINADORA PARA SU ATENCION Y SEGUIMIENTO.
3. INTEGRAR LOS EXPEDIENTES ADMINISTRATIVOS DE LOS PROCEDIMIENTOS
CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS QUE INGRESEN A LA COORDINACION,
PARA SU RESGUARDO Y CONSULTA.
4.- ARCHIVAR LA DOCUMENTACION QUE INGRESE A LA COORDINACION,
ACORDE A LAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE ARCHIVOS VIGENTES A NIVEL
FEDERAL PARA SU RESGUARDO Y CONSULTA.
5.- PROPONER LA CREACION DE SISTEMAS ELECTRONICOS PARA EL CONTROL
Y SEGUIMIENTO DE LOS ASUNTOS CONTENCIOSOS ADMINISTRATIVOS, A
CARGO DE LA COORDINACION
6.- COMPILAR LAS CONSULTAS DE NATURALEZA JURIDICA QUE REALICEN A LA
COORDINACION LAS DIFERENTES OFICINAS DE REPRESENTACION, PARA SU
RESGUARDO Y CONSULTA.
7.- APOYAR EN EL SEGUIMIENTO A TRAVES DE UN SISTEMA ELECTRONICO, DE
LAS DIFERENTES ETAPAS PROCESALES DE LOS ASUNTOS DE NATURALEZA
JURIDICA QUE INGRESAN A LA COORDINACION, A FIN DE VERIFICAR SU
CUMPLIMIENTO DENTRO DE LOS TERMINOS QUE LA LEY ESTABLECE
8.- INTEGRAR Y FOLIAR LOS DOCUMENTOS CUYA CERTIFICACION SEA
SOLICITADA A LA UNIDAD DE COORDINACION, PARA LAS DIFERENTES
AUTORIDADES DE LOS TRES NIVELES DE GOBIERNO
9.- REALIZAR LAS NOTIFICACIONES PARA LOS ACUERDOS Y RESOLUCIONES
EMITIDAS POR LA O EL TITULAR DE LA UNIDAD DE COORDINACION
10.- ATENDER LAS DEMAS QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR JERARQUICO
INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES
JURIDICAS APLICABLES.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O PASANTE
Area General
Carrera Genérica
NO APLICA
NO APLICA
Experiencia
Laboral
1 año de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DEFENSA JURIDICA Y
PROCEDIMIENTOS
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIAS ECONOMICAS
APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS SOCIALES
ARCHIVONOMIA Y CONTROL
DOCUMENTAL
CIENCIAS TECNOLOGICAS
DESARROLLO DE SISTEMAS
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION
Código de
Puesto
16-122-1-M1C014P-0000071-E-C-S
Nivel
Administrativo
O21
Jefatura de Departamento
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$27,795 (Veintisiete mil setecientos noventa y cinco pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA TITULAR
Sede
BAJA CALIFORNIA
Adscripción
OFICINA DE REPRESENTACION EN BAJA CALIFORNIA
Objetivo
GESTIONAR
LOS
RECURSOS
MATERIALES,
HUMANOS,
FINANCIEROS,
TECNOLOGICOS, Y DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PARA
LA OPERACION DE LA OFICINA DE REPRESENTACION, DANDO CUMPLIMIENTO
AL MARCO NORMATIVO APLICABLE.
Funciones
Principales
1.- ANALIZAR E INTEGRAR LA DOCUMENTACION E INFORMES DEL EJERCICIO
DEL PRESUPUESTO, ASI COMO EJERCER EL PRESUPUESTO CONFORME A LA
NORMATIVIDAD ESTABLECIDA Y TRAMITAR PARA SU AUTORIZACION LAS
MODIFICACIONES Y TRANSFERENCIAS PRESUPUESTARIAS.
2.- OPERAR EL SISTEMA INTERNO DE CONTABILIDAD PARA DETERMINAR EL
COSTO DE CADA UNO DE LOS PROGRAMAS DE LAS AREAS QUE INTEGRAN LA
OFICINA
DE
REPRESENTACION,
CONFORME
A
LA
NORMATIVIDAD
ESTABLECIDA.
3.- ANALIZAR EL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE LAS AREAS ADSCRITAS A
LA OFICINA DE REPRESENTACION, PARA DETECTAR DESVIACIONES Y
PROPONER MEDIDAS CORRECTIVAS, ASI COMO LLEVAR EL CONTROL DEL
PRESUPUESTO AUTORIZADO POR PARTIDA Y PROYECTO.
4.- FORMULAR Y TRAMITAR LAS CUENTAS POR LIQUIDAR CERTIFICADAS EN EL
SIAFF, ASI COMO ENCARGARSE DE LA GUARDA Y CUSTODIA DE LA
DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE LAS CUENTAS POR LIQUIDAR, PARA
DAR CUMPLIMIENTO AL MARCO NORMATIVO.
5.- EFECTUAR EL PAGO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS, CONTRATISTAS Y
PROVEEDORES,
DE
ACUERDO
A
LAS
NORMAS
Y
PROCEDIMIENTOS
ESTABLECIDOS PARA LA OPERACION DE LA OFICINA DE REPRESENTACION.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
269
6.- REPRESENTAR A LA OFICINA DE REPRESENTACION ANTE LA COMISION
LOCAL MIXTA DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE EN EL TRABAJO,
PARA CONTROLAR Y DAR SEGUIMIENTO DE LOS RECORRIDOS QUE SE
EFECTUEN EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
7.- GESTIONAR LOS RECURSOS HUMANOS, MATERIALES, TECNOLOGICOS, A
TRAVES DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE PARA LA OPERACION
DE LA OFICINA DE REPRESENTACION.
8.- DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS,
PARA LA OPERACION DE LA OFICINA DE REPRESENTACION.
9.- ATENDER LAS DEMAS QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR JERARQUICO
INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES
JURIDICAS APLICABLES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
BIOLOGIA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
COMPUTACION E INFORMATICA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ARQUITECTURA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION PUBLICA
EDUCACION Y HUMANIDADES
PSICOLOGIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ARQUITECTURA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
FINANZAS
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
CIENCIAS DE LA SALUD
VETERINARIA Y ZOOTECNIA
Experiencia
Laboral
2 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION INDUSTRIAL Y
POLITICAS GUBERNAMENTALES
PEDAGOGIA
TEORIA Y METODOS
EDUCATIVOS
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
POLITICA FISCAL Y HACIENDA
PUBLICA NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
270
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
ENLACE DE SERVICIOS FORESTALES Y DE SUELO
Código de
Puesto
16-127-1-E1C008P-0000118-E-C-D
Nivel
Administrativo
P13
ENLACE
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$16,059 (Dieciséis mil cincuenta y nueve pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA EVENTUAL
Sede
CHIAPAS
Adscripción
OFICINA DE REPRESENTACION EN CHIAPAS
Objetivo
REVISAR EXPEDIENTES TECNICOS DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD
ESTABLECIDA,
PARA
LA
DICTAMINACION
DEL
APROVECHAMIENTO
SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS FORESTALES EN EL ESTADO.
Funciones
Principales
1.- RECIBIR Y REGISTRAR PROGRAMAS DE MANEJO FORESTAL, PARA EL
CONTROL DE INFORMACION INTERNA DE LA INSTITUCION.
2.- APOYAR EN LA EMISION DEL DICTAMEN TECNICO DE LOS PROGRAMAS DE
MANEJO FORESTAL, PARA PROCURAR EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE
DE LOS RECURSOS NATURALES.
3.- CANALIZAR LOS PROGRAMAS DE MANEJO FORESTAL A LA UNIDAD
JURIDICA, PARA REVISION Y DICTAMEN JURIDICO.
4.- APOYAR EN LAS ACTIVIDADES PARA PROMOVER LA CULTURA FORESTAL,
CON EL FIN DE LOGRAR LA PARTICIPACION CIUDADANA EN ACTIVIDADES DE
PROTECCION CONSERVACION Y FOMENTO DE LOS RECURSOS NATURALES.
5.- APOYAR EN LAS ACCIONES DE CONCERTACION CON OTRAS INSTITUCIONES
DE
LOS
GOBIERNOS
ESTATAL
Y
MUNICIPAL,
ORGANIZACIONES
NO
GUBERNAMENTALES PARA LA CONSERVACION, RESTAURACION Y FOMENTO
DE LOS RECURSOS NATURALES.
6.- REVISAR E INSCRIBIR LOS PROGRAMAS EN EL REGISTRO NACIONAL
FORESTAL,
PARA
QUE
LOS
PRODUCTORES
CUMPLAN
CON
LA
LEY
CONTRIBUYENDO A UN MEJOR APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE
LOS RECURSOS.
7.- ATENDER LAS DEMAS QUE LE CONFIERA EL SUPERIOR JERARQUICO
Y
LAS
RESPONSABILIDADES
QUE
LE
SEÑALEN
LAS
DISPOSICIONES
JURIDICAS APLICABLES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O PASANTE
Area General
Carrera Genérica
NO APLICA
NO APLICA
Experiencia
Laboral
1 año de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS AGRARIAS
CIENCIA FORESTAL
CIENCIAS AGRARIAS
AGRONOMIA
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS TECNOLOGICAS
INGENIERIA Y TECNOLOGIA DEL
MEDIO AMBIENTE
CIENCIAS DE LA TIERRA Y
DEL ESPACIO
CIENCIAS DEL SUELO
(EDAFOLOGIA)
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS ECONOMICAS
APOYO EJECUTIVO Y/O
ADMINISTRATIVO
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
271
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACION
Código de
Puesto
16-131-1-M1C014P-0000062-E-C-S
Nivel
Administrativo
O21
Jefatura de Departamento
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$27,795 (Veintisiete mil setecientos noventa y cinco pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA TITULAR
Sede
GUANAJUATO
Adscripción
OFICINA DE REPRESENTACION EN GUANAJUATO
Objetivo
GESTIONAR
LOS
RECURSOS
MATERIALES,
HUMANOS,
FINANCIEROS,
TECNOLOGICOS, Y DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PARA
LA OPERACION DE LA OFICINA DE REPRESENTACION, DANDO CUMPLIMIENTO
AL MARCO NORMATIVO APLICABLE.
Funciones
Principales
1.- ANALIZAR E INTEGRAR LA DOCUMENTACION E INFORMES DEL EJERCICIO
DEL PRESUPUESTO, ASI COMO EJERCER EL PRESUPUESTO CONFORME
A LA NORMATIVIDAD ESTABLECIDA Y TRAMITAR PARA SU AUTORIZACION LAS
MODIFICACIONES Y TRANSFERENCIAS PRESUPUESTARIAS.
2.- OPERAR EL SISTEMA INTERNO DE CONTABILIDAD PARA DETERMINAR EL
COSTO DE CADA UNO DE LOS PROGRAMAS DE LAS AREAS QUE INTEGRAN LA
OFICINA
DE
REPRESENTACION,
CONFORME
A
LA
NORMATIVIDAD
ESTABLECIDA.
3.- ANALIZAR EL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO DE LAS AREAS ADSCRITAS
A LA OFICINA DE REPRESENTACION, PARA DETECTAR DESVIACIONES Y
PROPONER MEDIDAS CORRECTIVAS, ASI COMO LLEVAR EL CONTROL DEL
PRESUPUESTO AUTORIZADO POR PARTIDA Y PROYECTO.
4.- FORMULAR Y TRAMITAR LAS CUENTAS POR LIQUIDAR CERTIFICADAS EN EL
SIAFF, ASI COMO ENCARGARSE DE LA GUARDA Y CUSTODIA DE LA
DOCUMENTACION COMPROBATORIA DE LAS CUENTAS POR LIQUIDAR, PARA
DAR CUMPLIMIENTO AL MARCO NORMATIVO.
5.- EFECTUAR EL PAGO DE PRESTACIONES DE SERVICIOS, CONTRATISTAS Y
PROVEEDORES,
DE
ACUERDO
A
LAS
NORMAS
Y
PROCEDIMIENTOS
ESTABLECIDOS PARA LA OPERACION DE LA OFICINA DE REPRESENTACION.
6.- REPRESENTAR A LA OFICINA DE REPRESENTACION ANTE LA COMISION
LOCAL MIXTA DE SEGURIDAD, HIGIENE Y MEDIO AMBIENTE EN EL TRABAJO,
PARA CONTROLAR Y DAR SEGUIMIENTO DE LOS RECORRIDOS QUE SE
EFECTUEN EN LOS CENTROS DE TRABAJO.
7.- GESTIONAR LOS RECURSOS HUMANOS, MATERIALES, TECNOLOGICOS, A
TRAVES DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA RESPONSABLE PARA LA OPERACION
DE LA OFICINA DE REPRESENTACION.
8.- DESARROLLAR LAS ACTIVIDADES DE LOS PROCESOS ADMINISTRATIVOS,
PARA LA OPERACION DE LA OFICINA DE REPRESENTACION.
9.- ATENDER LAS DEMAS QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR JERARQUICO
INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES
JURIDICAS APLICABLES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
BIOLOGIA
272
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
COMPUTACION E INFORMATICA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ARQUITECTURA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CIENCIAS POLITICAS Y
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
PSICOLOGIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION PUBLICA
EDUCACION Y HUMANIDADES
PSICOLOGIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ARQUITECTURA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
FINANZAS
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
CIENCIAS DE LA SALUD
VETERINARIA Y ZOOTECNIA
Experiencia
Laboral
2 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION INDUSTRIAL Y
POLITICAS GUBERNAMENTALES
PEDAGOGIA
TEORIA Y METODOS
EDUCATIVOS
CIENCIAS ECONOMICAS
CONTABILIDAD
CIENCIAS ECONOMICAS
POLITICA FISCAL Y HACIENDA
PUBLICA NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
2.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
UNIDAD DE APROVECHAMIENTO Y RESTAURACION DE RECURSOS
NATURALES
Código de
Puesto
16-133-1-M1C012P-0000070-E-C-D
Nivel
Administrativo
N11
Subdirección de Area
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$39,078 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA TITULAR
Sede
HIDALGO
Adscripción
OFICINA DE REPRESENTACION EN HIDALGO
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
273
Objetivo
PROMOVER
EL
APROVECHAMIENTO
SUSTENTABLE,
LA
PROTECCION,
CONSERVACION Y EL DESARROLLO DE LOS RECURSOS NATURALES EN EL
ESTADO, MEDIANTE LA OPERACION DE LOS PROGRAMAS FORESTALES, DE
RESTAURACION Y CONSERVACION DE SUELOS, PARA FORTALECER LAS
ACCIONES QUE EN MATERIA DE RECURSOS NATURALES.
Funciones
Principales
1.- DAR SEGUIMIENTO A LOS ACUERDOS QUE SE ESTABLEZCA EN LA OFICINA
DE REPRESENTACION, ASI COMO PROMOVER LA PARTICIPACION DE OTRAS
DEPENDENCIAS, CENTROS DE EDUCACION E INVESTIGACION Y OTRAS
INSTITUCIONES
AFINES,
PARA
LA
CELEBRACION
DE
ACUERDOS
Y/O
CONVENIOS REFERENTES A LA PROTECCION, CONSERVACION Y DESARROLLO
DE LOS RECURSOS NATURALES.
2.- PARTICIPAR EN LA OPERACION, VIGILANCIA Y EVALUACION DE LOS
ACUERDOS Y/O CONVENIOS DE PROTECCION, CONSERVACION Y DESARROLLO
DE RECURSOS NATURALES, CON LA FINALIDAD DE INTERVENIR EN LAS
AUTORIZACIONES DE APROVECHAMIENTO DE RECURSOS FORESTALES,
RESTAURACION Y CONSERVACION DE LOS MISMOS.
3.- EMITIR DICTAMENES TECNICOS PARA EXPEDIR LA DOCUMENTACION
FITOSANITARIA REQUERIDA EN LA EXPORTACION E IMPORTACION DE
PRODUCTOS
Y
SUBPRODUCTOS
FORESTALES
MADERABLES
Y
NO MADERABLES.
4.- PARTICIPAR EN LOS CONSEJOS CONSULTIVOS, COMITES Y GRUPOS
COLEGIADOS,
PARA
DEFINIR
ACCIONES
QUE
CONTRIBUYAN
AL
APROVECHAMIENTO
DE
RECURSOS
FORESTALES,
RESTAURACION
Y
CONSERVACION DE LOS MISMOS.
5.- EVALUAR LAS SOLICITUDES DE CAMBIO DE USO DEL SUELO EN LOS
TERRENOS RURALES E INTERVENIR EN EL ESTABLECIMIENTO Y OPERACION
DE VIVEROS FORESTALES Y BANCOS DE GERMOPLASMA DEPENDIENTES DE
LA SECRETARIA, PARA LA SUPERVISION DE VIVEROS PARTICULARES
ESTABLECIDOS EN LA ENTIDAD.
6.- COORDINAR LA EJECUCION, EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA LOS
INSTRUMENTOS DE FOMENTO Y NORMATIVIDAD AMBIENTAL RESPECTO DEL
APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE, CONSERVACION Y RESTAURACION DE
SUELOS, AGUA, BIODIVERSIDAD TERRESTRE, BOSQUES, FLORA Y FAUNA
SILVESTRE Y SUS ECOSISTEMAS, CON LA FINALIDAD DE SALVAGUARDAR
LOS SUJETOS A PROTECCION ESPECIAL Y SUS HABITATS CRITICOS, LOS
RECURSOS
GENETICOS
Y
EL
DESARROLLO
SUSTENTABLE
DE
LAS ACTIVIDADES DEL SECTOR PRIMARIO.
7.- COLABORAR CON LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR LOS PROGRAMAS
ESTATALES DE REFORESTACION Y DE RESTAURACION, PARA EL RESCATE DE
AREAS DETERIORADAS.
8.- PROMOVER REGULACIONES PARA SALVAGUARDAR LA BIODIVERSIDAD
BIOLOGICA Y EL ACCESO, MANEJO Y APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS
GENETICOS, DE LA FLORA Y FAUNA SILVESTRES Y OTROS RECURSOS
BIOLOGICOS, ASI COMO PARTICIPAR EN LA ELABORACION DE LAS NORMAS
OFICIALES MEXICANAS, ASI COMO LA REGULACION AMBIENTAL DE LAS
ACTIVIDADES DEL SECTOR PRIMARIO Y EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE
DE LOS RECURSOS NATURALES.
9.- PROPONER ANTE LAS AUTORIDADES COMPETENTES, LA EXPEDICION DE
DECLARATORIAS Y PROGRAMAS ANTE SITUACIONES DE EMERGENCIA O
EXTRAORDINARIAS EN EL ESTADO PARA REGULAR EL DESARROLLO
SUSTENTABLE
DE
LAS
ACTIVIDADES
DEL
SECTOR
PRIMARIO
Y
EL
APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES GENETICOS, CONFORME
A LAS DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES.
10.- DICTAMINAR LA EXPEDICION DE AUTORIZACIONES Y VALIDACION DE LA
DOCUMENTACION Y LOS SISTEMAS DE CONTROL PREVISTOS EN LAS
DISPOSICIONES
JURIDICAS
APLICABLES,
PARA
ACREDITAR
LA
LEGAL
PROCEDENCIA DE LAS MATERIAS PRIMAS FORESTALES.
11.- PARTICIPAR EN LA FORMULACION Y OPERACION PARA EL PROGRAMA
INTERNO DE PROTECCION CIVIL, ASI COMO FORMAR PARTE DEL CONSEJO
ESTATAL DE PROTECCION CIVIL ESTATAL.
12.- ATENDER LAS DEMAS QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR JERARQUICO
INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES
JURIDICAS APLICABLES.
274
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
BIOLOGIA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
COMPUTACION E INFORMATICA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
ECOLOGIA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
OCEANOGRAFIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
AGRONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E INFORMATICA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION PUBLICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
AGRONOMIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ECOLOGIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
OCEANOGRAFIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA AMBIENTAL
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA FORESTAL
CIENCIAS AGROPECUARIAS
AGRONOMIA
CIENCIAS AGROPECUARIAS
BIOLOGIA
CIENCIAS AGROPECUARIAS
CIENCIAS FORESTALES
CIENCIAS AGROPECUARIAS
ECOLOGIA
Experiencia
Laboral
3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS DE LA TIERRA Y
DEL ESPACIO
OCEANOGRAFIA
CIENCIAS DE LA VIDA
BIOLOGIA VEGETAL (BOTANICA)
CIENCIAS DE LA VIDA
BIOLOGIA ANIMAL (ZOOLOGIA)
CIENCIAS TECNOLOGICAS
INGENIERIA Y TECNOLOGIA DEL
MEDIO AMBIENTE
CIENCIAS DE LA TIERRA Y
DEL ESPACIO
CIENCIAS DEL SUELO
(EDAFOLOGIA)
CIENCIAS AGRARIAS
AGRONOMIA
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA GENERAL
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
275
Nombre del
Puesto
ENLACE DE REGISTRO Y DOCUMENTACION FORESTAL
Código de
Puesto
16-136-1-E1C011P-0000121-E-C-D
Nivel
Administrativo
P23
ENLACE
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$21,116 (Veintiún mil ciento dieciséis pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA EVENTUAL
Sede
MICHOACAN
Adscripción
OFICINA DE REPRESENTACION EN MICHOACAN
Objetivo
REVISAR EXPEDIENTES TECNICOS DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD
ESTABLECIDA, PARA LA DICTAMINACION DE LAS SOLICITUDES DE EXPEDICION
DE LOS FORMATOS PARA ACREDITAR LA LEGAL PROCEDENCIA DE LAS
MATERIAS PRIMAS FORESTALES CON RELACION AL APROVECHAMIENTO
SUSTENTABLE DE LOS RECURSOS FORESTALES.
Funciones
Principales
1.- RECIBIR Y REGISTRAR LAS SOLICITUDES, PARA EL CONTROL DE
INFORMACION INTERNA DE LA INSTITUCION.
2.- REVISAR LOS EXPEDIENTES CON EL FIN DE QUE CUMPLAN CON LA LEY
CONTRIBUYENDO
A
UN
MEJOR
APROVECHAMIENTO
SUSTENTABLE
DE LOS RECURSOS.
3.- APOYAR EN LA EVALUACION Y DICTAMINACION TECNICA DE LAS
SOLICITUDES, PARA LA INTEGRACION DE LOS EXPEDIENTES QUE JUSTIFIQUE
EL APROVECHAMIENTO DE LOS RECURSOS NATURALES.
4.- TURNAR LOS PROYECTOS DE OFICIO AL DEPARTAMENTO DE SERVICIOS
FORESTALES Y DE SUELOS, PARA SU REVISION.
5.- TURNAR LOS PROYECTOS DE OFICIO AL AREA RESPONSABLE, PARA
SU REVISION.
6.- TURNAR LOS PROYECTOS DE OFICIO A LA O EL TITULAR DE LA OFICINA DE
REPRESENTACION, PARA SU REVISION Y FIRMA.
7.- ENTREGAR EL RESOLUTIVO AL TITULAR DIRECTAMENTE O A TRAVES DEL
GESTOR,
PROCEDIENDO
AL
PRE
LLENADO
DE
LAS
REMISIONES
Y
REEMBARQUES FORESTALES.
8.- ENTREGAR COPIA DE LOS RESOLUTIVOS A INSTITUCIONES DE LOS
GOBIERNOS ESTATAL, FEDERAL Y MUNICIPAL, PARA SU CONTROL.
9.- REGISTRAR LA INFORMACION CONTENIDA EN LOS OFICIOS COMO
RESULTADO DE LA TRAMITOLOGIA, PARA SU CONTROL Y SEGUIMIENTO.
10.- REVISAR LOS EXPEDIENTES Y HACER EL DESCARGO DE LA INFORMACION
PARA
DISPONER
DE
LAS
ESTADISTICAS
DE
LOS
RECURSOS
EN
APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE, DISPONIENDO DE LA INFORMACION
OPORTUNA Y EXPEDITA.
11.- ATENDER LAS DEMAS QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR JERARQUICO
INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES
JURIDICAS APLICABLES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O PASANTE
Area General
Carrera Genérica
NO APLICA
NO APLICA
Experiencia
Laboral
1 año de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS DE LA VIDA
BIOLOGIA VEGETAL (BOTANICA)
CIENCIAS DE LA TIERRA Y
DEL ESPACIO
CIENCIAS DEL SUELO
(EDAFOLOGIA)
ECOLOGIA
MEDIO AMBIENTE
CIENCIAS DE LA TIERRA Y
DEL ESPACIO
INGENIERIA AMBIENTAL
CIENCIAS TECNOLOGICAS
INGENIERIA GENERAL
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO AGRARIO
276
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
ENLACE DE RESTAURACION DE RECURSOS NATURALES
Código de
Puesto
16-144-1-E1C012P-0000078-E-C-D
Nivel
Administrativo
P32
ENLACE
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$23,342 (Veintitrés mil trescientos cuarenta y dos pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA EVENTUAL
Sede
SAN LUIS POTOSI
Adscripción
OFICINA DE REPRESENTACION EN SAN LUIS POTOSI
Objetivo
APOYAR
EN
LA
INSTRUMENTACION
DE
LAS
ESTRATEGIAS
PARA
CONTRARRESTAR EL DETERIORO DE LOS RECURSOS Y FOMENTAR UNA
CULTURA DE APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE EN EL AMBITO DE LA OFICINA
DE REPRESENTACION.
Funciones
Principales
1.- APOYAR EN LA EVALUACION DE LAS SOLICITUDES QUE PRESENTEN LOS
PROMOVENTES PARA CAMBIO DE UTILIZACION DE TERRENOS FORESTALES O
PREFERENTEMENTE.
2.-
AUXILIA
EN
LA
FORMULACION
DEL
PROGRAMA
ESTATAL
PARA
RESTAURACION Y CONSERVACION DE SUELOS, ASI COMO EL INVENTARIO
FORESTAL EN EL AMBITO DE SU COMPETENCIA.
3.- APOYAR EN LAS ACCIONES PARA DIVULGACION DE LA INFORMACION
ALUSIVA A LA RESTAURACION E SUELOS Y AGUA, EN EL AMBITO DE
SU COMPETENCIA.
4.- ATENDER LOS TRAMITES QUE PRESENTEN LOS PROMOVENTES, ASI COMO
ELABORAR LAS ESTRATEGICAS DE LOS INSTRUMENTOS EMPLEADOS PARA
ACREDITAR LA LEGAL PROCEDENCIA DE LOS RECURSOS FORESTALES.
5.- REALIZAR LAS VISITAS DE VERIFICACION EN SOLICITUDES PARA
APROVECHAMIENTOS
FORESTALES
MADERABLES
EN
SUPERFICIES
FORESTALES O PREFERENTEMENTE FORESTALES.
6.- ATENDER LAS DEMAS QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR JERARQUICO
INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES
JURIDICAS APLICABLES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O PASANTE
Area General
Carrera Genérica
NO APLICA
NO APLICA
Experiencia
Laboral
1 año de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS DE LA TIERRA Y
DEL ESPACIO
CIENCIAS DEL SUELO
(EDAFOLOGIA)
CIENCIAS AGRARIAS
CIENCIA FORESTAL
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
277
Nombre del
Puesto
ENLACE TECNICO DE ECOSISTEMAS
Código de
Puesto
16-150-1-E1C008P-0000221-E-C-D
Nivel
Administrativo
P13
ENLACE
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$16,059 (Dieciséis mil cincuenta y nueve pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA EVENTUAL
Sede
VERACRUZ
Adscripción
OFICINA DE REPRESENTACION EN VERACRUZ
Objetivo
REALIZAR LAS ACCIONES DE LA UNIDAD DE ECOSISTEMAS Y AMBIENTES
COSTEROS RELATIVAS AL ORDENAMIENTO, USO Y APROVECHAMIENTO
SUSTENTABLE DE LA ZONA FEDERAL MARITIMO TERRESTRE Y LOS TERRENOS
GANADOS AL MAR, MEDIANTE LA APLICACION DE LA NORMATIVIDAD EN
MATERIA, PARA OTORGAR A LOS PROMOVENTES LOS PERMISOS, TRAMOS DE
DELIMITACION, DESLINDE, ZONIFICACION, EQUIPAMIENTO Y CONTROL.
Funciones
Principales
1.- APOYAR EN LA DIFUSION DE LOS LINEAMIENTOS PARA PROMOVER LA
CONSERVACION, RESTAURACION Y DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA ZONA
FEDERAL MARITIMO TERRESTRE, PLAYAS MARITIMAS Y TERRENOS GANADOS
AL MAR O CUALQUIER OTRO DEPOSITO DE AGUAS MARITIMAS.
2.- REALIZAR EL SEGUIMIENTO A LOS CONVENIOS Y ACUERDOS CON LAS
DIVERSAS DEPENDENCIAS E INSTITUCIONES EN PARTICULAR AL PROGRAMA
ESPECIAL PARA EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE Y EL CONVENIO DE
COLABORACION ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL.
3.- REGISTRAR PERMANENTEMENTE EL INVENTARIO, CATALOGO Y CONTROL
PARA LOS BIENES NACIONALES Y AMBIENTES COSTEROS EN EL AMBITO
TERRITORIAL.
4.- APOYAR EN LA REVISION DE LA APLICACION DE LA NORMATIVIDAD QUE
EMITAN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS CENTRALES, PARA EL USO,
ADMINISTRACION, APROVECHAMIENTO Y CONSERVACION DE LOS BIENES
NACIONALES Y AMBIENTES COSTEROS EN EL AMBITO TERRITORIAL.
5.- DAR SEGUIMIENTO A LAS POLITICAS Y LINEAMIENTOS, DE CARACTER
TECNICO QUE EMITAN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS CENTRALES PARA LA
LIMPIEZA, CONSERVACION Y MANTENIMIENTO DE LOS BIENES NACIONALES EN
EL AMBITO TERRITORIAL.
6.- REALIZAR LOS PRE DICTAMENES TECNICO Y JURIDICO, ASI COMO LA
ELABORACION DE LOS PROYECTOS DE TITULOS JURIDICOS PARA LOS
TRAMITES QUE PRESENTEN LOS PROMOVENTES.
7.- REALIZAR VERIFICACIONES EN CAMPO PARA ELABORAR PRE DICTAMENES
TECNICOS Y LA DELIMITACION DE LA ZOFEMATAC.
8.- ATENDER LAS DEMAS QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR JERARQUICO
INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES
JURIDICAS APLICABLES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O PASANTE
Area General
Carrera Genérica
NO APLICA
NO APLICA
Experiencia
Laboral
1 año de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
INVESTIGACION APLICADA
CIENCIAS AMBIENTALES Y
CONTAMINACION AMBIENTAL
GEOGRAFIA
GEOGRAFIA ECONOMICA
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION DE BIENES
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA AMBIENTAL Y DE
LOS RECURSOS NATURALES
CIENCIAS TECNOLOGICAS
DESARROLLO DE SISTEMAS
278
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
JEFATURA DE DEPARTAMENTO FORESTAL
Código de
Puesto
16-150-1-M1C014P-0000114-E-C-D
Nivel
Administrativo
O21
Jefatura de Departamento
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$27,795 (Veintisiete mil setecientos noventa y cinco pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA TITULAR
Sede
VERACRUZ
Adscripción
OFICINA DE REPRESENTACION EN VERACRUZ
Objetivo
DESARROLLAR LAS ACCIONES PARA PROMOVER EL APROVECHAMIENTO
SUSTENTABLE, PROTECCION Y MANEJO DE LOS RECURSOS FORESTALES Y DE
SUELO, MEDIANTE LA APLICACION DE LA LEGISLACION VIGENTE Y LAS
ESTRATEGIAS QUE CONTRIBUYAN A CONTRARRESTAR SU DETERIORO, ASI
COMO FOMENTAR UNA CULTURA DE USO SUSTENTABLE.
Funciones
Principales
1.- EVALUAR LAS AUTORIZACIONES PARA EL APROVECHAMIENTO DE
RECURSOS FORESTALES MADERABLES EN TERRENOS FORESTALES O
PREFERENTEMENTE FORESTALES, Y SUS MODIFICACIONES, CONFORME A LAS
DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES.
2.- REVISAR EL INFORME ANUAL SOBRE LA EJECUCION, DESARROLLO Y
CUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA DE APROVECHAMIENTO FORESTAL, DE
PLANTACIONES
FORESTALES
COMERCIALES
Y
APROVECHAMIENTO
NO
MADERABLE Y DE CENTROS DE ALMACENAMIENTO Y DE TRANSFORMACION
(ASERRADEROS)
PARA
SU
INTEGRACION
AL
SISTEMA
NACIONAL
DE
GESTION FORESTAL.
3.- EVALUAR Y EMITIR DICTAMEN DE LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACION
PARA LA APLICACION DE LOS TRATAMIENTOS FITOSANITARIOS Y EL USO DE LA
MARCA EN EL EMBALAJE DE MADERA UTILIZADO EN EL COMERCIO
INTERNACIONAL
DE
BIENES
Y
MERCANCIAS
CONFORME
AL
MARCO
NORMATIVO APLICABLE.
4.- EVALUAR Y EMITIR DICTAMEN DE LAS AUTORIZACIONES PARA EL
FUNCIONAMIENTO DE CENTROS DE ALMACENAMIENTO Y TRANSFORMACION
DE MATERIAS PRIMAS FORESTALES, CONFORME A LAS DISPOSICIONES
JURIDICAS APLICABLES, ASI COMO SU EMISION DE SU RESOLUTIVO A TRAVES
DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTION FORESTAL.
5.- EVALUAR Y EMITIR DICTAMEN DE LA AUTORIZACION PARA UN CENTRO NO
INTEGRADO A UN CENTRO DE TRANSFORMACION PRIMARIA, CONFORME A LAS
DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES.
6.-
EVALUAR
Y
EMITIR
DICTAMEN
DE
LAS
SOLICITUDES
PARA
EL
APROVECHAMIENTO DE RECURSOS NO MADERABLES, CONFORME A LAS
DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES Y EMISION DE RESOLUTIVO A TRAVES
DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTION FORESTAL.
7.- EVALUAR Y EMITIR DICTAMEN DE LOS AVISOS PARA PLANTACIONES
FORESTALES COMERCIALES, CONFORME A LAS DISPOSICIONES JURIDICAS
APLICABLES Y EMISION DE RESOLUTIVO A TRAVES DEL SISTEMA NACIONAL DE
GESTION FORESTAL.
8.- REVISAR Y VALIDAR REEMBARQUES Y REMISIONES FORESTALES PARA
ACREDITAR LA LEGAL PROCEDENCIA DE MATERIA PRIMAS FORESTALES.
9.- EVALUAR Y EMITIR DICTAMEN DE LA RECOLECCION DE GERMOPLASMA
FORESTAL PARA SU EMISION DE RESOLUTIVO A TRAVES DEL SISTEMA
NACIONAL DE GESTION FORESTAL.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
279
10.- EVALUAR Y EMITIR DICTAMEN DE LAS SOLICITUDES DE CONSTANCIAS DE
VERIFICACION PARA EL APROVECHAMIENTO DE RECURSOS FORESTALES QUE
PROVENGAN DE TERRENOS DIVERSOS A LOS FORESTALES Y EMISION
DE RESOLUTIVO A TRAVES DEL SISTEMA NACIONAL DE GESTION FORESTAL.
11.- INTEGRAR Y VALIDAR EL REGISTRO DEL INGRESO PARA LOS INFORMES DE
APROVECHAMIENTO FORESTAL A LA DIRECCION GENERAL DE GESTION
FORESTAL, SUELOS Y ORDENAMIENTO ECOLOGICO.
12.-
REVISAR
Y
EMITIR
DICTAMEN
DE
LAS
MODIFICACIONES
DE
AUTORIZACIONES
PARA
EL
FUNCIONAMIENTO
DE
CENTROS
DE
ALMACENAMIENTO Y TRANSFORMACION DE MATERIAS PRIMAS FORESTALES,
CONFORME A LAS DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES, ASI COMO SU
EMISION DE SU RESOLUTIVO A TRAVES DEL SISTEMA NACIONAL DE
GESTION FORESTAL.
13.- ATENDER LAS DEMAS QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR JERARQUICO
INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES
JURIDICAS APLICABLES
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TERMINADO O PASANTE
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION PUBLICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA AMBIENTAL
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA FORESTAL
CIENCIAS AGROPECUARIAS
AGRONOMIA
CIENCIAS AGROPECUARIAS
CIENCIAS FORESTALES
Experiencia
Laboral
2 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS AGRARIAS
CIENCIA FORESTAL
CIENCIAS AGRARIAS
INGENIERIA AGRICOLA
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIAS AGRARIAS
AGRONOMIA
CIENCIAS DE LA TIERRA Y
DEL ESPACIO
CIENCIAS DEL SUELO
(EDAFOLOGIA)
CIENCIA POLITICA
CIENCIAS POLITICAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ADMINISTRACION
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
SUBDIRECCION DE PROMOCION DEL CONOCIMIENTO
Y USO DE LA BIODIVERSIDAD
Código de
Puesto
16-400-1-M1C015P-0000623-E-C-Q
Nivel
Administrativo
N21
Subdirección de Area
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$44,946 (Cuarenta y cuatro mil novecientos cuarenta y seis pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA TITULAR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
SUBSECRETARIA DE BIODIVERSIDAD Y RESTAURACION AMBIENTAL
280
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Objetivo
DISEÑAR ESTRATEGIAS DE COMUNICACION Y PROMOCION INTERNAS Y
EXTERNAS PARA IMPLEMENTARLAS Y POSICIONAR LAS INICIATIVAS DE LA
INSTITUCION, A TRAVES DE RELACIONES PUBLICAS, ALIANZAS ESTRATEGICAS
Y DE PROMOCION EN DIVERSOS MEDIOS DE DIFUSION MASIVA, CON LA
FINALIDAD DE PROMOVER EL CONOCIMIENTO Y USO DE LA BIODIVERSIDAD
Funciones
Principales
1.- COORDINAR LAS ACTIVIDADES PARA IMPLEMENTAR LAS ESTRATEGIAS DE
DIFUSION EN MEDIOS DE COMUNICACION MASIVA, Y REDES SOCIALES DE LA
INSTITUCION, PARA PROMOVER UNA CULTURA AMBIENTAL, ENFOCADA AL
CONOCIMIENTO Y USO DE LA BIODIVERSIDAD.
2.- COORDINAR LAS ACCIONES PARA LLEVAR A CABO EVENTOS VIRTUALES Y
PRESENCIALES ORGANIZADOS POR LA INSTITUCION PARA PROMOVER EL
CONOCIMIENTO, USO Y CONSERVACION DE LA NATURALEZA.
3.- ESTABLECER ALIANZAS CON EL SECTOR PUBLICO Y PRIVADO PARA
GENERAR PUNTOS DE VENTA PARA LA DISTRIBUCION DE LAS PUBLICACIONES
EDITADAS POR LA CONABIO COMO PARTE DE LAS ACCIONES DE DIVULGACION
Y PROMOCION DEL CONOCIMIENTO Y USO DE LA BIODIVERSIDAD.
4.- INTERVENIR EN LA COLABORACION CON SOCIOS E INSTITUCIONES, DE
DIVERSOS SECTORES, ALIADOS PARA LA PROMOCION DE UNA CULTURA
AMBIENTAL, ENFOCADA AL CONOCIMIENTO Y USO DE LA BIODIVERSIDAD.
5.- PARTICIPAR EN LA PRODUCCION AUDIOVISUAL PARA PROMOVER UNA
CULTURA AMBIENTAL, Y EL CONOCIMIENTO Y USO DE LA BIODIVERSIDAD.
6.- ATENDER LAS DEMAS ACTIVIDADES QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR
JERARQUICO INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS
DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TERMINADO O PASANTE
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMUNICACION
Experiencia
Laboral
5 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
EDUCACION Y HUMANIDADES
COMUNICACION GRAFICA
CIENCIA POLITICA
OPINION PUBLICA
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- PLANEACION, EJECUCION Y EVALUACION DE PROYECTOS
3.- PLANEACION ESTRATEGICA
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
DIRECCION DE USOS DE LA BIODIVERSIDAD
Código de
Puesto
16-400-1-M1C018P-0000587-E-C-D
Nivel
Administrativo
M21
Dirección de Area
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$73,901 (Setenta y tres mil novecientos un pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA TITULAR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
SUBSECRETARIA DE BIODIVERSIDAD Y RESTAURACION AMBIENTAL
Objetivo
VIGILAR QUE LA CONABIO DE ATENCION A NECESIDADES DE INFORMACION Y A
LA GESTION DE PROBLEMATICAS NACIONALES SOBRE LOS USOS DE LA
BIODIVERSIDAD Y EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE RECURSOS
BIOLOGICOS, CON LA FINALIDAD DE DAR RESPUESTA A LAS SOLICITUDES
PRESENTADAS POR LOS CIUDADANOS Y OTRAS DEPENDENCIAS DE LOS TRES
NIVELES DE GOBIERNO.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
281
Funciones
Principales
1.- SUPERVISAR LA INTEGRACION DE RESPUESTAS A SOLICITUDES DE
ASESORIA E INFORMACION RELATIVAS A LOS USOS DE LA BIODIVERSIDAD,
PRESENTADAS A LA CONABIO POR LOS CIUDADANOS Y OTRAS DEPENDENCIAS
DE LOS TRES NIVELES DE GOBIERNO.
2.- REPRESENTAR Y APOYAR A LA CONABIO Y A LA SEMARNAT PARA DAR
ATENCION
Y
SEGUIMIENTO
A
LOS
ASUNTOS
RELATIVOS
AL
APROVECHAMIENTO
SUSTENTABLE
DE
LOS
RECURSOS
BIOLOGICOS
DE MEXICO.
3.- ASESORAR A EXPERTOS Y ESPECIALISTAS DE LA CONABIO Y LA SEMARNAT
PARA ATENDER SOLICITUDES DE INFORMACION RELATIVAS A LOS USOS DE LA
BIODIVERSIDAD,
LA
GESTION
DE
RECURSOS
BIOLOGICOS,
SU
APROVECHAMIENTO Y SU CONSERVACION.
4.- ASESORAR A LA CONABIO, A LA SEMARNAT Y OTROS MIEMBROS DE LA
COMISION
PARA
LA
ATENCION
A
SOLICITUDES
DE
INFORMACION
Y
PROBLEMATICAS NACIONALES RELATIVAS A LOS USOS DE LA BIODIVERSIDAD
Y EL APROVECHAMIENTO SUSTENTABLE DE RECURSOS BIOLOGICOS.
5.- ATENDER LAS DEMAS ACTIVIDADES QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR
JERARQUICO INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS
DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
BIOLOGIA
CIENCIAS AGROPECUARIAS
AGRONOMIA
CIENCIAS AGROPECUARIAS
CIENCIAS FORESTALES
Experiencia
Laboral
6 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS DE LA VIDA
BIOLOGIA VEGETAL (BOTANICA)
ECOLOGIA
MEDIO AMBIENTE
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
Habilidades
Gerenciales
1.- VISION ESTRATEGICA
2.- MANEJO DE RECURSOS NATURALES Y PLANEACION
AMBIENTAL
3.- ASPECTOS JURIDICOS AMBIENTALES DEL SECTOR PRIMARIO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
SUBDIRECCION DE DISEÑO MULTIMEDIA PARA LA DIVULGACION DE LA
BIODIVERSIDAD
Código de
Puesto
16-400-1-M1C015P-0000620-E-C-Q
Nivel
Administrativo
N22
Subdirección de Area
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$46,039 (Cuarenta y seis mil treinta y nueve pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE CARRERA
TITULAR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
SUBSECRETARIA DE BIODIVERSIDAD Y RESTAURACION AMBIENTAL
Objetivo
COORDINAR EL DISEÑO Y DESARROLLO DE MATERIALES AUDIOVISUALES Y DE
DISEÑO WEB DE ACUERDO A LOS LINEAMIENTOS E IDENTIDAD DE LA
INSTITUCION, CON EL FIN DE GENERAR MATERIALES DE COMUNICACION Y
DIFUSION QUE IMPACTEN EN EL CONOCIMIENTO Y CONSERVACION DE LA
BIODIVERSIDAD DE MEXICO.
282
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Funciones
Principales
1.- ADMINISTRAR EL SITIO WEB BIODIVERSIDAD MEXICANA APLICANDO LOS
PRINCIPIOS DE DISEÑO Y USABILIDAD QUE LE PERMITAN A LOS USUARIOS, LA
CONSULTA DE INFORMACION IMPORTANTE SOBRE LA RIQUEZA NATURAL DE
MEXICO, MOTIVANDO ASI SU CONOCIMIENTO Y VALORACION.
2.- DISEÑAR CONCEPTOS E IMAGENES PARA EL DESARROLLO DE CAMPAÑAS
DE DIFUSION QUE PROMUEVAN EL CONOCIMIENTO DE LA BIODIVERSIDAD, A
TRAVES DE PLATAFORMAS DIGITALES Y MEDIOS IMPRESOS.
3.- SUPERVISAR EL DESARROLLO DE PROPUESTAS GRAFICAS DE MATERIALES
GRAFICOS Y AUDIOVISUALES DE LA COORDINACION PARA GARANTIZAR QUE
SE CUMPLA CON LOS LINEAMIENTOS INSTITUCIONALES ESTABLECIDOS.
4.- COLABORAR CON LAS DIVERSAS AREAS DE LA CONABIO EN LA
ACTUALIZACION
DE
INFORMACION
EN
SITIOS
WEB
Y
SEGUIMIENTO
A SOLICITUDES DE INFORMACION, CON LA FINALIDAD DE GENERAR REPORTES
QUE PERMITAN MEDIR EL IMPACTO Y LOGROS OBTENIDOS EN LA DIFUSION DE
TEMAS AMBIENTALES.
5.- ATENDER LAS DEMAS ACTIVIDADES QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR
JERARQUICO INMEDIATO Y LAS RESPONSABILIDADES QUE LE SEÑALEN LAS
DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
Area General
Carrera Genérica
EDUCACION Y HUMANIDADES
COMUNICACION GRAFICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
COMPUTACION E INFORMATICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
DISEÑO
Experiencia
Laboral
4 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
EDUCACION Y HUMANIDADES
COMUNICACION GRAFICA
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIAS DE
INFORMACION Y
COMUNICACIONES
Habilidades
Gerenciales
1.- PLANEACION ESTRATEGICA
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- LENGUAJE CIUDADANO: LENGUAJE CLARO.
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
ENLACE DE NO MADERABLES Y RECURSOS BIOLOGICOS FORESTALES
Código de
Puesto
16-418-1-E1C007P-0000097-E-C-D
Nivel
Administrativo
P12
ENLACE
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$14,598 (Catorce mil quinientos noventa y ocho pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA EVENTUAL
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE GESTION FORESTAL, SUELOS Y ORDENAMIENTO
ECOLOGICO
Objetivo
REALIZAR ACTIVIDADES PARA LA GESTION DE LOS TRAMITES DE NO
MADERABLES Y RECURSOS BIOLOGICOS FORESTALES, CON EL FIN DE
PROPORCIONAR EL APOYO EN LAS LABORES OPERATIVAS Y ADMINISTRATIVAS
DEL AREA
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
283
Funciones
Principales
1.- APOYAR EN EL ANALISIS Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS DE
RESOLUCION PARA LAS SOLICITUDES DE AUTORIZACION, MODIFICACION,
PRORROGA,
REVOCACION,
SUSPENSION,
DECLARACION
DE
NULIDAD,
EXTINCION Y CANCELACION EN MATERIA DE APROVECHAMIENTO FORESTAL
NO MADERABLE Y RECURSOS GENETICOS FORESTALES.
2.- APOYAR EN LA FORMULACION E INTEGRACION DE LA POLITICA EN MATERIA
DE APROVECHAMIENTO FORESTAL NO MADERABLE Y RECURSOS GENETICOS
FORESTALES, PARA FORTALECER LOS PROCESOS DE GESTION.
3.- PARTICIPAR EN LA ELABORACION DE LOS CRITERIOS AMBIENTALES EN LOS
PROCEDIMIENTOS DE GESTION EN LAS OFICINAS DE REPRESENTACION DE LA
SEMARNAT EN MATERIA DE APROVECHAMIENTO FORESTAL NO MADERABLE Y
RECURSOS GENETICOS FORESTALES, PARA QUE LOS ACTOS DE AUTORIDAD
SE EJERZAN, DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES JURIDICAS
APLICABLES.
4.- PROPORCIONAR INFORMACION PARA LA ELABORACION DE LINEAMIENTOS,
CRITERIOS Y RECOMENDACIONES, EN MATERIA DE APROVECHAMIENTO
FORESTAL NO MADERABLE Y RECURSOS BIOLOGICOS FORESTALES PARA LA
EMISION DE DECLARATORIAS DE AREAS DE PROTECCION FORESTAL, ASI
COMO LOS ESTUDIOS TECNICOS.
5.-
REGISTRAR
Y
ARCHIVAR
LA
DOCUMENTACION
RELATIVA
AL
APROVECHAMIENTO FORESTAL NO MADERABLE Y RECURSOS GENETICOS
FORESTALES, PARA QUE LOS ACTOS DE AUTORIDAD SE EJERZAN, DE
CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES JURIDICAS APLICABLES.
6.- PARTICIPAR EN LA EVALUACION DE LAS PROPUESTAS DE RESOLUCION DE
AUTORIZACIONES PARA EL ACCESO A LOS RECURSOS GENETICOS Y
BIOLOGICOS FORESTALES, ASI COMO DE COLECTA DE GERMOPLASMA
FORESTAL PARA REFORESTACION Y FORESTACION Y ASIGNACION DE LOS
CODIGOS DE IDENTIFICACION O LAS CONSTANCIAS RESPECTIVAS, QUE SE
PRETENDAN
LLEVAR
A
CABO
DENTRO
DE
LAS
DEMARCACIONES
TERRITORIALES DE LA CIUDAD DE MEXICO, CONFORME A LA NORMATIVIDAD
APLICABLE.
7.- APOYAR EN LA INTEGRACION DE LA INFORMACION EN MATERIA DE
APROVECHAMIENTO
FORESTAL
NO
MADERABLE
Y
PLANTACIONES
Y
RECURSOS BIOLOGICOS FORESTALES, PARA SU CONTROL ESTADISTICO.
8.- APOYAR EN LA ELABORACION DE PROPUESTAS TECNICAS DE LOS
INSTRUMENTOS NORMATIVOS RELACIONADOS CON EL APROVECHAMIENTO NO
MADERABLE Y RECURSOS BIOLOGICOS FORESTALES, PARA LA GESTION DE
ACTIVIDADES PRODUCTIVAS.
9.- APOYAR EN LA ELABORACION DE LAS PROPUESTAS DE PROCEDIMIENTOS
PARA LA EVALUACION DE LA CONFORMIDAD DE LAS NORMAS OFICIALES
MEXICANAS
EN
MATERIA
DE
APROVECHAMIENTO
NO
MADERABLE
Y
RECURSOS BIOLOGICOS FORESTALES.
10.- APOYAR EN LA EVALUACION TECNICA DE LAS PROPUESTAS EN MATERIA
DE
APROVECHAMIENTO
NO
MADERABLE,
Y
RECURSOS
BIOLOGICOS
FORESTALES, DE LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS PARA EL DESARROLLO
SUSTENTABLE.
11.- APOYAR EN LA INTEGRACION DE LOS TEMAS EN MATERIA DE
APROVECHAMIENTO NO MADERABLE Y RECURSOS BIOLOGICOS FORESTALES,
PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE EN EL PROGRAMA NACIONAL DE
INFRAESTRUCTURA DE LA CALIDAD Y SU SUPLEMENTO DE CADA AÑO.
12.- REALIZAR LA REVISION TECNICA DE LOS INSTRUMENTOS NORMATIVOS
DEL
APROVECHAMIENTO
NO
MADERABLE
Y
RECURSOS
BIOLOGICOS
FORESTALES,
PARA
PROPONER
SU
MODIFICACION,
ACTUALIZACION
O CANCELACION.
13.- APOYAR EN LA VERIFICACION DEL DESARROLLO DE LOS METODOS
ALTERNATIVOS EN MATERIA DE APROVECHAMIENTO NO MADERABLE Y
RECURSOS
BIOLOGICOS
FORESTALES
DE
LAS
NORMAS
OFICIALES
MEXICANAS, PARA FOMENTAR EL MANEJO SUSTENTABLE.
284
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
14.- APOYAR EN LA ELABORACION DE LOS PROCEDIMIENTOS, LINEAMIENTOS Y
CRITERIOS EN MATERIA DE APROVECHAMIENTO NO MADERABLE Y RECURSOS
BIOLOGICOS FORESTALES, PARA LAS ACTIVIDADES RELACIONADAS CON LA
EVALUACION DE LA CONFORMIDAD EN LA VERIFICACION DE LAS NORMAS
OFICIALES MEXICANAS.
15.- APOYAR EN LA LOGISTICA PARA LOS PROCESOS DE CAPACITACION DEL
PERSONAL TECNICO DE LAS OFICINAS DE REPRESENTACION DE LA
SEMARNAT, EN MATERIA DE NO MADERABLE Y RECURSOS BIOLOGICOS
FORESTALES.
16.- ATENDER LAS DEMAS QUE LE CONFIERA LA O EL SUPERIOR JERARQUICO
INMEDIATO Y LAS QUE LE SEÑALEN LAS DISPOSICIONES JURIDICAS
APLICABLES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
PREPARATORIA O
BACHILLERATO
TERMINADO O PASANTE
Area General
Carrera Genérica
NO APLICA
NO APLICA
Experiencia
Laboral
1 año de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS AGRARIAS
CIENCIA FORESTAL
ECOLOGIA
MEDIO AMBIENTE
CIENCIAS ECONOMICAS
ECONOMIA AMBIENTAL Y DE
LOS RECURSOS NATURALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS DE LA TIERRA Y
DEL ESPACIO
GEOGRAFIA
GEOGRAFIA
GEOGRAFIA ECONOMICA
Habilidades
Gerenciales
1.- MANEJO DE RECURSOS NATURALES Y PLANEACION
AMBIENTAL
2.- NORMATIVIDAD AMBIENTAL
3.- CARACTERIZACION DE SISTEMAS AMBIENTALES
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: SI
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
SUBDIRECTOR DE INTEGRACION PRESUPUESTAL Y METODOS
Código de
Puesto
16-511-1-M1C012P-0000139-E-C-I
Nivel
Administrativo
N11
Subdirección de Area
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$39,078 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE CARRERA
TITULAR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO
Objetivo
DESARROLLAR SISTEMAS DE COMPUTO PARA LLEVAR EL CONTROL DEL
PRESUPUESTO MODIFICADO AUTORIZADO POR LA S.H.C.P., PARA QUE LA
DIRECCION DE PRESUPUESTO CUENTE CON INFORMACION OPORTUNA PARA
LA TOMA DE DECISIONES.
Funciones
Principales
1.- DISEÑAR Y DESARROLLAR SISTEMAS DE COMPUTO PARA LLEVAR EL
CONTROL DEL PRESUPUESTO MODIFICADO Y RADICADO.
2.- SUPERVISAR EL FUNCIONAMIENTO DE LOS SISTEMAS DESARROLLADOS
PARA QUE LOS TRABAJOS QUE SE EFECTUAN EN ESTOS SEAN RAPIDOS Y
EFICIENTES PARA LA OPTIMIZACION DE TIEMPOS.
3.- COORDINAR LOS TRABAJOS DE LA CAPTURA DE SOLICITUDES DE
AFECTACIONES PRESUPUESTALES PARA FIRMA DE LA AUTORIDAD SUPERIOR
Y ENVIO A LA S.H.C.P., PARA SU DICTAMEN.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
285
4.-
CONSOLIDAR
LA
INFORMACION
CAPTURADA
PARA
INTEGRAR
EL
PRESUPUESTO MODIFICADO Y RADICADO.
5.- PROPORCIONAR REPORTES DEL PRESUPUESTO MODIFICADO Y RADICADO
PARA EL SISTEMA INTEGRAL DE INFORMACION EL CUAL CONSOLIDA LA
DIRECCION DE PROGRAMACION Y EVALUACION, PARA SU ENVIO A LA S.H.C.P.
6.- CONSOLIDAR INFORMACION PARA EL PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA
FEDERACION PARA QUE LA SEMARNAT SOLICITE A LA S.H.C.P. SU
AUTORIZACION.
7.- COORDINAR LA ELABORACION DE LA INFORMACION PARA EL LLENADO DE
LOS FORMATOS PARA LA CUENTA PUBLICA, PARA REPORTAR A LA UNIDAD
CONSOLIDADORA Y ASI ESTAR EN CONDICIONES DE CUMPLIR CON ESTE
REQUERIMIENTO.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
COMPUTACION E INFORMATICA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
COMPUTACION E INFORMATICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
COMPUTACION E INFORMATICA
EDUCACION Y HUMANIDADES
COMPUTACION E INFORMATICA
Experiencia
Laboral
3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y DIRECCION
DE EMPRESAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
POLITICA FISCAL Y HACIENDA
PUBLICA NACIONALES
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: NO APLICA
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
JEFE DE DEPARTAMENTO DE ANALISIS Y NORMATIVIDAD PRESUPUESTAL
Código de
Puesto
16-511-1-M1C014P-0000187-E-C-D
Nivel
Administrativo
O21
Jefatura de Departamento
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$27,795 (Veintisiete mil setecientos noventa y cinco pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA TITULAR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE PROGRAMACION Y PRESUPUESTO
286
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Objetivo
CONTROLAR LA INFORMACION Y OFICIOS NECESARIOS PARA REALIZAR EL
TRAMITE DE AUTORRIZACION POR PARTE DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y
CREDITO PUBLICO DE CONFORMIDAD CON LA NORMATIVIDAD ESTABLECIDA.
REVISAR QUE SE CUMPLA CON LOS REQUERIMIENTOS DE LAS DEPENDENCIAS
FISCALIZADORAS EN LAS AUDITORIAS PRACTICADAS A LAS DIVERSAS AREAS
DE LA DEPENDENCIA.
Funciones
Principales
1.- ADMINISTRAR LA INFORMACION SOLICITADA A LAS COORDINADORAS DE
FIDEICOMISOS.
2.- TRAMITACION DE LA RENOVACION DE LA CLAVE DE REGISTRO ANTE LA
SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, DE CONFORMIDAD CON
LO ESTABLECIDO EN EL DECRETO DE PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA
FEDERACION Y MANUAL DE NORMAS PRESUPUESTALES.
3.-
ASEGURAR
QUE
LAS
OBSERVACIONES
DETERMINADAS
POR
LOS
ORGANOS FISCALIZADORES EN AUDITORIAS, SEAN SOLVENTADAS POR
LAS AREAS AUDITADAS.
4.- REVISAR, ANALIZAR Y ELABORAR COMENTARIOS DE LOS CASOS
PRESENTADOS EN LOS COMITES DE CONTROL Y AUDITORIA, CON EL
PROPOSITO DE QUE EL VOCAL DE ESTA AREA EMITA SUS COMENTARIOS.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
FINANZAS
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
Experiencia
Laboral
2 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
POLITICA FISCAL Y HACIENDA
PUBLICA NACIONALES
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y DIRECCION
DE EMPRESAS
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
2.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: NO APLICA
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Nombre del
Puesto
ENLACE SUPERVISOR DE OPERACION DE TRANSPORTES
Código de
Puesto
16-512-1-E1C008P-0000162-E-C-D
Nivel
Administrativo
P13
ENLACE
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$16,059 (Dieciséis mil cincuenta y nueve pesos 00/100 m.n.)
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
287
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA EVENTUAL
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES, INMUEBLES Y SERVICIOS
Objetivo
COORDINAR LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE DE PERSONAL Y CARGA MENOR
REQUERIDA
PARA
APOYAR
LA
OPERACION
DE
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS CENTRALES DE LA SECRETARIA
Funciones
Principales
1.- COORDINAR LOS SERVICIOS DE CARGA MENOR Y COMISION DE CHOFERES
PARA
ATENDER
LOS
SERVICIOS
REQUERIDOS
POR
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS CENTRALES.
2.-
ATENDER
LOS
SERVICIOS
REQUERIDOS
POR
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
CENTRALES
Y
PARA
LA
OPERACION
DEL
PARQUE
VEHICULAR CENTRAL.
3.- ENTREGAS PERIODICAS ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS DE VALES DE
COMBUSTIBLE Y LUBRICANTES
4.- COMPROBAR QUE LAS FACTURAS EMITIDAS SE AJUSTEN A LOS SERVICIOS
AUTORIZADOS Y PRECIOS CONTRATADOS.
5.- ELABORAR INFORMES MENSUALES DE MANTENIMIENTO DEL PARQUE
VEHICULAR,
ARRENDAMIENTO
DE
VEHICULOS
PARA
TRANSPORTE
DE
PERSONAL Y LAS DOTACIONES DE VALES DE COMBUTIBLE, PARA EJERCER UN
CONTROL ADECUADO DEL GASTO E IDENTIFICAR CON OPORTUNIDAD SU
RACIONALIDAD Y FACILITAR LA TOMA DE DECISIONES.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TERMINADO O PASANTE
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
FINANZAS
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
INGENIERIA
Experiencia
Laboral
1 año de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y DIRECCION
DE EMPRESAS
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: NO APLICA
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
288
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Nombre del
Puesto
JEFE DE DEPARTAMENTO DE VENTANILLA UNICA
Código de
Puesto
16-512-1-M1C014P-0000141-E-C-N
Nivel
Administrativo
O21
Jefatura de Departamento
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$27,795 (Veintisiete mil setecientos noventa y cinco pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE CARRERA
TITULAR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES, INMUEBLES Y SERVICIOS
Objetivo
ANALIZAR, COMPROBARE, REGISTRAR Y ENVIAR LAS SOLICITUDES DE
SUFICIENCIA
PRESUPUESTAL,
PARA
COMPROMETER
LOS
RECURSOS
CALENDARIZADOS NECESARIOS PARA LICITAR, INVITAR O ADJUDICAR PEDIDOS
Y/O CONTRATOS POR ADQUISICION DE BIENES O CONTRATACION DE
SERVICIOS AUTORIZADOS POR LA DIRECCION DE CONTROL DEL GASTO Y
SERVICIOS ADMINISTRATIVOS, SEGUN SEA EL CASO Y SE ENVIA A LA DGPP,
PARA SU VALIDACION DEL TRAMITE DE PAGO ANTE LA DOF, SE REALICE EN
FORMA RAPIDA Y CUMPLIR LOS COMPROMISOS DE LA DGRMIS.
Funciones
Principales
1.- REVISAR LA DOCUMENTACION, PARA SU VALIDACION.
2.- REGISTRAR LAS COMPROBACIONES Y LAS FACTURAS PARA SU PAGO, Y ASI
TENER UN REGISTRO DEL EJERCICIO DEL PRESUPUESTO.
3.-
ARCHIVAR
Y
REGISTRAR
LA
DOCUMENTACION,
PARA
ESTAR
EN
POSIBILIDAD DE INFORMAR LA SITUACION QUE GUARDA EL TRAMITE DE PAGO
DE LAS FACTURAS.
4.- ASIGNAR LAS PARTIDAS PRESUPUESTALES, PARA HACER USO DE LOS
RECURSOS EN FORMA CONTROLADA.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
FINANZAS
Experiencia
Laboral
2 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y DIRECCION
DE EMPRESAS
Habilidades
Gerenciales
1.- ENFOQUE A RESULTADOS
2.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
2.-
ADMINISTRACION
Y
RENDICION
DE
CUENTAS
DEL
PRESUPUESTO PUBLICO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: NO APLICA
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
289
Nombre del
Puesto
SUBDIRECTOR DE ALMACENES Y SUMINISTROS
Código de
Puesto
16-512-1-M1C012P-0000129-E-C-N
Nivel
Administrativo
N11
Subdirección de Area
Número de
vacantes
UNA
Percepción
Mensual Bruta
$39,078 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 m.n.)
Tipo de
Nombramiento
SERVIDOR PUBLICO DE
CARRERA TITULAR
Sede
CIUDAD DE MEXICO
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS MATERIALES, INMUEBLES Y SERVICIOS
Objetivo
PLANEAR, ORGANIZAR, DIRIGIR Y CONTROLAR EL SUMINISTRO DE BIENES DE
CONSUMO, REQUERIDOS POR LAS DIVERSAS AREAS QUE COMPRENDE LA
SEMARNAT PARA EL DESARROLLO OPTIMO DE SUS FUNCIONES.
Funciones
Principales
1.- REGISTRO DE ENTRADAS D BIENES AL ALMACEN GENERAL ES NECESARIO
PARA CONTROLAR EL MATERIAL EXISTENTE ASI COMO EL DE NUEVO INGRESO
CONFORME A LAS ESPECIFICACIONES CORRESPONDIENTES.
2.- REALIZACION DE REPORTES DOCUMENTALES DE MOVIMIENTOS DEL
ALMACEN GENERAL PARA REPORTAR A LAS DIVERSAS AREAS RESPONSABLES
DE LOS MOVIMIENTOS REALIZADOS CON EL ALMACEN PARA SU APLICACION.
3.- REGISTRO Y CONTROL DE SALIDAS DE BIENES DEL ALMACEN GENERAL
PARA MANTENER UN ADECUADO PROMEDIO DE EXISTENCIA EN EL ALMACEN
ASI COMO EL DESTINO DE LOS MISMOS.
4.- RESGUARDAR LOS BIENES MUEBLES QUE INGRESAN A LA SECRETARIA
PARA ASEGURAR EL OPTIMO REGISTRO Y RECPCION DEL PATRIMONIO DE LA
SECRETARIA.
5.- ORGANIZAR Y CONTROLAR LOS SUMINISTROS DE CONSUMIBLES PARA
LA EFICIENCIA DEL USO DE ELLOS EN LAS OFICINAS CENTRALES.
6.- DISEÑAR Y PROPONER POLITICAS Y SISTEMAS PARA EL ALMACENAJE DE
BIENES MUEBLES PARA EL OPTIMO USO DE RECURSOS MATERIALES.
7.- LLEVAR A CABO LA DISTRIBUCION DE BIENES MUEBLES PARA CUMPLIR
CABALMENTE CON LO SOLICITADO POR LAS URS.
8.-
ASESORAR
EL
PERSONAL
DE
LA
SEMARNAT,
DELEGACIONES
Y
ORGANISMOS PARA LOGARAR EL USO RACIONAL DE LOS BIENES MUEBLES
Y CONSUMIBLES DE LA SECRETARIA.
Perfil
Escolaridad
Nivel de Estudio
Grado de Avance
LICENCIATURA O
PROFESIONAL
TITULADO
Area General
Carrera Genérica
CIENCIAS NATURALES Y
EXACTAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ADMINISTRACION
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ARQUITECTURA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
CONTADURIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
DERECHO
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
ECONOMIA
CIENCIAS SOCIALES Y
ADMINISTRATIVAS
FINANZAS
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ADMINISTRACION
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
ARQUITECTURA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
FINANZAS
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Experiencia
Laboral
3 años de experiencia en:
Area General
Area de Experiencia
CIENCIAS JURIDICAS Y
DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION
NACIONALES
CIENCIA POLITICA
ADMINISTRACION PUBLICA
CIENCIAS ECONOMICAS
ORGANIZACION Y DIRECCION
DE EMPRESAS
Habilidades
Gerenciales
1.- SOLUCION DE CONFLICTOS A TRAVES DE LA NEGOCIACION
2.- ENFOQUE A RESULTADOS
3.- INTEGRACION DEL CAPITAL HUMANO
Idiomas
NO APLICA
Otros
CAMBIO DE RESIDENCIA: NO APLICA
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: SI
FRECUENCIA: A VECES
BASES DE PARTICIPACION
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del proceso y
la determinación del Comité Técnico de Selección (CTS) a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), al Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal (RLSPCAPF) y al ACUERDO por el que se
establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, (Disposiciones).
1a. REQUISITOS DE PARTICIPACION.
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para
el puesto y los establecidos en las presentes bases de participación. Asimismo, se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales señalados en el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal.
1.
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición
migratoria permita la función a desarrollar;
2.
No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
3.
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
4.
No pertenecer al estado eclesiástico ni ser ministro(a) de algún culto, y
5.
No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal o
administrativo
De igual forma, se deberán presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso.
En el caso de trabajadores/ras que se hayan apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la
Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida
cada año por la Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
No podrán participar en la presente convocatoria aquellas personas que se encuentren ubicadas en los
supuestos establecidos en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, que a la letra establece:
Artículo 38. Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden:
…
VII. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal;
contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia
familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en
razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como candidata para cualquier cargo de
elección popular, ni ser nombrada para empleo, cargo o comisión en el servicio público.
Finalmente, se solicita a los y las participantes que antes de realizar su inscripción al concurso verifiquen las
carreras genéricas específicas, así como el área general y el área de experiencia requeridas en el perfil del
puesto publicado en el portal.
2a. DOCUMENTACION REQUERIDA.
La Revisión y Evaluación de Documentos, específicamente en lo relativo al perfil del puesto, se llevará a cabo
conforme a los Catálogos de Carreras, de Campos y Areas de Experiencia, establecidos por la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno, disponibles en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx (Trabajaen).
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Cuando le sea solicitado, las personas candidatas deberán enviar escaneados en formato PDF, en carpeta
comprimida los documentos originales o copias certificadas legibles, en la forma, fecha y hora establecidos en
el mensaje que al efecto reciban en su Centro de mensajes de Trabajaen.
Los documentos escaneados se entregarán por medios electrónicos en carpeta comprimida nombrándola con
el folio de participación y nombre completo de la persona candidata, la cual deberá contar con las siguientes
características:
- Escaneado individual de cada documento original en formato PDF, en resolución media, preferentemente
a color.
- No se aceptarán fotografías de documentos guardadas en formato PDF.
- Si el documento tiene información por ambos lados, el escaneo debe incluir ambas caras.
- Debe ser perfectamente legible y visualizarse completo.
- Idéntico al documento original.
No será válida, y será motivo de descarte, la entrega de cualquier documento o archivo electrónico que no
cumpla con las características indicadas en el párrafo anterior. La documentación requerida, que se enlista a
continuación deberá entregarse en el orden siguiente:
1. Comprobante de folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso.
2. Formato del Currículum Vítae que emite el portal de www.trabajaen.gob.mx, en el que se detalle la
experiencia y el mérito.
3. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para votar con fotografía
o pasaporte).
4. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3 o según corresponda.
5. Comprobante de domicilio (recibos de luz, agua, impuesto predial o teléfono fijo). No mayor a tres meses de
vigencia de haberse expedido.
6.-Currículum Vítae actualizado preferentemente con fotografía digital, máximo 3 cuartillas (distinto al de
Trabajaen), con números telefónicos de los empleos registrados incluyendo el actual, en los que se detallen
claramente, funciones desempeñadas y periodo en el cual laboró para cada puesto ocupado.
7.- Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. Conforme lo establecido en el
artículo 221 de las Disposiciones, se determina lo siguiente:
- En los casos en que el requisito académico sea nivel Licenciatura con grado de avance Titulado(a), el mismo
se acreditará con la exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública (SEP) y/o, en su
caso, mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad,
en los términos de las disposiciones aplicables.
Se aceptará título registrado ante la SEP o cédula profesional del grado de Maestría o Doctorado, en las áreas
académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, la persona que concursa cuente con algún
título o cédula profesional de nivel licenciatura registrado en la SEP, y que se encuentre contenido en alguna
de las áreas de conocimientos relacionadas en el Catálogo de Carreras de la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno.
- Se tendrá por cubierta la calidad de “Terminado o Pasante”, presentando: Carta de Pasante expedida por la
institución educativa de procedencia o por la SEP, o el documento oficial con el que acredite haber cubierto el
100% de los créditos del nivel de estudios solicitado.
- Para el caso de que el perfil del puesto solicite nivel “Preparatoria o Bachillerato” en el grado de avance
titulado o terminado o pasante, se aceptará el Certificado de terminación de estudios emitido por la
institución educativa.
- En el caso de estudios realizados en el extranjero, deberá presentarse invariablemente la constancia de
validez o reconocimiento oficial que expida la SEP. Lo anterior de conformidad con el artículo 221
de las Disposiciones.
-Para el caso de los puestos cuyo perfil indique nivel de Bachillerato, se asumirá como cubierto el perfil si el
aspirante demuestra mediante Constancia de estudios, Carta de pasantía y/o Título de nivel Licenciatura que
cuenta con un nivel superior al requerido en el perfil sin necesidad de requerir copia del Certificado
de Bachillerato.
-Se aceptará constancia expedida por la institución educativa que acredite que el Certificado de bachillerato
se encuentra en proceso de expedición, la cual deberá indicar fecha de elaboración, datos de la institución
educativa, sello, nombre completo de la persona interesada, datos académicos, nombre, cargo y firma de la
persona responsable de emitir el documento y la fecha de entrega del Certificado.
- Cuando el requisito académico señale Carrera Técnica o Comercial, o Técnico Superior Universitario, se
tendrá por cubierto dicho requisito con la presentación del título o cédula en las carreras solicitadas o bien
presentando el Título o Cédula profesional registrada ante la Dirección General de Profesiones, del nivel de
Licenciatura en las mismas carreras que solicita el perfil del puesto vacante.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
- Cuando el perfil de puesto solicite nivel Licenciatura en el grado Titulado, se aceptarán las constancias
expedidas por las instituciones educativas donde se especifique que el Título de Licenciatura y/o Maestría
correspondientes se encuentren en trámite, con una vigencia máxima de un año a la fecha de publicación del
concurso, entendiéndose que la persona ha finalizado totalmente el proceso respectivo a la titulación, dicha
constancia deberá indicar fecha de elaboración, datos de la institución educativa, nombre completo de la
persona interesada, datos académicos y nombre y cargo de la persona responsable de emitir el documento.
8.-
Cédula
de
datos
fiscales,
obtenida
desde
el
portal
del
SAT,
en
el
siguiente
vínculo
https://www.cloudb.sat.gob.mx/datosfiscales/ (la Cédula de Situación Fiscal, no será aceptada).
9.- Clave Unica de Registro de Población (CURP).
10.- Cartilla del Servicio Militar Nacional liberada, para hombres de 40 años o menos.
11.- Presentar las constancias con las que acredite su Experiencia.
Para acreditar las áreas y años de experiencia solicitados para el puesto sujeto a concurso, se considerarán
las evidencias que acrediten la fecha de inicio y la fecha de término de los puestos que manifestó en su
currículum registrado en Trabajaen al momento de su inscripción, ya que la revisión se hará con base en
dicho currículum y sólo se considerarán los empleos que coincidan con las áreas de experiencia solicitadas en
el perfil del puesto sujeto a concurso, por lo que deberá presentar para cada empleo los documentos que
comprueben el periodo laborado, desde su inicio hasta su fin; es importante señalar que la razón social
que señalen dichos documentos deberá coincidir con la denominación de la empresa o institución para la cual
laboró, para lo cual se aceptarán una o varias constancias de las que se citan a continuación:
a)
Hojas únicas de servicios con firmas y sello de la institución que la expide.
b)
Constancias de nombramiento o Nombramientos, acompañados del último recibo de pago o bien con la
Constancia de baja al puesto de cada Nombramiento exhibido.
c)
Expediente electrónico único del ISSSTE con sello digital (https://oficinavirtual.issste.gob.mx/).
d)
Constancia
de
semanas
cotizadas
del
IMSS
con
cadena
original
y
sello
digital.
(http://www.imss.gob.mx/trámites/imss02025a).
e)
Constancias de servicio en la que se indique la fecha de inicio y fecha de conclusión de la relación
laboral, en papel membretado u oficial, con firmas autógrafas o con cadena digital.
f)
Cartas o convenio Finiquito, en el que se indique día, mes y año tanto del ingreso como de la baja,
puesto(s) desempeñado(s), con firmas autógrafas.
g)
Contratos de prestación de servicios y/o de prestación de servicios profesionales por honorarios, los
cuales deberán especificar día, mes y año de inicio y conclusión del servicio prestado, funciones
realizadas y firmas autógrafas de quienes intervinieron en el contrato. En caso de terminación anticipada
deberá anexar la constancia respectiva.
h)
Recibos de pago en papel membretado u oficial, con datos de la institución o empresa que otorga el
pago, nombre de la persona candidata, puesto y periodo de pago. Para comprobar el tiempo laborado con
recibos de pago deberá presentar al menos 3 recibos por cada año laborado o 2 si la relación laboral fue
menor. Dichos recibos deberán comprobar el inicio y el fin del año o de la relación laboral, por lo que sólo
se computarán para el cumplimiento de los años de experiencia los periodos que indiquen los recibos.
i)
Constancias de empleo en papel membretado u oficial, preferentemente con sello, las cuales deberán
especificar: fecha de expedición, nombre completo de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y
baja, indicando puesto(s) y/o funciones desempeñadas, con firma autógrafa y cargo de la persona
autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con domicilio y teléfonos de la
institución o empresa.
Para los niveles de enlace se aceptará:
j)
Carta como Becario(a) en papel membretado u oficial, debe incluir fecha de expedición, nombre completo
de la persona candidata, día, mes y año de ingreso y baja, indicando funciones desempeñadas, con firma
autógrafa y cargo de la persona autorizada para su emisión o firma electrónica con sello digital, con
domicilio y teléfonos de la institución o empresa. Sólo se aceptará hasta por un máximo de 1 año.
k)
Constancia
del
Programa
Jóvenes
Construyendo
el
Futuro,
expedida
por
la
Secretaría
del Trabajo y Previsión Social, acompañada del Historial que contiene la información de la
capacitación,
el
cual
podrá
obtener
accediendo
con
su
usuario
y
contraseña
al
portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en el apartado de “Mi historial”.
l)
Liberación de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por la Institución en la cual se haya
realizado o por la Institución educativa que la haya liberado y con las cuales se acrediten las áreas
generales de experiencia, sólo se acreditarán 6 meses para servicio social y hasta 6 meses para
prácticas profesionales.
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DIARIO OFICIAL
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Los documentos en los que no se indique la fecha de inicio y/o término del empleo que pretende comprobar
no serán válidos, por lo que no se computarán para el cálculo de los años con los que se acredite el
cumplimiento del perfil del puesto de que se trate.
Sólo se aceptarán documentos expedidos por Instituciones, empresas, o persona moral que hayan fungido
como patrón de la persona candidata, por lo que no se aceptará cualquier documento emitido en forma
unilateral por el propio trabajador, así como algún otro documento que no esté enlistado arriba, para acreditar
la experiencia laboral requerida.
Asimismo, toda documentación emitida en idioma diferente al español, deberá acompañarse de la traducción
respectiva, firmada por la persona candidata.
12.- Para realizar la Evaluación de la Valoración al Mérito, las y los candidatas/os serán evaluados de
conformidad con la escala establecida en la Metodología y Escalas de Calificación – Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, publicada por la Dirección General de Gestión para los Servidores
Públicos al Servicio de la Sociedad de la APF disponible en www.trabajaen.gob.mx y deberán presentar
evidencias de logros (certificaciones en competencias laborales; publicaciones especializadas), Distinciones
(haber ostentado u ostentar la presidencia, vicepresidencia, de alguna asociación o ser miembro fundador;
contar con título o grado académico honoris causa; graduación con honores o distinción), Reconocimientos o
premios (reconocimiento por colaboraciones, ponencias o trabajos de investigación; premio de antigüedad en
el servicio público; primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos), Actividades
destacadas en lo individual (título o grado académico en el extranjero reconocido por la SEP; derechos de
autorales o patentes a nombre del aspirante; servicio o misiones en el extranjero; servicios de voluntariado,
filantropía o altruismo), Otros estudios (diplomados; especialidades o segundas licenciaturas; maestría o
doctorado) y Habla de la Lengua Indígena, Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena o
afrodescendiente o afromexicana, Perspectiva de juventudes y Persona con discapacidad de conformidad con
la metodología y escalas de calificación publicada en el portal de Trabajaen.
La presentación de evidencia documental para la sub etapa de valoración de mérito es opcional para las
personas candidatas.
13.- Escrito bajo protesta de decir verdad, disponible para descarga en la liga electrónica
https://www.gob.mx/semarnat/documentos/servicio-profesional-de-carrera-dof-2026?idiom=es, el cual deberá
llenar y firmar en caso de cumplir con los requisitos enunciados en el mismo, manifestando:
a) Ser ciudadano/a mexicano/a en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso; no
pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado para el servicio público,
ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así como que la documentación presentada es auténtica.
b) No haber sido beneficiado(a) por algún Programa de Retiro Voluntario en la Administración Pública Federal,
y en caso afirmativo manifestar en qué año, y en qué dependencia, quedando sujeto(a) a lo dispuesto en la
normatividad aplicable emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
c) No encontrarse en alguno de los supuestos señalados en el artículo 38 fracción VII de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
d) No existe alguna situación o supuesto que pudiera generar conflicto de intereses.
e) No forma parte de algún juicio, de cualquier naturaleza, en contra de esta u otra institución.
f) No presta servicios profesionales mediante un contrato por honorarios o desempeña otro empleo, cargo o
comisión en la Administración Pública Federal, estatal, municipal, alcaldía, Organo Constitucional Autónomo
de carácter estatal o federal.
Sin perjuicio de lo dispuesto en la LSPCAPF, su RLSPCAPF y demás disposiciones aplicables, será motivo de
descarte del concurso que la persona candidata:
NO se presente a cualquiera de las etapas del concurso en la fecha, hora y lugar que le sean señalados a
través de su centro de mensajes de Trabajaen.
NO presente los originales de cualquiera de los documentos antes descritos en la forma, fecha, hora y lugar
que se le indique, a través de su centro de mensajes de Trabajaen.
Que se encuentre en alguno de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática, la constancia o solicitud
de expedición o reexpedición de duplicados, o de reposición con motivo del robo, destrucción o extravío de
cualquiera de los documentos descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquiera de los datos registrados por los(las) aspirantes en
Trabajaen o de la documentación mencionada ya sea durante la revisión documental, o en cualquier etapa del
proceso, o de NO exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean requeridos,
será motivo de descarte del concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección
y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la SEMARNAT, la cual se reserva el
derecho de ejercer las acciones legales procedentes.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
La SEMARNAT mantiene una política de igualdad de oportunidades y sin discriminación por el origen étnico o
nacional, el color de piel, la cultura, el sexo, el género, la edad, las discapacidades, la condición social,
económica, de salud física o mental, jurídica, la religión, la apariencia física, las características genéticas, la
situación migratoria, el embarazo, la lengua, las opiniones, las preferencias sexuales, la identidad o filiación
política, el estado civil, la situación familiar, las responsabilidades familiares, el idioma, los antecedentes
penales o cualquier otro motivo, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables, en atención a lo cual en
ningún caso serán requeridos exámenes de gravidez y/o de VIH/SIDA, para participar en el concurso y en su
caso para llevar a cabo la contratación.
3a. REGISTRO DE ASPIRANTES.
De conformidad con lo establecido en el artículo 238 de las Disposiciones, cualquier persona podrá incorporar
en Trabajaen, sin que medie costo alguno, su información personal, curricular y profesional, con el fin de
participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su interés.
La inscripción o el registro de las personas candidatas a un concurso, se podrá realizar a partir de la fecha de
publicación de esta Convocatoria en la página de Trabajaen, la cual asignará a las personas candidatas un
número de folio de participación para el concurso una vez que las mismas hayan aceptado sujetarse a las
presentes bases, y que servirá para formalizar la inscripción al concurso del puesto vacante y de identificación
durante el desarrollo del proceso hasta antes de la Entrevista que haga el CTS; lo anterior, con el fin de
asegurar el anonimato de las personas candidatas.
Al momento de que las personas candidatas registren su participación el Sistema de Trabajaen, se realizará
de forma automática la revisión curricular, asignando un folio de participación en aquellos casos en que la
información capturada en su Currículum sea compatible con el perfil del puesto vacante o un folio de rechazo
que lo descartará del concurso.
Para continuar en concurso se deberán acreditar cada una de las etapas y demás requisitos establecidos en
la presente Convocatoria.
La revisión curricular efectuada a través del filtro curricular de Trabajaen se llevará a cabo, sin perjuicio de la
revisión y evaluación de la documentación que las personas candidatas deberán presentar para acreditar que
cumplen con los requisitos establecidos en la Convocatoria.
REACTIVACION DE FOLIOS: El CTS no autorizó la reactivación de folios por causas imputables
a los(las) aspirantes.
4a. DESARROLLO DEL CONCURSO Y PRESENTACION DE EVALUACIONES.
De conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Reglamento: El procedimiento de selección de los
aspirantes comprenderá las siguientes etapas:
I. Revisión curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades; III. Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, IV. Entrevistas, y V. Determinación
Etapas que se desahogarán de acuerdo a las siguientes fechas:
Etapa
Periodo de desahogo
Publicación de convocatoria
11 de marzo de 2026
Registro de aspirantes y Revisión Curricular
Del 11 al 25 de marzo de 2026
Examen de conocimientos
A partir del 30 de marzo de 2026
Evaluación de habilidades
A partir del 30 de marzo de 2026
Revisión y evaluación documental
A partir del 30 de marzo de 2026
Evaluación de la experiencia y valoración del mérito
A partir del 30 de marzo de 2026
Entrevista con el Comité Técnico de Selección
A partir del 30 de marzo de 2026
Determinación del candidato/a ganador/a
A partir del 30 de marzo de 2026
La Dirección General de Desarrollo Humano y Organización a través de la Dirección de Ingreso y
Administración de Capital Humano podrá modificar dentro de los plazos establecidos, el lugar, fecha y hora
programados para desahogar cada etapa y subetapa, por lo que se recomienda dar seguimiento a
los mensajes que se generen con tal motivo a través del Centro de mensajes de Trabajaen. La aplicación de
las evaluaciones consideradas en el proceso de selección se realizará, preferentemente, en las mismas
fechas y horarios a todas las personas candidatas que continúen en el concurso a fin de garantizar la igualdad
de oportunidades.
5a. TEMARIOS.
Los temarios que deben estudiar para los Exámenes de Conocimientos pueden ser consultados a partir de la
fecha de publicación de la presente Convocatoria en las siguientes direcciones electrónicas.
Para el examen de Conocimientos Técnicos:
https://www.gob.mx/semarnat/documentos/servicio-profesional-de-carrera-dof-2026?idiom=es
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DIARIO OFICIAL
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Para el Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Las dudas relacionadas se atenderán conforme lo establecido en la base número 14a. de las presentes Bases
de participación.
6a. EVALUACIONES.
La SEMARNAT comunicará a cada candidato(a), la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la
aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de su
Centro de mensajes en Trabajaen. El mensaje de invitación para participar en dichas evaluaciones se enviará
con al menos dos días hábiles de anticipación de conformidad con lo señalado en el artículo 254
de las Disposiciones.
En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de
tolerancia para el inicio del examen y/o evaluaciones considerando como hora referencial la que indiquen los
equipos de cómputo en las oficinas centrales de la Ciudad de México de la SEMARNAT. Una vez trascurrido
el tiempo de tolerancia, por ningún motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el
examen y/o las evaluaciones si la persona participante no presenta la documentación requerida.
Sin excepción alguna, serán motivo de descarte, sin responsabilidad para el CTS o para la SEMARNAT,
además de los que se señalen en cada etapa del procedimiento, los siguientes supuestos: cuando el(la)
candidato(a) no se presente en la fecha, lugar y hora señaladas en el mensaje de invitación que reciba por
medio de su centro de mensajes del portal de Trabajaen; cuando el(la) candidato(a) se presente sin los
documentos solicitados en dicho mensaje o no estén legibles o estén incompletos o cortados; cuando se
presente una vez transcurrido el tiempo de tolerancia señalado en el mensaje de invitación; abandone la sala
antes de concluir la evaluación correspondiente; se le sorprenda consultando apuntes o páginas de internet;
tomando fotografías o audios de cualquier tipo o reproduciendo por cualquier vía el contenido de la evaluación
de que se trate; o bien, no acredite la etapa correspondiente.
La presentación de todas las evaluaciones estará sujeta, primeramente, a la aprobación de la Etapa
"Revisión Curricular", y en lo subsecuente se contemplará lo siguiente:
ETAPA DE EXAMENES DE CONOCIMIENTOS Y EVALUACIONES DE HABILIDADES:
La SEMARNAT, comunicará a través de Trabajaen por lo menos con dos días hábiles de anticipación a cada
aspirante, la fecha, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de la subetapa de Exámenes de
Conocimientos, la cual constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al Examen de conocimientos
técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin decimales;
obtener una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten el examen de
conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación se promediará con la del examen de
conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una
escala de 0 a 100, un resultado menor a este será motivo de descarte, así como el hecho de no presentarse
en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje de Trabajaen.
Los resultados aprobatorios del examen de conocimientos técnicos tendrán vigencia de un año, contado a
partir de la fecha en la que se den a conocer los resultados en Trabajaen y será sujeto de reconocimiento
siempre que no cambie el temario con el cual se evaluó el conocimiento, por lo que, en caso de existir
diferencia entre los temarios, no se podrá replicar el resultado obtenido en el concurso anterior.
La persona candidata deberá solicitar el reconocimiento de la vigencia de la calificación del examen de
conocimientos técnicos a través de la cuenta de correo electrónico: ingreso.spc@semarnat.gob.mx, en el
periodo establecido para el registro de aspirantes al concurso.
El correo mediante el cual se solicite el reconocimiento de la vigencia de este examen, deberá contener el
nombre completo y firma de la persona candidata, el nombre del puesto y el folio del concurso en el que está
actualmente participando, así como el nombre del puesto, el folio de participación del concurso en el que
aprobó el examen de conocimientos técnicos y la fecha de su aplicación.
El Secretario Técnico, verificará que se haya solicitado en el plazo señalado, que contenga la información
solicitada y que se trate del mismo temario en ambos puestos. El reconocimiento de la calificación estará
condicionado al cumplimiento de lo anterior. En caso de ser procedente se verá reflejada la calificación en el
concurso de mérito en Trabajaen.
En caso de no contar con una respuesta respecto a la solicitud correspondiente previo al inicio de la subetapa
de examen de conocimientos técnicos, las personas aspirantes que hubiesen solicitado el reflejo de los
resultados obtenidos con anterioridad, deberán presentarse a la evaluación el mismo día que el resto de
las personas participantes; lo anterior, con la finalidad de dar cumplimiento con el artículo 18 fracción II,
del RLSPCAPF.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal, las personas
candidatas podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un resultado igual o
superior a 70 puntos, dicho resultado será considerado como aprobatorio y se verá reflejado de forma
automática en el portal de Trabajaen.
Los resultados aprobatorios del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal
aplicados en los procesos de selección tendrán vigencia de un año, los resultados no aprobatorios tendrán
vigencia de dos días naturales contados a partir del registro de los resultados en el portal Trabajaen.
Es importante aclarar, que no se puede renunciar al resultado del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal.
Evaluación de Habilidades. -La herramienta para aplicar las evaluaciones de habilidades, será proporcionada
por esta Dependencia.
Los resultados aprobatorios (70 puntos), tendrán una vigencia de un año, contado a partir de la fecha en que
se den a conocer los resultados a través de Trabajaen, y hasta la fecha de publicación de la convocatoria
en la que solicite el reconocimiento del resultado, tiempo en el cual las personas candidatas podrán participar
en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de habilidades, siempre y cuando correspondan a
las mismas habilidades a evaluar y hayan sido aplicadas a través de la misma herramienta proporcionada
por la Dependencia.
La persona candidata deberá solicitar el reconocimiento de la vigencia de las evaluaciones de habilidades a
través de la cuenta de correo electrónico: ingreso.spc@semarnat.gob.mx, a más tardar un día hábil posterior
al cierre de las inscripciones.
El correo mediante el cual se solicite el reconocimiento de la vigencia de estas evaluaciones, deberá contener
el nombre completo y firma de la persona candidata, el nombre del puesto y el folio del concurso en el que
está actualmente participando, así como el nombre del puesto, el folio de participación del concurso en el
que aprobó las evaluaciones de habilidades y la fecha de su aplicación.
El Secretario Técnico, verificará que se haya solicitado en el plazo señalado, que contenga la información
solicitada y que se trate de las mismas habilidades en ambos puestos. El reconocimiento de la calificación
estará condicionado al cumplimiento de lo anterior, así como de la aprobación de los exámenes de
conocimientos. En caso de ser procedente se verá reflejada la calificación en el concurso de mérito en
Trabajaen. En caso contrario se le notificará la improcedencia y deberá presentarse a la evaluación
correspondiente.
ETAPA DE EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO:
La Etapa de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito se desahogará bajo un esquema mixto:
presencial y a distancia, por lo que en un primer momento el(la) candidato(a) deberá enviar digitalizados en
formato PDF y en carpeta comprimida, mediante la utilización de tecnologías de información y comunicación
los documentos requeridos en la 2a. base de participación de esta Convocatoria, de conformidad con el
mensaje de invitación que reciba a través de su centro de mensajes de Trabajaen, posteriormente deberá
acudir en la fecha, lugar y hora señalados en dicho mensaje de invitación, donde deberá presentar para cotejo
los originales de los documentos enviados y firmar las cédulas de evaluación correspondientes a la etapa.
Será motivo de descarte cuando el(la) candidato(a) NO proporcione la documentación requerida en la forma,
fecha y horario establecido en el mensaje de invitación que se emita a través de Trabajaen para tal efecto, NO
presentarse en la fecha, lugar y hora que sea citado para concluir con la Etapa, que se encuentre en alguno
de los supuestos señalados en la fracción VII del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, así como la NO presentación del original de cualquiera de los documentos que se describen en
esta Convocatoria cuando le sea requerido, incluido el hecho de que la carrera específica con la que se
pretenda acreditar la carrera genérica del puesto en concurso no se encuentre contenida en el Catálogo de
Carreras que en la fecha de la revisión documental, consulte el evaluador en Trabajaen. Así como no acreditar
las áreas de experiencia requeridas en el perfil del puesto.
Los resultados obtenidos serán considerados en el Sistema de Puntuación General.
Esta etapa se acreditará conforme a la metodología establecida por la Unidad de Políticas para el Servicio
Público para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, que podrá consultar en
www.trabajaen.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante.
De conformidad con dicha Metodología, los elementos que se calificarán para la Evaluación de la Experiencia
serán los siguientes:
•
Orden en los puestos desempeñados.
•
Duración en los puestos desempeñados.
•
Experiencia en el sector público.
•
Experiencia en el sector privado.
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DIARIO OFICIAL
297
•
Experiencia en el sector social.
•
Nivel de responsabilidad.
•
Nivel de remuneración.
•
Relevancia de funciones o de las actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante.
•
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Asimismo, los elementos que se calificarán para la Valoración del Mérito serán los siguientes:
•
Resultado de la evaluación del desempeño. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrera titulares, en cuyo caso podrá presentar la última evaluación
del desempeño anual como personas servidoras públicas de carrera Titular.
•
Resultados de las acciones de capacitación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad
de personas servidoras públicas de carrera titulares.
•
Resultados de procesos de certificación. Aplica únicamente para quienes participan en calidad de
personas servidoras públicas de carrera titulares.
•
Logros.
•
Distinciones.
•
Reconocimientos o premios.
•
Actividad destacada en lo individual.
•
Otros estudios.
•
Habla de Lengua Indígena.
•
Autoadscripción a un pueblo o a una comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
•
Perspectiva de juventudes.
•
Persona con discapacidad.
Las calificaciones serán establecidas por el área de la Dirección General de Desarrollo Humano y
Organización (DGDHO) responsable del proceso y serán verificadas por el CTS, conforme a lo establecido en
el artículo 270 de las Disposiciones.
Conforme lo establecido en el artículo 231 de las Disposiciones, para los concursos de nivel de enlace deberá
registrarse en la subetapa de evaluación de la experiencia, un puntaje único de 100.
Para constatar la autenticidad de la información y documentación incorporada en Trabajaen, y aquella que se
muestre para acreditar cualquier etapa, la DGDHO, en los casos que lo considere pertinente, podrá solicitar
referencias, realizar consultas y cruce de información con los registros públicos o acudirá directamente con las
instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se acredite su autenticidad se descartará a
la persona candidata, o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el
nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la SEMARNAT, la cual se reserva el derecho de
ejercer las acciones legales procedentes.
En observancia del principio de igualdad de oportunidades no procederá la reprogramación de las fechas para
la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de personas candidatas.
ETAPA DE ENTREVISTA:
Los resultados obtenidos en los diversos exámenes y evaluaciones serán considerados para elaborar el
listado de personas candidatas con los resultados más altos a fin de determinar el orden de prelación
para la etapa de Entrevista, de conformidad con las Reglas de Valoración y el Sistema de Puntuación
establecidos en la por el Comité Técnico de Profesionalización (CTP) de la SEMARNAT, sustentadas en las
Disposiciones vigentes.
De conformidad con las reglas de valoración establecidas por el CTP, pasarán a la etapa de Entrevista, las
tres personas candidatas con puntuaciones más altas en estricto apego al orden de prelación registrado,
cuando el universo lo permita. En caso de empate en tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación,
accederán a la etapa de Entrevista el primer lugar, el segundo lugar, y la totalidad de personas candidatas que
compartan el tercer lugar. Cabe señalar, que el número de personas candidatas que se continuarían
entrevistando, será de tres y sólo se entrevistarían en caso de NO contar al menos con una persona finalista
de entre las tres personas candidatas ya entrevistadas.
De conformidad con el artículo 272 de las Disposiciones, el CTS podrá sesionar por medios remotos de
comunicación electrónica, a través de videoconferencia, en cuyo caso, las entrevistas se desahogarán a
distancia para los miembros de CTS y de manera presencial para las personas candidatas, para lo cual
deberán presentarse en el lugar, fecha y hora que se indiquen, de acuerdo con el mensaje de invitación que
reciban a través de su centro de mensajes de Trabajaen. Con excepción de las vacantes que correspondan a
las Oficinas de representación, en las cuales se desahogará la entrevista a distancia también para las
personas candidatas.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
El CTS, para verificar si la persona candidata reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto sujeto
a concurso, identificará las evidencias que le permitan en un primer momento considerarla finalista e incluso,
en un segundo momento, determinarle ganadora del concurso.
El CTS considerará en la Entrevista el criterio CERP, el cual es un modelo basado en competencias que
contempla los siguientes elementos:
•
Contexto: Toda situación, entorno o circunstancias que rodean un acontecimiento.
•
Estrategia: Acciones realizadas o procedimiento utilizado para la toma de decisiones.
•
Resultado: Efecto o consecuencia de las acciones realizadas.
•
Participación: Nivel de involucramiento o forma de tomar parte en una situación o evento.
La entrevista permitirá la interacción de cada uno de las y los miembros del CTS con la persona candidata,
para profundizar en la valoración de su capacidad, habilidades y conocimientos vinculados con el servicio
público y con las funciones del puesto sujeto a concurso, considerando con los elementos arriba señalados,
las preguntas serán las mismas para cada una de las personas candidatas y quedarán plasmadas en
el reporte individual de entrevista, el cual se realizará utilizando el formato establecido para tales efectos, con
el que cada miembro del CTS calificará a cada persona candidata en una escala de 0 a 100 sin decimales.
Se considerarán finalistas a las personas candidatas que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
Sistema de Puntuación General, esto es, que hayan obtenido un resultado mínimo de 70 (considerando una
escala de 0 a 100 decimales) para ser consideradas aptas para ocupar el puesto sujeto a concurso en
términos de los artículos 32 de la LSPCAPF y 40, fracción II del RLSPCAPF.
ETAPA DE DETERMINACION:
En esta etapa el CTS resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:
a) Ganador(a) del concurso, a la persona finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, a la de mayor Calificación Definitiva. La persona titular de la Presidencia en el CTS, podrá,
por una sola vez y bajo su estricta responsabilidad, vetar durante la determinación a la persona finalista
seleccionada por las demás personas integrantes del CTS para ocupar el puesto, fundando y motivando
debidamente su determinación en el acta correspondiente, en cuyo caso el CTS elegirá a la persona que
ocupará el puesto de entre las restantes finalistas.
b) A la persona finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto
sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el(la) ganador(a) señalado(a)
en el inciso anterior:
I. Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su decisión
de no ocupar el puesto, o
II. No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c) Desierto el concurso.
Es importante señalar que la puntuación final se conforma con la suma de los puntajes obtenidos en las
etapas del concurso señaladas en el apartado de Reglas de valoración general y sistema de puntuación, de
las Bases de participación de la presente convocatoria, por lo que la prelación sólo indica el puntaje obtenido
hasta antes de la entrevista, que servirá para establecer el orden en el que pasarán a entrevista las personas
candidatas, la Determinación que llevará a cabo el CTS se realizará con base en la calificación definitiva
obtenida por cada finalista. Lo anterior a efecto de señalar que las calificaciones individuales obtenidas en
etapas previas, por si solas no significan que el CTS, deba considerar ganadora a la persona candidata que
pase en los primeros lugares a la entrevista, sino a la finalista con el puntaje total más alto.
La determinación del concurso constará en el acta que suscriba el CTS y en ella se precisarán, en caso de
existir, las personas finalistas del concurso para efecto de su integración a la reserva de aspirantes
de la dependencia, los resultados obtenidos por estos en cada una de las etapas, así como las conclusiones
de la propia determinación y, en su caso, el veto fundado y motivado por la persona titular de la Presidencia
del CTS, conforme a lo establecido en el artículo 282 de las Disposiciones.
7a. REGLAS DE VALORACION GENERAL Y SISTEMA DE PUNTUACION.
El listado de personas candidatas en orden de prelación, se integrará de acuerdo a los resultados obtenidos
por aquéllas con el puntaje más alto en su esquema general de evaluación, de conformidad con el Sistema de
Puntuación General aprobado por el CTP.
REGLAS DE VALORACION:
REGLAS DE VALORACION:
1
Se aplicará un examen de conocimientos técnicos y un examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal.
2
El Examen de conocimientos técnicos tienen una calificación mínima aprobatoria de 80, en una
escala de 0 a 100 puntos, quienes acrediten el este examen tendrán derecho a presentar el examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, para acreditar la subetapa de
exámenes de conocimientos el promedio de ambos exámenes deberá ser igual o mayor a 70 puntos,
en una escala de 0 a 100, sin decimales.
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DIARIO OFICIAL
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3
Las calificaciones obtenidas en las evaluaciones de habilidades no serán motivo de descarte, sus
resultados se considerarán en el sistema general de puntuación.
4
No serán requeridas personas especialistas que auxilien al CTS, en el desarrollo de la etapa de
Entrevistas.
5
El número mínimo de las personas candidatas a entrevistar será de tres, si el universo lo permite.
En caso de que el número de personas que llegaron a esta etapa fuera menor a tres, se entrevistará
a todas.
6
El número de personas que se continuarán entrevistando será de tres, en caso de no contar con al
menos un finalista de entre las personas candidatas ya entrevistadas, conforme a lo previsto en el
artículo 36 del Reglamento.
7
El puntaje mínimo de la calificación definitiva para ser consideradas finalistas será igual o superior a
70 puntos, en una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales.
8
CTS podrá determinar reglas específicas de valoración, apegándose a lo establecido en el artículo
234 de las Disposiciones.
SISTEMA DE PUNTUACION GENERAL:
Etapa
Puntos
II. Examen de Conocimientos Técnicos y Examen de Conocimientos Generales de la APF
30
II. Evaluación de Habilidades
15
III. Evaluación de Experiencia
15
III. Valoración de Mérito
10
IV. Entrevistas
30
Total
100
8a. PUBLICACION DE RESULTADOS.
Los resultados del concurso serán publicados en el portal electrónico de Trabajaen.
La DGDHO, difundirá en Trabajaen, en orden de prelación de mayor a menor, identificando por número de
folio a las personas finalistas del concurso, la calificación definitiva de cada persona candidata, la cual podrá
consultarse en la página electrónica www.trabajaen.gob.mx, dar clic en “Información y búsqueda de
Concursos”, luego en “Información sobre Concursos”, colocar el número de folio de participación en la sección
derecha denominada “Seguimiento de un Concurso por Folio de Concursante” y dar clic en enviar.
9a. RESERVA DE ASPIRANTES.
Las personas candidatas entrevistadas por los integrantes CTS que no resulten ganadoras del concurso y
obtengan el puntaje mínimo de 70 en el Sistema de Puntuación General, se integrarán a la reserva de
aspirantes de la rama de cargo y rango concursado de que se trate, teniendo una vigencia de permanencia en
la misma de un año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso en cuestión.
Las personas aspirantes finalistas estarán en posibilidad de ser convocadas durante el periodo que dure su
vigencia de permanencia en la reserva de aspirantes, tomando en cuenta el rango y ramas de cargo, a
participar en concursos bajo la modalidad de Convocatoria dirigida a la reserva de aspirantes cuando así lo
determine el CTS.
10a. DECLARACION DE CONCURSO DESIERTO.
El CTS podrá, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del RLSPCAPF, declarar desierto el
concurso por las siguientes causas:
I. Porque ninguna de las personas candidatas se presente al concurso,
II. Porque ninguna de las personas de las personas candidatas obtenga el puntaje mínimo de calificación para
ser considerada finalista (70 puntos), o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del CTS.
En caso de declararse desierto el concurso, se podrá emitir una nueva Convocatoria o bien ocuparse por
movimiento lateral.
11a. CANCELACION DE CONCURSO.
El CTS podrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 293 de las Disposiciones, cancelar el concurso
de un puesto en los supuestos siguientes:
I. Cuando medie la orden de una autoridad competente, exista resolución o disposición legal expresa que
restrinja la ocupación del puesto de que se trate, o
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Miércoles 11 de marzo de 2026
II. Cuando el puesto de que se trate se apruebe como de libre designación; o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para restituir en sus derechos a
alguna persona, o
III. Cuando el CTP determine que se modifica o suprime del Catálogo de Puestos, el puesto en cuestión.
El acuerdo del CTS, además de publicarse en el Diario Oficial de la Federación, se comunicará a las personas
candidatas mediante su centro de mensajes de Trabajaen.
12a. DISPOSICIONES GENERALES.
1. En el portal https://www.gob.mx/semarnat/documentos/servicio-profesional-de-carrera-dof-2026?idiom=es y
www.trabajaen.gob.mx se podrán consultar temario y bibliografías de los puestos vacantes.
2. Los datos personales de las y los concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso.
3. Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como consecuencia de su
participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria
4. Las personas participantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de Denuncias e Investigaciones
del Organo Interno de Control en la SEMARNAT, ubicada en Av. Ejército Nacional 223, Col. Anáhuac I
Sección. C.P. 11320 Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México, en términos de lo dispuesto por los artículos
69, fracción X, de la LSPCAPF y 95 del RLSPCAPF, en un horario de 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes.
5. Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección en sesión extraordinaria dentro de los 5 días hábiles posteriores a la fecha en que se tenga
conocimiento del hecho y conforme a las disposiciones aplicables, informando a los candidatos participantes a
través de “Trabajaen” la determinación de dicho Comité.”
6. Conforme a lo previsto en los artículos 76 y 77 de la LSPCAPF, las personas interesadas podrán interponer
recurso de revocación ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno,
en sus instalaciones situadas en Avenida de los Insurgentes Sur 1735, Colonia Guadalupe Inn,
Alvaro Obregón, C.P. 01020, Ciudad de México, en horario de las 09:00 a las 15:00 horas en días hábiles.
7. Por ningún motivo se permitirá la aplicación de evaluaciones a los aspirantes que se presenten fuera de los
horarios establecidos para tales efectos.
8. Tratándose de puestos adscritos en la Ciudad de México, la aplicación de las evaluaciones (conocimientos,
habilidades) será presencial, y la evaluación de la experiencia y valoración de mérito de las personas
candidatas, así como, así como las entrevistas se llevará a cabo de forma mixta (presencial y a distancia).
El desahogo presencial se realizará en las instalaciones de esta Secretaría, ubicadas en Av. Ejército Nacional
223, Col. Anáhuac I Secc. C.P. 11320 Alcaldía Miguel Hidalgo, Ciudad de México.
9. Para puestos adscritos a las Oficinas de Representación, la aplicación de las Evaluaciones (conocimientos
y de habilidades) se realizará en las instalaciones de la Oficina de Representación en la ciudad capital del
Estado que corresponda la vacante y la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, Entrevista y
Determinación se efectuarán a través de medios remotos de comunicación electrónica (Videoconferencia).
13a. REGLAS EN MATERIA DE TRANSPARENCIA.
De conformidad con lo establecido en el artículo 12 de las Disposiciones, los datos personales que se
registren en la operación del Sistema o en los sistemas informáticos que determine la Unidad de Políticas para
el Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, durante el reclutamiento y la selección y
las herramientas de evaluación, las inconformidades y los recursos de revocación, serán considerados
confidenciales aun después de concluidos éstos, de conformidad con las disposiciones aplicables.
14a. RESOLUCION DE DUDAS.
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas aspirantes formulen con relación a
los puestos y el desarrollo del presente concurso, se encuentra disponible el correo electrónico:
ingreso.spc@semarnat.gob.mx, o bien el número telefónico: (55) 5490-0900 Exts. 14515, 14589, 14546 y
15544 con un horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, así
como la solicitud para la renuncia a los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos generales
o evaluaciones de habilidades, deberán dirigirse a la Dirección General de Gestión para los Servidores
Públicos al Servicio de la Sociedad, al correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
El Secretario Técnico
Edgar Delgado Cárdenas
Rúbrica.
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DIARIO OFICIAL
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Secretaría de Energía
CONVOCATORIA DIRIGIDA A TODA PERSONA INTERESADA
No. 378
El Comité Técnico de Selección (CTS) de la Secretaría de Energía con fundamento en los artículos 21, 22,
25, 26, 28, 37 y 75 fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 de su Reglamento, así como y las Disposiciones Generales
en Materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigentes, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada de los
siguientes puestos vacantes:
Nombre del Puesto
SUBDIRECCION DE CONTROL Y NOMINA
Código de Puesto
18-410-1-M1C016P-0000222-E-C-M
Nivel Administrativo
N31
Número de vacantes
1
Sueldo Bruto
$ 53,692.00 (Cincuenta y tres mil seiscientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de
Recursos Humanos
Sede
Avenida Insurgentes, Número 20, de la
Glorieta de Insurgentes, Colonia Roma
Norte, C.P. 06700, Alcaldía
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Tipo de
Nombramiento
Servidora o Servidor Público de Carrera Titular
Funciones
Principales
1.
Supervisar la elaboración de las nóminas y la liquidación a servidores públicos
y terceros, derivado de obligaciones sociales, fiscales y prestaciones diversas.
2.
Supervisar la elaboración de las constancias que soliciten los servidores
públicos de la SENER.
3.
Supervisar la realización de reintegro de recursos a la federación por sueldos
en exceso y no cobrados.
4.
Consolidar en forma periódica y extraordinaria con diversas dependencias,
entidades de la APF y entidades privadas, la aplicación de los recursos
generados por los servicios personales de la Dependencia.
5.
Supervisar la atención y contestar los diversos requerimientos, derivados de
la aplicación de programas generales y específicos relacionados con los
servicios personales.
6.
Supervisar y contestar los diversos requerimientos, generados por Organos
Fiscalizadores y Autoridades de los Poderes de la Unión.
7.
Supervisar y controlar los movimientos de altas y bajas de servidores
públicos, la integración de sus expedientes y gestión ante dependencias
externas.
8.
Supervisar los movimientos de plazas de acuerdo a lo autorizado, su
mantenimiento y modificación, de acuerdo a las estructuras ocupacionales de
la Dependencia.
9.
Las demás que le señalen otras disposiciones jurídicas, las que le confiera el
superior jerárquico y las que correspondan a su área administrativa.
Perfil
Escolaridad
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Area de estudio:
1.
Ciencias
Sociales
y
Administrativas
2.
Ciencias Naturales y Exactas
3.
Ingeniería y Tecnología
Grado de avance:
Con Título
Carrera:
1.
Administración
2.
Contaduría
3.
Matemáticas – Actuaría
4.
Economía
5.
Ciencias
Políticas
y
Administración Pública
6.
Psicología
7.
Derecho
8.
Computación e Informática
9.
Ingeniería
10. Comunicación
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Experiencia
laboral
No. de años: 3 años
Campo de Experiencia:
1.
Ciencia Política
2.
Ciencias Económicas
3.
Ciencias Jurídicas y
Derecho
4.
Ciencias
Tecnológicas
5.
Matemáticas
Area de Experiencia:
1.
Administración Pública
2.
Dirección
y
Desarrollo
de
Recursos Humanos
3.
Organización y Dirección de
Empresas
4.
Contabilidad
5.
Economía General
6.
Política
Fiscal
y
Hacienda
Pública Nacionales
7.
Ciencias Políticas
8.
Derecho
y
Legislación
Nacionales
9.
Tecnología Electrónica
10. Estadística
Capacidades
gerenciales
del puesto
1.
Sener/Liderazgo/ Subdirección de Area
2.
Sener/Negociación/ Subdirección de Area
3.
Sener/Orientación a Resultados/ Subdirección de Area
Capacidades
técnicas del
puesto
https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-
energia
Idiomas
extranjeros:
Ninguno
Otros
Horario de trabajo diurno. Requiere de conocimientos de
computación en paquetería de oficina e internet, en nivel
intermedio.
Nombre del Puesto
SUBDIRECCION DE PRESUPUESTO DE SERVICIOS PERSONALES
Código de Puesto
18-410-1-M1C015P-0000201-E-C-M
Nivel Administrativo
N11
Número de vacantes
1
Sueldo Bruto
$ 39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de
Recursos Humanos
Sede
Avenida Insurgentes, Número 20, de la
Glorieta de Insurgentes, Colonia Roma
Norte, C.P. 06700, Alcaldía
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Tipo de
Nombramiento
Servidora o Servidor Público de Carrera Titular
Funciones
Principales
1.
Desarrollar las actividades, estructura y clasificación del Presupuesto Anual
de Servicios Personales.
2.
Programar las claves presupuestarias por unidad responsable y sus
respectivas bases de cálculo.
3.
Presupuestar e integrar de acuerdo a las claves presupuestarias y unidades
responsables los montos y calendarios de presupuesto de servicios
personales conforme a las necesidades de la Secretaría.
4.
Analizar y supervisar las solicitudes de pago para determinar si hay
suficiencia presupuestal o no.
5.
Efectuar la adecuación presupuestaria, proponiendo el movimiento que
solvente la insuficiencia presupuestal.
6.
Registrar y tramitar las adecuaciones presupuestarias en el Sistema de
Contabilidad y Presupuesto.
7.
Elaborar la información que solicitan terceras personas de manera periódica,
relativa al Presupuesto de Servicios Personales.
8.
Programar actividades a desarrollar para cumplir oportuna y cabalmente con
la información.
9.
Elaborar los formatos del Sistema Integral de Información relativos al
Presupuesto de Servicios Personales.
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10. Analizar y supervisar los compromisos de pago de recursos y el ejercicio
del presupuesto que se realizan con cargo al Capítulo 1000 hasta su
Registro Oficial.
11. Efectuar los reportes de Rendición de la Cuenta Pública y Presupuesto de
Servicios Personales
12. Supervisar que la totalidad de claves presupuestarias no presenten
deficientes de recursos (números rojos).
13. Las demás que le señalen otras disposiciones jurídicas, las que le confiera el
superior jerárquico y las que le correspondan a su área administrativa.
Perfil
Escolaridad
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Area de estudio:
1.
Ciencias
Sociales
y
Administrativas
2.
Ingeniería y Tecnología
3.
Ciencias Naturales y Exactas
Grado de avance:
Con Título
Carrera:
1.
Contaduría
2.
Administración
3.
Ciencias
Políticas
y
Administración Pública
4.
Economía
5.
Psicología
6.
Computación e Informática
7.
Ingeniería
8.
Matemáticas – Actuaría
9.
Comunicación
10. Derecho
Experiencia
laboral
No. de años: 3 años
Campo de Experiencia:
1.
Ciencias Económicas
2.
Ciencia Política
3.
Ciencias Jurídicas y
Derecho
4.
Ciencias
Tecnológicas
5.
Matemáticas
Area de Experiencia:
1.
Contabilidad
2.
Economía General
3.
Política
Fiscal
y
Hacienda
Pública Nacionales
4.
Dirección
y
Desarrollo
de
Recursos Humanos
5.
Organización y Dirección de
Empresas
6.
Ciencias Políticas
7.
Derecho
y
Legislación
Nacionales
8.
Tecnología Electrónica
9.
Estadística
10. Administración Pública
Capacidades
gerenciales
del puesto
1.
Sener/Liderazgo/ Subdirección de Area
2.
Sener/Negociación/ Subdirección de Area
3.
Sener/Orientación a Resultados/ Subdirección de Area
Capacidades
técnicas del
puesto
https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-
energia
Idiomas
extranjeros:
Ninguno
Otros
Horario de trabajo diurno. Adicionalmente, requiere conocimientos
de computación en paquetería de oficina e internet, en nivel
intermedio.
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BASES DE PARTICIPACION
Principios del
concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección a:
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
(LSPCAPF), su Reglamento, publicadas en el DOF el 4 de enero de 2024), a las
Disposiciones generales en materia de Recursos Humanos de la Administración
Pública Federal, publicadas en el DOF el 19 de diciembre de 2025.
Calendario del
concurso
Actividad
Fecha o periodo
Publicación de convocatoria en el
Diario Oficial de la Federación
11 de marzo de 2026
Registro de candidatas y candidatos
(en www.trabajaen.gob.mx)
Del 11 al 25 de marzo de 2026
Fecha límite para ingresar solicitud
de reactivación de folio
26 de marzo de 2026
Examen de conocimientos técnicos
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Examen de conocimientos
generales de la Administración
Pública Federal
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Evaluación de habilidades
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Revisión Documental, Evaluación de
la Experiencia y Valoración
del Mérito
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Entrevista
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Determinación y fallo
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Desarrollo del
concurso
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica en esta
convocatoria. Sin embargo, la Secretaría Técnica podrá reprogramar las fechas
establecidas de acuerdo con el número de personas candidatas a presentarse en
cada etapa del proceso y a los recursos disponibles para su operación. En todos
los casos se notificará por lo menos con 2 días hábiles de antelación a las
personas candidatas, a través de sus cuentas individuales en el portal
www.trabajaen.gob.mx. Las personas aspirantes estarán obligadas a revisar el
sistema de mensajes de su cuenta personal de Trabajaen, independientemente
de que el propio portal le envíe mensajes a su correo personal.
Requisitos de
participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto y los establecidos en las bases de
participación, quienes deberán: a) Acreditar la ciudadanía mexicana en pleno
ejercicio de sus derechos o en su defecto que su condición migratoria les permita
la función a desarrollar; b) No haber sido sentenciada o sentenciado con pena
privativa de libertad por delito doloso; c) Tener aptitud para el desempeño de sus
funciones en el servicio público; d) No pertenecer al estado eclesiástico, ni ejercer
el ministerio de algún culto; e) No contar con registro de inhabilitación para el
servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal; f) Presentar y
acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso; g) No tener sentencia
firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal;
contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por
violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la
intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en
cualquiera de sus modalidades y tipos y h) Por ser declarada como persona
deudora alimentaria morosa. Por lo que, cualquier persona que se encuentre en
alguno de los supuestos precisados, no podrá ser nombrada para empleo, cargo o
comisión en el servicio público.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el
género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud,
la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra
que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los
derechos y libertades de las personas de conformidad al artículo 1º de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
305
Documentación
requerida en las
etapas de revisión
documental,
evaluación de la
experiencia y
valoración del
mérito
La Secretaría de Energía se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento
del proceso, a las personas candidatas la documentación o referencias que
acrediten los datos registrados en www.trabajaen.gob.mx para fines de la revisión
curricular y del cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 21 de la
LSPCAPF, así como de la presente convocatoria. De no acreditar su existencia o
autenticidad se descartará su participación o en su caso se dejará sin efecto el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin
responsabilidad para la Secretaría de Energía, la cual se reserva el derecho de
ejercitar las acciones legales procedentes.
Las personas postulantes deberán presentar para su revisión los siguientes
documentos:
Revisión documental
1.
Acta de nacimiento o forma migratoria vigente que lo autoriza a trabajar
en México.
2.
Cartilla liberada del servicio militar nacional (sólo para hombres hasta los 40
años).
3.
Constancia de Situación Fiscal actualizada expedida por el Servicio de
Administración Tributaria (SAT) MISMO QUE DEBERA COINCIDIR CON
LOS TRECE CARACTERES ALFANUMERICOS REGISTRADOS EN SU
CURRICULUM DE TRABAJAEN.
4.
Constancia de la Clave Unica de Registro de Población (CURP) actualizada
expedida por el Registro Nacional de Población e Identificación Personal
(RENAPO).
5.
Currículo registrado por las personas candidatas en www.trabajaen.gob.mx.
6.
IMPRESION DE LA PANTALLA DE BIENVENIDA DE TRABAJAEN
(donde se visualizan sus datos personales y folio de participación en el
concurso); la impresión de la pantalla deberá ser legible, no se reciben
capturas de pantalla en dispositivos electrónicos.
7.
Carta
Protesta
de
Decir
Verdad,
la
cual
está
disponible
en
www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-energia?idiom=es.
8.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, se aceptan: credencial
para votar, pasaporte, cartilla liberada del servicio militar nacional o cédula
profesional.
9.
Para acreditar los años de experiencia en las áreas requeridas en el perfil del
puesto, la persona postulante podrá presentar documentos que acrediten la
antigüedad (fecha de ingreso y término) y área de experiencia laboral, tales
como: nombramientos, bajas, contratos, constancias de periodos laborados
en hoja membretada, recibos de pagos, hojas únicas de servicio, recibos de
honorarios, reporte de semanas cotizadas al IMSS, expediente electrónico
único del ISSSTE, declaraciones del Impuesto Sobre la Renta, actas
constitutivas de empresas, constancias de servicio social y/o prácticas
profesionales, etcétera. No se tomarán en cuenta cartas de recomendación y
estados de cuentas bancarias. Se aceptan, constancia del Programa Jóvenes
Construyendo el Futuro, expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión
Social, acompañada del Historial que contiene la información de la
capacitación, el cual se podrá obtener accediendo con su usuario y
contraseña al portal https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/ en
el apartado de “Mi historial”. Liberación de servicio social y/o prácticas
profesionales emitidos por la Institución en la cual se haya realizado o por la
Institución educativa que la haya liberado y con las cuales se acrediten las
áreas de experiencia.
10. Para acreditar la carrera genérica del perfil del puesto podrán considerarse
alguna de las carreras específicas relacionadas en el Catálogo de Carreras
de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. En caso de que se solicite
como requisito académico Nivel de Estudio, Licenciatura o Profesional con
grado de avance “Titulado”, se acreditará con la exhibición del título
registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso, mediante la
presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha
autoridad, acta de Examen Profesional aprobado o documento oficial
expedido por la institución educativa que acredite el trámite y plazo de
entrega del título o cédula profesional; y/o en su defecto la “Autorización
provisional para ejercer por título en trámite” expedida por la Dirección
General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.
306
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
En este caso se aceptan los estudios de Maestría y Doctorado siempre y cuando
correspondan a la carrera genérica o alguna de las carreras específicas
relacionadas en el Catálogo de Carreras de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno y que coincida con el grado de avance solicitado en el perfil de puesto.
Lo anterior de conformidad con el artículo 221 de las Disposiciones Generales en
Materia de Recursos Humanos de la Administración Pública.
Para los casos en los que el perfil del puesto señale "Terminado o Pasante", se
acepta documento oficial expedido por la institución educativa que acredite 100%
de los créditos cubiertos o carta de pasante o documento expedido por la
institución educativa que lo acredite con tal carácter o en su defecto “Autorización
Provisional para ejercer como Pasante en el ámbito laboral de su profesión”
expedida por la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación
Pública. En el caso de estudios realizados en el extranjero deberá presentar
invariablemente el reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación
Pública, como puede ser la revalidación de estudios o el dictamen que determine
la equiparabilidad de los estudios realizados con los impartidos por las
instituciones del país.
Para los casos en que el del perfil de puesto señale Nivel de Estudio "Carrera
Técnica o Comercial con Preparatoria terminada” o “Normal terminada”, con grado
de avance Titulado, se deberá presentar además del Título o la Cédula
profesional registrados por la Secretaría de Educación Pública, el certificado de
Preparatoria, o de nivel medio superior o de Normal Terminada, según
corresponda.
Para comprobar la escolaridad de Nivel de Estudio “Preparatoria o Bachillerato”,
se aceptan los estudios de licenciatura; en el caso de que el perfil de puesto
establezca alguna especialidad técnica, comercial o similar, el título de
licenciatura deberá corresponder a ésta.
Evaluación de la experiencia
Las personas candidatas deberán presentar para la evaluación de la experiencia
los
documentos
oficiales
probatorios
que
la
acrediten.
Por
ejemplo:
nombramientos, bajas, contratos, constancias de periodos laborados en hoja
membretada, recibos de pagos, hojas únicas de servicio, recibos de honorarios,
reporte de semanas cotizadas al IMSS, expediente electrónico único del ISSSTE,
declaraciones del Impuesto Sobre la Renta, actas constitutivas de empresas,
constancias de servicio social y/o prácticas profesionales, etcétera. Para mayor
información de la documentación a presentar y criterios de evaluación, consultar
www.trabajaen.gob.mx, sección Documentación e Información Relevante,
documento Metodologías de Aplicación de los Exámenes de Conocimientos,
Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito para el Ingreso al Servicio
Profesional de Carrera.
Aspectos a evaluar
•
Orden en los puestos desempeñados: comprobantes de los últimos dos
niveles de puesto.
•
Tiempo de permanencia en los puestos desempeñados: documentos que
indiquen inicio y fin de cada puesto.
•
Experiencia en el sector público: comprobantes del sector público.
•
Experiencia en el sector privado: comprobantes del sector privado.
•
Experiencia en el sector social: comprobantes del sector social.
•
Nivel de remuneración: comprobante de ingreso bruto de su puesto actual o
último.
•
Relevancia de funciones y actividades desempeñadas en relación con el
puesto vacante: currículo registrado en www.trabajaen.gob.mx.
Sólo para personas servidoras públicas de la Secretaría de Energía en puestos de
dependencia directa de la vacante:
•
Experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante: documento
comprobatorio del tiempo trabajado en los puestos inmediatos inferiores al de
la vacante.
Valoración del mérito
Las personas postulantes deberán presentar para la valoración del mérito los
documentos probatorios que la acrediten. Para mayor información de la
documentación
a
presentar
y
criterios
de
evaluación,
consultar
www.trabajaen.gob.mx, sección Documentación e Información Relevante,
documento Metodologías de Aplicación de los Exámenes de Conocimientos,
Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito para el Ingreso al Servicio
Profesional de Carrera.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
307
Aspectos a evaluar
•
Logros: documento oficial comprobatorio que haga constar las certificaciones
vigentes en competencias laborales o habilidades profesionales diferentes a
las del Servicio Profesional de Carrera, en caso de que el documento carezca
de vigencia expresa, deberá tener una antigüedad máxima de 3 años;
publicaciones especializadas relacionadas con su campo de experiencia
(gacetas, revistas, prensa o libros).
•
Distinciones: documento oficial comprobatorio que acredite haber fungido
como Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente o miembro
fundadora o fundador en asociaciones u organizaciones no gubernamentales
(científicas, de investigación, gremiales, estudiantiles o de profesionistas),
título grado académico Honoris Causa, graduación con honores o distinción.
•
Reconocimientos y premios: documento oficial probatorio a nombre de la
persona candidata que haga constar que se le otorgó un premio,
reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación,
reconocimiento por antigüedad en el servicio público o que obtuvo primero,
segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos o abiertos.
•
Actividad destacada en lo individual: título o grado académico en el extranjero
con reconocimiento oficial por la Secretaría de Educación Pública, patentes a
su nombre, servicios o misiones en el extranjero, derechos de autor, servicios
de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluye donativos).
•
Otros
estudios:
diplomados,
licenciaturas,
especialidades,
maestrías,
doctorados, postdoctorados adicionales a los requeridos en el perfil del
puesto vacante en concurso. Título registrado en la Secretaría de Educación
Pública y/o en su caso, cédula profesional correspondiente, en los términos
del artículo 221 de las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal. En caso de que se solicite
nivel de estudio “Titulado”, se acepta Acta de Examen Profesional aprobado o
documento oficial expedido por la institución educativa que acredite el trámite
y plazo de entrega del título o cédula profesional. En el caso de estudios
realizados
en
el
extranjero
deberá
presentar
invariablemente
el
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública, como
pueden ser la revalidación de estudios o el dictamen que determine la
equiparabilidad de los estudios realizados con los impartidos por las
instituciones del país.
•
Habla de lengua indígena: Nivel 1. a).- Carta u oficio expedido por la
autoridad comunitaria de su lugar de origen, donde se señale que es hablante
de una lengua indígena nacional. b).- Acreditación de competencias
comunicativas generales expedida por el Instituto Nacional de Lenguas
Indígenas o alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución
(con resultado regular o bueno). c).- Acreditación o documento equivalente a
cursos no menores a 220 horas que avalen, al menos un nivel básico en
alguna de las lenguas indígenas o sus variantes. d).- Materiales elaborados
en lenguas indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales,
carteles, mapas, videos, audios, etc.); en la presentación de estos materiales,
se deberá acreditar fehacientemente su autoría. e).- Acreditación o
documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha
sido parte de procesos de formación como intérprete, mediador bilingüe o
traductor de lenguas indígenas. f).- Certificado de competencia laboral
(en estándares relacionados con la interpretación, atención en lengua
indígena o traducción). g).- Otros que al efecto establezca la Dirección
General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera de la
Administración Pública Federal.
308
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Para el Nivel 2, a).- Acreditación de competencias comunicativas generales
expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra
instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado excelente).
b).- Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua
indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio del que
se trate; en la presentación de estas publicaciones, se deberá acreditar
fehacientemente su autoría. c).- Evidencias de trabajo que avalen su
experiencia como intérprete, mediador bilingüe y/o traductor de lenguas
indígenas (oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de
participación, etc.); en la presentación de estas evidencias, se deberá
acreditar fehacientemente su autoría. d).- Otros que al efecto establezca la
Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera
de la Administración Pública Federal.
•
Autoadscripción: Se calificará con 100 a la persona candidata que manifieste
autoadscribirse a un pueblo o a una comunidad indígena o afromexicana.
La persona participante deberá identificar por escrito de declaración de
autoadscripción, el nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana
a la que se auto adscriba.
•
Perspectiva de juventudes. Se calificará con 100 a la persona candidata que
compruebe que al momento de la publicación del concurso su edad no
sobrepase los 30 años.
•
Persona con discapacidad: Se calificará con 100 a la persona candidata que
se auto reconozca como persona con discapacidad. La persona participante
deberá identificar por escrito de declaración, la descripción de su
discapacidad.
Sólo aplica para personas servidoras públicas de carrera titulares:
•
Resultado de la evaluación del desempeño. Calificación de la evaluación del
desempeño anual anterior de las personas servidoras públicas.
•
Resultado de las acciones de capacitación. Promedio de calificaciones de las
acciones de capacitación en el ejercicio fiscal inmediato anterior. No aplica si
no se autorizaron acciones de capacitación.
•
Resultados de procesos de certificación. Capacidades profesionales
certificadas y vigentes de personas servidoras públicas logradas en puestos
sujetos al SPC.
Entrega de la
documentación
Toda la documentación requerida deberá entregarse personalmente en el
domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que por vía electrónica reciban
en su cuenta del portal www.trabajaen.gob.mx, de la siguiente manera:
•
Original o copia certificada para su cotejo.
•
Digitalizada:
o
Un archivo por documento, por ambos lados, en formato PDF y escala a
100%.
o
Grabados en disco compacto No Regrabable e identificado con el
nombre del puesto, y folio del concurso.
•
Organizada en una carpeta para cada etapa: Revisión documental,
Evaluación de la experiencia y Valoración del mérito.
NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS ORIGINALES INVARIABLEMENTE
DEBEN COINCIDIR CON LOS DIGITALIZADOS, LA FALTA DEL DISCO
COMPACTO O DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL O
COPIA DIGITALIZADA SERA MOTIVO DE DESCARTE.
Registro de
aspirantes al
concurso
La inscripción de personas aspirantes a un concurso se realizará únicamente a
través del portal www.trabajaen.gob.mx, con dicha herramienta se realizará la
revisión curricular y a cada persona aspirante le asignará un número de folio para
el concurso, mismo que servirá para formalizar su inscripción al mismo y como
identificación durante el desarrollo del proceso de selección; este número de folio
asegura el anonimato de las personas candidatas. En caso de que el sistema
determine que la persona aspirante no cumple con el perfil le emitirá un folio de
rechazo (RXX-XXXXX). En este caso podrá solicitar la reactivación de folio
correspondiente, cumpliendo con lo señalado en el apartado Reactivación de
folios.
Cuando la Unidad de Política para el Servicio Público detecte más de un folio de
una persona aspirante en Trabajaen realizará las acciones necesarias para que
prevalezca únicamente el registro que coincida con la CURP y la documentación
presentada por la persona usuaria. En caso de que ningún folio coincida con la
clave referida y la documentación presentada por la persona aspirante, realizará
las acciones que correspondan para asegurar la calidad, integralidad y veracidad
de la información en Trabajaen.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
309
En caso de que la Subdirección de Ingreso de Recursos Humanos o la Unidad
detecten más de una inscripción a un mismo concurso por persona candidata, se
notificará al Comité Técnico de Selección para que proceda a su descarte del
concurso.
Reactivación de
folios
A partir de la publicación de la convocatoria y hasta un día hábil posterior al cierre
de la etapa del registro, las personas aspirantes podrán solicitar al correo
electrónico etinoco@energia.gob.mx, su petición de reactivación de folio.
La solicitud de reactivación de folio deberá dirigirse al Comité Técnico de
Selección e incluir:
•
Justificación de por qué considera que se debe reactivar su folio (escrito libre
con firma autógrafa).
•
Pantalla de bienvenida de www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su folio
de rechazo.
•
Currículo Vítae del Portal de Trabajaen, sin haber sido modificado
posteriormente al rechazo.
•
Copia de documentos probatorios de su escolaridad y experiencia laboral,
con fechas de ingreso y baja de cada puesto para verificar el tiempo
laborado, así como la coincidencia con las áreas de experiencia requeridas
en el perfil del puesto.
•
Indicar la cuenta de correo electrónico personal donde será enviada la
respuesta a su petición; esta última será evaluada y resuelta por el Comité
Técnico de Selección.
La reactivación de folios SI será procedente cuando a juicio del Comité Técnico
de Selección se acredite lo siguiente:
1.
Omisiones o errores en la captura de información académica y/o laboral, por
parte de la persona aspirante que se acrediten fehacientemente.
La reactivación de folios NO será procedente cuando a juicio del Comité Técnico
de Selección se identifique que:
1.
La persona aspirante haya renunciado al concurso;
2.
La persona aspirante haya renunciado a calificaciones de evaluaciones de
habilidades;
3.
Exista duplicidad de registros en www.trabajaen.gob.mx.
4.
La modificación del currículo vítae en www.trabajaen.gob.mx haya tenido
como fin ocultar el motivo por el cual se rechazó la postulación.
5.
Exista algún otro motivo que a juicio del CTS, manifieste dolo por parte de la
persona aspirante.
El CTS resolverá las solicitudes de reactivación de folio en un plazo máximo de 7
días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la fecha de recepción
de esta.
Cuando la Subdirección de Ingreso de Recursos Humanos advierta la duplicidad
de registros en Trabajaen con motivo de un concurso, el CTS procederá al
descarte de la persona candidata.
Temarios y guías
El temario referente a los exámenes de conocimientos técnicos, se
encontrará
a
disposición
de
las
personas
candidatas
en
https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-secretaria-de-energia?idiom=es a
partir de la fecha de la publicación de la convocatoria en el Diario Oficial de la
Federación y en www.trabajaen.gob.mx.
El temario del Examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal deberá consultar portal www.trabajaen.gob.mx/ en el apartado
Documentos e Información Relevante o en la siguiente liga electrónica:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Cualquier duda relacionada con este examen o temario deberán dirigirse a la
Unidad de Política para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
En la Secretaría de Energía, las evaluaciones de habilidades no cuentan con
temario, debido a que se realizan mediante la aplicación de pruebas
psicométricas.
310
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Aplicación de
evaluaciones
La Secretaría de Energía comunicará la fecha, hora y lugar en que las personas
candidatas deberán presentarse para la aplicación de las evaluaciones
respectivas. En dichas comunicaciones se especificará la duración aproximada de
cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el registro antes del inicio
de la evaluación. En caso de no presentarse en la fecha y horario señalados para
la presentación de sus evaluaciones las personas candidatas serán descartadas
del concurso.
No se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras de mano, dispositivos
de CD, DVD, memorias portátiles de computadora, cámaras fotográficas,
calculadoras, así como cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite
consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones,
salvo que en las bases de la convocatoria se autorice o requiera de su utilización
como medio de apoyo para la evaluación. Lo anterior con fundamento en el
artículo 227 de las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de
la Administración Pública Federal.
En caso de que, por causas de fuerza mayor, la aplicación de la evaluación de
conocimientos se realice en versión impresa, esta se calificará en presencia
de cada persona candidata y en ningún caso procederá la entrega de los
reactivos ni las opciones de respuesta ni el contenido o los criterios de evaluación.
El CTS determina que:
1.
En ningún caso se realizará revisión de exámenes; no procederá la entrega
de los reactivos, ni las opciones de respuesta, ni el contenido o los criterios
de evaluación. Asimismo, no procederá en el caso de la revisión documental,
evaluación de la experiencia y valoración del mérito.
2.
De conformidad con el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
a)
Los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos tendrán
vigencia de un año a partir de la fecha de aplicación, siempre y cuando
se trate del mismo puesto en concurso y no cambie el temario con el cual
se evaluó la capacidad de conocimientos de que se trate. Para hacer
válidos los resultados vigentes, las personas candidatas deberán enviar
durante el periodo de registro y hasta un día hábil posterior a este, a la
dirección
electrónica:
ingresospc@energia.gob.mx,
su
solicitud
fundamentada, firmada autógrafamente, con nombre completo de la
persona solicitante; folios de participación y nombre del puesto en
concurso anterior y actual; dirigida a la Subdirección de Ingreso de
Recursos Humanos, y anexar la pantalla de bienvenida del portal
Trabajaen, e impresión del resultado aprobatorio obtenido de la página
de Trabajaen.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la
Administración Pública Federal, si el resultado es igual o mayor a 70
puntos de 100, estará vigente por un año y aplicará para todos los
concursos de la Administración Pública Federal. Para la aplicación de
esta evaluación, es importante que la persona aspirante presente la
IMPRESION DE LA PANTALLA DE BIENVENIDA DE TRABAJAEN,
(donde se visualizan sus datos personales y folio de concurso); esta
debe ser legible, no se reciben capturas de pantalla en dispositivos
electrónicos, es importante que conozca su usuario y contraseña de la
página de Trabajaen, será solicitada durante en el proceso de
evaluaciones para que la persona aspirante pueda ingresar a la prueba
Conocimientos.
b)
Los resultados de las evaluaciones de habilidades tendrán vigencia de
un año a partir de la fecha de aplicación, siempre y cuando se trate de la
misma habilidad a evaluar, en el mismo nivel o rango de puesto en
concurso y se hayan aplicado con el sistema de evaluación de la
Secretaría de Energía.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
311
Reglas de
Valoración
Será motivo de descarte de las personas candidatas: a) No presentarse a
cualquiera de las evaluaciones a las que sea citado; b) No acreditar
fehacientemente cualquiera de los requisitos establecidos en el Art. 21 de la
LSPCAPF y en esta convocatoria; o c) La subetapa de Exámenes de
Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de
70, en una escala de 0 a 100 sin decimales; las personas que acrediten el
examen de conocimientos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente
al Examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal que
no será motivo de descarte pero su calificación, se promediará con el examen de
conocimientos.
La calificación final de la subetapa de examen de conocimientos se obtendrá
sumando el resultado del “Examen de conocimientos técnicos” más el resultado
del “Examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal”,
dividido entre dos.
El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70 de 100 para que la persona
aspirante pueda continuar en el proceso de selección en caso contrario, el
sistema procederá al descarte de la persona candidata.
Subetapa
Valor
ponderado
de la
subetapa
Valor
ponderado
Observaciones
Examen de
conocimientos
técnicos del puesto
50%
30 puntos
Los resultados de ambos
exámenes serán
sumados, con el objetivo
de obtener los puntos de
la Subetapa esta será de
70 puntos, en caso de
obtener un resultado
menor, el sistema lo
descartará.
Examen de
conocimientos
generales de
la Administración
Pública Federal
50%
Sistema de Puntuación
Nivel
Exámenes de
conocimientos
técnicos y
Examen de
conocimientos
generales de la
Administración
Pública Federal
Evaluación
de
Habilidades
Evaluación
de
Experiencia
Valoración
del Mérito
Entrevista
Para
cualquier
nivel
100=30
100=20
100=10
100=10
100=30
Se considerarán como finalistas a las personas candidatas que hayan obtenido al
terminar la entrevista, el Puntaje Mínimo de Aptitud, el cual equivale a 70 puntos
en una escala de 0 a 100.
Entrevista
Las entrevistas tienen la finalidad de que el CTS profundice en la evaluación de la
capacidad y conocimientos de las personas candidatas. Pasarán a la etapa de
entrevista hasta tres personas candidatas con la mayor calificación en las etapas
previas, siempre que su puntaje promedio antes de la etapa de entrevistas sea
igual o mayor a 40 puntos en el Sistema de Puntuación. En caso de que ninguna
de las personas aspirantes entrevistadas obtenga una calificación definitiva mayor
a 70 puntos para ser considerado finalista, el CTS seguirá entrevistando ternas en
orden de prelación, hasta determinar a una persona ganadora, o declarar desierto
el concurso.
Determinación y
fallo
La persona ganadora del concurso será la persona finalista que obtenga la
calificación más alta en el proceso de selección; es decir, la de mayor calificación
definitiva. En el supuesto de que la persona ganadora inicial comunique por
escrito a la Secretaría de Energía su decisión de no ocupar el puesto o bien que
no se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del mismo en la fecha
señalada, el Comité Técnico de Selección, en su caso, determinará a la persona
finalista con la siguiente mayor calificación definitiva, quien podrá llegar a ocupar
el puesto sujeto a concurso.
312
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
La Dirección General de Recursos Humanos difundirá en www.trabajaen.gob.mx y
en
https://www.gob.mx/sener/articulos/quieres-laborar-en-la-secretaria-de-
energia?idiom=es el nombre de la persona ganadora del concurso y su folio.
Así mismo registrará en su caso la reserva de aspirantes.
Declaración de
concurso desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso,
declarar desierto un concurso cuando:
•
Ninguna persona candidata se presente al concurso.
•
Ninguna persona candidata obtenga el puntaje mínimo de calificación para
ser considerada finalista.
•
Sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetada/o, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de las personas que
conforman el Comité Técnico de Selección.
Reserva de
aspirantes
Las personas candidatas finalistas que no resulten ganadoras en el concurso,
integrarán la reserva de aspirantes de la Secretaría de Energía, siempre y cuando
hayan obtenido 70 puntos o más. Para los fines de constitución y operación de la
reserva no existirá orden de prelación alguno entre las personas integrantes
de la misma. Esta reserva tendrá una vigencia de un año a partir de la publicación
de los resultados finales del concurso de que se trate y sólo podrá ser
considerada para procesos de selección en la Secretaría de Energía.
Publicación de
resultados y
disposiciones
generales
1.
En www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso
de los puestos vacantes.
2.
Durante el concurso los resultados de cada etapa serán publicados en
www.trabajaen.gob.mx identificándose a cada persona postulante con su
número de folio y en https://www.gob.mx/sener/articulos/labora-en-la-
secretaria-de-energia a la persona ganadora de cada concurso.
3.
Los datos personales de las personas candidatas son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
4.
Cada persona aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos
erogados como consecuencia de su participación en actividades relacionadas
con motivo de la presente convocatoria.
5.
De acuerdo al principio de equidad, no procederá la reprogramación de las
fechas para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición
de las personas candidatas.
6.
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por
el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
7.
Las personas candidatas podrán presentar Inconformidad o Recurso de
Revocación, previstos en los términos de la LSPCAPF y de su Reglamento
Titular del Area de Denuncias e Investigaciones en el Organo Interno de
Control de la Secretaría de Energía en Avenida Insurgentes Sur 20, de la
Glorieta de insurgentes, Piso 11, Col. Roma Norte, C.P. 06700. Alcaldía
Cuauhtémoc, Ciudad de México, de 9:00 a 15:00 hrs, tiempo del centro.
8.
El portal www.trabajaen.gob.mx es un sistema informático operado por la
Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, por lo cual, para atención o
aclaración de dudas, se encuentra disponible el correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx y los teléfonos 55-2000-3000, ext. 4180 y
4374.
Resolución de
Dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas
formulen con relación a los puestos y al desarrollo del proceso de selección, se
encuentra disponible el correo electrónico ingresospc@energia.gob.mx y el
teléfono 55-5000-6000 ext. 6556 y 6568 de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas,
tiempo del centro.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Energía
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, la Secretaria Técnica
Ana Karina Colín González
Firma Electrónica.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
313
Secretaría de Energía
CONVOCATORIA DIRIGIDA A TODA PERSONA INTERESADA
No. 379
El Comité Técnico de Selección (CTS) de la Secretaría de Energía con fundamento en los artículos 21, 22,
25, 26, 28, 37 y 75 fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40 de su Reglamento, así como y las Disposiciones Generales
en Materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigentes, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada del siguiente
puesto vacante:
Nombre del Puesto
SUBDIRECCION DE OPERACION CONTABLE
Código de Puesto
18-411-1-M1C015P-0000174-E-C-O
Nivel Administrativo
N11
Número de vacantes
1
Sueldo Bruto
$39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección General
de Programación y
Presupuesto
Sede
Avenida Insurgentes, Número 20, de
la Glorieta de Insurgentes, Colonia
Roma Norte, C.P. 06700, Alcaldía
Cuauhtémoc, Ciudad de México
Tipo de
Nombramiento
Servidora o Servidor Público de Carrera Titular
Funciones
Principales
1. Instrumentar y supervisar la difusión y aplicación de los ordenamientos
jurídicos y administrativos del Manual de Contabilidad Gubernamental y demás
criterios establecidos por el Consejo Nacional de Armonización Contable
(CONAC), para asegurar su observancia en el registro de las operaciones de la
Secretaría.
2. Implementar que las directrices, políticas y lineamientos de programación,
presupuestación y administración de los recursos financieros, se reflejen
adecuadamente en el registro de las operaciones contables de la Secretaría, para
generar información financiera veraz y oportuna.
3. Instrumentar la conciliación periódica de los procesos de pago, con su registro
contable y el presupuesto ejercido por la Dependencia, para asegurar el registro
oportuno de las operaciones y la confiabilidad de la información.
4. Proponer la forma, términos y plazos conforme a los cuales las unidades
administrativas de la Secretaría deben proporcionar información, económica,
financiera, presupuestal, contable y de otra índole, para preparar información
consolidada del sector en los procesos de rendición de cuentas.
5. Instrumentar y supervisar la operación del Sistema de Contabilidad General de
la Secretaría, para generar la información que establecen las Disposiciones de la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público y el Consejo Nacional de Armonización
Contable (CONAC).
6. Instrumentar y coordinar los procesos de archivo contable gubernamental de la
Secretaría, conforme a las Disposiciones que se establecen por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público, para apoyar la fiscalización y rendición de cuentas.
7. Consolidar la información de la Cuenta Anual de la Hacienda Pública Federal
de la Secretaría, para su presentación ante la Secretaría de Hacienda y Crédito
Público.
8. Instrumentar y coordinar el proceso de registro de las operaciones financieras,
presupuestales y patrimoniales de la Secretaría, para generar información
financiera veraz y oportuna en apoyo de la toma de decisiones y la rendición de
cuentas.
9. Coadyuvar en las evaluaciones conjuntas con la Dirección General de
Tecnologías de la Información y Comunicaciones, a la funcionalidad de los
sistemas informáticos de presupuesto, operación financiera y contabilidad de la
Secretaría, para vigilar su adecuada operación y mantenimiento.
314
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Perfil
Escolaridad
Nivel de estudio:
Licenciatura o Profesional
Area de estudio:
1.
Ciencias Sociales y
Administrativas
Grado de avance:
Con Título
Carrera:
1.
Administración
2.
Contaduria
3.
Finanzas
Experiencia
laboral
No. de años: 3 años
Campo de Experiencia:
1.
Ciencias Económicas
2.
Ciencia Política
Area de Experiencia:
1.
Contabilidad
2.
Auditoría
3.
Administración Pública
Capacidades
gerenciales
del puesto
1.
Sener/Liderazgo/ Subdirección de Area
2.
Sener/Negociación/ Subdirección de Area
3.
Sener/Orientación a Resultados/ Subdirección de Area
Capacidades
técnicas del
puesto
https://www.gob.mx/sener/artículos/labora-en-la-Secretaría-de-
energía
Idiomas
extranjeros:
Ninguno
Otros
Horario de trabajo diurno. Adicionalmente, el puesto requiere
conocimientos de computación en paquetería de oficina e
internet, en nivel intermedio.
BASES DE PARTICIPACION
Principios del
concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia,
objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad
de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección a: la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (LSPCAPF), su
Reglamento, publicadas en el DOF el 4 de enero de 2024), a las Disposiciones
generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal,
publicadas en el DOF el 19 de diciembre de 2025.
Calendario del
concurso
Actividad
Fecha o periodo
Publicación de convocatoria en el
Diario Oficial de la Federación
11 de marzo de 2026
Registro de candidatas y candidatos
(en www.trabajaen.gob.mx)
Del 11 al 25 de marzo de 2026
Fecha límite para ingresar solicitud
de reactivación de folio
26 de marzo de 2026
Examen de conocimientos técnicos
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Evaluación de habilidades
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Revisión Documental, Evaluación de
la Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Entrevista
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Determinación y fallo
A partir del 1 de abril al 8 de junio de 2026
Desarrollo del
concurso
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica en esta
convocatoria. Sin embargo, la Secretaría Técnica podrá reprogramar las fechas
establecidas de acuerdo con el número de personas candidatas a presentarse en cada
etapa del proceso y a los recursos disponibles para su operación. En todos los casos
se notificará por lo menos con 2 días hábiles de antelación a las personas candidatas,
a través de sus cuentas individuales en el portal www.trabajaen.gob.mx.
Las personas aspirantes estarán obligadas a revisar el sistema de mensajes de su
cuenta personal de Trabajaen, independientemente de que el propio portal le envíe
mensajes a su correo personal.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
315
Requisitos de
participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto y los establecidos en las bases de participación,
quienes deberán: a) Acreditar la ciudadanía mexicana en pleno ejercicio de sus
derechos o en su defecto que su condición migratoria les permita la función a
desarrollar; b) No haber sido sentenciada o sentenciado con pena privativa de libertad
por delito doloso; c) Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio
público; d) No pertenecer al estado eclesiástico, ni ejercer el ministerio de algún culto;
e) No contar con registro de inhabilitación para el servicio público, ni encontrarse con
algún otro impedimento legal; f) Presentar y acreditar las evaluaciones que se indican
para cada caso; g) No tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos
contra la vida y la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal
desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos y h) Por ser declarada como persona
deudora alimentaria morosa. Por lo que, cualquier persona que se encuentre en alguno
de los supuestos precisados, no podrá ser nombrada para empleo, cargo o comisión
en el servicio público.
Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género,
la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión,
las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente
contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y
libertades de las personas de conformidad al artículo 1º de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos.
Documentación
requerida en
las etapas de
revisión
documental,
evaluación de
la experiencia y
valoración del
mérito
La Secretaría de Energía se reserva el derecho de solicitar en cualquier momento del
proceso, a las personas candidatas la documentación o referencias que acrediten los
datos registrados en www.trabajaen.gob.mx para fines de la revisión curricular y del
cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 21 de la LSPCAPF, así como
de la presente convocatoria. De no acreditar su existencia o autenticidad se descartará
su participación o en su caso se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección
y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de
Energía, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
Las personas postulantes deberán presentar para su revisión los siguientes
documentos:
Revisión documental
1.
Acta de nacimiento o forma migratoria vigente que lo autoriza a trabajar en México.
2.
Cartilla liberada del servicio militar nacional (sólo para hombres hasta los 40 años).
3.
Constancia de Situación Fiscal actualizada expedida por el Servicio de
Administración Tributaria (SAT) MISMO QUE DEBERA COINCIDIR CON LOS
TRECE
CARACTERES
ALFANUMERICOS
REGISTRADOS
EN
SU
CURRICULUM DE TRABAJAEN.
4.
Constancia de la Clave Unica de Registro de Población (CURP) actualizada
expedida por el Registro Nacional de Población e Identificación Personal
(RENAPO).
5.
Currículo registrado por las personas candidatas en www.trabajaen.gob.mx.
6.
IMPRESION DE LA PANTALLA DE BIENVENIDA DE TRABAJAEN (donde se
visualizan sus datos personales y folio de participación en el concurso); la
impresión de la pantalla deberá ser legible, no se reciben capturas de pantalla en
dispositivos electrónicos.
7.
Carta
Protesta
de
Decir
Verdad,
la
cual
está
disponible
en
www.gob.mx/sener/artículos/labora-en-la-Secretaría-de-energía?idiom=es.
8.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, se aceptan: credencial para
votar, pasaporte, cartilla liberada del servicio militar nacional o cédula profesional.
9.
Para acreditar los años de experiencia en las áreas requeridas en el perfil del
puesto, la persona postulante podrá presentar documentos que acrediten la
antigüedad (fecha de ingreso y término) y área de experiencia laboral, tales como:
nombramientos, bajas, contratos, constancias de periodos laborados en hoja
membretada, recibos de pagos, hojas únicas de servicio, recibos de honorarios,
reporte de semanas cotizadas al IMSS, expediente electrónico único del ISSSTE,
declaraciones del Impuesto Sobre la Renta, actas constitutivas de empresas,
constancias
de
servicio
social
y/o
prácticas
profesionales,
etcétera.
316
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
No se tomarán en cuenta cartas de recomendación y estados de cuentas
bancarias. Se aceptan, constancia del Programa Jóvenes Construyendo
el Futuro, expedida por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, acompañada
del Historial que contiene la información de la capacitación, el cual se
podrá
obtener
accediendo
con
su
usuario
y
contraseña
al
portal
https://jovenesconstruyendoelfuturo.stps.gob.mx/login/
en
el
apartado
de
“Mi historial”. Liberación de servicio social y/o prácticas profesionales emitidos por
la Institución en la cual se haya realizado o por la Institución educativa que la haya
liberado y con las cuales se acrediten las áreas de experiencia.
10. Para acreditar la carrera genérica del perfil del puesto podrán considerarse alguna
de las carreras específicas relacionadas en el Catálogo de Carreras de la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. En caso de que se solicite como
requisito académico Nivel de Estudio, Licenciatura o Profesional con grado de
avance “Titulado”, se acreditará con la exhibición del título registrado en
la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso, mediante la presentación de la
cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, acta de Examen
Profesional aprobado o documento oficial expedido por la institución educativa que
acredite el trámite y plazo de entrega del título o cédula profesional; y/o en su
defecto la “Autorización provisional para ejercer por título en trámite” expedida por
la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.
En este caso se aceptan los estudios de Maestría y Doctorado siempre y cuando
correspondan a la carrera genérica o alguna de las carreras específicas relacionadas
en el Catálogo de Carreras de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y que
coincida con el grado de avance solicitado en el perfil de puesto. Lo anterior de
conformidad con el artículo 221 de las Disposiciones Generales en Materia
de Recursos Humanos de la Administración Pública.
Para los casos en los que el perfil del puesto señale "Terminado o Pasante", se acepta
documento oficial expedido por la institución educativa que acredite 100% de los
créditos cubiertos o carta de pasante o documento expedido por la institución educativa
que lo acredite con tal carácter o en su defecto “Autorización Provisional para ejercer
como Pasante en el ámbito laboral de su profesión” expedida por la Dirección General
de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública. En el caso de estudios
realizados en el extranjero deberá presentar invariablemente el reconocimiento oficial
expedido por la Secretaría de Educación Pública, como puede ser la revalidación de
estudios o el dictamen que determine la equiparabilidad de los estudios realizados con
los impartidos por las instituciones del país.
Para los casos en que el del perfil de puesto señale Nivel de Estudio "Carrera Técnica
o Comercial con Preparatoria terminada” o “Normal terminada”, con grado de avance
Titulado, se deberá presentar además del Título o la Cédula profesional registrados por
la Secretaría de Educación Pública, el certificado de Preparatoria, o de nivel medio
superior o de Normal Terminada, según corresponda.
Para comprobar la escolaridad de Nivel de Estudio “Preparatoria o Bachillerato”, se
aceptan los estudios de licenciatura; en el caso de que el perfil de puesto establezca
alguna especialidad técnica, comercial o similar, el título de licenciatura deberá
corresponder a ésta.
Evaluación de la experiencia
Las personas candidatas deberán presentar para la evaluación de la experiencia los
documentos oficiales probatorios que la acrediten. Por ejemplo: nombramientos, bajas,
contratos, constancias de periodos laborados en hoja membretada, recibos de pagos,
hojas únicas de servicio, recibos de honorarios, reporte de semanas cotizadas al IMSS,
expediente electrónico único del ISSSTE, declaraciones del Impuesto Sobre la Renta,
actas constitutivas de empresas, constancias de servicio social y/o prácticas
profesionales, etcétera. Para mayor información de la documentación a presentar y
criterios de evaluación, consultar www.trabajaen.gob.mx, sección Documentación e
Información Relevante, documento Metodologías de Aplicación de los Exámenes de
Conocimientos, Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito para el Ingreso
al Servicio Profesional de Carrera.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
317
Aspectos a evaluar
•
Orden en los puestos desempeñados: comprobantes de los últimos dos niveles
de puesto.
•
Tiempo de permanencia en los puestos desempeñados: documentos que indiquen
inicio y fin de cada puesto.
•
Experiencia en el sector público: comprobantes del sector público.
•
Experiencia en el sector privado: comprobantes del sector privado.
•
Experiencia en el sector social: comprobantes del sector social.
•
Nivel de remuneración: comprobante de ingreso bruto de su puesto actual
o último.
•
Relevancia de funciones y actividades desempeñadas en relación con el puesto
vacante: currículo registrado en www.trabajaen.gob.mx.
Sólo para personas servidoras públicas de la Secretaría de Energía en puestos de
dependencia directa de la vacante:
•
Experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante: documento
comprobatorio del tiempo trabajado en los puestos inmediatos inferiores al de la
vacante.
Valoración del mérito
Las personas postulantes deberán presentar para la valoración del mérito los
documentos probatorios que la acrediten. Para mayor información de la documentación
a presentar y criterios de evaluación, consultar www.trabajaen.gob.mx, sección
Documentación e Información Relevante, documento Metodologías de Aplicación de
los Exámenes de Conocimientos, Evaluación de la Experiencia y la Valoración
del Mérito para el Ingreso al Servicio Profesional de Carrera.
Aspectos a evaluar
•
Logros: documento oficial comprobatorio que haga constar las certificaciones
vigentes en competencias laborales o habilidades profesionales diferentes a las
del Servicio Profesional de Carrera, en caso de que el documento carezca de
vigencia expresa, deberá tener una antigüedad máxima de 3 años; publicaciones
especializadas relacionadas con su campo de experiencia (gacetas, revistas,
prensa o libros).
•
Distinciones: documento oficial comprobatorio que acredite haber fungido como
Presidenta o Presidente, Vicepresidenta o Vicepresidente o miembro fundadora o
fundador en asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de
investigación, gremiales, estudiantiles o de profesionistas), título grado académico
Honoris Causa, graduación con honores o distinción.
•
Reconocimientos y premios: documento oficial probatorio a nombre de la persona
candidata que haga constar que se le otorgó un premio, reconocimiento
por colaboración, ponencias o trabajos de investigación, reconocimiento por
antigüedad en el servicio público o que obtuvo primero, segundo o tercer lugar en
competencias o certámenes públicos o abiertos.
•
Actividad destacada en lo individual: título o grado académico en el extranjero con
reconocimiento oficial por la Secretaría de Educación Pública, patentes a su
nombre, servicios o misiones en el extranjero, derechos de autor, servicios de
voluntariado, altruismo o filantropía (no incluye donativos).
•
Otros estudios: diplomados, licenciaturas, especialidades, maestrías, doctorados,
postdoctorados adicionales a los requeridos en el perfil del puesto vacante en
concurso. Título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o en su caso,
cédula profesional correspondiente, en los términos del artículo 221 de las
Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal. En caso de que se solicite nivel de estudio “Titulado”, se acepta
Acta de Examen Profesional aprobado o documento oficial expedido por la
institución educativa que acredite el trámite y plazo de entrega del título o cédula
profesional. En el caso de estudios realizados en el extranjero deberá presentar
invariablemente el reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación
Pública, como pueden ser la revalidación de estudios o el dictamen que determine
la equiparabilidad de los estudios realizados con los impartidos por las
instituciones del país.
318
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
•
Habla de lengua indígena: Nivel 1. a).- Carta u oficio expedido por la autoridad
comunitaria de su lugar de origen, donde se señale que es hablante de una lengua
indígena nacional. b).- Acreditación de competencias comunicativas generales
expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia
acreditada por esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
c).- Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas que
avalen, al menos un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus
variantes. d).- Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico,
infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etc.); en la
presentación de estos materiales, se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
e).- Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete,
mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas. f).- Certificado de
competencia laboral (en estándares relacionados con la interpretación, atención en
lengua indígena o traducción). g).- Otros que al efecto establezca la Dirección
General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de Carrera de la
Administración Pública Federal.
Para el Nivel 2, a).- Acreditación de competencias comunicativas generales
expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia
acreditada por esta misma Institución (con resultado excelente). b).- Publicaciones
en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o sus variantes,
independientemente del campo de estudio del que se trate; en la presentación de
estas
publicaciones,
se
deberá
acreditar
fehacientemente
su
autoría.
c).- Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador
bilingüe y/o traductor de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etc.); en la presentación de estas
evidencias, se deberá acreditar fehacientemente su autoría. d).- Otros que al
efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio
Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
•
Autoadscripción: Se calificará con 100 a la persona candidata que manifieste
autoadscribirse a un pueblo o a una comunidad indígena o afromexicana.
La persona participante deberá identificar por escrito de declaración de
autoadscripción, el nombre del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la
que se auto adscriba.
•
Perspectiva de juventudes. Se calificará con 100 a la persona candidata que
compruebe que al momento de la publicación del concurso su edad no sobrepase
los 30 años.
•
Persona con discapacidad: Se calificará con 100 a la persona candidata que se
auto reconozca como persona con discapacidad. La persona participante deberá
identificar por escrito de declaración, la descripción de su discapacidad.
Sólo aplica para personas servidoras públicas de carrera titulares:
•
Resultado de la evaluación del desempeño. Calificación de la evaluación del
desempeño anual anterior de las personas servidoras públicas.
•
Resultado de las acciones de capacitación. Promedio de calificaciones de las
acciones de capacitación en el ejercicio fiscal inmediato anterior. No aplica si no se
autorizaron acciones de capacitación.
•
Resultados de procesos de certificación. Capacidades profesionales certificadas y
vigentes de personas servidoras públicas logradas en puestos sujetos al SPC.
Entrega de la
documentación
Toda la documentación requerida deberá entregarse personalmente en el domicilio,
fecha y hora establecidos en el mensaje que por vía electrónica reciban en su cuenta
del portal www.trabajaen.gob.mx, de la siguiente manera:
•
Original o copia certificada para su cotejo.
•
Digitalizada:
-
Un archivo por documento, por ambos lados, en formato PDF y escala
a 100%.
-
Grabados en disco compacto No Regrabable e identificado con el nombre
del puesto, y folio del concurso.
•
Organizada en una carpeta para cada etapa: Revisión documental, Evaluación de
la experiencia y Valoración del mérito.
NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS ORIGINALES INVARIABLEMENTE DEBEN
COINCIDIR CON LOS DIGITALIZADOS, LA FALTA DEL DISCO COMPACTO O DE
CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL O COPIA DIGITALIZADA
SERA MOTIVO DE DESCARTE.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
319
Registro de
aspirantes al
concurso
La inscripción de personas aspirantes a un concurso se realizará únicamente a través
del portal www.trabajaen.gob.mx, con dicha herramienta se realizará la revisión
curricular y a cada persona aspirante le asignará un número de folio para el concurso,
mismo que servirá para formalizar su inscripción al mismo y como identificación
durante el desarrollo del proceso de selección; este número de folio asegura el
anonimato de las personas candidatas. En caso de que el sistema determine que la
persona aspirante no cumple con el perfil le emitirá un folio de rechazo (RXX-XXXXX).
En este caso podrá solicitar la reactivación de folio correspondiente, cumpliendo con lo
señalado en el apartado Reactivación de folios.
Cuando la Unidad de Política para el Servicio Público detecte más de un folio de una
persona aspirante en Trabajaen realizará las acciones necesarias para que prevalezca
únicamente el registro que coincida con la CURP y la documentación presentada por
la persona usuaria. En caso de que ningún folio coincida con la clave referida y la
documentación presentada por la persona aspirante, realizará las acciones que
correspondan para asegurar la calidad, integralidad y veracidad de la información
en Trabajaen.
En caso de que la Subdirección de Ingreso de Recursos Humanos o la Unidad
detecten más de una inscripción a un mismo concurso por persona candidata, se
notificará al Comité Técnico de Selección para que proceda a su descarte del
concurso.
Reactivación
de folios
A partir de la publicación de la convocatoria y hasta un día hábil posterior al cierre de la
etapa del registro, las personas aspirantes podrán solicitar al correo electrónico
etinoco@energía.gob.mx, su petición de reactivación de folio.
La solicitud de reactivación de folio deberá dirigirse al Comité Técnico de Selección e
incluir:
•
Justificación de por qué considera que se debe reactivar su folio (escrito libre con
firma autógrafa).
•
Pantalla de bienvenida de www.trabajaen.gob.mx, donde se observe su folio de
rechazo.
•
Currículo Vítae del Portal de Trabajaen, sin haber sido modificado
posteriormente al rechazo.
•
Copia de documentos probatorios de su escolaridad y experiencia laboral, con
fechas de ingreso y baja de cada puesto para verificar el tiempo laborado, así
como la coincidencia con las áreas de experiencia requeridas en el perfil del
puesto.
•
Indicar la cuenta de correo electrónico personal donde será enviada la respuesta a
su petición; esta última será evaluada y resuelta por el Comité Técnico de
Selección.
La reactivación de folios SI será procedente cuando a juicio del Comité Técnico de
Selección se acredite lo siguiente:
1.
Omisiones o errores en la captura de información académica y/o laboral, por parte
de la persona aspirante que se acrediten fehacientemente.
La reactivación de folios NO será procedente cuando a juicio del Comité Técnico
de Selección se identifique que:
1.
La persona aspirante haya renunciado al concurso;
2.
La persona aspirante haya renunciado a calificaciones de evaluaciones de
habilidades;
3.
Exista duplicidad de registros en www.trabajaen.gob.mx.
4.
La modificación del currículo vítae en www.trabajaen.gob.mx haya tenido como fin
ocultar el motivo por el cual se rechazó la postulación.
5.
Exista algún otro motivo que a juicio del CTS, manifieste dolo por parte de la
persona aspirante.
El CTS resolverá las solicitudes de reactivación de folio en un plazo máximo de 7 días
hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de la fecha de recepción de esta.
Cuando la Subdirección de Ingreso de Recursos Humanos advierta la duplicidad de
registros en Trabajaen con motivo de un concurso, el CTS procederá al descarte de la
persona candidata.
320
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Temarios y
guías
El temario referente a los exámenes de conocimientos técnicos, se encontrará a
disposición de las personas candidatas en https://www.gob.mx/sener/artículos/labora-
en-la-Secretaría-de-energía?idiom=es a partir de la fecha de la publicación de la
convocatoria en el Diario Oficial de la Federación y en www.trabajaen.gob.mx.
El temario del Examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal deberá consultar portal www.trabajaen.gob.mx/ en el apartado Documentos e
Información Relevante o en la siguiente liga electrónica:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Cualquier duda relacionada con este examen o temario deberán dirigirse a la Unidad
de Política para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
En la Secretaría de Energía, las evaluaciones de habilidades no cuentan con temario,
debido a que se realizan mediante la aplicación de pruebas psicométricas.
Aplicación de
evaluaciones
La Secretaría de Energía comunicará la fecha, hora y lugar en que las personas
candidatas deberán presentarse para la aplicación de las evaluaciones respectivas.
En dichas comunicaciones se especificará la duración aproximada de cada aplicación,
así como el tiempo de tolerancia para el registro antes del inicio de la evaluación.
En caso de no presentarse en la fecha y horario señalados para la presentación de sus
evaluaciones las personas candidatas serán descartadas del concurso.
No se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadoras de mano, dispositivos de
CD, DVD, memorias portátiles de computadora, cámaras fotográficas, calculadoras, así
como cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir,
copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la
convocatoria se autorice o requiera de su utilización como medio de apoyo para la
evaluación. Lo anterior con fundamento en el artículo 227 de las Disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal.
En caso de que, por causas de fuerza mayor, la aplicación de la evaluación de
conocimientos se realice en versión impresa, esta se calificará en presencia de cada
persona candidata y en ningún caso procederá la entrega de los reactivos ni las
opciones de respuesta ni el contenido o los criterios de evaluación.
El CTS determina que:
1.
En ningún caso se realizará revisión de exámenes; no procederá la entrega de los
reactivos, ni las opciones de respuesta, ni el contenido o los criterios de
evaluación. Asimismo, no procederá en el caso de la revisión documental,
evaluación de la experiencia y valoración del mérito.
2.
De conformidad con el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
a)
Los resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos tendrán
vigencia de un año a partir de la fecha de aplicación, siempre y cuando se
trate del mismo puesto en concurso y no cambie el temario con el cual se
evaluó la capacidad de conocimientos de que se trate. Para hacer válidos los
resultados vigentes, las personas candidatas deberán enviar durante el
periodo de registro y hasta un día hábil posterior a este, a la dirección
electrónica: ingresospc@energía.gob.mx, su solicitud fundamentada, firmada
autógrafamente, con nombre completo de la persona solicitante; folios de
participación y nombre del puesto en concurso anterior y actual; dirigida a la
Subdirección de Ingreso de Recursos Humanos, y anexar la pantalla de
bienvenida del portal Trabajaen, e impresión del resultado aprobatorio
obtenido de la página de Trabajaen.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, si el resultado es igual o mayor a 70 puntos de 100, estará
vigente por un año y aplicará para todos los concursos de la Administración
Pública Federal. Para la aplicación de esta evaluación, es importante que la
persona aspirante presente la IMPRESION DE LA PANTALLA DE
BIENVENIDA DE TRABAJAEN, (donde se visualizan sus datos personales y
folio de concurso); esta debe ser legible, no se reciben capturas de pantalla
en dispositivos electrónicos, es importante que conozca su usuario y
contraseña de la página de Trabajaen, será solicitada durante en el proceso
de evaluaciones para que la persona aspirante pueda ingresar a la prueba
Conocimientos.
b)
Los resultados de las evaluaciones de habilidades tendrán vigencia de un año
a partir de la fecha de aplicación, siempre y cuando se trate de la misma
habilidad a evaluar, en el mismo nivel o rango de puesto en concurso y se
hayan aplicado con el sistema de evaluación de la Secretaría de Energía.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
321
Reglas de
Valoración
Será motivo de descarte de las personas candidatas: a) No presentarse a cualquiera
de las evaluaciones a las que sea citado; b) No acreditar fehacientemente cualquiera
de los requisitos establecidos en el Art. 21 de la LSPCAPF y en esta convocatoria;
o c) La subetapa de Exámenes de Conocimientos constará de dos evaluaciones, la
primera correspondiente al Examen de conocimientos del puesto, cuya calificación
mínima aprobatoria es de 70, en una escala de 0 a 100 sin decimales; las personas
que acrediten el examen de conocimientos podrán realizar la segunda evaluación
correspondiente al Examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal que no será motivo de descarte pero su calificación, se promediará con el
examen de conocimientos.
La calificación final de la subetapa de examen de conocimientos se obtendrá sumando
el resultado del “Examen de conocimientos técnicos” más el resultado del “Examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal”, dividido entre dos.
El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70 de 100 para que la persona
aspirante pueda continuar en el proceso de selección en caso contrario, el sistema
procederá al descarte de la persona candidata.
Subetapa
Valor ponderado
de la subetapa
Valor
ponderado
Observaciones
Examen de
conocimientos
técnicos del puesto
50%
30 puntos
Los resultados de ambos
exámenes serán
sumados, con el objetivo
de obtener los puntos de
la Subetapa esta será de
70 puntos, en caso de
obtener un resultado
menor, el sistema lo
descartará.
Examen de
conocimientos
generales de
la Administración
Pública Federal
50%
Sistema de Puntuación
Nivel
Exámenes de
conocimientos
técnicos y Examen
de conocimientos
generales de la
Administración
Pública Federal
Evaluación de
Habilidades
Evaluación de
Experiencia
Valoración
del Mérito
Entrevista
Para
cualquier
nivel
100=30
100=20
100=10
100=10
100=30
Se considerarán como finalistas a las personas candidatas que hayan obtenido al
terminar la entrevista, el Puntaje Mínimo de Aptitud, el cual equivale a 70 puntos en
una escala de 0 a 100.
Entrevista
Las entrevistas tienen la finalidad de que el CTS profundice en la evaluación de la
capacidad y conocimientos de las personas candidatas. Pasarán a la etapa de
entrevista hasta tres personas candidatas con la mayor calificación en las etapas
previas, siempre que su puntaje promedio antes de la etapa de entrevistas sea igual o
mayor a 40 puntos en el Sistema de Puntuación. En caso de que ninguna de las
personas aspirantes entrevistadas obtenga una calificación definitiva mayor a 70
puntos para ser considerado finalista, el CTS seguirá entrevistando ternas en orden de
prelación, hasta determinar a una persona ganadora, o declarar desierto el concurso.
Determinación
y fallo
La persona ganadora del concurso será la persona finalista que obtenga la calificación
más alta en el proceso de selección; es decir, la de mayor calificación definitiva.
En el supuesto de que la persona ganadora inicial comunique por escrito a la
Secretaría de Energía su decisión de no ocupar el puesto o bien que no se presente a
tomar posesión y ejercer las funciones del mismo en la fecha señalada, el Comité
Técnico de Selección, en su caso, determinará a la persona finalista con la siguiente
mayor calificación definitiva, quien podrá llegar a ocupar el puesto sujeto a concurso.
La Dirección General de Recursos Humanos difundirá en www.trabajaen.gob.mx y en
https://www.gob.mx/sener/artículos/quieres-laborar-en-la-Secretaría-de-
energía?idiom=es el nombre de la persona ganadora del concurso y su folio.
Así mismo registrará en su caso la reserva de aspirantes.
322
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Declaración
de concurso
desierto
El Comité Técnico de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso,
declarar desierto un concurso cuando:
•
Ninguna persona candidata se presente al concurso.
•
Ninguna persona candidata obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerada finalista.
•
Sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetada/o, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de las personas que
conforman el Comité Técnico de Selección.
Reserva de
aspirantes
Las personas candidatas finalistas que no resulten ganadoras en el concurso,
integrarán la reserva de aspirantes de la Secretaría de Energía, siempre y cuando
hayan obtenido 70 puntos o más. Para los fines de constitución y operación
de la reserva no existirá orden de prelación alguno entre las personas integrantes de la
misma. Esta reserva tendrá una vigencia de un año a partir de la publicación de los
resultados finales del concurso de que se trate y sólo podrá ser considerada para
procesos de selección en la Secretaría de Energía.
Publicación de
resultados y
disposiciones
generales
1.
En www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso de los
puestos vacantes.
2.
Durante el concurso los resultados de cada etapa serán publicados en
www.trabajaen.gob.mx identificándose a cada persona postulante con su número
de
folio
y
en
https://www.gob.mx/sener/artículos/labora-en-la-Secretaría-de-
energía a la persona ganadora de cada concurso.
3.
Los datos personales de las personas candidatas son confidenciales aun después
de concluido el concurso.
4.
Cada persona aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados
como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de
la presente convocatoria.
5.
De acuerdo al principio de equidad, no procederá la reprogramación de las fechas
para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de las
personas candidatas.
6.
Cualquier aspecto no previsto en la presente convocatoria será resuelto por el
Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables.
7.
Las personas candidatas podrán presentar Inconformidad o Recurso de
Revocación, previstos en los términos de la LSPCAPF y de su Reglamento Titular
del Area de Denuncias e Investigaciones en el Organo Interno de Control de la
Secretaría de Energía en Avenida Insurgentes Sur 20, de la Glorieta de
insurgentes, Piso 11, Col. Roma Norte, C.P. 06700. Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad
de México, de 9:00 a 15:00 hrs, tiempo del centro.
8.
El portal www.trabajaen.gob.mx es un sistema informático operado por la
Secretaría de Anticorrupción y Buen Gobierno, por lo cual, para atención o
aclaración
de
dudas,
se
encuentra
disponible
el
correo
electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx y los teléfonos 55-2000-3000, ext. 4180 y 4374.
Resolución de
Dudas
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas formulen con
relación a los puestos y al desarrollo del proceso de selección, se encuentra disponible
el correo electrónico ingresospc@energía.gob.mx y el teléfono 55-5000-6000 ext. 6556
y 6568 de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas, tiempo del centro.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Energía
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, la Secretaria Técnica
Ericka Noemi Tinoco Vera
Rúbrica.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
323
Secretaría de Energía
AVISO DE LAS NUEVAS FECHAS DE LAS ETAPAS DEL CONCURSO
DE LA CONVOCATORIA 377
A las y los candidatos interesados en participar en los concursos de los puestos Dirección de Eficiencia
Energética, Jefatura de Planeación de Política de Distribución y Electrificación, Jefatura de Departamento de
Suministro y Normatividad Eléctrica, Jefatura de Departamento de Distribución y Electrificación y Jefatura de
Departamento de Análisis y Evaluación Sectorial de la Secretaría de Energía de la convocatoria 377 publicada
en el Diario Oficial de la Federación el 4 de marzo de 2026, se les informa la nueva programación de las
etapas del concurso:
Actividad
Fecha o periodo
Publicación de convocatoria en el
Diario Oficial de la Federación
6 de marzo de 2026
Registro de candidatas y candidatos
(en www.trabajaen.gob.mx)
Del 6 al 20 de marzo de 2026
Fecha límite para ingresar solicitud
de reactivación de folio
23 de marzo de 2026
Examen de conocimientos técnicos
A partir del 27 de marzo al 3 de junio de 2026
Examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal
A partir del 27 de marzo al 3 de junio de 2026
Evaluación de habilidades
A partir del 27 de marzo al 3 de junio de 2026
Revisión Documental, Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 27 de marzo al 3 de junio de 2026
Entrevista
A partir del 27 de marzo al 3 de junio de 2026
Atentamente
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
Secretaria Técnica
Lic. Ericka Noemi Tinoco Vera
Firma Electrónica.
AVISO
Se informa que para la inserción de documentos en el Diario Oficial de la Federación, se deberán cubrir los
siguientes requisitos:
•
Escrito dirigido al Coordinador del Diario Oficial de la Federación, solicitando la publicación
del documento, fundando y motivando su petición conforme a la normatividad aplicable, con dos
copias legibles.
•
Documento a publicar en papel membretado que contenga lugar y fecha de expedición, cargo, nombre y
firma autógrafa de la autoridad emisora, sin alteraciones, en original y dos copias legibles.
•
Archivo electrónico del documento a publicar contenido en un solo archivo, correctamente identificado.
•
Las hojas deben estar numeradas y no debe contener tablas dentro de celdas.
Todos los documentos originales, entregados al Diario Oficial de la Federación, quedarán resguardados en
sus archivos.
Las solicitudes de publicación de licitaciones para Concursos de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y
Servicios, así como los Concursos a Plazas Vacantes del Servicio Profesional de Carrera, se podrán tramitar
a través de la herramienta “Solicitud de publicación de documentos en el Diario Oficial de la Federación a
través de medios remotos”, para lo cual además de presentar en archivo electrónico el documento a publicar,
el pago correspondiente (sólo en convocatorias para licitaciones públicas) y la e.firma de la autoridad emisora
del documento, deberá contar con el usuario y contraseña que proporciona la Coordinación del Diario Oficial
de la Federación.
Por ningún motivo se dará trámite a las solicitudes que no cumplan los requisitos antes señalados.
Teléfonos: 55 50 93 32 00 y 55 51 28 00 00, extensiones 35068 y 35082.
ATENTAMENTE
DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN
324
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 809
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, con fundamento en los artículos 21, 25, 26, 28, 37 y 75 fracción III de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis, 37, 38,
39, 40, Séptimo Transitorio de su Reglamento; y las Disposiciones Generales en Materia de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal, vigentes, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA DIRIGIDA A TODO INTERESADO QUE DESEE INGRESAR
AL SISTEMA, para ocupar las plazas vacantes sujetas al Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, mismas que a continuación se señalan:
Puesto vacante
SUBDIRECCION DE OBRAS
Código de puesto
09-634-1-M1C016P-0000504-E-C-C
Grupo, grado
y nivel
N31
Número de vacantes
UNA
Percepción
ordinaria
$53,692.00 MENSUAL BRUTO
Rango
SUBDIRECTOR DE AREA
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
CENTRO SICT JALISCO
SEDE (RADICACION)
JALISCO
Clasificación
de Puesto
TIPO
Objetivo General
del puesto
COORDINAR
LAS
ACCIONES
NECESARIAS
QUE
PERMITAN
DAR
CUMPLIMIENTO A LOS PROGRAMAS SUSTANTIVOS INSTITUCIONALES,
APOYANDO
EN
LA
EJECUCION
DE
LOS
PROGRAMAS
DE
OBRA
AUTORIZADOS
MEDIANTE
LA
MEJORA
Y
CONSTRUCCION
DE
INFRAESTRUCTURA
CARRETERA
EN
LA
ENTIDAD
FEDERATIVA
DE ADSCRIPCION, CON LA FINALIDAD DE CONTRIBUIR AL DESARROLLO
ECONOMICO Y SOCIAL DEL PAIS.
Funciones
1.
COORDINAR
ACCIONES
CONJUNTAS
CON
LAS
RESIDENCIAS
GENERALES DEL CENTRO SCT DE ADSCRIPCION, PARA LA EJECUCION
DE LOS PROGRAMAS DE OBRAS AUTORIZADOS EN EL ESTADO, A
TRAVES DE LOS PROCESOS DE LICITACION, CONTRATACION Y
VIGILANCIA DE LA EJECUCION DE LAS OBRAS, CON LA FINALIDAD DE
ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS PACTADOS Y EL
PROCEDIMIENTO
DE
CONSTRUCCION
Y
NORMAS
DE
CALIDAD
ESTABLECIDAS.
2.
PARTICIPAR
EN
EL
COMITE
DE
ESTUDIOS
Y
PROYECTOS,
INTERVINIENDO EN LA REVISION, ANALISIS Y PROPUESTA DE ESTUDIOS
Y PROYECTOS EN MATERIA DE CONSTRUCCION, RECONSTRUCCION,
MODERNIZACION, MEJORAMIENTO, AMPLIACION Y CONSERVACION DE
LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA EN EL ESTADO, CON LA FINALIDAD
DE COADYUVAR AL CUMPLIMIENTO DE LOS PROGRAMAS SUSTANTIVOS
INSTITUCIONALES.
3.
PARTICIPAR EN EL SUBCOMITE DE OBRAS PUBLICAS, EMITIENDO
OPINION ACERCA DE LA MODALIDAD DE LOS PROCESOS DE
ADJUDICACION DE CONTRATOS DE OBRAS Y PUBLICAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR EL
CUMPLIMIENTO DEL MARCO NORMATIVO EN LA MATERIA, Y EN
CONSECUENCIA, DAR CERTIDUMBRE LEGAL EN LA OPERACION DEL
CENTRO SCT DE LA ENTIDAD FEDERATIVA DE ADSCRIPCION.
4.
COORDINAR LAS ACCIONES NECESARIAS DE CONFORMIDAD CON LO
INSTRUIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT DE
ADSCRIPCION, PARA LA EJECUCION DE OBRAS DE CONFORMIDAD CON
LOS CONVENIOS ESTABLECIDOS, GESTIONANDO LO RESPECTIVO ANTE
LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES DEL GOBIERNO FEDERAL, DEL
GOBIERNO DEL ESTADO Y DE LOS MUNICIPIOS, CON LA FINALIDAD DE
FORTALECER LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA DEL ESTADO.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
325
5.
INSTRUMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN EVALUAR LOS AVANCES
DE OBRAS E INVERSION APLICADA A LAS OBRAS QUE DISPONEN DE
REASIGNACION DE RECURSOS FEDERALES AL GOBIERNO DEL ESTADO,
DE
CONFORMIDAD
CON
LO
ESTABLECIDO
EN
EL
CONVENIO
CORRESPONDIENTE, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE SE
CUENTE CON LOS RECURSOS NECESARIOS PARA LA EJECUCION DE
LAS OBRAS, EN UN MARCO DE TRANSPARENCIA Y EN APEGO A LA
NORMATIVIDAD VIGENTE.
6.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN EJERCER UNA ADECUADA
VIGILANCIA DE LOS PROCESOS DE CONTRATACION Y FALLO DE LAS
OBRAS, SUPERVISANDO QUE SE REALICEN EN ESTRICTO APEGO A LO
DISPUESTO
POR
LA
LEY
DE
OBRAS
PUBLICAS
Y
SERVICIOS
RELACIONADOS
CON
LAS
MISMAS
Y
SU
REGLAMENTO,
CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR CERTIDUMBRE JURIDICA PARA LA
INSTITUCION.
7.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN EJERCER UNA ADECUADA
VIGILANCIA DURANTE LA EJECUCION DE LAS OBRAS, SUPERVISANDO
QUE LOS CONVENIOS QUE RESULTEN SE APEGUEN A LO DISPUESTO
POR LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON
LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, CON LA FINALIDAD DE DAR
CERTIDUMBRE JURIDICA PARA LA INSTITUCION.
8.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN EJERCER UNA ADECUADA
VIGILANCIA RESPECTO A LOS PRECIOS UNITARIOS NO CONTEMPLADOS
EN EL CATALOGO DE CONCURSO, VERIFICANDO QUE SE FORMALICEN
DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY DE OBRAS
PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU
REGLAMENTO, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR TRANSPARENCIA Y
DAR CERTIDUMBRE JURIDICA A LA INSTITUCION.
9.
SUPERVISAR QUE LAS RESIDENCIAS GENERALES FORMULEN LAS
ACTAS DE ENTREGA-RECEPCION DE LAS OBRAS CONCLUIDAS, DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE LAS OBRAS CONCLUIDAS SE
DOCUMENTEN EN ESTRICTO APEGO A LA NORMATIVIDAD VIGENTE.
10. SUPERVISAR QUE LAS RESIDENCIAS GENERALES EFECTUEN LOS
FINIQUITOS DE OBRA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA
LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS
MISMAS Y SU REGLAMENTO, VERIFICANDO QUE SE CUMPLA CON
LA PRESENTACION DE LAS GARANTIAS POR VICIOS OCULTOS, CON LA
FINALIDAD DE ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD
VIGENTE.
11. SUPERVISAR QUE LAS RESIDENCIAS GENERALES FORMULEN EL ACTA
DE EXTINCION DE DERECHOS Y OBLIGACIONES, DE CONFORMIDAD CON
LO DISPUESTO POR LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, CON LA
FINALIDAD DE DAR CERTIDUMBRE JURIDICA A LA INSTITUCION.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
3.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
INGENIERIA CIVIL
2.
ARQUITECTURA
3.
INGENIERIA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
3.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
4.
CIENCIA POLITICA
TRES AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
TECNOLOGIA DE LOS SISTEMAS
DE TRANSPORTE
2.
TECNOLOGIA DE LA
CONSTRUCCION
3.
TECNOLOGIA DE MATERIALES
4.
ADMINISTRACION PUBLICA
326
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Evaluaciones
de habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y
Examen de
Conocimientos
Generales
de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS EN:
http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE
LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS E
INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
PROMOCION Y DESARROLLO
Otros
conocimientos
REQUIERE CONOCIMIENTO EN ADMINISTRACION DE PROYECTOS, VIAS
TERRESTRES Y NOCIONES DE LA NORMATIVIDAD QUE REGULA LA OBRA
PUBLICA. MANEJO DE EQUIPO DE COMPUTO Y PAQUETERIA OFFICE.
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, PERIODOS
ESPECIALES DE TRABAJO, DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL
SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
SUBDIRECCION DE OBRAS
Código de puesto
09-639-1-M1C016P-0000619-E-C-C
Grupo, grado
y nivel
N31
Número de vacantes
UNA
Percepción
ordinaria
$53,692.00 MENSUAL BRUTO
Rango
SUBDIRECTOR DE AREA
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
CENTRO SICT NUEVO LEON
SEDE (RADICACION)
NUEVO LEON
Clasificación
de Puesto
TIPO
Objetivo General
del puesto
COORDINAR
LAS
ACCIONES
NECESARIAS
QUE
PERMITAN
DAR
CUMPLIMIENTO A LOS PROGRAMAS SUSTANTIVOS INSTITUCIONALES,
APOYANDO
EN
LA
EJECUCION
DE
LOS
PROGRAMAS
DE
OBRA
AUTORIZADOS
MEDIANTE
LA
MEJORA
Y
CONSTRUCCION
DE
INFRAESTRUCTURA
CARRETERA
EN
LA
ENTIDAD
FEDERATIVA
DE ADSCRIPCION, CON LA FINALIDAD DE CONTRIBUIR AL DESARROLLO
ECONOMICO Y SOCIAL DEL PAIS.
Funciones
1.
COORDINAR
ACCIONES
CONJUNTAS
CON
LAS
RESIDENCIAS
GENERALES DEL CENTRO SCT DE ADSCRIPCION, PARA LA EJECUCION
DE LOS PROGRAMAS DE OBRAS AUTORIZADOS EN EL ESTADO, A
TRAVES DE LOS PROCESOS DE LICITACION, CONTRATACION Y
VIGILANCIA DE LA EJECUCION DE LAS OBRAS, CON LA FINALIDAD DE
ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LOS PLAZOS PACTADOS Y EL
PROCEDIMIENTO
DE
CONSTRUCCION
Y
NORMAS
DE
CALIDAD
ESTABLECIDAS.
2.
PARTICIPAR
EN
EL
COMITE
DE
ESTUDIOS
Y
PROYECTOS,
INTERVINIENDO EN LA REVISION, ANALISIS Y PROPUESTA DE ESTUDIOS
Y PROYECTOS EN MATERIA DE CONSTRUCCION, RECONSTRUCCION,
MODERNIZACION, MEJORAMIENTO, AMPLIACION Y CONSERVACION DE
LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA EN EL ESTADO, CON LA FINALIDAD
DE COADYUVAR AL CUMPLIMIENTO DE LOS PROGRAMAS SUSTANTIVOS
INSTITUCIONALES.
3.
PARTICIPAR EN EL SUBCOMITE DE OBRAS PUBLICAS, EMITIENDO
OPINION ACERCA DE LA MODALIDAD DE LOS PROCESOS DE
ADJUDICACION DE CONTRATOS DE OBRAS Y PUBLICAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR EL
CUMPLIMIENTO DEL MARCO NORMATIVO EN LA MATERIA, Y EN
CONSECUENCIA, DAR CERTIDUMBRE LEGAL EN LA OPERACION DEL
CENTRO SCT DE LA ENTIDAD FEDERATIVA DE ADSCRIPCION.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
327
4.
COORDINAR LAS ACCIONES NECESARIAS DE CONFORMIDAD CON LO
INSTRUIDO POR EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO SCT DE
ADSCRIPCION, PARA LA EJECUCION DE OBRAS DE CONFORMIDAD CON
LOS CONVENIOS ESTABLECIDOS, GESTIONANDO LO RESPECTIVO ANTE
LAS INSTANCIAS CORRESPONDIENTES DEL GOBIERNO FEDERAL, DEL
GOBIERNO DEL ESTADO Y DE LOS MUNICIPIOS, CON LA FINALIDAD DE
FORTALECER LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA DEL ESTADO.
5.
INSTRUMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN EVALUAR LOS AVANCES
DE OBRAS E INVERSION APLICADA A LAS OBRAS QUE DISPONEN DE
REASIGNACION DE RECURSOS FEDERALES AL GOBIERNO DEL ESTADO,
DE
CONFORMIDAD
CON
LO
ESTABLECIDO
EN
EL
CONVENIO
CORRESPONDIENTE, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE SE
CUENTE CON LOS RECURSOS NECESARIOS PARA LA EJECUCION DE
LAS OBRAS, EN UN MARCO DE TRANSPARENCIA Y EN APEGO A LA
NORMATIVIDAD VIGENTE.
6.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN EJERCER UNA ADECUADA
VIGILANCIA DE LOS PROCESOS DE CONTRATACION Y FALLO DE LAS
OBRAS, SUPERVISANDO QUE SE REALICEN EN ESTRICTO APEGO A LO
DISPUESTO
POR
LA
LEY
DE
OBRAS
PUBLICAS
Y
SERVICIOS
RELACIONADOS
CON
LAS
MISMAS
Y
SU
REGLAMENTO,
CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR CERTIDUMBRE JURIDICA PARA LA
INSTITUCION.
7.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN EJERCER UNA ADECUADA
VIGILANCIA DURANTE LA EJECUCION DE LAS OBRAS, SUPERVISANDO
QUE LOS CONVENIOS QUE RESULTEN SE APEGUEN A LO DISPUESTO
POR LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON
LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, CON LA FINALIDAD DE DAR
CERTIDUMBRE JURIDICA PARA LA INSTITUCION.
8.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN EJERCER UNA ADECUADA
VIGILANCIA RESPECTO A LOS PRECIOS UNITARIOS NO CONTEMPLADOS
EN EL CATALOGO DE CONCURSO, VERIFICANDO QUE SE FORMALICEN
DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY DE OBRAS
PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU
REGLAMENTO, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR TRANSPARENCIA Y
DAR CERTIDUMBRE JURIDICA A LA INSTITUCION.
9.
SUPERVISAR QUE LAS RESIDENCIAS GENERALES FORMULEN LAS
ACTAS DE ENTREGA-RECEPCION DE LAS OBRAS CONCLUIDAS, DE
CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE LAS OBRAS CONCLUIDAS SE
DOCUMENTEN EN ESTRICTO APEGO A LA NORMATIVIDAD VIGENTE.
10. SUPERVISAR QUE LAS RESIDENCIAS GENERALES EFECTUEN LOS
FINIQUITOS DE OBRA, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA
LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS
MISMAS Y SU REGLAMENTO, VERIFICANDO QUE SE CUMPLA CON
LA PRESENTACION DE LAS GARANTIAS POR VICIOS OCULTOS, CON LA
FINALIDAD DE ASEGURAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD
VIGENTE.
11. SUPERVISAR QUE LAS RESIDENCIAS GENERALES FORMULEN EL ACTA
DE EXTINCION DE DERECHOS Y OBLIGACIONES, DE CONFORMIDAD CON
LO DISPUESTO POR LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO, CON LA
FINALIDAD DE DAR CERTIDUMBRE JURIDICA A LA INSTITUCION.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
3.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
INGENIERIA CIVIL
2.
ARQUITECTURA
3.
INGENIERIA
328
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
3.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
4.
CIENCIA POLITICA
TRES AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
TECNOLOGIA DE LA
CONSTRUCCION
2.
TECNOLOGIA DE LOS SISTEMAS
DE TRANSPORTE
3.
TECNOLOGIA DE MATERIALES
4.
ADMINISTRACION PUBLICA
Evaluaciones
de habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y
Examen de
Conocimientos
Generales
de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS EN:
http://www.gob.mx/sct/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE
LA APF EN:
PORTAL WWW.TRABAJAEN.GOB.MX EN EL APARTADO “DOCUMENTOS E
INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
PROMOCION Y DESARROLLO
Otros
conocimientos
REQUIERE CONOCIMIENTO EN ADMINISTRACION DE PROYECTOS, VIAS
TERRESTRES Y NOCIONES DE LA NORMATIVIDAD QUE REGULA LA OBRA
PUBLICA. MANEJO DE EQUIPO DE COMPUTO Y PAQUETERIA OFFICE.
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR A NIVEL NACIONAL O AL EXTRANJERO,
HORARIO DE TRABAJO DIURNO, PERIODOS ESPECIALES DE TRABAJO DE
ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
SUBDIRECCION DE PROYECTOS ESPECIALES Y NORMAS
Código de puesto
09-212-1-M1C015P-0000254-E-C-D
Grupo, grado
y nivel
N11
Número de vacantes
UNA
Percepción
ordinaria
$39,078.00 MENSUAL BRUTO
Rango
SUBDIRECTOR DE AREA
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
SERVICIOS TECNICOS
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE MEXICO
Clasificación
de Puesto
ESPECIFICO
Objetivo General
del puesto
COORDINAR
EL
DESARROLLO
DE
PROYECTOS
ESPECIALES
DE
INFRAESTRUCTURA PARA EL TRANSPORTE, MEDIANTE EL DESPLIEGUE
DE LAS ESTRATEGIAS NECESARIAS DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES
EXISTENTES EN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL SECTOR, DE
CONFORMIDAD CON LOS PRINCIPIOS BASICOS DE LA INGENIERIA Y CON
APEGO A LOS LINEAMIENTOS Y A LAS NORMAS TECNICAS ESTABLECIDAS
PARA TAL EFECTO, CON LA FINALIDAD DE OBTENER PROYECTOS QUE
CONTRIBUYAN A REDUCIR EL COSTO DE OPERACION DEL TRANSPORTE.
Funciones
1.
ESTABLECER LOS MECANISMOS QUE PERMITAN EJERCER UNA
ADECUADA SUPERVISION Y VIGILANCIA PARA QUE LOS PROYECTOS
CUMPLAN CON LOS LINEAMIENTOS Y NORMAS TECNICAS EN MATERIA
DE CONTRATACION DE OBRAS Y SERVICIOS, A TRAVES DE LA
IDENTIFICACION DE LAS CARACTERISTICAS BASICAS DE LOS MISMOS,
CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE SE SATISFAGAN LAS
NECESIDADES DEL SECTOR.
2.
ASESORAR
EN
MATERIA
DE
LAS
NUEVAS
TECNOLOGIAS
Y PROCEDIMIENTOS EN MATERIA DE CONTRATACION DE OBRAS Y
SERVICIOS
A
LAS
UNIDADES
ADMINISTRATIVAS,
MEDIANTE
EL
DESARROLLO DE INVESTIGACIONES Y EFECTUANDO EL ANALISIS Y
LA EVALUACION TECNICA, CON LA FINALIDAD DE DETERMINAR LA
VIABILIDAD PARA SU APLICACION, Y EFICIENTAR LOS PROCESOS
EN OBRA.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
329
3.
PROPORCIONAR ORIENTACION A LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS DEL
SECTOR EN MATERIA DE ESTUDIOS, PROYECTOS Y OBRAS, MEDIANTE
LA OBSERVANCIA DEL PROCESO Y A TRAVES DE LA APLICACION DE LOS
PRINCIPIOS BASICOS DE INGENIERIA Y EN APEGO A LA NORMATIVA
APLICABLE,
CON
LA
FINALIDAD
DE
APOYAR
LAS
FUNCIONES
SUSTANTIVAS INSTITUCIONALES.
4.
IMPLEMENTAR ASESORIA EN LO RELACIONADO A LA ACTUALIZACION DE
NORMAS TECNICAS EN MATERIA DE OBRAS Y SERVICIOS, MEDIANTE EL
DESARROLLO DE ANALISIS Y LA APLICACION DE LOS PRINCIPIOS
BASICOS DE INGENIERIA Y DE LA TECNOLOGIA DISPONIBLE, CON LA
FINALIDAD DE ASEGURAR QUE EL SECTOR CUENTE CON LOS
ELEMENTOS NECESARIOS PARA LA CONTRATACION DE OBRAS Y
SERVICIOS.
5.
SUPERVISAR EL DESARROLLO DE LAS SESIONES DE LA COMISION DE
NORMAS, ESPECIFICACIONES Y PRECIOS UNITARIOS, EMITIENDO
OPINION TECNICA EN APEGO A LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS,
CON LA FINALIDAD DE APORTAR ELEMENTOS QUE PERMITAN APROBAR
LAS
NORMAS
TECNICAS
PARA
LA
INFRAESTRUCTURA
DEL
TRANSPORTE.
6.
COORDINAR
LAS
ACCIONES
NECESARIAS
PARA
ATENDER
LOS
REQUERIMIENTOS
DEL
SECTOR,
ASI
COMO,
LOS
DE
OTRAS
DEPENDENCIAS Y ENTIDADES, MEDIANTE LA APLICACION DE LA
NORMATIVA TECNICA VIGENTE Y EL USO DE LA TECNOLOGIA
DISPONIBLE, CON LA FINALIDAD DE FAVORECER LA SANA CONVIVENCIA
DE LAS INFRAESTRUCTURAS TIERRA-AGUA.
7.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN VIGILAR QUE SE LLEVEN A
CABO LAS ACTIVIDADES Y SE FORMULEN LOS DOCUMENTOS TECNICOS
QUE PERMITAN ATENDER LOS REQUERIMIENTOS TANTO DEL SECTOR
COMO DE OTRAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES, MEDIANTE EL ANALISIS
Y LA DETERMINACION DE LOS FACTORES A MONITOREAR RESPECTO
DE LAS NECESIDADES DE LOS SOLICITANTES, CON LA FINALIDAD DE
COADYUVAR AL DESARROLLO SUSTENTABLE DE LA INFRAESTRUCTURA
PARA EL TRANSPORTE.
8.
DETERMINAR DISPOSITIVOS QUE PERMITAN SUPERVISAR Y DAR
SEGUIMIENTO
A
LOS
COMPROMISOS
ESTABLECIDOS
CON
LA
SOCIEDAD, ATENDIENDO SUS REQUERIMIENTOS Y FAVORECIENDO EL
ACCESO A LA INFORMACION, CON BASE EN LOS LINEAMIENTOS
ESTABLECIDOS AL EFECTO Y LA NORMATIVA APLICABLE, CON LA
FINALIDAD DE COADYUVAR AL FORTALECIMIENTO DE LA CONFIANZA
CIUDADANA.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
INGENIERIA CIVIL
2.
INGENIERIA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIA POLITICA
CUATRO AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
TECNOLOGIA DE LOS SISTEMAS
DE TRANSPORTE
2.
ADMINISTRACION PUBLICA
Evaluaciones
de habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y
Examen de
Conocimientos
Generales
de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS EN:
http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE
LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS E
INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”
330
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Rama de cargo
APOYO TECNICO
Otros
conocimientos
SE REQUIERE CONOCIMIENTOS EN TECNOLOGIA DE LAS VIAS TERRESTRES,
HERRAMIENTAS ESTADISTICAS Y TECNOLOGIAS DE LA CONSTRUCCION. SE
REQUIERE MANEJO DEL IDIOMA INGLES EN NIVEL DE DOMINIO INTERMEDIO
PARA LECTURA, Y EN NIVEL BASICO PARA HABLA Y ESCRITURA.
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, PERIODOS
ESPECIALES DE TRABAJO, DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL
SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
SUBDIRECCION DE INGENIERIA DE TRANSITO
Código de puesto
09-212-1-M1C015P-0000548-E-C-D
Grupo, grado
y nivel
N11
Número de vacantes
UNA
Percepción
ordinaria
$39,078.00 MENSUAL BRUTO
Rango
SUBDIRECTOR DE AREA
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
SERVICIOS TECNICOS
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE MEXICO
Clasificación
de Puesto
ESPECIFICO
Objetivo General
del puesto
SUPERVISAR
EL
DESARROLLO
DE
LOS
ESTUDIOS,
PROYECTOS
Y
PROCEDIMIENTOS RELACIONADOS CON LAS CARRETERAS, MEDIANTE LA
COORDINACION DE LAS ACCIONES PARA LOS MISMOS Y LA VERIFICACION
DE
LA
APLICACION
DE
LA
NORMATIVA
DE
LA
SECRETARIA
DE
COMUNICACIONES Y TRANSPORTES (NORMAS OFICIALES MEXICANAS,
PROYECTOS DE NORMAS, REGLAMENTOS, MANUALES Y PROCEDIMIENTOS)
ESTABLECIDOS EN LA MATERIA; ASI COMO, LA ACTUALIZACION EN LOS
ASPECTOS TECNICOS Y LEGALES DE DICHA NORMATIVA, CON LA FINALIDAD
DE ASEGURAR QUE LA OPERACION Y FLUIDEZ DEL TRANSITO SEA LA
ADECUADA, PROPORCIONANDOLE AL USUARIO CONFORT, SEGURIDAD Y
EFICIENCIA.
Funciones
1.
VERIFICAR QUE LOS ESTUDIOS DE TRANSITO, SE REALICEN DE
ACUERDO A LOS PROCEDIMIENTOS TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS
ESTABLECIDOS EN LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS,
MEDIANTE EL SEGUIMIENTO AL DESARROLLO DE LOS MISMOS,
ANALIZANDO LOS REPORTES DE AVANCE PRESENTADOS, CON LA
FINALIDAD DE EMITIR Y PUBLICAR LOS ESTUDIOS DE "DATOS VIALES" Y
"ORIGEN-DESTINO" QUE SIRVA COMO BASE PARA LA PLANEACION
Y MODERNIZACION DE LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA.
2.
PROGRAMAR Y COORDINAR LOS ESTUDIOS DE VOLUMENES DE
TRANSITO Y ORIGEN - DESTINO, POR ADMINISTRACION O POR
CONTRATO, MEDIANTE LA CALENDARIZACION DE LOS TIEMPOS Y EL
SEGUIMIENTO A LOS PROCEDIMIENTOS TECNICOS ESTABLECIDOS POR
LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS, CON LA FINALIDAD
DE OBTENER LA INFORMACION PARA GENERAR UNA BASE DE DATOS
(DOCUMENTOS: "DATOS VIALES" Y "ORIGEN-DESTINO"), QUE SIRVA
COMO BASE EN EL ANALISIS DEL FUNCIONAMIENTO DE LA RED
CARRETERA LIBRE DE PEAJE DEL PAIS.
3.
CONTROLAR E INTEGRAR LOS VOLUMENES DE TRANSITO CON
CLASIFICACION
VEHICULAR
DETALLADA,
DE
LAS
ESTACIONES
PERMANENTES DE CONTEO DE VEHICULOS EN AUTOPISTAS Y PUENTES
DE CUOTA, MEDIANTE LA COORDINACION CON LOS RESPONSABLES DE
LAS MISMAS Y LA RECOPILACION DE LOS VOLUMENES DE TRANSITO
REGISTRADOS EN LAS CASETAS DE PEAJE, CON LA FINALIDAD DE
COADYUVAR EN LA INTEGRACION DE LA BASE DE DATOS PUBLICADA EN
EL LIBRO "DATOS VIALES", QUE SIRVA EN EL ANALISIS DEL
FUNCIONAMIENTO DE LA RED CARRETERA DE CUOTA DEL PAIS.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
331
4.
DIFUNDIR LOS ESTUDIOS REALIZADOS DE VOLUMENES DE TRANSITO Y
ORIGEN-DESTINO, MEDIANTE LA INTEGRACION DE LOS MISMOS Y SU
PUBLICACION EN EL PORTAL DE LA DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS
TECNICOS; ASI COMO, SU DISTRIBUCION EN IMPRESO Y MEDIOS
MAGNETICOS EN LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS Y ORGANISMOS
DESCENTRALIZADOS AFINES CON EL AREA, A FIN DE QUE SE DISPONGA
DE LA INFORMACION NECESARIA Y OPORTUNA PARA LA PLANEACION Y
DESARROLLO DE LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA DEL PAIS.
5.
EVALUAR LOS PROYECTOS DE CONSTRUCCION, MODERNIZACION Y
CONSERVACION DE LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA, MEDIANTE EL
ANALISIS DE LA INFORMACION CONTENIDA EN LOS MISMOS EN BASE A
LO ESTABLECIDO EN LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS AFINES CON
EL AREA, LA NORMATIVA ESTABLECIDA EN LA SECRETARIA DE
COMUNICACIONES
Y
TRANSPORTES
Y
LOS
PROCEDIMIENTOS
TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS ESTABLECIDOS EN LA DIRECCION
GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS, CON LA FINALIDAD DE EMITIR, EN
LO QUE AL AREA COMPETE, OPINION TECNICA PARA COADYUVAR A LA
TOMA DE DECISIONES.
6.
ANALIZAR
LAS
SOLICITUDES
PRESENTADAS
PARA
EL
USO
Y
APROVECHAMIENTO DEL DERECHO DE VIA DE LAS AUTOPISTAS; ASI
COMO, TAMBIEN POR CAMINOS Y PUENTES FEDERALES DE INGRESOS Y
SERVICIOS CONEXOS, MEDIANTE LA REVISION DETALLADA DE LAS
MISMAS Y LA APLICACION DE LAS NORMAS OFICIALES MEXICANAS
AFINES CON EL AREA, LA NORMATIVA ESTABLECIDA EN LA SECRETARIA
DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Y LOS PROCEDIMIENTOS
TECNICOS Y ADMINISTRATIVOS ESTABLECIDOS EN LA DIRECCION
GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS, CON LA FINALIDAD DE EMITIR
OPINION TECNICA QUE COADYUVEN EN LA AUTORIZACION DE LA
EJECUCION DE LOS PROYECTOS DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA.
7.
EVALUAR EL SEÑALAMIENTO INSTALADO EN LA RED CARRETERA
FEDERAL DEL PAIS, MEDIANTE LA PROGRAMACION DE INSPECCIONES A
LA RED CARRETERA; ASI COMO, LA REVISION, ANALISIS Y APLICACION
DE LOS PROCEDIMIENTOS TECNICOS ESTABLECIDOS EN LA DIRECCION
GENERAL
DE
SERVICIOS
TECNICOS,
CON
LA
FINALIDAD
DE
DETERMINAR EL FUNCIONAMIENTO DE ESTE EN LAS CARRETERAS Y EN
SU CASO PROPONER MEJORAS.
8.
PROMOVER LA ACTUALIZACION PARA EL DESARROLLO DE LEYES,
REGLAMENTOS, NORMAS TECNICAS Y NORMAS OFICIALES MEXICANAS
RELACIONADAS
CON
EL
TRANSITO
Y
EL
TRANSPORTE
POR
CARRETERA, MEDIANTE LA PARTICIPACION EN REUNIONES Y GRUPOS
DE TRABAJO; ASI COMO, PRESENTANDO LAS PROPUESTAS QUE SE
CONSIDEREN
DEBERIAN
APLICARSE,
CON
LA
FINALIDAD
DE
MODERNIZAR LA RED CARRETERA, RESPETANDO LOS PRINCIPIOS
BASICOS DE PROPORCIONAR AL USUARIO SEGURIDAD, CONFORT Y
EFICIENCIA.
9.
ESTABLECER E IMPLEMENTAR LOS LINEAMIENTOS PARA LA OBTENCION
DE
ESTADISTICA
DE
ACCIDENTES,
CALIFICACION
DE
CAMINOS,
INDICADORES DE TRANSITO Y TENDENCIAS HISTORICAS, A TRAVES DE
LA APLICACION DE METODOS ESTADISTICOS Y NORMATIVA EXISTENTE,
CON LA FINALIDAD DE CONTAR CON LOS ELEMENTOS NECESARIOS
QUE PERMITAN EVALUAR, PROYECTAR, CONSTRUIR, MODERNIZAR Y
CONSERVAR LAS CARRETERAS QUE REQUIERE EL DESARROLLO
DEL PAIS.
10. COLABORAR EN LA OBTENCION Y ACTUALIZACION DE INDICADORES Y
TENDENCIAS HISTORICAS DEL TRANSITO VEHICULAR, MEDIANTE LA
APLICACION
DE
ANALISIS
ESTADISTICOS
Y
METODOLOGIAS
DESARROLLADAS EN LA DIRECCION DE VIALIDAD Y PROYECTOS, CON
LA FINALIDAD DE CONTAR CON LOS ELEMENTOS QUE COADYUVEN EN
EL ANALISIS DE LA OPERACION ACTUAL DE LAS CARRETERAS; ASI
COMO, LA PLANEACION Y SU MODERNIZACION.
332
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
11. EVALUAR LA INFRAESTRUCTURA VIAL, MEDIANTE LA REVISION Y
ANALISIS DE LOS REPORTES DEL ESTADO FISICO DE LA RED
CARRETERA
APLICANDO
LOS
PROCEDIMIENTOS
TECNICOS
Y
ADMINISTRATIVOS ESTABLECIDOS POR LA DIRECCION GENERAL DE
SERVICIOS TECNICOS, CON LA FINALIDAD DE IDENTIFICAR LAS
CARRETERAS QUE REQUIERAN MANTENIMIENTO O MODERNIZACION Y
SE PROCEDA A DETERMINAR LAS ACCIONES A SEGUIR PARA ATENDER
DICHOS TRAMOS CARRETEROS.
12. INTEGRAR LA ESTADISTICA DE ACCIDENTES DE TRANSITO, MEDIANTE
LA INTEGRACION Y CAPTURA DE LA INFORMACION CONTENIDA EN LOS
REPORTES DE ACCIDENTES LEVANTADOS POR LA POLICIA FEDERAL
PREVENTIVA,
CON
EL
PROPOSITO
DE
PROPORCIONAR
LA
INFORMACION NECESARIA QUE SIRVA DE BASE PARA IDENTIFICAR LOS
SITIOS DE ACCIDENTABILIDAD EN LA RED CARRETERA DEL PAIS Y SE
PUEDAN
ESTABLECER
LAS
ACCIONES
PARA
DISMINUIR
LOS
ACCIDENTES EN DICHAS AREAS.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
INGENIERIA CIVIL
2.
INGENIERIA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIA POLITICA
CUATRO AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
TECNOLOGIA DE LOS SISTEMAS DE
TRANSPORTE
2.
ADMINISTRACION PUBLICA
Evaluaciones
de habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y
Examen de
Conocimientos
Generales
de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS EN:
http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE
LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS E
INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
APOYO TECNICO
Otros
conocimientos
SE REQUIEREN CONOCIMIENTOS SOBRE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA
SCT Y DE LA LEY DE RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACION, ASI COMO
EN MATERIA DE METODOS ESTADISTICOS APLICADOS A LA INGENIERIA DE
TRANSITO Y EN ESTUDIOS DE TRANSITO.
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, DE
ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
SUBDIRECCION DE LABORATORIOS
Código de puesto
09-212-1-M1C015P-0000567-E-C-F
Grupo, grado
y nivel
N11
Número de vacantes
UNA
Percepción
ordinaria
$39,078.00 MENSUAL BRUTO
Rango
SUBDIRECTOR DE AREA
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
SERVICIOS TECNICOS
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE MEXICO
Clasificación
de Puesto
ESPECIFICO
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
333
Objetivo General
del puesto
COORDINAR
LA
ATENCION
DE
LOS
SERVICIOS
SOLICITADOS
POR
DEPENDENCIAS
DEL
SECTOR
Y
EXTERNAS,
EN
LAS
AREAS
DE
LABORATORIO DE MATERIALES DE CONSTRUCCION, MANTENIMIENTO Y
CALIBRACION DE MAQUINAS Y EQUIPOS ESPECIALES DE MEDICION;
INSPECCION DE TRABAJOS DE SOLDADURA Y DE APLICACION DE
PROTECCION ANTICORROSIVA EN ESTRUCTURAS METALICAS, MEDIANTE EL
SEGUIMIENTO A LOS REQUERIMIENTOS PRESENTADOS POR LAS AREAS,
LA APLICACION DE METODOS DE PRUEBA Y CRITERIOS ESTABLECIDOS EN
LA NORMATIVA PARA LA INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE SCT; ASI
COMO, DE LA REVISION Y ACTUALIZACION DE NORMAS, QUE SE REQUIEREN
PARA
EL
DESARROLLO
DE
LOS
PROYECTOS,
CONSTRUCCION,
CONSERVACION Y OPERACION, INCLUYENDO LA GESTION DE LA CALIDAD
DE LAS TERRACERIAS, PAVIMENTOS, DRENAJE Y PUENTES, A FIN DE
PROPORCIONAR ELEMENTOS QUE PERMITAN CONTAR CON UNA RED
DE CARRETERAS ECONOMICA, FUNCIONAL Y SEGURA PARA LOS USUARIOS
EN EL PAIS.
Funciones
1.
PROPORCIONAR LOS SERVICIOS DE LABORATORIO SOLICITADOS EN
SUELOS Y ROCAS, PRUEBAS ESTRUCTURALES EN MATERIALES DE
CONSTRUCCION
Y
PRUEBAS
ESPECIALES
PARA
EVALUAR
SUS
CARACTERISTICAS DE CALIDAD Y DE COMPORTAMIENTO EN OBRA,
APLICANDO
LA
METODOLOGIA
DE
PRUEBA
Y
LINEAMIENTOS
ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA PARA LA INFRAESTRUCTURA DEL
TRANSPORTE SCT, CON LA FINALIDAD DE BRINDAR APOYO TECNICO
CON LA INFORMACION CONFIABLE Y ADECUADA PARA EL DESARROLLO
OPORTUNO Y CORRECTO DE LOS PROYECTOS, CONSTRUCCION,
CONSERVACION Y OPERACION DE LA RED CARRETERA NACIONAL.
2.
SUPERVISAR LOS SERVICIOS DE LABORATORIO DE ACEROS DE
REFUERZO
Y
PREESFUERZO,
ACEROS
LAMINADOS,
PERFILES
ESTRUCTURALES, APOYOS INTEGRALES, PLACAS DE NEOPRENO Y
NUEVOS MATERIALES; ASI COMO, LOS ENSAYES DE ASFALTOS,
MEZCLAS Y MORTEROS ASFALTICOS, ANALISIS QUIMICOS EN DIVERSOS
MATERIALES PROCESADOS INDUSTRIALMENTE, QUE SE EMPLEAN EN
LA CONSTRUCCION DE OBRAS Y VERIFICAR LA CALIDAD DE PINTURAS
PARA SEÑALAMIENTO HORIZONTAL Y VERTICAL; ASI COMO, DE
PROTECCION ANTICORROSIVA, MEDIANTE LA COORDINACION DE LAS
AREAS
DE
LABORATORIO
Y
DEL
PERSONAL
DE
INSPECCION
RESPONSABLES DE LAS ACTIVIDADES, CON EL FIN DE PROPORCIONAR
OPORTUNAMENTE LA INFORMACION TECNICA REQUERIDA PARA TOMAR
DECISIONES EN LA VERIFICACION DE LA CALIDAD EN LAS OBRAS.
3.
VERIFICAR QUE LAS PRUEBAS DE LABORATORIO EN MATERIALES
NATURALES Y ELEMENTOS PREFABRICADOS, SE EJECUTEN DE
ACUERDO
CON
LOS
LINEAMIENTOS
Y
METODOS
DE
PRUEBA
ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA PARA LA INFRAESTRUCTURA DEL
TRANSPORTE, MEDIANTE LA REVISION SISTEMATICA Y PERMANENTE
DE LOS METODOS DE PRUEBA APLICABLES, ESTADO DE LOS EQUIPOS
UTILIZADOS Y CAPACITACION DEL PERSONAL TECNICO RESPONSABLE,
CON EL FIN DE MANTENER LA CONFIABILIDAD DE LA INFORMACION QUE
SE GENERA.
4.
EVALUAR LA INFORMACION QUE SE CONSIGNA EN LOS REPORTES DE
LABORATORIO QUE SE GENERAN CON LAS CARACTERISTICAS DE LOS
MATERIALES ANALIZADOS, MEDIANTE LA REVISION DE LAS MISMAS
VERIFICANDO EL CUMPLIMIENTO A LOS LINEAMIENTOS ESTABLECIDOS
EN LA NORMATIVA SCT, A FIN DE PROPORCIONAR INFORMACION
TECNICA CONFIABLE Y OPORTUNA PARA APOYAR EL DESARROLLO DE
LOS
PROYECTOS,
CONSTRUCCION,
MANTENIMIENTO
O
REHABILITACION DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA A CARGO DEL
SECTOR COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.
334
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
5.
MANTENER LA CALIBRACION DE EQUIPOS PATRON DE LA SCT Y
PROPORCIONAR LOS SERVICIOS SOLICITADOS POR DEPENDENCIAS
DEL SECTOR Y EXTERNAS, DE MANTENIMIENTO Y CALIBRACION
DE MAQUINAS DE PRUEBA EMPLEADAS EN LOS LABORATORIOS DE
MATERIALES DE CONSTRUCCION; ASI COMO, DE MAQUINAS PARA EL
TENSADO DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES Y EQUIPOS DE MEDICION
PARA LA EVALUACION DE PAVIMENTOS, MEDIANTE LA COORDINACION Y
SUPERVISION
DEL
PERSONAL
TECNICO
CALIFICADO
PARA
EL
MANTENIMIENTO MECANICO DE LAS MAQUINAS Y EL USO DE EQUIPOS
PATRON
CALIBRADOS;
ASI
COMO,
EL
SEGUIMIENTO
A
LOS
LINEAMIENTOS
ESTABLECIDOS
POR
EL
CENTRO
NACIONAL
DE
METROLOGIA (CENAM), A FIN DE GARANTIZAR SU TRAZABILIDAD CON
PATRONES NACIONALES, QUE ASEGURA LA CONFIABILIDAD DE
TRABAJAR EN LOS LABORATORIOS DE LA SCT CON PARAMETROS
DE MEDICION DEL MAS ALTO NIVEL DE PRECISION.
6.
COORDINAR LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO Y CALIBRACION
SOLICITADOS POR DEPENDENCIAS DEL SECTOR Y EXTERNAS, DE
EQUIPOS PATRON, DE MAQUINAS DE ENSAYE Y MAQUINAS ESPECIALES
PARA PRUEBAS DE LABORATORIO Y EQUIPOS DE MEDICION PARA
EVALUACION DE PAVIMENTOS; ASI COMO, PROPORCIONAR LOS
SERVICIOS
DE
MANTENIMIENTO
Y
CALIBRACION
DE
MAQUINAS
UTILIZADAS PARA EL TENSADO DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES,
MEDIANTE LA DESIGNACION Y SUPERVISION DEL PERSONAL TECNICO
ESPECIALIZADO Y EL USO DE EQUIPOS PATRON CALIBRADOS POR EL
CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA (CENAM), CON LA FINALIDAD DE
ASEGURAR LA CONFIABILIDAD Y PRECISION DE LAS MEDICIONES.
7.
VERIFICAR LA APLICACION DE LA TECNOLOGIA MAS AVANZADA
DISPONIBLE PARA EL MANTENIMIENTO Y CALIBRACION DE MAQUINAS
DE PRUEBA EN LABORATORIOS DE MATERIALES DE CONSTRUCCION,
DE ACUERDO CON LOS LINEAMIENTOS PARA LA CALIBRACION,
MANTENIMIENTO Y OPERACION, ESTABLECIDOS POR EL CENTRO
NACIONAL DE METROLOGIA (CENAM), MEDIANTE LA CALIBRACION DE
LOS EQUIPOS PATRON UTILIZADOS, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR
LA PRECISION DE LAS MEDICIONES Y SU TRAZABILIDAD CON PATRONES
NACIONALES Y QUE SE OBTENGAN OBRAS DE CALIDAD.
8.
MANTENER LA TRAZABILIDAD CON PATRONES NACIONALES DE LOS
EQUIPOS EMPLEADOS PARA LA VERIFICACION DE LA CALIDAD DE
MATERIALES Y MEDICIONES QUE SE REALIZAN, Y APOYAR LA
CONFIABILIDAD
DE
LOS
LABORATORIOS
DE
MATERIALES
DE
CONSTRUCCION RESPONSABLES DEL CONTROL Y/O VERIFICACION
DE LA CALIDAD DE LOS MATERIALES EMPLEADOS EN OBRAS A CARGO
DE LA SECRETARIA, MEDIANTE LA VERIFICACION CONTINUA DE LOS
EQUIPOS PATRON, CAPACITACION Y ACTUALIZACION DEL PERSONAL
TECNICO, A FIN DE ASEGURAR LA CONFIABILIDAD Y PRESICION DE LOS
EQUIPOS DE MEDICION UTILIZADOS.
9.
COORDINAR LOS SERVICIOS SOLICITADOS POR DEPENDENCIAS DEL
SECTOR, DE ASESORIA Y REVISION DE TRABAJOS DE APLICACION DE
SOLDADURA ELECTRICA Y/O DE LA APLICACION DE LA PROTECCION
ANTICORROSIVA EN ESTRUCTURAS METALICAS, CALIFICACION DE
PERSONAL Y EQUIPOS, DURANTE LA CONSTRUCCION O MODIFICACION
DE ESTRUCTURAS METALICAS EN OBRAS A CARGO DE LA SCT,
MEDIANTE LA PROGRAMACION DE LAS MISMAS Y LA VERIFICACION DE
LA
APLICACION
DE
METODOS
DE
PRUEBA
Y
LINEAMIENTOS
ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA SCT, CON LA FINALIDAD DE
ASEGURAR LA CORRECTA EJECUCION DE LAS OBRAS.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
335
10. VIGILAR QUE LA INSPECCION DE SOLDADURA EN UNIONES DE
ELEMENTOS ESTRUCTURALES, LA CALIFICACION DE SOLDADORES Y
LOS
EQUIPOS
UTILIZADOS,
SE
REALICE
CON
APEGO
A
LOS
LINEAMIENTOS Y PROCEDIMIENTOS ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA
PARA
LA
INFRAESTRUCTURA
DEL
TRANSPORTE,
MEDIANTE
LA
CAPACITACION Y ACTUALIZACION CONTINUA Y PERMANENTE DEL
PERSONAL TECNICO RESPONSABLE, A FIN DE ASEGURAR LA CALIDAD
DE LOS PROCEDIMIENTOS DE TRABAJO EMPLEADOS Y DE LAS OBRAS
QUE SE REALIZAN.
11. EVALUAR LA CALIDAD DE LOS TRABAJOS EFECTUADOS Y EMITIR LAS
RECOMENDACIONES PERTINENTES A LOS TECNICOS RESPONSABLES
DE LAS OBRAS, MEDIANTE LA REVISION DE LOS MISMOS Y LA
GENERACION DE OBSERVACIONES Y RECOMENDACIONES DERIVADAS
DE LA INSPECCION Y EVALUACION CONFORME A LINEAMIENTOS Y
CRITERIOS APLICABLES, ESTABLECIDOS EN LA NORMATIVA SCT, CON
LA FINALIDAD DE CONTRIBUIR A LOGRAR LA MAS ALTA CALIDAD,
SEGURIDAD Y FUNCIONALIDAD DE LAS ESTRUCTURAS METALICAS DE
LA RED CARRETERA NACIONAL.
12. COLABORAR EN LA REVISION CON FINES DE ACTUALIZACION DE LAS
NORMAS SCT Y DE LAS NORMAS MEXICANAS DE ACUERDO AL AREA DE
COMPETENCIA, MEDIANTE EL ANALISIS DE LA MISMA Y LA REVISION
DE LA TECNOLOGIA MAS ACTUALIZADA DISPONIBLE Y EL ESTUDIO DE
SU APLICABILIDAD A LAS NECESIDADES DE LAS OBRAS, LOS
MATERIALES DISPONIBLES Y CONDICIONES DE TRABAJO EN EL PAIS,
CON EL FIN DE CONTRIBUIR A LOGRAR UNA INFRAESTRUCTURA
CARRETERA ECONOMICA, SEGURA Y OPERABLE.
13. PROPONER LINEAMIENTOS Y CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LA
CALIDAD
DE
MATERIALES
DE
CONSTRUCCION
TRADICIONALES,
MEDIANTE LA REVISION DE TECNICAS DE MEDICION Y EVALUACION DE
CALIDAD
Y
DESEMPEÑO
DE
MATERIALES
DE
CONSTRUCCION,
VERIFICANDO EL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS Y ESPECIFICACIONES
PROPUESTAS
POR
LOS
FABRICANTES
Y
LA
MAS
AVANZADA
TECNOLOGIA DISPONIBLE, CON EL FIN DE ACTUALIZAR LAS NORMAS Y
ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS EN LA NORMATIVA SCT Y CONTAR
CON UNA NORMATIVA ACTUALIZADA ACORDE A LOS REQUERIMIENTOS
DE ALTAS ESPECIFICACIONES PARA LAS OBRAS A CARGO DE LA SCT.
14. PROMOVER CON LAS DEPENDENCIAS DEL SECTOR, LA APLICACION DE
LOS METODOS DE PRUEBA Y CRITERIOS DE EVALUACION DE LAS
PROPIEDADES DE CALIDAD Y DESEMPEÑO, ESTABLECIDOS EN LA
NORMATIVA SCT Y NORMAS MEXICANAS, A TRAVES DE LA DIFUSION DE
LA
NORMALIZACION
DE
LOS
PROCEDIMIENTOS
DE
PRUEBA
Y
CRITERIOS DE EVALUACION DE LA CALIDAD Y DESEMPEÑO DE
MATERIALES DE CONSTRUCCION, CON LA TECNOLOGIA MAS AVANZADA
DISPONIBLE, A FIN DE VERIFICAR EL CUMPLIMIENTO DE LA CALIDAD Y
EVALUACION DEL COMPORTAMIENTO EN OBRA DE LOS MATERIALES DE
CONSTRUCCION Y MEJORAR LA CALIDAD, SEGURIDAD Y ECONOMIA
DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA, QUE SE REALIZAN
EN EL PAIS.
15. COLABORAR
EN
EL
APROVECHAMIENTO
DE
LOS
RECURSOS
DESTINADOS A LA ADQUISICION Y VERIFICACION DE LA CALIDAD DE
LOS MATERIALES EMPLEADOS EN LA CONSTRUCCION, CONSERVACION
Y OPERACION DE LAS OBRAS DE INFRAESTRUCTURA CARRETERA
NACIONAL, MEDIANTE LA REVISION, ACTUALIZACION, COMPLEMENTO Y
DIFUSION DE LA NORMATIVA SCT, CON EL FIN DE MEJORAR LA CALIDAD
DE LAS OBRAS, PARA BRINDAR COMODIDAD Y SEGURIDAD A LOS
USUARIOS DE LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA DEL PAIS.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
336
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
3.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
INGENIERIA CIVIL
2.
INGENIERIA
3.
SISTEMAS Y CALIDAD
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
3.
CIENCIAS DE LA TIERRA Y
DEL ESPACIO
4.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
5.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
6.
FISICA
CUATRO AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
TECNOLOGIA DE LA
CONSTRUCCION
2.
TECNOLOGIA DE MATERIALES
3.
GEOLOGIA
4.
TECNOLOGIA E INGENIERIA
MECANICAS
5.
TECNOLOGIA DE LA
INSTRUMENTACION
6.
MECANICA
Evaluaciones
de habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y
Examen de
Conocimientos
Generales
de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS EN:
http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE
LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS E
INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
PRESTACION DE SERVICIOS
Otros
conocimientos
SE
REQUIERE
CONOCIMIENTO
DE
LA
NORMATIVIDAD
PARA
LA
INFRAESTRUCTURA DEL TRANSPORTE ASI COMO EN MATERIA DE
INSTRUMENTACION Y METROLOGIA, RESISTENCIA DE MATERIALES Y
MECANICA DE SUELOS. SE REQUIERE MANEJO DEL IDIOMA INGLES EN
NIVEL DE DOMINIO BASICO PARA LECTURA, Y EN NIVEL BASICO PARA
HABLA Y ESCRITURA.
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO MIXTO, PERIODOS
ESPECIALES DE TRABAJO, DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL
SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
SUBDIRECCION DE PROYECTO GEOMETRICO
Código de puesto
09-214-1-M1C015P-0000325-E-C-D
Grupo, grado
y nivel
N11
Número de vacantes
UNA
Percepción
ordinaria
$39,078.00 MENSUAL BRUTO
Rango
SUBDIRECTOR DE AREA
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
DIRECCION GENERAL DE
DESARROLLO CARRETERO
SEDE (RADICACION)
CIUDAD DE MEXICO
Clasificación
de Puesto
ESPECIFICO
Objetivo General
del puesto
COORDINAR
LAS
ACCIONES
NECESARIAS
QUE
PERMITAN
DAR
SEGUIMIENTO RESPECTO AL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVIDAD EN
MATERIA DE PROYECTO GEOMETRICO DURANTE EL PROCESO DE
CONSTRUCCION DE AUTOPISTAS DE CUOTA CONCESIONADAS, MEDIANTE
LA COORDINACION ENTRE LAS DIFERENTES PARTES INVOLUCRADAS Y EN
EL TRAMITE DE APROBACIONES Y RECOMENDACIONES TECNICAS, CON LA
FINALIDAD DE COADYUVAR EN LA CONSTRUCCION DE CARRETERAS DE
ALTAS ESPECIFICACIONES EN EL PAIS Y BRINDAR A LOS USUARIOS DE LAS
MISMAS UN SERVICIO ACORDE A SUS EXPECTATIVAS.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
337
Funciones
1.
COORDINAR LAS ACCIONES NECESARIAS QUE IMPLIQUEN DAR
SEGUIMIENTO A LAS OBRAS DE TERRACERIAS, PAVIMENTOS Y
SEÑALIZACION DE LAS AUTOPISTAS DE CUOTA CONCESIONADAS EN
CONSTRUCCION, MEDIANTE RECORRIDOS PERIODICOS AL SITIO DE
LOS TRABAJOS, CON LA FINALIDAD DE VERIFICAR FISICAMENTE LOS
AVANCES CORRESPONDIENTES, ASEGURANDO CON ELLO, LA CALIDAD
EN LOS MISMOS.
2.
PROMOVER
Y
PARTICIPAR
EN
LAS
REUNIONES
DE
ASUNTOS
RELACIONADOS CON LAS OBRAS DE TERRACERIAS, PAVIMENTOS Y
SEÑALIZACION DE LAS AUTOPISTAS DE CUOTA CONCESIONADAS EN
CONSTRUCCION, MEDIANTE LA ELABORACION DE LAS CONVOCATORIAS
Y LA ORDEN DEL DIA CORRESPONDIENTE PARA SU ENVIO A TODAS LAS
PARTES INVOLUCRADAS, CON LA FINALIDAD DE DAR SEGUIMIENTO A
LOS ASPECTOS TECNICOS DE LA OBRA.
3.
IMPLEMENTAR MECANISMOS QUE PERMITAN DAR SEGUIMIENTO A LOS
ACUERDOS ESTABLECIDOS EN LAS MINUTAS DE LAS REUNIONES QUE
SE CELEBREN PARA VERIFICAR EL AVANCE DE LAS OBRAS ASI COMO
EN
SU
CASO
DE
LAS
BITACORAS
CORRESPONDIENTES,
DE
TERRACERIAS, PAVIMENTOS Y SEÑALIZACION DE LAS AUTOPISTAS
DE CUOTA CONCESIONADAS EN CONSTRUCCION, MEDIANTE EL
ANALISIS DE LOS DOCUMENTOS REFERIDOS, CON LA FINALIDAD DE
DAR SEGUIMIENTO A LOS ASPECTOS TECNICOS DE LA OBRA.
4.
COORDINAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA LA INTEGRACION DE LA
DOCUMENTACION
RELATIVA
A
LAS
OBRAS
ADICIONALES
DE
TERRACERIAS, PAVIMENTOS Y SEÑALIZACION A LOS PROYECTOS
ORIGINALES DE LAS AUTOPISTAS DE CUOTA EN CONSTRUCCION,
PROPUESTAS POR LAS CONCESIONARIAS, VERIFICANDO QUE SE
CUENTE CON LA VALIDACION POR PARTE DE LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
CORRESPONDIENTES,
DEL
INGENIERO
INDEPENDIENTE Y DE LA EMPRESA QUE PROPORCIONA ASESORIA, CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE SE LLEVE A CABO SU CORRECTA
IMPLANTACION EN OBRA Y CONTAR CON UNA VIA DE COMUNICACION
ADECUADA.
5.
COORDINAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA OBTENER POR PARTE
DE LAS DIRECCIONES GENERALES NORMATIVAS (DIRECCION GENERAL
DE CARRETERAS O DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS) LAS
RECOMENDACIONES
Y/O
APROBACION
DE
LOS
PROYECTOS
EJECUTIVOS CORRESPONDIENTES A LAS OBRAS ADICIONALES AL
PROYECTO ORIGINAL DE TERRACERIAS, PAVIMENTOS Y SEÑALIZACION,
CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE SE LLEVE A CABO LA
CONSTRUCION DE LAS MISMAS EN APEGO A LA NORMATIVIDAD
VIGENTE.
6.
GESTIONAR LO NECESARIO ANTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
RESPONSABLES DEL MANEJO DE LOS RECURSOS PARA SU OBTENCION,
A TRAVES DE CONSULTAS Y VERIFICANDO LA DISPONIBILIDAD DE LOS
MISMOS PARA CUBRIR LOS IMPORTES CON CARGO A LA PARTIDA
CORRESPONDIENTE, CON LA FINALIDAD DE CONTAR CON LOS
RECURSOS NECESARIOS PARA LA APROBACION Y EJECUCION DE LAS
OBRAS ADICIONALES DE TERRACERIAS, PAVIMENTOS Y SEÑALIZACION.
7.
COORDINAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA LA INTEGRACION DE LA
DOCUMENTACION RELATIVA A LAS OBRAS INDUCIDAS DE LOS
PROYECTOS DE LAS AUTOPISTAS DE CUOTA EN CONSTRUCCION,
PROPUESTAS POR LAS CONCESIONARIAS, VERIFICANDO QUE SE
CUENTE CON LA VALIDACION POR PARTE DE LAS UNIDADES
ADMINISTRATIVAS
CORRESPONDIENTES,
DEL
INGENIERO
INDEPENDIENTE Y DE LA EMPRESA QUE PROPORCIONA ASESORIA, CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE SE LLEVE A CABO SU CORRECTA
IMPLANTACION EN OBRA Y CONTAR CON UNA VIA DE COMUNICACION
ADECUADA.
338
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
8.
COORDINAR LAS ACCIONES NECESARIAS PARA OBTENER POR PARTE
DE LAS DIRECCIONES GENERALES NORMATIVAS (DIRECCION GENERAL
DE CARRETERAS O DIRECCION GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS) LAS
RECOMENDACIONES
Y/O
APROBACION
DE
LOS
PROYECTOS
EJECUTIVOS CORRESPONDIENTES A LAS OBRAS INDUCIDAS DEL
PROYECTO, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE SE LLEVE A CABO
LA CONSTRUCION DE LAS MISMAS EN APEGO A LA NORMATIVIDAD
VIGENTE.
9.
GESTIONAR LO NECESARIO ANTE LAS UNIDADES ADMINISTRATIVAS
RESPONSABLES DEL MANEJO DE LOS RECURSOS PARA SU OBTENCION,
A TRAVES DE CONSULTAS Y VERIFICANDO LA DISPONIBILIDAD DE LOS
MISMOS PARA CUBRIR LOS IMPORTES CON CARGO A LA PARTIDA
CORRESPONDIENTE, CON LA FINALIDAD DE CONTAR CON LOS
RECURSOS NECESARIOS PARA LA APROBACION Y EJECUCION DE
LAS OBRAS INDUCIDAS, Y SE PUEDAN CUBRIR LOS IMPORTES CON
CARGO A LA PARTIDA CORRESPONDIENTE Y SE LLEVE A CABO LA
REALIZACION DE LAS OBRAS.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TITULADO
AREA GENERAL:
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
INGENIERIA CIVIL
2.
INGENIERIA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
3.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
CUATRO AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA DEL
MEDIO AMBIENTE
2.
TECNOLOGIA DE LOS SISTEMAS
DE TRANSPORTE
3.
TECNOLOGIA DE LA
CONSTRUCCION
Evaluaciones
de habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y
Examen de
Conocimientos
Generales
de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS EN:
http://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE
LA APF EN:
SISTEMA INFORMATICO TRABAJAEN EN EL APARTADO “DOCUMENTOS E
INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
APOYO TECNICO
Otros
conocimientos
SE REQUIEREN CONOCIMIENTOS SOBRE PROYECTO GEOMETRICO DE
CARRETERAS
Y
VIAS
TERRESTRES,
DISEÑO,
CONSTRUCCION
Y CONSERVACION DE PAVIMENTOS, ASI COMO DEL MARCO NORMATIVO Y
LEGAL PARA EL SUBSECTOR INFRAESTRUCTURA Y DE LA LEY DE OBRAS
PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y DEL PROCESO
DE LICITACION DE OBRA PUBLICA. SE REQUIERE MANEJO DEL IDIOMA
INGLES EN NIVEL BASICO PARA LOS TRES NIVELES DE DOMINIO: LECTURA,
HABLA Y ESCRITURA, ASI COMO MANEJO DE PAQUETERIA OFFICE.
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, DE
ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
339
Puesto vacante
RESIDENTE DE OBRA
Código de puesto
09-634-1-E1C007P-0000167-E-C-D
Grupo, grado
y nivel
P11
Número de vacantes
UNA
Percepción
ordinaria
$14,270.00 MENSUAL BRUTO
Rango
ENLACE
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
CENTRO SICT JALISCO
SEDE (RADICACION)
JALISCO
Clasificación
de Puesto
TIPO
Objetivo General
del puesto
VIGILAR
LA
EJECUCION
DE
LAS
OBRAS
DE
CONSTRUCCION,
MODERNIZACION, RECONSTRUCCION O CONSERVACION DE CARRETERAS
AUTORIZADAS EN LOS PROGRAMAS DEL CENTRO SCT, REVISANDO QUE EL
PROYECTO SE DESARROLLE CONFORME A LOS PROGRAMAS DE TRABAJO
ESTABLECIDOS PARA ESTAS, DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE,
LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS,
SU REGLAMENTO Y LINEAMIENTOS, CON LA FINALIDAD DE PROPORCIONAR
OBRAS CON CALIDAD QUE COADYUVEN AL MEJORAMIENTO Y CRECIMIENTO
DE LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA A CARGO DEL CENTRO SCT,
ASEGURANDO LA COMODIDAD Y SEGURIDAD DE SUS USUARIOS.
Funciones
1.
RECOPILAR LA DOCUMENTACION TECNICA QUE DEBERA INTEGRARSE A
LAS BASES DE LICITACION, MEDIANTE LA OBTENCION DE LOS DATOS
EXISTENTES EN LA RESIDENCIA GENERAL CORRESPONDIENTE Y/O EN
LA UNIDAD GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS, CON EL FIN DE
DISPONER DE LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA INICIAR EL
PROCESO DE CONTRATACION DE LAS OBRAS Y SERVICIOS A SU
CARGO.
2.
BRINDAR APOYO EN LA CELEBRACION DE LOS PROCESOS DE
CONTRATACION PARA LA REALIZACION DE OBRAS Y LOS SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS QUE LE ENCOMIENDE EL CENTRO
SCT, PROPORCIONANDO LA DOCUMENTACION TECNICA REQUERIDA A
LA RESIDENCIA GENERAL DE ADSCRIPCION PARA INICIAR EL PROCESO
DE CONTRATACION, CON LA FINALIDAD DE QUE SE CUENTE CON LOS
ELEMENTOS
NECESARIOS
PARA
EFECTUAR
EL
PROCESO
DE
ADJUDICACION DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS
APLICABLES EN LA MATERIA.
3.
ATENDER LAS CONSULTAS CON RESPECTO AL PROYECTO Y LA
DOCUMENTACION TECNICA QUE PRESENTEN LOS PARTICIPANTES EN
LAS JUNTAS DE ACLARACIONES DEL PROCESO DE CONTRATACION,
REALIZANDO UNA COMPARACION CON LOS DATOS DISPONIBLES DE
LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN LAS BASES DE LICITACION, A
FIN DE DEFINIR LA INFORMACION QUE ATIENDA LAS RESPUESTAS O
ACLARACIONES QUE PRESENTARA EL SERVIDOR PUBLICO QUE
PRESIDA DICHAS JUNTAS, A LOS PARTICIPANTES EN EL PROCESO DE
CONTRATACION SEÑALADO.
4.
VERIFICAR LOS AVANCES FISICOS Y FINANCIEROS DE LAS OBRAS A SU
CARGO, REALIZANDO LA INSPECCION Y MEDICIONES QUE INDIQUEN
LAS
ESPECIFICACIONES
DEL
CONTRATO,
COMPARANDO
LOS
VOLUMENES DE LOS CONCEPTOS EJECUTADOS CON LOS DEL
PROGRAMA AUTORIZADO, CON EL FIN DE ASEGURAR QUE LA OBRA SE
REALICE CONFORME A LA CALIDAD Y EL PROGRAMA ESTIPULADOS EN
EL CONTRATO
5.
REVISAR Y CONTROLAR QUE LOS MATERIALES UTILIZADOS EN LA
EJECUCION DE LAS OBRAS A SU CARGO, SEAN DE LA CALIDAD Y
CARACTERISTICAS PACTADAS EN EL CONTRATO, MEDIANTE LA
COMPARACION DE LOS REPORTES DE CONTROL DE CALIDAD DE
LA OBRA QUE LE SON ENTREGADOS CONTRA LOS VALORES DE LAS
ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR
QUE LAS OBRAS SE REALICEN CON LA CALIDAD REQUERIDA EN LOS
DOCUMENTOS CONTRACTUALES PARA PROPORCIONAR SEGURIDAD Y
CONFIANZA A LOS USUARIOS.
340
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
6.
TOMAR
LAS
DECISIONES
TECNICAS
CORRESPONDIENTES
Y
NECESARIAS PARA LA CORRECTA EJECUCION DE LOS TRABAJOS EN
LAS OBRAS A SU CARGO, ANALIZANDO LA INFORMACION QUE GENERA
EL PROCESO Y RESOLVIENDO LAS CONSULTAS, ACLARACIONES,
DUDAS O AUTORIZACIONES QUE PRESENTE EL SUPERVISOR O EL
CONTRATISTA, CON RELACION DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
DERIVADAS DEL CONTRATO, CON EL FIN DE ASEGURAR QUE LA OBRA
SE REALICE ININTERRUMPIDAMENTE Y SE CONCLUYA CONFORME A LO
ESPECIFICADO EN EL CONTRATO.
7.
VIGILAR QUE SE CUENTE CON LOS RECURSOS PRESUPUESTALES
NECESARIOS PARA REALIZAR LOS TRABAJOS CONTRATADOS EN LAS
OBRAS A SU CARGO, MEDIANTE LA VERIFICACION DE LA EXISTENCIA DE
LOS OFICIOS DE AUTORIZACION Y LIBERACION DE LOS RECURSOS
ASIGNADOS, CON EL FIN DE ASEGURAR QUE LAS OBRAS SE REALICEN
ININTERRUMPIDAMENTE.
8.
AUTORIZAR PARA SU TRAMITE DE PAGO LAS ESTIMACIONES QUE POR
TRABAJOS EJECUTADOS PRESENTE EL CONTRATISTA, VERIFICANDO
CON LA DOCUMENTACION SOPORTE QUE AVALE QUE LOS TRABAJOS
ESTIMADOS
SE
HAYAN
REALIZADO
DE
ACUERDO
A
LAS
ESPECIFICACIONES Y PROGRAMAS DEL CONTRATO, CON EL FIN DE
CUMPLIR LAS CONDICIONES DE PAGO PACTADAS EN EL CONTRATO
CORRESPONDIENTE.
9.
RENDIR INFORMES PERIODICOS; ASI COMO UN INFORME FINAL SOBRE
EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA, EN EL ASPECTO FINANCIERO,
MEDIANTE LA COMPARACION DE LOS RECURSOS EROGADOS EN
RELACION CON LOS RECURSOS ASIGNADOS Y CALENDARIZADOS, CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE LAS EROGACIONES SE REALICEN
CONFORME A LOS PROGRAMAS PACTADOS EN EL CONTRATO.
10. VERIFICAR
LA
CORRECTA
CONCLUSION
DE
LOS
TRABAJOS
CONTRATADOS RELATIVOS A LAS OBRAS A SU CARGO, MEDIANTE LA
INSPECCION FISICA DE LOS MISMOS EN CUMPLIMIENTO A LOS
REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO CORRESPONDIENTE,
CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR LA ADECUADA OPERACION Y
FUNCIONALIDAD DE LOS MISMOS PARA LOS FINES QUE FUERON
PROYECTADOS.
11. DOCUMENTAR EL PROCESOS DE ENTREGA-RECEPCION DE LAS OBRAS
A SU CARGO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO,
MEDIANTE LA ELABORACION DEL ACTA CORRESPONDIENTE Y SUS
ANEXOS, CON EL FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN
LOS TERMINOS CONTRACTUALES Y EN LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO.
12. AUTORIZAR EL FINIQUITO DEL CONTRATO, MEDIANTE LA ELABORACION
Y FIRMA DEL DOCUMENTO CORRESPONDIENTE, ASEGURANDOSE DE
QUE LA INFORMACION SEA LA QUE SE DERIVE DEL SEGUIMIENTO
ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO, CON EL FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A
LO ESTABLECIDO EN LOS TERMINOS CONTRACTUALES Y EN LA LAY DE
OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU
REGLAMENTO.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TERMINADO O PASANTE
AREA GENERAL:
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
INGENIERIA CIVIL
2.
ARQUITECTURA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
MENOR A UN AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
TECNOLOGIA DE LA
CONSTRUCCION
2.
TECNOLOGIA DE MATERIALES
Evaluaciones
de habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
341
Examen de
conocimientos
Técnicos y
Examen de
Conocimientos
Generales
de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS EN:
http://www.gob.mx/sct/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE
LA APF EN:
PORTAL WWW.TRABAJAEN.GOB.MX EN EL APARTADO “DOCUMENTOS E
INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
APOYO TECNICO
Otros
conocimientos
REQUIERE CONOCIMIENTO EN VIAS TERRESTRES Y NOCIONES GENERALES
DE LA NORMATIVIDAD QUE REGULA LA OBRA PUBLICA. MANEJO DE
PAQUETERIA OFFICE.
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR A NIVEL NACIONAL O AL EXTRANJERO,
CAMBIO DE RESIDENCIA, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, PERIODOS
ESPECIALES DE TRABAJO, DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL
SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
RESIDENTE DE OBRA
Código de puesto
09-638-1-E1C007P-0000092-E-C-D
Grupo, grado
y nivel
P11
Número de vacantes
UNA
Percepción
ordinaria
$14,270.00 MENSUAL BRUTO
Rango
ENLACE
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
CENTRO SICT NAYARIT
SEDE (RADICACION)
NAYARIT
Clasificación
de Puesto
TIPO
Objetivo General
del puesto
VIGILAR
LA
EJECUCION
DE
LAS
OBRAS
DE
CONSTRUCCION,
MODERNIZACION, RECONSTRUCCION O CONSERVACION DE CARRETERAS
AUTORIZADAS EN LOS PROGRAMAS DEL CENTRO SCT, REVISANDO QUE EL
PROYECTO SE DESARROLLE CONFORME A LOS PROGRAMAS DE TRABAJO
ESTABLECIDOS PARA ESTAS, DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE,
LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS,
SU REGLAMENTO Y LINEAMIENTOS, CON LA FINALIDAD DE PROPORCIONAR
OBRAS CON CALIDAD QUE COADYUVEN AL MEJORAMIENTO Y CRECIMIENTO
DE LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA A CARGO DEL CENTRO SCT,
ASEGURANDO LA COMODIDAD Y SEGURIDAD DE SUS USUARIOS.
Funciones
1.
RECOPILAR LA DOCUMENTACION TECNICA QUE DEBERA INTEGRARSE A
LAS BASES DE LICITACION, MEDIANTE LA OBTENCION DE LOS DATOS
EXISTENTES EN LA RESIDENCIA GENERAL CORRESPONDIENTE Y/O EN
LA UNIDAD GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS, CON EL FIN DE
DISPONER DE LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA INICIAR EL
PROCESO DE CONTRATACION DE LAS OBRAS Y SERVICIOS A SU
CARGO.
2.
BRINDAR APOYO EN LA CELEBRACION DE LOS PROCESOS DE
CONTRATACION PARA LA REALIZACION DE OBRAS Y LOS SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS QUE LE ENCOMIENDE EL CENTRO
SCT, PROPORCIONANDO LA DOCUMENTACION TECNICA REQUERIDA A
LA RESIDENCIA GENERAL DE ADSCRIPCION PARA INICIAR EL PROCESO
DE CONTRATACION, CON LA FINALIDAD DE QUE SE CUENTE CON LOS
ELEMENTOS
NECESARIOS
PARA
EFECTUAR
EL
PROCESO
DE
ADJUDICACION DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS
APLICABLES EN LA MATERIA.
3.
ATENDER LAS CONSULTAS CON RESPECTO AL PROYECTO Y LA
DOCUMENTACION TECNICA QUE PRESENTEN LOS PARTICIPANTES EN
LAS JUNTAS DE ACLARACIONES DEL PROCESO DE CONTRATACION,
REALIZANDO UNA COMPARACION CON LOS DATOS DISPONIBLES DE
LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN LAS BASES DE LICITACION, A
FIN DE DEFINIR LA INFORMACION QUE ATIENDA LAS RESPUESTAS O
ACLARACIONES QUE PRESENTARA EL SERVIDOR PUBLICO QUE
PRESIDA DICHAS JUNTAS, A LOS PARTICIPANTES EN EL PROCESO DE
CONTRATACION SEÑALADO.
342
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
4.
VERIFICAR LOS AVANCES FISICOS Y FINANCIEROS DE LAS OBRAS A SU
CARGO, REALIZANDO LA INSPECCION Y MEDICIONES QUE INDIQUEN
LAS
ESPECIFICACIONES
DEL
CONTRATO,
COMPARANDO
LOS
VOLUMENES DE LOS CONCEPTOS EJECUTADOS CON LOS DEL
PROGRAMA AUTORIZADO, CON EL FIN DE ASEGURAR QUE LA OBRA SE
REALICE CONFORME A LA CALIDAD Y EL PROGRAMA ESTIPULADOS EN
EL CONTRATO
5.
REVISAR Y CONTROLAR QUE LOS MATERIALES UTILIZADOS EN LA
EJECUCION DE LAS OBRAS A SU CARGO, SEAN DE LA CALIDAD Y
CARACTERISTICAS
PACTADAS
EN
EL
CONTRATO,
MEDIANTE
LA COMPARACION DE LOS REPORTES DE CONTROL DE CALIDAD DE LA
OBRA QUE LE SON ENTREGADOS CONTRA LOS VALORES DE LAS
ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR
QUE LAS OBRAS SE REALICEN CON LA CALIDAD REQUERIDA EN LOS
DOCUMENTOS CONTRACTUALES PARA PROPORCIONAR SEGURIDAD Y
CONFIANZA A LOS USUARIOS.
6.
TOMAR
LAS
DECISIONES
TECNICAS
CORRESPONDIENTES
Y
NECESARIAS PARA LA CORRECTA EJECUCION DE LOS TRABAJOS EN
LAS OBRAS A SU CARGO, ANALIZANDO LA INFORMACION QUE GENERA
EL PROCESO Y RESOLVIENDO LAS CONSULTAS, ACLARACIONES,
DUDAS O AUTORIZACIONES QUE PRESENTE EL SUPERVISOR O EL
CONTRATISTA, CON RELACION DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
DERIVADAS DEL CONTRATO, CON EL FIN DE ASEGURAR QUE LA OBRA
SE REALICE ININTERRUMPIDAMENTE Y SE CONCLUYA CONFORME A LO
ESPECIFICADO EN EL CONTRATO.
7.
VIGILAR QUE SE CUENTE CON LOS RECURSOS PRESUPUESTALES
NECESARIOS PARA REALIZAR LOS TRABAJOS CONTRATADOS EN LAS
OBRAS A SU CARGO, MEDIANTE LA VERIFICACION DE LA EXISTENCIA DE
LOS OFICIOS DE AUTORIZACION Y LIBERACION DE LOS RECURSOS
ASIGNADOS, CON EL FIN DE ASEGURAR QUE LAS OBRAS SE REALICEN
ININTERRUMPIDAMENTE.
8.
AUTORIZAR PARA SU TRAMITE DE PAGO LAS ESTIMACIONES QUE POR
TRABAJOS EJECUTADOS PRESENTE EL CONTRATISTA, VERIFICANDO
CON LA DOCUMENTACION SOPORTE QUE AVALE QUE LOS TRABAJOS
ESTIMADOS
SE
HAYAN
REALIZADO
DE
ACUERDO
A
LAS
ESPECIFICACIONES Y PROGRAMAS DEL CONTRATO, CON EL FIN DE
CUMPLIR LAS CONDICIONES DE PAGO PACTADAS EN EL CONTRATO
CORRESPONDIENTE.
9.
RENDIR INFORMES PERIODICOS; ASI COMO UN INFORME FINAL SOBRE
EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA, EN EL ASPECTO FINANCIERO,
MEDIANTE LA COMPARACION DE LOS RECURSOS EROGADOS EN
RELACION CON LOS RECURSOS ASIGNADOS Y CALENDARIZADOS, CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE LAS EROGACIONES SE REALICEN
CONFORME A LOS PROGRAMAS PACTADOS EN EL CONTRATO.
10. VERIFICAR
LA
CORRECTA
CONCLUSION
DE
LOS
TRABAJOS
CONTRATADOS RELATIVOS A LAS OBRAS A SU CARGO, MEDIANTE LA
INSPECCION FISICA DE LOS MISMOS EN CUMPLIMIENTO A LOS
REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO CORRESPONDIENTE,
CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR LA ADECUADA OPERACION Y
FUNCIONALIDAD DE LOS MISMOS PARA LOS FINES QUE FUERON
PROYECTADOS.
11. DOCUMENTAR EL PROCESOS DE ENTREGA-RECEPCION DE LAS OBRAS
A SU CARGO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO,
MEDIANTE LA ELABORACION DEL ACTA CORRESPONDIENTE Y SUS
ANEXOS, CON EL FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN
LOS TERMINOS CONTRACTUALES Y EN LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO.
12. AUTORIZAR EL FINIQUITO DEL CONTRATO, MEDIANTE LA ELABORACION
Y FIRMA DEL DOCUMENTO CORRESPONDIENTE, ASEGURANDOSE DE
QUE LA INFORMACION SEA LA QUE SE DERIVE DEL SEGUIMIENTO
ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO, CON EL FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A
LO ESTABLECIDO EN LOS TERMINOS CONTRACTUALES Y EN LA LAY DE
OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU
REGLAMENTO.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
343
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TERMINADO O PASANTE
AREA GENERAL:
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
INGENIERIA CIVIL
2.
ARQUITECTURA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
MENOR A UN AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
TECNOLOGIA DE LA
CONSTRUCCION
2.
TECNOLOGIA DE MATERIALES
Evaluaciones
de habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y
Examen de
Conocimientos
Generales
de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS EN:
http://www.gob.mx/sct/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE
LA APF EN:
PORTAL WWW.TRABAJAEN.GOB.MX EN EL APARTADO “DOCUMENTOS E
INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
APOYO TECNICO
Otros
conocimientos
REQUIERE CONOCIMIENTO EN VIAS TERRESTRES Y NOCIONES GENERALES
DE LA NORMATIVIDAD QUE REGULA LA OBRA PUBLICA.
MANEJO DE PAQUETERIA OFFICE.
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR A NIVEL NACIONAL O AL EXTRANJERO,
CAMBIO DE RESIDENCIA, HORARIO DE TRABAJO DIURNO, PERIODOS
ESPECIALES DE TRABAJO, DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL
SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
Puesto vacante
RESIDENTE DE OBRA
Código de puesto
09-650-1-E1C007P-0000195-E-C-D
Grupo, grado
y nivel
P11
Número de vacantes
UNA
Percepción
ordinaria
$14,270.00 MENSUAL BRUTO
Rango
ENLACE
Tipo de Nombramiento
CONFIANZA
Adscripción
CENTRO SICT VERACRUZ
SEDE (RADICACION)
VERACRUZ
Clasificación
de Puesto
TIPO
Objetivo General
del puesto
VIGILAR
LA
EJECUCION
DE
LAS
OBRAS
DE
CONSTRUCCION,
MODERNIZACION, RECONSTRUCCION O CONSERVACION DE CARRETERAS
AUTORIZADAS EN LOS PROGRAMAS DEL CENTRO SCT, REVISANDO QUE EL
PROYECTO SE DESARROLLE CONFORME A LOS PROGRAMAS DE TRABAJO
ESTABLECIDOS PARA ESTAS, DE ACUERDO A LA NORMATIVIDAD APLICABLE,
LEY DE OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS,
SU REGLAMENTO Y LINEAMIENTOS, CON LA FINALIDAD DE PROPORCIONAR
OBRAS CON CALIDAD QUE COADYUVEN AL MEJORAMIENTO Y CRECIMIENTO
DE LA INFRAESTRUCTURA CARRETERA A CARGO DEL CENTRO SCT,
ASEGURANDO LA COMODIDAD Y SEGURIDAD DE SUS USUARIOS.
Funciones
1.
RECOPILAR LA DOCUMENTACION TECNICA QUE DEBERA INTEGRARSE A
LAS BASES DE LICITACION, MEDIANTE LA OBTENCION DE LOS DATOS
EXISTENTES EN LA RESIDENCIA GENERAL CORRESPONDIENTE Y/O EN
LA UNIDAD GENERAL DE SERVICIOS TECNICOS, CON EL FIN DE
DISPONER DE LOS ELEMENTOS NECESARIOS PARA INICIAR EL
PROCESO DE CONTRATACION DE LAS OBRAS Y SERVICIOS A SU
CARGO.
344
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
2.
BRINDAR APOYO EN LA CELEBRACION DE LOS PROCESOS DE
CONTRATACION PARA LA REALIZACION DE OBRAS Y LOS SERVICIOS
RELACIONADOS CON LAS MISMAS QUE LE ENCOMIENDE EL CENTRO
SCT, PROPORCIONANDO LA DOCUMENTACION TECNICA REQUERIDA A
LA RESIDENCIA GENERAL DE ADSCRIPCION PARA INICIAR EL PROCESO
DE CONTRATACION, CON LA FINALIDAD DE QUE SE CUENTE CON LOS
ELEMENTOS
NECESARIOS
PARA
EFECTUAR
EL
PROCESO
DE
ADJUDICACION DE ACUERDO A LAS DISPOSICIONES NORMATIVAS
APLICABLES EN LA MATERIA.
3.
ATENDER LAS CONSULTAS CON RESPECTO AL PROYECTO Y LA
DOCUMENTACION TECNICA QUE PRESENTEN LOS PARTICIPANTES EN
LAS JUNTAS DE ACLARACIONES DEL PROCESO DE CONTRATACION,
REALIZANDO UNA COMPARACION CON LOS DATOS DISPONIBLES DE
LAS ESPECIFICACIONES CONTENIDAS EN LAS BASES DE LICITACION, A
FIN DE DEFINIR LA INFORMACION QUE ATIENDA LAS RESPUESTAS O
ACLARACIONES QUE PRESENTARA EL SERVIDOR PUBLICO QUE
PRESIDA DICHAS JUNTAS, A LOS PARTICIPANTES EN EL PROCESO DE
CONTRATACION SEÑALADO.
4.
VERIFICAR LOS AVANCES FISICOS Y FINANCIEROS DE LAS OBRAS A SU
CARGO, REALIZANDO LA INSPECCION Y MEDICIONES QUE INDIQUEN
LAS
ESPECIFICACIONES
DEL
CONTRATO,
COMPARANDO
LOS
VOLUMENES DE LOS CONCEPTOS EJECUTADOS CON LOS DEL
PROGRAMA AUTORIZADO, CON EL FIN DE ASEGURAR QUE LA OBRA SE
REALICE CONFORME A LA CALIDAD Y EL PROGRAMA ESTIPULADOS EN
EL CONTRATO
5.
REVISAR Y CONTROLAR QUE LOS MATERIALES UTILIZADOS EN LA
EJECUCION DE LAS OBRAS A SU CARGO, SEAN DE LA CALIDAD Y
CARACTERISTICAS PACTADAS EN EL CONTRATO, MEDIANTE LA
COMPARACION DE LOS REPORTES DE CONTROL DE CALIDAD DE
LA OBRA QUE LE SON ENTREGADOS CONTRA LOS VALORES DE LAS
ESPECIFICACIONES ESTABLECIDAS, CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR
QUE LAS OBRAS SE REALICEN CON LA CALIDAD REQUERIDA EN LOS
DOCUMENTOS CONTRACTUALES PARA PROPORCIONAR SEGURIDAD Y
CONFIANZA A LOS USUARIOS
6.
TOMAR
LAS
DECISIONES
TECNICAS
CORRESPONDIENTES
Y
NECESARIAS PARA LA CORRECTA EJECUCION DE LOS TRABAJOS EN
LAS OBRAS A SU CARGO, ANALIZANDO LA INFORMACION QUE GENERA
EL PROCESO Y RESOLVIENDO LAS CONSULTAS, ACLARACIONES,
DUDAS O AUTORIZACIONES QUE PRESENTE EL SUPERVISOR O EL
CONTRATISTA, CON RELACION DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES
DERIVADAS DEL CONTRATO, CON EL FIN DE ASEGURAR QUE LA OBRA
SE REALICE ININTERRUMPIDAMENTE Y SE CONCLUYA CONFORME A LO
ESPECIFICADO EN EL CONTRATO.
7.
VIGILAR QUE SE CUENTE CON LOS RECURSOS PRESUPUESTALES
NECESARIOS PARA REALIZAR LOS TRABAJOS CONTRATADOS EN LAS
OBRAS A SU CARGO, MEDIANTE LA VERIFICACION DE LA EXISTENCIA DE
LOS OFICIOS DE AUTORIZACION Y LIBERACION DE LOS RECURSOS
ASIGNADOS, CON EL FIN DE ASEGURAR QUE LAS OBRAS SE REALICEN
ININTERRUMPIDAMENTE.
8.
AUTORIZAR PARA SU TRAMITE DE PAGO LAS ESTIMACIONES QUE POR
TRABAJOS EJECUTADOS PRESENTE EL CONTRATISTA, VERIFICANDO
CON LA DOCUMENTACION SOPORTE QUE AVALE QUE LOS TRABAJOS
ESTIMADOS
SE
HAYAN
REALIZADO
DE
ACUERDO
A
LAS
ESPECIFICACIONES Y PROGRAMAS DEL CONTRATO, CON EL FIN DE
CUMPLIR LAS CONDICIONES DE PAGO PACTADAS EN EL CONTRATO
CORRESPONDIENTE.
9.
RENDIR INFORMES PERIODICOS; ASI COMO UN INFORME FINAL SOBRE
EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA, EN EL ASPECTO FINANCIERO,
MEDIANTE LA COMPARACION DE LOS RECURSOS EROGADOS EN
RELACION CON LOS RECURSOS ASIGNADOS Y CALENDARIZADOS, CON
LA FINALIDAD DE ASEGURAR QUE LAS EROGACIONES SE REALICEN
CONFORME A LOS PROGRAMAS PACTADOS EN EL CONTRATO.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
345
10. VERIFICAR
LA
CORRECTA
CONCLUSION
DE
LOS
TRABAJOS
CONTRATADOS RELATIVOS A LAS OBRAS A SU CARGO, MEDIANTE LA
INSPECCION FISICA DE LOS MISMOS EN CUMPLIMIENTO A LOS
REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL CONTRATO CORRESPONDIENTE,
CON LA FINALIDAD DE ASEGURAR LA ADECUADA OPERACION Y
FUNCIONALIDAD DE LOS MISMOS PARA LOS FINES QUE FUERON
PROYECTADOS.
11. DOCUMENTAR EL PROCESOS DE ENTREGA-RECEPCION DE LAS OBRAS
A SU CARGO CONFORME A LO ESTABLECIDO EN EL CONTRATO,
MEDIANTE LA ELABORACION DEL ACTA CORRESPONDIENTE Y SUS
ANEXOS, CON EL FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN
LOS TERMINOS CONTRACTUALES Y EN LA LEY DE OBRAS PUBLICAS Y
SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU REGLAMENTO.
12. AUTORIZAR EL FINIQUITO DEL CONTRATO, MEDIANTE LA ELABORACION
Y FIRMA DEL DOCUMENTO CORRESPONDIENTE, ASEGURANDOSE DE
QUE LA INFORMACION SEA LA QUE SE DERIVE DEL SEGUIMIENTO
ADMINISTRATIVO DEL CONTRATO, CON EL FIN DE DAR CUMPLIMIENTO A
LO ESTABLECIDO EN LOS TERMINOS CONTRACTUALES Y EN LA LAY DE
OBRAS PUBLICAS Y SERVICIOS RELACIONADOS CON LAS MISMAS Y SU
REGLAMENTO.
Y DEMAS FUNCIONES INHERENTES AL CARGO, AQUELLAS DESCRITAS EN EL REGLAMENTO
INTERIOR, LOS MANUALES DE ORGANIZACION, PROCESOS RESPECTIVOS Y EL PERFIL DE
PUESTOS, ASI COMO LAS QUE SE DETERMINEN POR NECESIDAD DEL PUESTO.
Escolaridad
NIVEL DE ESTUDIOS: LICENCIATURA O PROFESIONAL
GRADO DE AVANCE: TERMINADO O PASANTE
AREA GENERAL:
1.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
2.
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
CARRERA SOLICITADA:
1.
INGENIERIA CIVIL
2.
ARQUITECTURA
Experiencia
AREA GENERAL
1.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
2.
CIENCIAS TECNOLOGICAS
MENOR A UN AÑO (S) EN:
AREA DE EXPERIENCIA
1.
TECNOLOGIA DE MATERIALES
2.
TECNOLOGIA DE LA
CONSTRUCCION
Evaluaciones
de habilidades
BATERIA PSICOMETRICA
Examen de
conocimientos
Técnicos y
Examen de
Conocimientos
Generales
de la APF
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS EN:
http://www.gob.mx/sct/documentos/subsistema-de-ingreso
CONSULTAR TEMARIO PARA EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE
LA APF EN:
PORTAL WWW.TRABAJAEN.GOB.MX EN EL APARTADO “DOCUMENTOS E
INFORMACION RELEVANTE”, EN EL APARTADO “TEMARIO DEL EXAMEN DE
CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL”
Rama de cargo
APOYO TECNICO
Otros
conocimientos
REQUIERE CONOCIMIENTO EN VIAS TERRESTRES Y NOCIONES GENERALES
DE LA NORMATIVIDAD QUE REGULA LA OBRA PUBLICA. MANEJO DE
PAQUETERIA OFFICE.
Requisitos
adicionales
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR A NIVEL NACIONAL O AL EXTRANJERO,
CAMBIO DE RESIDENCIA, HORARIO DE TRABAJO DUIRNO, PERIODOS
ESPECIALES DE TRABAJO, DE ACUERDO CON LAS NECESIDADES DEL
SERVICIO.
Observaciones
NO PERMITE REACTIVAR
BASES DE PARTICIPACION
1ª.- Principios del concurso
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, atendiéndose en todo momento lo
dispuesto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que señala
prohibición de todo tipo de discriminación que vulnere los derechos de las personas, y lo dispuesto en la
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
346
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
No se consideran discriminatorias las acciones afirmativas encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva
entre mujeres y hombres en materia del Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal
Centralizada, así como promover acciones que favorezcan la inclusión y profesionalización de personas
jóvenes, indígenas, afrodescendientes, afromexicanas y con discapacidad, conforme a los principios
establecidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los tratados y convenios
internacionales, y demás disposiciones aplicables.
El desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico de Selección (CTS), se sujeta a las
disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, su
Reglamento y el Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
2ª.- Requisitos de participación
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia determinados para
el puesto y que se señalan en la presente convocatoria. Adicionalmente, se deberá acreditar el cumplimiento
de los siguientes requisitos legales, de conformidad con el Artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal:
1.
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar;
2.
No haber sido sentenciado (a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
3.
Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público;
4.
No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún culto;
5.
No estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así
como;
6.
Presentar las evaluaciones que se indican para cada caso.
En el caso del personal que se haya apegado a un Programa de Retiro Voluntario en la Administración
Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida cada año por la
Unidad de Política y Control Presupuestario de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Se solicita a quienes participen que antes de realizar su inscripción al concurso, verifiquen las carreras
genéricas y específicas, así como el área general y el área de experiencia requeridas en el perfil del puesto
publicados en el sistema informático TrabajaEn
3ª.- Programación del concurso
El concurso se conducirá de acuerdo con la programación que se indica; las fechas podrán modificarse
cuando así resulte necesario, por lo que se recomienda dar seguimiento del concurso en el sistema
informático TrabajaEn.
Programación
Publicación de Convocatoria
11 de marzo de 2026
Registro de aspirantes
(en el sistema informático TrabajaEn)
Del 11 al 25 de marzo de 2026
Revisión curricular
(por el sistema informático TrabajaEn)
Del 11 al 25 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
(se deberá realizar conforme al procedimiento
descrito en la base 17ª)
El Comité Técnico de Selección acuerda que,
bajo ningún supuesto se permitirá la reactivación
de folio en la etapa de revisión curricular.
Exámenes de Conocimientos
A partir del 31 de marzo de 2026
Evaluación de Habilidades
A partir del 31 de marzo de 2026
Evaluación de Experiencia y Valoración del Mérito
A partir del 31 de marzo de 2026
Revisión Documental
A partir del 31 de marzo de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
A partir del 06 de abril de 2026
Determinación
08 de junio de 2026
4ª.- Registro de aspirantes
Con fundamento en el Artículo 238 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en
materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente, cualquier persona podrá
incorporar en el sistema informático TrabajaEn, sin que medie costo alguno, su información personal,
curricular y profesional, con el fin de participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten
de su interés.
Una vez que la persona interesada haya incorporado la información necesaria para configurar su perfil
profesional y acepte las condiciones de uso y restricciones de registro, el sistema informático TrabajaEn le
asignará un número de folio de registro general.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
347
El registro de personas aspirantes a un concurso se realizará a partir de la fecha de publicación de la
convocatoria y a través del sistema informático TrabajaEn, el cual les asignará un número de folio de
participación, mismo que servirá para formalizar su inscripción e identificación durante todo el desarrollo
del concurso.
Cuando la Dirección General de Recursos Humanos y Organización (DGRHO) advierta la duplicidad de
registros en el sistema informático TrabajaEn con motivo de un concurso, el CTS procederá al descarte
del segundo o subsecuentes folios de registro en éste, e informará esta situación a la Unidad de Políticas para
el Servicio Público para que, en su caso, determine las medidas que resulten pertinentes.
La revisión curricular efectuada a través del sistema informático TrabajaEn se llevará a cabo, sin perjuicio de
la revisión y evaluación de la documentación que realice la DGRHO a la información entregada por las
personas aspirantes. De esta manera se verificará que las personas aspirantes acrediten que cumplen con los
requisitos establecidos en la convocatoria.
5ª.- Presentación de evaluaciones y desahogo de las etapas del proceso
De conformidad con lo establecido en el Art. 34 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera
en la Administración Pública Federal, publicado el, 04 de enero de 2024 y Acuerdo por el que se establecen
las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente,
“El procedimiento de selección de los aspirantes comprenderá las siguientes etapas:
I. Revisión curricular; II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades; III. Evaluación de la
Experiencia y Valoración del Mérito, IV. Entrevistas, y V. Determinación”
La Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (Secretaría):
Comunicará a cada persona aspirante, por lo menos con 2 días hábiles de anticipación, la fecha, hora y lugar
en que se realizará el desahogo de cada una de las etapas y fases del concurso a través del sistema
informático TrabajaEn, en el rubro "Mis Mensajes", siendo motivo de descarte el no presentarse en la fecha,
hora y lugar señalados o no presentar la documentación que se le requiera.
La Secretaría aplicará las herramientas de evaluación en sus instalaciones, en los Centros SICT de la
República Mexicana, o en su caso, en los Centros de Evaluación autorizados (se podrá considerar el lugar de
adscripción de la plaza).
Para cada una de las etapas es necesario que cada persona aspirante se presente con su comprobante de
folio asignado por el sistema informático TrabajaEn e identificación oficial vigente con fotografía y firma.
Para realizar el Examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal, la persona
aspirante HARA USO DE SU NUMERO DE FOLIO DE TRABAJAEN (se muestra en la página de bienvenida
al portal) Y LA CONTRASEÑA con la que accede a su usuario en el sistema informático TrabajaEn, por lo
que es INDISPENSABLE contar con dicha contraseña al momento de presentarse a la evaluación, en caso no
tenerla, conocerla o recordarla no podrá realizar el Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y será motivo de descarte inmediato.
Adicionalmente, y como medida de prevención de contagio y dispersión del coronavirus SARS-CoV2, es
necesario que cada persona aspirante que se presente en las instalaciones de la Secretaría al desahogo de
las etapas del concurso utilice cubrebocas y/o careta para su acceso y permanencia en dichas instalaciones,
además de apegarse al protocolo que la Secretaría implemente para el acceso a las instalaciones.
6ª.- Examen de Conocimientos
La Subetapa de Examen de conocimientos, constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
Examen de conocimientos técnicos del puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 70, en una escala
de 0 a 100 sin decimales; obtener una calificación menor es motivo de descarte. Las personas que acrediten
el Examen de conocimientos técnicos podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al Examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal, cuya calificación ponderada se sumará con la
calificación ponderada del examen de conocimientos técnicos para obtener la calificación de la subetapa, cuyo
mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un resultado menor a este será motivo
de descarte, así como el hecho de no presentarse en la fecha, lugar y hora señalados en el mensaje del
sistema informático TrabajaEn.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales de
la Administración Pública Federal será de 50% cada uno, para así obtener un total de 100%.
El resultado del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal serán sumados, con el objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de
Exámenes de Conocimientos de acuerdo con sistema de puntuación para cada nivel jerárquico.
El resultado de la sumatoria del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal deberá ser IGUAL O MAYOR A 70 para poder continuar con las
siguientes etapas del proceso.
Si la sumatoria de los resultados del examen de conocimientos técnicos y del examen de conocimientos
Generales de la Administración Pública Federal es MENOR A 70, se procederá al descarte de la persona
candidata.
348
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Tratándose de resultados aprobatorios de los exámenes de conocimientos técnicos, éstos tendrán vigencia
de un año, en relación con el puesto sujeto a concurso siempre y cuando se trate de la misma plaza y sede de
radicación, la misma persona titular de la presidencia del CTS, además de que no cambie el temario con el
cual se evaluaron los conocimientos de que se trate; por lo que, en caso de existir diferencias entre los
aspectos mencionados, no se podrán considerar dichos resultados en las evaluaciones de los concursos de
esta convocatoria. En caso de que se cumplan los criterios anteriores, la calificación se replicará en el sistema
informático TrabajaEn, siempre y cuando la persona aspirante interesada lo solicite mediante un escrito
dirigido al (la) Secretario (a) Técnico (a) del Comité Técnico de Selección durante el periodo establecido para
el registro de aspirantes al concurso. De no existir dicha solicitud y aprobación de la misma, la calificación no
se replicará.
En el caso de puestos tipo, es decir, que cuenten con el mismo perfil de puesto y temario, que se trate de la
misma persona titular de la presidencia del CTS y se publiquen en la misma convocatoria, el sistema
informático TrabajaEn replicará en forma automática la calificación obtenida por el/la candidato (a), hecho que
se precisará a las personas aspirantes por medio del mensaje de invitación al desahogo de las Etapas II y III,
enviado a través del centro de mensajes en el sistema informático TrabajaEn.
La herramienta de evaluación que esta Dependencia aplicará para el Examen de Conocimientos Generales de
la Administración Pública Federal será la proporcionada por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de
la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Los resultados NO aprobatorios de los exámenes de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal aplicados en los procesos de selección tendrán vigencia de dos días naturales contados a partir del
registro de los resultados en el sistema informático Trabajaen. Es importante aclarar, que NO se puede
RENUNCIAR AL RESULTADO de las evaluaciones por lo que al inscribirse a un concurso y obtener un folio
de participación, el sistema verificará los resultados vigentes de los exámenes de conocimientos y de las
evaluaciones de habilidades. En caso de coincidir con las registradas en el concurso al que se va a inscribir, el
sistema reflejará los resultados vigentes.
Tratándose de resultados aprobatorios de los Exámenes de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, éstos tendrán vigencia de un año a partir del registro en el sistema informático Trabajaen.
Las personas aspirantes podrán participar en otros concursos sin tener que sujetarse nuevamente al Examen
de conocimientos generales de la Administración Pública Federal cuando hayan obtenido un resultado
aprobatorio y se encuentre vigente, dicho resultado se verá reflejado de forma automática en el sistema
informático Trabajaen.
En caso de solicitar la revisión de exámenes de Conocimientos, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la
correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados. La persona
aspirante deberá solicitarlo a través de escrito fundamentado con firma autógrafa de la persona aspirante;
dirigido al CTS anexando copia de identificación oficial vigente con fotografía y firma; únicamente se aceptará:
credencial para votar, pasaporte o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018; y
enviarse a la dirección de correo electrónico ingreso@sict.gob.mx, dentro de un plazo máximo de tres días
hábiles, contados a partir de la publicación de los resultados de esta etapa en el sistema informático
TrabajaEn, indicando para cuál de los exámenes de conocimientos requiere revisión. De conformidad con el
artículo 265 de las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, la revisión de exámenes sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas
de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las
opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de
evaluación.
Los temarios sobre los que versarán los exámenes de conocimientos técnicos serán publicados en la
convocatoria
publicada
en
el
sistema
informático
TrabajaEn
y
en
el
portal
https://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso.
El Temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal se encuentra
disponible en el sistema informático TrabajaEn en el apartado “Documentos e Información Relevante”, en el
apartado “Temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal”. Las dudas
relacionadas con este temario deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta
de correo electrónico trabajaen@buengobierno.gob.mx.
El requisito establecido en la fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, se tendrá por acreditado cuando las personas aspirantes sean consideradas
finalistas por el CTS, toda vez que tal circunstancia implica ser apto para ocupar el puesto en concurso y
susceptible de resultar ganador del mismo, de conformidad al artículo 278 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
349
Además del comprobante de folio asignado por el sistema informático TrabajaEn (Hoja de Bienvenida de
TrabajaEn), e identificación oficial vigente con fotografía y firma, las personas aspirantes a participar deberán
presentar comprobante original que acredite el nivel de estudios requerido en el perfil del puesto por el cual
concursan, y deberán contar con SU NUMERO DE FOLIO DE TRABAJAEN (se muestra en la página de
bienvenida al portal), Y LA CONTRASEÑA con la que accede a su usuario en el sistema informático
TrabajaEn, el no presentar alguno de estos documentos, el no contar con su folio y/o no tener, conocer o
recordar su contraseña en el sistema informático TrabajaEn será motivo de descarte. Asimismo, se verificará
la consistencia de los datos personales en la “Hoja de Bienvenida” obtenida del portal Trabajen (CURP, RFC y
nombre), los cuales deberán coincidir con los documentos oficiales que presente la persona aspirante.
Una vez que las personas aspirantes se encuentren en la sala de evaluaciones se darán indicaciones para el
desarrollo de la sesión de evaluación de conocimientos; en caso de que las personas aspirantes no acaten
dichas indicaciones será motivo de descarte.
7ª.- Evaluación de Habilidades
Se aplicará una batería de pruebas psicométricas y en todos los casos se otorgará una calificación de 100
puntos y tendrá vigencia de un año.
8ª.- Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Para la Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito, se aplicará la Metodología establecida por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y las reglas de valoración y puntuación general establecidas por el
Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, las
cuales se pueden consultar en el siguiente enlace:
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/1048566/METODOLOGIA_Y_ESCALAS_DE_CALIFICACION_SABG_ACTUALIZADO.pdf
Se evaluará a cada persona aspirante conforme a la citada Metodología y Escala en las fechas y lugares que
se indiquen, a través del mensaje remitido por el sistema informático TrabajaEn. Las personas aspirantes
deberán presentar evidencias de los siguientes elementos:
Evaluación de la Experiencia: orden de los puestos desempeñados; duración en los puestos desempeñados;
experiencia en el sector público; experiencia en el sector privado; experiencia en el sector social; nivel de
responsabilidad; nivel de remuneración; relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con
las del puesto vacante; en su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
Valoración del Mérito: resultado de la evaluación del desempeño; resultados de las acciones de capacitación;
resultados de procesos de certificación; logros; distinciones; reconocimientos o premios; actividad destacada
en lo individual; otros estudios; habla de lengua indígena, autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena
o afrodescendiente o afromexicana, perspectiva de juventudes, persona con discapacidad.
9ª.- Revisión Documental
Para el desahogo de esta etapa (de conformidad con las especificaciones que al efecto se remitan a través
del mensaje en el sistema informático TrabajaEn), la persona aspirante deberá presentar ORIGINAL de los
siguientes formatos denominados:
1. Revisión documental
2. Escrito Bajo Protesta de Decir Verdad,
3. Referencias Laborales
4. Nivel de Responsabilidad (No requerido para personas aspirantes a puestos de nivel Enlace)
5. Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana
6. Autorreconocimiento persona con discapacidad y,
7. Cédulas de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Los
formatos
mencionados
se
encuentran
disponibles
en
la
liga
https://www.gob.mx/sict/documentos/subsistema-de-ingreso (consultar guía de llenado). Así mismo, deberá
presentar original o copia certificada (para cotejo) y copia simple de los documentos referidos en dichos
formatos, mismos que se citan a continuación (en caso de no presentar dichos formatos será motivo de
descarte):
●
Los formatos referidos asentando la fecha de entrega de la documentación (de acuerdo con la fecha y
hora límites para la entrega de los mismos, señalada en su mensaje de invitación para el desahogo de
esta etapa) así como la firma de la persona aspirante, en los recuadros correspondientes (se aceptará
sólo firma autógrafa). Estos deberán presentarse debidamente requisitados y firmados. El no presentar
alguno de estos documentos como se indica, será motivo de descarte.
●
Original o copia certificada (para cotejo) y copia simple de los documentos referidos en los formatos de
Revisión documental y cédulas de evaluación de la experiencia y valoración del mérito, mismos que se
citan a continuación:
1.
Impresión del documento de bienvenida al Sistema informático TrabajaEn, como comprobante del
folio asignado para el concurso. Los datos de la “Hoja de Bienvenida” obtenida en el sistema
informático TrabajaEn (CURP, RFC y nombre) deberán coincidir con los documentos oficiales que
presente la persona aspirante en cada una de las etapas, en caso de que exista alguna
inconsistencia u omisión en los mismos será motivo de descarte automático.
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DIARIO OFICIAL
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2.
Currículum Vítae emitido por en el sistema informático TrabajaEn, con el que se registró en el
concurso respectivo firmado en cada hoja.
3.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial para votar
vigente, pasaporte vigente, cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
4.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda y CURP en el formato vigente.
5.
Escrito bajo protesta de decir verdad, en el que se manifieste:
●
Ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición
migratoria permita la función a desarrollar;
●
No haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por delito doloso;
●
No pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto;
●
No estar inhabilitado(a) para el servicio público;
●
Que la documentación presentada es auténtica.
●
Que, en caso de haber sido beneficiado(a) por su incorporación al Programa de Conclusión
de Prestación de Servicios en la Administración Pública Federal, y resultará ganador(a) del
concurso, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
6.
Hoja de Liberación del Servicio Militar Nacional (únicamente varones hasta los 45 años).
7.
Las personas servidoras públicas de carrera podrán presentar la más reciente evaluación del
desempeño anual, con fundamento en lo previsto en el Artículo 37 de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, para ser evaluadas en el Elemento 9 Experiencia en
puestos inmediatos inferiores al de la vacante de la Cédula de Evaluación de la Experiencia.
En caso de que la persona servidora pública de carrera titular no presente evaluación del
desempeño, no se asignará calificación en la Cédula de Valoración del Mérito, se asentará el registro
como SIN CALIFICACION.
8.
Documentos con los que acredite los años de experiencia profesional solicitados en el perfil del
puesto. Para acreditar los años de experiencia solicitados en el perfil del puesto y que se
manifestaron en el currículum registrado en el sistema informático TrabajaEn, se aceptarán:
-
Constancias laborales en hoja membretada, firmada, y en su caso sellada, y que contengan
como mínimo los siguientes datos: nombre de la persona aspirante, periodo laborado, emitidas
por el responsable del área de Recursos Humanos o Administración correspondiente (con
nombre, puesto y firma de la persona que la emite);
-
Hojas de servicio;
-
Constancias de servicio activo;
-
Contratos completos, debidamente firmados y, en su caso sellados, por todas las partes
involucradas;
-
Talones de pago, recibos de pago quincenales/mensuales que correspondan a la totalidad del
periodo que se pretenda acreditar (se deberán integrar todos y cada uno de los recibos y/o
talones);
-
Constancias de semanas de cotización al ISSSTE o al IMSS, y
-
Constancia de finalización de Servicio Social y/o Prácticas Profesionales.
-
Para las personas aspirantes que presenten como experiencia laboral su participación en el
Programa Jóvenes Construyendo el Futuro, deberán presentar la pantalla “Mi historial” emitida
por la plataforma del Programa (en este apartado se encuentran las fechas inicio y fin de su
capacitación)
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas
de recomendación, nombramientos, propuestas de trabajo, cartas finiquito, renuncias, recibos de
honorarios expedidos por el propio candidato, cheques, estados de cuenta, constancias emitidas por
el superior jerárquico inmediato del puesto ocupado, constancias de sueldos, salarios, conceptos
asimilados y crédito al salario o constancias de haber realizado proyectos de investigación.
Las actividades docentes no serán consideradas como experiencia laboral. En caso de presentar
constancias laborales que avalen periodos empalmados (es decir, que se desarrollaron en el mismo
lapso de tiempo), sólo se considerará el periodo que no se repita para cada constancia,
computándose así en el conteo para acreditar años de experiencia laboral.
9.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido para el puesto. En los casos en que
el requisito académico sea de nivel Licenciatura con grado de avance Titulado, sólo serán válidos el
Título registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o
en su caso, mediante la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha
autoridad. Para acreditar el requisito de escolaridad de nivel Licenciatura, serán válidos, los
grados de Maestría o Doctorado en las áreas de estudio y carreras establecidas en el perfil
de puesto, siempre y cuando, el grado de avance de la Maestría o Doctorado sea Titulado y se
encuentre registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública.
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DIARIO OFICIAL
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En caso de presentar Título Profesional de Maestría o Doctorado, sólo serán válidos el Título
registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o en su
caso, mediante la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha
autoridad. En el caso de haber realizado estudios en el extranjero, se deberá presentar la constancia
de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Para los casos
en los que el requisito académico señale "Terminado o Pasante" se aceptará Carta de Pasante
expedida por la institución académica de procedencia o por la Secretaría de Educación Pública, en
su defecto, podrá presentar el documento oficial con el que acredite haber cubierto el 100% de los
créditos del nivel de estudios solicitado, en caso de presentar Título Profesional sólo serán válidos el
Título registrado en la Dirección General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o
en su caso, mediante la presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha
autoridad. En el caso de que el perfil de puesto requiera escolaridad Preparatoria/Bachillerato,
Técnico Superior Universitario o Secundaria, se deberá presentar el Certificado correspondiente o el
grado superior siguiente con avance mínimo de terminado o pasante. Todos los Títulos y Cédulas
Profesionales serán verificadas en el Registro Nacional de Profesionistas, en caso de no encontrarse
registro en dicha plataforma, será motivo de descarte.
10. Cédula de identificación Fiscal o constancia de registro en el Registro Federal de Contribuyentes
(RFC) formato actualizado.
Respecto a los elementos contenidos en la Cédula de Valoración del Mérito, particularmente para acreditar los
Elementos: 9 Habla de lengua indígena; 10 Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena,
afrodescendiente o afromexicana; 11 perspectiva de juventudes y 12 personas con discapacidad, deberá
presentar lo siguiente: Elemento 9 Habla de lengua indígena, deberá presentar original y copia de las
constancias en las que se corrobore el nivel de conocimiento y manejo de lenguas indígenas, en sus 4
habilidades básicas del lenguaje: hablar, escuchar o comprender, leer y escribir. Se calificarán de acuerdo al
manejo y conocimiento de alguna (s) lengua (s) indígena (s). Nivel 1: *Carta u oficio expedido por la autoridad
comunitaria de su lugar de origen, que señale que es hablante de una lengua indígena nacional. *Acreditación
de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o
por alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado regular o bueno). *Acreditación
o documento equivalente a cursos, no menores a 220 horas que avalen, al menos un nivel básico en alguna
de las lenguas indígenas o sus variantes. *Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico,
infografías, folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etcétera.) acreditando fehacientemente su
autoría. *Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha sido parte
de los procesos de formación como intérprete, mediadora bilingüe o traductora de lenguas indígenas.
*Certificado de competencia laboral (relacionado con la interpretación, atención en lengua indígena o
traducción). Nivel 2: *Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el INALI o alguna
otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado excelente). *Publicaciones en gacetas,
revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio
del que se trate, acreditando fehacientemente su autoría. *Evidencias de trabajo que avalen su experiencia
como intérprete, mediador (a) bilingüe y/o traductor (a) de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etc.) acreditando fehacientemente su autoría. Otros que al
efecto establezca la UPSPS.
Elemento 10 Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o afromexicana.
La denominación del presente elemento deriva de la forma en que se propone su valoración, toda vez que la
autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena o afrodescendiente/afromexicana es el acto voluntario
mediante el cual personas o comunidades, que tienen un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de
otro tipo y, que deciden identificarse como integrantes de un pueblo o comunidad indígena reconocido por el
Estado. La auto adscripción es una manifestación de identidad y pertenencia cultural. La autoadscripción a un
pueblo o a una comunidad indígena o afrodescendiente se calificará de acuerdo con la manifestación que
realice, por su parte, la persona aspirante, que así lo manifieste, en la revisión documental durante el
concurso. La persona participante deberá identificar por escrito de declaración de autoadscripción, el nombre
del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba.
Elemento 11 Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de Juventudes, se considera como elemento
de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla con los requisitos de escolaridad
y de experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso.
Deberá presentar original y copia de CURP o acta de nacimiento que acredite que al momento de la
publicación del concurso la persona aspirante era menor de 30 años. Se considerará este elemento
a la persona candidata que compruebe ser menor de 30 años a la fecha de publicación del concurso.
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DIARIO OFICIAL
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Elemento 12 personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar de presentar una
discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (LGIPD),
cumplan con los requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil
del puesto. Deberá requisitar el formato donde manifieste su autoreconocimiento como persona con
discapacidad. La persona candidata manifestará por escrito si se autoreconoce o no como persona
con discapacidad y, realizará la descripción de su discapacidad.
No será considerada la documentación recibida fuera de los plazos establecidos, indicados en el mensaje que
se envía a las personas aspirantes a su cuenta de Trabajaen por lo que, si no presenta la documentación
requerida a totalidad, será motivo de descarte inmediato del concurso; no obstante, que haya acreditado las
evaluaciones correspondientes. Así mismo, en caso de que la documentación no sea legible, se encuentre
incompleta, parcialmente visible o en mal estado también será motivo de descarte del concurso; no obstante,
haber cubierto los puntos antes referidos.
La DGRHO o su representación en los Centros SICT presentará a cada persona aspirante que acredite la
Etapa III. Evaluación de Experiencia y Valoración del Mérito, las Cédulas correspondientes debidamente
calificadas, mismas que las personas aspirantes deberán revisar, rubricar y firmar en el momento, al finalizar
la revisión de los documentos entregados para la acreditación de dicha etapa.
En caso de fuerza mayor, las personas aspirantes deberán enviar la documentación en archivo digitalizado
PDF, al correo electrónico ingreso@sict.gob.mx, (de conformidad con las especificaciones que al efecto se
remitan a través del mensaje de Trabajaen).
La DGRHO podrá constatar la autenticidad de la información presentada por las personas aspirantes en todas
las etapas y fases del proceso de selección. En los casos que no se acredite su autenticidad será motivo de
descarte del proceso y la Secretaría se reserva el derecho de ejercer las acciones legales procedentes.
10ª.- Entrevista
Para el desahogo de esta etapa, y en atención a los Criterios Técnicos para la reactivación de plazos y
términos para la operación del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, emitido
por la SFP, y a través del cual se insta a privilegiar el uso de las tecnologías de información y la comunicación
para el desarrollo de las etapas de los concursos como medida de prevención de contagio y dispersión del
coronavirus SARS-CoV2, y por determinación del Comité Técnico de Profesionalización de esta Secretaría,
los CTS podrán realizar la etapa de entrevista mediante videoconferencia en las plataformas electrónicas
existentes, considerando las posibilidades y condiciones de infraestructura tecnológica con las que cuenten,
así como las posibilidades tecnológicas de las personas aspirantes para desarrollar dicha etapa a distancia.
En caso de que se realice de manera presencial se deberán respetar las medidas sanitarias que determine la
Secretaría.
En caso de que la Etapa de Entrevista y Determinación se realice mediante videoconferencia, en el mensaje
de invitación al desahogo dicha etapa, será notificada la fecha, horario y plataforma electrónica a utilizar.
La persona aspirante deberá confirmar en 24 horas máximo, contadas a partir de la notificación, al correo
ingreso@sict.gob.mx, que cuenta con las posibilidades tecnológicas para desarrollar dicha etapa a distancia.
En caso de que no se reciba en el correo electrónico mencionado notificación alguna, se entenderá que la
persona aspirante está en posibilidad de atender la etapa en comento a distancia. En el supuesto de que
la persona aspirante notifique que no cuenta con las posibilidades tecnológicas para llevar a cabo a distancia
la Etapa de Entrevista, se le facilitarán los medios en instalaciones de la Secretaría o se realizará la
programación de dicha Etapa de manera presencial.
En todos los casos y siempre que el universo lo permita, serán entrevistados (as) quienes se encuentren en
primero, segundo y tercer lugar en orden de prelación, de acuerdo con las calificaciones obtenidas.
En caso de empate en tercer lugar, accederán a la Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de
las personas aspirantes que compartan el tercer lugar. Cuando las personas aspirantes repliquen su
participación en más de una plaza de puestos tipo publicados en una misma convocatoria, se les entrevistará
en una sola ocasión por la totalidad de las plazas en que participen, siempre y cuando el Superior Jerárquico
sea el mismo.
METODOLOGIA PARA APLICACION DE ENTREVISTA:
El objetivo de la etapa IV de Entrevista es que el CTS profundice en la valoración de la capacidad de los
candidatos y verifique si reúnen el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, de conformidad con
los artículos 272 y 274 del Acuerdo por el que se establecen las Disposiciones Generales en materia de
Recursos Humanos de la Administración Pública Federal, vigente.
Las Entrevistas deberán realizarse en forma colegiada y participativa y la misma consistirá en dos momentos:
●
El de preguntas y respuestas y,
●
El de elaboración del reporte de evaluación
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DIARIO OFICIAL
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La evaluación de cada persona aspirante se realizará, de conformidad con los siguientes criterios:
●
Contexto, situación o tarea (favorable o adverso)
●
Estrategia o acción (simple o compleja)
●
Resultado (sin impacto o con impacto)
●
Participación (protagónica o como miembro de equipo)
El reporte de la evaluación de cada persona aspirante se realizará utilizando los formatos establecidos para
tales efectos, con el que cada miembro del CTS calificará en una escala de 0 a 100, sin decimales.
11ª.- Determinación
Se considerarán como finalistas, a quienes obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación establecido en el
Sistema de Puntuación, el cual será de 70 puntos en todos los casos.
En esta etapa el CTS resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:
a)
Ganador(a) del concurso, al/(a la) finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, al/(a la) de mayor Calificación Definitiva, y
b)
Al/(a la) finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto sujeto
a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la Secretaría, el (la) ganador(a) señalado(a) en el
inciso anterior:
i.
Comunique a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto.
ii.
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, o
c)
Desierto el concurso.
En caso de empate, el CTS determinará con base en el artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y el artículo 281 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente. Si una vez agotados los criterios de desempate establecidos en el artículo 281 de dichas
Disposiciones, subsistiera una situación de empate entre finalistas, se elegirá ganadora a la persona de
género femenino. Esta acción afirmativa se realiza con la finalidad de que se promueva la igualdad sustantiva
en el acceso al trabajo formal y remunerado en concordancia con la Ley General para la Igualdad entre
Mujeres y Hombres, en total apego al principio rector “equidad de género” del Sistema del Servicio Profesional
de Carrera, ya que el Gobierno Federal debe garantizar el cumplimiento de los derechos humanos de las
mujeres y las niñas como un compromiso prioritario. Lo anterior, en concordancia con lo establecido
en los artículos 3 fracción I, 66, 67 y 68 de las citadas Disposiciones.
12ª.- Declaración del concurso desierto
El CTS podrá declarar desierto un concurso por las siguientes causas, en apego al Artículo 40 del Reglamento
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
I.
Porque ningún(a) candidato(a) se presentó al concurso;
II.
Porque ninguno(a) de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser
considerado(a) finalista; o
III. Porque sólo un(a) finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado(a) o bien, no obtenga la
mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección.
13ª.- Publicación de resultados
Los resultados de los concursos serán publicados en el sistema informático TrabajaEn.
14ª.- Reserva de aspirantes
Conforme al artículo 36 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, las personas candidatas entrevistadas por el CTS que no resulten ganadores(as) del
concurso y obtengan el Puntaje Mínimo de Calificación, se integrarán a la Reserva de Aspirantes de la rama
de cargo o puesto de que se trate en la Secretaría, teniendo una vigencia de permanencia en la misma de un
año, contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso.
Cada finalista estará en posibilidad de participar en concursos bajo la modalidad de "convocatoria dirigida a la
reserva de aspirantes", durante el periodo que dure la vigencia de su permanencia en la reserva de
aspirantes, tomando en cuenta la clasificación de puestos y ramas de cargo establecidas en la Secretaría.
15ª. y 16ª.- Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación
Por acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización, las Reglas de Valoración General y el Sistema de
Puntuación General aplicables a los procesos de selección de la Secretaría, se realizará de conformidad con
lo siguiente:
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Reglas de Valoración
Etapa
Subetapa
Descripción
I. Revisión
curricular
●
Revisión realizada en el sistema informático TrabajaEn
●
Motivo de descarte: Sí.
II. Exámenes de
Conocimientos y
Evaluaciones de
Habilidades
Examen de
Conocimientos:
(a) Examen de
conocimientos
técnicos y
(b) Examen de
conocimientos
generales de la
Administración
Pública Federal
●
Número de exámenes: 2.
Criterios a evaluar:
●
Por cada rango, la calificación mínima aprobatoria para los
exámenes de conocimientos, igual o superior a 70 puntos, en
una escala de 0 a 100 puntos sin decimales.
●
En lo que respecta a los exámenes de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal, la calificación
mínima aprobatoria para todos los rangos será 70 puntos, en
una escala de 0 a 100 puntos, sin decimales.
Los resultados de los exámenes de conocimientos generales
de la Administración Pública Federal y de conocimientos
técnicos se sumarán, para obtener la puntuación total de la
Subetapa de Exámenes de conocimientos. Para continuar con
el proceso, se requiere un resultado combinado (CG y CT)
igual o superior a 70. En caso de obtener menos de 70 puntos
se procederá al descarte.
Motivo de descarte: Sí.
Evaluación de
Habilidades
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: 0
●
El reporte obtenido derivado de la aplicación de las
evaluaciones será únicamente de carácter referencial y se
otorgará una calificación de 100 en todos los casos.
●
Motivo de descarte: No.
●
Vigencia: 1 año.
III. Evaluación de
Experiencia y
Valoración del
Mérito
Evaluación
Experiencia
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Cuestionarios de evaluación de experiencia.
●
Motivo de descarte: No.
Valoración
del Mérito
●
Número de evaluaciones: 1.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Cuestionarios de valoración de mérito.
●
Motivo de descarte: No.
Revisión
Documental
●
Documentación probatoria de cada aspirante.
●
Calificación mínima aprobatoria: No aplica
●
Motivo de descarte: Sí.
IV. Entrevistas
Criterios a evaluar:
Contexto: 25%
Estrategia: 25%
Resultado: 25%
Participación: 25%
●
Cantidad de aspirantes a entrevistar: 3.
●
Aspirantes a seguir entrevistando: 3.
●
Los CTS podrán ser auxiliados por especialistas, previa
autorización del CTP.
V. Determinación
●
Puntaje Mínimo de Calificación para ser finalista: 70.
Será motivo de DESCARTE, no presentarse en alguna de las etapas del concurso.
Etapa
Subetapa
Puntos
Resultados
por Etapa
Nivel Jerárquico
Dirección
General
Dirección
Subdirección
Jefatura
Enlace
II
Examen de
Conocimientos
Técnicos
CT
C= CT + CG +H
20
20
30
30
30
Examen de
Conocimientos
Generales de la
Administración
Pública Federal
CG
Evaluación de
Habilidades
H
10
10
10
10
10
III
Evaluación de
Experiencia
X
X + M
30
30
15
15
10*
Valoración del Mérito
M
10
10
15
15
20
IV
Entrevistas
E
E
30
30
30
30
30
Fórmula: II + III + IV = 100
100
100
100
100
100
Puntaje mínimo requerido para ser considerado finalista
70
70
70
70
70
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DIARIO OFICIAL
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*Corresponden 10 puntos para todas las personas aspirantes a puestos de Enlace, de conformidad con lo
señalado en el artículo 231 de las Disposiciones
17ª.- Reactivación de folios
En caso de que el CTS permita la reactivación de folio, el proceso de Reactivación de Folios rechazados en
los concursos públicos y abiertos de la Secretaría se realizará de conformidad con lo siguiente:
I.
El CTS de la Secretaría podrá determinar bajo su responsabilidad, por mayoría de votos, la reactivación
de folios que hayan sido rechazados en la etapa de filtro curricular, sólo en aquellos casos en que se
circunscriban a los supuestos que se citan a continuación:
a.
Cuando el rechazo del folio sea originado por causas no imputables la persona aspirante.
b.
Por errores de captura de información u omisiones que se acrediten fehacientemente, a juicio de los
(las) integrantes del CTS.
II.
La reactivación de folios no será procedente cuando:
a.
La persona aspirante cancele su participación en el concurso, y
b.
Exista duplicidad de registros en el sistema informático TrabajaEn.
Procedimiento para la solicitud de reactivación de folio:
1.
La persona con el Folio rechazado deberá solicitar la reactivación dentro del periodo señalado en la etapa
de Revisión Curricular (Registro de Aspirantes) de la Convocatoria, mediante:
a.
Escrito (fundamentado y firmado autógrafamente) dirigido al (a la) Secretario (a) Técnico (a) del CTS
de la Secretaría, explicando los motivos de rechazo; señalando al efecto, la denominación de la
plaza; el número de folio rechazado; el domicilio o medio para oír y recibir notificaciones, así como
correo electrónico.
b.
Deberá anexar a su escrito la siguiente documentación digitalizada:
1.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial para
votar, pasaporte vigente o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
2.
Impresión del contenido del mensaje que envía el portal TrabajaEn notificando que no acreditó la
fase de revisión curricular para continuar en el concurso con el motivo de rechazo.
3.
Comprobante de escolaridad (cédula, título -sólo serán válidos el título registrado en la Dirección
General de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública y/o en su caso, mediante la
presentación de la Cédula Profesional correspondiente expedida por dicha autoridad-, certificado
o carta de pasante, según sea el caso), copia de comprobantes de experiencia con los cuales
compruebe los años solicitados en alguna de las áreas de experiencia solicitadas en el perfil de
puesto (hojas de servicio, constancias de servicio activo, constancias laborales en hoja
membretada, sellada y con datos de contacto, contratos, talones de pago, constancias de
semanas de cotización al ISSSTE o al IMSS y constancia de finalización de servicio social,
pantalla “Mi historial” emitida por la plataforma del Programa Jóvenes Construyendo el Futuro).
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida: cartas de
recomendación, constancias emitidas por el superior/a jerárquico/a inmediato del puesto
ocupado, constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario o
constancias de haber realizado proyectos de investigación. Las actividades docentes no serán
consideradas como experiencia laboral. En caso de presentar constancias laborales que avalen
periodos empalmados (es decir, que se desarrollaron en el mismo lapso de tiempo), sólo se
considerará el periodo que no se repita para cada constancia, computándose así en el conteo
para acreditar años de experiencia laboral.
2.
La documentación mencionada deberá enviarse digitalizada en formato PDF al correo electrónico
ingreso@sict.gob.mx dentro del periodo señalado en la etapa de Revisión Curricular (Registro de
Aspirantes) de la Convocatoria, no se considerarán solicitudes recibidas fuera de dicho periodo, así como
aquellas que cuya documentación no se encuentre completa y legible.
3.
Una vez cerrada la etapa de Revisión Curricular, el CTS determinará la procedencia o no de las
solicitudes de reactivación del folio rechazado.
4.
Se notificará a las personas aspirantes a través del sistema informático TrabajaEn, y del correo
electrónico proporcionado, la resolución emitida por el CTS de la Secretaría.
Lo anterior, de conformidad con lo señalado en los artículos 246, 260 y 261 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones Generales en materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal, vigente.
18ª.- Cancelación de participación en el concurso
Las personas aspirantes que cuenten con las fases y etapas precedentes a la Entrevista debidamente
acreditadas en el sistema informático TrabajaEn y deseen cancelar su participación en el concurso, deberán
solicitarlo mediante escrito (firmado autógrafamente) enviado por correo electrónico y dirigido al/(a la)
Secretario(a) Técnico(a) del CTS de la Secretaría, señalando al efecto, la denominación de la plaza; el
número de folio de concurso y el domicilio o medio para oír y recibir notificaciones, así como correo
electrónico; y anexar identificación oficial vigente con fotografía y firma, únicamente se aceptará: credencial
para votar, pasaporte vigente o cédula profesional plástica emitida antes del 16 de abril del 2018.
La dirección electrónica a la que deberá ser enviada dicha solicitud es la siguiente: ingreso@sict.gob.mx.
356
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
El (la) Secretario(a) Técnico(a) del CTS respectivo solicitará a la Unidad de Políticas para el Servicio Público
de la SABG, la habilitación necesaria en el Sistema informático RHNET – TrabajaEn para que el(la)
candidato(a) respectivo(a) pueda llevar a cabo la cancelación de su participación en el concurso desde su
cuenta en el sistema informático TrabajaEn.
La Unidad de Políticas para el Servicio Público de la SABG notificará al/(a la) candidato(a) por conducto
del/(de la) Secretario(a) Técnico(a) del CTS, el momento en el que podrá llevar a cabo la cancelación del
concurso desde su cuenta del sistema informático TrabajaEn.
19ª.- Disposiciones generales
Es importante considerar las siguientes disposiciones generales:
1.
La invitación a cada una de las etapas del concurso, así como la publicación de los resultados de cada
una de ellas, se realizará a través del sistema informático TrabajaEn.
2.
Cuando una persona aspirante no cumpla con algún requisito establecido en la convocatoria, no podrá
continuar participando en el proceso de selección, y se le notificará el motivo de la eliminación de su
participación y el fundamento de esta determinación a través del sistema informático TrabajaEn.
3.
Los datos personales de cada persona aspirante son confidenciales, aun después de concluido el
concurso.
4.
La Secretaría no se responsabiliza por traslados ni otros gastos erogados con motivo de la presente
convocatoria efectuados por quienes aspiran a ocupar una plaza en la Secretaría.
5.
Conforme a lo previsto en el artículo 69, fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 95 de su Reglamento, y de conformidad con el DECRETO por el que se
expide el Reglamento Interior de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y el ACUERDO por el que
se determina la organización y coordinación de los órganos internos de control y unidades de
responsabilidades publicado en el DOF el 16 de enero de 2025, y su última reforma del pasado 04
de agosto de 2025, se podrá presentar cualquier inconformidad ante el Area de Denuncias e
Investigaciones en el Organo Interno de Control de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes, en las oficinas ubicadas en Boulevard Adolfo López Mateos número 1990, piso 8,
Colonia Los Alpes Tlacopac, Código Postal 01049, Alcaldía Alvaro Obregón, Ciudad de México, en un
horario de 9:00 a 15:00 y de 16:00 a 18:00 horas; en términos de lo dispuesto por la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y su Reglamento.
6.
Conforme a lo previsto en los artículos 76, 77 y 78 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 97 de su Reglamento, el domicilio donde se podrán presentar los
recursos de revocación con respecto al proceso de selección de las plazas de la presente convocatoria es
el ubicado en Insurgentes Sur 1735, Col. Guadalupe Inn Del. Alvaro Obregón. C.P. 01020, en un horario
de 9 a 18 horas de lunes a viernes.
7.
Por ningún motivo se permitirá la aplicación de evaluaciones a quienes se presenten fuera de los horarios
establecidos para tales efectos.
8.
Esta dependencia no solicita como requisito para el ingreso, el examen de no gravidez y/o VIH/SIDA.
9.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el CTS conforme a las
disposiciones aplicables.
20ª.- Resolución de dudas
La atención y resolución de dudas con respecto al concurso serán atendidas en el correo electrónico:
ingreso@sict.gob.mx, en tal caso serán resueltas en un plazo máximo de hasta diez días hábiles, de lunes a
viernes en un horario de 9:00 a 18:00 horas.
Las dudas relacionadas con el temario del examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal deberán dirigirse a la Unidad de Políticas para el Servicio Público a la cuenta de correo electrónico
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
Ciudad de México, a 6 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría
de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes
La Secretaria Técnica
Lic. Karla Ayala Romero
Rúbrica.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
357
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Con fundamento en los artículos 24, 26, 28, 74 y 75, fracciones III y X de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal; 4, 17, 18, 32, fracción II y 34 de su Reglamento; y 242, 243,
247, 257 y 258 de las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, se emite la siguiente:
NOTA ACLARATORIA PARA LAS CONVOCATORIAS PUBLICAS Y ABIERTAS No. 025 Y 026
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 025
1.
Se comunica la siguiente precisión respecto a la plaza JEFE(A) DE DEPARTAMENTO DE OFICIALIA
DE PARTES, con código 27-700-1-M1C014P-0000055-E-C-S, en lo referente al apartado de escolaridad:
DICE:
Perfil que deberán cubrir
los(las) aspirantes
(con base en el catálogo
de TrabajaEn)
Escolaridad:
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Archivonomía
DEBE DECIR:
Perfil que deberán cubrir
los(las) aspirantes
(con base en el catálogo
de TrabajaEn)
Escolaridad:
Area General
Carrera Genérica
Ciencias Sociales y
Administrativas
Archivonomía
Ciencias Sociales y
Administrativas
Derecho
Ciencias Sociales y
Administrativas
Administración
2.
Se comunica la siguiente precisión respecto al Calendario del concurso:
DICE:
Fase o Etapa
Fecha o Plazo
Publicación del Concurso
04 de marzo de 2026
Registro de candidatos(as) y Revisión curricular
del 04 de marzo de 2026 al 17 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
El CTS no autorizó la reactivación de folios por
causas imputables a los(las) aspirantes
Exámenes de Conocimientos
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de Habilidades
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Revisión Documental
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Determinación
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
DEBE DECIR:
Fase o Etapa
Fecha o Plazo
Publicación del Concurso
04 de marzo de 2026
Registro de candidatos(as) y Revisión curricular
del 04 de marzo de 2026 al 18 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
El CTS no autorizó la reactivación de folios por
causas imputables a los(las) aspirantes
Exámenes de Conocimientos
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de Habilidades
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Revisión Documental
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Determinación
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
358
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 026
1.
Se comunica la siguiente precisión respecto al Calendario del concurso:
DICE:
Fase o Etapa
Fecha o Plazo
Publicación del Concurso
04 de marzo de 2026
Registro de candidatos(as) y Revisión curricular
del 04 de marzo de 2026 al 17 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
El CTS no autorizó la reactivación de folios por
causas imputables a los(las) aspirantes
Exámenes de Conocimientos
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de Habilidades
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Revisión Documental
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Determinación
del 18 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
DEBE DECIR:
Fase o Etapa
Fecha o Plazo
Publicación del Concurso
04 de marzo de 2026
Registro de candidatos(as) y Revisión curricular
del 04 de marzo de 2026 al 18 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para reactivación de folios
El CTS no autorizó la reactivación de folios por
causas imputables a los(las) aspirantes
Exámenes de Conocimientos
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de Habilidades
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Revisión Documental
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Determinación
del 19 de marzo de 2026 al 01 de junio de 2026
Lo anterior, para velar en todo momento por los principios rectores del Sistema de Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, en esta Dependencia del Ejecutivo Federal.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
Sistema de Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, firman las personas Secretarias Técnicas
Lic. Isaac Valverde González
Rúbrica.
Mtra. Dánae Yolanda Molina Espinosa
Rúbrica.
Convocatoria Pública y Abierta No. 025
Convocatoria Pública y Abierta No. 026
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
359
Secretaría de Educación Pública
CONVOCATORIA 12/2026
Los Comités Técnicos de Selección de la Secretaría de Educación Pública con fundamento en los
artículos 21, 22, 25, 26, 28, 37 y 75, Fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal; y 17, 18, 32 fracción II, 34 al 40, 92 y Tercero Transitorio de su Reglamento,
así como en los artículos 241 al 247 y del 253 al 293 de las Disposiciones generales en materia de recursos
humanos de la Administración Pública Federal:
CONVOCATORIA
Dirigida a quienes deseen ingresar al Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
en la Secretaría de Educación Pública del concurso para ocupar los siguientes puestos vacantes:
Nombre del Puesto
SUBDIRECCION DE SEGUIMIENTO A LA INFORMACION
PARA LOS ORGANOS FISCALIZADORES, CONTROL INTERNO,
TRANSPARENCIA Y FIDEICOMISOS
Nivel Administrativo
11-711-1-M1C015P-0000580-E-C-J (N11)
Subdirección de Area.
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección General de Recursos Humanos
y Organización
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Concentrar y verificar la información que presentan las áreas responsables de
la DGRHyO, para atender los requerimientos de la Auditoría Superior de la
Federación, Organo Interno de Control y Control Interno, a fin de presentarla
en los tiempos y términos solicitados.
2.
Formular los proyectos de las respuestas para la atención a los
requerimientos de información que formulan las instancias de fiscalización y
de Control Interno para garantizar la transparencia y la rendición de cuentas.
3.
Recopilar la información que será integrada, para su análisis, en las carpetas
de las sesiones del Comité de Control y Desempeño Institucional.
4.
Coordinar la actualización de información trimestral en el Sistema de Portales
de Obligaciones de Transparencia del Instituto Nacional de Transparencia,
Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), respecto
del Fondo Maestro (FOMA) del Programa de Vivienda y Mandato de la Ciudad
de México del Proyecto de Tecnologías de la Información para el personal del
sector educativo, a fin de cumplir en tiempo con el plazo establecido en la Ley
General de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LGTAIP)
y Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP).
5.
Remitir, en los tiempos que establece la normatividad aplicable, así como su
seguimiento, las metas anuales establecidas para el FOMA y los fideicomisos
constituidos para cada entidad federativa (FOVIM), así como de los
fideicomisos estatales y mandato de la Ciudad de México del Proyecto de
Tecnologías de la Información para el personal del sector educativo, con la
finalidad de vigilar que se cumplan los fines para los que fueron creados.
6.
Asesorar a los Enlaces estatales del Programa de Vivienda y del Proyecto de
Tecnologías de la Información para el personal del sector educativo
en la operación y entrega de información, con la finalidad de que se apeguen
a la normatividad aplicable.
7.
Coordinar los proyectos de presentación del estado en que se encuentran el
Programa de Vivienda y Proyecto de Tecnologías, para el seguimiento a las
respuestas al Pliego General de Demandas del Sindicato Nacional de
Trabajadores de la Educación (SNTE).
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Ciencias Políticas y
Administración Pública, Contaduría, Derecho.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional,
Titulado (a). Deberá Presentar Título o Cédula Profesional.
360
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Experiencia
Laboral
Mínimo 6 años de experiencia en:
Area General: Ciencia Política.
Grupo de Experiencia: Administración Pública, Ciencias
Políticas.
Area General: Ciencias Económicas.
Grupo de Experiencia: Administración, Contabilidad.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Recursos Humanos - Relaciones Laborales
Administración de Personal y Remuneraciones.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados
con las funciones del puesto; ver temarios y/o
bibliografías
en
la
siguiente
liga:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-
programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-
2025.
2.
Conocimientos
Generales
de
la
Administración
Pública Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de
referencia en materia de Conocimientos sobre la
Administración Pública Federal” se encuentra en la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del Puesto
SUBDIRECCION DE REGISTROS ESCOLARES, OPERACION Y EVALUACION
Nivel Administrativo
11-415-1-M1C015P-0000149-E-C-L (N11)
Subdirección de Area
Número de
vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección General de Acreditación,
Incorporación y Revalidación
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Supervisar el desarrollo del procedimiento de retiro voluntario del
Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios (RVOE) que soliciten las IPES,
con la finalidad de que las resoluciones de retiro de RVOE cumplan con la
normatividad aplicable.
2.
Consolidar el diseño de los formatos electrónicos que deben emplear las IPES
en los procesos de control escolar de conformidad con los requisitos
establecidos en las disposiciones oficiales, con la finalidad de homologar los
documentos académicos expedidos por dichas instancias.
3.
Supervisar la instrumentación de los formatos electrónicos que emplean las
IPES en los trámites de certificación, a efecto de verificar que cumplan
con los requisitos que acrediten su validez oficial.
4.
Coordinar el proceso de revisión de los reglamentos escolares y
modificaciones a los mismos que presenten las IPES, con la finalidad de que
cumplan con las disposiciones en la materia para su registro.
5.
Coordinar las acciones conciliatorias respecto de las quejas derivadas de la
prestación del servicio educativo que presenten los estudiantes de las IPES,
a fin de contribuir a que las partes lleguen a una solución en apego a la
normatividad en materia educativa y de derecho humanos.
6.
Coordinar el desarrollo de los trabajos relacionados con la evaluación
de resultados de los servicios educativos que brindan las IPES, a efecto de
verificar que cumplan con las obligaciones establecidas en la normatividad
aplicable.
7.
Coordinar el proceso de comunicación y vinculación entre las áreas
responsables de la generación de la información que conforma la estadística
en materia de escuelas particulares que funcionan con autorización o
reconocimiento de validez oficial de estudios otorgados por la Secretaría, con
el propósito de asegurar la fiabilidad de la información.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
361
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Economía, Comunicación, Ciencias
Políticas y Administración Pública, Computación e Informática,
Derecho, Administración.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas: Computación e Informática, Sistemas y
Calidad.
Grado de avance escolar: Licenciatura o profesional, titulado.
Deberá presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia
Laboral
Mínimo 5 años de experiencia en:
Campo de Experiencia: Ciencia Política.
Area de Experiencia: Opinión Pública, Administración Pública.
Campo de Experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia: Derecho y Legislación Nacionales.
Campo de Experiencia: Pedagogía.
Area de Experiencia: Organización y Planificación de la
Educación.
Campo de Experiencia: Matemáticas.
Area de Experiencia: Ciencia de los Ordenadores.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Metodología de la Investigación.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con
las funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías
en la siguiente liga: https://www.gob.mx/sep/acciones-
y-programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-
2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de
referencia en materia de Conocimientos sobre la
Administración Pública Federal” se encuentra en la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Nombre del Puesto
SUBDIRECCION DE ADQUISICIONES DE BIENES DE INVERSION
Nivel Administrativo
11-712-1-M1C015P-0000670-E-C-N (N11)
Subdirección de Area
Número de
vacantes
Una
Percepción Mensual
Bruta
$39,078.00 (Treinta y nueve mil setenta y ocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección General de Recursos
Materiales y Servicios
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Supervisar que los procedimientos de contratación que le sean asignados, así
como de bienes de inversión realizados a través de Licitación Pública,
Invitación a cuando menos tres personas y Adjudicación directa se efectúen
con apego a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público (LAASSP).
2.
Supervisar la planeación de los procedimientos de contratación que le sean
asignados, así como de bienes de inversión, a fin de llevar a cabo los eventos
con estricto apego a la normatividad en la materia.
3.
Verificar la integración de la información relativa a los resultados obtenidos
de las evaluaciones técnicas y económicas de acuerdo a los criterios de
austeridad y disciplina presupuestaria para contar con elementos de juicio que
permitan determinar a los licitantes ganadores.
362
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
4.
Proporcionar asesoría a las Unidades Administrativas de la Secretaría de
Educación Pública (SEP), en materia de adquisiciones de bienes de inversión,
para contribuir así al logro de los objetivos institucionales.
5.
Llevar a cabo, en coordinación con las áreas solicitantes, los eventos de
revisión de las bases (convocatorias) de licitación pública o invitación a
cuando menos tres personas de los bienes de inversión a adquirir, y verificar
que éstas cumplan con los requisitos definidos en la ley de la materia.
6.
Coordinar la integración de un catálogo de proveedores de bienes de
inversión actualizado, que registre los proveedores que hayan cumplido con
las obligaciones adquiridas con la Secretaría de Educación Pública (SEP).
7.
Supervisar la elaboración de informes periódicos sobre adquisiciones
de bienes de inversión, para atender los requerimientos de información de
instancias internas y externas.
8.
Verificar que los pedidos sean formalizados en tiempo y forma por los
proveedores adjudicados.
9.
Supervisar el resguardo de las garantías otorgadas por los proveedores de los
procedimientos de contratación asignados, para el cumplimiento de las
obligaciones con las Secretaría de Educación Pública (SEP).
10. Proporcionar apoyo en su caso, al área administradora del contrato en la
aplicación de penas convencionales para hacer efectiva la aplicación de la ley
debido al incumplimiento de los proveedores.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas: Administración, Ciencias Políticas y
Administración Pública, Contaduría, Derecho, Economía.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional, Titulado
(a). Deberá Presentar Título o Cédula Profesional.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Campo de Experiencia: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia: Organización Industrial y Políticas
Gubernamentales.
Campo de Experiencia: Ciencias Jurídicas y Derecho.
Area de Experiencia: Derecho y Legislación Nacionales.
Campo de Experiencia: Ciencia Política.
Area de Experiencia: Administración Pública.
Evaluación de
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Adquisiciones de Bienes Muebles y Contratación de Servicios.
Examen de
Conocimientos
1.
Conocimientos Técnicos específicos relacionados con
las funciones del puesto; ver temarios y/o bibliografías
en la siguiente liga: https://www.gob.mx/sep/acciones-
y-programas/temarios-servicio-profesional-de-carrera-
2025.
2.
Conocimientos Generales de la Administración Pública
Federal, cuyo material de estudio, la “Guía de
referencia en materia de Conocimientos sobre la
Administración Pública Federal” se encuentra en la
siguiente
liga:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-
conocimientos-generales-apf/.
Idiomas
Extranjeros
No requerido.
Otros
Disponibilidad para viajar.
Los Temarios se podrán consultar en la convocatoria publicada en TrabajaEn, mismos que muestra
2 LIGAS que integran los temas para el estudio de: 1. EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
DEL PUESTO, Y 2. CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
363
BASES DE PARTICIPACION PARA LA CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 12/2026, DIRIGIDA
A TODO (A) INTERESADO (A) QUE DESEE INGRESAR AL SISTEMA DEL SERVICIO PROFESIONAL
DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL CENTRALIZADA
REQUISITOS DE
PARTICIPACION
Podrán participar los(las) ciudadanos(as) que reúnan los requisitos de
escolaridad y experiencia previstos para el puesto y los establecidos en las
presentes bases de participación. Adicionalmente, se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales: Ser ciudadano (a) mexicano
(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero (a) cuya condición migratoria
permita la función a desarrollar; No haber sido sentenciado (a) con pena
privativa de libertad por delito doloso; Tener aptitud para el desempeño de sus
funciones en el servicio público; No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser
ministro (a) de algún culto y No estar inhabilitado (a) para el servicio público, ni
encontrarse con algún otro impedimento legal; No ser declarada como persona
deudora alimentaria morosa; en caso de verse favorecido con el resultado del
concurso, a partir de su ingreso No desempeñar otro empleo, cargo o comisión
en la Administración Pública Federal y en caso contrario, contar con el dictamen
de compatibilidad de empleo respectivo; que la documentación presentada
como original sea auténtica, asumiendo la responsabilidad legal y administrativa
en caso de no ser así, y; presentar y acreditar las evaluaciones que se indican
para el caso.
El requisito referido a tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el
servicio público (fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la administración Pública Federal), se tendrá por acreditado cuando
el aspirante sea considerado finalista por el Comité Técnico de Selección, toda
vez que tal circunstancia implica ser apto para el desempeño del puesto en
concurso y susceptible de resultar ganador del mismo. En apego al artículo 36
del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección, siguiendo el
orden de prelación de los candidatos, elegirá de los aspirantes que pasan a la
etapa de entrevista a los que considere aptos para el puesto de conformidad con
los criterios de evaluación de las entrevistas (los que acrediten o superen el
puntaje mínimo de aptitud), los cuales serán considerados como finalistas.
DOCUMENTACION
REQUERIDA
(En caso de acreditar
Evaluaciones)
La Revisión y Evaluación de documentos, específicamente en lo relativo al perfil
del puesto, se llevará a cabo conforme los catálogos de carreras, de campos y
áreas de experiencia, establecidos por la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno
disponibles
en
el
portal
electrónico
www.trabajaen.gob.mx
(TrabajaEn). Los y las aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original
legible o copia certificada y escaneada en Memoria U.S.B. o en C.D. en
formato PDF, los siguientes documentos en el domicilio, fecha y hora
establecidos en el mensaje que al efecto reciban con al menos, dos días hábiles
de anticipación, por vía electrónica:
1. Currículum vítae actualizado, detallado y firmado.
2. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
3. Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula
Profesional correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está en
trámite (con antigüedad hasta de un año), se podrá presentar el documento
que avale dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública y/o el acta del
examen profesional aprobatorio y/u oficio original de la institución educativa
donde establezca que la persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios
y la tira de materias cursadas. Para los casos en los que el perfil del puesto
establezca como requisitos de escolaridad el nivel de Pasante, se tendrá que
presentar el documento oficial que así lo acredite, como puede ser la Carta de
Pasante o documento (oficio y tira de materias) donde establezca que la
persona cubrió el total de créditos del nivel de estudios correspondiente.
364
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
En el caso de contar con estudios en el extranjero, se deberá presentar
invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la
autoridad competente. Los y las aspirantes podrán cubrir el requisito de
nivel de estudios de la escolaridad y área de conocimiento que establece el
perfil del puesto en concurso, con uno de mayor grado como es la
especialidad, la maestría o el doctorado, según el caso, en las áreas
académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y cuando, la persona
que concursa cuente con algún título o cédula profesional de nivel Licenciatura
registrado en la SEP, otorgándose en la Valoración del Mérito el puntaje
asignado para el nivel mínimo requerido por dicho perfil.
La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se
realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional
o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la Secretaría
de Educación Pública.
4. Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial
para votar con fotografía o pasaporte o cartilla militar).
5. Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro documento
oficial donde se identifique el RFC. En caso de que el RFC, incluyendo
homoclave, registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el
que aparece en el documento de alta del SAT o el documento oficial que se
presente, será motivo de descarte del aspirante en el concurso correspondiente.
6. Cartilla militar liberada, o en su caso, comprobante de que presta el servicio
militar. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no aplica este requisito.
7. Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto (ejemplo: será obligatorio demostrar mediante la presentación de
cartas de la empresa en hoja membretada y debidamente firmada, en la
que se indique la fecha de ingreso, puesto ocupado o funciones, así como
fecha de baja o, recibos de pago; alta en instituciones de seguridad social;
contrato laboral; hojas de servicio; declaraciones fiscales; contratos; recibos de
honorarios; etc.), en las áreas que requiera el perfil del puesto en concurso.
8. Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente, sólo
en caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso.
9. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con
pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el
servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de algún
culto, de que la documentación presentada es auténtica, de no tener sentencia
firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad corporal;
contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por
violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la
intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de género, en
cualquiera de sus modalidades y tipos. Por ser declarada persona deudora
alimentaria morosa. (Art. 38 de la Constitución de los Estados Unidos
Mexicanos, publicado en el DOF 29-05-2023), no haber sido beneficiado (a) por
algún programa de retiro voluntario, en el caso de aquellas personas que se
hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública
Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
Este formato le será proporcionado en la Etapa III del procedimiento, por la
Secretaría de Educación Pública a través de la Dirección del Servicio
Profesional de Carrera, Control y Evaluación.
10. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso (pantalla inicial de bienvenida de su página personal de TrabajaEn) y
la impresión de la invitación que recibe vía TrabajaEn.
La Secretaría de Educación Pública se reserva el derecho de solicitar en
cualquier momento o etapa del proceso, la documentación o referencias que
acrediten: los datos registrados en el sistema www.trabajaen.gob.mx por los y
las aspirantes para fines de la revisión curricular, el cumplimiento a los requisitos
al perfil del puesto y a la documentación señalada en los numerales de
esta sección.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
365
De no acreditar la existencia y/o autenticidad de la documentación mencionada,
será motivo de descarte del concurso y si fuera el caso, se dejará sin efectos el
resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin
responsabilidad para la Secretaría de Educación Pública, la cual, a su vez, se
reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes. En ningún
caso, la Secretaría de Educación Pública solicitará prueba de no gravidez y
de VIH (SIDA); así como el reclutamiento y selección se realizará en
igualdad de oportunidades, sin discriminación por edad, discapacidad,
color de piel, cultura, sexo, condición económica, apariencia física,
características genéticas, embarazo, lengua, opiniones, preferencias
sexuales, identidad o filiación política, estado civil, situación familiar,
responsabilidades familiares o por cualquier otro motivo que atente contra
la dignidad humana.
Una vez acreditadas las etapas conducentes, y en su caso, la persona
candidata demuestra el hablar una Lengua Indígena, contar con autoadscripción
a un pueblo o comunidad indígena o afrodescendiente/afromexicana y,
mantenerse en su momento dentro del parámetro de Juventudes (hasta los 29
años), o es una persona con discapacidad, serán considerados en cada
supuesto en el que se encuentre una persona concursante, para la Valoración
del Mérito; lo anterior, con el objetivo implementar medidas para prevenir la
discriminación y garantizar una real igualdad de oportunidades, como resultado
de la apertura de la concepción del mérito en vista al nuevo modelo de
profesionalización del servicio público de la APF como uno de los principales
motores de cambio y transformación de un gobierno incluyente, democrático
y sensible a la realidad social; de conformidad con los artículos 231, 232, 259 y
del 266 al 270 del ACUERDO por el que se establecen las Disposiciones
Generales en Materia de Recursos Humanos de la Administración Pública
Federal.
REGISTRO DE
ASPIRANTES
La inscripción o el registro de los y las aspirantes al concurso se realizará del 11
al 26 de marzo de 2026, a través del portal www.trabajaen.gob.mx, el cual
asignará un folio al aspirante que cubra los requisitos del concurso para
identificarlo durante el desarrollo del mismo, asegurando así el anonimato de los
aspirantes.
Al momento en que la persona registre su participación a un concurso a través
de www.trabajaen.gob.mx, se llevará a cabo en forma automática la revisión
curricular, asignando un folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo
descartará del concurso. La revisión curricular efectuada a través de
www.trabajaen.gob.mx, se desarrollará, sin perjuicio de la revisión y evaluación
de la documentación que los y las candidatas deberán presentar para acreditar
que cumplen con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la
convocatoria.
Cuando la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno detecte más de un folio de un aspirante en
TrabajaEn, realizará las acciones necesarias para que prevalezca únicamente
el registro que coincida con la CURP y la documentación presentada por el
usuario, quien elegirá ante dicha Unidad el folio que deberá prevalecer en
TrabajaEn. En caso de que se detecten más de una inscripción a un mismo
concurso por un (a) candidato (a), se descartará del concurso.
** Sin excepción en cada Etapa se deberá asistir con Identificación oficial,
documento que visualice el RFC, Folio de participación asignado por el
sistema de TrabajaEn (página de bienvenida), así como copia de la
invitación de la plaza a concursar. Todo aspirante deberá traer su usuario
y contraseña de acceso al sistema de TrabajaEn para la aplicación del
Examen de Conocimientos generales de la Administración Pública Federal
(APF)**
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
DESARROLLO
DEL CONCURSO
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica; sin
embargo, ésta puede estar sujeta a cambios, incluyendo el orden de aplicación
de cada etapa, debido a variables que afectan el desarrollo del concurso como
pueden ser entre otras: Disponibilidad de las herramientas de evaluación,
cantidad de participantes, verificación del perfil de los participantes,
disponibilidad de salas y equipo informático para la aplicación de las
evaluaciones; problemas de comunicación electrónica del sistema de esta
dependencia y del sistema de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno
(SABG); dificultad de acceso al Módulo generador de exámenes de la (SABG),
por parte del aspirante, al no contar o no recordar su usuario y contraseña;
tiempo de respuesta de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno para
proporcionar la información que le concierne del concurso correspondiente o
que se le requiera por motivos de consulta, desbloqueo o rehabilitación; por
fenómenos naturales; marchas manifestaciones que impacten en el cierre de
las instalaciones, verificación de reactivos, y; disponibilidad de agenda de los
integrantes del Comité Técnico de Selección. El orden de aplicación de la
Subetapa de Exámenes de Conocimientos y de la Evaluación de Habilidades,
contemplados en la Etapa II del procedimiento de reclutamiento y selección,
podrá ser variable, por las razones antes mencionadas. La realización de cada
etapa del concurso se comunicará a los y las aspirantes con 48 horas hábiles de
anticipación como mínimo, por medio del contador de mensajes del sistema
www.trabajaen.gob.mx, por lo que se recomienda la consulta permanente del
referido sistema.
ACTIVIDAD
FECHA O PLAZO
Publicación del Concurso:
11 de marzo de 2026
Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada,
a través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx
(Registro de aspirantes).
Del 11 al 26 de marzo
de 2026
Etapa II: Evaluación dividida en tres temas (con
doble descarte):
La Subetapa de Exámenes de Conocimientos que
constará
de
dos
Evaluaciones,
la
primera
correspondiente al Examen de Conocimientos
Técnicos del puesto, cuya calificación mínima
aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin
decimales; obtener una calificación menor es motivo
de descarte. Las personas que acrediten el Examen
de Conocimientos Técnicos podrán realizar la
segunda Evaluación correspondiente al Examen de
Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal, esta calificación se promediará con
la del Examen de Conocimientos Técnicos del
puesto para obtener la calificación de la subetapa,
cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una escala de
0 a 100, sin decimales, un resultado menor a éste
será motivo de descarte, así como el hecho de que
no se presente en la fecha, lugar y hora señalados
en el mensaje de TrabajaEn.
Evaluación de Habilidades. El resultado de las
Evaluaciones de Habilidades no es motivo de
descarte; sin embargo, el no presentarlas sí es
motivo
de
descarte.
Las
Evaluaciones
de
Habilidades se conformarán por preguntas y se
complementarán
con
pruebas
psicométricas.
Las guías de estudio para las Evaluaciones de
Habilidades se encuentran disponibles con el
nombre de “Guía de Estudio para las Evaluaciones
de
Habilidades”
en
TrabajaEn
con
la
liga:
https://trabajaen.gob.mx - Documentos e Información
Relevante - Guía de Estudio para las Evaluaciones
de Habilidades.
Del 31 de marzo al
08 de junio de 2026
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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Etapa III: Evaluación de la Experiencia y Valoración
del Mérito; así como la revisión documental.
Esta etapa se llevará a cabo de forma presencial con
una logística y medidas de prevención establecidas.
Del 31 de marzo al
08 de junio de 2026
Etapa IV: Entrevista por el Comité Técnico de
Selección.
El resultado acumulado de las etapas II (Exámenes
de Conocimientos, Habilidades y psicométricos) y III
(Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito, así como revisión documental) con una
puntuación menor a 50, son motivo de descarte.
Esta etapa del proceso se llevará a cabo de manera
presencial para el(la) aspirante, garantizando los
principios
rectores
del
Sistema
del
Servicio
Profesional de Carrera; evitando que alguno(a) de
ellos(ellas) no cuente con los recursos informáticos
para realizarla, de esta manera se asegura que a
ningún aspirante se le dificulte su participación.
Para los integrantes del Comité de Selección (CTS),
el proceso de la entrevista y determinación se
desahogará a distancia vía remota, programándose
previamente conforme a la agenda del Comité y de
forma escalonada la lista de los aspirantes finalistas.
El CTS, para verificar si la persona candidata reúne
el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto,
en un primer momento considerarán al(la) finalista y
en
un
segundo
momento,
determinarán
al
(la)ganador(a) del concurso.
Del 31 de marzo al
08 de junio de 2026
Etapa V: Determinación
Esta etapa el Comité Técnico de Selección resuelve
el proceso de selección, mediante la emisión de su
determinación.
Del 31 de marzo al
08 de junio de 2026
Nota: Si la realización de las etapas II, III, IV y V se registran en un sólo periodo
de tiempo como es el caso, es porque se considera el inicio y término en que
deberá llevarse a cabo todo el proceso del concurso (90 días naturales),
Por determinación de la SABG.
La fecha puntual de aplicación en cada etapa se dará a conocer a los (las)
candidatos (as), con mínimo 48 horas de anticipación a través de su contador de
mensajes de TrabajaEn.
TEMARIOS Y GUIAS
Los temarios referentes a los exámenes de Conocimientos se encuentran
disponibles en las siguientes ligas electrónicas:
Técnico del Puesto:
https://www.gob.mx/sep/acciones-y-programas/temarios-servicio-
profesional-de-carrera-2025
General de la APF:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-
generales-apf/
Adicionalmente se podrán consultar en la Convocatoria que se publica en
TrabajaEn.
Las guías para la Evaluación de las Habilidades serán las consideradas
para las capacidades profesionales/directivas que se encontrarán disponibles
para su consulta en la página electrónica:
https://trabajaen.gob.mx - Documentos e Información Relevante - Guía de
Estudio para las Evaluaciones de Habilidades.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
PRESENTACION DE
EVALUACIONES
La Secretaría de Educación Pública comunicará la fecha, hora y lugar en que los
y las aspirantes deberán presentarse para la aplicación de la Subetapa de
Exámenes de Conocimientos que constará de dos Evaluaciones, la primera
correspondiente al Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, cuya
calificación mínima aprobatoria es de 80, en una escala de 0 a 100 sin
decimales (A través del Sistema Armstrong), obtener una calificación menor es
motivo de descarte; las personas que acrediten el Examen de Conocimientos
Técnicos del Puesto podrán realizar la segunda evaluación correspondiente al
Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal
(a través de la herramienta proporcionada por la Unidad de Políticas para el
Servicio Público de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno), cuya
calificación se promediará con la del Examen de Conocimientos Técnicos del
Puesto para obtener la calificación de la Subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es
de 70 en una escala de 0 a 100, sin decimales, un resultado menor a éste será
motivo de descarte; y las Evaluaciones de Habilidades (incluyendo las
Evaluaciones Psicométricas), estas últimas, a través del sistema Armstrong.
En dichas comunicaciones, se especificará la duración aproximada de cada
aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el inicio del Examen y/o
Evaluaciones. Una vez trascurrido el tiempo de tolerancia, por ningún motivo se
aplicará el Examen y/o Evaluaciones. Asimismo, no se aplicará el Examen y/o
las Evaluaciones si él o la participante no presenta la documentación requerida
por la dependencia.
Los resultados aprobatorios obtenidos tendrán una vigencia de un año, contado
a partir de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la página de
TrabajaEn, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
La aplicación del resultado aprobatorio de la Evaluación de Conocimientos
Técnicos obtenido en el concurso anterior de la misma plaza, el sistema RHnet
lo registra automáticamente si aplica el mismo temario y bibliografía, En caso de
que el sistema no registrara la calificación aprobatoria de la Evaluación
de Conocimientos Técnicos anterior, el (la) participante deberá solicitar su
consideración por escrito (oficio, o correo electrónico) al Comité Técnico de
Selección, a través de la Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y
Evaluación, antes del inicio de la nueva aplicación de dicho examen.
Para el caso del Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal (APF), los (las) candidatos (as) podrán participar en otros
concursos e inclusive de otras Dependencias, sin tener que sujetarse
nuevamente al Examen de Conocimientos de la APF, cuando hayan obtenido un
resultado igual o superior a 70 puntos, dicho resultado será considerado como
aprobatorio y se verá reflejado de forma automática en el portal de TrabajaEn y
no podrá renunciar al resultado aprobatorio con la finalidad de mejorarlo, éste
permanecerá vigente durante un año contado a partir de la fecha en que se den
a conocer éstos a través de la página de TrabajaEn, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 35 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal. Los resultados no aprobatorios
obtenidos en este examen, tendrán una vigencia de dos días, contado a partir
de la fecha en que se den a conocer éstos a través de la página de TrabajaEn.
Los resultados obtenidos en la Evaluación de Habilidades, no serán motivo de
descarte y tendrán vigencia de un año con calificación igual o superior a 70, a
partir de la fecha en que se den a conocer a través de la página electrónica
TrabajaEn, tiempo en el cual las personas aspirantes podrán participar en otros
concursos de la SEP, sin tener que sujetarse a la evaluación, siempre y cuando
se trate de la misma habilidad y que haya sido evaluada a través de la
herramienta proporcionada por la SEP.
Las personas que hayan sido evaluadas en sus habilidades con herramientas
distintas a las administradas por la SEP, deberán realizar las evaluaciones, ya
que las calificaciones que hayan obtenido mediante otro mecanismo quedan
sin efectos.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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REVISION DE
EXAMENES
En los casos en que el Comité Técnico de Selección correspondiente, determine
la revisión de exámenes de Conocimientos Técnicos y de Habilidades, ésta sólo
podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas de
evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega
de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la
revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
Las dudas relacionadas con el Temario y Examen de Conocimientos Generales
de la Administración Pública Federal (APF), deberán dirigirse a la Unidad de
Políticas para el Servicio Público, a la cuenta de correo electrónico:
trabajaen@buengobierno.gob.mx.
REGLAS DE
VALORACION
1.- Número de Evaluación de Conocimientos: 2
2.- Número de Evaluaciones de Habilidades: 2
3.- Número de Evaluaciones Psicométricas: 2
4.- Calificación mínima aprobatoria en la Evaluación de Conocimientos
Técnicos: 80 sobre 100
5.- El resultado del Examen de Conocimientos Generales de la Administración
Pública Federal y del Examen de Conocimientos Técnicos serán sumados con
el objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de exámenes de
Conocimientos. El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70;
conforme a la Nueva Metodología de Aplicación de los Exámenes de
Conocimientos, Evaluación de la Experiencia y la Valoración del Mérito para el
Ingreso al Servicio Profesional de Carrera.
6.- Evaluaciones de Habilidades: No será motivo de descarte el resultado que
obtenga la (el) aspirante.
7.- Número de especialistas que auxiliarán al Comité Técnico de Selección en la
etapa de entrevistas: Se tendrán tres especialistas, uno por cada Titular del
Comité Técnico de Selección, si éste último lo establece en las sesiones
de Instalación y Planeación de Entrevista y Determinación.
8.- Número mínimo de candidatos (as) a entrevistar: 3, si el universo lo
permite; en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a todos; en
caso de que el volumen sea mayor a 10, se entrevistará hasta 10
participantes en orden de prelación.
9.- Número de candidatos (as) que se continuarán entrevistando, en caso de no
contar con al menos un (a) finalista de los primeros 3 entrevistados: 3, si el
universo lo permite; en caso de que el volumen sea menor, se entrevistará
a todos (as); en caso de que el volumen sea mayor a 10, se entrevistará
hasta 10 participantes en orden de prelación.
10.- Puntaje mínimo de aptitud (para pasar a la etapa de determinación):
80 sobre 100.
11.- Criterios a aplicar en la entrevista: a) Predicción de comportamientos a
partir de evidencias en experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia
obtenida (ejemplos concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida
(cantidad de ejemplos), y d) Relevancia de la evidencia obtenida con los
requisitos del puesto.
12.- El (la) ganador (a) del concurso: el finalista (pasa a la etapa
de determinación) que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, al de mayor Calificación (puntaje) Definitiva.
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
El proceso de selección considera cinco etapas: I) Revisión curricular;
II) Evaluaciones: Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto, Examen
de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal (APF) y
Evaluaciones de Habilidades (incluyendo las Evaluaciones Psicométricas);
III) Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión
Documental; IV) Entrevista, y V) Determinación.
La Etapa I del proceso de selección (revisión curricular) tiene como propósito
determinar si la persona continua en el concurso, por lo que su acreditación no
otorgará puntaje alguno.
Por cada concurso se asignarán 100 puntos sin decimales, que serán
distribuidos únicamente entre las etapas II (Exámenes de Conocimientos
Técnicos y Conocimientos Generales de la APF, Evaluaciones de
Habilidades y Psicométricos, las dos últimas sólo como referencia);
III (Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como Revisión
Documental), y; IV (Entrevista), del procedimiento de selección, quedando de
la siguiente manera:
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
ETAPA
SUB-ETAPA
PUNTOS
II. Exámenes de Conocimientos
y Evaluaciones de Habilidades.
1° Examen de Conocimientos
Técnicos.
30
2° Examen de Conocimientos
Generales de la APF.
Evaluación de Habilidades
(sin descarte).
10
III Evaluación de la Experiencia
y Valoración del Mérito, así
como Revisión Documental.
Evaluación de la Experiencia
laboral.
20
Valoración del Mérito.
10
IV Entrevista.
El resultado acumulado de las
etapas
II
(Evaluación
de
Conocimientos y Evaluación de
Habilidades, Psicométricas) y
III
(Evaluación
de
la
Experiencia y Valoración del
Mérito,
así
como
Revisión
Documental)
con
una
puntuación menor a 50, son
motivo de descarte.
No aplica.
30
Total de puntos:
100 puntos
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
Para efectos de continuar en el concurso, los (las) aspirantes deberán aprobar
las evaluaciones precedentes, excepto la de habilidades que incluyen las
evaluaciones psicométricas, en virtud de que el resultado de éstas no es motivo
de descarte, a menos que el (la) participante no se presente a su aplicación; de
igual manera si el (la) participante no acude a la cita que se le invite, o no
apruebe las evaluaciones de conocimientos y la revisión documental será motivo
de descarte.
La Subetapa de Exámenes de Conocimientos constará
de dos
Evaluaciones, la primera correspondiente al Examen de Conocimientos
Técnicos del Puesto, cuya calificación mínima aprobatoria es de 80, en una
escala de 0 a 100 sin decimales; una calificación menor es motivo de descarte.
Las personas que acrediten el Examen de Conocimientos Técnicos del Puesto,
podrán realizar la segunda Evaluación correspondiente al Examen de
Conocimientos Generales en la Administración Pública Federal (APF), cuya
calificación se promediará con la del Examen de Conocimientos Técnicos para
obtener la calificación de la Subetapa, cuyo mínimo aprobatorio es de 70 en una
escala de 0 a 100, sin decimales, un resultado menor a éste será motivo de
descarte, así como el hecho de no presentarse en la fecha, lugar y hora
señalados en el mensaje de TrabajaEn.
Las Evaluaciones de Habilidades, cuyo resultado no será motivo de descarte,
que se aplicarán serán las siguientes, considerando que se conformarán por
preguntas y se complementarán con pruebas psicométricas:
Enlace: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Jefatura de Departamento: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Subdirección de Area: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Dirección de Area: Liderazgo y Negociación.
Coordinación Sectorial: Liderazgo y Negociación.
Dirección General: Visión Estratégica y Liderazgo.
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como revisión
documental.
El resultado que arroje la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito,
así como revisión documental, no será motivo de descarte, sin embargo, es
necesario que el (la) aspirante reúna el requisito de área y años de
experiencia laboral, y; áreas y nivel de escolaridad que establece el perfil
del puesto en concurso, así como la documentación personal básica que
se le requiera, en caso contrario será motivo de descarte. La Evaluación y
Valoración mencionadas, le dan la posibilidad al (la) aspirante de obtener
puntos, que sumados a los obtenidos en la Etapa II del proceso de selección
que contempla Evaluación de Conocimientos (Técnicos y de Conocimientos
Generales de la APF, y Evaluaciones de Habilidades y Psicométricas), le
ayudan para ubicarlo en un mejor lugar de prelación dentro del concurso.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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El máximo de puntos que pueden obtener en la Etapa III son: 20 puntos en la
Evaluación de la Experiencia y 10 puntos en la Valoración del Mérito. Para la
obtención de los puntos mencionados, es imprescindible presentar en
original o copia certificada para su validación, un archivo por documento,
por ambos lados, en formato PDF y escala a 100%, en archivo electrónico e
identificado con el nombre del puesto, y folio del concurso, organizada en
una carpeta para cada etapa: Evaluación de la Experiencia y Valoración del
Mérito, así como Revisión Documental.
NOTA: TODOS LOS DOCUMENTOS ORIGINALES INVARIABLEMENTE
DEBEN COINCIDIR CON LOS DIGITALIZADOS, LA FALTA DEL ARCHIVO
ELECTRONICO O DE CUALQUIERA DE LOS DOCUMENTOS EN ORIGINAL
O COPIA DIGITALIZADA SERA MOTIVO DE DESCARTE. La evidencia
documental que acredite el nivel de cumplimiento en cada uno de los
elementos que se califican.
En la Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, así como
revisión documental, se calificarán los siguientes elementos:
1.- Orden en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con el
nivel jerárquico en la trayectoria laboral del (la) candidato (a) (último puesto
desempeñado o que está desempeñando) en relación al puesto en concurso.
Las personas que cuenten únicamente con una sola experiencia en un cargo o
puesto no serán evaluadas en este rubro, al no existir un parámetro objetivo
para realizar la comparación.
2.- Duración en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados del (la) candidato (a).
De manera específica, a través del número de años promedio por cargo o
puesto que posea.
3.- Experiencia en el Sector Público. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Público.
De manera específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Público.
4.- Experiencia en el Sector Privado. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados en el Sector Privado.
De manera específica, a través del tiempo acumulado en el Sector Privado.
5.- Experiencia en el Sector Social. - Se calificará de acuerdo con la existencia
o experiencia en el Sector Social.
6.- Nivel de Responsabilidad. - Se calificará de acuerdo con la opción de
respuesta seleccionada por el (la) aspirante, entre las 5 posibles opciones
establecidas en el formato de evaluación, respecto a su trayectoria profesional.
Las opciones son las siguientes:
a) He desempeñado puestos donde he desarrollado una serie de actividades
sencillas y similares entre sí.
b) He desarrollado puestos que requieran coordinar una serie de funciones y
actividades similares y relacionadas entre sí.
c) He desempeñado puestos que requieran coordinar una serie de funciones
de naturaleza diferente.
d) He desempeñado puestos que requieran dirigir un área con funciones de
naturaleza diferente.
e) He desempeñado puestos que requieran dirigir diversas áreas que
contribuían al desarrollo de los planes estratégicos de una o varias unidades
administrativas o de negocio.
7.- Nivel de Remuneración. - Se calificará de acuerdo con la remuneración
bruta mensual en la trayectoria laboral del (la) candidato (a). De manera
específica, comparando la remuneración bruta mensual del puesto actual (en su
caso el último) y la del puesto en concurso.
8.- Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con
las del puesto vacante. - Se calificará de acuerdo con la coincidencia entre la
Rama de Cargo o puesto en el currículum vítae del candidato registrado por el
(la) propio (a) candidato (a) en www.trabajaen.gob.mx con la rama de cargo o
puesto vacante en concurso.
9.- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la
vacante. - Se calificará de acuerdo con la permanencia en el puesto o puestos
inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica, a través del
número de años acumulados en dichos puestos.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Otros elementos que establezcan en la Unidad de Política de Recursos
Humanos de la Administración Pública Federal o CTP, previa aprobación de la
Unidad conforme a las particulares de la dependencia.
Para obtener el puntaje referido a la Evaluación de la Experiencia, el (la)
aspirante deberá presentar la documentación que avale el cumplimiento a
cada elemento, la cual puede ser entre otras: carta original de la empresa
en hoja membretada; hoja de servicios; contrato laboral; recibos de pago;
alta y baja en instituciones de seguridad social, etc. La documentación
deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre el cual desea
obtener puntos, ejemplo: elemento 2, señalar los puestos que ocupó y el
tiempo de permanencia en cada uno de ellos; elemento 6, señalar las
funciones y actividades realizadas en los puestos ocupados. La Dirección
General de Recursos Humanos y Organización, a través de la Dirección del
Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación, para constar la
autenticidad de la información y documentación presentada por el (la)
aspirante, en su totalidad o de manera selectiva, podrá realizar las
consultas y cruce de información en los registros públicos o acudir
directamente
con
las
instancias
y
autoridades
correspondientes.
En los casos en que no se acredite la autenticidad será motivo de descarte
del (la) aspirante.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se
considerará lo siguiente:
•
Los (las) aspirantes serán calificados (as) en el orden en los puestos
desempeñados (elemento 1), salvo cuando cuenten con una sola
experiencia, cargo o puesto previos.
•
A todos los (las) aspirantes se les calificarán los elementos 2 al 8.
•
Quienes ocupen o hayan ocupado uno o más de los cargos o puestos
inmediatos inferiores al de la vacante, serán calificados en el elemento 9.
•
La calificación final se obtendrá del promedio entre la calificación de cada
uno de los elementos entre el total de elementos considerados.
En la Valoración del Mérito se calificarán los siguientes elementos:
1.- Resultados de la Evaluación del Desempeño. - Se considerarán de
acuerdo con las calificaciones de los servidores públicos de carrera
titulares, obtenidas en las Evaluaciones de Desempeño Anual. De manera
específica, a través de los puntos de la calificación obtenida en la última
Evaluación del Desempeño Anual. Para obtener las calificaciones de la
Evaluación de Desempeño desde RHnet, deberá ingresar con su usuario y
contraseña al portal www.rhnet.gob.mx, dirigirse a la sección de
Evaluación del Desempeño, seleccionar y dar clic en Consulta Mis
Evaluaciones del Desempeño, imprimir el listado de calificaciones, luego
dar clic en “Ver Resumen” de la última Evaluación del Desempeño e
imprimir el resumen. En caso de no poder imprimir su Evaluación
desde RHnet, deberá dirigirse a su área de Recursos Humanos, para
obtener ayuda.
2.- Resultados de las acciones de capacitación. - Se calificarán de acuerdo
con las calificaciones de las acciones de capacitación. De manera específica, a
través del promedio de las calificaciones obtenidas por el servidor público de
carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el
ejercicio fiscal inmediato anterior no se hubieren autorizado acciones de
capacitación para el servidor público de carrera titular, no será calificado en este
elemento.
3.- Resultados de procesos de certificación. - Se calificarán de acuerdo con
las capacidades profesionales certificadas. De manera específica, a través del
número de capacidades profesionales certificadas vigentes logradas por los
servidores públicos de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio
Profesional de Carrera.
4.- Logros.- Se refieren al alcance de un objetivo relevante del (la) candidato (a)
en su labor o en campo de trabajo; a través de aportaciones que mejoraron,
facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de trabajo; o
bien, mediante el logro de metas estratégicas que aportaron un beneficio a la
ciudadanía, sin: generar presiones presupuestales adicionales, ni perjudicar o
afectar negativamente los objetivos de otra área, unidad responsable o de
negocios, por lo que podrán presentar las constancias respectivas como:
certificaciones en competencias laborales o en Habilidades Profesionales
distintas a las del Servicio Profesional de Carrera, publicación especializada
(gacetas revistas, prensa o libros) relacionadas con su campo de experiencia.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
373
* La Dirección del Servicio Profesional de Carrera, Control y Evaluación,
responsable del Subsistema de Ingreso, se reserva el derecho a revisar las
constancias mostradas en este rubro y su congruencia con el campo-área
de trabajo que hayan permitido o que permitan la mejora, optimización y/o
fortalecimiento de metas estratégicas, funciones del área y del perfil del
puesto, así como el cumplimiento de objetivos por parte de la persona
aspirante en el ámbito laboral o que con ello exista un aporte a la
ciudadanía de forma integral y no aislada. En ningún caso se consideran
logros de tipo político o religioso.
5.- Distinciones. - Se refieren al honor o trato especial concedido a una
persona por su labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se
calificarán a través del número de distinciones obtenidas. En virtud de lo
anterior, se considerará como una distinción, las siguientes:
•
Fungir como presidente (a), vicepresidente (a) o miembro fundador (a)
de Asociaciones u Organizaciones no Gubernamentales (Científicas, de
Investigación, Gremiales, Estudiantiles o de Profesionistas).
•
Título Grado Académico Honoris Causa otorgado por Universidades o
Instituciones de Educación Superior.
•
Graduación con Honores o con Distinción.
En ningún caso se considerarán distinciones del tipo político o religioso.
6.- Reconocimientos o premios. - Se refieren a la recompensa o galardón
otorgado por agradecimiento o reconocimiento al esfuerzo realizado por algún
mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual. De manera
específica, se calificarán a través del número de reconocimientos o premios
obtenidos. En virtud de lo anterior, se considerará como un reconocimiento o
premio, los siguientes:
•
Premio otorgado a nombre del (la) aspirante.
•
Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación a
nombre del (la) aspirante en congresos, coloquios o equivalentes.
•
Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público.
•
Primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos y
abiertos.
En ningún caso se considerarán reconocimientos o premios de tipo político,
religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una selección aleatoria,
sorteo o equivalente.
7.- Actividad destacada en lo individual. - Se refiere a la obtención de los
mejores resultados, sobresaliendo en una profesión o actividad individual o
ajena a su campo de trabajo, del resto de quienes participan en la misma.
De manera específica, se calificará a través del número de actividades
destacadas en lo individual comprobadas. En virtud de lo anterior, se
considerarán como actividades destacadas, las siguientes:
•
Título o grado académico en el extranjero con reconocimiento de validez
oficial por la Secretaría de Educación Pública (apostillado).
•
Patentes a nombre del (la) aspirante.
•
Servicios o misiones en el extranjero.
•
Derechos de autor a nombre del (la) aspirante.
•
Servicios de voluntariado, altruismo o filantropía (No incluye donativos).
•
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano
y Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno.
En ningún caso se considerarán actividades destacadas de tipo político o
religioso.
Es de importancia mencionar, que los documentos y/o constancias
presentadas de los elementos enumerados del 2 al 7, solo serán
considerados en una sola ocasión y para un sólo elemento.
8.- Otros estudios. - Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a
los requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De manera
específica, a través del estudio o grado máximo de estudios concluido
reconocido por la autoridad competente, que sea adicional al nivel de estudio
y grado de avance al requerido en el perfil del puesto vacante en concurso.
374
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Los (as) aspirantes podrán cubrir el requisito de nivel de estudios de la
escolaridad y área de conocimiento que establece el perfil del puesto en
concurso, con uno de mayor grado como es la especialidad, la maestría o el
doctorado, según el caso, otorgándose en la Valoración del Mérito el puntaje
asignado para el nivel mínimo requerido por dicho perfil.
La acreditación de títulos o grados de estudio de los (as) aspirantes, se realizará
a través de la presentación del original del Título o Cédula Profesional o
Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que emita la SEP.
9.- Habla de Lengua Indígena. - Las lenguas indígenas nacionales son
aquellas que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes
del establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes de
otros pueblos Indoamericanos, igualmente preexistentes que se han arraigado
en el territorio nacional con posterioridad y que se reconocen por poseer un
conjunto ordenado y sistemático de formas orales funcionales y simbólicas de
comunicación.
Desde el enfoque comunicativo, el conocimiento de una lengua, en este caso,
una de las 68 lenguas indígenas, se refiere a la capacidad de usarla
apropiadamente en determinadas situaciones sociales. A su vez, esta capacidad
se puede evaluar en 4 Habilidades básicas del lenguaje: hablar, escuchar o
comprender, leer y escribir en distintos contextos.
Las competencias traductoras son los conocimientos, habilidades y actitudes
que se movilizan para poner en operación procesos de trasvase de información
de una lengua a otra, ya sea de manera oral o escrita, pero con una pertinencia
cultural y lingüística.
De manera específica, se calificarán a través del número de comprobantes
obtenidos por el candidato.
En virtud de lo anterior, se considerará como un comprobante, cada uno de los
siguientes, tomando como referencia los niveles 1 y 2:
Nivel 1
•
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen,
donde se señale que es hablante de una lengua indígena nacional.
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada
por esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
•
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas
que avalen, al menos un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o
sus variantes.
•
Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías,
folletos, manuales, carteles, mapas, videos, audios, etc.)
En
la
presentación
de
estos
materiales,
se
deberá
acreditar
fehacientemente su autoría.
•
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete,
mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
•
Certificado de competencia laboral (en estándares relacionados con la
interpretación, atención en lengua indígena o traducción). Otros que
al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio
Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
Nivel 2
•
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas o alguna otra instancia acreditada
por esta misma Institución (con resultado excelente).
•
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua
indígena o sus variantes, independientemente del campo de estudio del que
se trate. En la presentación de estas publicaciones, se deberá acreditar
fehacientemente su autoría.
•
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador
bilingüe y/o traductor de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etc.).
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
375
En la presentación de estas evidencias, se deberá acreditar fehacientemente su
autoría. Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo
Humano y Servicio Profesional de Carrera de la Administración Pública Federal.
10.- Auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena,
afrodescendiente o afromexicana. La denominación del presente elemento
deriva de la forma en que se propone su valoración, toda vez que la auto
adscripción a un pueblo o una comunidad indígena o afrodescendiente/
afromexicana es el acto voluntario mediante el cual personas o comunidades,
que tienen un vínculo cultural, histórico, político, lingüístico o de otro tipo y, que
deciden identificarse como integrantes de un pueblo o comunidad indígena
reconocido por el Estado. La auto adscripción es una manifestación de identidad
y pertenencia cultural.
El Mérito que se valora, conforme a este elemento, se relaciona directamente
con el cumplimiento de los requisitos de escolaridad y de experiencia de los
perfiles de puesto en concurso; los cuales representan el esfuerzo de la
población objetivo ante aquellas barreras del sector —económicas, políticas,
culturales y sociales―, que pueden presentarse en el desarrollo profesional de
la persona candidata que se auto adscribe.
La auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena o afrodescendiente
se calificará de acuerdo con la manifestación que realice, por su parte, la
persona candidata que así lo manifieste, en la revisión documental durante el
concurso.
11.- Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se
considera como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su
carrera profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia
establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso.
12.- Persona con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar
de presentar una discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión
de las Personas con Discapacidad (LGIPD), cumplan con los requisitos de
escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil
del puesto en concurso. La persona participante deberá identificar por escrito de
declaración, la descripción de su discapacidad.
Para obtener el puntaje referido a la Valoración de Mérito, se deberá
presentar la documentación que avale el cumplimiento de los elementos
correspondientes.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento
sobre el cual desea obtener puntos. La Dirección General de Recursos
Humanos y Organización, a través de la Dirección del Servicio Profesional
de Carrera, Control y Evaluación, para constatar la autenticidad de la
información y documentación presentada por el (la) aspirante, en su
totalidad o de manera selectiva, podrá realizar las consultas y cruce de
información en los registros públicos o acudir directamente con las
instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se
acredite la autenticidad será motivo de descarte del (la) aspirante.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se
considerará lo siguiente:
•
Todos los (as) candidatos (as) que sean servidores (as) públicos (as) de
carrera titulares, sin excepción, serán calificados en los elementos 1 a 3.
•
Todos los (as) candidatos (as), sin excepción, serán calificados en los
elementos 4 a 8.
•
Todos los (as) candidatos (as), podrán en su caso, ser considerados para
calificar los elementos 9, 10, 11, y 12, si se cuenta con el soporte.
La calificación final se obtendrá, del promedio que considera el resultado
de cada uno de los elementos, entre el total de estos.
Los resultados obtenidos en las subetapas de la Etapa III, serán considerados
en el sistema de puntuación general, sin implicar el descarte de los (as)
candidatos (as).
Se considerarán finalistas (pasan a la etapa de determinación) a quienes
acrediten al menos el Puntaje Mínimo de Aptitud que es 80.
Si hay empate, el Comité Técnico de Selección resolverá el resultado del
concurso de acuerdo con lo señalado en el numeral 281 del Acuerdo citado en
el primer párrafo de esta convocatoria.
376
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Los (as) aspirantes que pasen a la etapa de determinación como aptos (as) para
cubrir el puesto y no resulten ganadores (as) en el concurso, serán
considerados (as) finalistas en la reserva de aspirantes de la rama de cargo o
puesto de que se trate en la Secretaría de Educación Pública, durante un año
contado a partir de la publicación de los resultados finales del concurso de que
se trate. Por este hecho, quedan en posibilidad de ser convocados (as), en ese
periodo y de acuerdo con la clasificación de puestos y ramas de cargo que haga
el Comité Técnico de Profesionalización de la Secretaría de Educación Pública,
a nuevos concursos destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique.
Cuando el (la) ganador (a) del concurso tenga el carácter de servidor (a) público
(a) de carrera titular, para poder ser nombrado (a) en el puesto sujeto a
concurso, deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse
separado, toda vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así
como de haber cumplido la obligación que le señala fracción VI del artículo 11
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal. (Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los
asuntos que conozca, en términos de la ley de la materia).
REVISION
DOCUMENTAL
Para poder acreditar la revisión documental, es indispensable presentar la
totalidad de la siguiente documentación en original o copia certificada y
escaneada en Memoria U.S.B. o en C.D. en formato PDF, en caso contrario
se le descartará del concurso:
•
Currículum Vítae detallando periodo en cada puesto y funciones realizadas
(no el registrado en Trabajaen), firmado en todas las hojas con tinta azul,
sin engargolar. Entregar 1 copia.
•
La constancia de no inhabilitación para el desempeño del empleo, cargo o
comisión (será proporcionada por la SEP).
•
Comprobante de domicilio (recibo de luz, agua, teléfono fijo, gas natural o
estacionario).
•
Impresión del folio asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx (carátula
inicial de la página personal) para el concurso e impresión de la invitación
que recibe por TrabajaEn. Entregar 1 copia.
•
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
Entregar 1 copia.
•
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o postgrado titulado, se deberá presentar el Título y/o la Cédula
Profesional correspondiente. Si el Título y/o la Cédula Profesional está
en trámite (con antigüedad hasta de un año), se podrá presentar el
documento que avale dicho trámite ante la Secretaría de Educación Pública
y/o el acta del examen profesional aprobatorio y/u oficio original de la
institución educativa donde establezca que la persona cubrió el total de
créditos del nivel de estudios y la tira de materias cursadas. Para los casos
en los que el perfil del puesto establezca como requisitos de escolaridad el
nivel de Pasante, se tendrá que presentar el documento oficial que así lo
acredite, como puede ser la Carta de Pasante o documento (oficio y tira de
materias) donde establezca que la persona cubrió el total de créditos
del nivel de estudios correspondiente. En el caso de contar con estudios en
el extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de validez
o reconocimiento oficial expedido por la SEP. Los y las aspirantes podrán
cubrir el requisito de nivel de estudios de la escolaridad y área de
conocimiento que establece el perfil del puesto en concurso, con uno de
mayor grado como es la especialidad, la maestría o el doctorado, en
las áreas académicas definidas en el perfil del puesto, siempre y
cuando, la persona que concursa cuente con algún título o cédula
profesional
de
nivel
licenciatura
registrado
en
la
Secretaría
de Educación Pública (SEP) y que se encuentre contenido en algunas
de las áreas de conocimientos relacionados con el catálogo de
carreras de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (SABG),
otorgándose en la Valoración del Mérito el puntaje asignado para el nivel
mínimo requerido por dicho perfil.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
377
•
La acreditación de títulos o grados de estudio de los y las aspirantes, se
realizará a través de la presentación del original del Título o Cédula
Profesional o Reconocimiento de Estudios del Extranjero o Apostilla, que
emita la SEP. Entregar 1 copia.
•
Documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente,
sólo en caso de que sea requerido por el perfil del puesto en concurso.
Entregar 1 copia.
•
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto (ejemplo: carta de la empresa en hoja membretada donde se indique
la fecha de ingreso, puestos ocupados y fecha de baja; recibo de pago; alta
en instituciones de seguridad social; contrato laboral; hojas de servicio;
declaraciones fiscales; contratos; recibos de honorarios; etc.), en las áreas
que requiera el perfil del puesto en concurso.
•
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar con
fotografía o pasaporte o cartilla militar). Entregar 1 copia.
•
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT) u otro
documento oficial donde se identifique dicho RFC. En caso de que el RFC,
incluyendo homoclave, registrado en la página personal de TrabajaEn no
coincida con el que aparece en el documento de alta del SAT o el
documento oficial que se presente, será motivo de descarte del aspirante en
el concurso correspondiente.
•
Cartilla militar liberada. En el caso de hombres mayores a los 40 años, no
aplica este requisito.
•
Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber sido sentenciado (a) con
pena privativa de libertad por delito doloso, no estar inhabilitado (a) para el
servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro (a) de
algún culto, de que la documentación presentada es auténtica, de no tener
sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal
desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o
doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las
mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Por ser declarada persona deudora alimentaria morosa. (Agregado el 06 de
septiembre de 2023, por la reforma y adición al art. 38 de la Constitución de
los Estados Unidos Mexicanos, publicado en el DOF 29-05-2023).
Este formato le será proporcionado por la Secretaría de Educación Pública
durante la revisión documental, de no haber sido beneficiado (a) por algún
programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se
hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración
Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad
aplicable. Entregar original.
La revisión documental se realizará en la dirección, día y hora que se señale en
el mensaje enviado al aspirante a través de trabajaEn.
PUBLICACION DE
RESULTADOS
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx, identificándose al aspirante con su número de
folio asignado por dicho sistema. La consulta se puede hacer por medio del sitio
web: http://www.trabajaen.gob.mx
CANCELACION
DE CONCURSOS
El Comité Técnico de Selección podrá cancelar el concurso en los supuestos
siguientes: I) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición
legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate; II) El puesto
de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere
para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en
su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, y; III) El CTP
determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
DECLARACION
DE CONCURSO
DESIERTO
De conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité Técnico
de Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto
un concurso por las siguientes causas:
I Porque ningún candidato se presente al concurso;
II Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación
para ser considerado finalista, o
378
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
III Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea
vetado, o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité
Técnico de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
REACTIVACION
DE FOLIOS
En caso de aplicar la reactivación de folios rechazados en la Etapa I Revisión
Curricular, a partir de la fecha de descarte el (la) aspirante tendrá 2 días
hábiles para enviar su petición de reactivación de folio dirigido al Secretario
(a) Técnico (a) del Comité Técnico de Selección, a través del correo
electrónico: ingreso_sep@nube.sep.gob.mx. La solicitud se hará del
conocimiento al resto de los (las) integrantes del Comité Técnico de Selección, a
través del Encargado (a) del Subsistema de Ingreso, vía correo electrónico o vía
telefónica para su análisis y en su caso, para su autorización. El plazo de
resolución del Comité será a más tardar en 72 horas. La determinación
del Comité Técnico de Selección respecto a la solicitud de reactivación se hará
del conocimiento del interesado (a), a través del Encargado (a) del Subsistema
de Ingreso por correo electrónico.
Dicha solicitud deberá describir y anexar lo siguiente:
•
Manifestar la Justificación del por qué considera que se debe reactivar el
folio dirigido al Secretario (a) Técnico (a) del Comité de Selección
solicitando el análisis y en su caso aprobación de la reactivación.
•
Pantallas impresas del portal personal en www.trabajaen.gob.mx donde se
observará las causales del rechazo y la fecha del mensaje.
•
Currículo que describa los periodos de permanencia, día, mes, año, en
cada una de sus experiencias laborales, así como las funciones que
desempeñó(a),
•
Copia de los documentos que acrediten el nivel escolar requerido (Título o
cédula profesional)
•
Copia de los documentos que acrediten su experiencia laboral, los cuales
deberán especificar: fecha de expedición, nombre completo del (la)
candidato(a), día, mes, año de ingreso y baja, indicando los puestos y
funciones desempeñadas, con firma y cargo de la persona que autoriza,
membretado con domicilio y teléfono de la Institución o empresa.
•
Dirección electrónica donde puede recibir la respuesta a su petición.
La reactivación de folios será improcedente cuando ésta se deba a:
•
La renuncia por parte del o la aspirante.
•
La duplicidad de registros de inscripción.
Una vez transcurrido el plazo establecido, no procederán las solicitudes de
reactivación.
Nota: En caso de ser autorizada la solicitud de reactivación, el sistema
www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje de notificación a todos los y las
participantes en el concurso.
En relación a los descartes de aspirantes por errores imputables al Operador de
Ingreso en las etapas de evaluación, entrevista y estatus del concurso, esta
dependencia podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza, reactivar
dicho folio, dando aviso a los (as) aspirantes que siguen participando en la etapa
correspondiente.
PRINCIPIOS DEL
CONCURSO
El concurso se desarrollará con estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección
a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones
aplicables.
Los casos no previstos en las disposiciones que regulan el Servicio Profesional
de Carrera, respecto al desarrollo de los concursos, serán resueltos por el
Comité Técnico de Selección, para lo cual, la persona involucrada en
el concurso que identifique el caso no previsto lo hará del conocimiento al
Secretario (a) Técnico (a) de dicho Comité vía escrito y dentro de los siguientes
dos días hábiles, quien lo someterá para su análisis y resolución al resto de los
o las integrantes. El plazo para dar una resolución dependerá de la complejidad
y gravedad del caso reportado, por lo que el Comité puede detener el desarrollo
del concurso hasta que tenga una resolución. El Comité Técnico de Selección
se asegurará que la resolución al caso reportado se apegue a los principios
mencionados y a la normatividad aplicable.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
379
DISPOSICIONES
GENERALES
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2.
Los datos personales de los y las concursantes son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados
como consecuencia de su participación en actividades relacionadas con
motivo de la presente convocatoria.
4.
Los y las concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Quejas del Organo Interno de Control en la dependencia, ubicada en
Av. Universidad No. 1074, Piso 3, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez,
Ciudad de México, C.P. 03330. La inconformidad deberá presentarse por
escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se
presentó el acto motivo de la inconformidad, en términos de lo dispuesto por
el artículo 69 fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 93 al 96 de su Reglamento. Area de
Quejas, Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control
de la SEP.
Los y las aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur
No. 1735, Quinto piso Ala Norte, Colonia Guadalupe Inn, Alvaro Obregón,
C.P. 01020, Ciudad de México. El recurso de revocación deberá
interponerse dentro del término de diez días contados a partir del día
siguiente en que se haga del conocimiento el nombre del aspirante que
obtuvo la calificación más alta en el procedimiento de selección, en los
términos que establecen los artículos del 76 al 78 de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 97 al 98 de
su Reglamento, dirigido a la Unidad de Asuntos Jurídicos, de la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno.
5.
Durante el desarrollo y aplicación de las etapas II y IV no se permitirá el uso
de teléfonos celulares, computadora de mano, dispositivo de CD, DVD,
memorias portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras,
lentes de sol (oscuros), gorra, así como cualquier otro dispositivo, libro o
documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar, registrar o
almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la convocatoria se
autorice o requiera de utilización como medio de apoyo para el examen y/o
evaluaciones.
RESOLUCION DE
DUDAS Y ATENCION
A USUARIOS
Con la finalidad de garantizar la debida atención y resolución de las dudas que
los aspirantes formulen con relación al presente concurso, la Secretaría de
Educación
Pública
pone
a
la
orden
los
correos
electrónicos:
ingreso_sep@nube.sep.gob.mx
y
teresa.nunez@nube.sep.gob.mx,
así
como el número telefónico: 3600 2511 con las extensiones: 59822, 59961,
59962, en un horario de lunes a viernes de 09:00 a 15:00 y 16:30 a 18:00 hrs.
México, Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Secretaría de Educación Pública
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección,
Secretaria Técnica
Teresa M. Núñez Zavaleta
Firma Electrónica.
380
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Secretaría de Salud
Comisión Nacional de Arbitraje Médico
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. SSA/CONAMED/2026/01
NOTA ACLARATORIA
El Comité Técnico de Selección de la CONAMED, informa que derivado un planteamiento organizacional
concluido recientemente para este órgano Desconcentrado, se detectó un cambio en el código del puesto de
la plaza vacante DIRECCION GENERAL DE ARBITRAJE, con código de puestos; 12-M00-1-M1C029P-
0000262-E-C-F, considerada en la Convocatoria Pública y Abierta SSA/CONAMED/2026/01, misma que fue
publicada el 04 de marzo de 2026 en el Diario Oficial de la Federación y difundida en el portal
www.trabajaen.gob.mx, https://www.gob.mx/conamed/documentos/concursos-vigentes-conamed y en el de la
dependencia http://www.salud.gob.mx/unidades/dgrh/bolsadetrabajo/convocatorias.php, a efecto de dar
cumplimiento a los principios rectores del referido Sistema del Servicio Profesional de Carrera (art. 2 de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal); este Comité determinó procedente
informar a todas las personas interesadas en participar en este proceso de reclutamiento y selección, la
rectificación del código del puesto correspondiente al concurso y plaza antes citado de acuerdo a lo siguiente:
Dice
Debe decir
Código del puesto:
12-M00-1-M1C029P-0000262-E-C-F
Código del puesto:
12-M00-1-M1C029P-0000373-E-C-F
Lo anterior con la finalidad de transparentar y garantizar los principios rectores del Sistema del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
Para cualquier duda o aclaración favor de comunicarse a los números telefónicos 55-54207120,
55-54207118, 55-54207047 y 55-50621600 Ext 58484 de 9:00 a 15:00 horas de lunes a viernes o enviar
correo a reclutamiento@conamed.gob.mx y ingresospc@salud.gob.mx.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera
en la Comisión Nacional de Arbitraje Médico de la Secretaría de Salud
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, el Secretario Técnico,
Subdirector de Regulación del Servicio Profesional de Carrera
Lic. Fernando Pérez Rocio
Rúbrica.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
381
Secretaría de Cultura
Instituto Nacional del Derecho de Autor
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 01/2026
El Comité Técnico de Selección CTS del Instituto Nacional del Derecho de Autor con fundamento en los
artículos 21, 25, 26, 28 y 75, fracciones III y VII de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal (LSPCAPF) y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38, 39, y 40 Tercero y
Séptimo Transitorios de su Reglamento (RLSPCAPF), y los numerales 241 al 284 del Acuerdo por el que se
establecen las Disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025 (Acuerdo), así como por
acuerdo del Comité Técnico de Profesionalización y los Comités Técnicos de Selección del Instituto Nacional
del Derecho de Autor, se emite la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA dirigida a toda persona interesada en ingresar al Sistema del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal Centralizada de los concursos para
ocupar los siguientes puestos vacantes:
1.
SUBDIRECCION DE RESERVAS con las siguientes características:
NUMERO DE VACANTES:
Una
NIVEL ADMINISTRATIVO:
N11
CODIGO DE LA PLAZA:
48-I00-1-M1C015P-0000034-E-C-P
PERCEPCION ORDINARIA:
$ 39,078.00
ADSCRIPCION:
Dirección de Reservas de Derecho
SEDE:
Ciudad de México
OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO:
Coordinar la atención de las solicitudes para el otorgamiento de reservas de derecho y emitir la expedición de
certificados de números internacionales ISBN e ISSN para expedir el certificado o resolución correspondiente.
FUNCIONES
1.
Supervisar la dictaminación de las solicitudes para el otorgamiento de reservas de derechos, mediante
controles que cotejen los requisitos y condiciones para expedir el certificado o resolución respectiva.
2.
Verificar la dictaminación de las renovaciones para el otorgamiento de reservas de derechos, previa
comprobación fehaciente del uso de la reserva, para expedir el certificado o resolución respectiva.
3.
Verificar la dictaminación de solicitudes de anotaciones marginales presentadas, por medio de la
integración de la documentación para la elaboración de las constancias respectivas en los supuestos
previstos en la ley, para expedir el certificado o resolución correspondiente.
4.
Supervisar la atención y sustanciación de los procedimientos de declaración administrativa de nulidad o
cancelación de reservas de derechos, mediante los criterios establecidos en apego a la normatividad
aplicable, para emitir la resolución respectiva.
5.
Supervisar el trámite de la solicitud de integración de personas físicas o morales al padrón de editores, a
través del otorgamiento de números internacionales y la integración de las fichas catalográficas, para
llevar un control de la acreditación de las personas físicas o morales dedicadas a actividades editoriales.
6.
Coordinar las actividades que solicita la comisión calificadora de publicaciones y revistas ilustradas de la
Secretaría de gobernación, a través de la integración de los informes relativos a las resoluciones de las
reservas otorgadas sobre publicaciones periódicas, para su conocimiento.
PERFIL Y REQUISITOS:
ESCOLARIDAD: Licenciatura o Profesional
GRADO DE AVANCE: Titulado
AREA GENERAL
CARRERA GENERICA
CIENCIAS SOCIALES Y ADMINISTRATIVAS
DERECHO
EXPERIENCIA LABORAL: 4 años
CAMPO DE EXPERIENCIA
AREA DE EXPERIENCIA
CIENCIAS JURIDICAS Y DERECHO
DERECHO Y LEGISLACION NACIONALES
CONOCIMIENTOS
•
Subdirección de Reservas de Derecho
•
Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal
HABILIDADES GERENCIALES:
Visión Estratégica y Trabajo en Equipo (nivel de dominio para ambas habilidades es de 3).
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: No Requerido.
IDIOMA: No Requerido.
382
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
2.
JEFE (A) DE LA UNIDAD DE INFORMATICA con las siguientes características:
NUMERO DE VACANTES:
Una
NIVEL ADMINISTRATIVO:
N11
CODIGO DE LA PLAZA:
48-I00-1-M1C015P-0000017-E-C-K
PERCEPCION ORDINARIA:
$ 39,078.00
ADSCRIPCION:
Instituto Nacional del Derecho de Autor
SEDE:
Ciudad de México
OBJETIVO GENERAL DEL PUESTO:
Coordinar la planeación, desarrollo, operación y mantenimiento de tecnologías de la información y
comunicación, con la finalidad de optimizar el aprovechamiento de los bienes informáticos, conforme a las
políticas y normatividad establecidas, para contribuir al cumplimiento de los objetivos institucionales.
FUNCIONES
1.
Definir los requerimientos de recursos informáticos de las áreas del instituto, mediante el análisis y
diagnóstico de las necesidades de tecnologías de la información y comunicación, con la finalidad de
suministrar los recursos tecnológicos necesarios para el cumplimiento de las funciones de cada área,
conforme a los objetivos institucionales.
2.
Implementar estrategias que permitan regular la generación de alternativas de solución oportunas, en
materia de tecnologías de la información y comunicación en las distintas áreas del Instituto, a fin de
garantizar el uso óptimo de las tecnologías de la información y comunicación, conforme a la aplicación
de la normatividad en la materia.
3.
Controlar y ejecutar los proyectos en materia de tecnologías de la información, mediante la definición y
metodología aplicable, en el desarrollo de los programas de informática dirigidos a las áreas del instituto,
con la finalidad de realizar acciones de mejora en los procesos que se llevan en el Indautor.
4.
Coordinar y controlar el mantenimiento preventivo y correctivo del equipo de cómputo y
telecomunicaciones asignados al instituto, mediante la supervisión de la ejecución de acciones que
permitan evaluar el estado de los recursos tecnológicos, con la finalidad de asegurar la operación
eficiente en las áreas que integran el Instituto.
5.
Coordinar el control de los equipos de cómputo y telecomunicación, mediante un sistema de inventario,
con el objeto de garantizar que todos los servidores públicos, cuenten con los recursos informáticos y de
telecomunicación, que les permitan realizar sus funciones, contribuyendo así al logro de los objetivos
institucionales.
6.
Supervisar y verificar que se proporcione la asesoría al personal del Instituto en materia informática,
mediante la coordinación y gestión de los reportes generados y así garantizar la óptima operación de
dichos recursos tecnológicos, para asegurar la satisfacción de los usuarios.
7.
Coordinar y dirigir la ejecución de las acciones de mantenimiento, operación y actualización de los
programas informáticos utilizados en el instituto, mediante la aplicación de los procedimientos en materia
de soporte técnico, mantenimiento y actualización, con la finalidad de garantizar la operación y la
continuidad de dichos recursos tecnológicos, conforme a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
8.
Supervisar la operación de los programas informáticos mediante el sistema de gestión y control de
programas utilizados, con la finalidad de cumplir con la normatividad aplicable en materia de derechos
de autor y licencias del software.
9.
Supervisar y vigilar las asesorías realizadas a las áreas del Instituto, en lo que se refiere a la utilización de
los programas, aplicaciones y paquetería informática, mediante la gestión de reportes solicitados, además
de proporcionar la capacitación del software desarrollado, para cumplir con la normatividad aplicable en
tecnologías de la información.
PERFIL Y REQUISITOS:
ESCOLARIDAD: Licenciatura o Profesional
GRADO DE AVANCE: Titulado
AREA GENERAL
CARRERA GENERICA
INGENIERIA Y TECNOLOGIA
COMPUTACION E INFORMATICA
EXPERIENCIA LABORAL: 4 años
CAMPO DE EXPERIENCIA
AREA DE EXPERIENCIA
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LOS ORDENADORES
CIENCIAS TECNOLOGICAS
TECNOLOGIA DE LAS TELECOMUNICACIONES
CIENCIAS TECNOLOGICAS
PROCESOS TECNOLOGICOS
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DIARIO OFICIAL
383
CONOCIMIENTOS
•
Jefe (a) de la unidad de Informática
•
Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal
HABILIDADES GERENCIALES:
Visión Estratégica y Trabajo en Equipo (nivel de dominio para ambas habilidades es de 3).
DISPONIBILIDAD PARA VIAJAR: No Requerido.
IDIOMA: No Requerido.
REGLAS DE VALORACION:
ETAPA
PONDERACION
Examen de Conocimientos técnicos + examen de
conocimientos generales de la APF
30
Evaluación de habilidades
20
Evaluación de la Experiencia
10
Valoración del Mérito
10
Entrevistas
30
BASES DE PARTICIPACION
BASES DE PARTICIPACION
REQUISITOS DE PARTICIPACION
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos previstos en el perfil de puesto (escolaridad,
áreas de conocimiento y experiencia laboral) y los establecidos en las presentes Bases de Participación, así
como en términos de lo dispuesto por el artículo 38 fracción VII de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, deberá manifestar por escrito en el Escrito Bajo Protesta de decir verdad.
-Que no cuenta con sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la integridad
corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo psicosexual; por violencia familiar,
violencia familiar equiparada o doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las
mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos; no ser declarada persona deudora
alimentaria morosa.
Así como en términos de lo dispuesto por el artículo 21 de la LSPCAPF, se deberá acreditar el cumplimiento
de los siguientes requisitos legales
I. Ser de ciudadanía mexicana en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición
migratoria permita la función a desarrollar (FM3).
II. No haber sido sentenciada o sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso.
III. Tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público.
IV. No pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro o ministra de algún culto.
V. No estar inhabilitada (o) para el servicio público ni encontrarse con algún otro impedimento legal.
El Instituto Nacional del Derecho de Autor mantiene una política de igualdad de oportunidades, sin
discriminación por edad, discapacidad, color de piel, cultura, sexo, condición económica, apariencia física,
características genéticas, embarazo, lengua, opiniones, preferencias sexuales, identidad o filiación política,
estado civil, situación familiar, responsabilidades familiares o por cualquier otro motivo que atente contra la
dignidad humana, no encuentre sustento objetivo, racional ni proporcional o tenga por objeto menoscabar los
derechos y libertades de las personas.
Queda prohibido como requisito para el reclutamiento y selección la certificación médica de no embarazo y/o
pruebas para la detección de VIH/SIDA para llevar a cabo la contratación.
PRINCIPIOS DEL CONCURSO
El concurso se desarrollará en estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad, calidad,
imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género, sujetándose el desarrollo del Proceso de
Selección y las sesiones del CTS. a las Disposiciones de la LSPCAPF, al RLSPCAPF, al Acuerdo y las
disposiciones que, en su caso, las autoridades sanitarias emitan a través del Diario Oficial, y demás
normatividad aplicable.
DISPOSICIONES INICIALES
Las personas aspirantes tendrán que verificar previo a su registro al concurso en TrabajaEn, el Perfil del
Puesto publicado en la presente convocatoria, el cual se compone de los siguientes apartados: Nombre
del puesto, Código del puesto, Unidad Administrativa de adscripción y Nivel. La información relativa a las
Funciones principales, Escolaridad, Experiencia laboral, Habilidades a evaluar y Otros, se pública en la página
web
del
Instituto
Nacional
del
Derecho
de
Autor
www.indautor.gob.mx,
https://www.indautor.gob.mx/convocatorias-y-temarios.php conforme a lo señalado en el artículo 243 fracción
II del Acuerdo. El cumplimiento del Perfil del Puesto es forzoso para las personas aspirantes, el no contar con
evidencias documentales que respalden su cobertura, implica el descarte de la persona aspirante del Proceso
de Selección.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
1.
Las bibliografías y temarios para el examen de conocimientos técnicos podrán ser consultadas
por las personas participantes en la página electrónica del Instituto Nacional del Derecho de
Autor, en la liga: https://www.indautor.gob.mx/convocatorias-y-temarios.php La bibliografía y temario
para examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal podrá ser consultada por
las personas participantes en el portal TrabajaEn que administra la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno https://www.TrabajaEn.gob.mx en el apartado Documentos e Información Relevante, Temario
del examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal.
En la dirección electrónica www.TrabajaEn.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes. El portal TrabajaEn deberá considerarse como el Sistema Informático administrado por la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, diseñado para la administración y control de la información así
como datos de los procesos de reclutamiento y selección incluidos entre otros, lo correspondiente a la
recepción y procesamiento de solicitudes de registro a los concursos de ingreso al Sistema; mensajes a las
personas aspirantes; la difusión de cada etapa; e integración de la reserva de personas aspirantes por
dependencia, cuyos accesos estarán disponibles en la página www.TrabajaEn.gob.mx por lo que
la información publicada es de carácter referencial y no suple a la Convocatoria publicada en el DOF y la
publicada en la página web del Instituto Nacional del Derecho de Autor.
Cada persona aspirante tendrá por obligación revisar el sistema de mensajes de su cuenta personal de
TrabajaEn, independientemente de la posibilidad de que se le remitan los mensajes al correo personal, por el
propio portal.
Los datos personales de las personas aspirantes son confidenciales aun después de concluido el concurso
y serán protegidos por las disposiciones en materia de protección, tratamiento, difusión, transmisión y
distribución de datos personales vigente.
Cada persona aspirante se responsabilizará del traslado y gastos erogados como consecuencia de su
participación en actividades relacionadas con motivo de la presente convocatoria.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de Persona Servidora Pública de Carrera Titular,
para poder obtener el nombramiento en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la documentación que
acredite haberse separado de su cargo, toda vez que no puede permanecer activa en ambos puestos, así
como de haber cumplido la obligación que le señala el artículo 11 fracción VIII de la LSPCAPF.
DESARROLLO DEL CONCURSO
El concurso se conducirá de acuerdo con la programación que se indica, sin embargo, previo acuerdo del CTS
y previa notificación correspondiente a las personas aspirantes a través del portal www.TrabajaEn.gob.mx
podrán modificarse las fechas indicadas cuando así resulte necesario, o debido al número de personas
aspirantes que se registren.
Así mismo, de acuerdo con el principio de igualdad de oportunidades, no procederá la reprogramación de las
fechas para la aplicación de cualquiera de las etapas del concurso a petición de las personas aspirantes.
ETAPA I.
REGISTRO DE PERSONAS ASPIRANTES Y REVISION CURRICULAR EN EL SISTEMA
REGISTRO DE PERSONAS ASPIRANTES
La inscripción a un concurso y el registro de las personas aspirantes al mismo se realizará a través de la
herramienta www.TrabajaEn.gob.mx, la cual, les asignará un número de folio de participación, este servirá
para formalizar su proceso de inscripción e identificación durante el desarrollo de las etapas del proceso de
selección hasta la entrevista por el CTS, con el fin de asegurar así el anonimato. Las personas aspirantes, al
aceptar el número de folio que les asigna el Sistema TrabajaEn, aceptan las Bases de Participación de la
presente Convocatoria, motivo por el que tendrán la obligación de su lectura y acatamiento.
REACTIVACION DE FOLIO
Con respecto a la reactivación de folios rechazados en la etapa de revisión curricular, a partir de la fecha de
descarte, cada persona aspirante rechazada, contará con 3 días hábiles para presentar su escrito de petición
de reactivación de folio dirigido a la Secretaría(o) Técnica (o) del CTS en el Instituto Nacional del Derecho de
Autor, en el domicilio: Puebla 143, 4º piso colonia roma Norte C.P. 06700, Alcaldía Cuauhtémoc, Ciudad
de México, de 09:00 a 15:00 horas, a través del área de Oficialía de Partes. De conformidad con el
artículo 246 del Acuerdo, el CTS establecerá la forma y el plazo para determinar si es procedente la
reactivación, privilegiando la observancia de los principios rectores del Sistema. La determinación del CTS
respecto a la solicitud de reactivación se hará del conocimiento de la persona interesada. Una vez transcurrido
el plazo establecido, no procederán las solicitudes de reactivación.
El escrito de petición deberá incluir:
1.
Justificación de por qué considera que se debe reactivar el folio de participación, solicitando el análisis y
aprobación para la reactivación
2.
Adjuntar las pantallas impresas del portal www.TrabajaEn.gob.mx:
−
Pantalla principal de “Mis Mensajes”.
−
Mensaje de Rechazo.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
385
3.
Adjuntar al escrito, copia simple (por ambos lados) de identificación oficial vigente.
4.
Adjuntar al escrito, copia simple de los documentos para realizar el cotejo documental, que acrediten
escolaridad y experiencia laboral de acuerdo con lo establecido en las presentes Bases de Participación y
el Perfil del Puesto del concurso de interés.
5.
Dirección electrónica, donde puede recibir la respuesta de su solicitud.
6.
Todas las copias simples legibles y documentos anexos a la solicitud deberán ser firmados por la persona
aspirante.
De conformidad con el Artículo 261 del Acuerdo, la reactivación de folios no será procedente cuando ésta se
deba a:
- La persona aspirante cancele su participación al concurso, y
- Exista duplicidad de registros en TrabajaEn.
Nota: Con relación a los descartes de las personas aspirantes por errores imputables al Operador de Ingreso
en las etapas de evaluación y entrevista, el CTS podrá autorizar, reactivar dicho folio comunicando con
oportunidad a las personas aspirantes que siguen participando en el concurso.
En caso de ser autorizada la solicitud de reactivación, el sistema www.TrabajaEn.gob.mx enviará un mensaje
de notificación a cada persona participante en el concurso.
ETAPA II.
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS Y EVALUACION DE HABILIDADES
PRESENTACION A LAS EVALUACIONES
El Instituto Nacional del Derecho de Autor comunicará con al menos dos días hábiles de anticipación a cada
persona aspirante, la fecha, duración de la evaluación, hora y lugar en que deberá presentarse para la
aplicación de las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página
www.TrabajaEn.gob.mx, en el rubro “Mis Mensajes”, en el entendido de que será motivo de descarte del
concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados.
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS TECNICOS
El Instituto Nacional del Derecho de Autor comunicará con al menos dos días de anticipación a cada persona
aspirante, la fecha, duración de la evaluación, hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de
las evaluaciones referentes a cada una de las etapas del concurso, a través de la página
www.trabajaen.gob.mx, en el rubro “Mis Mensajes”, en el entendido de que será motivo de descarte del
concurso, no presentarse en la fecha, hora y lugar señalados.
Respecto al examen de conocimientos técnicos tendrá consistencia con el contenido del temario y bibliografía
publicado en el portal de TrabajaEn y la página web del Instituto Nacional del Derecho de Autor, la calificación
mínima aprobatoria es de 70 puntos de 100 posibles, para todos los niveles jerárquicos o rangos que
comprende el Servicio Profesional de Carrera. Será motivo de descarte obtener una calificación inferior a 70
puntos en la evaluación de conocimientos.
En apego a lo establecido en el Artículo 224 y 265 del Acuerdo, en su caso, la revisión del examen de
conocimientos deberá ser solicitada mediante escrito dirigido al CTS dentro de un plazo máximo de tres días
hábiles, contados a partir de la publicación de los resultados del examen de conocimientos en la página de
TrabajaEn; la revisión sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas
de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos, ni de las
opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de
evaluación.
En caso de que exista alguna inconsistencia o error en la captura de la calificación obtenida por alguna
persona aspirante en el examen de conocimientos, la persona operadora de ingreso podrá corregir el
resultado previa notificación al CTS.
EXAMEN DE CONOCIMIENTOS GENERALES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
Respecto al examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal tendrá consistencia
con el contenido del temario y bibliografía publicado en la plataforma TrabajaEn, el temario y el examen será
establecido por la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y
conocimientos técnicos será de 50% cada uno, para obtener un total de 100%. El resultado del examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal y del Examen de Conocimientos Técnicos
serán sumados, con el objetivo de obtener los puntos de la Subetapa de Exámenes de conocimientos.
El resultado obtenido deberá ser igual o superior a 70. En caso de obtener un resultado menor a 70, el
sistema procederá al descarte.
386
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
EVALUACION DE HABILIDADES
Las herramientas por utilizar para la Evaluación de Habilidades son de tipo psicométrico.
Las evaluaciones de habilidades que se aplicarán serán:
Jefatura de Departamento u Homólogo: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
Subdirección de Area u Homólogo: Visión Estratégica y Trabajo en Equipo
Dirección de Area u Homólogo: Visión Estratégica y Negociación.
REVALIDACION DE CALIFICACIONES
Los resultados aprobatorios obtenidos en el Examen de Conocimientos Técnicos deben corresponder al
mismo temario y bibliografía. Respecto a los resultados aprobatorios en las Habilidades (deberán ser las
mismas habilidades y herramientas de evaluación) y examen de conocimientos técnicos, conocimientos
generales de la Administración Pública Federal, tendrán una vigencia de un año, para concursos del Instituto
Nacional del Derecho de Autor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del RLSPCAPF.
La persona aspirante podrá participar en otros concursos del Instituto Nacional del Derecho de Autor sin tener
que sujetarse nuevamente a la evaluación correspondiente, siempre y cuando cumpla con las condiciones
señaladas en el párrafo anterior.
Una vez terminada la Etapa I de las presentes bases de participación, las y los aspirantes tendrán 3 días
hábiles contados a partir del cierre de registro en la página de TrabajaEn, para presentar su solicitud por
escrito dirigida a la Secretaría Técnica del CTS, el cual debe contener:
1.
Justificación en la cual la o el aspirante solicite la revalidación de calificaciones.
2.
Número de folio actual con el que participa en el concurso.
3.
Folio de participación del o los concursos en que haya acreditado las evaluaciones.
4.
Adjuntar al escrito, la pantalla impresa donde aparecen las calificaciones vigentes (se localiza en la
pestaña de Mis Exámenes y Evaluaciones de su cuenta personal de www.TrabajaEn.gob.mx)
5.
Adjuntar al escrito, copia simple (por ambos lados) de su identificación oficial.
El resultado del Examen de Conocimientos Generales de la Administración Pública Federal con calificación
igual o mayor a 70 puntos se guardarán por espacio de un año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
35 del RLSPCAPF.
Los resultados de las evaluaciones de habilidades con calificación aprobatoria se guardarán por espacio de un
año, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del RLSPCAPF.
No obstante que se observen en pantalla o las calificaciones de manera automática en TrabajaEn o haya
realizado su solicitud por escrito y se dictaminase procedente, la persona aspirante debe registrar su
asistencia a la(s) evaluación (evaluaciones) correspondiente(s) para mantenerse activa en el proceso de
selección.
En los casos de los aspirantes a ocupar plazas convocadas por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, y
que tuviesen vigentes los resultados de habilidades evaluadas en otra Dependencia, dichos resultados no
podrán ser reconocidos para efectos de los concursos del Instituto Nacional del Derecho de Autor aun
tratándose de habilidades con el mismo nombre.
ETAPA III.
EVALUACION DE LA EXPERIENCIA Y VALORACION DEL MERITO
Respecto a la evaluación de la experiencia y valoración del mérito, las y los aspirantes deberán exhibir las
constancias originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los requisitos señalados en el
perfil del puesto publicado en la presente convocatoria, en caso de no acreditar alguno de los requisitos
señalados en las presentes Bases de Participación, o en el perfil del puesto, no podrán continuar en el
proceso de selección.
Las personas aspirantes deberán presentar la documentación para su cotejo, en original legible o copia
certificada y copia simple de la misma, en el domicilio, fecha y hora establecidos en el mensaje que al
efecto hayan recibido con cuando menos dos días hábiles de anticipación, por vía electrónica, a través de su
cuenta en el portal www.TrabajaEn.gob.mx.
Bajo ningún supuesto se aceptará en sustitución de los documentos originales, la constancia o
solicitud de expedición de duplicados o de reposición con motivo del robo, destrucción o extravío de
cualquiera de los documentos descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
REVISION Y EVALUACION DOCUMENTAL
Las personas aspirantes deberán presentar los siguientes documentos para su cotejo, en original y copia
física:
1.
Comprobante de folio asignado por el Portal www.TrabajaEn.gob.mx para los concursos.
2.
Currículum impreso del portal TrabajaEn.
3.
Acta de Nacimiento y/o forma migratoria FM3, emitida por el Instituto Nacional de Migración de la
Secretaría de Gobernación, según corresponda en el supuesto de personas aspirantes extranjeras.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
387
4.
Cédula de Identificación Fiscal (RFC)
5.
Clave Unica de Registro de Población (CURP).
6.
Escrito Bajo Protesta de decir verdad (se proporcionará en el momento de la revisión documental)
7.
Identificación oficial vigente con fotografía (únicamente se aceptará credencial para votar, pasaporte o
cédula profesional con fotografía).
8.
Conforme a lo establecido en el catálogo de carreras publicado por la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno en el portal www.TrabajaEn.gob.mx, la persona aspirante presentará el documento que acredite
el nivel de estudios requerido para el puesto por el que concursa:
a) Cuando el requisito del nivel académico sea “Licenciatura o Profesional”: conforme a lo dispuesto
por el Artículo 221 del Acuerdo, el CTS acordó aceptar dicho requisito únicamente con título
profesional registrado en la Secretaría de Educación Pública, se acreditará con la exhibición del
mismo y/o mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente.
Nota: En caso de haber aprobado el examen profesional para obtener el Título Profesional en un
periodo anterior a seis meses previo a la publicación de la presente convocatoria, se podrá acreditar
la titulación con el acta del examen profesional debidamente firmado y/o sellado por la institución
educativa.
b) Cuando el requisito sea con Título en licenciatura, la acreditación del cumplimiento del requisito de
escolaridad establecido en el perfil del puesto de que se trate se aceptará con el grado
(Título o cédula profesional) de maestría o doctorado, siempre que el área académica del mismo sea
afín con alguna de las licenciaturas previstas en el perfil del puesto, debiendo acompañar al título del
grado, la cédula profesional de la licenciatura cursada.
c) En caso de que sea requerido por el perfil del puesto un idioma extranjero, la persona aspirante
deberá presentar el documento que acredite el nivel de estudios del idioma correspondiente:
Se aceptarán como constancias las historias académicas y/o constancia o documento expedido por
alguna institución; realizados en el extranjero en el idioma requerido siempre o que correspondan al
nivel de estudio medio superior o superior.
d) En el caso de estudios realizados en el extranjero deberá presentarse invariablemente, la
constancia de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
9.
Constancia(s) de empleo(s) que avalen los años de experiencia que se solicitan en el perfil de la vacante,
debidamente requisitados:
−
Constancias de Nombramiento.
−
Constancias laborales emitidas por el área facultada para su expedición.
−
Hoja única de servicio.
−
Talones de pago (periodos completos).
−
Contratos, constancias de sueldos, salarios, conceptos asimilados y crédito al salario.
−
Hojas de inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS.
−
Historial de Cotización expedido por la Oficina Virtual del ISSSTE y/o reporte informativo de semanas
cotizadas al IMSS, acompañadas de los documentos que acrediten las aportaciones efectuadas a fin
de determinar los periodos laborados
−
Otros: similares o afines.
La documentación comprobatoria deberá presentarse debidamente firmada y sellada preferentemente
según corresponda al tipo de documento oficial, indicando fecha de expedición, puesto(s)
desempeñado(s), fecha de ingreso y conclusión, quedando sujeta a validación.
No se aceptarán como constancia para acreditar la experiencia laboral requerida, cartas de
recomendación, constancias emitidas por el superior jerárquico inmediato del puesto ocupado,
constancias de haber realizado proyectos de investigación y credenciales.
EVALUACION POR EXPERIENCIA
En la evaluación de la experiencia se calificarán los siguientes elementos:
Orden en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con el nivel jerárquico en la trayectoria
laboral (último puesto desempeñado o que está desempeñando) en relación con el puesto en concurso.
Las personas que cuenten únicamente con una sola experiencia, cargo o puesto no serán evaluadas en
este rubro, al no existir un parámetro objetivo para realizar la comparación.
Duración en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con la permanencia en los puestos
o cargos ocupados. De manera específica, a través del número de años promedio por cargo o puesto que
posea.
Experiencia en el Sector Público. - Se calificará de acuerdo con el tiempo de permanencia
en los puestos o cargos ocupados en el Sector Público.
Experiencia en el Sector Privado. - Se calificará de acuerdo con el tiempo de permanencia en los
puestos o cargos ocupados en el Sector Privado.
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Experiencia en el Sector Social. - Se calificará de acuerdo con el tiempo de permanencia en puestos
ocupados en el Sector Social.
Nivel de Responsabilidad. - Se calificará de acuerdo con la opción de respuesta seleccionada por la
persona aspirante, entre las 5 posibles opciones establecidas en el formato de evaluación, respecto a su
trayectoria profesional. Las opciones son:
−
He desempeñado puestos donde he desarrollado una serie de actividades sencillas y similares
entre sí.
−
He desarrollado puestos que requieran coordinar una serie de funciones y actividades similares y
relacionadas entre sí.
−
He desempeñado puestos que requieran coordinar una serie de funciones de naturaleza diferente.
−
He desempeñado puestos que requieran dirigir un área con funciones de naturaleza diferente.
−
He desempeñado puestos que requieran dirigir diversas áreas que contribuían al desarrollo de los
planes estratégicos de una o varias unidades administrativas o de negocio.
Nivel de Remuneración. - Se calificará de acuerdo con la remuneración bruta mensual en la trayectoria
laboral. De manera específica, comparando la remuneración bruta mensual del puesto actual (en su caso
el último) y la del puesto en concurso.
Relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante. -
Se calificará de acuerdo con la coincidencia entre la Rama de Cargo o puesto registrado en el Currículum
vítae de la persona aspirante en la plataforma www.TrabajaEn.gob.mx con la rama de cargo o puesto
vacante en concurso. La última literal del código de puesto, es la que identificará la familia de función de
éste, será empleada para constatar las ramas de cargo o puesto para efectos de la calificación.
En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. - Se calificará de acuerdo
con la permanencia en el puesto o puestos inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica,
a través del número de años acumulados en dichos puestos.
10. Escrito bajo protesta de decir verdad. Se le proporcionará formato en el cotejo documental a la persona
aspirante.
11. En el caso de aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en la
Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable.
12. De conformidad con lo señalado en el artículo 37 de la LSPCAPF, para las personas servidoras públicas
de carrera titulares en la Administración Pública Federal y que concursen para una plaza de un rango
superior al nivel del puesto que ocupan, se deberá tomar en cuenta el puntaje otorgado al servidor público
en virtud de sus evaluaciones del desempeño, la cual deberá ser inmediata anterior a la fecha en que la
persona aspirante se registre en el concurso de que se trate. En el caso de que debido al procedimiento
de evaluación de desempeño aun no haya sido emitida la evaluación final, se presentará la evaluación
inmediata anterior.
VALORACION DEL MERITO
En lo relativo a la valoración del mérito, por lo que corresponde al rubro otros estudios concluidos, únicamente
se considerarán para evaluar los puntos mencionados a continuación, conforme a lo dispuesto en la
Metodologías de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, para el Ingreso al Servicio Profesional
de Carrera documento emitido por la Unidad de Políticas para el Servicio Público de la Dirección General de
Gestión para los Servidores Públicos al Servicio de la Sociedad de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, que entró en vigor a partir del 20 de diciembre de 2025.
Para la valoración del Mérito podrán presentarse los documentos que lo comprueben tales como: evidencias
de logros, distinciones, reconocimientos o premios, otros estudios y; en caso de personas Servidoras Públicas
de Carrera Titulares, las calificaciones de los cursos de capacitación que hubiere tomado durante el ejercicio
fiscal inmediato anterior, presentando las constancias respectivas; evidencia de las calificaciones obtenidas en
las dos últimas evaluaciones de desempeño, las cuales deberá presentar completas y el número de
capacidades profesionales certificadas vigentes, de acuerdo a la Metodología y Escalas de Calificación
(Ver www.TrabajaEn.gob.mx, dando clic en la liga Documentos e Información Relevante).
En la valoración del mérito se calificarán los siguientes elementos:
Resultados de las evaluaciones del desempeño. - Se calificará con base en la calificación de evaluación de
desempeño anual anterior de los servidores públicos.
Resultados de las acciones de capacitación. - Se calificará con base en las calificaciones de las acciones
de capacitación. De manera específica, a través del promedio de las calificaciones obtenidas por personas
servidoras públicas de carrera titular en el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el ejercicio
fiscal inmediato anterior no se hubieren autorizado acciones de capacitación para personas servidoras
públicas de carrera titular, no será calificado este elemento.
Resultados de procesos de certificación. - Se calificará a través del número de capacidades profesionales
certificadas vigentes logradas por personas servidoras públicas de carrera titulares en puestos sujetos al
Servicio Profesional de Carrera.
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Logros. - Se refiere al alcance de un objetivo relevante de la persona aspirante en su labor o campo de
trabajo, a través de aportaciones a la mejora, facilitación, optimización o fortalecimiento de las funciones en su
área de trabajo, el logro de metas a través de estrategias que aportaron beneficio a la ciudadanía, sin generar
presiones presupuestales adicionales, ni perjudicar o afectar negativamente los objetivos de otra área, unidad
responsable o de negocios. De manera específica, se calificarán a través del número de logros obtenidos por
el o la aspirante. Se considerarán como logros los siguientes:
−
Certificaciones en competencias laborales o en habilidades profesionales distintas a las consideradas
para el Servicio Profesional de Carrera.
−
Publicaciones especializadas (gacetas, revistas, prensa o libros) relacionados a su campo de experiencia.
−
Otras que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de
Carrera de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. En ningún caso se considerarán logros de tipo
político o religioso.
Distinciones. - Se refieren al honor o trato especial concedido a una persona por su labor, profesión o
actividad individual. De manera específica, se calificarán a través del número de distinciones obtenidas, se
considerarán como una distinción las siguientes:
−
Fungir como presidente (a), vicepresidente (a) o persona fundadora de Asociaciones u Organizaciones no
Gubernamentales (Científicas, de Investigación, Gremiales, Estudiantiles o de Profesionistas).
−
Título Grado Académico Honoris Causa otorgado por Universidades o Instituciones de Educación
Superior.
−
Graduación con Honores o con Distinción.
−
Otras que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de
Carrera, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. En ningún caso se considerarán distinciones
del tipo político o religioso.
Reconocimientos y premios. - Se refieren a la recompensa o galardón otorgado por agradecimiento o
reconocimiento al esfuerzo realizado por algún mérito o servicio en su labor, profesión o actividad individual.
De manera específica, se calificarán a través del número de reconocimientos o premios obtenidos, se
considerará como un reconocimiento o premio los siguientes:
−
Premio otorgado a nombre de la persona aspirante.
−
Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación a nombre de la persona
aspirante en congresos, coloquios o equivalentes.
−
Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público.
−
Primero, segundo o tercer lugar en competencias o certámenes públicos y abiertos.
−
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de
Carrera, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. En ningún caso se considerarán
reconocimientos o premios de tipo político, religioso o que sean resultado de la suerte, a través de una
selección aleatoria, sorteo o equivalente.
Actividad destacada en lo individual. - Se refiere a la obtención de los mejores resultados, sobresaliendo en
una profesión o actividad individual o ajena a su campo de trabajo, del resto de quienes participan en la
misma. De manera específica, se calificará a través del número de actividades destacadas en lo individual
comprobadas, se considerarán como actividades destacadas las siguientes:
−
Título o grado académico en el extranjero con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de
Educación Pública (apostillado).
−
Patentes a nombre de la persona aspirante.
−
Servicios o misiones en el extranjero.
−
Derechos de autor a nombre de la persona aspirante.
−
Servicios de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluye donativos).
−
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de
Carrera, de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno. En ningún caso se considerarán actividades
destacadas de tipo político o religioso.
Otros estudios. - Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los requeridos por el perfil del
puesto vacante en concurso. De manera específica, a través del estudio o grado máximo de estudios
concluidos reconocidos por la Secretaría de Educación Pública, que sea adicional al nivel de estudios y grado
de avance al requerido en el perfil del puesto vacante en concurso.
Habla de Lengua Indígena. - Se refiere a las lenguas de los pueblos existentes en el territorio nacional antes
del establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes de otros pueblos Indoamericanos,
se reconocen por poseer un conjunto ordenado y sistemático de formas orales funcionales y simbólicas de
comunicación. Desde el enfoque comunicativo, el conocimiento de una de las 68 lenguas indígenas se refiere
a la capacidad de usarla apropiadamente en determinadas situaciones, esta capacidad se evalúa en hablar,
escuchar o comprender, leer y escribir en distintos contextos.
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De manera específica, se calificarán a través del número de comprobantes obtenidos por la persona
aspirante, se considerará como un comprobante lo siguiente: (se toma como referencia los niveles 1 y 2)
Nivel 1
−
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, donde se señale que es
hablante de una lengua indígena nacional.
−
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto Nacional de Lenguas
Indígenas o alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
−
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas que avalen, al menos un nivel
básico en alguna de las lenguas indígenas o sus variantes.
−
Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías, folletos, manuales, carteles,
mapas, videos, audios, etc.)
−
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona participante es o ha sido parte de
procesos de formación como intérprete, mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
−
Certificado de competencia laboral (en estándares relacionados con la interpretación, atención en lengua
indígena o traducción).
Nivel 2
−
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto Nacional de Lenguas
Indígenas o alguna otra instancia acreditada por esta misma Institución (con resultado excelente).
−
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o sus variantes,
independientemente del campo de estudio del que se trate.
−
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, persona mediadora bilingüe y/o
traductora de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos traducidos, reconocimientos de
participación, etc.)
−
Otros que al efecto establezca la Dirección General de Desarrollo Humano y Servicio Profesional de
Carrera de la Administración Pública Federal.
−
En la presentación de estas evidencias, se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
Auto adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena afrodescendiente o afromexicana. - La auto
adscripción a un pueblo o a una comunidad indígena o afrodescendiente se calificará de acuerdo con la
manifestación que realice, por su parte, la persona candidata, que así lo manifieste, en la revisión documental
durante el concurso
Perspectiva de Juventudes. - Desde la perspectiva de juventudes, se considera como elemento de mérito
que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de
experiencia establecidos previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso.
Persona con Discapacidad. - Aplicable para aquellas personas que, a pesar de presentar una discapacidad
en términos de la Ley General para la Inclusión de las Personas con Discapacidad (LGIPD), cumplan con los
requisitos de escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil del puesto en
concurso
Sin perjuicio de lo dispuesto en la LSPCAPF, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, será motivo
de descarte del concurso la NO presentación de las personas aspirantes a cualquiera de las etapas del
concurso en la fecha, hora y lugar que les sean señalados, así como la NO presentación de los originales de
cualquiera de los documentos antes descritos en la forma, fecha, hora y lugar que la Coordinación
Administrativa del Instituto Nacional del Derecho de Autor determine para tal efecto. Bajo ningún supuesto se
aceptará en sustitución de los originales, copia fotostática, la constancia o solicitud de expedición por primera
vez; de duplicados o de reposición con motivo del robo, destrucción o extravío de cualquiera de los
documentos descritos, ni el acta levantada por tal motivo.
De no acreditarse a juicio del personal de la Coordinación Administrativa del Instituto Nacional del Derecho de
Autor cualquiera de los datos registrados por las personas aspirantes en el portal electrónico
www.TrabajaEn.gob.mx, de los que exhiban en la revisión documental, o en cualquier etapa del proceso; o de
NO exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y lugar que sean requeridos, se descalificará automáticamente a
la persona aspirante o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el
nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno,
la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
DESCARTE
Será motivo de descarte no presentar en el cotejo documental, original legible o copia certificada y
copia simple de la documentación que se enuncia, no obstante que hayan acreditado las evaluaciones
de conocimientos y habilidades.
I.
Identificación oficial vigente.
II.
Currículum de TrabajaEn.
III. CURP.
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IV. Acta de Nacimiento y/o forma migratoria FM3, emitida por el Instituto Nacional de Migración de la
Secretaría de Gobernación.
V.
No cumplir con el requisito de escolaridad.
VI. Título o cédula profesional en caso de que el perfil requiera el TITULO o acta del examen profesional
debidamente firmada y emitida por la institución educativa correspondiente.
VII. No acreditar los años de experiencia laboral requeridos por el perfil del puesto.
VIII. Evaluación al Desempeño señaladas en el número 10 de la Etapa III de estas Bases de Participación.
IX. Presentarse fuera del horario programado, mismo que se les notifica a las y los aspirantes vía mensaje
electrónico en el Sistema de Mensajes del portal TrabajaEn.
NOTA: Si durante la aplicación, se detectan inconsistencias en el RFC y/o la CURP, la persona
aspirante deberá realizar la solicitud de corrección de datos ante la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno al correo electrónico TrabajaEn@buengobierno.gob.mx señalando el tipo de modificación y
anexando copia de su constancia del RFC, CURP y una identificación oficial. En caso de que al inicio de la
Etapa III no se presenten las evidencias documentales de las correcciones respectivas, se procederá
a descartar a la persona candidata.
No se aceptarán documentos en otro día o momento diferente al indicado en el mensaje que se envía a las
personas aspirantes a su cuenta de www.TrabajaEn.gob.mx. Si no se presenta la documentación requerida en
el momento señalado, la persona aspirante será inmediatamente descartada del concurso, no obstante que
haya acreditado las evaluaciones correspondientes. Es importante señalar, que cualquier inconsistencia en la
documentación presentada y/o en la información registrada en el sistema de TrabajaEn, será motivo de
descarte.
De conformidad con el Artículo 266 del Acuerdo, para constatar la autenticidad de la información y
documentación incorporada en TrabajaEn y aquella para acreditar la presente etapa, el Instituto Nacional
realizará consultas y compulsa de información en los registros públicos o acudirá directamente con las
instancias y autoridades correspondientes.
El CTS en el Instituto Nacional del Derecho de Autor se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento
del proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la herramienta
www.TrabajaEn.gob.mx y/o en el Currículum vítae detallado y actualizado presentado por la persona aspirante
para fines de revisión y evaluación de mérito y del cumplimiento de los requisitos, en cualquier etapa del
proceso, en el mensaje de mérito le será notificado a las personas aspirantes que se solicitará a quien, en su
caso, resulte ganadora, los documentos originales (enviados de forma digital en las etapas precedentes del
concurso) para cotejo, verificación y alta para efectos de la emisión del nombramiento respectivo, de no
acreditarse su existencia o autenticidad se descalificará a la persona aspirante, o en su caso se dejará sin
efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido, sin responsabilidad
para el Instituto Nacional del Derecho de Autor, quien se reserva el derecho de ejecutar las acciones legales
procedentes.
ETAPA IV.
ENTREVISTA
La modalidad para realizar la entrevista será determinada por el CTS, pudiendo ser a través de
videoconferencia o presencial, misma que se hará del conocimiento de las personas aspirantes bajo los
criterios normativos.
De conformidad con el párrafo segundo del artículo 36 del RLSPCAPF “… El Comité Técnico de Selección,
siguiendo el orden de prelación de las personas aspirantes, el número de estas que pasan a la etapa
de entrevista serán tres y se elegirá de entre ellas, a la persona que considere apta para el puesto, de
conformidad con los criterios de evaluación de ésta”.
De acuerdo con lo establecido en los Artículos 271 y 272 del Acuerdo, los resultados obtenidos en los
diversos exámenes y evaluaciones serán considerados para elaborar el listado de personas aspirantes con los
resultados más altos, a fin de determinar el orden de prelación para la etapa de entrevista, de acuerdo con
las reglas de valoración y el sistema de puntuación establecidos en el Instituto Nacional del Derecho de Autor.
En caso de existir empate en el tercer lugar de acuerdo con el orden de prelación, accederán a la etapa de
Entrevista el primer lugar, el segundo lugar y la totalidad de personas candidatas que compartan el tercer
lugar. Cabe señalar, que el número que se continuará entrevistando, será como máximo de tres y sólo en
caso de no contar al menos con persona finalista de entre las personas aspirantes ya entrevistadas.
Con base en los Artículos 274 y 275 del Acuerdo, el CTS en la etapa de entrevista, verificará si la persona
aspirante reúne el perfil y los requisitos para desempeñar el puesto, a través de preguntas y con base en las
respuestas que proporcione la persona aspirante, identificará las evidencias que le permitan en un primer
momento considerar una persona finalista y en segundo momento, incluso determinarle ganadora o ganador
del concurso, independientemente de la metodología de entrevista que se utilice. Quienes integran el CTS,
formularán las mismas preguntas a cada persona aspirante y deberán quedar asentadas al reporte individual
de evaluación de las personas aspirantes entrevistadas.
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La entrevista permitirá la interacción de cada una de las personas quienes integran el CTS o, en su caso, de
especialistas con las personas aspirantes, a efecto de evitar que ésta se realice sólo por su Presidenta(e) o
alguna otra persona integrante.
ETAPA V.
DETERMINACION
Se considerarán finalistas a las personas aspirantes que acrediten el puntaje mínimo de calificación en el
sistema de puntuación general, esto es, que hayan obtenido un resultado aprobatorio (70 puntos) para ser
consideradas aptas para ocupar el puesto sujeto a concurso en términos de los artículos 32 de la LSPCAPF y
40, fracción II del RLSPCAPF.
Con fundamento en el Artículo 280 del Acuerdo, durante la determinación del CTS, acordarán la forma en que
emitirán su voto, a efecto de que la/el Presidenta(e) lo haga en última instancia o, en su caso, ejerza su
derecho de veto.
En esta etapa el CTS resuelve el proceso de selección, mediante la emisión de su determinación, declarando:
I.
Ganadora o ganador del concurso, a quien obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es
decir, al de mayor Calificación Definitiva.
II.
La persona finalista con la siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto
sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia, el ganador señalado en el
punto I:
a)
Comunicará a la dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la Determinación, su
decisión de no ocupar el puesto.
b)
No se presente a tomar posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada.
III. Desierto el concurso.
DECLARACION DE CONCURSO DESIERTO:
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 40 del RLSPCAPF, el CTS podrá, considerando las
circunstancias del caso, declarar desierto un concurso:
I.
Porque ninguna persona aspirante se presente al concurso.
II.
Porque ninguna persona aspirante obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerada
finalista, o
III. Porque sólo una persona finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetada o bien, no
obtenga la mayoría de los votos del CTS.
Aquellas personas aspirantes que aprueben la entrevista por el CTS y no resulten ganadoras en el concurso,
serán consideradas finalistas y quedarán integradas a la reserva de aspirantes del puesto de que se trate en
la base de datos del Instituto Nacional del Derecho de Autor durante un año contado a partir de la publicación
de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho, quedan en posibilidad de ser
convocadas en ese periodo y de acuerdo con la clasificación de puestos y ramas de cargo, según aplique.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria.
PUBLICACION DE RESULTADOS
Los resultados a lo largo del concurso serán publicados en www.TrabajaEn.gob.mx identificándose con el
número de folio asignado para cada persona aspirante.
CALENDARIO DEL CONCURSO
El concurso comprende las etapas que se cumplirán de acuerdo con las fechas establecidas a continuación:
Publicación de Convocatoria
11 de marzo de 2026
Registro de personas aspirantes y revisión curricular
(en la herramienta www.TrabajaEn.gob.mx)
11 al 25 de marzo de 2026
Recepción de solicitudes para Revalidación de Calificaciones
26 al 27 de marzo de 2026
Examen de Conocimientos Técnicos
A partir del 30 de marzo de 2026
(se convocará a las evaluaciones con
dos
días
de
antelación
a
cada
evaluación)
Examen de Conocimientos generales de la Administración
Pública Federal
Evaluación de Habilidades
Revisión y Evaluación Documental
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito
Entrevista por el Comité Técnico de Selección
Determinación
La aplicación de las evaluaciones consideradas en el proceso de selección, se realizarán en las mismas
fechas a aquellas personas aspirantes que continúen en el concurso, a fin de garantizar la igualdad de
oportunidades.
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DIARIO OFICIAL
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Las fechas establecidas solamente son a manera de referencia; debido al número de personas aspirantes que
participen en cada una de las etapas, así como la disponibilidad de recursos para la aplicación de las
evaluaciones, las fechas se modificaran, invitando a las personas aspirantes con dos días hábiles de
anticipación.
En caso de reprogramación, se les enviará la notificación con la fecha reprogramada para desahogar la etapa
que corresponda, sin responsabilidad por el cambio de fechas en el calendario del Instituto Nacional del
Derecho de Autor. Se recomienda dar seguimiento al concurso a través del portal electrónico
www.TrabajaEn.gob.mx
DISPOSICIONES GENERALES
En términos de lo dispuesto en las presentes Bases de Participación, las personas aspirantes podrán hacer
uso de las acciones necesarias de inconformidad y revocación, conforme a lo establecido en los Requisitos de
la presente convocatoria, o bien, en los demás ordenamientos administrativos aplicables.
Inconformidad: Por escrito dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó el acto
motivo de la inconformidad o del día en que concluyó el plazo en que se estime debió realizarse un
acto previsto en la LSPCAPF, su reglamento o en los demás ordenamientos administrativos aplicables,
en el Area de Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control en la Secretaría de Cultura, con
domicilio en Av. Reforma 175, piso 15, Col. Cuauhtémoc, Demarcación Territorial Cuauhtémoc. C.P. 06500,
Ciudad de México, en horario de 09:00 a 18:00 horas o al correo denuncias@cultura.gob.mx, en términos de
lo dispuesto por los artículos 93, 94, 95 y 96 del RLSPCAPF.
Revocación: Por escrito dentro del término de diez días contados a partir del día siguiente en que se haga del
conocimiento, el nombre de la persona aspirante que obtuvo la calificación más alta en el procedimiento de
selección, las y los interesados ante la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría Anticorrupción y Buen
Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur Núm. Ext. 1735, piso 1, Ala Sur, Col. Guadalupe Inn, Demarcación
Territorial Alvaro Obregón, C.P. 01020, de lunes a viernes de 9:00 a 15:00 horas, en términos de lo dispuesto
en los artículos 76, 77 y 78 de la LSPCAPF, 97 y 98 del RLSPCAPF.
La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, pone a disposición el Sistema Integral de Denuncias
Ciudadanas, para alertar actos de corrupción, en los que se encuentren involucradas personas servidoras
pública https://sidec.buengobierno.gob.mx/ o directamente en la dirección señalada del Organo Interno de
Control.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el CTS conforme a las
disposiciones aplicables.
RESOLUCION DE DUDAS
A efecto de garantizar la atención y resolución de dudas que las personas aspirantes formulen con relación a
los puestos y el desarrollo del presente concurso, se encuentra disponible la cuenta de correo electrónico
ingresoindautor@cultura.gob.mx en un horario de 09:00 a 18:00 de lunes a viernes.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
El Comité Técnico de Selección
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Nacional del Derecho de Autor
“Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección
Secretario Técnico del Comité
Edgar Felipe Sánchez de la Rosa
Rúbrica.
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Miércoles 11 de marzo de 2026
Instituto Politécnico Nacional
Los Comités Técnicos de Selección del Instituto Politécnico Nacional con fundamento en los artículos 21,
26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2006; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis,
37, 38, 39, 40 de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007,
así como del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del mismo,
publicado el 4 de enero de 2024 y; artículos 241, 242, 243, 244, 246 y 247 del Acuerdo por el que se
establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA 4/2026
Dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera para
ocupar las siguientes plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal:
Nombre del Puesto
JEFE (A) DE DEPARTAMENTO DE EVENTOS CULTURALES
Nivel Administrativo
11-B00-2-M1C015P-0001829-E-C-F (O33)
Jefe(a) de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección de Difusión Cultural
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Proponer a la División de Fomento y Promoción Cultural de la Dirección de
Difusión Cultural, la programación anual de las muestras artísticoplásticas a
realizarse en el Centro Cultural "Jaime Torres Bodet".
2.
Realizar intercambios y convenios con organismos e instituciones culturales y
educativas para la realización de muestras plásticas en el Centro Cultural
"Jaime Torres Bodet".
3.
Efectuar la investigación documental y técnica que requiera cada proyecto
artístico- plástico, promovido por la Dirección de Difusión Cultural, para su
realización.
4.
Programar y coordinar la realización de eventos artístico-plásticos, con
exponentes nacionales o internacionales, en el Centro Cultural "Jaime Torres
Bodet".
5.
Efectuar el aseguramiento de las obras que conforman las exposiciones
plásticas a exhibirse en el Centro Cultural "Jaime Torres Bodet".
6.
Realizar intercambios y convenios con organismos, instituciones culturales y
educativas, así como con artistas plásticos, para la realización de muestras
plásticas en Escuelas, Centros y Unidades del Instituto.
7.
Programar y coordinar la realización de muestras plásticas en Escuelas de
Nivel Medio Superior del IPN.
8.
Programar y coordinar la realización de muestras plásticas en las Escuelas de
Nivel Superior del IPN.
9.
Efectuar el aseguramiento de las obras que conforman las exposiciones
plásticas a exhibirse en las Escuelas, Centros y Unidades del Instituto.
10. Proponer y solicitar las medidas de seguridad y vigilancia de las exposiciones
plásticas tanto en el Centro Cultural "Jaime Torres Bodet", Escuelas, Centros,
Unidades y otros espacios del Instituto.
11. Solicitar y proponer los medios impresos y electrónicos, necesarios para la
difusión de las exposiciones tanto en el Centro Cultural "Jaime Torres Bodet",
Escuelas, Centros, Unidades y otros espacios del Instituto.
12. Administrar y coordinar el uso de los bienes muebles, para la realización de
los eventos tanto de las áreas de la Dirección de Difusión Cultural, así como
de otras unidades del Instituto.
13. Promover, concentrar y administrar las donaciones de bienes artístico-
plásticos en beneficio del IPN, para incrementar su acervo.
14. Entregar al Departamento de Servicios Administrativos de la Dirección de
Difusión Cultural las cartas donación de obra artística, para su registro y
obtención de clave CAMBS, ante el área correspondiente de control
patrimonial.
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DIARIO OFICIAL
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15. Establecer las estrategias y medidas adecuadas, así como espacios para
restaurar y preservar el acervo artístico del IPN.
16. Efectuar anualmente el levantamiento de obra artística en la Unidades y áreas
del Instituto para la actualización de los catálogos del Acervo Artístico del IPN.
17. Programar y efectuar la revisión anual del acervo artístico en todas las
unidades y áreas del Instituto, para su preservación, así como difundirlo ante
su comunidad, mediante exhibiciones, muestras digitales en página
electrónica (www.cultura.ipn.mx) o medios impresos.
18. Propiciar en la comunidad politécnica la afirmación de la nacionalidad y la
solidaridad nacional e internacional, a través de los diversos eventos artísticos
y culturales que se programen.
19. Asistir a eventos de carácter artístico y cultural que contribuyan a
la capacitación, actualización y desarrollo del personal que participa en la
realización las actividades artístico-plásticas en el Centro Cultural "Jaime
Torres Bodet".
20. Elaborar los Perfiles Programáticos correspondientes con costo y sin costo,
para la realización de los eventos artístico-plásticos.
21. Participar en la elaboración del Programa Estratégico de Desarrollo de
Mediano Plazo, la programación presupuestación anual, el Programa
Operativo Anual y los reportes para el Sistema Institucional de Información,
así como en los seguimientos respectivos en el ámbito de su competencia.
22. Elaborar e integrar los reportes, estadísticas e información acerca del
desarrollo y los resultados de las funciones y programas a su cargo, y
presentarlo a la Dirección, así como proporcionar en el ámbito de su
competencia, la información que le sea solicitada en el marco de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
23. Las demás funciones que se requieran dentro de su ámbito de competencia.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas:
−
Administración.
−
Artes.
−
Humanidades.
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas:
−
Artes.
−
Humanidades.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas:
−
Arquitectura.
−
Artes.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General: Antropología.
Area de Experiencia:
−
Antropología Cultural.
Area General: Historia.
Area de Experiencia:
−
Historia por Epocas.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia:
−
Administración Pública.
Area General: Ciencias de las Artes y las Letras.
Area de Experiencia:
−
Teoría, Análisis y Crítica de las Bellas Artes.
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Capacidades
de Desarrollo
Administrativo
y Calidad
1.
Orientación a Resultados en el Instituto Politécnico
Nacional.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
Capacidades o
Competencias
1.
Orientación a Resultados en el Instituto Politécnico
Nacional.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que se publica en TrabajaEn y en las
páginas del Instituto Politécnico Nacional: https://www.ipn.mx y https://www.ipn.mx/dch/
396
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Nombre del Puesto
JEFE (A) DE DEPARTAMENTO DE DISEÑO Y MEDIOS DE DIFUSION
Nivel Administrativo
11-B00-2-M1C015P-0001962-E-C-D (O33)
Jefe (a) de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección de Difusión Cultural
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Desarrollar y aplicar los conceptos e imágenes de campaña de las actividades
de la Dirección de Difusión Cultural: Temporada de la Orquesta Sinfónica del
Instituto Politécnico Nacional, Programas Temáticos, Exposiciones.
2.
Elaborar materiales de difusión de las actividades de la Dirección de Difusión
Cultural: carteles, mantas, programas de mano, adheribles, banners y
boletines de prensa.
3.
Sistematizar la entrega de información con las áreas responsables de
organizar las actividades, con la finalidad de preparar la difusión de las
mismas, en tiempo y forma.
4.
Difundir la programación de la Dirección de Difusión Cultural, a través de
todos los materiales de difusión y promoción medios electrónicos, tales como,
radio, televisión, internet, prensa, difusión y promoción.
5.
Difundir la programación de la Dirección de Difusión Cultural, a través de los
medios internos politécnicos: Gaceta Mensual, Gaceta Semanal, red interna,
servicios de administrador y conmutador.
6.
Participar en la elaboración del Programa Estratégico de Desarrollo de
Mediano Plazo, la programación-presupuestación anual, el Programa
Operativo Anual y los reportes para el Sistema Institucional de Información,
así como en los seguimientos respectivos en el ámbito de su competencia.
7.
Elaborar e integrar los reportes, estadísticas e información acerca del
desarrollo y los resultados de las funciones y programas a su cargo, y
presentarlo a la Dirección, así como proporcionar en el ámbito de su
competencia, la información que le sea solicitada en el marco de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
8.
Las demás funciones que se requieran dentro de su ámbito de competencia.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas:
−
Administración.
−
Periodismo.
−
Comunicación.
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas:
−
Artes.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas:
−
Diseño.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia:
−
Opinión Pública.
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Capacidades
de Desarrollo
Administrativo
y Calidad
1.
Orientación a Resultados en el Instituto Politécnico
Nacional
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
Capacidades o
Competencias
1.
Orientación a Resultados en el Instituto Politécnico
Nacional.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que se publica en TrabajaEn y en las
páginas del Instituto Politécnico Nacional: https://www.ipn.mx y https://www.ipn.mx/dch/
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
397
Nombre del Puesto
JEFE (A) DE DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES CINEMATOGRAFICAS
Nivel Administrativo
11-B00-2-M1C015P-0001980-E-C-F (O33)
Jefe (a) de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$ 38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Adscripción
del Puesto
Dirección de Difusión Cultural
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Programar actividades cinematográficas tanto en el Centro Cultural "Jaime
Torres Bodet", como en las Unidades Académicas del Instituto.
2.
Realizar y post-producir registros videográficos de interés para la Dirección.
3.
Programar la difusión de los ciclos de cine en las modalidades existentes para
ese fin.
4.
Gestionar la obtención de películas de 35 mm. a través de Distribuidores
Comerciales (de alquiler) o por convenio con la Cineteca Nacional y
presentarlas en el auditorio Alejo Peralta del Centro Cultural "Jaime Torres
Bodet" y en la Escuela Superior de Medicina.
5.
Presentar Programas Especiales como son la Muestra de Cine Internacional,
Foro de la Cineteca Nacional y otros eventos de interés nacional.
6.
Diseñar e implementar los programas de cine en formato digital, que se
presentan diariamente en el Centro Cultural "Jaime Torres Bodet", así como
los programas semanales que se presentan en las Unidades Académicas del
Instituto.
7.
Realizar investigación y documentarla para reseñar la información que se
entregará al estudiante y al público en general que asiste a las funciones de
cine para orientarlos sobre el tema.
8.
Solicitar la elaboración de impresos al área correspondiente para informar a la
Comunidad politécnica y público en general, de la programación de cine a
proyectarse.
9.
Promover, fomentar y coordinar los debates en los espacios de cine
participativo en el Centro Cultural "Jaime Torres Bodet".
10. Organizar, coordinar y controlar los talleres de apreciación cinematográfica y
de producción audiovisual.
11. Organizar, coordinar y controlar los programas especiales de cine en
colaboración con otras instituciones de interés cultural.
12. Videograbar y posproducir los eventos más importantes que se presentan en
el Centro Cultural "Jaime Torres Bodet", para contribuir al acervo histórico de
la Dirección.
13. Registrar y producir los eventos más importantes que se presentan en el
Centro Cultural "Jaime Torres Bodet", para contribuir al acervo histórico de la
Dirección.
14. Proporcionar apoyo técnico a eventos que se presentan en el Centro Cultural
"Jaime Torres Bodet".
15. Gestionar la adquisición de los materiales cinematográficos que se programan
para proyectarse en el Centro Cultural "Jaime Torres Bodet" y en las
Unidades Académicas del Instituto.
16. Consolidar entre la comunidad politécnica la afirmación de nuestra
nacionalidad y respeto a los valores, a través de las actividades
cinematográficas que se imparten en el Instituto.
17. Elaborar oportunamente informes, gestiones y requerimientos programáticos.
18. Participar en la elaboración del Programa Estratégico de Desarrollo de
Mediano Plazo, la programación-presupuestación anual, el Programa
Operativo Anual y los reportes para el Sistema Institucional de Información,
así como en los seguimientos respectivos en el ámbito de su competencia.
19. Elaborar e integrar los reportes, estadísticas e información acerca del
desarrollo y los resultados de las funciones y programas a su cargo, y
presentarlo a la Dirección del Centro, así como proporcionar en el ámbito de
su competencia, la información que le sea solicitada en el marco de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental.
20. Las demás funciones que se requieran dentro de su ámbito de competencia.
398
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas:
−
Comunicación.
−
Administración.
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas:
−
Artes.
−
Humanidades.
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas:
−
Computación e Informática.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General: Ciencias de las Artes y las Letras.
−
Teoría, Análisis y Crítica de las Bellas Artes.
Area General: Sociología.
Area de Experiencia:
−
Comunicaciones Sociales.
−
Sociología General.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia:
−
Administración Pública.
−
Opinión Pública.
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Capacidades
de Desarrollo
Administrativo
y Calidad
1.
Orientación a Resultados en el Instituto Politécnico
Nacional.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
Capacidades o
Competencias
1.
Orientación a Resultados en el Instituto Politécnico
Nacional.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que se publica en TrabajaEn y en las
páginas del Instituto Politécnico Nacional: https://www.ipn.mx y https://www.ipn.mx/dch/
BASES DE PARTICIPACION PARA LA CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 4/2026,
DIRIGIDA A TODA PERSONA INTERESADA QUE DESEE INGRESAR AL SISTEMA DEL
SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
REQUISITOS DE
PARTICIPACION
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto. En su caso el grado académico de
licenciatura, únicamente podrá ser sustituible por especialidad, maestría,
doctorado u otro grado académico afín al perfil de puesto, debiendo
presentar el documento oficial que así lo acredite. Adicionalmente se deberá
acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a)
mexicano(a) en pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición
migratoria permita la función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con pena
privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus
funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser
ministro(a) de algún culto y no estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni
encontrarse con algún otro impedimento legal. Además, de no encontrarse en
alguno de los supuestos al que hace referencia la fracción VII del Artículo 38 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, referentes a:
•
Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal
desarrollo psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o
doméstica, violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las
mujeres en razón de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
•
Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
399
De encontrarse en alguno de esos supuestos, la persona no podrá ser registrada
como candidata(o), ni ser nombrada(o) para empleo, cargo o comisión en el
servicio público.
En caso de verse favorecido(a) con el resultado del concurso, a partir de su
ingreso no desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la Administración
Pública Federal y en caso contrario, contar con el dictamen de compatibilidad de
empleo respectivo; que la documentación presentada como original sea auténtica,
en caso de no ser así, asumirá la responsabilidad legal y administrativa; y
presentar y acreditar las evaluaciones que se indican para el caso.
El requisito referido a tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el
servicio público (fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera), se tendrá por acreditado cuando la persona aspirante sea considerada
finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica
ser apta para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar
ganador(a) del mismo. En concordancia al artículo 36 del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera, el Comité Técnico de Selección, siguiendo el
orden de prelación de las personas candidatas, elegirá de las personas aspirantes
que pasan a la etapa de entrevista a quienes considere aptas para el puesto, de
conformidad con los criterios de evaluación de las entrevistas quienes acrediten o
superen el puntaje mínimo de calificación, quienes serán consideradas como
finalistas.
En el caso de trabajadores(as) que se hayan apegado a un Programa de Retiro
Voluntario o Separación Voluntaria en la Administración Pública Federal, su
ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida por la
Secretaría de Hacienda y Crédito Público. Las personas interesadas deberán
cumplir lo estipulado en los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar un
cargo, empleo o comisión del servicio público, publicado en el Diario Oficial de la
Federación en su última reforma del 31 de diciembre del 2024, particularmente en
lo relacionado con la fracción VII adicionada al artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos que a la letra dice:
Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: …
VII. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y
la integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como
candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo,
cargo o comisión en el servicio público.
DOCUMENTACION
REQUERIDA
Las personas aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o
copia certificada, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha y hora
establecidos en el mensaje que al efecto reciban con cuando menos dos días
hábiles de anticipación por vía electrónica:
1.
Currículum Vítae registrado en TrabajaEn, firmado con tinta azul en un tanto.
2.
Currículum Vítae actualizado con fotografía, detallado y firmado con tinta azul,
en cuatro tantos.
3.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
4.
Clave Unica de Registro de Población (CURP) con antigüedad no mayor a
diez días hábiles a la fecha de revisión.
5.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por el perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o posgrado titulado, se deberá presentar el Título o la Cédula
Profesional correspondiente. En el caso de contar con estudios en el
extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Los y
las aspirantes podrán cubrir escolaridades de nivel Licenciatura con el
Título o Cédula Profesional de Especialidad, Maestría y/o Doctorado en
las áreas de estudio y carreras que establece el perfil del puesto en concurso,
de acuerdo a la normatividad aplicable.
400
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
6.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para
votar expedida por el Instituto Nacional Electoral con fotografía o pasaporte).
7.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT). En caso de que el
RFC registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el que
aparece en el documento de alta del SAT o la Constancia de Situación Fiscal,
será motivo de descarte de la persona participante en el concurso
correspondiente.
8.
Cartilla militar liberada. Requisito exclusivo y obligatorio para hombres con
edad igual o menor de 40 años, de acuerdo con el artículo Cuarto de la Ley
del Servicio Militar vigente, en donde se establece que sus obligaciones
militares terminan el 31 de diciembre del año en que cumplan los 40 años de
edad.
9.
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto. Para obtener el puntaje de la evaluación de la experiencia, la persona
candidata deberá presentar la información manifestada en su currículum de
TrabajaEn con el que se inscribió, por lo que deberá comprobar cada periodo
laborado, desde su inicio hasta su fin, para lo cual se aceptarán una o varias
constancias de las que se citan a continuación:
•
Recibos de pago originales, o en su caso, con firma digital.
•
Hojas únicas de servicios selladas y firmadas, o en su caso, con firma
digital.
•
Constancias de servicios selladas y firmadas.
•
Constancias de nombramientos firmadas.
•
Cartas finiquito firmadas.
•
Constancias de baja selladas y firmadas.
•
Contratos de servicios profesionales por honorarios (en este caso la
persona candidata deberá presentar los recibos que soporten el periodo
laborado desde su inicio hasta su fin),
•
Altas o bajas al IMSS o del ISSSTE selladas y firmadas.
•
Declaraciones del impuesto sobre la renta, Constancias de sueldos,
salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el
empleo, o Constancia de retenciones emitidas por el SAT, donde se
indique el periodo laborado, firmadas y selladas, en caso de ser
electrónico deberá de contener cadena original y sello digital.
•
Constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos, firma y sello, mismas que deberán contener: nombre
completo de la persona participante, periodo laborado indicando inicio y
fin, percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas;
•
Carta, oficio o constancia de liberación de servicio social y/o prácticas
profesionales emitidos por la institución educativa que se lo requirió,
indicando la institución donde prestó el servicio social y/o prácticas
profesionales y el periodo, con las cuales se acrediten las áreas
generales de experiencia y hasta un año de experiencia,
•
Cartas, oficio o constancia que acrediten experiencia como becario hasta
por un máximo de 6 meses.
•
Expediente electrónico único emitido por el Sistema Nacional de Afiliación
y Vigencia de Derechos (ISSSTE) con antigüedad no mayor a diez días
hábiles a la fecha de revisión, conteniendo firma digital. La persona
candidata deberá presentar evidencia soporte.
•
Reporte de semanas cotizadas del asegurado del Instituto Mexicano del
Seguro Social, con antigüedad no mayor a diez días hábiles a la fecha de
revisión, con firma digital. La persona candidata deberá presentar
evidencia soporte.
No se aceptarán cartas de recomendación. Asimismo, toda documentación
emitida en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente
deberá acompañarse de la traducción oficial respectiva.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento
sobre el cual desea obtener puntos, señalar los puestos que ocupó y el tiempo
de permanencia en cada uno de ellos; señalar las funciones y actividades
realizadas en los puestos ocupados.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
401
10. Cartas de protesta (proporcionadas por el Instituto Politécnico Nacional).
Las personas participantes firmarán la protesta de decir verdad de:
a)
Cumplir con lo dispuesto por en el artículo 21 de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
b)
De no haber sido beneficiado (a) por algún programa de Retiro Voluntario
en la Administración Pública Federal o en alguno de sus órganos
desconcentrados.
c)
Si se encuentra en algún supuesto indicado en el numeral IV del Artículo
71 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre
de 2025.
d)
No se encuentran en los supuestos establecidos en el artículo 38 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual
previamente se realizará una revisión en los sitios de consulta oficiales y,
en caso de encontrarse en el supuesto será motivo de descarte.
Estas Cartas serán proporcionadas en la Etapa de Revisión Documental.
11. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso (pantalla inicial de su página personal de TrabajaEn) y la impresión
de la invitación que recibe vía TrabajaEn.
El Instituto Politécnico Nacional se reserva el derecho de solicitar en cualquier
momento o etapa del proceso, la documentación o referencias adicionales que
acrediten los datos registrados en el sistema www.trabajaen.gob.mx por las
personas aspirantes para fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los
requisitos; de no acreditarse su existencia o autenticidad se le descalificará o, en
su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el
nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para el Instituto Politécnico
Nacional, la cual a su vez, se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales
procedentes. En ningún caso, el Instituto Politécnico Nacional solicitará prueba de
no gravidez, VIH (SIDA) o cualquier otro tipo de enfermedad o padecimiento.
REGISTRO DE
ASPIRANTES
El registro de las personas aspirantes al concurso se realizará de acuerdo con la
programación señalada en el calendario del concurso, a través del portal
www.trabajaen.gob.mx, el cual asignará un folio a la persona aspirante que cubra
los requisitos del concurso para identificarlo durante el desarrollo del mismo,
asegurando así el anonimato de las personas aspirantes.
Al momento en que la persona registre su participación a un concurso a través de
www.trabajaen.gob.mx, se llevará a cabo en forma automática la revisión
curricular, asignando un folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo
descartará del concurso. La revisión curricular efectuada a través de
www.trabajaen.gob.mx se llevará a cabo, sin perjuicio de la revisión y evaluación
de la documentación que las personas candidatas deberán presentar para
acreditar que cumplen con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la
convocatoria.
DESARROLLO
DEL CONCURSO
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica, sin
embargo, ésta puede estar sujeta a cambios, debido a causas de fuerza mayor
(determinadas por el Comité Técnico de Selección). La realización de cada etapa
del concurso se comunicará a las personas aspirantes con dos días hábiles
de anticipación como mínimo a la fecha y hora prevista al efecto, por medio del
Contador de Mensajes del sistema www.trabajaen.gob.mx, por lo que se
recomienda la consulta permanente del referido sistema.
CALENDARIO DEL
CONCURSO
ACTIVIDAD
FECHA O PLAZO
Publicación
11 de marzo de 2026
Registro de aspirantes por medio de la
herramienta www.trabajaen.gob.mx
Del 11 al 25 de marzo de 2026
Etapa I: Revisión curricular de forma
automatizada a través de la herramienta
www.trabajaen.gob.mx
Del 11 al 25 de marzo de 2026
Etapa II: Exámenes de conocimientos,
evaluaciones de habilidades y
evaluaciones psicométricas.
30 de marzo al 8 de junio de 2026
Etapa III: Evaluación de la experiencia
y valoración del mérito, así como
revisión documental.
30 de marzo al 8 de junio de 2026
Etapa IV: Entrevista
30 de marzo al 8 de junio de 2026
Etapa V: Determinación
30 de marzo al 8 de junio de 2026
402
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Nota: Las fechas programadas para estas etapas están sujetas a cambios, previo
aviso
a
las
personas
participantes
inscritas
a
través
del
portal
www.trabajaen.gob.mx, por medio de su cuenta personal, dichos cambios pueden
darse en atención de alguna de las siguientes situaciones: avance que presente el
proceso de evaluaciones; el número de aspirantes que se registran; la
disponibilidad de espacios para la aplicación de las evaluaciones; la disponibilidad
de equipo de cómputo y/o problemas técnicos del mismo; bloqueo al acceso de las
instalaciones; suspensión parcial o total del proceso debido a disposición oficial;
agenda de quienes integran el Comité Técnico de Selección y situaciones de
emergencia como fenómeno natural y/o problema de salud, entre otros que
afecten el desarrollo del concurso. Las fechas que aparecen en el portal
www.trabajaen.gob.mx respecto a las etapas II, III, IV y V, corresponden a la fecha
terminal de la misma, ya que el sistema que administra la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno así lo considera.
TEMARIOS Y
GUIAS
Los temarios referentes al examen de conocimientos se encuentran a disposición
de las personas aspirantes en las páginas electrónicas del Instituto Politécnico
Nacional
http://www.ipn.mx
y
https://www.ipn.mx/dch/
y
en
el
portal
www.trabajaen.gob.mx, a partir de la fecha de publicación de la presente
convocatoria en el Diario Oficial de la Federación.
Las guías para la evaluación de las habilidades serán las consideradas para las
Habilidades
Gerenciales/Directivas
que
se
encontrarán
disponibles
para
su consulta en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
PRESENTACION DE
EVALUACIONES
El Instituto Politécnico Nacional, a través del Contador de Mensajes del sistema
www.trabajaen.gob.mx, comunicará la fecha, lugar (especificando el acceso por el
cual deberán ingresar, en caso de acudir a otra entrada, no se garantiza el ingreso
a las instalaciones, sin responsabilidad para el Instituto) y hora en que las
personas aspirantes deberán presentarse para la aplicación de los exámenes de
conocimientos, las evaluaciones de habilidades y las evaluaciones psicométricas,
evaluación de la experiencia, valoración del mérito, así como la entrevista, a través
del sistema TrabajaEn. La falta de aplicación de cualquiera de las evaluaciones
representará motivo de descarte. En estos comunicados, se especificará la
duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el
inicio del examen y/o evaluaciones. Una vez transcurrido el tiempo de tolerancia,
por ningún motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones, lo que implicará el
descarte de la persona candidata.
Nota: Para poder realizar el examen de conocimientos, es necesario presentar
identificación oficial vigente con fotografía (INE, Pasaporte), y en formato impreso
los siguientes documentos: Pantalla de Bienvenida de TrabajaEn donde se
encuentran su nombre, su número de folio de 9 dígitos (registro de TrabajaEn) y
su folio de participación que le fue asignado por el sistema para éste concurso;
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) emitido por el SAT; Clave Unica de
Registro de Población (CURP actualizado 2026) emitido por SEGOB, en caso de
no presentarlos o que presenten inconsistencias será causa de descarte inmediato
y no se permitirá realizar la evaluación, ni continuar con el proceso de selección.
Los resultados aprobatorios de los exámenes y de las evaluaciones aplicadas en
los procesos de selección tendrán vigencia de un año. La vigencia de los
resultados del examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal y la evaluación de habilidades es de un año, contado a partir de su
acreditación, toda vez que se trata de la misma evaluación en todos los concursos
del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Politécnico Nacional, tiempo en
el cual la persona aspirante podrá:
a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de
habilidades, y
b) Hacer valer dichos resultados en esos concursos con las capacidades
(habilidades) requeridas en el perfil del puesto (es decir, sean idénticas a las ya
acreditadas).
La aplicación del resultado aprobatorio (examen de conocimientos y evaluación de
habilidades)
obtenido
en
el
concurso
anterior
el
sistema
lo
registra
automáticamente (en el caso del examen de conocimientos sólo si se aplica el
mismo temario), en caso contrario deberá solicitarse en forma escrita (oficio, fax o
correo electrónico) al Comité Técnico de Selección, antes del inicio de la
aplicación del examen y/o de la evaluación de habilidades.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
403
REVISION DE
EXAMENES
En los casos en que el Comité Técnico de Selección correspondiente determine la
revisión de exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta
aplicación de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos
utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos ni las opciones de
respuesta. Esta revisión aplicará dentro de las 48 horas posteriores a la
publicación de los resultados de los exámenes y/o evaluaciones. En ningún caso
procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación.
REGLAS DE
VALORACION
1.- Número de exámenes de conocimientos: La subetapa de Exámenes de
Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al
examen de conocimientos técnicos (CT) del puesto y la segunda al examen de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal (CG).
2.- Número de evaluaciones de habilidades: 1.
3.- Calificación mínima aprobatoria del examen de conocimientos técnicos: 70
puntos; calificación mínima aprobatoria del examen de conocimientos generales
de la APF: 60 puntos.
4.- Descarte en las evaluaciones de habilidades: Para la subetapa de evaluación
de habilidades se valorarán las capacidades y conocimientos que ostenta la
persona participante para dirigir y gestionar el logro de objetivos y llevar a cabo
determinadas actividades, será cuantificable de acuerdo a la cantidad de reactivos
que contempla herramienta empleada, por lo que el resultado servirá sólo como
referencia para el CTS y no será motivo de descarte, siempre y cuando la persona
participante acuda al lugar de aplicación en la fecha y horario indicado en el
mensaje de invitación y realice la totalidad de la evaluación, en caso contrario, se
procederá con su descarte sin perjuicio para el Instituto.
5.- Número mínimo de candidatos(as) a entrevistar: 3 participantes, si el universo
lo permite; en caso de que no se cuente con al menos un (a) finalista entre la
primera terna, el Comité Técnico de Selección procederá a integrar otro grupo
igual de participantes, realizando esta acción sucesivamente hasta que el universo
lo permita o se declare ganador(a).
6.- Número de candidatos(as) que se continuarán entrevistando, en caso de no
contar con al menos un(a) finalista de los primeros 3 entrevistados: 3 participantes,
si el universo lo permite, en caso de que no se cuente con al menos un(a) finalista
entre la primera terna, el Comité Técnico de Selección procederá a integrar otro
grupo igual de participantes, realizando esta acción sucesivamente hasta que el
universo lo permita o se declare ganador(a).
7.- Puntaje mínimo de calificación (para pasar a la etapa de determinación): 70
8.- Criterio a aplicar en la entrevista: a) Predicción de comportamientos a partir de
evidencias en experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia obtenida
(ejemplos concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida (cantidad de
ejemplos), y d) Relevancia de la evidencia obtenida con los requisitos del puesto.
9.- El(la) ganador(a) del concurso: el(la) finalista (pasa a la etapa de
determinación) que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es
decir, al de mayor Calificación (puntaje) Definitiva.
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
El proceso de selección considera cinco etapas: I) Revisión curricular;
II) Exámenes de conocimientos (conocimientos técnicos -CT- y generales de la
Administración Pública Federal -CG-) y Subetapa de evaluación de habilidades,
así como la Subetapa de evaluaciones psicométricas; III) Evaluación de la
experiencia y valoración del mérito de las personas participantes, IV) Entrevista, y
V) Determinación.
La etapa I del proceso de selección (revisión curricular) tiene como propósito
determinar si la persona participante continua en el concurso, por lo que su
acreditación no otorgará puntaje alguno.
Por cada concurso se asignarán 100 puntos sin decimales, que serán distribuidos
únicamente entre las etapas II (Exámenes de conocimientos y evaluaciones
de habilidades), III (Evaluación de la experiencia y valoración del mérito) y
IV (Entrevistas) del proceso de selección, quedando de la siguiente manera:
404
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
ETAPA
SUBETAPA
PUNTAJE
MAXIMO
II Exámenes de Conocimientos
CT, CG,
Evaluaciones de Habilidades y
Evaluaciones Psicométricas
Exámenes de conocimientos
CT/CG
30
Evaluaciones de habilidades
15
Evaluaciones psicométricas
N/A
III Evaluaciones de la experiencia
y valoración del mérito
Evaluación de la experiencia
15
Valoración del mérito
15
IV Entrevistas
Entrevistas
25
Total:
100
Para efectos de continuar en el concurso, las personas aspirantes deberán
aprobar las evaluaciones precedentes. Será motivo de descarte si la persona
participante no aprueba cualquiera de los dos exámenes de conocimiento.
El examen de conocimientos técnicos (CT) constará de al menos 50 reactivos,
cuyas respuestas serán de opción múltiple. La calificación mínima aprobatoria es
de 70 sobre 100 y ésta se obtendrá considerando la cantidad de aciertos sobre el
total de reactivos aplicados, si no se obtiene la calificación mínima aprobatoria
será motivo de descarte.
Las personas candidatas que acrediten el examen CT realizarán la segunda
evaluación, el Examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal (CG) que constará de los reactivos que establezca la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno; en lo que respecta a los exámenes de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal, la calificación
mínima aprobatoria para todos los rangos será de 60 puntos en una escala de 0 a
100 puntos, sin decimales. El temario se puede consultar en la página:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Para presentar esta evaluación será indispensable que las personas participantes
cuenten con la contraseña de acceso a su cuenta de correo de TrabajaEn, ya que
sólo con ésta podrán ingresar al examen, de lo contrario no presentarán esta
evaluación, y será motivo de descarte.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal y conocimientos técnicos será de 50% cada uno,
para obtener un total de 100%, debiendo obtener entre los dos exámenes un
promedio mínimo de 70 puntos.
Las evaluaciones de habilidades que se aplicarán serán las siguientes:
•
Jefe (a) de Departamento: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
•
Jefe (a) de División: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
La etapa de evaluaciones psicométricas permitirá conocer las características de
la persona participante, tales como: Inteligencia, confiabilidad, valores y
personalidad, entre muchas otras. Los instrumentos de medición psicométrica son
herramientas estandarizadas y de carácter objetivo que ayudan a pronosticar
conductas de la persona participante ante determinadas situaciones y actividades
propias del cargo, será empleada para la entrevista y su resultado será sólo
referencial para el CTS, por lo que no cuentan con puntaje, mismas que deberán
ser concluidas en su totalidad en el lugar de aplicación, en la fecha y horario
señalado en el mensaje de invitación, en caso contrario, se procederá con su
descarte sin perjuicio para el instituto así como también a la persona aspirante que
no realice la prueba programada, aun cuando acuda y registre su asistencia.
Evaluación de la experiencia y valoración del mérito de las personas participantes.
En esta etapa se evaluarán los conocimientos y habilidades generados a través
del tiempo, considerando entre otros elementos, el orden y duración en los
puestos desempeñados, experiencia en el sector público, privado o sector social;
así mismo en la evaluación del Mérito, se valorarán las capacidades de las
personas participantes a ingresar al sistema; de las personas Servidoras Públicas
de Carrera Titulares con base en los conocimientos, habilidades, experiencia y
logros alcanzados.
Está etapa se realizará conforme a la “Metodología de aplicación de los exámenes
de conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración del mérito para el
ingreso al Servicio Profesional de Carrera” emitida por la Secretaría Anticorrupción
y Buen Gobierno y difundida en el portal de www.trabajaen.gob.mx.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
405
Cumplimiento del perfil del puesto. - Las personas que participen en los concursos
de ingreso, deberán exhibir la documentación original con la que acrediten el
cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil (escolaridad y años de
experiencia) descrito en la Convocatoria publicada en el Diario Oficial de la
Federación, tomando como base la información que la persona participante indicó
en su currículum registrado en el portal de www.trabajaen.gob.mx, con el que se
inscriba al concurso, se verificará la escolaridad conforme al Catálogo de Carreras
difundido en el portal de www.trabajaen.gob.mx. El incumplimiento del perfil será
motivo de descarte.
En la evaluación de la experiencia; las personas que participen en los concursos
de ingreso, deberán exhibir la documentación original con la que comprueben la
información de estos rubros, que incorporaron en su currículum del portal
www.trabajaen.gob.mx con el que pasaron la etapa I, y se calificarán los siguientes
elementos:
1.- Orden en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con el nivel
jerárquico en la trayectoria laboral de la persona candidata. De manera específica,
debe compararse el nivel jerárquico entre el cargo o puesto actual (en su caso, el
último) y el cargo o puesto inmediato anterior. Las personas que cuenten
únicamente con una sola experiencia, cargo o puesto no serán evaluadas en este
elemento, al no existir un parámetro objetivo para realizar la comparación.
2.- Duración en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados por la persona candidata.
De manera específica, a través del número de años promedio por cargo o puesto
que posea, el cual se obtendrá de dividir el número de años de experiencia
comprobados entre el número de cargos o puestos comprobados.
3.- Experiencia en el Sector Público. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia de la persona candidata en los puestos o cargos ocupados en dicho
sector económico. De manera específica, a través del tiempo acumulado por cada
persona candidata en el sector público.
4.- Experiencia en el Sector Privado. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia de la persona candidata en los puestos o cargos ocupados en el
sector económico. De manera específica, a través del tiempo acumulado por cada
persona candidata en el sector privado.
5.- Experiencia en el Sector Social. - Se calificará de acuerdo con la existencia o
no de experiencia en dicho sector, por parte de la persona candidata.
6.- Nivel de Responsabilidad. - Se calificará de acuerdo con la opción de
respuesta seleccionada por la persona candidata, de entre las cinco posibles
opciones indicadas en las Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación General
Aplicables en el Proceso de Selección aprobadas por el Comité Técnico de
Profesionalización (CTP) del IPN y establecidas en la Metodología de aplicación
de los exámenes de conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración
del mérito para el ingreso al Servicio Profesional de Carrera y el formato de
evaluación, respecto a su trayectoria profesional. Las opciones son las siguientes:
a.
He desempeñado puestos en los que he desarrollado una serie de actividades
sencillas y similares entre sí.
b)
He desempeñado puestos que requerían coordinar una serie de funciones y
actividades similares y relacionadas entre sí.
c)
He desempeñado puestos que requerían coordinar una serie de funciones
de naturaleza diferente.
d)
He desempeñado puestos que requerían dirigir un área con funciones de
naturaleza diferente.
e)
He desempeñado puestos que requerían dirigir diversas áreas, que
contribuían al desarrollo de los planes estratégicos de una o varias unidades
administrativas o de negocio.
7.- Nivel de Remuneración. - Se calificará de acuerdo con la remuneración bruta
mensual, en la trayectoria laboral de la persona candidata. De manera específica,
comparando la remuneración bruta mensual de su puesto actual (en su caso, el
último) y la del puesto vacante en concurso.
406
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
8.- Relevancia de funciones o de las actividades desempeñadas, en relación
con las del puesto vacante. - Se calificará de acuerdo con la coincidencia entre
la rama de cargo o puesto indicado en el currículum vítae de la persona candidata,
registrado por en el portal www.trabajaen.gob.mx, contra la rama de cargo o
puesto de la vacante en concurso.
9.- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.
- Se calificará de acuerdo con la permanencia de la persona candidata en el
puesto o puestos inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica, a
través del número de años acumulados por la persona candidata en dichos
puestos.
Otros elementos que la Unidad de Políticas para el Servicio Público (UPSP)
de la Administración Pública Federal o el CTP establezcan, previa aprobación de
la UPSP; conforme a las particulares de la dependencia, los cuales podrán
representar hasta el 25% del resultado de esta subetapa.
Para obtener el puntaje de la evaluación de la experiencia, la persona candidata
deberá presentar la información manifestada en su currículum registrado en el
portal www.trabajaen.gob.mx con el que se inscribió, por lo que deberá comprobar
cada periodo laborado, desde su inicio hasta su fin, para lo cual se aceptarán una
o varias constancias de las que se citan a continuación:
-
Recibos de pago originales, o en su caso, con firma digital.
-
Hojas únicas de servicios selladas y firmadas, o en su caso, con firma digital.
-
Constancias de servicios selladas y firmadas.
-
Constancias de nombramientos firmadas.
-
Cartas finiquito firmadas.
-
Constancias de baja selladas y firmadas.
-
Contratos de servicios profesionales por honorarios (en este caso la persona
candidata deberá presentar los recibos que soporten el periodo laborado
desde su inicio hasta su fin).
-
Altas o bajas al IMSS o del ISSSTE selladas y firmadas.
-
Declaraciones del impuesto sobre la renta, Constancias de sueldos, salarios,
conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo, o
Constancia de retenciones emitidas por el SAT, donde se indique el periodo
laborado, firmadas y selladas, en caso de ser electrónico deberá de contener
cadena original y sello digital.
-
Constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos, firma y sello, mismas que deberán contener: nombre
completo de la persona participante, periodo laborado indicando inicio y fin,
percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas;
-
Carta, oficio o constancia de liberación de servicio social y/o prácticas
profesionales emitidos por la institución educativa que se lo requirió, indicando
la institución donde prestó el servicio social y/o prácticas profesionales y el
periodo, con las cuales se acrediten las áreas generales de experiencia y
hasta un año de experiencia,
-
Cartas, oficio o constancia que acrediten experiencia como Becario hasta por
un máximo de 6 meses.
-
Expediente electrónico único emitido por el Sistema Nacional de Afiliación y
Vigencia de Derechos (ISSSTE) con antigüedad no mayor a diez días hábiles
a la fecha de revisión, conteniendo firma digital. La persona candidata deberá
presentar evidencia soporte.
-
Reporte de semanas cotizadas del asegurado del Instituto Mexicano
del Seguro Social, con antigüedad no mayor a diez días hábiles a la fecha de
revisión, con firma digital. La persona candidata deberá presentar evidencia
soporte.
No se aceptarán cartas de recomendación. Asimismo, toda documentación emitida
en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente deberá
acompañarse de la traducción oficial respectiva.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre el
cual desea obtener puntos, ejemplo: elemento 2, señalar los puestos que ocupó y
el tiempo de permanencia en cada uno de ellos; elemento 6, señalar las funciones
y actividades realizadas en los puestos ocupados.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
407
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Las personas candidatas serán calificadas en el orden en los puestos
desempeñados (elemento 1), salvo cuando cuenten con una sola experiencia,
cargo o puesto previos.
•
A todas las personas candidatas se les calificarán los elementos 2 al 8.
•
Las personas candidatas participantes que ocupen o hayan ocupado uno o
más de los cargos o puestos inmediatos inferiores al de la vacante serán
calificadas con la consideración establecida en el elemento 9.
En la valoración del mérito las personas que participen en los concursos de
ingreso, deberán exhibir la documentación original con la que comprueben la
información de estos rubros y se calificarán los siguientes elementos:
1.- Resultados de las evaluaciones del desempeño. Se calificarán de acuerdo
con las calificaciones, de las personas servidoras públicas de carrera titulares,
obtenidas en las evaluaciones de desempeño anual. De manera específica, a
través de los puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del
desempeño anual.
2.- Resultados de las acciones de capacitación. Se califican con base en las
acciones señaladas a continuación. De manera específica, a través del promedio
de las calificaciones obtenidas por la persona servidora pública de carrera titular
en el ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el ejercicio fiscal
inmediato anterior no se hubieran autorizado acciones de capacitación para la
persona servidora pública de carrera titular, éste no será calificado en este
elemento.
3.- Resultados de procesos de certificación. Se calificarán de acuerdo con las
capacidades profesionales certificadas. De manera específica, a través del número
de capacidades profesionales certificadas vigentes, obtenidas por las personas
servidoras públicas de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio Profesional
de Carrera.
4.- Logros. Se refieren al alcance de un objetivo relevante de la persona
candidata en su labor o campo de trabajo; a través de aportaciones que
mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de
trabajo; o bien, mediante el logro de metas estratégicas que aportaron un beneficio
a la ciudadanía, sin generar presiones presupuestales adicionales, ni perjudicar o
afectar negativamente los objetivos de otra área, unidad responsable o de
negocios.
De manera específica, se calificarán a través del número de logros obtenidos por
la persona candidata. En virtud de lo anterior, se considerarán como logros, los
siguientes:
a)
Certificación en capacidades profesionales distintas a las consideradas para
el SPC;
b)
Publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros) relacionadas con
su campo de experiencia;
c)
Otros que al efecto establezca la UPSP.
d)
En ningún caso deberán considerarse logros de tipo político o religioso.
5.- Distinciones. Se refiere al honor o al trato especial concedido a una persona
por su labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán
a través del número de distinciones obtenidas por la persona candidata.
En virtud de lo anterior, se considerará como una distinción, las siguientes:
a)
Fungir como presidente(a), vicepresidente(a) o integrante fundador(a)
de asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de
investigación, gremiales, estudiantiles o de profesionistas).
b)
Recibir un título honorífico o un grado académico honoris causa, otorgado por
universidades o instituciones de educación superior.
c)
Por graduarse con mención honorífica o con alguna distinción;
d)
otras que, al efecto, establezca la UPSP.
e)
En ningún caso deberán considerarse distinciones de tipo político o religioso.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
6.- Reconocimientos y premios. Se refieren a la recompensa o al galardón
otorgado a la persona candidata por agradecimiento o por reconocimiento al
esfuerzo realizado, debido a la consecución de algún mérito o servicio en su labor,
profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán a través del
número de reconocimientos o premios obtenidos por la persona candidata.
En virtud de lo anterior, se considerará como un reconocimiento o premio, los
siguientes:
a)
Premio otorgado a nombre de la persona candidata;
b)
Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación a
nombre de la persona candidata; en congresos, coloquios o equivalentes;
c)
Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público;
d)
Primer, segundo o tercer lugar, que haya sido obtenido en competencias o
certámenes públicos y abiertos distintos a los concursos del SPC;
e)
Otros que al efecto establezca la UPSP.
f)
En ningún caso deberán considerarse reconocimientos o premios de tipo
político, religioso. o que sean resultado de la suerte, a través de una selección
aleatoria, sorteo o equivalente.
7.- Actividad destacada en lo individual. Se refiere a la obtención de los mejores
resultados, que sobresalen en una profesión o actividad individual, ajena al campo
de trabajo del resto de quienes participan en la misma. De manera específica, se
calificará a través del número de actividades destacadas en lo individual,
comprobadas por la persona candidata.
En virtud de lo anterior, se considerarán como una actividad destacada en lo
individual, las siguientes:
a)
Título o grado académico obtenido en el extranjero con reconocimiento de
validez oficial por la Secretaría de Educación Pública (SEP);
b)
Patente a nombre de la persona candidata;
c)
Servicio o misión realizada en el extranjero;
d)
Derechos de autor por obras publicadas a nombre de la persona candidata;
e)
Servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento
de donativos);
f)
Otros que al efecto establezca la UPSP.
g)
En ningún caso deberán considerarse actividades destacadas de tipo político
o religioso.
8.- Otros estudios. Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los
requeridos en el perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica, a
través del estudio o del grado máximo de estudios, concluido y con reconocimiento
de validez oficial que sea adicional al nivel de estudio y al grado de avance
requerido en el perfil del puesto vacante en concurso.
9.- Habla de lengua indígena. Las lenguas indígenas nacionales son aquellas
que proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del
establecimiento del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes de otros
pueblos Indoamericanos, igualmente preexistentes, que se han arraigado en el
territorio nacional, con posterioridad y que se reconocen por poseer un conjunto
ordenado y sistemático de formas orales funcionales y simbólicas de
comunicación.
Desde el enfoque comunicativo, el conocimiento de una lengua, -en este caso, una
de las 68 lenguas indígenas-, se refiere a la capacidad de usarla apropiadamente
en determinadas situaciones sociales. A su vez, esta capacidad se puede evaluar
en cuatro habilidades básicas del lenguaje: hablar, escuchar o comprender, leer y
escribir en distintos contextos.
Las competencias traductoras son los conocimientos, habilidades y actitudes que
se movilizan para poner en operación procesos de “trasvase” de información de
una lengua a otra; ya sea de manera oral o escrita, pero con una pertinencia
cultural y lingüística.
De manera específica, se calificarán a través del número de comprobantes
obtenidos por la persona candidata. En virtud de lo anterior, se considerará como
un comprobante, cada uno de los siguientes, tomando como referencia los
niveles 1 y 2:
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
409
Nivel 1
1.
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que
señala que es hablante de una lengua indígena nacional.
2.
Acreditación de competencias comunicativas generales, expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia
acreditada por esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
3.
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas que
avalen, al menos un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus
variantes.
4.
Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías,
folletos,
manuales,
carteles,
mapas,
videos,
audios,
entre
otros)
En la presentación de estos materiales, se deberá acreditar fehacientemente
su autoría.
5.
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete,
mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
6.
Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados con la
interpretación o a la atención en lengua indígena; o bien mediante una
traducción)
7.
Otros que al efecto establezca la UPSP.
Nivel 2
1.
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el
Instituto Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia
acreditada por esta misma Institución (con resultado excelente)
2.
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena
o sus variantes, independientemente del campo de estudio del que se trate.
En
la
presentación
de
estas
publicaciones,
se
deberá
acreditar
fehacientemente su autoría.
3.
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador(a)
bilingüe y/o traductor(a) de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.) En la presentación de
estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
4.
Otros que al efecto establezca la UPSP.
10.- Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o
afromexicana. La denominación del presente elemento deriva de la forma en que
se propone su valoración, toda vez que la autoadscripción a un pueblo o una
comunidad indígena o afrodescendiente/ afromexicana es el acto voluntario
mediante el cual personas o comunidades, que tienen un vínculo cultural, histórico,
político, lingüístico o de otro tipo y, que deciden identificarse como integrantes de
un pueblo o comunidad indígena reconocido por el Estado. La autoadscripción es
una manifestación de identidad y pertenencia cultural.
El mérito que se valora, conforme a este elemento, se relaciona directamente con
el cumplimiento de los requisitos de escolaridad y de experiencia de los perfiles de
puesto en concurso; los cuales representan el esfuerzo de la población objetivo
ante aquellas barreras del sector —económicas, políticas, culturales y sociales―,
que pueden presentarse en el desarrollo profesional de la persona candidata que
se autoadscribe. En virtud de lo anterior, se considerará como comprobante, la
manifestación por escrito de declaración de autoadscripción, indicando el nombre
del pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba, la
persona candidata.
11.- Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se
considera como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera
profesional, cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia establecidos
previamente en la descripción y en el perfil del puesto en concurso. En virtud de lo
anterior, se calificará, si la persona candidata comprueba que al momento de la
publicación del concurso su edad no sobrepasa los 30 años.
12.- Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar
de presentar una discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión
de las Personas con Discapacidad (LGIPD), cumplan con los requisitos de
escolaridad y experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil del
puesto en concurso. En virtud de lo anterior, se considerará como comprobante
escrito de declaración, en el que la persona participante describa su discapacidad
conforme a la LGIPD.
410
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Otros elementos que se establezcan en la UPSP o en el CTP, previa aprobación
de la UPRSP, conforme a las particulares de la dependencia, los cuales podrán
representar hasta el 25% del resultado de esta subetapa.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre el
cual desea obtener puntos, ejemplo: elemento 1, calificación obtenida en la
evaluación del desempeño y firma del evaluador.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará
lo siguiente:
•
Todas las personas candidatas que sean personas servidoras públicas de
carrera titulares, sin excepción, serán calificadas en los elementos 1 al 3.
•
Todas las personas candidatas, sin excepción, serán calificadas en los
elementos 4 al 12.
Los resultados obtenidos en las subetapas de la Etapa III serán considerados en el
sistema de puntuación general, sin implicar el descarte de las personas
candidatas.
Firma de cartas de protesta. Las personas participantes firmarán la protesta de
decir verdad de:
1.
Cumplir con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal.
2.
De no haber sido beneficiado (a) por algún programa de Retiro Voluntario en
la
Administración
Pública
Federal
o
en
alguno
de
sus
órganos
desconcentrados.
3.
Ser Servidor(a) Público(a) de Carrera Titular.
4.
Si se encuentra en algún supuesto indicado en la fracción IV del artículo 71
del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales en materia
de recursos humanos de la Administración Pública Federal.
5.
No se encuentran en los supuestos establecidos en el artículo 38 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual
previamente se realizará una revisión en los sitios de consulta oficiales y, en
caso de encontrarse en el supuesto será motivo de descarte.
Se considerarán finalistas (pasan a la etapa de determinación) a quienes acrediten
el Puntaje Mínimo de Calificación que es 70 puntos.
Si hay empate, el Comité Técnico de Selección resolverá el resultado del concurso
de acuerdo a lo señalado en el artículo 281 del Acuerdo por el que se establecen
las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre
de 2025 así como sus subsecuentes actualizaciones.
Las personas aspirantes que pasen a la etapa de determinación como aptos para
cubrir el puesto y no resulten ganadoras en el concurso, serán consideradas
finalistas en la reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate
en el Instituto Politécnico Nacional durante un año contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho,
quedan en posibilidad de ser convocadas, en ese periodo y de acuerdo a la
clasificación de puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de
Profesionalización del Instituto Politécnico Nacional, a nuevos concursos
destinados a tal rama de cargo o puesto, según aplique.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de servidor (a) público
(a) de carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso,
deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado,
toda vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de
haber cumplido la obligación que le señala fracción VI del artículo 11 de la
Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
(Guardar reserva de la información, documentación y en general, de los asuntos
que conozca, en términos de la ley de la materia).
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquier de los datos registrados
por las personas participantes en TrabajaEn o de la documentación mencionada
ya sea durante la revisión documental, o en cualquier etapa del proceso; o de NO
exhibirse para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean
requeridos, o bien, encontrarse en los supuestos que señala fracción VII del
artículo 38 de la Constitución Política de la Estados Unidos Mexicanos, será
motivo de descarte del concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del
proceso de selección y/o el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad
para el Instituto Politécnico Nacional, el cual se reserva el derecho de ejercitar las
acciones legales procedentes.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
411
REVISION
DOCUMENTAL
Para poder acreditar la revisión documental, es indispensable presentar la
totalidad de la siguiente documentación en original y de forma electrónica,
digitalizada legiblemente y almacenada en dispositivo USB o disco duro
portátil, en una sola carpeta en específico indicando su número de folio
asignado y el número de concurso, en caso contrario se le descartará del
concurso:
•
Currículum Vítae registrado en TrabajaEn firmado en todas las hojas con tinta
azul, sin engargolar. Entregar 1 tanto.
•
Currículum Vítae máximo tres cuartillas, actualizado, con fotografía y números
telefónicos de los empleos registrados incluyendo el actual, en los que se
detallen claramente, funciones específicas, puesto ocupado y periodo en el
cual laboró: para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y
que se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn,
firmado en todas las hojas con tinta azul, sin engargolar. Entregar 4 tantos.
•
Para obtener el puntaje de la evaluación de la experiencia, la persona
candidata deberá presentar la información manifestada en su currículum de
TrabajaEn con el que se inscribió, por lo que deberá comprobar cada periodo
laborado, desde su inicio hasta su fin, para lo cual se aceptarán una o varias
constancias de las que se citan a continuación:
-
Recibos de pago originales, o en su caso, con firma digital.
-
Hojas únicas de servicios selladas y firmadas, o en su caso, con firma
digital.
-
Constancias de servicios selladas y firmadas.
-
Constancias de nombramientos firmadas.
-
Cartas finiquito firmadas.
-
Constancias de baja selladas y firmadas.
-
Contratos de servicios profesionales por honorarios (en este caso la
persona candidata deberá presentar los recibos que soporten el periodo
laborado desde su inicio hasta su fin),
-
Altas o bajas al IMSS o del ISSSTE selladas y firmadas.
-
Declaraciones del impuesto sobre la renta, Constancias de sueldos,
salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el
empleo, o Constancia de retenciones emitidas por el SAT, donde se
indique el periodo laborado, firmadas y selladas, en caso de ser
electrónico deberá de contener cadena original y sello digital.
-
Constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos, firma y sello, mismas que deberán contener: nombre
completo de la persona participante, periodo laborado indicando inicio y
fin, percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas;
-
Carta, oficio o constancia de liberación de servicio social y/o prácticas
profesionales emitidos por la institución educativa que se lo requirió,
indicando la institución donde prestó el servicio social y/o prácticas
profesionales y el periodo, con las cuales se acrediten las áreas
generales de experiencia y hasta un año de experiencia,
-
Cartas, oficio o constancia que acrediten experiencia como Becario hasta
por un máximo de 6 meses.
-
Expediente electrónico único emitido por el Sistema Nacional de Afiliación
y Vigencia de Derechos (ISSSTE) con antigüedad no mayor a diez días
hábiles a la fecha de revisión, conteniendo firma digital. La persona
candidata deberá presentar evidencia soporte.
-
Reporte de semanas cotizadas del asegurado del Instituto Mexicano del
Seguro Social, con antigüedad no mayor a diez días hábiles a la fecha de
revisión, con firma digital. La persona candidata deberá presentar
evidencia soporte.
No se aceptarán cartas de recomendación. Asimismo, toda documentación emitida
en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente deberá
acompañarse de la traducción oficial respectiva.
1.
Impresión
del
folio
asignado
por
el
portal
www.trabajaen.gob.mx
(carátula inicial de la página personal) para el concurso e impresión de la
invitación que recibe por TrabajaEn. Entregar 1 copia.
2.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
412
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
3.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por el perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o posgrado titulado, se deberá presentar el Título o la Cédula
Profesional correspondiente. En el caso de contar con estudios en el
extranjero, se deberá presentar invariablemente la constancia de validez o
reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública.
Los y las aspirantes podrán cubrir escolaridades de nivel Licenciatura con el
Título o Cédula Profesional de Especialidad, Maestría y/o Doctorado en las
áreas de estudio y carreras que establece el perfil del puesto en concurso, de
acuerdo a la normatividad aplicable.
4.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar
expedida por Instituto Nacional Electoral con fotografía o pasaporte).
5.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT). En caso de que el
RFC, incluyendo homoclave, registrado en la página personal de TrabajaEn
no coincida con el que aparece en el documento de alta del SAT o en la
Constancia de Situación Fiscal que se presente, podrá ser motivo de descarte
del aspirante en el concurso correspondiente.
6.
Clave Unica de Registro de Población (CURP) con antigüedad no mayor a
diez días hábiles a la fecha de revisión.
7.
Cartilla Militar liberada. Requisito exclusivo y obligatorio para hombres con
edad igual o menor de 40 años, de acuerdo con el artículo 4º. de la Ley del
Servicio Militar vigente, en donde se establece que sus obligaciones militares
terminan el 31 de diciembre del año en que cumplan los 40 años de edad.
8.
Carta bajo protesta de decir verdad. Las personas participantes firmarán la
protesta de decir verdad de: Cumplir con lo dispuesto por en el artículo 21 de
la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal; de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de Retiro
Voluntario en la Administración Pública Federal o en alguno de sus órganos
desconcentrados; si se encuentra en algún supuesto indicado en el inciso IV
del Artículo 71 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones
generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública
Federal.; y no se encuentran en los supuestos establecidos en el artículo 38
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual
previamente se realizará una revisión en los sitios de consulta oficiales y, en
caso de encontrarse en el supuesto será motivo de descarte.
•
La persona candidata que no acredite esta etapa, será descartada del
concurso.
La revisión documental se realizará en la dirección, día y hora que se señale en el
mensaje enviado a la persona aspirante a través de TrabajaEn. No se aceptarán
documentos en otro día o momento distinto al indicado en el mensaje que se
les envía a su cuenta de www.trabajaen.gob.mx; si no se cuenta con la
documentación requerida en la hora y día señalados para las etapas de
examen de conocimientos y revisión documental, será descartado
inmediatamente del concurso, la información digitalizada deberá estar
integrada en una sola carpeta, una vez descargada y regresado el dispositivo
no se podrá volver a insertar y buscar la información que falte, no obstante
que haya acreditado las etapas previas.
PUBLICACION DE
RESULTADOS
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el
portal de www.trabajaen.gob.mx, identificándose a la persona con su número de
folio asignado por dicho sistema. La consulta se puede hacer por medio del portal:
http://www.trabajaen.gob.mx
CANCELACION
DE CONCURSOS
El Comité Técnico de Selección (CTS) podrá cancelar el concurso en los
supuestos siguientes: I) Cuando medie orden de autoridad competente o exista
disposición legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate;
II) El puesto de que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se
considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado
estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, y; III) El CTP
determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
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DIARIO OFICIAL
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DECLARACION
DE CONCURSO
DESIERTO
De conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de
Selección podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un
concurso por las siguientes causas:
I. Porque ningún candidato(a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado finalista;
III. Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado
o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico
de Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
REACTIVACION DE
FOLIOS
PROCEDIMIENTO
1. La persona aspirante deberá presentar su escrito de petición de reactivación
de folio dirigido a quien funja como Secretario(a) Técnico (a) del Comité Técnico
de Selección, con domicilio Av. Miguel Othón de Mendizábal s/n, esq. Miguel
Bernard, Col. Residencial La Escalera, Alcaldía Gustavo A. Madero. C.P. 07738
Edificio de la Secretaría de Administración, Primer piso, Unidad Profesional “Adolfo
López Mateos”, Ciudad de México, Tel.: 55 5729-6000 Ext. 51007, 51071 y 51354
de 09:00 a 16:00 horas, a través del Departamento de Personal de Mando.
Se deberá anexar al escrito la documentación que se indica:
1.1 Justificación del por qué considera que se debe reactivar el folio, dirigido a
quien funja como Secretario(a) Técnico(a) del Comité de Selección, solicitando el
análisis y en su caso aprobación de la reactivación.
1.2 Impresión de la pantalla del apartado “Mis Mensajes”, donde se señala fecha y
hora de envío del Aviso de Rechazo.
1.3 Impresión del mensaje de rechazo emitido por el Sistema de TrabajaEn.
1.4 Impresión de su currículum registrado en TrabajaEn con el cual se le asignó el
folio de rechazo.
1.5 Impresión de su currículum de TrabajaEn con la corrección en el rubro que se
menciona en el mensaje de rechazo.
1.6 Cuando el rechazo sea por motivo de la Experiencia, deberá anexar los
documentos en original y copia que comprueben fehacientemente la experiencia
laboral manifestada en su currículum corregido de TrabajaEn.
1.7 Cuando el rechazo sea por motivo de la Escolaridad, deberá anexar los
documentos en original y copia, mismos que se encuentran establecidos
en las bases de la Convocatoria, en el rubro de Documentación Requerida.
1.8 Domicilio, número telefónico y dirección electrónica para recibir la respuesta a
su petición.
2. La solicitud se hará del conocimiento al resto de las personas que integran el
Comité Técnico de Selección, a través del Encargado(a) del Subsistema de
Ingreso, vía correo electrónico para su análisis y, en su caso, para su autorización.
Dicho escrito deberá incluir los anexos indicados en el numeral 1.
3. El sistema www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje de notificación a todas
las personas participantes en el concurso.
La aprobación de reactivación de folios será por mayoría de votos bajo
responsabilidad del Comité Técnico de Selección, instrumentando en el acta
correspondiente fundamento, motivación y documentos que justifiquen la
reactivación.
La Dirección de Capital Humano podrá, si así lo determina, constatar la
autenticidad de la información y documentación incorporada en TrabajaEn, de
conformidad con lo establecido en el artículo 266, 2do. párrafo del Acuerdo por el
que se establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos
de la Administración Pública Federal.
El procedimiento tiene como propósito reactivar el folio de la persona aspirante
rechazada cuando así lo resuelva e instruya el Comité Técnico de Selección
(CTS), por lo que será posible identificar al aspirante, cuyo folio solicitó reactivar el
Comité Técnico de Selección, con un nuevo número de folio de concurso.
414
DIARIO OFICIAL
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PLAZOS
•
La persona aspirante tendrá 2 días hábiles para presentar su escrito de
petición de reactivación de folio, a partir de la fecha de descarte.
•
La reactivación de folios rechazados, será a partir de la fecha de descarte.
•
El plazo de resolución del Comité Técnico de Selección será a más tardar en
3 días hábiles a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud de
reactivación de folios. La determinación del Comité Técnico de Selección
respecto a la solicitud de reactivación se hará del conocimiento de la persona
interesada vía correo electrónico, a través del Encargado (a) del Subsistema
de Ingreso.
SUPUESTOS
La reactivación de folios no será procedente cuando:
a) La persona aspirante cancele su participación en el concurso o renuncie
al proceso.
b) Exista duplicidad de registros de inscripción en TrabajaEn.
c) La persona aspirante se encuentre en los supuestos de la fracción VII del
artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La reactivación de folios se realizará a través del Módulo de Reactivación de
Folios en RHnet.
Una vez transcurrido el plazo establecido, no procederán las solicitudes
de reactivación.
El IPN podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza, reactivar dicho folio,
dando aviso a las personas aspirantes que siguen participando en la etapa
correspondiente.
PRINCIPIOS DEL
CONCURSO
El concurso se desarrollará con estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección
a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Los casos no previstos en las disposiciones que regulan el Servicio Profesional de
Carrera, respecto al desarrollo de los concursos, serán resueltos por el Comité
Técnico de Selección, para lo cual, la persona involucrada en el concurso que
identifique el caso no previsto lo hará del conocimiento al Secretario(a) Técnico(a)
de dicho Comité vía escrito y dentro de los siguientes dos días hábiles, quien lo
someterá para su análisis y resolución al resto de los o las integrantes. El plazo
para dar una resolución dependerá de la complejidad y gravedad del caso
reportado, por lo que el Comité puede detener el desarrollo del concurso hasta que
tenga una resolución. El Comité Técnico de Selección se asegurará que
la resolución al caso reportado se apegue a los principios mencionados y a la
normatividad aplicable.
DISPOSICIONES
GENERALES
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2.
Los datos personales de los y las concursantes son confidenciales aun
después de concluido el concurso.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de
la presente convocatoria.
Las personas concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control en la
dependencia, en Avenida Universidad número 1074, Colonia Xoco,
C.P. 03330, Alcaldía Benito Juárez, Ciudad de México. La inconformidad
deberá presentarse por escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la
fecha en que se presentó el acto motivo de la inconformidad, en términos
de lo dispuesto por el artículo 69 fracción X de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, y 93 al 96 de su Reglamento.
Portal https://www.oic.ipn.mx/manuales-oic/infografia-quejas.html
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DIARIO OFICIAL
415
Las personas aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur
No. 1735, Col. Guadalupe Inn, Ciudad de México, en los términos que
establecen los artículos 97 y 98 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, dirigido al Titular
de la Unidad de Asuntos Jurídicos.
4.
Las personas aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur
No. 1735, Col. Guadalupe Inn, Ciudad de México, en los términos que
establecen los artículos 97 y 98 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, dirigido al Titular
de la Unidad de Asuntos Jurídicos.
5.
Durante el desarrollo y aplicación de la etapa II, III y IV no se permitirá el uso
de teléfonos celulares, computadora de mano, dispositivo de CD, DVD,
memorias portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras, así
como cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar,
reproducir, copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones, salvo
que en las bases de la convocatoria se autorice o requiera de utilización como
medio de apoyo para la evaluación.
Como medidas de seguridad y cuidado sanitario, se recomienda a las
personas participantes:
•
Portar cubrebocas durante todo el tiempo que se encuentre en las
instalaciones del Instituto Politécnico Nacional.
•
Aplicar gel antibacterial.
•
Acudir sin compañía, a menos que requiera asistencia, ya que no se
cuenta con salas de espera.
En caso de no acatar las indicaciones antes enunciadas, la DCH se reserva el
derecho de tomar las medidas que considere necesarias, a fin de
salvaguardar la salud y seguridad de todas las personas participantes, así
como personal del IPN.
La Dirección de Capital Humano informa que la Secretaría de Administración se
encuentra trabajando bajo los lineamientos de la Norma ISO 37001:2016 Sistema
de Gestión Antisoborno, al participar en esta convocatoria, usted acepta que
cumplirá y se apegará a lo establecido en la Política Antisoborno y en general con
los Lineamientos del Sistema de Gestión Antisoborno, así como la normatividad
aplicable vigente en la materia.
Si usted desea conocer más información acerca de la Política Antisoborno y/o
Sistema de Gestión Antisoborno de la Secretaría de Administración, puede
ingresar
al
portal
de
esta
Secretaría
a
través
de
la
liga
https://www.ipn.mx/secadmin/certificacion-ISO/politicas-sgi.html
RESOLUCION
DE DUDAS Y
ATENCION A
USUARIOS
Con la finalidad de garantizar la debida atención y resolución de las dudas que los
o las aspirantes formulen con relación a los presentes concursos, el Instituto
Politécnico Nacional pone a la orden el correo electrónico: ingreso_dch@ipn.mx y
el número telefónico: 55 5729 6000 con las extensiones: 51007, 51071 y 51354,
en un horario de lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas a través del
Departamento de Personal de Mando.
NOTA: EL PERIODO VACACIONAL COMPRENDE DEL 30 DE MARZO AL 10 DE
ABRIL DE 2026, POR LO QUE LA ATENCION AL PUBLICO SE REANUDARA EL
DIA 13 DE ABRIL DE 2026.
Asimismo, se les hace una cordial invitación para consultar el Manual de
Usuario
de
TrabajaEn,
a
través
del
portal:
http://www.trabajaen.gob.mx/Descargas/ManualUsuario.pdf, a efecto de que en la
revisión curricular no sea descartado por errores u omisiones.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Politécnico Nacional
“La Técnica al Servicio de la Patria”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, la Secretaria Técnica
Jefa de Departamento de Desarrollo y Soporte Informático de la Dirección de Capital Humano
Mtra. Socorro Juárez Contreras
Firma Electrónica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Instituto Politécnico Nacional
Los Comités Técnicos de Selección del Instituto Politécnico Nacional con fundamento en los artículos 21,
26, 28, 37 y 75, Fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de enero de 2006; 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 36 Bis,
37, 38, 39, 40 de su Reglamento, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de septiembre de 2007,
así como del Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del mismo,
publicado el 4 de enero de 2024 y; artículos 241, 242, 243, 244, 246 y 247 del Acuerdo por el que se
establecen las disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA 5/2026
Dirigida a toda persona interesada que desee ingresar al Servicio Profesional de Carrera
para ocupar las siguientes plazas vacantes del
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
Nombre del
Puesto
JEFE (A) DE DEPARTAMENTO DE PROCESOS EDITORIALES
Y OPERACION DE LIBRERIAS
Nivel
Administrativo
11-B00-2-M1C015P-0002106-E-C-E
(O33)
Jefe (a) de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección de Bibliotecas y
Publicaciones
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Proponer las políticas, normas y procedimientos para la recepción, autorización,
presentación y publicación de la obra editorial, publicaciones periódicas y los
impresos varios y presentarlas a la División para su aprobación.
2.
Realizar el análisis técnico preliminar con relación al diseño de las obras
editoriales, las publicaciones periódicas y los impresos varios susceptibles de ser
publicados.
3.
Elaborar el registro y los informes de control y seguimiento de las obras y
materiales educativos, susceptibles de ser editadas y enviarlas a las Academias
del Instituto, para solicitar el dictamen de contenido.
4.
Formular el programa anual de ediciones, con base en las obras con los autores y
con los organismos e instituciones nacionales y extranjeras; presentarlas a las
instancias correspondientes
5.
Gestionar ante el Instituto Nacional de Derechos de Autor (INDAUTOR) la
asignación de ISBN (International Standard Book Number) y del ISSN
(International Standard Serial Number), para los libros y las revistas que edite
la Dirección.
6.
Analizar las nuevas obras y someter los originales de las obras editoriales, las
publicaciones periódicas y los impresos varios a las etapas de revisión, cotejo,
marcaje, composición, diseño de interiores, forros y fotomecánica.
7.
Desarrollar acciones encaminadas a estimular la participación de la comunidad
politécnica en la generación de obras editoriales, evaluar los resultados e informar
éstos a la División.
8.
Controlar la recepción y asignación de insumos directos e indirectos para los
procesos de formación, fotomecánica y láminas de impresión.
9.
Formular el programa de mantenimiento preventivo y correctivo del equipo
especializado del área a su cargo y supervisar que se lleve a cabo conforme a lo
programado.
10. Mantener relación con las Unidades Académicas del IPN a fin de captar autores
de la planta docente del Instituto.
11. Formular las propuestas de la obra editorial y materiales educativos susceptibles
de reimprimirse para incorporarlas al programa anual de producción, con base en
criterios comerciales objetivos.
12. Supervisar el oportuno cumplimento de los convenios y contratos celebrados con
organismos e instituciones nacionales e internacionales para intercambio
comercial del fondo editorial e informar a su jefe inmediato de los resultados
obtenidos.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
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13. Dirigir y supervisar las actividades requeridas para la adecuada participación de la
obra editorial y los materiales educativos politécnicos en ferias y exposiciones
nacionales e internacionales.
14. Organizar, Supervisar y evaluar las actividades relacionadas con la operación de
las librerías politécnicas para brindar un servicio óptimo e informar a la División
de Obra Editorial y Comercialización.
15. Proponer las políticas, y procedimientos relacionados con las actividades de
distribución y venta y actualizar tabulador de precios.
16. Elaborar el registro estadístico de ventas para la oportuna evaluación del
comportamiento comercial de la obra editorial y los materiales educativos
politécnicos.
17. Remitir al Departamento de Servicios Administrativos los registros, facturas, vales
y fichas de depósito así como los informes necesarios para efectuar las
aplicaciones contables y las conciliaciones bancarias respectivas.
18. Elaborar estimaciones presupuestales requeridas para la operación de las
librerías.
19. Elaborar estudios específicos, referidos a la investigación e implantación de
nuevos sistemas y procedimientos e identificar canales de distribución óptimos
para la comercialización y distribución de los libros y los materiales.
20. Participar en la elaboración e integración de los programas Estratégico de
Desarrollo de Mediano Plazo, Operativo Anual y los reportes para el Sistema
Institucional de Información, en el ámbito de su competencia.
21. Participar, en el ámbito de su competencia, la información de la Dirección para el
Sistema Institucional de Información y la estadística que de ella se derive, así
como la solicitada por la unidad de enlace del Instituto, en el marco de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, supervisar su
suficiencia, calidad y oportunidad.
22. Acordar con el Jefe de la División de Obra Editorial y Comercialización sobre los
asuntos de su competencia y mantenerlo informado acerca de aquello que
expresamente le encomiende.
23. Las demás funciones que se confieran conforme a su competencia.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas:
−
Educación
−
Humanidades
−
Comunicación Gráfica.
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas:
−
Humanidades.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia:
−
Administración Pública.
Area General: Lingüística.
Area de Experiencia:
−
Lingüística Sincrónica
−
Lingüística Aplicada.
Area General: Educación y Humanidades.
Area de Experiencia:
−
Comunicación Gráfica.
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Capacidades
de Desarrollo
Administrativo
y Calidad
1.
Orientación a Resultados.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
Capacidades o
Competencias
1.
Orientación a resultados en el Instituto Politécnico Nacional.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que se publica en TrabajaEn y en las páginas
del Instituto Politécnico Nacional: http://www.ipn.mx y http://www.dch.ipn.mx
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Nombre del
Puesto
JEFE (A) DE DEPARTAMENTO DE TELEFONIA DIGITAL
Nivel
Administrativo
11-B00-2-M1C015P-0001972-E-C-D (O33)
Jefe (a) de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$38,309.00 (Treinta y ocho mil trescientos nueve pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Dirección de Cómputo y Comunicaciones
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Elaborar y presentar las propuestas de normas, políticas y proyectos estratégicos
que mejoren y optimicen la operación y utilización de la infraestructura y los
servicios telefónicos institucionales.
2.
Elaborar
e
implementar
estudios
y
proyectos
de
dimensionamiento,
modernización, crecimiento y optimización de la infraestructura y de los servicios
telefónicos, para atender las demandas y requerimientos justificados de las
unidades académicas y administrativas.
3.
Realizar y supervisar las actividades institucionales en materia de telefonía, para
contribuir al cumplimiento de los compromisos establecidos en el programa
institucional de desarrollo informático.
4.
Controlar y mantener la operación de los equipos de conmutación telefónica del
Instituto, para garantizar la continuidad del servicio.
5.
Desarrollar y proponer estudios de viabilidad, compatibilidad y rentabilidad en la
adquisición de refacciones y equipos que se requieran para la ampliación y
mejoramiento de la red telefónica del Politécnico.
6.
Formular estudios técnico-económicos para proponer soluciones a las
necesidades de comunicación de voz y, a su vez, abatir el rezago tecnológico de
la infraestructura telefónica.
7.
Elaborar y establecer programas de trabajo, en coordinación con los
departamentos de la División, para programar e integrar servicios telefónicos, de
acuerdo con las necesidades de las unidades del Instituto.
8.
Mantener en óptimas condiciones de funcionamiento el Centro de información Vía
Telefónica (CIVITEL) del Instituto, así como el Sistema Institucional de Mensajería
de Voz y Fax (SMV).
9.
Ejecutar y supervisar las actividades que permitan proporcionar a las unidades
académicas y administrativas la información generada por el sistema de
tarificación telefónica, para mejorar el control del uso y explotación del servicio
telefónico facturable.
10. Formular, aplicar, supervisar y valorar los programas de mantenimiento preventivo
y correctivo a los equipos de conmutación telefónica de la institución, conforme a
la disponibilidad presupuestal, para garantizar la disponibilidad del servicio, así
como entregar los reportes técnicos que se deriven al área administrativa para los
trámites conducentes.
11. Realizar y supervisar las actividades para proporcionar los servicios telefónicos
con calidad y oportunidad, a las áreas que conforman el Instituto, a efecto de
facilitar la comunicación y contribuir al mejor desempeño de sus funciones.
12. Controlar y supervisar la grabación de los mensajes de bienvenida sobre el
quehacer institucional que solicite la Coordinación de Imagen Institucional y darlos
de alta en el sistema.
13. Realizar los trabajos de instalación y configuración del hardware telefónico en los
casos de reubicación de espacios físicos o integración de nuevas unidades del
Instituto.
14. Supervisar y controlar los servicios de acceso a Internet para efectuar llamadas
de cobertura metropolitana, larga distancia, celular, así como la programación de
facilidades derivadas del sistema telefónico.
15. Proporcionar y supervisar la prestación de los servicios de soporte técnico
especializado en el rubro del servicio telefónico a las unidades académicas
y administrativas del Instituto que lo requieran para dar solución a las fallas y
problemas que se susciten.
16. Elaborar y establecer programas de instrucción telefónica para los usuarios de
las dependencias politécnicas, con el fin de aprovechar las facilidades de los
aparatos telefónicos.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
419
17. Realizar el análisis de los proyectos encaminados a fortalecer la infraestructura
telefónica, que presenten las unidades responsables.
18. Mantener estrecha comunicación con proveedores de servicios y fabricantes de
equipos de telefonía para monitorear los avances tecnológicos sobre la materia,
así como promover acciones de colaboración.
19. Supervisar la consolidación de la información y la elaboración de la estadística de
su competencia, e informar a la División acerca del desarrollo y los resultados
de sus funciones.
20. Participar en la formulación del anteproyecto del Programa de Presupuesto y de
los Programas Operativo Anual y Estratégico de Desarrollo de Mediano Plazo e
informes de actividades de la Dirección, así como en los seguimientos respectivos
en el ámbito de su competencia.
21. Atender las demás funciones que se le confieran conforme a su competencia.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas:
−
Computación e Ingeniería
−
Ingeniería.
−
Eléctrica y Electrónica.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado.
Experiencia
Laboral
Mínimo 4 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Tecnológicas.
Area de Experiencia:
−
Tecnología de las Telecomunicaciones.
Habilidades
3.
Orientación a Resultados.
4.
Trabajo en Equipo.
Capacidades de
Desarrollo
Administrativo
y Calidad
3.
Orientación a Resultados.
4.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
Capacidades o
Competencias
3.
Orientación a resultados en el Instituto Politécnico Nacional.
4.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que se publica en TrabajaEn y en las páginas
del Instituto Politécnico Nacional: http://www.ipn.mx y http://www.dch.ipn.mx
Nombre del
Puesto
JEFE (A) DE DEPARTAMENTO DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS
Nivel
Administrativo
11-B00-2-M1C014P-0001883-E-C-N (O23)
Jefe (a) de Departamento
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$31,128.00 (Treinta y un mil ciento veintiocho pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Coordinación de Imagen Institucional
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Controlar y supervisar en el ámbito de la Coordinación de Imagen Institucional, el
registro de incidencias del personal adscrito a la misma, para emitir en tiempo y
forma los reportes correspondientes.
2.
Gestionar, ante la Dirección de Capital Humano, los movimientos e incidencias
del personal de la Coordinación de Imagen Institucional, para el registro
correspondiente de acuerdo a la normatividad vigente.
3.
Integrar y mantener actualizados los expedientes del personal de la Coordinación
de Imagen Institucional, para facilitar el desarrollo de los trámites respectivos.
4.
Supervisar que se entreguen los comprobantes de pago del personal adscrito a la
Coordinación de Imagen Institucional, para recabar las firmas en las nóminas
correspondientes y llevar a cabo los trámites inherentes.
5.
Detectar las necesidades de capacitación del personal adscrito a la Coordinación
de Imagen Institucional, y proponer el programa de capacitación para optimizar la
calidad y el desarrollo de sus funciones.
6.
Gestionar y supervisar el trámite de las prestaciones específicas, estímulos y
pagos del personal adscrito a la Coordinación de Imagen Institucional con la
finalidad de otorgar un servicio óptimo y de calidad.
420
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
7.
Participar, en el ámbito de la Coordinación de Imagen Institucional, en las
acciones de protección civil y de seguridad e higiene, así como contribuir a la
prevención y reducción de riesgos dentro de las instalaciones de la propia
Coordinación para salvaguardar la integridad de las personas y del patrimonio
institucional.
8.
Formular e integrar, en el ámbito de la Coordinación de Imagen Institucional, el
anteproyecto del programa presupuesto y presentarlo al titular para lo
conducente.
9.
Ejercer, en el ámbito de la Coordinación de Imagen Institucional y llevar el registro
y control del presupuesto asignado, con criterios de racionalidad y disciplina
presupuestal para sustentar el funcionamiento de ésta y verificar que se lleve a
cabo en apego a la normatividad establecida.
10. Coordinar y supervisar el trámite, ante las Direcciones de Recursos Financieros y
de Programación y Presupuesto, de las conciliaciones, transferencias y demás
operaciones para garantizar la administración transparente de los recursos
disponibles.
11. Efectuar, ante las Direcciones de Recursos Financieros y de Programación y
Presupuesto, la conciliación de los informes financieros y presupuestales, para
verificar el registro de las operaciones efectuadas por la Coordinación de Imagen
Institucional de acuerdo a la normatividad vigente.
12. Adquirir y suministrar los materiales, mobiliario y equipos necesarios, en el ámbito
de la Coordinación de Imagen Institucional, para contribuir en el logro de los
objetivos institucionales, así como en el funcionamiento de la misma.
13. Mantener actualizado el sistema de inventario de la Coordinación de Imagen
Institucional, para llevar un registro y contribuir al control patrimonial del Instituto.
14. Gestionar los movimientos de altas, bajas, donaciones, transferencias y
enajenaciones de los bienes ante la Dirección de Recursos Materiales e
Infraestructura para controlar el activo fijo asignado a la Coordinación de Imagen
Institucional, conforme a la normatividad vigente.
15. Controlar la existencia y suministro de los materiales para atender oportunamente
las necesidades de la Coordinación de Imagen Institucional.
16. Programar, coordinar y controlar, en el ámbito de la Coordinación de Imagen
Institucional, los trabajos de mantenimiento y conservación del mobiliario y equipo
de la misma para contribuir en el desarrollo de las funciones que en ella se
realizan.
17. Programar y gestionar los servicios generales de las instalaciones de la
Coordinación de Imagen Institucional para el buen funcionamiento de los mismos
y contribuir en el fortalecimiento del clima laboral.
18. Proponer, en el ámbito de la Coordinación de Imagen Institucional, mejoras a los
mecanismos para la conservación y mantenimiento de los inmuebles, muebles y
equipo de la misma.
19. Participar en los trabajos de planeación, seguimiento y evaluación de gestión
estratégica en coordinación con personal de enlace técnico para el desarrollo de
las actividades de la Coordinación de Imagen Institucional.
20. Coordinar y consolidar la información y elaboración de los procesos para la
ocupación de puestos de mando de aquellos a los que les aplica el Servicio
Profesional de Carrera, de acuerdo a la normatividad vigente.
21. Promover con eficiencia y eficacia la participación de los funcionarios y del
personal de la Coordinación de Imagen Institucional en diversas acciones en
materia de Sustentabilidad, COSECOVI (Comité de Seguridad contra la violencia)
y Perspectiva de Género.
22. Atender las demás funciones que se le confieran conforme a su competencia.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas:
−
Administración
−
Ciencias Políticas y Administración Pública
−
Contaduría
−
Derecho
−
Economía
−
Finanzas.
−
Computación e Informática
Area General: Educación y Humanidades.
Carreras Genéricas:
−
Matemáticas
Area General: Ingeniería y Tecnología.
Carreras Genéricas:
−
Ingeniería
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
421
Experiencia
Laboral
Mínimo 3 años de experiencia en:
Area General: Ciencias Económicas.
Area de Experiencia:
−
Administración
−
Dirección y Desarrollo de Recursos Humanos
−
Organización y Dirección de Empresas
−
Contabilidad.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia:
−
Administración Pública
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Capacidades de
Desarrollo
Administrativo
y Calidad
1.
Orientación a Resultados.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
Capacidades o
Competencias
1.
Orientación a resultados en el Instituto Politécnico Nacional.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que se publica en TrabajaEn y en las páginas
del Instituto Politécnico Nacional: http://www.ipn.mx y http://www.dch.ipn.mx
Nombre del
Puesto
DIVISION DE DIFUSION
Nivel
Administrativo
11-B00-1-M1C016P-0002177-E-C-Q (N31)
Subdirector (a) de Area
Número de
Vacantes
Una
Percepción
Mensual Bruta
$53,692.00 (Cincuenta y tres mil seiscientos noventa y dos pesos 00/100 M.N.)
Adscripción del
Puesto
Coordinación de Imagen Institucional
Sede
Ciudad de México
Funciones
Principales:
1.
Coordinar el diseño de campañas, de acuerdo con la normatividad vigente en
cuanto a la imagen institucional, que promuevan un sentido de pertenencia e
identidad entre la comunidad politécnica, para difundir los mensajes oficiales.
2.
Supervisar el cumplimiento de la normatividad, en cuanto al diseño de materiales
informativos y publicaciones periódicas, con base en una imagen institucional y de
acuerdo con las políticas vigentes en la materia.
3.
Revisar los materiales que sean publicados en medios impresos y transmitidos en
radio y televisión, para informar sobre las acciones y programas institucionales al
interior y exterior de la comunidad politécnica.
4.
Planear la realización de campañas institucionales en los diferentes medios de
comunicación
(impresos,
electrónicos
y
digitales),
mediante
inserciones
publicitarias, para difundir mensajes tanto al interior como al exterior de la
comunidad politécnica.
5.
Coordinar la atención a los diversos medios de comunicación, y apoyar sus
requerimientos informativos, para a través de ellos, difundir las actividades
institucionales hacia la comunidad politécnica y a la sociedad en general.
6.
Formular planes de medios para la inserción publicitaria, de acuerdo con las
políticas que para ello establezca el titular de la Coordinación, tanto en diarios,
revistas, suplementos, espacios radiofónicos y televisivos, así como de internet,
para la difusión de los mensajes e informaciones institucionales dirigidas a la
comunidad politécnica y a la sociedad en general.
7.
Elaborar mensajes que se difundan a través del sitio de la Coordinación de
Imagen Institucional en la página web del IPN, que cumplan con la normatividad
vigente en materia de imagen institucional, para dar a conocer a la comunidad
politécnica y a la sociedad en general las campañas e información relativa a las
actividades del IPN.
8.
Participar, en el ámbito de su competencia, en la formulación de los programas
Estratégico de Desarrollo de Mediano Plazo, Operativo Anual y el anteproyecto de
Programa Presupuesto de la Coordinación, y evaluar su cumplimiento.
9.
Participar en la consolidación del Sistema Institucional de Información en el
ámbito de su competencia.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
10. Acreditar a los representantes de los medios de comunicación para el envío de
invitaciones a eventos institucionales y comunicados de prensa.
11. Elaborar y mantener actualizado el directorio de los medios de comunicación, con
el fin de mantener una mejor relación con sus representantes.
12. Apoyar en la organización de conferencias de prensa para una difusión más
efectiva de lo que se pretender dar a conocer.
13. Otorgar a todas las Unidades Responsables el Visto Bueno en cuanto a diseño de
los materiales informativos y publicaciones periódicas, con base en una imagen
institucional de acuerdo con las políticas de normatividad vigente.
14. Coordinar los requerimientos de los medios de comunicación para que a través de
comunicados de prensa y entrevistas con funcionarios, investigadores y personal
docente se difundan las actividades y logros institucionales a la sociedad en
general, con el fin de contribuir a elevar el prestigio y trascendencia de labor
desarrollada en esta casa de estudios.
15. Participar en el desarrollo, actualización e implantación de las normas, métodos e
instrumentos para la organización y el funcionamiento de los sistemas y
procedimientos de las unidades responsables.
16. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de los programas
Estratégico de Desarrollo de Mediano Plazo, Operativo Anual y el anteproyecto de
Programa Presupuesto de la Coordinación, y en los seguimientos respectivos.
17. Elaborar e integrar los informes que se requieran, así como proporcionar en
el ámbito de su competencia, la información solicitada por la unidad de enlace
en el marco de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información
Pública Gubernamental e informar al jefe Inmediato sobre el desarrollo y
resultados de las acciones a su cargo.
18. Diseñar, en diferentes medios, materiales gráficos para promover y difundir el
quehacer académico, científico, tecnológico, cultural y deportivo del IPN.
19. Planear y revisar la integración del Programa Estratégico de Mediano Plazo y el
Operativo Anual de la División y de los Departamentos adscritas; en congruencia
con el Programa de Desarrollo Institucional y con el Programa Institucional de
Mediano Plazo y los resultados de la evaluación institucional.
20. Administrar el uso racional de los recursos humanos, materiales y financieros, así
como los servicios generales asignados para el funcionamiento de la División.
21. Proponer al jefe inmediato, los materiales gráficos diseñados para su aprobación
y posterior impresión y difusión.
22. Elaborar el diseño de la Gaceta Politécnica, tanto en medio impreso como
electrónico.
23. Asesorar a las escuelas, centros y unidades del IPN en el diseño y elaboración de
material gráfico, para la aplicación y cumplimiento puntual de la normatividad y
políticas internas vigentes en la materia.
24. Proponer mecanismos para estandarizar los criterios del manejo de la imagen
institucional en los materiales gráficos que se realicen en el IPN.
25. Dirigir y supervisar que se lleve a cabo una gestión en el marco de la perspectiva
de género, y de los programas orientados en esta materia.
26. Dirigir y supervisar que se lleve a cabo una gestión conforme a los Códigos
Federal e institucional de ética, y de los programas orientados en esta materia.
27. Proponer la información para resolver las solicitudes de información que requieran
las instancias internas o externas conforme a la Ley General de Transparencia y
Acceso a la Información Pública, así como evaluar la adecuada integración de los
archivos que la respalden.
Perfil:
Escolaridad
Area General: Ciencias Sociales y Administrativas.
Carreras Genéricas:
−
Comunicación.
Grado de avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado.
Experiencia
Laboral
Mínimo 5 años de experiencia en:
Area General: Sociología.
Area de Experiencia:
−
Comunicaciones Sociales.
Area General: Ciencia Política.
Area de Experiencia:
−
Administración Pública
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
423
Habilidades
1.
Orientación a Resultados.
2.
Trabajo en Equipo.
Capacidades de
Desarrollo
Administrativo
y Calidad
1.
Orientación a Resultados.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
Capacidades o
Competencias
1.
Orientación a resultados en el Instituto Politécnico Nacional.
2.
Marco jurídico y normativo aplicable al IPN.
El temario se podrá consultar en el perfil del puesto que se publica en TrabajaEn y en las páginas
del Instituto Politécnico Nacional: http://www.ipn.mx y http://www.dch.ipn.mx
BASES DE PARTICIPACION PARA LA CONVOCATORIA PUBLICA Y ABIERTA No. 5/2026, DIRIGIDA
A TODA PERSONA INTERESADA QUE DESEE INGRESAR AL SISTEMA DEL SERVICIO
PROFESIONAL DE CARRERA DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL
REQUISITOS DE
PARTICIPACION
Podrán participar aquellas personas que reúnan los requisitos de escolaridad y
experiencia previstos para el puesto. En su caso el grado académico de
licenciatura, únicamente podrá ser sustituible por especialidad, maestría,
doctorado u otro grado académico afín al perfil de puesto, debiendo presentar
el documento oficial que así lo acredite. Adicionalmente se deberá acreditar el
cumplimiento de los siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en
pleno ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita la
función a desarrollar; no haber sido sentenciado(a) con pena privativa de libertad por
delito doloso; tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio
público; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro(a) de algún culto y no
estar inhabilitado(a) para el servicio público, ni encontrarse con algún otro
impedimento legal. Además, de no encontrarse en alguno de los supuestos al que
hace referencia la fracción VII del Artículo 38 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, referentes a:
•
Tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón
de género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
•
Ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
De encontrarse en alguno de esos supuestos, la persona no podrá ser registrada
como candidata(o), ni ser nombrada(o) para empleo, cargo o comisión en el servicio
público.
En caso de verse favorecido(a) con el resultado del concurso, a partir de su ingreso
no desempeñar otro empleo, cargo o comisión en la Administración Pública Federal
y en caso contrario, contar con el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo;
que la documentación presentada como original sea auténtica, en caso de no ser
así, asumirá la responsabilidad legal y administrativa; y presentar y acreditar las
evaluaciones que se indican para el caso.
El requisito referido a tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el
servicio público (fracción III del artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera), se tendrá por acreditado cuando la persona aspirante sea considerada
finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica
ser apta para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar
ganador(a) del mismo. En concordancia al artículo 36 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera, el Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden
de prelación de las personas candidatas, elegirá de las personas aspirantes que
pasan a la etapa de entrevista a quienes considere aptas para el puesto, de
conformidad con los criterios de evaluación de las entrevistas quienes acrediten o
superen el puntaje mínimo de calificación, quienes serán consideradas como
finalistas.
En el caso de trabajadores(as) que se hayan apegado a un Programa de Retiro
Voluntario o Separación Voluntaria en la Administración Pública Federal, su ingreso
estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad aplicable, emitida por la Secretaría de
Hacienda y Crédito Público. Las personas interesadas deberán cumplir lo estipulado
en los artículos 38 y 102 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos, en materia de suspensión de derechos para ocupar un cargo, empleo o
comisión del servicio público, publicado en el Diario Oficial de la Federación en su
última reforma del 31 de diciembre del 2024, particularmente en lo relacionado con la
fracción VII adicionada al artículo 38 de la Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos que a la letra dice:
424
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Los derechos o prerrogativas de los ciudadanos se suspenden: …
VII. Por tener sentencia firme por la comisión intencional de delitos contra la vida y la
integridad corporal; contra la libertad y seguridad sexuales, el normal desarrollo
psicosexual; por violencia familiar, violencia familiar equiparada o doméstica,
violación a la intimidad sexual; por violencia política contra las mujeres en razón de
género, en cualquiera de sus modalidades y tipos.
Por ser declarada como persona deudora alimentaria morosa.
En los supuestos de esta fracción, la persona no podrá ser registrada como
candidata para cualquier cargo de elección popular, ni ser nombrada para empleo,
cargo o comisión en el servicio público.
DOCUMENTACION
REQUERIDA
Las personas aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o
copia certificada, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha y hora
establecidos en el mensaje que al efecto reciban con cuando menos dos días
hábiles de anticipación por vía electrónica:
1.
Currículum Vítae registrado en TrabajaEn, firmado con tinta azul en un tanto.
2.
Currículum Vítae actualizado con fotografía, detallado y firmado con tinta azul,
en cuatro tantos.
3.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
4.
Clave Unica de Registro de Población (CURP) con antigüedad no mayor a diez
días hábiles a la fecha de revisión.
5.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por el perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o posgrado titulado, se deberá presentar el Título o la Cédula
Profesional correspondiente. En el caso de contar con estudios en el extranjero,
se deberá presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento
oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Los y las aspirantes
podrán cubrir escolaridades de nivel Licenciatura con el Título o Cédula
Profesional de Especialidad, Maestría y/o Doctorado en las áreas de estudio
y carreras que establece el perfil del puesto en concurso, de acuerdo a la
normatividad aplicable.
6.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para
votar expedida por el Instituto Nacional Electoral con fotografía o pasaporte).
7.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT). En caso de que el
RFC registrado en la página personal de TrabajaEn no coincida con el que
aparece en el documento de alta del SAT o la Constancia de Situación Fiscal,
será motivo de descarte de la persona participante en el concurso
correspondiente.
8.
Cartilla militar liberada. Requisito exclusivo y obligatorio para hombres con edad
igual o menor de 40 años, de acuerdo con el artículo Cuarto de la Ley del
Servicio Militar vigente, en donde se establece que sus obligaciones militares
terminan el 31 de diciembre del año en que cumplan los 40 años de edad.
9.
Comprobante que avale los años de experiencia requeridos por el perfil del
puesto. Para obtener el puntaje de la evaluación de la experiencia, la persona
candidata deberá presentar la información manifestada en su currículum de
TrabajaEn con el que se inscribió, por lo que deberá comprobar cada periodo
laborado, desde su inicio hasta su fin, para lo cual se aceptarán una o varias
constancias de las que se citan a continuación:
•
Recibos de pago originales, o en su caso, con firma digital.
•
Hojas únicas de servicios selladas y firmadas, o en su caso, con firma
digital.
•
Constancias de servicios selladas y firmadas.
•
Constancias de nombramientos firmadas.
•
Cartas finiquito firmadas.
•
Constancias de baja selladas y firmadas.
•
Contratos de servicios profesionales por honorarios (en este caso la
persona candidata deberá presentar los recibos que soporten el periodo
laborado desde su inicio hasta su fin),
•
Altas o bajas al IMSS o del ISSSTE selladas y firmadas.
•
Declaraciones del impuesto sobre la renta, Constancias de sueldos,
salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo,
o Constancia de retenciones emitidas por el SAT, donde se indique el
periodo laborado, firmadas y selladas, en caso de ser electrónico deberá de
contener cadena original y sello digital.
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
425
•
Constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos, firma y sello, mismas que deberán contener: nombre
completo de la persona participante, periodo laborado indicando inicio y fin,
percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas;
•
Carta, oficio o constancia de liberación de servicio social y/o prácticas
profesionales emitidos por la institución educativa que se lo requirió,
indicando la institución donde prestó el servicio social y/o prácticas
profesionales y el periodo, con las cuales se acrediten las áreas generales
de experiencia y hasta un año de experiencia,
•
Cartas, oficio o constancia que acrediten experiencia como becario hasta
por un máximo de 6 meses.
•
Expediente electrónico único emitido por el Sistema Nacional de Afiliación y
Vigencia de Derechos (ISSSTE) con antigüedad no mayor a diez días
hábiles a la fecha de revisión, conteniendo firma digital. La persona
candidata deberá presentar evidencia soporte.
•
Reporte de semanas cotizadas del asegurado del Instituto Mexicano del
Seguro Social, con antigüedad no mayor a diez días hábiles a la fecha
de revisión, con firma digital. La persona candidata deberá presentar
evidencia soporte.
No se aceptarán cartas de recomendación. Asimismo, toda documentación
emitida en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente deberá
acompañarse de la traducción oficial respectiva.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre
el cual desea obtener puntos, señalar los puestos que ocupó y el tiempo de
permanencia en cada uno de ellos; señalar las funciones y actividades
realizadas en los puestos ocupados.
10. Cartas de protesta (proporcionadas por el Instituto Politécnico Nacional).
Las personas participantes firmarán la protesta de decir verdad de:
a)
Cumplir con lo dispuesto por en el artículo 21 de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal.
b)
De no haber sido beneficiado (a) por algún programa de Retiro Voluntario
en la Administración Pública Federal o en alguno de sus órganos
desconcentrados.
c)
Si se encuentra en algún supuesto indicado en el numeral IV del Artículo 71
del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal,
publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2025.
d)
No se encuentran en los supuestos establecidos en el artículo 38 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual
previamente se realizará una revisión en los sitios de consulta oficiales y,
en caso de encontrarse en el supuesto será motivo de descarte.
Estas Cartas serán proporcionadas en la Etapa de Revisión Documental.
11. Comprobante de folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx para el
concurso (pantalla inicial de su página personal de TrabajaEn) y la impresión de
la invitación que recibe vía TrabajaEn.
El Instituto Politécnico Nacional se reserva el derecho de solicitar en cualquier
momento o etapa del proceso, la documentación o referencias adicionales que
acrediten los datos registrados en el sistema www.trabajaen.gob.mx por las
personas aspirantes para fines de la revisión curricular y del cumplimiento de los
requisitos; de no acreditarse su existencia o autenticidad se le descalificará o, en su
caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento
que se haya emitido sin responsabilidad para el Instituto Politécnico Nacional, la cual
a su vez, se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
En ningún caso, el Instituto Politécnico Nacional solicitará prueba de no gravidez,
VIH (SIDA) o cualquier otro tipo de enfermedad o padecimiento.
REGISTRO DE
ASPIRANTES
El registro de las personas aspirantes al concurso se realizará de acuerdo con la
programación señalada en el calendario del concurso, a través del portal
www.trabajaen.gob.mx, el cual asignará un folio a la persona aspirante que cubra los
requisitos del concurso para identificarlo durante el desarrollo del mismo,
asegurando así el anonimato de las personas aspirantes.
426
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Al momento en que la persona registre su participación a un concurso a través de
www.trabajaen.gob.mx, se llevará a cabo en forma automática la revisión curricular,
asignando un folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo descartará del
concurso. La revisión curricular efectuada a través de www.trabajaen.gob.mx se
llevará a cabo, sin perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que las
personas candidatas deberán presentar para acreditar que cumplen con todos y
cada uno de los requisitos establecidos en la convocatoria.
DESARROLLO
DEL CONCURSO
El concurso se conducirá de acuerdo a la programación que se indica, sin embargo,
ésta puede estar sujeta a cambios, debido a causas de fuerza mayor (determinadas
por el Comité Técnico de Selección). La realización de cada etapa del concurso se
comunicará a las personas aspirantes con dos días hábiles de anticipación como
mínimo a la fecha y hora prevista al efecto, por medio del Contador de Mensajes del
sistema www.trabajaen.gob.mx, por lo que se recomienda la consulta permanente
del referido sistema.
CALENDARIO
DEL CONCURSO
ACTIVIDAD
FECHA O PLAZO
Publicación
11 de marzo de 2026
Registro de aspirantes por medio de la herramienta
www.trabajaen.gob.mx
Del 11 al 25 de marzo de
2026
Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada a
través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx
Del 11 al 25 de marzo de
2026
Etapa II: Exámenes de conocimientos, evaluaciones
de habilidades y evaluaciones psicométricas.
30 de marzo al 8 de junio
de 2026
Etapa III: Evaluación de la experiencia y valoración
del mérito, así como revisión documental.
30 de marzo al 8 de junio
de 2026
Etapa IV: Entrevista
30 de marzo al 8 de junio
de 2026
Etapa V: Determinación
30 de marzo al 8 de junio
de 2026
Nota: Las fechas programadas para estas etapas están sujetas a cambios, previo
aviso
a
las
personas
participantes
inscritas
a
través
del
portal
www.trabajaen.gob.mx, por medio de su cuenta personal, dichos cambios pueden
darse en atención de alguna de las siguientes situaciones: avance que presente el
proceso de evaluaciones; el número de aspirantes que se registran; la disponibilidad
de espacios para la aplicación de las evaluaciones; la disponibilidad de equipo de
cómputo y/o problemas técnicos del mismo; bloqueo al acceso de las instalaciones;
suspensión parcial o total del proceso debido a disposición oficial; agenda de
quienes integran el Comité Técnico de Selección y situaciones de emergencia como
fenómeno natural y/o problema de salud, entre otros que afecten el desarrollo del
concurso. Las fechas que aparecen en el portal www.trabajaen.gob.mx respecto a
las etapas II, III, IV y V, corresponden a la fecha terminal de la misma, ya que el
sistema que administra la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno así lo
considera.
TEMARIOS Y
GUIAS
Los temarios referentes al examen de conocimientos se encuentran a disposición de
las personas aspirantes en las páginas electrónicas del Instituto Politécnico Nacional
http://www.ipn.mx y https://www.ipn.mx/dch/ y en el portal www.trabajaen.gob.mx, a
partir de la fecha de publicación de la presente convocatoria en el Diario Oficial de la
Federación.
Las guías para la evaluación de las habilidades serán las consideradas para las
Habilidades Gerenciales/Directivas que se encontrarán disponibles para su consulta
en el portal electrónico www.trabajaen.gob.mx.
PRESENTACION
DE
EVALUACIONES
El Instituto Politécnico Nacional, a través del Contador de Mensajes del sistema
www.trabajaen.gob.mx, comunicará la fecha, lugar (especificando el acceso por el
cual deberán ingresar, en caso de acudir a otra entrada, no se garantiza el ingreso a
las instalaciones, sin responsabilidad para el Instituto) y hora en que las personas
aspirantes deberán presentarse para la aplicación de los exámenes de
conocimientos, las evaluaciones de habilidades y las evaluaciones psicométricas,
evaluación de la experiencia, valoración del mérito, así como la entrevista, a través
del sistema TrabajaEn. La falta de aplicación de cualquiera de las evaluaciones
representará motivo de descarte. En estos comunicados, se especificará la duración
aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de tolerancia para el inicio del
examen y/o evaluaciones. Una vez transcurrido el tiempo de tolerancia, por ningún
motivo se aplicará el examen y/o evaluaciones, lo que implicará el descarte de la
persona candidata.
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DIARIO OFICIAL
427
Nota: Para poder realizar el examen de conocimientos, es necesario presentar
identificación oficial vigente con fotografía (INE, Pasaporte), y en formato impreso los
siguientes documentos: Pantalla de Bienvenida de TrabajaEn donde se encuentran
su nombre, su número de folio de 9 dígitos (registro de TrabajaEn) y su folio de
participación que le fue asignado por el sistema para éste concurso; Registro
Federal de Contribuyentes (RFC) emitido por el SAT; Clave Unica de Registro de
Población (CURP actualizado 2026) emitido por SEGOB, en caso de no presentarlos
o que presenten inconsistencias será causa de descarte inmediato y no se permitirá
realizar la evaluación, ni continuar con el proceso de selección.
Los resultados aprobatorios de los exámenes y de las evaluaciones aplicadas en los
procesos de selección tendrán vigencia de un año. La vigencia de los resultados del
examen de conocimientos generales de la Administración Pública Federal y la
evaluación de habilidades es de un año, contado a partir de su acreditación, toda vez
que se trata de la misma evaluación en todos los concursos del Servicio Profesional
de Carrera en el Instituto Politécnico Nacional, tiempo en el cual la persona
aspirante podrá:
a) Participar en otros concursos sin tener que sujetarse a la evaluación de
habilidades, y
b) Hacer valer dichos resultados en esos concursos con las capacidades
(habilidades) requeridas en el perfil del puesto (es decir, sean idénticas a las ya
acreditadas).
La aplicación del resultado aprobatorio (examen de conocimientos y evaluación de
habilidades) obtenido en el concurso anterior el sistema lo registra automáticamente
(en el caso del examen de conocimientos sólo si se aplica el mismo temario), en
caso contrario deberá solicitarse en forma escrita (oficio, fax o correo electrónico)
al Comité Técnico de Selección, antes del inicio de la aplicación del examen y/o de
la evaluación de habilidades.
REVISION DE
EXAMENES
En los casos en que el Comité Técnico de Selección correspondiente determine la
revisión de exámenes, ésta sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación
de las herramientas de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que
implique la entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. Esta revisión
aplicará dentro de las 48 horas posteriores a la publicación de los resultados de los
exámenes y/o evaluaciones. En ningún caso procederá la revisión respecto del
contenido o los criterios de evaluación.
REGLAS DE
VALORACION
1.- Número de exámenes de conocimientos: La subetapa de Exámenes de
Conocimientos constará de dos evaluaciones, la primera correspondiente al examen
de conocimientos técnicos (CT) del puesto y la segunda al examen de conocimientos
generales de la Administración Pública Federal (CG).
2.- Número de evaluaciones de habilidades: 1.
3.- Calificación mínima aprobatoria del examen de conocimientos técnicos: 70
puntos; calificación mínima aprobatoria del examen de conocimientos generales de
la APF: 60 puntos.
4.- Descarte en las evaluaciones de habilidades: Para la subetapa de evaluación de
habilidades se valorarán las capacidades y conocimientos que ostenta la persona
participante para dirigir y gestionar el logro de objetivos y llevar a cabo determinadas
actividades, será cuantificable de acuerdo a la cantidad de reactivos que contempla
herramienta empleada, por lo que el resultado servirá sólo como referencia para el
CTS y no será motivo de descarte, siempre y cuando la persona participante acuda
al lugar de aplicación en la fecha y horario indicado en el mensaje de invitación y
realice la totalidad de la evaluación, en caso contrario, se procederá con su descarte
sin perjuicio para el Instituto.
5.- Número mínimo de candidatos(as) a entrevistar: 3 participantes, si el universo lo
permite; en caso de que no se cuente con al menos un (a) finalista entre la primera
terna, el Comité Técnico de Selección procederá a integrar otro grupo igual de
participantes, realizando esta acción sucesivamente hasta que el universo lo permita
o se declare ganador(a).
6.- Número de candidatos(as) que se continuarán entrevistando, en caso de no
contar con al menos un(a) finalista de los primeros 3 entrevistados: 3 participantes, si
el universo lo permite, en caso de que no se cuente con al menos un(a) finalista
entre la primera terna, el Comité Técnico de Selección procederá a integrar otro
grupo igual de participantes, realizando esta acción sucesivamente hasta que el
universo lo permita o se declare ganador(a).
428
DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
7.- Puntaje mínimo de calificación (para pasar a la etapa de determinación): 70
8.- Criterio a aplicar en la entrevista: a) Predicción de comportamientos a partir de
evidencias en experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia obtenida
(ejemplos concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida (cantidad de ejemplos),
y d) Relevancia de la evidencia obtenida con los requisitos del puesto.
9.- El(la) ganador(a) del concurso: el(la) finalista (pasa a la etapa de determinación)
que obtenga la calificación más alta en el proceso de selección, es decir, al de mayor
Calificación (puntaje) Definitiva.
SISTEMA DE
PUNTUACION
GENERAL
El proceso de selección considera cinco etapas: I) Revisión curricular; II) Exámenes
de conocimientos (conocimientos técnicos -CT- y generales de la Administración
Pública Federal -CG-) y Subetapa de evaluación de habilidades, así como la
Subetapa de evaluaciones psicométricas; III) Evaluación de la experiencia
y valoración del mérito de las personas participantes, IV) Entrevista, y
V) Determinación.
La etapa I del proceso de selección (revisión curricular) tiene como propósito
determinar si la persona participante continua en el concurso, por lo que su
acreditación no otorgará puntaje alguno.
Por cada concurso se asignarán 100 puntos sin decimales, que serán distribuidos
únicamente entre las etapas II (Exámenes de conocimientos y evaluaciones de
habilidades), III (Evaluación de la experiencia y valoración del mérito) y
IV (Entrevistas) del proceso de selección, quedando de la siguiente manera:
ETAPA
SUBETAPA
PUNTAJE
MAXIMO
II Exámenes de Conocimientos CT,
CG,
Evaluaciones de Habilidades y
Evaluaciones Psicométricas
Exámenes de conocimientos
CT/CG
30
Evaluaciones de habilidades
15
Evaluaciones psicométricas
N/A
III Evaluaciones de la experiencia
y valoración del mérito
Evaluación de la experiencia
15
Valoración del mérito
15
IV Entrevistas
Entrevistas
25
Total:
100
Para efectos de continuar en el concurso, las personas aspirantes deberán aprobar
las evaluaciones precedentes. Será motivo de descarte si la persona participante no
aprueba cualquiera de los dos exámenes de conocimiento.
El examen de conocimientos técnicos (CT) constará de al menos 50 reactivos, cuyas
respuestas serán de opción múltiple. La calificación mínima aprobatoria es de 70
sobre 100 y ésta se obtendrá considerando la cantidad de aciertos sobre el total de
reactivos aplicados, si no se obtiene la calificación mínima aprobatoria será motivo
de descarte.
Las personas candidatas que acrediten el examen CT realizarán la segunda
evaluación, el Examen de conocimientos generales de la Administración Pública
Federal (CG) que constará de los reactivos que establezca la Secretaría
Anticorrupción y Buen Gobierno; en lo que respecta a los exámenes de
conocimientos generales de la Administración Pública Federal, la calificación mínima
aprobatoria para todos los rangos será de 60 puntos en una escala de 0 a 100
puntos, sin decimales. El temario se puede consultar en la página:
https://upsp.buengobierno.gob.mx/temario-examen-conocimientos-generales-apf/
Para presentar esta evaluación será indispensable que las personas participantes
cuenten con la contraseña de acceso a su cuenta de correo de TrabajaEn, ya que
sólo con ésta podrán ingresar al examen, de lo contrario no presentarán esta
evaluación, y será motivo de descarte.
El valor ponderado de los exámenes de conocimientos generales de la
Administración Pública Federal y conocimientos técnicos será de 50% cada uno,
para obtener un total de 100%, debiendo obtener entre los dos exámenes un
promedio mínimo de 70 puntos.
Las evaluaciones de habilidades que se aplicarán serán las siguientes:
•
Jefe (a) de Departamento: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
•
Jefe (a) de División: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo.
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DIARIO OFICIAL
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La etapa de evaluaciones psicométricas permitirá conocer las características de la
persona participante, tales como: Inteligencia, confiabilidad, valores y personalidad,
entre muchas otras. Los instrumentos de medición psicométrica son herramientas
estandarizadas y de carácter objetivo que ayudan a pronosticar conductas de la
persona participante ante determinadas situaciones y actividades propias del cargo,
será empleada para la entrevista y su resultado será sólo referencial para el CTS,
por lo que no cuentan con puntaje, mismas que deberán ser concluidas en su
totalidad en el lugar de aplicación, en la fecha y horario señalado en el mensaje de
invitación, en caso contrario, se procederá con su descarte sin perjuicio para el
instituto así como también a la persona aspirante que no realice la prueba
programada, aun cuando acuda y registre su asistencia.
Evaluación de la experiencia y valoración del mérito de las personas participantes.
En esta etapa se evaluarán los conocimientos y habilidades generados a través del
tiempo, considerando entre otros elementos, el orden y duración en los puestos
desempeñados, experiencia en el sector público, privado o sector social; así mismo
en la evaluación del Mérito, se valorarán las capacidades de las personas
participantes a ingresar al sistema; de las personas Servidoras Públicas de Carrera
Titulares con base en los conocimientos, habilidades, experiencia y logros
alcanzados.
Está etapa se realizará conforme a la “Metodología de aplicación de los exámenes
de conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración del mérito para el
ingreso al Servicio Profesional de Carrera” emitida por la Secretaría Anticorrupción y
Buen Gobierno y difundida en el portal de www.trabajaen.gob.mx.
Cumplimiento del perfil del puesto. - Las personas que participen en los concursos
de ingreso, deberán exhibir la documentación original con la que acrediten el
cumplimiento de los requisitos señalados en el perfil (escolaridad y años de
experiencia) descrito en la Convocatoria publicada en el Diario Oficial de la
Federación, tomando como base la información que la persona participante indicó en
su currículum registrado en el portal de www.trabajaen.gob.mx, con el que se
inscriba al concurso, se verificará la escolaridad conforme al Catálogo de Carreras
difundido en el portal de www.trabajaen.gob.mx. El incumplimiento del perfil será
motivo de descarte.
En la evaluación de la experiencia; las personas que participen en los concursos de
ingreso, deberán exhibir la documentación original con la que comprueben la
información de estos rubros, que incorporaron en su currículum del portal
www.trabajaen.gob.mx con el que pasaron la etapa I, y se calificarán los siguientes
elementos:
1.- Orden en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con el nivel
jerárquico en la trayectoria laboral de la persona candidata. De manera específica,
debe compararse el nivel jerárquico entre el cargo o puesto actual (en su caso, el
último) y el cargo o puesto inmediato anterior. Las personas que cuenten únicamente
con una sola experiencia, cargo o puesto no serán evaluadas en este elemento, al
no existir un parámetro objetivo para realizar la comparación.
2.- Duración en los puestos desempeñados. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia en los puestos o cargos ocupados por la persona candidata.
De manera específica, a través del número de años promedio por cargo o puesto
que posea, el cual se obtendrá de dividir el número de años de experiencia
comprobados entre el número de cargos o puestos comprobados.
3.- Experiencia en el Sector Público. - Se calificará de acuerdo con la permanencia
de la persona candidata en los puestos o cargos ocupados en dicho sector
económico. De manera específica, a través del tiempo acumulado por cada persona
candidata en el sector público.
4.- Experiencia en el Sector Privado. - Se calificará de acuerdo con la
permanencia de la persona candidata en los puestos o cargos ocupados en el sector
económico. De manera específica, a través del tiempo acumulado por cada persona
candidata en el sector privado.
5.- Experiencia en el Sector Social. - Se calificará de acuerdo con la existencia o
no de experiencia en dicho sector, por parte de la persona candidata.
6.- Nivel de Responsabilidad. - Se calificará de acuerdo con la opción de respuesta
seleccionada por la persona candidata, de entre las cinco posibles opciones
indicadas en las Reglas de Valoración y Sistema de Puntuación General Aplicables
en el Proceso de Selección aprobadas por el Comité Técnico de Profesionalización
(CTP) del IPN y establecidas en la Metodología de aplicación de los exámenes de
conocimientos, evaluación de la experiencia y la valoración del mérito para el ingreso
al Servicio Profesional de Carrera y el formato de evaluación, respecto a su
trayectoria profesional. Las opciones son las siguientes:
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
a.
He desempeñado puestos en los que he desarrollado una serie de actividades
sencillas y similares entre sí.
b)
He desempeñado puestos que requerían coordinar una serie de funciones y
actividades similares y relacionadas entre sí.
c)
He desempeñado puestos que requerían coordinar una serie de funciones de
naturaleza diferente.
d)
He desempeñado puestos que requerían dirigir un área con funciones
de naturaleza diferente.
e)
He desempeñado puestos que requerían dirigir diversas áreas, que contribuían
al desarrollo de los planes estratégicos de una o varias unidades administrativas
o de negocio.
7.- Nivel de Remuneración. - Se calificará de acuerdo con la remuneración bruta
mensual, en la trayectoria laboral de la persona candidata. De manera específica,
comparando la remuneración bruta mensual de su puesto actual (en su caso, el
último) y la del puesto vacante en concurso.
8.- Relevancia de funciones o de las actividades desempeñadas, en relación
con las del puesto vacante. - Se calificará de acuerdo con la coincidencia entre la
rama de cargo o puesto indicado en el currículum vítae de la persona candidata,
registrado por en el portal www.trabajaen.gob.mx, contra la rama de cargo o puesto
de la vacante en concurso.
9.- En su caso, experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante. -
Se calificará de acuerdo con la permanencia de la persona candidata en el puesto o
puestos inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica, a través del
número de años acumulados por la persona candidata en dichos puestos.
Otros elementos que la Unidad de Políticas para el Servicio Público (UPSP) de la
Administración Pública Federal o el CTP establezcan, previa aprobación de la UPSP;
conforme a las particulares de la dependencia, los cuales podrán representar hasta
el 25% del resultado de esta subetapa.
Para obtener el puntaje de la evaluación de la experiencia, la persona candidata
deberá presentar la información manifestada en su currículum registrado en el portal
www.trabajaen.gob.mx con el que se inscribió, por lo que deberá comprobar cada
periodo laborado, desde su inicio hasta su fin, para lo cual se aceptarán una o varias
constancias de las que se citan a continuación:
-
Recibos de pago originales, o en su caso, con firma digital.
-
Hojas únicas de servicios selladas y firmadas, o en su caso, con firma digital.
-
Constancias de servicios selladas y firmadas.
-
Constancias de nombramientos firmadas.
-
Cartas finiquito firmadas.
-
Constancias de baja selladas y firmadas.
-
Contratos de servicios profesionales por honorarios (en este caso la persona
candidata deberá presentar los recibos que soporten el periodo laborado desde
su inicio hasta su fin).
-
Altas o bajas al IMSS o del ISSSTE selladas y firmadas.
-
Declaraciones del impuesto sobre la renta, Constancias de sueldos, salarios,
conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo, o Constancia
de retenciones emitidas por el SAT, donde se indique el periodo laborado,
firmadas y selladas, en caso de ser electrónico deberá de contener cadena
original y sello digital.
-
Constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos, firma y sello, mismas que deberán contener: nombre
completo de la persona participante, periodo laborado indicando inicio y fin,
percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas;
-
Carta, oficio o constancia de liberación de servicio social y/o prácticas
profesionales emitidos por la institución educativa que se lo requirió, indicando
la institución donde prestó el servicio social y/o prácticas profesionales y el
periodo, con las cuales se acrediten las áreas generales de experiencia y hasta
un año de experiencia,
-
Cartas, oficio o constancia que acrediten experiencia como Becario hasta por un
máximo de 6 meses.
-
Expediente electrónico único emitido por el Sistema Nacional de Afiliación
y Vigencia de Derechos (ISSSTE) con antigüedad no mayor a diez días hábiles
a la fecha de revisión, conteniendo firma digital. La persona candidata deberá
presentar evidencia soporte.
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DIARIO OFICIAL
431
-
Reporte de semanas cotizadas del asegurado del Instituto Mexicano del Seguro
Social, con antigüedad no mayor a diez días hábiles a la fecha de revisión, con
firma digital. La persona candidata deberá presentar evidencia soporte.
No se aceptarán cartas de recomendación. Asimismo, toda documentación emitida
en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente deberá
acompañarse de la traducción oficial respectiva.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre
el cual desea obtener puntos, ejemplo: elemento 2, señalar los puestos que ocupó y
el tiempo de permanencia en cada uno de ellos; elemento 6, señalar las funciones
y actividades realizadas en los puestos ocupados.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará lo
siguiente:
•
Las personas candidatas serán calificadas en el orden en los puestos
desempeñados (elemento 1), salvo cuando cuenten con una sola experiencia,
cargo o puesto previos.
•
A todas las personas candidatas se les calificarán los elementos 2 al 8.
•
Las personas candidatas participantes que ocupen o hayan ocupado uno o más
de los cargos o puestos inmediatos inferiores al de la vacante serán calificadas
con la consideración establecida en el elemento 9.
En la valoración del mérito las personas que participen en los concursos de
ingreso, deberán exhibir la documentación original con la que comprueben la
información de estos rubros y se calificarán los siguientes elementos:
1.- Resultados de las evaluaciones del desempeño. Se calificarán de acuerdo con
las calificaciones, de las personas servidoras públicas de carrera titulares, obtenidas
en las evaluaciones de desempeño anual. De manera específica, a través de los
puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del desempeño anual.
2.- Resultados de las acciones de capacitación. Se califican con base en las
acciones señaladas a continuación. De manera específica, a través del promedio de
las calificaciones obtenidas por la persona servidora pública de carrera titular en el
ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el ejercicio fiscal inmediato
anterior no se hubieran autorizado acciones de capacitación para la persona
servidora pública de carrera titular, éste no será calificado en este elemento.
3.- Resultados de procesos de certificación. Se calificarán de acuerdo con las
capacidades profesionales certificadas. De manera específica, a través del número
de capacidades profesionales certificadas vigentes, obtenidas por las personas
servidoras públicas de carrera titulares en puestos sujetos al Servicio Profesional de
Carrera.
4.- Logros. Se refieren al alcance de un objetivo relevante de la persona candidata
en su labor o campo de trabajo; a través de aportaciones que mejoraron, facilitaron,
optimizaron o fortalecieron las funciones de su área de trabajo; o bien, mediante el
logro de metas estratégicas que aportaron un beneficio a la ciudadanía, sin generar
presiones presupuestales adicionales, ni perjudicar o afectar negativamente los
objetivos de otra área, unidad responsable o de negocios.
De manera específica, se calificarán a través del número de logros obtenidos por la
persona candidata. En virtud de lo anterior, se considerarán como logros, los
siguientes:
a)
Certificación en capacidades profesionales distintas a las consideradas para el
SPC;
b)
Publicación especializada (gacetas, revistas, prensa o libros) relacionadas con
su campo de experiencia;
c)
Otros que al efecto establezca la UPSP.
d)
En ningún caso deberán considerarse logros de tipo político o religioso.
5.- Distinciones. Se refiere al honor o al trato especial concedido a una persona por
su labor, profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán a
través del número de distinciones obtenidas por la persona candidata.
En virtud de lo anterior, se considerará como una distinción, las siguientes:
a)
Fungir
como
presidente(a),
vicepresidente(a)
o
integrante
fundador(a)
de asociaciones u organizaciones no gubernamentales (científicas, de
investigación, gremiales, estudiantiles o de profesionistas).
b)
Recibir un título honorífico o un grado académico honoris causa, otorgado por
universidades o instituciones de educación superior.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
c)
Por graduarse con mención honorífica o con alguna distinción;
d)
otras que, al efecto, establezca la UPSP.
e)
En ningún caso deberán considerarse distinciones de tipo político o religioso.
6.- Reconocimientos y premios. Se refieren a la recompensa o al galardón
otorgado a la persona candidata por agradecimiento o por reconocimiento al
esfuerzo realizado, debido a la consecución de algún mérito o servicio en su labor,
profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán a través del
número de reconocimientos o premios obtenidos por la persona candidata.
En virtud de lo anterior, se considerará como un reconocimiento o premio, los
siguientes:
a)
Premio otorgado a nombre de la persona candidata;
b)
Reconocimiento por colaboración, ponencias o trabajos de investigación a
nombre de la persona candidata; en congresos, coloquios o equivalentes;
c)
Reconocimiento o premio por antigüedad en el servicio público;
d)
Primer, segundo o tercer lugar, que haya sido obtenido en competencias o
certámenes públicos y abiertos distintos a los concursos del SPC;
e)
Otros que al efecto establezca la UPSP.
f)
En ningún caso deberán considerarse reconocimientos o premios de tipo
político, religioso. o que sean resultado de la suerte, a través de una selección
aleatoria, sorteo o equivalente.
7.- Actividad destacada en lo individual. Se refiere a la obtención de los mejores
resultados, que sobresalen en una profesión o actividad individual, ajena al campo
de trabajo del resto de quienes participan en la misma. De manera específica, se
calificará a través del número de actividades destacadas en lo individual,
comprobadas por la persona candidata.
En virtud de lo anterior, se considerarán como una actividad destacada en lo
individual, las siguientes:
a)
Título o grado académico obtenido en el extranjero con reconocimiento de
validez oficial por la Secretaría de Educación Pública (SEP);
b)
Patente a nombre de la persona candidata;
c)
Servicio o misión realizada en el extranjero;
d)
Derechos de autor por obras publicadas a nombre de la persona candidata;
e)
Servicio de voluntariado, altruismo o filantropía (no incluyen el otorgamiento de
donativos);
f)
Otros que al efecto establezca la UPSP.
g)
En ningún caso deberán considerarse actividades destacadas de tipo político o
religioso.
8.- Otros estudios. Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los
requeridos en el perfil del puesto vacante en concurso. De manera específica, a
través del estudio o del grado máximo de estudios, concluido y con reconocimiento
de validez oficial que sea adicional al nivel de estudio y al grado de avance requerido
en el perfil del puesto vacante en concurso.
9.- Habla de lengua indígena. Las lenguas indígenas nacionales son aquellas que
proceden de los pueblos existentes en el territorio nacional antes del establecimiento
del Estado Mexicano, además de aquellas provenientes de otros pueblos
Indoamericanos, igualmente preexistentes, que se han arraigado en el territorio
nacional, con posterioridad y que se reconocen por poseer un conjunto ordenado y
sistemático de formas orales funcionales y simbólicas de comunicación.
Desde el enfoque comunicativo, el conocimiento de una lengua, -en este caso, una
de las 68 lenguas indígenas-, se refiere a la capacidad de usarla apropiadamente en
determinadas situaciones sociales. A su vez, esta capacidad se puede evaluar
en cuatro habilidades básicas del lenguaje: hablar, escuchar o comprender, leer y
escribir en distintos contextos.
Las competencias traductoras son los conocimientos, habilidades y actitudes que se
movilizan para poner en operación procesos de “trasvase” de información de una
lengua a otra; ya sea de manera oral o escrita, pero con una pertinencia cultural y
lingüística.
De manera específica, se calificarán a través del número de comprobantes
obtenidos por la persona candidata. En virtud de lo anterior, se considerará como
un comprobante, cada uno de los siguientes, tomando como referencia los niveles
1 y 2:
Miércoles 11 de marzo de 2026
DIARIO OFICIAL
433
Nivel 1
1.
Carta u oficio expedido por la autoridad comunitaria de su lugar de origen, que
señala que es hablante de una lengua indígena nacional.
2.
Acreditación de competencias comunicativas generales, expedida por el Instituto
Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia acreditada
por esta misma Institución (con resultado regular o bueno).
3.
Acreditación o documento equivalente a cursos no menores a 220 horas que
avalen, al menos un nivel básico en alguna de las lenguas indígenas o sus
variantes.
4.
Materiales elaborados en lenguas indígenas (material didáctico, infografías,
folletos,
manuales,
carteles,
mapas,
videos,
audios,
entre
otros)
En la presentación de estos materiales, se deberá acreditar fehacientemente su
autoría.
5.
Acreditación o documento equivalente que demuestre que la persona
participante es o ha sido parte de procesos de formación como intérprete,
mediador bilingüe o traductor de lenguas indígenas.
6.
Certificado de competencia laboral (con estándares relacionados con la
interpretación o a la atención en lengua indígena; o bien mediante una
traducción)
7.
Otros que al efecto establezca la UPSP.
Nivel 2
1.
Acreditación de competencias comunicativas generales expedida por el Instituto
Nacional de Lenguas Indígenas (INALI) o por alguna otra instancia acreditada
por esta misma Institución (con resultado excelente)
2.
Publicaciones en gacetas, revistas, prensa o libros en alguna lengua indígena o
sus variantes, independientemente del campo de estudio del que se trate.
En la presentación de estas publicaciones, se deberá acreditar fehacientemente
su autoría.
3.
Evidencias de trabajo que avalen su experiencia como intérprete, mediador(a)
bilingüe y/o traductor(a) de lenguas indígenas (oficios de notificación, textos
traducidos, reconocimientos de participación, etcétera.) En la presentación de
estas evidencias se deberá acreditar fehacientemente su autoría.
4.
Otros que al efecto establezca la UPSP.
10.- Autoadscripción a un pueblo o comunidad indígena, afrodescendiente o
afromexicana. La denominación del presente elemento deriva de la forma en que se
propone su valoración, toda vez que la autoadscripción a un pueblo o una
comunidad indígena o afrodescendiente/ afromexicana es el acto voluntario
mediante el cual personas o comunidades, que tienen un vínculo cultural, histórico,
político, lingüístico o de otro tipo y, que deciden identificarse como integrantes de un
pueblo o comunidad indígena reconocido por el Estado. La autoadscripción es una
manifestación de identidad y pertenencia cultural.
El mérito que se valora, conforme a este elemento, se relaciona directamente con el
cumplimiento de los requisitos de escolaridad y de experiencia de los perfiles de
puesto en concurso; los cuales representan el esfuerzo de la población objetivo ante
aquellas barreras del sector —económicas, políticas, culturales y sociales―, que
pueden presentarse en el desarrollo profesional de la persona candidata que se
autoadscribe. En virtud de lo anterior, se considerará como comprobante, la
manifestación por escrito de declaración de autoadscripción, indicando el nombre del
pueblo o comunidad indígena o afromexicana a la que se autoadscriba, la persona
candidata.
11.- Perspectiva de juventudes. Desde la perspectiva de juventudes, se considera
como elemento de mérito que la persona aspirante, que inicia su carrera profesional,
cumpla los requisitos de escolaridad y de experiencia establecidos previamente en la
descripción y en el perfil del puesto en concurso. En virtud de lo anterior, se
calificará, si la persona candidata comprueba que al momento de la publicación del
concurso su edad no sobrepasa los 30 años.
12.- Personas con discapacidad. Aplicable para aquellas personas que, a pesar de
presentar una discapacidad en términos de la Ley General para la Inclusión de las
Personas con Discapacidad (LGIPD), cumplan con los requisitos de escolaridad y
experiencia, establecidos previamente en la descripción y perfil del puesto en
concurso. En virtud de lo anterior, se considerará como comprobante escrito de
declaración, en el que la persona participante describa su discapacidad conforme a
la LGIPD.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Otros elementos que se establezcan en la UPSP o en el CTP, previa aprobación de
la UPRSP, conforme a las particulares de la dependencia, los cuales podrán
representar hasta el 25% del resultado de esta subetapa.
La documentación deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre el
cual desea obtener puntos, ejemplo: elemento 1, calificación obtenida en la
evaluación del desempeño y firma del evaluador.
Para otorgar una calificación, respecto de los elementos anteriores, se considerará lo
siguiente:
•
Todas las personas candidatas que sean personas servidoras públicas de
carrera titulares, sin excepción, serán calificadas en los elementos 1 al 3.
•
Todas las personas candidatas, sin excepción, serán calificadas en los
elementos 4 al 12.
Los resultados obtenidos en las subetapas de la Etapa III serán considerados en el
sistema de puntuación general, sin implicar el descarte de las personas candidatas.
Firma de cartas de protesta. Las personas participantes firmarán la protesta de
decir verdad de:
1.
Cumplir con lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal.
2.
De no haber sido beneficiado (a) por algún programa de Retiro Voluntario en la
Administración Pública Federal o en alguno de sus órganos desconcentrados.
3.
Ser Servidor(a) Público(a) de Carrera Titular.
4.
Si se encuentra en algún supuesto indicado en la fracción IV del artículo 71 del
Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales en materia de
recursos humanos de la Administración Pública Federal.
5.
No se encuentran en los supuestos establecidos en el artículo 38 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual
previamente se realizará una revisión en los sitios de consulta oficiales y, en
caso de encontrarse en el supuesto será motivo de descarte.
Se considerarán finalistas (pasan a la etapa de determinación) a quienes acrediten el
Puntaje Mínimo de Calificación que es 70 puntos.
Si hay empate, el Comité Técnico de Selección resolverá el resultado del concurso
de acuerdo a lo señalado en el artículo 281 del Acuerdo por el que se establecen las
disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de
2025 así como sus subsecuentes actualizaciones.
Las personas aspirantes que pasen a la etapa de determinación como aptos para
cubrir el puesto y no resulten ganadoras en el concurso, serán consideradas
finalistas en la reserva de aspirantes de la rama de cargo o puesto de que se trate
en el Instituto Politécnico Nacional durante un año contado a partir de la publicación
de los resultados finales del concurso de que se trate. Por este hecho, quedan en
posibilidad de ser convocadas, en ese periodo y de acuerdo a la clasificación de
puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de Profesionalización
del Instituto Politécnico Nacional, a nuevos concursos destinados a tal rama de
cargo o puesto, según aplique.
Cuando la persona ganadora del concurso tenga el carácter de servidor (a) público
(a) de carrera titular, para poder ser nombrado en el puesto sujeto a concurso,
deberá presentar la documentación necesaria que acredite haberse separado, toda
vez que no puede permanecer activo (a) en ambos puestos, así como de haber
cumplido la obligación que le señala fracción VI del artículo 11 de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. (Guardar reserva de la
información, documentación y en general, de los asuntos que conozca, en términos
de la ley de la materia).
De no acreditar la existencia o autenticidad de cualquier de los datos registrados por
las personas participantes en TrabajaEn o de la documentación mencionada ya sea
durante la revisión documental, o en cualquier etapa del proceso; o de NO exhibirse
para su cotejo en la fecha, hora y, en su caso, en el lugar que sean requeridos, o
bien, encontrarse en los supuestos que señala fracción VII del artículo 38 de la
Constitución Política de la Estados Unidos Mexicanos, será motivo de descarte del
concurso o en su caso, se dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o
el nombramiento que se haya emitido sin responsabilidad para el Instituto Politécnico
Nacional, el cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales procedentes.
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DIARIO OFICIAL
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REVISION
DOCUMENTAL
Para poder acreditar la revisión documental, es indispensable presentar la totalidad
de la siguiente documentación en original y de forma electrónica, digitalizada
legiblemente y almacenada en dispositivo USB o disco duro portátil, en una
sola carpeta en específico indicando su número de folio asignado y el número
de concurso, en caso contrario se le descartará del concurso:
•
Currículum Vítae registrado en TrabajaEn. firmado en todas las hojas con tinta
azul, sin engargolar. Entregar 1 tanto.
•
Currículum Vítae máximo tres cuartillas, actualizado, con fotografía y números
telefónicos de los empleos registrados incluyendo el actual, en los que se
detallen claramente, funciones específicas, puesto ocupado y periodo en el cual
laboró: para acreditar los años de experiencia solicitados para el puesto y que
se manifestaron en su momento en el currículo registrado en TrabajaEn, firmado
en todas las hojas con tinta azul, sin engargolar. Entregar 4 tantos.
•
Para obtener el puntaje de la evaluación de la experiencia, la persona candidata
deberá presentar la información manifestada en su currículum de TrabajaEn con
el que se inscribió, por lo que deberá comprobar cada periodo laborado, desde
su inicio hasta su fin, para lo cual se aceptarán una o varias constancias de las
que se citan a continuación:
-
Recibos de pago originales, o en su caso, con firma digital.
-
Hojas únicas de servicios selladas y firmadas, o en su caso, con firma
digital.
-
Constancias de servicios selladas y firmadas.
-
Constancias de nombramientos firmadas.
-
Cartas finiquito firmadas.
-
Constancias de baja selladas y firmadas.
-
Contratos de servicios profesionales por honorarios (en este caso la
persona candidata deberá presentar los recibos que soporten el periodo
laborado desde su inicio hasta su fin),
-
Altas o bajas al IMSS o del ISSSTE selladas y firmadas.
-
Declaraciones del impuesto sobre la renta, Constancias de sueldos,
salarios, conceptos asimilados, crédito al salario y subsidio para el empleo,
o Constancia de retenciones emitidas por el SAT, donde se indique el
periodo laborado, firmadas y selladas, en caso de ser electrónico deberá de
contener cadena original y sello digital.
-
Constancias de empleo expedidas en hojas membretadas con dirección,
números telefónicos, firma y sello, mismas que deberán contener: nombre
completo de la persona participante, periodo laborado indicando inicio y fin,
percepción, puesto(s) y funciones desempeñadas;
-
Carta, oficio o constancia de liberación de servicio social y/o prácticas
profesionales emitidos por la institución educativa que se lo requirió,
indicando la institución donde prestó el servicio social y/o prácticas
profesionales y el periodo, con las cuales se acrediten las áreas generales
de experiencia y hasta un año de experiencia,
-
Cartas, oficio o constancia que acrediten experiencia como Becario hasta
por un máximo de 6 meses.
-
Expediente electrónico único emitido por el Sistema Nacional de Afiliación y
Vigencia de Derechos (ISSSTE) con antigüedad no mayor a diez días
hábiles a la fecha de revisión, conteniendo firma digital. La persona
candidata deberá presentar evidencia soporte.
-
Reporte de semanas cotizadas del asegurado del Instituto Mexicano del
Seguro Social, con antigüedad no mayor a diez días hábiles a la fecha
de revisión, con firma digital. La persona candidata deberá presentar
evidencia soporte.
No se aceptarán cartas de recomendación. Asimismo, toda documentación emitida
en el extranjero en idioma diferente al español, invariablemente deberá
acompañarse de la traducción oficial respectiva.
1.
Impresión del folio asignado por el portal www.trabajaen.gob.mx (carátula inicial
de la página personal) para el concurso e impresión de la invitación que recibe
por TrabajaEn. Entregar 1 copia.
2.
Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según corresponda.
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DIARIO OFICIAL
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3.
Documento que acredite el nivel de estudios requerido por el perfil del puesto
para el que concursa. En caso de que el perfil del puesto requiera nivel
licenciatura o posgrado titulado, se deberá presentar el Título o la Cédula
Profesional correspondiente. En el caso de contar con estudios en el extranjero,
se deberá presentar invariablemente la constancia de validez o reconocimiento
oficial expedido por la Secretaría de Educación Pública. Los y las aspirantes
podrán cubrir escolaridades de nivel Licenciatura con el Título o Cédula
Profesional de Especialidad, Maestría y/o Doctorado en las áreas de estudio y
carreras que establece el perfil del puesto en concurso, de acuerdo a la
normatividad aplicable.
4.
Identificación oficial vigente con fotografía y firma (credencial para votar
expedida por Instituto Nacional Electoral con fotografía o pasaporte).
5.
Registro Federal de Contribuyentes (RFC) (alta en el SAT). En caso de que el
RFC, incluyendo homoclave, registrado en la página personal de TrabajaEn no
coincida con el que aparece en el documento de alta del SAT o en la Constancia
de Situación Fiscal que se presente, podrá ser motivo de descarte del aspirante
en el concurso correspondiente.
6.
Clave Unica de Registro de Población (CURP) con antigüedad no mayor a diez
días hábiles a la fecha de revisión.
7.
Cartilla Militar liberada. Requisito exclusivo y obligatorio para hombres con edad
igual o menor de 40 años, de acuerdo con el artículo 4º. de la Ley del Servicio
Militar vigente, en donde se establece que sus obligaciones militares terminan el
31 de diciembre del año en que cumplan los 40 años de edad.
8.
Carta bajo protesta de decir verdad. Las personas participantes firmarán la
protesta de decir verdad de: Cumplir con lo dispuesto por en el artículo 21
de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública
Federal; de no haber sido beneficiado (a) por algún programa de Retiro
Voluntario en la Administración Pública Federal o en alguno de sus órganos
desconcentrados; si se encuentra en algún supuesto indicado en el inciso IV del
Artículo 71 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones generales en
materia de recursos humanos de la Administración Pública Federal.; y no se
encuentran en los supuestos establecidos en el artículo 38 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual previamente se realizará
una revisión en los sitios de consulta oficiales y, en caso de encontrarse en el
supuesto será motivo de descarte.
•
La persona candidata que no acredite esta etapa, será descartada del concurso.
La revisión documental se realizará en la dirección, día y hora que se señale en el
mensaje enviado a la persona aspirante a través de TrabajaEn. No se aceptarán
documentos en otro día o momento distinto al indicado en el mensaje que se
les envía a su cuenta de www.trabajaen.gob.mx; si no se cuenta con la
documentación requerida en la hora y día señalados para las etapas de
examen
de
conocimientos
y
revisión
documental,
será
descartado
inmediatamente del concurso, la información digitalizada deberá estar
integrada en una sola carpeta, una vez descargada y regresado el dispositivo
no se podrá volver a insertar y buscar la información que falte, no obstante
que haya acreditado las etapas previas.
PUBLICACION DE
RESULTADOS
Los resultados de cada una de las etapas del concurso serán publicados en el portal
de www.trabajaen.gob.mx, identificándose a la persona con su número de folio
asignado por dicho sistema. La consulta se puede hacer por medio del portal:
http://www.trabajaen.gob.mx
CANCELACION
DE CONCURSOS
El Comité Técnico de Selección (CTS) podrá cancelar el concurso en los supuestos
siguientes: I) Cuando medie orden de autoridad competente o exista disposición
legal expresa que restrinja la ocupación del puesto de que se trate; II) El puesto de
que se trate, se apruebe como de libre designación, o bien, se considere para dar
cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado estado, en su caso, para
restituir en sus derechos a alguna persona, y; III) El CTP determine que se modifica
o suprime del Catálogo el puesto en cuestión.
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DIARIO OFICIAL
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DECLARACION
DE CONCURSO
DESIERTO
De conformidad con el artículo 40 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, el Comité Técnico de Selección
podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un concurso por
las siguientes causas:
I. Porque ningún candidato(a) se presente al concurso;
II. Porque ninguno de los(las) candidatos(as) obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado finalista;
III. Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o
bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de
Selección.
En caso de declararse desierto el concurso, se procederá a emitir una nueva
convocatoria.
REACTIVACION
DE FOLIOS
PROCEDIMIENTO
1. La persona aspirante deberá presentar su escrito de petición de reactivación
de folio dirigido a quien funja como Secretario(a) Técnico (a) del Comité Técnico de
Selección, con domicilio Av. Miguel Othón de Mendizábal s/n, esq. Miguel Bernard,
Col. Residencial La Escalera, Alcaldía Gustavo A. Madero. C.P. 07738 Edificio de la
Secretaría de Administración, Primer piso, Unidad Profesional “Adolfo López
Mateos”, Ciudad de México, Tel.: 55 5729-6000 Ext. 51007, 51071 y 51354 de 09:00
a 16:00 horas, a través del Departamento de Personal de Mando.
Se deberá anexar al escrito la documentación que se indica:
1.1 Justificación del por qué considera que se debe reactivar el folio, dirigido a quien
funja como Secretario(a) Técnico(a) del Comité de Selección, solicitando el análisis
y en su caso aprobación de la reactivación.
1.2 Impresión de la pantalla del apartado “Mis Mensajes”, donde se señala fecha y
hora de envío del Aviso de Rechazo.
1.3 Impresión del mensaje de rechazo emitido por el Sistema de TrabajaEn.
1.4 Impresión de su currículum registrado en TrabajaEn con el cual se le asignó el
folio de rechazo.
1.5 Impresión de su currículum de TrabajaEn con la corrección en el rubro que se
menciona en el mensaje de rechazo.
1.6 Cuando el rechazo sea por motivo de la Experiencia, deberá anexar los
documentos en original y copia que comprueben fehacientemente la experiencia
laboral manifestada en su currículum corregido de TrabajaEn.
1.7 Cuando el rechazo sea por motivo de la Escolaridad, deberá anexar
los documentos en original y copia, mismos que se encuentran establecidos en las
bases de la Convocatoria, en el rubro de Documentación Requerida.
1.8 Domicilio, número telefónico y dirección electrónica para recibir la respuesta
a su petición.
2. La solicitud se hará del conocimiento al resto de las personas que integran el
Comité Técnico de Selección, a través del Encargado(a) del Subsistema de Ingreso,
vía correo electrónico para su análisis y, en su caso, para su autorización.
Dicho escrito deberá incluir los anexos indicados en el numeral 1.
3. El sistema www.trabajaen.gob.mx enviará un mensaje de notificación a todas las
personas participantes en el concurso.
La aprobación de reactivación de folios será por mayoría de votos bajo
responsabilidad del Comité Técnico de Selección, instrumentando en el acta
correspondiente fundamento, motivación y documentos que justifiquen la
reactivación.
La Dirección de Capital Humano podrá, si así lo determina, constatar la autenticidad
de la información y documentación incorporada en TrabajaEn, de conformidad con lo
establecido en el artículo 266, 2do. párrafo del Acuerdo por el que se establecen las
disposiciones generales en materia de recursos humanos de la Administración
Pública Federal.
El procedimiento tiene como propósito reactivar el folio de la persona aspirante
rechazada cuando así lo resuelva e instruya el Comité Técnico de Selección (CTS),
por lo que será posible identificar al aspirante, cuyo folio solicitó reactivar el Comité
Técnico de Selección, con un nuevo número de folio de concurso.
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DIARIO OFICIAL
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PLAZOS
•
La persona aspirante tendrá 2 días hábiles para presentar su escrito de petición
de reactivación de folio, a partir de la fecha de descarte.
•
La reactivación de folios rechazados, será a partir de la fecha de descarte.
•
El plazo de resolución del Comité Técnico de Selección será a más tardar en 3
días hábiles a partir del día siguiente de la recepción de la solicitud de
reactivación de folios. La determinación del Comité Técnico de Selección
respecto a la solicitud de reactivación se hará del conocimiento de la persona
interesada vía correo electrónico, a través del Encargado (a) del Subsistema
de Ingreso.
SUPUESTOS
La reactivación de folios no será procedente cuando:
a) La persona aspirante cancele su participación en el concurso o renuncie al
proceso.
b) Exista duplicidad de registros de inscripción en TrabajaEn.
c) La persona aspirante se encuentre en los supuestos de la fracción VII del artículo
38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La reactivación de folios se realizará a través del Módulo de Reactivación de Folios
en RHnet.
Una vez transcurrido el plazo establecido, no procederán las solicitudes de
reactivación.
El IPN podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza, reactivar dicho folio,
dando aviso a las personas aspirantes que siguen participando en la etapa
correspondiente.
PRINCIPIOS DEL
CONCURSO
El concurso se desarrollará con estricto apego a los principios de legalidad,
eficiencia, objetividad, calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y
equidad de género, sujetándose en todo tiempo el Comité Técnico de Selección a
las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Los casos no previstos en las disposiciones que regulan el Servicio Profesional de
Carrera, respecto al desarrollo de los concursos, serán resueltos por el Comité
Técnico de Selección, para lo cual, la persona involucrada en el concurso que
identifique el caso no previsto lo hará del conocimiento al Secretario(a) Técnico(a) de
dicho Comité vía escrito y dentro de los siguientes dos días hábiles, quien lo
someterá para su análisis y resolución al resto de los o las integrantes. El plazo para
dar una resolución dependerá de la complejidad y gravedad del caso reportado, por
lo que el Comité puede detener el desarrollo del concurso hasta que tenga una
resolución. El Comité Técnico de Selección se asegurará que la resolución al caso
reportado se apegue a los principios mencionados y a la normatividad aplicable.
DISPOSICIONES
GENERALES
1.
En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el
concurso y los puestos vacantes.
2.
Los datos personales de los y las concursantes son confidenciales aun después
de concluido el concurso.
3.
Cada aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria.
Las personas concursantes podrán presentar inconformidad, ante el Area de
Denuncias e Investigaciones del Organo Interno de Control en la dependencia,
en Avenida Universidad número 1074, Colonia Xoco, C.P. 03330, Alcaldía
Benito Juárez, Ciudad de México. La inconformidad deberá presentarse por
escrito, dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se presentó
el acto motivo de la inconformidad, en términos de lo dispuesto por el artículo 69
fracción X de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal, y 93 al 96 de su Reglamento.
Portal https://www.oic.ipn.mx/manuales-oic/infografia-quejas.html
Las personas aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur
No. 1735, Col. Guadalupe Inn, Ciudad de México, en los términos que
establecen los artículos 97 y 98 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, dirigido al Titular
de la Unidad de Asuntos Jurídicos.
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DIARIO OFICIAL
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4.
Las personas aspirantes podrán interponer el recurso de revocación ante la
Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno, ubicada en Av. Insurgentes Sur
No. 1735, Col. Guadalupe Inn, Ciudad de México, en los términos que
establecen los artículos 97 y 98 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, dirigido al Titular
de la Unidad de Asuntos Jurídicos.
5.
Durante el desarrollo y aplicación de la etapa II, III y IV no se permitirá el uso de
teléfonos celulares, computadora de mano, dispositivo de CD, DVD, memorias
portátiles de computadoras, cámaras fotográficas, calculadoras, así como
cualquier otro dispositivo, libro o documento que posibilite consultar, reproducir,
copiar, fotografiar, registrar o almacenar las evaluaciones, salvo que en las
bases de la convocatoria se autorice o requiera de utilización como medio de
apoyo para la evaluación.
Como medidas de seguridad y cuidado sanitario, se recomienda a las
personas participantes:
•
Portar cubrebocas durante todo el tiempo que se encuentre en las
instalaciones del Instituto Politécnico Nacional.
•
Aplicar gel antibacterial.
•
Acudir sin compañía, a menos que requiera asistencia, ya que no se
cuenta con salas de espera.
En caso de no acatar las indicaciones antes enunciadas, la DCH se reserva el
derecho de tomar las medidas que considere necesarias, a fin de salvaguardar
la salud y seguridad de todas las personas participantes, así como personal
del IPN.
La Dirección de Capital Humano informa que la Secretaría de Administración se
encuentra trabajando bajo los lineamientos de la Norma ISO 37001:2016 Sistema
de Gestión Antisoborno, al participar en esta convocatoria, usted acepta que
cumplirá y se apegará a lo establecido en la Política Antisoborno y en general con
los Lineamientos del Sistema de Gestión Antisoborno, así como la normatividad
aplicable vigente en la materia.
Si usted desea conocer más información acerca de la Política Antisoborno y/o
Sistema de Gestión Antisoborno de la Secretaría de Administración, puede
ingresar
al
portal
de
esta
Secretaría
a
través
de
la
liga
https://www.ipn.mx/secadmin/certificación-ISO/politicas-sgi.html
RESOLUCION DE
DUDAS Y
ATENCION A
USUARIOS
Con la finalidad de garantizar la debida atención y resolución de las dudas que los o
las aspirantes formulen con relación a los presentes concursos, el Instituto
Politécnico Nacional pone a la orden el correo electrónico: ingreso_dch@ipn.mx y el
número telefónico: 55 5729 6000 con las extensiones: 51007, 51071 y 51354, en un
horario de lunes a viernes de 09:00 a 16:00 horas a través del Departamento de
Personal de Mando.
NOTA: EL PERIODO VACACIONAL COMPRENDE DEL 30 DE MARZO AL 10 DE
ABRIL DE 2026, POR LO QUE LA ATENCION AL PUBLICO SE REANUDARA EL
DIA 13 DE ABRIL DE 2026.
Asimismo, se les hace una cordial invitación para consultar el Manual de
Usuario
de
TrabajaEn,
a
través
del
portal:
http://www.trabajaen.gob.mx/Descargas/ManualUsuario.pdf, a efecto de que en la
revisión curricular no sea descartado por errores u omisiones.
Ciudad de México, a 11 de marzo de 2026.
Sistema del Servicio Profesional de Carrera en el Instituto Politécnico Nacional
“La Técnica al Servicio de la Patria”
Por Acuerdo del Comité Técnico de Selección, la Secretaria Técnica
Jefa de Departamento de Desarrollo y Soporte Informático de la Dirección de Capital Humano
Mtra. Socorro Juárez Contreras
Firma Electrónica.
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DIARIO OFICIAL
Miércoles 11 de marzo de 2026
Diario Oficial de la Federación
Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos
Directorio
Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos
Claudia Sheinbaum Pardo
Secretaria de Gobernación
Rosa Icela Rodríguez Velázquez
Subsecretario de Gobernación
César Alejandro Yáñez Centeno Cabrera
Titular de la Unidad de Gobierno
Sergio Tonatiuh Ramírez Guevara
Coordinador del Diario Oficial de la Federación
Alejandro López González
Cuotas por derecho de publicación:
Oficinas ubicadas en:
Río Amazonas No. 62, Col. Cuauhtémoc, demarcación territorial Cuauhtémoc, C.P. 06500, Ciudad de México.
Tel. 55 5093-3200, donde podrá acceder a nuestro menú de servicios.
Página web: www.dof.gob.mx
Esta edición consta de 440 páginas
1/8 de plana..................
$
2,843.00
4/8 plana ......................
$ 11,372.00
1 plana .........................
$ 22,744.00