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DOF analysis · March 4, 2026

Diario Oficial de la Federación, No. de publicación 053/2026, Ciudad de México, miércoles 4 de marzo de 2026 (Edición Matutina)

Document type: Edición del Diario Oficial de la Federación (compendio: Convenios, Circulares, Acuerdos, Sentencia y Convocatorias)

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Statistics

1 Findings
2 Risk categories
1 Regulatory gaps
0 Explicit AI mentions
1 Implicit AI mentions

Metadata

Publication date
March 4, 2026
Issuing authority
Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes; Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno; Secretaría de Salud; Secretaría de las Mujeres; ISSSTE; Suprema Corte de Justicia de la Nación; Banco de México; Tribunal Federal de Justicia Administrativa
Sector
Multisectorial (Infraestructura/Transporte, Anticorrupción/Contrataciones, Salud Pública, Igualdad de Género, Seguridad Social, Justicia Constitucional, Financiero/Banca Central, Justicia Administrativa, Función Pública/Empleo)
Scope of application
Federal
Maximum severity
Medium
Review verdict
bueno

Risk categories present

Executive summary

Source content shown in its original language (Spanish).

Esta edición matutina del DOF (4 de marzo de 2026) es un compendio administrativo de naturaleza heterogénea que no regula la inteligencia artificial ni la menciona explícitamente. Incluye un Convenio Marco para liberar el derecho de vía del tren de pasajeros Saltillo-Nuevo Laredo; dos Circulares de inhabilitación de proveedores; un Acuerdo de delegación de facultades y dos Convenios Modificatorios de transferencia de recursos en materia de salud pública (Puebla y Querétaro); varios Convenios de la Secretaría de las Mujeres con entidades federativas; un aviso de cambio de domicilio del ISSSTE; una sentencia de la SCJN sobre competencia municipal en materia de hidrocarburos y energía eléctrica; tipos de cambio y tasas de Banco de México; acuerdos de suspensión de labores del TFJA; y, de manera predominante, un extenso bloque de convocatorias a concursos de plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera (TrabajaEn). El único hallazgo con relevancia para la regulación de IA es implícito y de baja severidad: las convocatorias del Servicio Profesional de Carrera establecen una 'Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada' mediante la plataforma TrabajaEn, que asigna un folio de rechazo y descarta aspirantes a plazas públicas, complementada en la Etapa II con exámenes y pruebas psicométricas de calificación automatizada con umbrales de descarte. Esto encaja en los riesgos R2 (Discriminación y Sesgo) por tratarse de una decisión automatizada de selección de personal en el sector público y, de forma secundaria, R1 (Mal funcionamiento y Errores) por el efecto de descarte inmediato sin revisión humana previa ante un eventual error del cribado o de la calificación, aunque el procesamiento parece basado en reglas y no necesariamente machine learning, por lo que se cataloga como gap regulatorio de prioridad menor. Los demás términos detectados ('monitoreo', 'vigilancia', 'análisis de datos', 'análisis de inteligencia', RENAPO, expediente electrónico, firma electrónica) corresponden a funciones administrativas manuales, requisitos de verificación de identidad, áreas del catálogo de carreras o supervisión normativa convencional, sin evidencia de uso de IA, vigilancia masiva ni perfilamiento. No se identifican riesgos de severidad Alta o superior y el documento no requiere atención urgente.

Mexican context

Source content shown in its original language (Spanish).

Special considerations

  • La automatización del cribado curricular en TrabajaEn opera para todas las plazas concursadas de la APF, por lo que cualquier sesgo o error sistemático de codificación tiene impacto agregado en el acceso al empleo formal en un país con alta informalidad laboral (~60%).
  • El principio de mérito que rige el Servicio Profesional de Carrera exige transparencia y posibilidad de impugnación; la opacidad de la 'revisión curricular automatizada' puede tensionar ese principio si descarta perfiles atípicos sin revisión humana oportuna.
  • La mayor parte de los términos tecnológicos del documento (RENAPO/CURP, expediente electrónico del ISSSTE, firma electrónica, consulta al RNOA e Lista Nominal del INE) son herramientas de verificación documental, no sistemas de decisión automatizada ni de vigilancia.

Enforcement capacity

Media-Baja. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno y los Comités Técnicos de Selección administran los concursos, pero no existe en el texto una autoridad ni un procedimiento específico para auditar la lógica del cribado automatizado de TrabajaEn ni para garantizar trazabilidad de los descartes de Etapa I. La supervisión sobre decisiones automatizadas de bajo perfil tecnológico suele quedar fuera del foco regulatorio.

Relevant precedents

  • Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (principios de mérito, igualdad de oportunidades e imparcialidad en la selección).
  • Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados (tratamiento de datos personales de aspirantes y derechos ARCO).
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (publicidad de criterios y resultados de los concursos públicos).

Findings

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Source content shown in its original language (Spanish).

Empleo / Función Pública (selección de personal en el Servicio Profesional de Carrera) Implícito - Riesgo/Gap Regulatorio Medium

Finding ID: H1

Regulatory domain

Empleo / Función Pública (selección de personal en el Servicio Profesional de Carrera)

Regulatory gap

Yes

Original fragment

Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada, a través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx (Registro de aspirantes).

Location in document: Sección Avisos - Convocatorias para concursos de plazas vacantes del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal (cláusula 'DESARROLLO DEL CONCURSO', repetida en múltiples convocatorias, p. ej. líneas 36501 y 37936 del texto fuente)

Relevance analysis

1) RELEVANCIA PARA IA: Las convocatorias del Servicio Profesional de Carrera (SPC) que conforman la mayor parte de esta edición establecen una 'Etapa I: Revisión curricular de forma automatizada' a través del sistema TrabajaEn, que filtra y descarta automáticamente a aspirantes a plazas públicas a partir de la coincidencia entre el perfil del puesto (escolaridad, carrera genérica, años y áreas de experiencia capturados por el propio candidato) y los datos registrados. El propio texto precisa que 'al momento en que la persona registre su participación... se llevará a cabo en forma automática la revisión curricular, asignando un folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo descartará del concurso'. A ello se suma, en la Etapa II, la aplicación de exámenes de conocimientos y pruebas psicométricas (sistema Armstrong / Módulo Generador de Exámenes administrado por la SABG) con calificaciones automatizadas y umbrales mínimos cuyo incumplimiento es 'motivo de descarte'. Aunque el texto no menciona 'inteligencia artificial' ni 'algoritmo', describe decisiones automatizadas sobre el acceso a oportunidades de empleo en el sector público, supuesto expresamente listado en la taxonomía R2 ('Algoritmos de selección de personal en sector público', 'selección automatizada'). El nivel de evidencia es IMPLÍCITO DÉBIL: el cribado y la calificación parecen deterministas/basados en reglas y no necesariamente machine learning; por ello se clasifica con severidad Media y se trata como gap regulatorio más que como sistema de IA confirmado. 2) RIESGOS ESPECÍFICOS (R2 + R1): R2 (sesgo): un filtrado automatizado mal calibrado o con criterios rígidos de coincidencia (carrera 'genérica', equivalencias de áreas de experiencia, codificación del catálogo de carreras) puede descartar injustamente a candidatos calificados con trayectorias atípicas (formación en el extranjero, experiencia mixta, autodidactas), perpetuando exclusiones; si en el futuro este cribado incorporara puntuación o ranking algorítmico de currículos, escalaría a un riesgo de sesgo de mayor severidad. R1 (mal funcionamiento/error): dado que la asignación del 'folio de rechazo' y la calificación de exámenes operan de forma automática y con efecto de descarte inmediato del concurso, un error de codificación, de captura o de la herramienta de evaluación puede excluir a un aspirante elegible sin que medie revisión humana previa en esa etapa. 3) GAPS REGULATORIOS: El texto no describe la lógica de la revisión automatizada ni de la calificación de las pruebas, no prevé auditoría de equidad, no establece un mecanismo específico de impugnación del descarte automático (más allá de la revisión documental presencial posterior), ni transparencia sobre los criterios de coincidencia aplicados por la herramienta. 4) CONTEXTO MEXICANO: La selección de personal de la APF afecta el acceso al empleo formal en un país con alta informalidad; la automatización del cribado en TrabajaEn opera a gran escala (todas las plazas concursadas), por lo que errores sistemáticos de codificación o equivalencias tienen impacto agregado relevante en la igualdad de oportunidades y en el principio de mérito que rige el SPC.

Recommendations

  • Documentar y publicar la lógica de coincidencia que aplica la herramienta TrabajaEn en la 'revisión curricular automatizada', incluyendo el tratamiento de equivalencias de carreras y áreas de experiencia.
  • Establecer un mecanismo explícito y ágil de revisión humana e impugnación del descarte automático en Etapa I, antes de que el aspirante quede definitivamente excluido del concurso.
  • Realizar auditorías periódicas de equidad sobre los resultados del cribado automatizado para detectar patrones de exclusión de perfiles atípicos o de grupos protegidos.
  • Prohibir expresamente que la Etapa I evolucione hacia puntuación o ranking algorítmico de candidatos sin una evaluación previa de impacto y salvaguardas de no discriminación.